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Si eres propietario y deseas conocer cuáles son los consejos más útiles para saber cómo elegir a los mejores inquilinos, te encuentras en el lugar indicado. En este post, te brindaremos toda la información que necesitas obtener, para convertirte en el mejor arrendador que todo arrendatario podría desear.

Así como los inquilinos deben hacer un gran esfuerzo por conseguir vivienda, los propietarios no presentan una situación más aliviada. Se podría decir que, es todo lo contrario y en parte esto se da, porque hoy en día se asiste a un gran porcentaje de arrendatarios que se convierten en morosos y a una gran proliferación de okupas.

De modo que, los caseros presentan mayores dificultades a la hora de poner su piso en alquiler y de confiar en que sus inquilinos cumplirán con todas las cláusulas que figuran en el contrato de alquiler. Además, muchas de estas circunstancias han llevado a replantear a varios propietarios, sobre la posibilidad de dejar sus pisos vacíos.

Sin embargo, colocar una vivienda en alquiler posibilita muchos beneficios, con mayor énfasis en lo económico. A continuación, te indicaremos cómo elegir a los mejores inquilinos. Para ello te brindaremos las mejores estrategias que puedes llevar adelante y de ese modo, evitar inconvenientes futuros.

¿Cómo elegir a los mejores inquilinos hoy en día?

Tomar la decisión de colocar una vivienda en alquiler, no es una tarea fácil y es que, los propietarios deben evaluar varios aspectos a la hora de saber cómo elegir a los mejores inquilinos. Por eso, uno de los puntos principales a tener en cuenta para recibir inquilinos es establecer cómo será el arrendatario deseado.

Esto quiere decir que, los caseros deben pensar a cuántos inquilinos desean recibir, qué tipo de contrato pactarán con su arrendatario, si aceptarán mascotas o no, si han planeado alquilar a parejas con niños pequeños. Todas estas cuestiones deben ser analizadas, antes de poner el piso en alquiler.

Una vez que se haya evaluado el tipo de inquilino que desean, se debe proceder a publicar el piso en portales inmobiliarios. Esta forma es la más adecuada para hallar interesados al instante, además estos posibles inquilinos suelen estar con los documentos listos, a la espera de encontrar su piso ideal.

Investiga la situación económica de tus posibles arrendatarios

La mejor manera para evitar problemas sobre los impagos de renta es determinar, cómo es el poder adquisitivo de los interesados en el piso. Por eso, una buena opción puede ser solicitar los últimos comprobantes de pago o el contrato de trabajo del inquilino, de esa manera se evalúa cómo es la solvencia económica del mismo.

Además, se debe conocer si los futuros inquilinos se encuentran en el fichero de inquilinos morosos, porque esto indicará que no han cumplido con sus anteriores caseros y por lo tanto, con el contrato de alquiler. Otro de los aspectos que pueden ser interesantes es pedir referencias de sus antiguos propietarios.

Sin lugar a dudas, el eje central al que el propietario de un piso que desea colocar en alquiler debe prestar atención es a la solvencia económica. Esa, se convertirá en la forma adecuada a la hora de saber cómo elegir a los mejores inquilinos. por lo que no solo deben comportarse bien y cuidar el piso, sino pagar a tiempo la renta.

Descubre si cuentan con avalista ante posibles inconvenientes

La principal obligación de un inquilino es pagar los costes de renta a tiempo, aunque esta es la norma para que un contrato de arrendamiento llegue a buen puerto, no se cumple en muchos casos. Sin embargo, como la oferta de pisos escasea y hay muchos interesados en hallar vivienda, existen algunas alternativas para evitar contratiempos.

En los últimos años, una figura ha venido a salvar a los inquilinos con problemas económicos monetarios, se trata del avalista. De esta manera, otra persona entra a formar parte del acuerdo entre las partes, solo intervendrá en el caso de que se produzca algún tipo de deuda o morosidad puntual.

El propietario también podrá solicitar algunas garantías adicionales, con el objetivo de contar con depósito asegurado ante cualquier problema a la vista. Por otra parte, este tipo de garantía de no ser utilizado, deberá ser entregado al arrendatario al momento de concluir con el contrato de arrendamiento.

¿Cómo elegir a los mejores inquilinos?: Programa una cita con los interesados

Dicen que, una de las mejores formas de conocer a alguien es a través de sus gestos y de su forma de expresarse. Estos aspectos pueden darte la pauta de cómo podría comportarse una persona si se convirtiera en tu próximo inquilino, por eso es muy importante revisar la puntualidad; ya que las demoras en un asunto tan especial, pueden ser decisivas.

Si el interesado en el piso observa todo con lujo de detalle, seguramente se encuentre motivado a cerrar el contrato. Mientras más preguntas se realicen por parte de los inquilinos, existen mayores posibilidades de que esa persona se convierta en el próximo inquilino que tú deseas.

Los propietarios no solo reciben las rentas mensuales, también establecen una relación de cordialidad con sus inquilinos. Esto indica que, debe existir respeto de las partes involucradas en un contrato de arrendamiento, con el fin de establecer la mejor relación en el tiempo, porque los alquileres suelen duran mucho tiempo y es bueno ser cordiales.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

Además, si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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En la industria hotelera es indispensable conocer los movimientos y tendencias que están a la vanguardia en términos de tecnologías, estrategias financieras, diseño y por supuesto, normativas y demandas propias de las actividades que se dedican a brindar hospitalidad. En ese camino, la nueva edición del Congreso Nacional de Hoteleros a realizarse este mes de noviembre ofrece la oportunidad de acercarse a todos estos temas, y además compartir un espacio de intercambio de opiniones, experiencias y problemáticas comunes al sector. ¡Toma nota de los detalles que te contamos a continuación para no perdértelo!

Todos los detalles del nuevo Congreso Nacional de Hoteleros

La Conferedecación Española de Hoteles y Alojamientos Turisticos (CEHAT) y la Federación Hotelera de Mallorca (FEHM) desarrollarán la edición XIX del Congreso Nacional de Hoteleros Espa&am. Para el evento se dará cita a diferentes representantes de la industria entre el 22 y el 24 de noviembre en el Palacio de Congresos de Palma, en Mallorca.

Bajo el lema “De más a mejor”, se dará lugar al debate, la actualidad, las tendencias y los retos del turismo y las hostelería. Además, el programa pone el eje en la sostenibilidad medioambiental, económica y social de la industria hotelera.

