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Si eres amante de la buena comida y de los destinos turísticos costeños ¡No puedes perderte de visitar el País Vasco en España!

En este post te mostramos todo lo que necesitas saber de este lugar turístico tan fascinante.

Muchos turistas dicen que San Sebastián, ubicado País Vasco, es el centro gastronómico de España, y las 18 estrellas michelines que ganó, lo confirman. No solo por su comida, su aire isleño y la calidad de sus habitantes, sino también por múltiples bares y restaurantes, que hacen de este municipio un lugar disfrutable e increíble.

Esta ciudad turística, se caracteriza por tener la más grande producción de sidra en la zona, derivada de una amplia variedad de manzanas que hacen que muchos visitantes busquen el lugar ideal para beber la sidra vasca. Las sidrerías, las cuales sus habitantes llaman “sagardotegi” proveen un menú tradicional acompañado de sidra servida de enormes barriles. Por eso te advertimos que no es raro encontrarlas tanto en la ciudad, como en las zonas rurales cercanas, porque son parte de su tradición.

¡Aquí va una lista de las mejores sidrerías que puedes encontrar en San Sebastián!

Lizeaga Sagardotegia:

Es una sidrería tradicional en la que se puede degustar sidra acompañada de un exquisito menú. Está sidrería se destaca por la buena relación calidad y precio, además de una atención cercana y exquisita. Esta casa, cuenta con más de 450 años de antigüedad, y lo interesante es que se dedica desde el siglo XVI a la elaboración de sidra. En la actualidad, sus clientes hacen mención especial a la exquisitez de su carne y del ambiente tan informal que hace la comida más amena. Además hay que reconocer que su carta de sidras es amplia y muy variada.

The Txotx Gourmet Albiztur:

Albiztur es una sidrería de San Sebastián, que se encuentra en el País Vasco, con una característica que la destacan de todas, sus platos son modernos e innovadores por su variedad de sabores. Es un local que se destaca por su trato acogedor hacia los clientes y su gran amabilidad. Los turistas la recomiendan por el amplio lugar que tiene, y por la música “soul” que se puede apreciar al comer. Además, las raciones en este restaurante son abundantes.

Txuleta:

Es una churrasquería española, que se aprecia por el grandioso sabor en carnes y pescados a la parrilla. Esto lo confirma su premio a la mejor carne. Por otra parte, su local está decorado con un estilo rústico: ladrillos a la vista y terraza acristalada. Este local tiene una carta muy variada. Sus visitantes siempre afirman que tiene un buen nivel, y sus carnes son riquísimas. ¡Si eres amante de la carne no dudes en visitarlo!

Barkaiztegi:

A cinco minutos del centro de San Sebastián, es un complejo que cuenta con un restaurante tradicional vasco. Este complejo nació de la herencia de la sidrería Donostia a finales del siglo XVII. La sidra aquí, se puede degustar en botellas, como también en las propias cubas tradicionales. En este lugar se destaca el cercano trato de los camareros y la pura tradicional comida vasca, muchas personas consideran este restaurante un referente de la comida local.

Petritegi:

En un principio este establecimiento elaboraba sidra con manzanas para el consumo familiar hasta que creció y actualmente es un local ideal para degustar la sidra y la gastronomía vasca mas tradicional. El establecimiento cuenta con terraza, para que puedas disfrutar tu plato al aire libre, y además tiene una visita guiada incluida para ver las kupelas, donde se elaboran y guardan la sidra para su consumo. ¡Los platos que no te puedes perder son los que contienen sidra en su preparación!

Zapiain:

Es una sidrería tradicional del más alto nivel. Entre sus platos mas ricos se destacan las chuletas, las tortillas de bacalao y la excelente sidra que sirven. Su variedad en el menú hace que muchas personas la elijan, y la opción de recoger la sidra directamente de los barriles generan ganas de repetir su paso al local.

Platos típicos del País Vasco

Entre el número de razones para conocer esta ciudad, San Sebastián se destaca principalmente por su gastronomía vasca. En esta cocina, se incluyen los más típicos platos de la región.

Pintxo

El pintxo que es un aperitivo que se suele comer en pocos bocados. Es tan popular en esta cultura, que se pueden encontrar tours que se dedican exclusivamente en darte un recorrido gastronómico para degustarlos.

Txangurro

Otro platillo importante, es el txangurro, un cangrejo de gran tamaño, al que se le extrae su carne y se cocina junto a vegetales. Este plato se sirve al horno y forma parte de la comida más elegida por los turistas.

Marmitako

Otro plato típico es el marmitako, un delicioso guiso con atún blanco, en que la salsa que la compone contiene cebolla, tomate y pimientos. Este plato se acompaña con patatas, y se sirve en una cazuela de barro.

Especialidades dulces

¡Y ni hablar de los dulces! Las especialidades en la ciudad suelen ser el pastel vasco o la pantxineta. El primero es una tarta elaborada con crema pastelera en el interior y adornada con cerezas. Por otro lado, la pantxineta es similar, solo que se prepara con hojaldre.

Vinos

No solo la sidra es popular en esta costa, también el vino tinto juega un papel fundamental junto a la gran variedad de vinos que se elaboran en zonas aledañas. Es muy popular el txakolí, un vino dulce y afrutado que acompaña a la perfección los platos de pescado.

¡Cuando vayas, no te olvides de pedir estos típicos platillos!

Educación gastronómica

Por la cantidad de restaurantes y la pasión por la comida entre sus habitantes, no es raro, que la Universidad de Mondragón cuente con una facultad de ciencias gastronómicas. Pero no solo se destaca su Universidad, sino que también hay escuelas de cocina donde puedes hacer cursos con profesionales expertos que te enseñaran los mejores secretos de a la hora de cocinar.

¿Qué esperas para conocer el País Vasco e ir a San Sebastián para probar la exquisitez de sus sidras y alimentos?  Sin duda, las Sagardotegis hacen del lugar una experiencia única e inigualable.

Espera, antes de que te vayas! Nosotros estaríamos encantados de saber qué es lo que piensas al respecto de este artículo, pues leeremos todo lo que nos comuniques. Entonces… ¿Quieres saber cómo es que puedes dejarnos tu opinión? Es muy simple, ¡hazlo en la sección de los comentarios!

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si estás pensando en alquilar o vender tu propiedad o buscas un lugar para arrendar, podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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Debido a la pandemia por la crisis sanitaria global, ha bajado drásticamente el precio de alquiler de los locales comerciales.

Según los datos expuestos por el Censo de Establecimientos Comerciales, el Covid-19 intensificó el cierre de locales que se venían observando desde hace unos años.

En 2017 la cifra de locales con actividad era 103.214. En 2018 una cantidad alrededor de 101.276 (4,8% menos). Y en 2019 una cifra de 98.309 (2,9% menos).

Estos datos representan una tendencia que se profundizó desde la crisis sanitaria dando lugar a un descenso significativo de los precios de alquiler de los locales comerciales.

¿Quieres saber cuáles son las principales causas y las consecuencias? En esta nota te lo contamos.

 

Desde la presencia del Covid-19 el mundo se ha enfrentado a dificultades complejas. Más allá de la crisis en el ámbito de la salud, también se pueden mencionar el sector laboral y el económico.

