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En OI REAL ESTATE, descubrirás la información que necesitas saber sobre el mundo inmobiliario. Si quieres conocer cuáles son las normas y reglamentaciones que, se utilizan en una comunidad de propietarios, solo tienes que leer los apartados que conforman este post.

Vender, comprar o, alquilar una vivienda no es tan sencillo como parece, requiere del conocimiento de ciertas reglas para funcionar adecuadamente y, sin inconvenientes. Si eres el dueño de una propiedad que se encuentra en alquiler o, buscas adquirir un piso, para luego ponerlo en alquiler tienes que, conocer todas las cosas que se encuentran alrededor de esta situación.

En OI REAL ESTATE, nos especializamos en la compra y venta de propiedades, sabemos qué es lo que buscan los compradores de viviendas y también, qué es lo que necesita conocer el dueño de una casa. En este post, descubrirás cuáles son las normas y reglamentaciones vigentes a la hora de pensar en una comunidad de propietarios; sino sabes de qué se trata o, deseas encontrar la mejor información que se dispone sobre el tema. ¡Continúa leyendo!

Normas y reglamentación en comunidad de propietarios: Lo que tienes que saber

La comunidad de propietarios se caracteriza por la reglamentación de normas internas para desarrollarse, en donde se establecen los modos en qué, se dará cada uno de los aspectos de la comunidad. Esto es importante, porque permite conocer con precisión, el funcionamiento de las cosas comunes.

Para que la comunidad de propietarios conozca las normas que le corresponden, deberá atenerse a la información que brinda la Ley de Propiedad Horizontal. Sin embargo, aquí lo que se indica es, que los propietarios podrán establecer las normas de convivencia que consideren pertinentes para utilizar los servicios compartidos.

Un aspecto importante, es que estas normas que cada comunidad de propietarios planifica, no requieren de una junta de propietarios para ser aprobada. Estas serán determinadas, de acuerdo al consenso que se haya establecido por los propietarios de una comunidad: los cuales deberán respetarlas y hacerlas cumplir.

¿Qué normas debe utilizar una comunidad de propietarios?

Cada persona que forma parte de una comunidad de propietarios, necesita del funcionamiento de ciertas normas para vivir en armonía con los otros integrantes de este sistema. Es por eso que, si quieres participar en alguna comunidad de propietarios, tienes que conocer que existen dos tipos de reglas a cumplir.

Las que pertenecen al primer grupo, son las normas que se establecen en el título constitutivo de la propiedad y la que, figura en los estatutos. Aquí, se define cómo debe actuar cada propietario de acuerdo a la ley, en lo que respecta a la utilización del inmueble que posea.

No obstante, existe otro grupo de normas que son las más importantes, a la hora de plantear una reglamentación en una comunidad de propietarios. Se trata de las normas que se establecen al interior de una comunidad, en donde se acuerda cómo se utilizarán las cosas comunes.

¿Cómo se implementan estas normas?

Como indicamos anteriormente, existen dos tipos de normas a la hora de hablar de comunidad de propietarios. Estas se diferencian y necesitan para su aprobación, de la participación de los propietarios; si quieres conocer si es necesario la aprobación de toda la comunidad de propietarios o, un consenso, presta atención a lo que te presentamos a continuación:

Para aprobar o modificar las normas que rigen el título constitutivo de la propiedad y de los estatutos, se deberá contar con la unanimidad de los propietarios. Aquí, no será posible el consenso de los demás participantes; ya que todos deben estar informados sobre los cambios o implementaciones acordados.

Por otra parte, en las normas de régimen interno se experimentará una situación completamente diferente, a la que se mencionó en el título constitutivo de la propiedad. En las normas internas, será necesaria la aprobación de la mayoría de los propietarios que hayan formado parte de la junta; si representan a más de la mitad de la comunidad, sus argumentos serán válidos y podrán implementarse.

¿Existen límites en las normas que se establecen por mayoría?

Cuando se aprueban las normas de convivencia y utilización que, permitirán el uso de los espacios comunes, es muy habitual interrogarse acerca de los límites que se pueden encontrar. Sin embargo, en el reglamento interno no se pueden brindar obligaciones o, prohibiciones en lo que respecta a la propiedad privada.

La persona que disponga de ese inmueble, tiene la libertad de utilizar ese espacio como lo desee, no se puede prohibir que lo destine a un cierto trabajo si se trata de un local o, a colocarlo en alquiler. Si bien, debe existir una norma con la que se establezcan los modos de convivencia en una comunidad de propietarios, también se debe dar la libertad necesaria para utilizarlo como se prefiera.

Las normas de régimen interno, tampoco podrán responder a lo que le corresponde a la reglamentación dispuesta por el título constitutivo de la propiedad. aquí, se establecerá un límite y, los gastos comunes se tratarán en los estatutos que figuran en la comunidad de propietarios.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

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Buscas la mejor información sobre el mundo inmobiliario, te encuentras en el lugar indicado para ello. En OI REAL ESTATE, te brindaremos todo lo que necesitas conocer sobre la ausencia de citación para la junta de propietarios. ¿Quieres saber de qué se trata? Te invitamos a leer el siguiente post.