En el Congreso Nacional de Hoteleros se verá la presencia de directivos y empresarios del sector, así como de proveedores de primer nivel que auspiciarán algunos de momentos del evento. Entre las charlas a las que podrán asistir los interesados se menciona:

  • «Soluciones para hoteles independientes en un mercado en concentración»
  • «La relevancia de la comunicación en el turismo y cómo acentuar el turismo en la comunicación»
  • «La necesidad de saber distribuir. ¿Gastas o inviertes? El camino hacia el éxito y la rentabilidad de tu venta directa»
  • «Abriendo nuevos horizontes. Sostenibilidad de España como destino»
  • «Transformación Inteligente. ¿Cómo nos está cambiando la tecnología y la Inteligencia Artificial?»
  • «Retos y soluciones para la atracción de personal en el turismo y la profesionalización del sector»,
  • «Conectando con éxito: comunicación, marketing y experiencia de cliente»
  • «Destinos turísticos y su promoción».

Finalmente, al cierre del evento se realizará la entrega de la sexta edición del Premio RSC Hotelera. Su objetivo es distinguir a los hoteles que realizaron acciones destinadas a mejorar su entorno social, económico y medioambiental.

Sobre los organizadores del Congreso Nacional de Hoteleros

Las dos organizaciones que convocan y organizan el XIX Congreso Nacional de Hoteleros tienen una larga trayectoria en la representación del sector en nuestro país. Ellas son: la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM) y la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT).

La FEHM fue fundada en 1976 y fue pionera del asociacionismo turístico en España al contener a pequeñas, medianas y grandes empresas hoteleras de Mallorca. En la actualidad representa a 855 establecimientos. Tal como se planteó en su origen, busca ser la asociación líder del sector turístico de Mallorca, representando los intereses y reforzando la competitividad de sus asociados.

La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) es la patronal que representa a hoteles, apartamentos turísticos, campings, resorts, balnearios y todo tipo de alojamientos a nivel nacional. En total agrupa a 16.000 establecimientos de 51 asociaciones nacionales, provinciales, regionales, locales y sectoriales de todas las CC.AA de España.

La CEHAT se formó en enero de 2004, fruto de la fusión entre la Federación Española de Hoteles (FEH, fundada en 1977), y la Agrupación Hotelera de las Zonas Turísticas de España (ZONTUR, fundada en 1980). Ambos organismos representaban de forma separada los intereses de los empresarios del sector, dividiendo el territorio nacional en dos áreas diferenciadas. Los primeros agrupaban a los hoteles de las ciudades más grandes y la España peninsular, mientras que los segundos hacían lo propio con los alojamientos de turismo vacacional.

Es parte de los objetivos de la CEHAT “organizar actividades de carácter asistencial, formativo o cultural, que redunden en beneficio de sus socios y de la sociedad en general”, así como “fomentar el intercambio de conocimientos y buenas prácticas entre sus miembros”. En ese marco, es que a fines de noviembre se desarrollará esta nueva edición del Congreso Nacional de Hoteleros.

El turismo, la industria más importante de España

La vigencia de este tipo de eventos, y en especial, la continuidad que ha tenido en el tiempo el Congreso Nacional de Hoteleros, se debe en gran parte a la enorme importancia que tiene el turismo en la economía española. En términos de contribución al PIB y empleo, es sin dudas la industria más importante del país. Por ejemplo, sostiene casi siete puestos de trabajo más que la automoción en España y casi tres veces más que el sector financiero. Así lo indica un informe de la asociación empresarial World Travel & Tourism Council (WTTC).
En términos económicos, durante la década previa a la pandemia, el turismo fue el segundo sector económico de mayor crecimiento en España (aumento del 3,38% anual), impulsado principalmente por el gasto de los viajeros extranjeros en el país. El primer lugar lo mantuvo la automoción, con un porcentaje apenas superior del 3,44%. Tras la vuelta del confinamiento, toda la industria ha vuelto ya a igualar o incluso superar los índices previos.

¿Conocías este evento? ¿Has participado de ediciones anteriores? Cuéntanos tu experiencia en los comentarios. Y no olvides que si estás buscando invertir en hoteles puedes contar con el equipo de Oi Real Estate para acompañarte en todo el proceso. ¡Y ya puedes comenzar tu búsqueda haciendo click en el botón de abajo!

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La inversión hotelera es un campo que hoy día presenta una accesibilidad impensada, al igual que su reditúo. En este contexto, presentamos una oportunidad única que no deberías dejar pasar si te encuentras pensando en incursionar en compraventa de hoteles: Hotel 4 estrellas en venta en Madrid. Si te interesa incorporarte al real estate de pleno o si ya cuentas con experiencia en el sector inmobiliario inversor, te recomendamos leer el artículo y contactar hoy mismo con nuestras oficinas Oi Real Estate para concertar una entrevista. Mientras tanto, te invitamos a visitarlo y recorrer el hotel en imágenes. ¿Nos acompañas?

Destacadas características de una inversión única

Es un hotel de diseño moderno situado en pleno centro de Madrid, a sólo 200 metros de la estación de tren Puerta de Atocha. El hotel está situado muy cerca del Paseo del Prado y de tres de los museos más emblemáticos: Thyssen, Prado, Reina Sofía. La céntrica ubicación del hotel también ofrece fácil acceso a otros puntos de interés de Madrid, como la Puerta del Sol o la Plaza Mayor. 

foto

Hotel 4 estrellas en venta en Madrid

El jardín del hotel cuenta con hermosos pinos, olivos centenarios y arbustos de romero y lavanda, así como una variedad de otras plantas utilizadas en la cocina mediterránea clásica. AC Hotel Atocha dispone de 161 habitaciones, todas equipadas con una amplia y transparente cabina de ducha, TV de 37», caja fuerte electrónica y aire acondicionado entre otros servicios. 

Hotel 4 estrellas en venta en Madrid 1

Distribución

Veamos entonces cuál es la distribución en su descripción técnica

  • 127 habitaciones
  • 127 baños
  • 8 pisos
  • 16.000 ms construidos
  • 2 salas de reuniones, 200 metros cuadrados de espacio total para reuniones
  • Estacionamiento en el lugar.
  • Acceso a Internet: Habitaciones: Inalámbrico de cortesía, Lobby y áreas públicas: Inalámbrico de cortesía, Salas de reuniones: Inalámbrico.

El precio

Este exclusivo hotel 4 estrellas en venta en el corazón de Madrid se encuentra hoy a la venta por 70.000.000 de euros. El retorno de la inversión es algo que a simple vista podrás evaluar como “garantizado”.

Si deseas obtener más información sobre esta oportunidad única, no dudes en contactarnos a la brevedad posible. Tal vez se trate de tu oportunidad de invertir única en el centro de una de las ciudades capitales más relevantes del mundo. ¡Llámanos para concertar una entrevista para más detalles!