Respecto a este último, la pandemia está impactando negativamente a los locales comerciales: hay complicaciones sobre los contratos de arrendamiento por situaciones de impago.

Se trata de un escenario no previsto. Las medidas sanitarias que limitaban la movilidad de la población española redujeron significativamente la afluencia de las personales y, por ende, las ventas de los locales comerciales.

Las restricciones impuestas por el gobierno para evitar la propagación del virus, desde hace más de un año, continúan siendo inciertas y, aparentemente, sin fin.

Dado al tiempo prolongado de estas medidas, cayó el precio de alquiler de los locales comerciales hasta un 30%.

Los promedios de bajada en los precios de los locales destinados a negocios son de entre un 25% y un 30%” aseguró la Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI).

De este modo, es posible identificar que el sector de los locales comerciales es uno de los más afectados por la crisis que estamos atravesando.

Ahora bien, ¿A qué se debe exactamente este descenso de precios? ¿Cuáles son las zonas más afectadas? ¿Hay alguna posibilidad de observar una mejoría a corto plazo para este sector?

En esta nota te compartimos la información necesaria para responder estas preguntas.

¿Te interesa?

¡Sigamos!

Covid-19: ¿Cómo impactó en el precio de alquiler de locales comerciales?

Baja el precio de alquiler de los locales comerciales.

Dado a las consecuencias por las restricciones impuestas, surgen debates entre el gobierno español y las personas que realizan actividades comerciales. Y la principal causa es la paralización económica.

¿Por qué? La renta de los locales comerciales ha sufrido una fuerte caída. La Agencia Tributaria sostiene en su informe que los ingresos totales de alquileres entre 2019 y 2020 fueron 3.500 millones de euros. Esto representa una cifra mucho menor comparada al 2016.

Sin embargo, en el cierre del primer trimestre los datos son más alarmantes ya que la prolongación de las restricciones redujo los precios de los locales comerciales entre un 25% y un 30%. Esto marca la posibilidad de que se obtengan los peores datos de la historia al finalizar el 2021 si se continúa en esta misma línea.

¿Cuáles son las zonas más afectadas?

La Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) explica que, si bien los datos mencionados sobre el precio de los establecimientos comerciales no son homogéneos en toda España, se mantiene alrededor de las mismas cifras:

Las tendencias de reducción en los precios del alquiler son muy semejantes en toda España”.

Sin embargo, es posible diferenciar tres regiones que han reducido su precio, en mayor o menor medida, a causa de la pandemia.

¿Cuáles son? A continuación te las mencionamos:

  •  Zonas céntricas y de gran circulación. Son las que han sufrido directamente las consecuencias del Covid-19 y las restricciones. Ciudades como Madrid y Barcelona redujeron el precio de los alquileres de los establecimientos comerciales hasta un 30%. En este sentido, la FAI afirma que en el pasado, un alquiler rondaría: “los 1.500-2.000 euros mensuales, sin embargo, ahora mismo está negociándose por 1.000 euros. Son 500 menos al mes que el arrendador ha tenido que bajar debido a la crisis económica«.
  •  Zonas con menor circulación. Se trata de ciudades como Valladolid o Zaragoza que, a pesar de las medidas sanitarias, el precio de los alquileres se vio menos afectado. La Federación de Asociaciones Inmobiliarias explica que “la caída ha sido menor ya que, en general, se trata de un mercado más estable. Cuando hay subidas de precios no son tan pronunciadas, por lo que cuando hay bajadas, tampoco«.
  •  Zonas costeras. En estas regiones en dónde se ubica Málaga por ejemplo, tuvieron una caída en los precios de alquileres mucho mayor que en las zonas céntricas con gran circulación. Ante esta situación, el gerente de la inmobiliaria Atalaya en Málaga dice “Estamos viendo un descenso en los precios de los alquileres de locales comerciales de en torno a 1.000 euros«.

En definitiva, según la región de los locales comerciales, se puede identificar datos más alarmantes que otros.

Incrementa el número de locales comerciales vacíos

Baja el precio de alquiler de los locales comerciales.

La pandemia no solo dejó las calles vacías, también gran parte de los locales comerciales.

La Federación de Asociados Inmobiliarias explica que el descenso abrupto de la tasa de afluencia de peatones produjo un aumento significativo en la oferta de establecimiento comerciales, pero, simultáneamente, una rápida caída en la demanda.

Ya sea por cierre o por teletrabajo, muchos establecimientos están a día de hoy vacíos, y un local vacío no es rentable. Por ello, la mayoría de los propietarios se han visto obligados a bajar las rentas para tratar de volver a ocuparlos y rentabilizar sus propiedades”.

Ante esta afirmación, los comerciantes del sector atribuyen el descenso de los locales comerciales a la nueva tendencia que influye en los hábitos de consumo de los prospectos: el comercio electrónico.

En consecuencia, deja en completa duda la estabilidad a largo plazo de los negocios físicos.

Por ello, el arrendador se ve obligado a bajar el alquiler de locales comerciales ya que los autónomos que estarán alquilando se preguntan:

  • ¿Mi negocio prosperará?
  • ¿El contexto me permitirá desarrollar plenamente mis actividades sin afectar drásticamente mis ingresos?
  • ¿Cuánto tiempo más se prolongarán las medidas sanitarias?

¿Te interesa leer contenidos similares a este artículo? ¿Quieres mantenerte informado y actualizado? Si tu respuesta es sí, desde Oi Real Estate te sugerimos ingresar a la siguiente nota:

El IBI era, hasta hace poco, el único impuesto cuya recaudación no había parado de crecer. Esto, incluso, en los peores años de la crisis económica. Sin embargo, gracias a la pandemia de COVID-19, ha perdido ingresos durante el 2020. En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

Los ingresos tributarios en relación al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) han disminuido en 2020, durante el primer año de pandemia. Es la primera vez que esto ocurre desde que el gravamen fue creado en el año 1990. Incluso en los peores años de crisis económica, la recaudación del IBI nunca había detenido su crecimiento.

Este tributo anticíclico ha sobrevivido a todas las burbujas inmobiliarias y a todas las crisis, ya que grava la mera titularidad sobre bienes inmuebles. En todos estos años se ha convertido en la principal fuente de ingresos de los ayuntamientos. En algunas localidades españolas, por ejemplo, el IBI significa un 70% de los tributos locales.

¿A qué se debió la baja en la recaudación del IBI durante 2020?

Según los datos de Contabilidad Nacional, el monto ingresado a los ayuntamientos en concepto del IBI durante 2020 fue de 12.845 millones de euros. En 2019 esta suma había sido de 13.893 millones de euros. 

Es decir que, en ese lapso de tiempo, se produjo una reducción del 4,1% en la recaudación del IBI. Sin embargo, a pesar de esta caída, el Impuesto de Bienes Inmuebles continúa siendo el que más ha crecido en España desde su origen. Mientras que en 1990 aportaba a los ayuntamientos 1.500 millones de euros, hoy en día supera los 12.800 millones de euros. Su aporte a las arcas municipales se ha multiplicado más de ocho veces. 

Pero ¿a qué se debió este descenso en la recaudación del IBI durante el año pasado? 