Llama hoy al 655 144 122 para más detalles y programar una visita a este impresionante hotel en venta

Te comentamos más de sus imperdibles características principales:

  • Adaptado para personas discapacitadas
  • Agua
  • Aire acondicionado
  • Alarma
  • alarma antirrobo
  • Armarios empotrados
  • Ascensor
  • Balcón
  • Bar
  • Sistema de calefacción y refrigeración.
  • Seguro
  • Depósito de agua
  • Suavizante
  • Despensa
  • Zona diáfana
  • Cochera
  • Gas
  • Gimnasia
  • Cuarto de jugar
  • Torbellino
  • Jacuzzi
  • Lavadero
  • Línea telefónica
  • Brillante
  • Luz
  • Cargo elevator
  • Muebles
  • Luz incorporada
  • Estacionamiento
  • Patio
  • Piscina privada
  • puerta blindada
  • Puerta automática
  • Riego automático
  • Extracción de humo
  • Televisión satelital
  • Sauna
  • Sótano
  • Solárium
  • TV
  • Terraza
  • Terraza acristalada
  • All Exterior
  • Trastero
  • Sistema de energía trifásico
  • Vestidor
  • Videoportero
  • Electrodomésticos
  • Licencia turística
  • Bodega

Entorno

  • Céntrico
  • Subterraneo
  • Árboles
  • Estación de autobuses
  • Centros comerciales
  • Escuelas
  • hospitales
  • Vistas claras
  • Zonas infantiles

Calculo de Hipoteca

  • Valor de la propiedad 70.00.000 euros
  • 15 años de plazo
  • Porcentaje aportado % 20
  • Ahorro aportado 14.000.000 euros
  • Importe del préstamo 56.000.000 euros
  • Tipo de interés % 4.16
  • Cuota mensual 418.729.63 euros

Si te ha interesado esta exclusiva propiedad, no dudes en conectarte con nosotros a través del siguiente enlace:

Inversión: Hotel 4 estrellas en venta en Madrid

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Si conoces a algún agente inmobiliario, probablemente ya te has preguntado ¿por qué se sienten tan a gusto con su trabajo? Lo cierto es que esta profesión aporta muchos beneficios y satisfacciones personales. Por eso, si ejercerla despierta tu interés… ¡sigue leyendo este artículo de Oi Real Estate! Las respuestas acerca de los beneficios de ser un agente inmobiliario en el mercado laboral actual realmente te sorprenderán. ¿Nos acompañas?

¿Qué hace puntualmente un agente inmobiliario?

El agente o asesor inmobiliario es una de las piezas fundamentales del mercado. Sus tareas incluyen actividades diversas como:

  • Captar propiedades
  • Inspeccionar y evaluar inmuebles
  • Organizar visitas
  • Gestionar documentación
  • Acompañar al cliente en todo el proceso de compra/venta.

El ambiente de trabajo es sumamente dinámico y, en consecuencia, se requiere de personas comprometidas y con actitud de servicio. Por ello los agentes inmobiliarios son siempre empáticos, poseen buenas habilidades comunicativas y, por sobre todo, tienen mucha actitud.

Ahora bien, te prometimos que te contaríamos cuáles son los beneficios de ejercer esta profesión. Así que, vamos a ello.

El agente inmobiliario en el mercado laboral

Los agentes inmobiliarios reconocen, principalmente, cuatro aspectos positivos en su trabajo.

Ingresos

Según el portal Indeed, el salario medio de un agente inmobiliario en España es de 30 052 euros brutos anuales. Este promedio se obtiene buscando un valor medio entre los salarios más altos y los más bajos, por lo que los ingresos pueden ser mucho mayores. En este sentido, existe una regla de oro: cuanto más te esfuerces, más dinero ganarás.

Flexibilidad horaria

Los comerciales inmobiliarios trabajan bajo el régimen de autónomos y gracias a ello, son sus propios jefes. Esto les permite administrar su tiempo según sus necesidades, logrando equilibrar su vida personal con su vida laboral. Un objetivo sumamente difícil de alcanzar cuando se trabaja en relación de dependencia.

Permanente formación

El negocio inmobiliario es muy dinámico y esto motiva a los agentes a actualizarse. Pues están siempre al corriente de las tendencias del mercado, la suba y baja de precios y de las necesidades generales de los clientes, entre muchas otras cosas.

Gratificación Personal

El cuarto, pero no por ello menos importante, es la satisfacción de ayudar a alguien más a cumplir sus objetivos. Cuando la venta ya ha terminado, los clientes suelen estar muy agradecidos. Pues, comprar un piso es avanzar un paso más en la superación personal. Dicho agradecimiento se transformará automáticamente en satisfacción. Y no hay mejor sensación que la de sentirse realizado, ¿verdad?

Como siempre, estamos para asesorarte. Sabemos por experiencia que el mercado inmobiliario es un mundo lleno de posibilidades. Por eso, si algo de todo esto te resuena, no lo dudes más: tú también puedes ser agente inmobiliario.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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Luego de que haya sido pospuesto hace unos días atrás, el Tribunal Constitucional ha podido tomar una decisión respecto al Impuesto a las Grandes Fortunas. Primero que nada debemos recordar que la Comunidad de Madrid ha llevado adelante un recuso debido, a que considera es un tributo anticonstitucional.

Pese a los argumentos esbozados por parte de Isabel Días Ayuso, el Tribunal luego del debate efectuado el pasado 7 de noviembre, ha decidido respaldar el gravamen.

Desde la Comunidad de Madrid han informado que realizará y aprobará una ley por medio de la cuál todo lo recaudado, será únicamente para ésta comunidad. De esta forma, entienden que podrán devolver a los contribuyentes lo que han aportado en el Impuesto a las Grandes Fortunas.

En este post te contaremos cuáles han sido las razones por las que no se ha aceptado la presentación de la Comuna. Además te detallaremos los planes que Ayuso piensa poner en marcha debido a la decisión del Tribunal Constitucional. ¿Nos acompañas?

El impuesto a las grandes fortunas, recusada por la Comunidad de Madrid

El 7 de noviembre, el Tribunal Constitucional, ha tenido que analizar la recusación interpuesta por la Comunidad de Madrid debido a su posible inconstitucionalidad. Pero veamos un poco más en detalle la explicación de su decisión.

En primer lugar, uno de los planteos, para solicitar la inconstitucionalidad, tenía que ver con la forma en que se había tramitado. Es que según se ha explicado, se ha aprobado por medio de una enmienda, durante la tramitación de una proposición de ley cuya finalidad era otra.

Otro de los puntos a los que se hacia referencia tiene que ver con la vulneración del impuesto a las grandes fortunas a la autonomía financiera de la Comunidad y la reserva de ley orgánica respecto a la cesión de tributos.

En tercer lugar, se había hecho hincapié en la vulneración a los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad. Respecto a este punto, explican que los gravámenes del nuevo tributo eran muy altos. Pero no era todo.

Por último explicaba que se violaba también el principio de seguridad jurídica. Aquí, se hace referencia a la retroactividad que se ha permitido que tenga este tributo, ya que tiene incidencia sobre situaciones existentes.

Pese a los esfuerzos realizados por la Comunidad de Madrid, el tribunal Constitucional ha decidido avalar el impuesto a las grandes fortunas. Para ello, ha explicado le motivo por el cuál ha tomado esta determinación, contestando a cada uno de los conflictos que originaron esta discusión. 

Cuál la postura del Tribunal constitucional sobre el Impuesto a las Grandes Fortunas

Desde el Constitucional, han explicado cuáles han sido los motivos por los que decidieron avalar el impuesto a las grandes fortunas. A continuación detallaremos estos puntos:

Primero que nada, respecto a la forma en la que se ha llevado adelante la incorporación del tributo, desde el Tribunal explican, que es posible aplicar la doctrina constitucional sobre el derecho de enmienda. Este punto se encuentra en el artículo 23.2 de la constitución. Allí se explica que se vulnera cuando hay una evidente y manifiesta falta de conexión entre el contenido de la enmienda y la iniciativa que se intenta poner en vigencia.

Para aclarar mas el asunto, explican que el impuesto a las grandes fortunas, se encontraba dentro de la proposición de la ley 38/2022. Allí se establecía como objeto, la creación de dos gravámenes, uno energético y otro bancario, por medio de los cuáles se buscaba proveer de ingresos públicos. Estos fondos serían utilizados para poder afrontar las consecuencias de la crisis energética y de precios que ha provocado la guerra entre Rusia y Ucrania. Teniendo esto presente, se cumple con el requisito de homogeneidad a la hora de incorporar este tributo por medio de una proposición.

Con respecto a la vulneración de la autonomía financiera, explican que el impuesto a las grandes fortunas, en realidad, es un complemento del Impuesto sobre el Patrimonio. Este tributo, es estatal cedido a las Comunidades Autónomas. Así lo satisfecho por este se descuenta, para establecer el nuevo impuesto. De esta forma, no se ve afectada ninguna de las competencias autonómicas sobre el impuesto del patrimonio.

Otro de los planteos efectuados por la Comunidad de Madrid, tiene que ver con el atractivo fiscal. La Comuna, buscan reducir constantemente la carga fiscal para sus contribuyentes para ser un lugar más atractivo y atraer riqueza hacia su territorio. El hecho de incorporar el Impuesto a las Grandes fortunas, aumentará la carga fiscal para aquellos contribuyentes que cuenten con un patrimonio mayor a los 3 millones de euros. Sobre este punto, el Tribunal explica que este objetivo particular que se ha planteado Ayuso, no puede ser un impedimento para el Estado de ejercer su competencia y establecer nuevos tributos.

Respecto a la vulneración de los principios de no confiscatoriedad y capacidad económica, también ha explicado el tribunal porque no es así. Declaran que frente al argumento que ha presentado la Comunidad de Madrid, entendiendo como muy altos los porcentajes a abonar respecto a la rentabilidad actual de los mercados, explican que este nuevo tributo, solo podría considerarse confiscatorio en el caso en el que se agote el valor del patrimonio, no sobre la renta generada por los bienes gravados. Por ello, no puede considerarse como desproporcionado tampoco. Incluso dentro del texto, citan datos respecto a  las estadísticas de la AEAT. Allí se demuestra que el impuesto a las grandes fortunas se encuentra por debajo del 0,5 por ciento del valor del patrimonio gravado de un contribuyente.

El último punto, tiene que ver con la retroactividad. Desde el Constitucional explican que el Impuesto a las Grandes Fortunas no se aplica en relación a un período impositivo. Lo que establece y fija es una referencia concreta de tiempo. Por ello, explican, no tiene un carácter retroactivo y tampoco vulnera el principio de seguridad jurídica. 

Cuál será la respuesta de la Comunidad de Madrid

Debido a la decisión que ha tomado el Tribunal constitucional de no declarar inconstitucional el Impuesto a las Grandes fortunas, la Comunidad de Madrid ha trazado un nuevo plan. Mediante él tramitará de urgencia una nueva ley con la que pueda recaudar el tributo para dicha comunidad.

Ayuso, explica, que se llevará adelante lo más rápido posible. Agrega que así esta recaudación quedaría en manos de los contribuyentes madrileños para que se lo puedan devolver.

Por otro lado, y pese a las explicaciones dadas por parte del Tribunal, la presidenta de la Comunidad de Madrid, insiste con que es un tributo contra el patrimonio, el trabajo y el esfuerzo de su pueblo, y por ello no se quedarán sin hacer nada.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Conseguir vivienda es cada vez más difícil, los costes de renta suponen un gran esfuerzo económico por parte de los arrendatarios. Esto ha originado que el tamaño del piso en alquiler al que se puede acceder, disminuya conforme pasen los años y se espera que, en el 2024 este número siga bajando.

La posibilidad de adquirir una propiedad, no es una opción para buena parte de los interesados en hallar un sitio para vivir y se viene imponiendo desde las últimas décadas, el arrendamiento de pisos, viviendas o habitaciones. Sin embargo, ante la gran demanda de alquileres que se observa, no se aprecia una oferta que se corresponda con lo solicitado.

Se podría decir que, encontrar un piso de alquiler es un desafío al que no todos pueden acceder, porque algunos propietarios han preferido dejar sus viviendas vacías, con el objetivo de evitar impagos de alquiler. Esta situación provoca mucha incertidumbre para los posibles inquilinos, donde se encuentran con opciones muy escasas.

Como si fuera poco, la estabilidad laboral no es la constante y se requiere mucho esfuerzo económico, para lograr cumplir con los costes de renta. Por lo tanto, se observa cómo el tamaño del piso en alquiler viene disminuyendo, al punto de qué los inquilinos viven en pisos que tienen cada vez menos metros cuadrados, debido a los aumentos de renta elevados.

¿Por qué ha disminuido el tamaño del piso en alquiler?

Todas las épocas se caracterizan por un particular estilo de viviendas, en este caso son los pisos en alquiler los que más se solicitan y eso, lleva consigo un determinado valor del salario que se debe tener en cuenta, a la hora de firmar un contrato. Hace tan solo 10 años, el tamaño del piso en alquiler era muy amplio para el inquilino común.