Bonificaciones a las actividades más perjudicadas por la pandemia como motivo para la baja en la recaudación del IBI

Esta baja en la recaudación del IBI no deja de sorprender, ya que, a pesar de que se ha reducido la construcción durante este año, la cantidad de viviendas ha aumentado levemente. Tampoco existe registro de una reducción en los tipos impositivos aplicados.

Los ayuntamientos más importantes de España atribuyen esta caída en la recaudación del IBI a las bonificaciones que algunas empresas han introducido con el objetivo de reducir el impacto en las actividades económicas más perjudicadas por la pandemia.

Impagos como motivo de la baja en la recaudación del IBI

Otra razón que pudo haber sido causante de este descenso en la recaudación del IBI es el hecho de que los apuntes se hayan realizado con el criterio de caja, en donde sólo se anota el pago en el momento de producirse. Es por eso que los expertos consultados advierten que esta caída recaudatoria pudo haberse debido también a un aumento de montos impagos. Todo esto, con motivo de la crítica situación económica y laboral que se ha vivido gracias a las medidas restrictivas por el COVID-19. 

¿Qué ocurrirá de aquí en más?

Por el momento, existe la posibilidad de que la recaudación del IBI aumente si prosperan los miles de recursos que ingresan a los ayuntamientos por parte de los propietarios de segundas residencias, sobre todo aquellas que se encuentran en la costa. Tras el decreto del Gobierno que redujo la movilidad por el COVID-19, estos propietarios no han podido disponer de su bien inmueble secundario durante mucho tiempo, sobre todo en estas regiones costeras. Sin embargo, el pago del IBI les ha sido exigido en su recibo anual.

Muchos ayuntamientos han rechazado estos ingresos en la primera vía administrativa, pero estos han seguido su curso en instancias superiores. De prosperar estos recursos en algún momento, Hacienda debería revisar las declaraciones de la renta, ya que la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas determina que se debe incluir una renta presunta del 2% o 1,1% del valor de las propiedades secundarias de cada persona.

Diferentes fiscalistas insisten en que se debe realizar una revisión a fondo de este tributo. Ven de manera negativa la doble o la triple imposición hecha sobre los propietarios de bienes inmuebles, ya que, muchas propiedades ubicadas en las ciudades, además de ser gravadas por el IBI, también tributan en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas a través de la imputación de rentas y por impuestos relacionados con la financiación autonómica. Por ejemplo, el Impuesto de Patrimonio y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. 

En el caso de propiedades que se encuentran destinadas a alguna actividad económica, no tiene sentido que la tributación del Impuesto de Bienes Inmuebles dependa de la forma jurídica o del monto de la cifra de negocios sin tener en cuenta los beneficios obtenidos.

Otros impuestos cuya recaudación ha disminuido en el 2020

La recaudación del IBI no ha sido la única que ha disminuido en el ámbito municipal como consecuencia de la pandemia y los efectos negativos que esta significó para la situación económica en España. 

Estos son otros de los tributos cuya recaudación ha caído debido al COVID-19, según los datos que se conocen respecto al 2020: 

  • 1) Impuesto sobre la Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO): su recaudación ha caído en un 24% (257 millones de euros menos) 
  • 2) Impuesto del Valor de Los Terreros de Naturaleza Urbana (Plusvalías): su recaudación ha disminuido en un 32% ha descendido la recaudación 
  • 3) Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (coches): su recaudación se ha reducido en un 5% (90 millones de euros)

Estos datos nos permiten llegar a la conclusión de que, en tiempos de confinamiento por el COVID-19, se han construido y se han vendido menos viviendas. También, que se han vendido menos vehículos. En términos generales, el monto de los tributos recaudados se ha reducido en un 9,5%. Sin embargo, el saldo negativo de los ingresos totales ha quedado en un -5,7% teniendo en cuenta el solapamiento contable que significó el aumento de las transferencias estatales que se han entregado para amortiguar los efectos de la pandemia. Sólo queda ver si en este 2021 los números se recuperan.

¿Te resultó útil esta información? En Blog OI REAL ESTATE podrás encontrar muchos artículos más que te pueden ser de ayuda. Si lo que buscas es asesoramiento para vender una propiedad ¡no dudes en contactarte con OI REAL ESTATE!

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Como venimos mencionando en Oi Real Estate, a la hora de firmar un contrato de alquiler existen varias situaciones que pueden convertir el entusiasmo en problema. Por eso mismo, el arrendador debe prestar mucha atención a cada detalle del vínculo al momento de decidir arrendar su inmueble. Una de estas situaciones que generan un dolor de cabeza al propietario es el atraso en el pago de alquiler por parte del arrendatario.

Lógicamente que al principio para el dueño del inmueble es todo alegría y entusiasmo a la hora de poder arrendar su propiedad. Sin embargo, estas situaciones muchas veces imprevistas terminan perjudicando el bienestar y generando complicaciones. En la siguiente nota te contaremos todo lo que tienes que conocer en caso de que el arrendatario tenga atrasos en el pago de alquiler.

¿A qué nos referimos con atraso en el pago de alquiler?

Si bien no caben dudas sobre la definición del término, se considera atraso en el pago de alquiler al hecho de no pagar la renta. Aunque esto solamente sea un día después del plazo convenido entre las partes a la hora de firmar el contrato de alquiler.

Es decir que si en el contrato de arrendamiento se ha establecido que el pago de la renta se efectúe dentro de los 5 primeros días de cada mes, el inquilino se haya en causa de desahucio si no abonó en ese plazo. Así, el arrendador podrá exigir del Juzgado la recuperación del inmueble mediante el procedimiento judicial de desahucio por falta de pago de la renta.

Las causas por las que el arrendatario no pague en tiempo y forma la renta del alquiler pueden ser muy variadas. Puede ser por problemas personales; por descoordinación entre la fecha de pago de alquiler y la fecha en la que recibe su salario; falta de intención de realizar el pago, entre otras. Sin embargo, lo que queda claro en estas situaciones es que lo que prevalece es lo pactado en el contrato de alquiler firmado por ambas partes. Como también, lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es lo que rige estos vínculos.

Consecuencias del atraso en el pago de alquiler

En primera medida, cabe mencionar que el atraso en el pago de alquiler supone un incumplimiento grave de las obligaciones a cargo del inquilino. El mismo puede ser motivo de la resolución del contrato de arrendamiento.

Más allá de que es una situación no pacífica y por tanto discutida, la mayoría de los Tribunales sostienen que la mera tolerancia en el pago atrasado de alquiler no supone consentimiento por parte del arrendador. Esto ratifica que es una causa de resolución del contrato de alquiler.

En muchas situaciones, por diferentes razones, el arrendatario no paga la renta en el plazo establecido por contrato. En su defecto, si no se estableció una fecha fija de pago entre ambas partes, tampoco lo hace en los primeros siete días de cada mes. Esto último es lo que está fijado en el artículo 17.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Dichas situaciones, tal como mencionamos anteriormente, son causas de resolución del arrendamiento. Teniendo en cuenta que el pago de la renta es unas de las obligaciones principales que asume el arrendatario al firmar el contrato.

¿Qué ocurre si durante cierto tiempo hubo tolerancia con la falta de pago?