Hoy en día, esa estadística se modifica y de acuerdo a la información que brinda Fotocasa, destinar más del 40% del salario al pago de la renta, no implica obtener un piso de más de 80 metros cuadrados. El cambio es tan grande que impacta, porque con más del 30% de los ingresos, se puede conseguir un piso que solo supere los 50 metros cuadrados.

Esta disminución en el tamaño del piso en alquiler, no hace otra cosa que acentuarse con el paso de los años. Es por este motivo que, los inquilinos se enfrentan con un mercado que no le abre las puertas al mundo del alquiler, por lo que arrendar una vivienda grande, no está siendo posible en muchos casos.

¿Cuáles son las zonas en donde más se ha disminuido el tamaño de los alquileres?

Aunque hay sitios de España, en donde todavía es posible conseguir pisos con un tamaño amplio por un esfuerzo económico del 30% del salario, lo más habitual es hallar viviendas con el tamaño del piso en alquiler de 55 metros cuadrados. La zona en donde esta modificación de tamaños se ha visto con mayor intensidad es en Alicante.

En tan solo cuatro años, Alicante pasó de tener una cantidad considerable de pisos con mucha amplitud de espacio, a solo disponer de viviendas que cuentan con 50 metros cuadrados. La mayor preocupación aparece cuando no se encuentra oferta por ese tamaño y los inquilinos deben hacer frente a precios de renta más altos.

Alquilar un piso de casi 90 metros cuadrados implica un esfuerzo monetario mayor para el inquilino, lo que representa que puede destinar la mitad de sueldo con el objetivo de arrendar un piso de estas magnitudes. Sin lugar a dudas, el tamaño del piso en alquiler será cada vez menor, porque es lo que el inquilino promedio puede pagar.

Baleares: El lugar en el que se ha sentido este cambio profundamente

Establecer un sitio en donde el tamaño del piso en alquiler sea muy grande, ya no es de lo más habitual. Lamentablemente, a la hora de alquilar una vivienda se deben tomar decisiones y conseguir un piso que cuente con todas las comodidades, por un precio de renta que se corresponda con el salario, no suele ser tan amplio como hace años.

El tamaño del piso en alquiler más cotizado ha disminuido, pero el sitio en donde esta situación se observa con mayor claridad es en Baleares. Lo que sucede es que la modificación se ha ido dando progresivamente, hasta el punto de qué los pisos que cuentan con un poco más que los 30 metros cuadrados, son los más solicitados.

Además, sitios como Andalucía, Madrid y Galicia, de los más importantes en España, también han experimentado una caída en su tamaño más pedido. Esta modificación del tamaño de la vivienda, es algo que vino para quedarse; ya que es muy poco probable que un inquilino destine más del 70% de su sueldo, en el pago de un alquiler.

¿Por qué el tamaño del piso en alquiler seguirá bajando?

Las condiciones económicas con las que contaba el inquilino común hace una década, no son iguales que hoy en día. Esto se debe principalmente, a un sinfín de factores que han determinado que la oferta de pisos sea cada vez más escasa y las opciones disponibles para el alquiler, no sean las mejores para los arrendatarios.

Si bien, los costes de renta por arrendar una propiedad aumentan todos los años y se produce una gran situación de incertidumbre para los interesados en el piso, a la hora de afrontar los gastos. El principal problema radica en que los salarios no aumentan en la misma proporción que las rentas.

Como las alternativas de alquileres no abundan, se hace necesario elegir las viviendas más asequibles y estas son, las que presentan el tamaño del piso en alquiler de 55 metros cuadrados. Esto supone destinar un 30% del salario a los costes de renta, ya que para adquirir un tamaño de piso más grande, será necesario disponer de una porción mucho mayor del salario.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

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Los mecanismos de ventas inmobiliarias han ido modificándose radicalmente en la última década; esas modificaciones van sufriendo a la vez severas alteraciones año a año. Esto se da, sin lugar a dudas, como producto de la influencia tecnológica y de los nuevos y jóvenes cerebros que toman las riendas en los sectores de ventas de las compañías. Respiran tecnología y están dispuestos a arriesgar e incluir nuevas modalidades, como contrapunto a las viejas generaciones del marketing en bienes raíces que iban a lo seguro, en búsqueda del éxito comprobado. En este artículo de Oi Real Estate, veremos en qué medida se posicionan los dispositivos drones en el real estate. Te invitamos a leer para entender mucho más. ¿Nos acompañas?

Historia reciente en el marketing inmobiliario

Una nueva forma de exhibir propiedades está entre nosotros. Implementada desde que estos pequeños aparatos se volvieron de uso particular (es decir, que practicamente cualquiera puede aprender a conducirlos y a darles un uso si se quiere artístico), la modalidad de visitas en video 360° ha cobrado una importancia superlativa y escalado en niveles de protagonismo desde la irrupción de la pandemia COVID 19.

De pronto, de la noche a la mañana, comenzamos a ver en portales y plataformas inmobiliarias prolijas y estéticas tomas cinematográficas en planos aéreos de exteriores. Propiedades de lujo en venta u ofrecidas en alquiler exhibieron entonces sus frentes, contrafrentes y espacios al aire libre con imágenes en video de gran impacto audiovisual, atrapantes y en gran calidad.

El toque audiovisual

Al poco tiempo, cuando la tecnología nos acercó aparatos más pequeños, livianos y sencillos de pilotar, capaces de montar un móvil y utilizar sus controles desde el remoto, aquello que era una caminata filmada desde el ojo del agente inmobiliario se transformó en una delicada y suave recorrida también por los interiores de las propiedades.

Ascendiendo a las plantas altas, descendiendo a los niveles bajos; acompañados por sonido ambiente o uno cuidadosamente elegido -dependiendo las características del piso-, ahora los agentes inmobiliarios se han transformado en improvisados directores de cortometrajes. Y es eso (un corto) lo que terminamos viendo si accedemos a un tour virtual: un cortometraje en un plano secuencia. ¿Te sorprendiste al ver un tour virtual montado en un dron por primera vez?

Drones en el real estate

En 2020, el dron en el real estate copó el mercado. Con su presencia asequible y fácil de llevar a la práctica, ofreció grandes resultados en la comparativa con el costo de inversión que conlleva poner en práctica esta modalidad en su máxima expresión.