Aunque solamente el atraso de un mes del pago de la renta es suficiente para determinar el desahucio, en muchas ocasiones dicho atraso está consensuado. Puede ocurrir que el arrendador permita el atraso del pago por cierto tiempo, o que dicho pago se efectúe fuera de término. Esto es algo que puede acordarse entre ambas partes, y que sea un pacto mutuo sin que dicha situación genere un problema.

Sin embargo, muchas personas dan por sentado que si el arrendador es permisivo en ciertas ocasiones con el atraso en el pago de alquiler, el arrendatario puede incumplir con el pago libremente. Esto no es así.

A pesar de que existan algunas resoluciones judiciales que muestren lo contrario, el criterio general considera lo siguiente. “Aunque el arrendador le haya permitido al inquilino abonar tardíamente la renta, esta tolerancia en el pago atrasado de la renta no supone una permisibilidad para que aquél pague la renta cuando quiera”. Por lo tanto, no existe consentimiento tácito de aceptación de esta conducta por el arrendador, pudiendo construir causa de resolución de contrato de alquiler cuando lo considere correcto.

¿Qué debes hacer si te retrasas en el pago de alquiler?

Como venimos mencionando, el retraso en el pago del alquilersupone un incumplimiento grave de las obligaciones a cargo del inquilino que puede ser motivo de la resolución del contrato de arrendamiento. Sin embargo, en caso de retraso en el pago del alquiler, lo mejor es comunicar al arrendador la incidencia del retraso cuanto antes justificándola. Y proceder al pago del mismo en el menor tiempo posible.

Estas dos acciones no excluyen que se presente una demanda de desahucio. En ese caso, siempre se podrá enervar la acción si se abonan las cantidades debidas más las costas procesales. Con la enervación del desahucio se rehabilitará el contrato de arrendamiento.

Existe una serie de supuestos en que la demanda de desahucio se debería de desestimar si el arrendador ha consentido reiteradamente los pagos fuera de plazo. Ello se debe a que se vulnera la buena fe del arrendatario. Pero como ya mencionamos anteriormente, no existe consentimiento tácito de aceptación de esta conducta por el arrendador.

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Crece un 20% la venta de viviendas por herencia, en muchos casos por la falta de liquidez o el miedo a los okupas. España acumula más de 60.000 fallecidos desde el comienzo de la pandemia por el covid-19 hace un año atrás. Esto es un drama familiar para miles de españoles.

La crisis sanitaria y económica que desató el coronavirus, marcó un record histórico en viviendas que se ponen a la venta por recibirlas a partir de una herencia. En noviembre de 2020 se alcanzó la cifra más alta en los últimos 10 años, con 17.157 transacciones de este tipo. Un 20% más que el año anterior, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

La venta de viviendas, una tendencia en aumento

Se cree en el sector que esta tendencia seguirá en aumento durante el año debido a la pandemia y su evolución, lo que va a generar movimiento en el mercado inmobiliario, propiciando la posibilidad de negociar precios. Las herencias muchas veces tienen entre sus características, desacuerdos familiares que terminan en una venta rápida. Los enfrentamientos familiares se suman a otros factores como el miedo a los okupas (ocupación ilegal de otras personas de la vivienda) o la falta de liquidez.

El aumento de operaciones e herencia, se concentró en el tramo final del año, en las Comunidades Autónomas de Madrid y Cataluña, las más golpeadas por la pandemia, como consecuencia de la densidad poblacional de sus principales ciudades.

Aumento del 37% en Madrid

En la Comunidad de Madrid se pusieron en el mercado 2.296 viviendas en noviembre de 2020. Lo que significa un 37% más respecto al año anterior. En cuanto a Cataluña, incrementó en el mismo mes un 21% de sus operaciones del tipo de herencia, situado en las 3.051 firmas para esa tipología. Es la cifra más alta desde 2007.

Este fenómeno era esperado por el sector, pero las restricciones por las pandemias, en las que los notarios estaban sólo activos en cuanto a firmas urgentes, y la situación de muchas familias que pospusieron la fecha de la firma para contar con mejores condiciones, retrasó el proceso, bloqueando operaciones que en este momento no se están poniendo en el mercado al corto plazo.

El impuesto a las sucesiones por la venta de viviendas

Con este contexto actual, los gastos vinculados a la aceptación de la herencia, sobre todo en comunidades como Cataluña, con el impuesto de sucesiones, hacen que tenga que haber un esfuerzo económico mayoritariamente elevado.

Por esta situación, una solución que tienen muchas familias es vender. En la actualidad, existen opciones en las inmobiliarias para financiar este tipo de transacciones, haciendo buenas propuestas comerciales desde el sector, lo que provoca minimizar riesgos y darle confort a las familias frente a un momento doloroso como es la muerte de un ser querido.

Renuncia a las herencias

En el Consejo General del Notariado auguran un alud de renuncias a las herencias en 2021, por el temor de los herederos a recibir más deudas y obligaciones tributarias que bienes.

Si te gustó esta nota de Oi RealEstate, compártela con tus seres queridos. Además, te sugerimos que leas esta nota sobre comprar un inmueble heredado:

https://www.oirealestat.net/noticias-inmobiliarias/comprar-un-inmueble-heredado/

Al igual que el 73% de los ciudadanos europeos, los españoles siguen optando por no viajar al extranjero como consecuencia de la pandemia. Un año más, la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 sigue copando espacio en la mente de los españoles a la hora de planificar sus vacaciones, y más ahora con la llegada del verano.

El fin del Estado de Alarma del pasado 9 de mayo acabó con la mayor parte de las medidas de aislamiento y restricciones de movilidad en nuestro país. Pero aún sigue habiendo limitaciones, y eso hace que el 59% de los españoles no quieran planificar sus vacaciones con antelación. Para evitar cancelaciones de última hora debido a las posibles restricciones que se puedan ir sumando según la situación de la región de destino.

Estos datos fueron revelados de un estudio realizado por TomTom, una compañía de los Países Bajos, que fabrica sistemas de navegación para automóviles, motocicletas, PDA’s y teléfonos móviles. En el estudio participaron 1.000 ciudadanos españoles para conocer las expectativas y planes de vacaciones de los ciudadanos para este verano.

Metodología del estudio

TomTom encargó este estudio a Opiniym Research, compañía global de investigación de mercado. Que entrevistó a 7.000 ciudadanos de Alemania, España, Francia, Italia, Países Bajos, Polonia y Reino Unido para conocer sus planes de vacaciones de verano este año. Sobre todo teniendo en cuenta la situación de pandemia actual.

España vuelve a ser el destino favorito de los españoles

El 81% piensa quedarse en el país durante sus vacaciones de verano, y al 74% le preocupa viajar al extranjero como consecuencia de la pandemia. De no ser por el Covid-19, el 56% cree que podría haber planificado sus vacaciones fuera de España este año.  Y el 76% considera que no tienen suficiente información en relación a las restricciones vigentes en otros países. Mientras que al 61% no le importa quedarse en nuestro país este verano, si eso implica que en 2022 podrá viajar al extranjero con más libertad.

No obstante, el estudio también demuestra que los españoles están deseosos de disfrutar de unas merecidas vacaciones de verano, ya que apenas un 14% se plantea no irse de vacaciones este verano, de los cuales, un 55% no lo hará por miedo a la situación de pandemia.

El coche sigue siendo el transporte preferido

Con respecto a la forma de desplazarse durante las vacaciones, el coche sigue siendo el medio de transporte preferido por los españoles, y más teniendo en cuenta la situación actual, ya que el 73% lo considera el medio más seguro para viajar en pandemia.

En este sentido, el 83% de los españoles espera viajar en coche durante sus vacaciones. El 63% lo hará porque se siente más seguro como consecuencia de la pandemia. Mientras que la libertad y la flexibilidad que proporciona el coche es la principal razón para el 57% de los encuestados.

El turismo nacional perdurará tras la pandemia

El Covid-19 también ha hecho que la sociedad española elija, para los próximos años, España como destino de vacaciones. Y que el turismo nacional no termine con el fin de la pandemia, pues el 65% de los usuarios ha comenzado a apreciar más su país como lugar en el que pasar y disfrutar de sus vacaciones, y el 63% considera que podría organizar sus vacaciones en España incluso cuando finalice la pandemia.

En cuanto al destino preferido para viajar por carretera, Andalucía se alza como la región por la que más optan los españoles. Pues el 37% de los usuarios afirma que probablemente conducirán por las carreteras de la comunidad andaluza durante el verano. Le siguen Galicia y Comunidad Valenciana (16%), Asturias (15%) y Cataluña (14%).

Además, los españoles confían cada vez más en las soluciones de navegación para poder llegar a su destino de forma segura y cómoda. De hecho, el 56% de los españoles encuestados considera que conducir con un navegador o app móvil es más seguro, y el 59% utiliza aplicaciones de navegación para llegar a sus destinos de vacaciones.

Dónde vacacionar en Andalucía

Playas en Almería

Empezando por la costa de Almería donde encontramos algunas de la playas más sorprendentes de Andalucía, lugares de mucha tranquilidad en plena naturaleza, alrededor del Parque Natural de Cabo de Gata.

Playa Los Escullos

Los Escullos son de gran atractivo turístico, aquí se encuentra la duna fosilizada más grande del Parque Natural pero además llamarán bastante vuestra atención otros rincones como la playa del Arco, El Castillo de San Felipe, la playa del Esparto o de la Piedra Galera

Roquetas de Mar

Roquetas de Mar se encuentra en la provincia de Almería. Es un playa urbana de piedrecitas y normalmente está bastante abarrotada por lo que recomendable es salir de casa bien temprano para encontrar un hueco para vuestra toalla.

Playas en Cádiz

Si los pueblecitos blancos de Cádiz ya nos habían enamorado, ¡esperad a conocer sus playas! Cádiz es otro destino estrella para las vacaciones de verano, tanto por el sol, sus extensas playas y una gastronomía exquisita ¿a quién no le gustan un par de tapitas tras un duro día de playa?

Playa Faro de Trafalgar

Si os gustan las playas poco frecuentadas por turistas entonces la Playa del Faro de Trafalgar sin duda alguna es justo lo que buscáis. A la entrada de los Caños de Meca y como su propio nombre indica, al lado del Faro de Trafalgar, pero algo importante que no debéis olvidar ¡comida y bebidas! difícilmente encontraréis el típico chiringuito de playa.

Playa de Tarifa

Tarifa es para muchos un paraíso, con un paisaje natural y salvaje único, si queréis disfrutar de un día de playa no tenéis que coger el coche porque dando un paseo llegáis hasta la Playa de Tarifa donde desde el espigón podréis disfrutar de una magnífica puesta de sol, pero debéis saber que Tarifa tiene dos vientos predominantes el de Levante que es fuerte y cálido que sopla de día y de noche, y otro más frío que es el de Poniente así que tenedlo en cuenta para elegir la playa donde daros un buen chapuzón.

Playas en Málaga

En un lugar tan privilegiado donde podéis ver el sol 300 días al año, por la alegría de sus gentes, sus tapitas y el agua cristalina de sus playas. Está claro que en un lugar como éste nada puede salir mal.

Playa de Nerja

En la Costa de la Luz el principal reclamo para escaparse son sus espectaculares amplias playas y ¿sabías además que están galardonadas con Bandera Azul por la calidad y limpieza de sus aguas y distintivo Q de calidad turística? La escapada a la playa de Nerja es ideal para ir en pareja o en familia, sobre todo si buscáis una zona tranquila sin mucho ambiente nocturno.

Playa de Benalmádena

Como no podía ser de otra manera ¡la magnífica playa de Benalmádena! Y también un poco abarrotada los meses de verano ¡lo sé! pero no hay nada como uno de los más maravillosos espetos, el plato de pescado típico de Málaga, después de una mañana muy estresante tumbados vuelta y vuelta y acompañados por supuesto, de una cerveza bien fresquita.

Espera, antes de que te vayas! Nosotros estaríamos encantados de saber qué es lo que piensas al respecto de este artículo, pues leeremos todo lo que nos comuniques. Entonces… ¿Quieres saber cómo es que puedes dejarnos tu opinión? Es muy simple, ¡hazlo en la sección de los comentarios!

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si estás pensando en alquilar o vender tu propiedad o buscas un lugar para arrendar, podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

Oi Real Estate

Las naves industriales son grandes edificios de una sola planta, especialmente destinados al uso industrial. Sirven para el beneficio de una industria. Allí se realizan actividades de tipo comercial, como el almacenamiento de materias primas y la elaboración de bienes y servicios. Cuentan con múltiples muelles de carga, para realizar la carga y descarga de camiones. En los cuales se realizan todas las tareas relativas al proceso de logística y distribución. Además, algunos suelen contar con espacios destinados a oficinas.

Dichas construcciones surgieron como grandes bloques con vigas de hierro altas, madera y ladrillos a la vista. Se encuentran en las principales ciudades donde se llevaban a cabo innumerables actividades, como procesos de producción y distribución industrial. En la actualidad, son edificios construidos en espacios que son utilizados especialmente para ello, son conocidos como polos industriales. Los mismos están situados en zonas relativamente estratégicas con accesos a los principales puertos y aeropuertos, lo que permite acceso a los canales nacionales como internacionales.

En Oi Real Estate, te presentamos tipos de naves industriales clasificadas de acuerdo a su estructura, por un lado. Y al uso y tipo de actividad que se desarrolla dentro del edificio, por el otro.

Tipos de naves en función al uso que se le da

El sector inmobiliario industrial se caracteriza por ser muy dinámico. Con el paso del tiempo, el mercado cambia y se reubica de acuerdo a cada momento.  

En esta sección podemos destacar tres tipos de naves.  

En primer lugar, encontramos las naves industriales de almacenamiento y distribución a granel. Estos edificios combinan de excelente manera con empresas que realizan las tareas relacionadas a la logística y distribución.

En estas plataformas suelen contar con una cantidad limitada de empleados y muelles de carga. Ya que no suele haber tráfico de clientes. Las naves son destinadas únicamente para la distribución de productos destinados a consumidores finales.