Do it yourself

Para realizar una completa exhibición de propiedades 360° en esta modalidad (y hacerlo bien) debes solamente contar con dos elementos:

  • Un dispositivo dron. El aparato debe ser lo suficientemente diminuto como para transitar pasillos, subir escaleras, etc. Además, deberá poseer un grado de maniobrabilidad adaptable a ambientes estrechos. El uso de cámara incorporada (hay aparatos que disponen de elementos para filmación) ya no es un excluyente.
  • Un móvil portable de una cámara respetable. La modalidad profesional de exhibición de propiedades en 360° hasta hace no mucho tiempo era solo posible mediante el uso de cámaras capaces de ser montadas en el dron o (como dijimos antes) de drones con cámaras incorporadas. Sin embargo, el avance en cámaras y multilentes en teléfonos móviles han pasado al frente entre las preferencias de los agentes usuarios, ya que pueden utilizar su propio móvil para dicho fin.

Hoy día, un equipo dron que cumpla la función de arnés y soporte para móviles, se encuentra prácticamente al alcance de todos; puedes conseguirlos de hecho en cualquier tienda de electrodomésticos. Asimismo, la adquisición via online sigue al tope de las opciones, pudiendo comparar desde la comodidad de tu ordenador distintos equipos y acceder al que más se ajuste a tus necesidades o pretensiones.

Las publicaciones de propiedades vía 360°

Todo entra por los ojos. Diversos estudios desde los medios especializados en tecnología aplicada a los mercados inmobiliarios, confirman que el uso de equipos dron ha logrado acelerar las ventas o alquileres de viviendas hasta un 35% más que los pisos publicados vía anuncios estándar o convencionales; ya sea que estos ofrezcan imágenes convencionales, videos realizados desde móviles (a pie) o fotografías panorámicas.

En este sentido, y retomando lo mencionado en párrafos anteriores, el uso de drones en el futuro del marketing inmobiliario dispone a una nueva, económica y revolucionaria modalidad de ventas, respecto a la inversión que hubiera significado hace unos pocos años. A esta altura, son cada vez menos las franquicias, agencias o agentes inmobiliarios independientes que rechazan el atractivo de sus ventajas.

Tres ventajas de introducir drones en el real estate

El uso de drones para la exhibición, hace que los pisos de lujo incrementen su suntuosidad y que los convencionales realcen sus características sustancialmente. Veamos solo tres de los beneficios que los equipos drones aplican al sector inmobiliario:

  1. Capta la atención del interesado. ¿Quién puede abstenerse a quedarse viendo las dinámicas imágenes que ofrece la filmación de cinco minutos captadas desde un dron?
  2. Atrae la atención de los clientes. Está comprobado: las publicaciones que contienen imágenes tomadas mediante equipos dron cuentan con mayor aceptación por parte de los eventuales compradores a comparación de los anuncios estándar.
  3. Incrementa el posicionamiento de tu servicio y marca. Un agente inmobiliario, incluso sin disponer de oficina propia, puede mediante las exhibiciones 360° vía drones ofrecer un servicio de calidad, propio de las grandes franquicias.

¿Tienes experiencia en el uso de drones en el sector inmobiliario para agregar un valor tecnológico a tus servicios? ¿Prefieres mantener tus publicaciones estáticas confiando en una buena fotografía o tienes pensado incorporar drones en el futuro del marketing inmobiliario? Nos encantaría conocer tu opinión.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Para recuperar el arras en caso de no obtener la financiación, deberás aclararlo en el contrato. Aquí te contaremos cómo hacerlo.

El contrato de arras es una herramienta de gran utilidad en el proceso de compra de una vivienda. Sin embargo, una duda que aparece con frecuencia es si es posible recuperar el arras cuando el banco decide no conceder la hipoteca. En este artículo te contaremos cómo recuperar tu dinero.

¿Qué es el contrato de arras?

Las arras es el dinero que se entrega al vendedor cuando se terminan las negociaciones y se llega a un acuerdo. Esa cuantía económica se da en concepto de señal con el fin de garantizar que, una vez realizadas las negociaciones previas, se va a realizar la compraventa.

Por otro lado, el contrato de arras es un documento que conlleva el pago adelantado de una cantidad de dinero por parte del comprador a modo de señal. Este contrato tiene validez legal y ambas partes deben cumplirlo al pie de la letra, por lo que es recomendado estudiar bien el contenido antes de firmarlo.

En este contrato se especifica tanto la entrega del dinero, como el hecho de que el comprador y vendedor han llegado a un acuerdo y, por ende, han terminado la fase de negociaciones.

Esto quiere decir que el comprador deberá adquirir la propiedad en los términos estipulados en el contrato de arras, de la misma manera, el vendedor se compromete a no vender la propiedad a otro posible comprador, así este ofrezca más dinero.

Este documento es un contrato previo al contrato de compraventa. El contrato de arras se puede realizar ante un notario o a través de una inmobiliaria, sin embargo, en cualquiera de los dos casos, el documento tendrá plena validez legal, y por ello obliga a las partes firmantes a su cumplimiento.

Contenido del contrato de arras

El contenido de este documento puede variar dependiendo de las negociaciones entre ambas partes, sin embargo, la información general que no puede faltar en cualquier contrato de arras es la siguiente:

  • Datos personales de ambas partes.
  • Descripción e información importante del inmueble.
  • Precio final de venta y forma de pago.
  • Cantidad de arras entregadas, que después se descontarán del precio final y las condiciones en las que se ejecuta la entrega de este dinero.
  • Compromiso de realizar la firma del contrato de compraventa mediante escritura pública.
  • Distribución de gastos en caso de haberlos.
  • Firma de ambas partes.

¿A qué compromete el contrato de arras?

En resumen, el contrato de arras compromete al vendedor a reservar el derecho de compra de la vivienda a la parte compradora firmante. El vendedor también se compromete a entregar la vivienda al comprador en las condiciones que fueron estipuladas en el contrato.

Por otro lado, el comprador se compromete a entregar la cantidad del dinero acordada a cambio de la vivienda.

¿Cómo se realiza el pago de un contrato de arras?

En la mayoría de los casos, los pagos en el contrato de arras se efectúan en dos etapas:

  • Primer pago: al momento de la firma el contrato de arras.

  • Segundo pago: al momento de la firma ante notario. Por lo general, se realiza en un plazo de dos meses, ya que es el tiempo que se estima que se necesita para solicitar y formalizar un préstamo hipotecario, y los gastos asociados.

La ley no establece una cantidad mínima o máxima para cada pago, las partes deben acordar el importe. También, el comprador y el vendedor deberán acordar una penalización, si alguno de ellos no cumple con el contrato.

La cantidad abonada en el primer pago será descontada del precio final del contrato de compraventa.

¿Puedo recuperar el arras si el banco no autoriza la hipoteca?

La concesión del préstamo hipotecario es un trámite que se desarrolla independiente al contrato de arras. Por este motivo, debemos ocuparnos de comparar hipotecas y cumplir con todos los requisitos necesarios. De este modo, el banco nos concederá el financiamiento para la compra de la vivienda.