El factor fundamental de las naves industriales de almacenamiento es la ubicación. Es muy importante que se encuentren situadas en zonas estratégicas con accesos de gran conectividad, de norte a sur y de este a oeste. Podemos observarlas cerca de puertos o aeropuertos. Lo que es muy valioso a la hora de acortar los tiempos de distribución.

En segundo lugar, se encuentran los almacenes especializados. Estas naves son para empresas con actividades muy particulares. Un claro ejemplo de este tipo de edificio son las naves de almacenamiento en frío, conocidas como naves frigoríficas. Estas son utilizadas para productos que deben estar a bajas temperaturas, como los lácteos, las carnes. Y la reciente vacuna contra el COVID-19.  

Un detalle a destacar de dichas naves, es que sus muelles de carga, puertas y suelos se encuentran sellados de manera especial para conservar la temperatura del espacio.

En tercer lugar, están las naves industriales de fabricación. Su infraestructura es establecida de acuerdo a la actividad de producción de cada empresa.

Tipos de naves industriales según la estructura

La siguiente clasificación se realiza en función a los materiales que son utilizados para su construcción.

También observamos que existen tres categorías de naves industriales.

En primer lugar, las naves industriales con estructura metálica. Se caracteriza por ser una construcción rápida, con un acabado flexible. Los espacios son amplios y muy bien iluminados. 

En segundo lugar, las plataformas con estructura de hormigón. A diferencia de las naves con estructura metálica, estas son construcciones rígidas. Además, la construcción requiere un tiempo y costo más alto. Los espacios son más pequeños y no permiten que ingrese tanta luz.

En tercer lugar, observamos las naves con estructuras mixtas. En este tipo de construcción se observa el uso de ambos materiales, el metal y el hormigón combinados. Lo que te permite crear espacios especiales y que la distribución del lugar sea más flexible.

¿Qué factores influyen a la hora de ubicar una nave industrial?

Se relacionan una serie de factores para encontrar la perfecta ubicación de una nave industrial. No siempre son los mismos, pueden variar de acuerdo a la actividad de cada compañía. 

El factor que más se repite es el de proximidad a puntos de transporte como aeropuertos o puertos. La cercanía a estos puntos te permite el acceso rápido a estos puntos, lo que puede favorecer la distribución, tanto a nivel nacional como internacional. Hoy en día es muy valiosa la entrega inmediata de productos para calificar el servicio brindado a los clientes.

Otro factor que es determinante es la cercanía a las vías de comunicación que le permita acceder a servicios básicos y mano de obra calificada para las tareas que posteriormente se realizarán.  Un elemento que no debemos olvidar es el precio por metro cuadrado.

La combinación de estos tres factores es primordial a la hora de encontrar un lugar apto para una nave industrial.

¿Cómo se calcula el valor de una nave industrial?

Las características mencionadas anteriormente van a definir el valor de una nave. El factor ubicación, tamaño, estructura y uso.

Un buen consejo para tener en cuenta es comparar el valor de tu nave con el de otras naves cercanas.

Un poco de actualidad

El año 2020 trajo consigo cambios y a su vez incertidumbre. Se observa un gran impacto por la pandemia de COVID-19 a nivel mundial.

Respecto del mercado de naves industriales, no se han vuelto a construir nuevas y las que están fueron hechas hace ya muchos años. Lo que hizo que el precio del metro cuadrado esté en descenso. 

Otra característica a destacar del año pasado, es que muchas empresas están destinando su inversión a naves industriales, pudimos verlo en notas anteriores con Catalana Occidente y su compra de 6 naves industriales. Asimismo, con el grupo suizo UBS Asset Management y su inversión en una plataforma logística valuada en 58 millones de euros.   

Esto favoreció la rentabilidad de las naves industriales.

Si ya leíste “Tipos de naves industriales”. Ahora podés leer “Logística: UBS Asset Management invierte en España” y también “Catalana Occidente invierte en naves industriales” que pueden ser de tu interés.

Si eres el propietario de una vivienda alquilada debes saber que hay cierto tipo de normas que debes respetar antes de venderla. Tras leer este artículo sabrás si puedes vender tu piso en caso de que lo tengas alquilado y con un inquilino habitándolo.

Tener un piso propio es un gran logro en la vida de una persona. Si lo tienes alquilado te aseguras una renta mensual de gran ayuda para tu economía. Lo cierto es que no siempre las cosas resultan como uno quiere y, por distintas circunstancias de la vida, algunos propietarios se ven obligados a desistir de su gran sueño y deben vender sus pisos. Por más que la obtención de la renta mensual sea de gran ayuda, no alcanza a ser lo suficiente para enfrentar las adversidades económicas. O, simplemente, apareció alguien con una jugosa oferta y deseas invertir ese gran monto en algo más conveniente. Llevar un contrato de arrendamiento muchas veces causa un estrés indeseable, que es una de las causas que lleva a muchos a querer deshacerse de todas las ocupaciones que un alquiler lleva consigo. Veamos cómo puedes vender piso alquilado.

¿Puedes vender tu piso si lo tienes alquilado?

Por su parte, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece en el artículo 25 muy detalladamente todo este tema. Vamos a ver punto por punto todo lo que especifica y lo analizaremos.

ARTÍCULO 25 DE LA LAU

1. En caso de venta de la vivienda arrendada, tendrá el arrendatario derecho de adquisición preferente sobre la misma, en las condiciones previstas en los apartados siguientes.

2. El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo sobre la finca arrendada en un plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente en que se le notifique en forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las demás condiciones esenciales de la transmisión.

Los efectos de la notificación prevenida en el párrafo anterior caducarán a los ciento ochenta días naturales siguientes a la misma.

3. En el caso a que se refiere el apartado anterior, podrá el arrendatario ejercitar el derecho de retracto, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1518 del Código Civil, cuando no se le hubiese hecho la notificación prevenida o se hubiese omitido en ella cualquiera de los requisitos exigidos, así como cuando resultase inferior el precio efectivo de la compraventa o menos onerosas sus restantes condiciones esenciales. El derecho de retracto caducará a los treinta días naturales, contados desde el siguiente a la notificación que en forma fehaciente deberá hacer el adquirente al arrendatario de las condiciones esenciales en que se efectuó la compraventa, mediante entrega de copia de la escritura o documento en que fuere formalizada.

4. El derecho de tanteo o retracto del arrendatario tendrá preferencia sobre cualquier otro derecho similar, excepto el retracto reconocido al condueño de la vivienda o el convencional que figurase inscrito en el Registro de la Propiedad al tiempo de celebrarse el contrato de arrendamiento.

5. Para inscribir en el Registro de la Propiedad los títulos de venta de viviendas arrendadas deberán justificarse que han tenido lugar, en sus respectivos casos, las notificaciones prevenidas en los apartados anteriores, con los requisitos en ellos exigidos. Cuando la vivienda vendida no estuviese arrendada, para que sea inscribible la adquisición, deberá el vendedor declararlo así en la escritura, bajo la pena de falsedad en documento público.

6. Cuando la venta recaiga, además de sobre la vivienda arrendada, sobre los demás objetos alquilados como accesorios de la vivienda por el mismo arrendador a que se refiere el artículo 3, no podrá el arrendatario ejercitar los derechos de adquisición preferente sólo sobre la vivienda.

7. No habrá lugar a los derechos de tanteo o retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble ni tampoco cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.

Si en el inmueble sólo existiera una vivienda, el arrendatario tendrá los derechos de tanteo y retracto previstos en este artículo.

8. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, las partes podrán pactar la renuncia del arrendatario al derecho de adquisición preferente.

En los casos en los que se haya pactado dicha renuncia, el arrendador deberá comunicar al arrendatario su intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa.

Aclaración simplificada

Si después de haber leído el artículo 25 de la LAU, sigues teniendo dudas, te contamos de forma más simple a qué se refieren los puntos.

  1. Este punto quiere decir que será el actual inquilino quien tenga prioridad en la compra del inmueble.
  2. El propietario debe darle un plazo de 30 días, desde el día de la notificación, para que tome la decisión. Notificará detalles de la oferta de venta que tiene en manos. Obviamente, si la oferta que le compite es muy alta, será difícil poder estar a la altura.
  3. El derecho de retracto significa que le inquilino tendrá 30 días para comprar el inmueble antes que un tercero. Deberá abonar el precio en que se ha vendido la propiedad, lo que significa que si no cuenta con el dinero no podrá volver a reclamar pasado ese período.
  4. Este apartado indica que el derecho a retracto estará en primer lugar ante todos los otros derechos.
  5. Para poder formalizar la venta de la propiedad, el propietario deberá demostrar que respetó las normas. También que le dio la posibilidad al inquilino de poder comprarla.
  6. El inquilino deberá comprar también los muebles de la vivienda si es que el propietario desea venderla amoblada.
  7. Cuando se trata de un piso que pertenece a un edificio que se vende en conjunto, no existirá el derecho a tanteo o retracto. Es decir, si el propietario o sociedad vende todo el predio o edificio no existirá la posibilidad de hacer un reclamo.
  8. Si el inquilino se muestra desinteresado en comprar el inmueble y está de acuerdo con dejar el piso, se puede romper el contrato tranquilamente. Claro está, debe existir una notificación de treinta días. Además, hay que respetar las cláusulas de recisión del contrato de arrendamiento y deben haber pasado por lo menos tres años.

Ahora que ya leíste “¿Puedes vender tu piso si lo tienes alquilado?”, te invitamos a dejarnos tu comentario. Además, te recomendamos las siguientes notas:

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Si no has firmado un contrato de arrendamiento legal para alquilarle tu vivienda a tu inquilino, debes saber que tienes sus derechos igualmente. En este post, sabrás qué es lo que tienen que respetar ambas partes en un alquiler verbal.

Lógicamente, es altamente recomendable formular un contrato de arrendamiento cuando alquilas tu vivienda. Pero, hay muchas excepciones donde las partes consideran que no hace falta el mismo. Ya sea porque son familiares, amigos, conocidos, hay un vínculo laboral y se lo toman por parte de pago, etc. El problema es cuando aparecen los desacuerdos entre estos vínculos y uno no conoce sus derechos. Es erróneo pensar que por no haber firmado un contrato de alquiler las dos partes no tienen ningún tipo de amparo, es que hay formas de garantizar la estancia del inquilino existen los derechos en un contrato verbal. Además, si bien la Ley de arrendamientos Urbanos está redactada en base a los contratos por escrito, contemplan también los derechos para los arrendamientos verbales.

Alquiler verbal: ¿qué derechos corresponden si no se firma un contrato?

Por lo tanto, los contratos de arrendamiento verbales son igualmente legales al ser contemplados por la Ley de Arrendamientos Urbanos, más precisamente en el artículo 37. Todo monto monetario que se deba a la ocupación de un inmueble es ya de por sí un contrato de arrendamiento, aún si no se pacta por escrito, lo que lo convierte en verbal. Lo importante será que haya una constancia de este pago, así sea un ticket, un comprobante de transferencia, lo que sea.

Artículo 37 de la LAU:

“Las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento. En este caso, se hará constar la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada, la renta inicial del contrato y de las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado”.

Este apartado quiere decir que el contrato por escrito firmado es opcional, lo que da legalidad al verbal.

Derechos que le debes otorgar a tu inquilino

Vamos a aclarar de qué gozan los huéspedes de nuestro piso

  • Uso y disfrute del inmueble: una vez pagada la renta y dada las llaves, el inmueble pasa a ser temporalmente utilizable por esta persona.
  • Reformas y reparaciones: normalmente es el propietario quien se ocupa. Pero si esta persona quiere adecuar el inmueble a su gusto, puede realizar sus cambios con el visto bueno del arrendatario.
  • Permanencia mínima: el inquilino podrá habitar la vivienda por un período de 5 años con opción a 3 más. Así lo estipula la LAU.
  • Exclusividad en la opción de compra: si el dueño del inmueble desea venderlo, la prioridad a compra la tendrá el inquilino.
  • Empadronamiento: el arrendador tendrá derecho a empadronarse en esta propiedad. Será también una forma de demostrar que habita allí.

Recuerda que debes entregarle al inquilino un comprobante de pago para que demuestre que está viviendo en esta vivienda. Así sea de la renta o suministros.

Recisión de contrato

La parte más difícil de no tener un contrato de arrendamiento firmado es que no están estipuladas las cláusulas de recisión. No obstante, para finalizar el contrato se deberán aplicar las normas básicas de la LAU. Es decir, respetar el plazo coherente de tiempo para que las dos partes encuentren nuevo inquilino o piso. Además, si no se avisa con tiempo, correrán las multas de mensualidades. Recordemos que en cualquier contrato las cláusulas están dispuestas a partir de los seis meses a menos que se haya acordado otra cosa. Es un poco más complejo demostrar quién tiene la razón en muchos casos. Una vez más, la única forma de llegar a una verificación sería la de demostrar que se está viviendo en este piso y desde cuándo. Si es indemostrable, el inquilino puede abandonar el piso sin problemas y cuando quiera. El proceso es muy largo y costoso, porque se deberán demostrar pruebas reales de que ha habido un alquiler. Si el acuerdo verbal de alquiler es demostrado, el inquilino podrá abandonar la vivienda una vez pasados los seis meses y avisando unos treinta días antes, como lo dicta la LAU.

Desventajas del contrato verbal

Problemas con la fianza o depósito

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos se deberá pagar al arrendatario, por lo menos, un mes de fianza. El problema es el depósito de garantía porque, ni siquiera para un contrato de arrendamiento escrito está restringido, por lo que el propietario podrá establecer las pautas que él crea conveniente. Esto es igual en el pacto vocal, si el inquilino quiere pedirte un año de depósito y tú asientes, esto no sería ilegal. Deberás asegurarte de demostrar haber vivido en el inmueble para, una vez finalizado el contrato, poder reclamarla. Además, tendrá que registrar bajo alguna forma clara que la suma que recibió el arrendador es bajo concepto de garantía y tener claro de cuánto fue.

Desahucio

Uno de los problemas con los que te puedes encontrar es cuando el inquilino deja de pagar la renta. Los casos de desahucio en contratos de verbales se tornan muy complicados por las evidencias y suelen ser demasiado costosos.