Sin embargo, es posible que firmemos un contrato de arras y no nos conceden la hipoteca. En este caso, puedes perder el dinero del primer pago que se efectúa en el momento en el que se firma el contrato de arras.

Esto se debe a que estarás incumpliendo dicho contrato y, por ende, el vendedor se quedará con el dinero. Se trata de una situación complicada. Sin embargo, si tenemos en cuenta que las arras se entregan para garantizar el cumplimiento de un contrato, suena lógico que se pierda el dinero si este no se cumple, por el motivo que sea.

No obstante, si nos anticipamos y leemos con atención el contrato de arras podemos recuperar el dinero.

Recuperar el arras

La clave está en adelantarse. Para asegurarte de que el vendedor esté en la obligación de devolverte el dinero si no se lleva a cabo la compra deberás estipularlo en el contrato de arras.

Si en el contrato de arras no se especifica nada al respecto y no se completa la compraventa, el vendedor tiene derecho a quedarse con las arras. No obstante, si en el contrato de arras se especifica que, en caso de que el banco no conceda la hipoteca, las arras deben ser devueltas, el vendedor tiene la obligación de devolver el dinero adelantado.

Es por esto que antes de firmar, es fundamental tomarte el tiempo de leer con atención el contrato y asegurarte que las condiciones sean favorables para las dos partes. Recuerda que ese documento será el único medio que podrás usar para recuperar tus arras.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre si es posible recuperar el arras si el banco no concede la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Una de las dudas que suele surgir a la hora de realizar la declaración de la Renta, tiene que ver con la forma en que tributan las viviendas en este impuesto. Por ello, para intentar facilitarte la tarea, en este pos te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema. ¿Nos acompañas?

Cómo tributan las segundas viviendas en el IRPF

Si cuentas con una segunda vivienda a tu disposición, esta genera una renta imputada de 1,1% o 2% del valor catastral.

Esto va a depender de si ha estado revisado en los últimos 10 ejercicios, por el porcentaje de participación y por los días en propiedad.

En caso de que la vivienda se encuentre fuera del país, al no tener valor catastral, se tomará el 50% del valor de adquisición, y el 1,1%. Esto es aplicable siempre que se tenga el derecho de uso de la vivienda, por lo que la nuda propiedad no genera imputación de rentas.

Estos tributos van a la base imponible general, el impacto es como si fueran mayor salario. Esto significa un tipo de entre el 19% al 47%.

Cómo tributan las viviendas en alquiler en la declaración de la renta

Los tributos se realizan por la diferencia entre el ingreso recibido y los gastos asociados al alquiler. Estos gastos pueden ser:

  • Intereses de la hipoteca
  •  IBI
  • Comunidad de vecinos
  • Reparaciones y conservación
  • Agencia inmobiliaria
  • Seguros
  • Suministros pagados por el propietario
  • Amortización del inmueble (solo por el tiempo en el que se alquile)

Debes tener en cuenta que el gasto de amortización, corresponde al 3% del valor de construcción del inmueble, tomando el mayor de los siguientes elementos:

Hacienda indicó que cuando se trata de una herencia o donación, el valor de adquisición es cero, solo se deberán tomar en cuenta los gastos asociados. En este caso, se suele aplicar el valor catastral.

Pese a ello, es importante tener en cuenta que, el Tribunal Supremo ha indicado que debe usarse el valor de la escritura de Herencia (ISD).

En caso de que la propiedad se encuentre alquilada como vivienda habitual, se podrá tomar una reducción del 60% sobre el rendimiento neto, esto quiere decir que se tributa al 40%.

Otro punto importante a tener en cuenta es que es posible que suceda que no pueda aplicarse la reducción del 60%. Esto sucederá en caso de que los gastos sean cuestionados por Hacienda y no justificados o no se haya declarado el alquiler.

¿Cómo tributan las viviendas si el arrendatario es un familiar?

En este caso, se podrá contemplar hasta tercer grado de consanguinidad. Esto significa que si la vivienda está alquilada a un familiar, por un precio reducido, tendrás que tributar mínimo como una imputación de renta.

¿Y los inquilinos que no pagan?

Aunque tu inquilino no esté pagando el arrendamiento, de igual manera se tributan las viviendas.

Estos rendimientos también van a la base imponible general, el impacto es como si fueran mayor salario. Tipo: 19% al 47%.

Esto podría considerarse como actividad económica si se utiliza, al menos, una persona empleada a jornada completa y con un contrato laboral. Si el inmueble está subarrendado, tributa como capital mobiliario, pero también va a la base general, como si fueran mayores rendimientos del trabajo.

Tributar en la renta la venta de una vivienda

En este caso, se debe efectuar por Ganancia patrimonial. Si se vende la propiedad, esta tributará por la diferencia entre el valor de venta y el valor de adquisición, estos rendimientos van a la base del ahorro y tributan del 19% al 26%. Puedes eximirte de tributar si la propiedad en venta es tu vivienda habitual y reinviertes lo obtenido en la compra de otra casa.

El lapso para realizar la reinversión en principio es de 2 años. El Tribunal Supremo indicó, que se puede aplicar, aunque hayan superado los 2 años, solo si la vivienda está en construcción y tarda más de este tiempo en ser su vivienda habitual.

Otras excepciones

En caso de no ser la vivienda habitual, pero el propietario es de la tercera edad, pueden no tributar por la ganancia si reinvierten el dinero obtenido en una renta vitalicia. En caso de que uno de los cónyuges sea menor de 65 años, solo puede aplicarse la exención el mayor de 65 años por su 50%.

La cantidad máxima será de 240.000 euros y la renta vitalicia deberá constituirse en un lapso de seis meses desde la fecha de transmisión.

Otra excepción para la tributa de viviendas ocurre cuando hay una perdida en la venta. Si hay pérdida ésta puede compensar otras ganancias obtenidas en el mismo ejercicio.

 Si luego de esto, sigue habiendo exceso de pérdida compensable, se repondrá con rendimientos de capital mobiliario, con un límite del 20%.

En caso de que siga habiendo exceso de pérdida, se podrá compensar en los 4 años siguientes.

Nuevas variaciones para la renta

Las deducciones por construcciones nuevas de eficiencia energética, serán por cuotas. Hace ya tiempo se han presentado algunas ayudas para intentar incentivar la rehabilitación de viviendas. Ten presente que este punto dependerá de las obras que has podido efectuar. A continuación detallaremos algunos porcentajes estimados de las deducciones dependiendo de las modificaciones efectuadas.