Sanciones por no declarar la renta

En ninguna circunstancia el arrendador debe evadir o no declarar el alquiler, ya que este contrato tiene la misma legalidad que uno escrito. Las sanciones y multas son muy altas por no declarar la renta.

Problemas a los que se enfrentan los inquilinos

Por su parte, el inquilino se enfrenta a las siguientes dificultades:

  • No poder demostrar los plazos de su arrendamiento.
  • Imposibilidad de acreditar documentación que demuestre su estancia legal.
  • Subas de renta fuera de lugar.
  • Finalización de contrato en momentos no deseables.

Ahora que ya leíste: «Alquiler verbal: ¿qué derechos corresponden si no se firma un contrato?», te invitamos a contarnos tu experencia. Desde Oi Real Estate, queremos conocerla. Además, recomendamos los siguientes posteos:

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Comprar y vender una casa es una situación compleja. Este tipo de operaciones demandan muchos documentos, tiempo y dinero. En el caso del vendedor es ofrecer, a lo mejor, su bien más importante. Por lo general, se recomienda la contratación de un agente inmobiliario para que puede guiarte en cada trámite, paso. Esta ayuda, guía, tiene un costo. En el siguiente post te describimos que es la comisión inmobiliaria en la venta de un inmueble, como funciona y sus diferentes valores.

¿Por qué se recomienda ayuda profesional al vender una vivienda?

Si no dispones del tiempo necesario para llevar adelante la venta de la vivienda de manera particular, profesionales en la materia pueden brindarte información precisa de cómo se encuentra el mercado inmobiliario al momento de poner en venta tu piso y así llevar adelante la acciones más pertinentes.

Consultar con un agente inmobiliario, inscripto y matriculado en el Colegio de Profesionales Inmobiliarios de tu localidad, resulta un instrumento eficaz para lograr tasar tu apartamento en un precio razonable y en relación con el lugar o zona en la que se encuentra ubicado, uno de los puntos centrales en los cuales fijará su atención un comprador a la hora de elegir su futura vivienda.

Por otra parte, contar con el asesoramiento de personas que conozcan en profundidad el negocio te permitirá conocer con precisión la documentación necesaria con la cual debes contar para poder realizar la venta. Es decir, cada gestión corre por cuenta del experto en la materia con un alto conocimiento en los movimientos del mercado. Contar con la información precisa te ahorrará tiempo, ya que, básicamente no deberás encargarte de nada.

Así, presentar la vivienda en venta, colgar anuncios para publicitarla, recibir a posibles compradores, negociar el costo final del inmueble, juntar cada documento necesario para la operación y gestionar el vínculo con la notaría quedará a cargo de la agencia inmobiliaria. Sin embargo, como mencionamos, este asesoramiento será a cambio de un honorario. Es decir, la comisión inmobiliaria.

¿Qué es la comisión inmobiliaria en la venta de una vivienda?

Cuando la venta de tu piso es mediante agente inmobiliario la comisión es el porcentaje, del total de la venta, con el cual se queda la inmobiliaria por las operaciones de la intermediación.

Respecto a ese porcentaje es necesario mencionar que el costo de los honorarios no se encuentra regulado. De esta manera, cada agencia establece su propio coste en relación a sus funciones y experiencias. El monto habitual que emiten los compradores financieros ronda entre lo 3% y 7% respecto al precio total de la propiedad. No debes olvidar que a ese importe es obligatorio sumarle el 21% correspondiente al IVA que, por lo general, no viene incluido en la comisión.

Por otra parte, se pueden especificar dos tipos de agencias en la actualidad. Las tradicionales y las online (proptech). A diferencia de las primeras, las agencias virtuales suelen establecer una tarifa fija como comisión. La misma varía según los servicios a contratar (entre los 1.000 euros y los 5.000 euros). Por este motivo, resulta muy poco probable negociar el monto de los honorarios finales.

Contratar una agencia online “proptech” implica un rol mucho más activo del vendedor en la operación, y como resultado, ese protagonismo reduce los costos en la comisión.

Por lo general, este tipo de servicio suele estar asumido por la persona vendedora. Sin embargo, en algunas circunstancias o zonas los honorarios de la agencia puede llegar a compartirse entre vendedor y comprador. En un caso tal, es preciso que el comprador está informado de tal condición con la finalidad no correr el riesgo de perder la venta en los últimos pasos por tal motivo.

¿Qué servicios incluye?

1. La valoración de la vivienda. Esta acción refiere a la sugerencia en términos de precio en relación a los precios existentes en el mercado para de esta manera comenzar el proceso de venta. Se recomienda solicitar a la inmobiliaria la realización de un análisis del precio sugerido y que justifique el porqué del importe. Otra recomendación útil es consultar varias agencias previo a contratar una en particular.

2. La promoción de la vivienda en venta. Es decir, la inmobiliaria es quien se encargará de la muestra de imágenes, videos y planos de la propiedad. Con este material producirá anuncios atractivos que puedan incorporarse a los principales portales inmobiliarios. Además, la incluirá en las categoría de venta de su propio sitio web con estrategias concretas para posicionarla en los buscadores online.

3. La filtración de los compradores. Una vez publicada la vivienda a la venta, comenzaran a contactarse con la agencia posibles compradores. Luego, la inmobiliaria realizará una selección mediante filtración, evaluando la situación económica para dar con el mejor perfil.

4. La gestión de mostrar la vivienda. Luego de la selección de los mejores posibles compradores, la agencia acuerda con los mismos la visita de la vivienda. Es decir, mostrar la propiedad. Respecto al vendedor, puedo o no estar presente al momento de la visita. Por lo general, es el corredor inmobiliario de la agencia el encargado de llevar adelante este tipo de acciones, ya que conoce los modos más atractivos para mostrar los tributos del inmueble.

5. La negociación de compraventa. En este sentido, la agencia cumple la función concreta de mediar entre el vendedor y los potenciales compradores. La negociación buscará conseguir las mejores condiciones con la finalidad de satisfacer a ambas partes.

6. La búsqueda de los documentos necesarios. Este punto resulta importante ya que la falta de algún papel determinante para la operación puede llegar a impedirla, retrasarla o perder al comprador. Existen diversos documentos esenciales para la venta de una cada.

7. El asesoramiento legal y fiscal. Resulta ser una de las mayores ventajas de contratar una empresa inmobiliaria. Esto se debe a que el agente es el encargado de explicar todas las implicancias legales, los impuestos a pagar y buscar que el proceso sea lo mas sencillo posible.

8. El acompañamiento hasta notario. En este paso se certifica el contrato de compraventa en la solicitud de la escritura pública. Este acto resulta de los más importantes porque llegado el día de la firma ante notario el trabajador inmobiliario se encontrara presente. De esta manera, podrá verificar cada paso de la operación y cobrar su honorarios por el servicio prestado.

Si estás pensando en vender un inmueble y no quieres o no dispones del tiempo suficiente para llevar adelante la operación, te recomendamos consultar a profesionales. En Oi Real Estate nuestros agentes cuentan con las mejores herramientas y estrategias para satisfacer tus expectativas. Te explicaran de qué se trata la comision inmobiliaria en la venta de una propiedad y cuales son sus ventajas.

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