Estas deducciones se establecen entre el 20% y el 60%:

  • Obras realizadas para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración obtiene un 20%.
  • Obras realizadas para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable, obtienen un 40%.
  • Viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial en el que se hayan llevado a cabo obras de rehabilitación energética, obtienen un 60%.

Estas deducciones pueden aplicarse desde el 6 de octubre del 2021 hasta finales del 2023.

Impuesto sobre el Patrimonio

Las propiedades, tanto el usufructo como la nuda propiedad, deben ser tomadas en cuenta para el Impuesto sobre el Patrimonio.

La excepción es la vivienda habitual en un importe máximo de 300.000 euros. En este caso, se tomará el mayor de los siguientes valores:

  • Valor catastral
  • Valor de adquisición
  • Comprobado por la Administración a efectos de otros tributos.

Para las viviendas adquiridas se tomará el nuevo valor de referencia como valor determinado o comprobado por la Administración.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Al realizar la Declaración de Renta debes tener mucho cuidado en la información que presentas. Las infracciones tributarias que puedes enfrentar tienen que ver, en principio con multas económicas bastante importantes. Las mismas pueden oscilar entre un 50 y 150 por ciento de la base que no hayas declarado. En este post te contamos todo lo que necesitas saber sobre los problemas que puedes afrontar si no cumpliste correctamente con tu obligación. ¿Nos acompañas?

Infracciones tributarias en la Declaración de la Renta

Es muy común que surjan dudas al realizar la Declaración de la Renta. Muchos contribuyentes intentan reducir los montos a pagar a la Agencia tributaria, declarando valores menores a los reales para que el resultado sea a devolver.

Pero debes tener cuidado, porque estas acciones pueden implicar procedimientos tributarios de parte de parte de Hacienda, de los cuales es muy difícil salir impune. A continuación detallaremos cuáles son las consecuencias que puedes afrontar y las sanciones económicas que ellas conllevan.

 A qué se consideran infracciones tributarias

Con infracciones tributarias nos referimos a acciones u omisiones que pueden ser dolosas o culposas. Se encuentran catalogadas y sancionadas como tales en la justicia. La Agencia Tributaria diferencia al momento de establecer una pena si hay o no un perjuicio para la Administración.  Por esta razón, no tiene la misma condena la falta de presentación de un trámite administrativo como el Modelo 390 del IVA o que no se declaren los ingresos que has percibido por el cobro de un alquiler.

Puede suceder que cuentes con una casa que alquilas, quizás por desconocimiento o adrede, no realizas la declaración del importe obtenido por este arrendamiento. Ante esto, hay dos escenarios posibles. Que la Agencia Tributaria no logre darse cuenta de esta situación, o que lo detecte y se entere que no ha sido declarado.

Qué sucede si la Agencia tributaria se entera de una infracción

Puede pasar que, al no haber presentado alguna información de un cobro de alquiler en la declaración de Rentas, la Administración Tributaria logre identificar este error. En este caso la Agencia Estatal de Administración Tributaria se contactará con el contribuyente. Ella enviará un requerimiento, para solicitar información acerca del motivo por el cuál no se ha declarado.

Por otra parte pedirá la presentación de toda la documentación en la que se acredite el alquiler. Desde ese momento se iniciará un procedimiento de verificación y comprobación de datos que llevará a una liquidación provisional o paralela. Con ella, la Agencia Tributaria, modificará la Declaración de la Renta, sumando el valor que no había sido declarado y deberá abonarse la diferencia generada.

Comienzo del procedimiento sancionador por infracciones tributarias

Luego de modificar la Declaración de Renta por parte de la Agencia Tributaria, se establecerá el valor de la sanción. Normalmente el monto se encuentra entre un 50  y un 150 por ciento del importe que no ha sido declarado. Pero no es este el único aspecto a tener en cuenta, ya que hay otros puntos que pueden incrementar o reducir las sancionas.

Si la infracción en la que se ha incurrido es leve, por pronto pago y por presentarse, el importe que abonaras se verá reducido según la normativa. Esto implicaría porcentajes que van desde el 25 al 40 por ciento. Lo que sucederá siempre y cuando se cumplan todos los requisitos que se encuentran dentro de la ley.

Tipos de delitos

El delito fiscal abarca varios escenarios, aunque el más normal se encuentra tipificado dentro del artículo 305 del Código Penal. Ahí se explica que comete un delito, por una acción o por una omisión de fraude a la Hacienda Pública quien:

  1. Elude el pago de tributos, retenciones o que deberían haber sido retenidas o por ingresos a cuenta;
  2. Obtener devoluciones de forma indebida;
  3. Disfrutar beneficios fiscales que no les corresponden.

Cuáles pueden ser las penas a afrontar por infracciones tributarias

Quien incurra en estos delitos puede llegar a enfrentar una pena de prisión de entre uno a cinco años además de una multa que puede alcanzar seis veces el monto defraudado a la Administración Tributaria. Esto sucederá si no has logrado regularizar la situación tributaria. Primero, comenzando por reconocer y pagar el monto de la deuda, antes de que recibas la notificación en la que se informa el inicio de las actuaciones de la Administración Tributaria, Ministerio Fiscal, abogado del Estado o representante procesal que lleva adelante tareas en la Administración autonómica, foral o local, al iniciar un proceso legal.

Algo muy importante que siempre debes recordar, es el hecho de que realizar la regularización de la situación tributaria, tendrá varios puntos positivos. El más importante de todos  tiene que ver con lograr que no seas perseguido, revisando posibles irregularidades contables o buscando alguna otra falsedad que pueda haberse presentado con anterioridad. Pero el hecho de enfrentar un proceso penal por infracciones tributarias contra la Hacienda Pública no tiene nada que ver con el cobro de la deuda tributaria. 

La Administración Tributaria está habilitada para suspender las sanciones que se llevaran adelante contra el deudor siempre y cuando se presenten garantías suficientes. También los jueces en algunos casos pueden suspender la ejecución, sin la presentación de avales, si con ello pueden causarse daños graves o irreparables.

En que situaciones las penas pueden agravarse por delitos fiscales

Las penas pueden agravarse hasta los seis años de prisión y los valores de las multas pasar del doble al séxtuple del pago que fue defraudado si suceda alguna de las siguientes situaciones:

  • Cuando la cuota defraudada a la Administración Tributaria supera los seiscientos mil euros
  • Si la defraudación sucede en una organización o grupo criminal
  • En el momento en que se utilizan personas físicas o jurídicas o quizás entes que no tengan personalidad jurídica interpuestos, instrumentos fiduciarios o negocios, ni en paraísos fiscales, territorio que no tengan tributación. También para tratar de ocultar o dificultar la posibilidad de identificar a quien debería tributar o al autor del fraude.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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