OI REAL ESTATE es una inmobiliaria que cuenta con muchos años de trayectoria, nos dedicamos a ayudar a aquellas personas que buscan vender sus propiedades, o desean adquirir una nueva vivienda. También, contamos con los mejores pisos en alquiler y, los servicios que, se requieren para ingresar al mercado inmobiliario de la mejor manera; si no puedes vender tu piso lo compramos, si necesitas consejos para alquilar o, vender te los facilitamos.

Sin embargo, nuestro trabajo no termina allí, ya que nos interesa que cualquier propietario de una vivienda en alquiler conozca sus derechos y obligaciones, lo mismo que los inquilinos. En esta ocasión, hablaremos acerca de un tema que no tiene mucha notoriedad en las publicaciones inmobiliarias, pero creemos que es necesario que lo sepas, se trata de lo que ocurre ante la ausencia de citación para la junta de propietarios. Si te ha interesado la propuesta ¡Continúa leyendo!

¿Qué ocurre ante ausencia de citación para la junta de los propietarios?

Cuando se produce ausencia de citación para la junta de los propietarios, la consecuencia será la impugnación de los acuerdos comunitarios que se hayan establecido. Si no se encuentran presente todos los propietarios, porque no han sido comunicados adecuadamente de la reunión y, notificados al domicilio en que residen, los acuerdos no serán válidos.

El presidente de la comunidad es el encargado de convocar a la junta de propietarios, deberá informarle a cada uno de los participantes de la reunión, el día y el lugar en que se celebrará. Los propietarios pueden solicitarle a quién preside la comunidad, un domicilio en España, en el cual se recibirán todas las notificaciones sobre la junta.

Puede ocurrir que uno de los propietarios, solamente se encuentre en la ciudad temporalmente, en el caso de que alquile el inmueble por el término de unos meses al año. Por lo que será el secretario de la comunidad el encargado en notificarle de las juntas, sino se tendrá por domicilio el piso que le pertenece en la comunidad.

Conoce los sitios en donde se debe notificar la convocatoria a la junta de los propietarios

Los propietarios deben conocer cuál será el lugar en el que se desarrollará la reunión comunal, para evitar que suceda el inconveniente de ausencia de citación para la junta de propietarios. La ley establece varias formas para lograr la citación por parte del presidente de la comunidad que, son las que se mencionan a continuación:

  • Domicilio designado: La notificación se realizará en el domicilio que haya establecido el propietario.
  • En el local: Aquí, se indicará como domicilio ante posibles notificaciones de la junta de propietarios, un piso o local determinado de la comunidad. De ese modo, el presidente de la comunidad podrá informarle al propietario sobre el día de la reunión.
  • Tablón de anuncios: Cuando no se pudiera notificar al propietario por todas las vías posibles que se plantearon anteriormente, quedará el tablón de anuncios de la comunidad donde se notificará la citación a la junta.

Ausencia de citación para la junta de propietarios: ¿Cuáles son sus consecuencias?

Las citaciones son obligatorias y deben ser recibidas por todos los propietarios que conforman la comunidad. Como mencionamos anteriormente, uno de los principales inconvenientes ante la ausencia de citación para la junta, es que esos acuerdos que se establecieron por una parte de los propietarios, se anularán.

No se le puede otorgar el carácter de validez a los postulados debatidos en la junta, sino fueron consensuados por todos los propietarios. El problema se encuentra en el presidente de la junta, este debió notificar a cada una de las personas que conforman esa comunidad.

Para que la nulidad de los acuerdos se concrete, se necesitará que cada uno de los integrantes no notificados, impugnen judicialmente esos postulados establecidos. Como se indica en el artículo 17 de la ley de propiedad horizontal.

¿Qué es lo que pueden hacer los ausentes a la junta?

Cuando los propietarios no son notificados sobre la junta de la comunidad y se establecen determinados acuerdos, tienen a su poder diferentes opciones para actuar sobre la ausencia de citación de la junta. Si están de acuerdo con los puntos que se han establecido, no existirían motivos para impugnar las mociones tomadas por los demás propietarios.

En el caso de que, ninguno de los postulados responda a alguno de sus intereses, pueden proceder a la anulación de los acuerdos que se establecieron en la junta. Sin embargo, la ejecución de lo acordado podrá realizarse, para lograr la impugnación completa se requerirá de la orden del juez, debido a la demanda de un propietario de la comunidad.

El tiempo estipulado para que, uno de los integrantes decida emitir una demanda contra los acuerdos que se establecieron, es de 30 días. Si el propietario no realiza este trámite en tiempo y forma, se pensará que está de acuerdo con lo propuesto, aunque lo podrá impugnar ante la ley.

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Las inconveniencias en cada ámbito social propiciadas por la pandemia COVID 19 (además de paralizar al sector inmobiliario) dejaron al descubierto sendas falencias por parte de los sucesivos gobiernos respecto a la problemática habitacional en España. El parque público de vivienda es en la comparativa a nuestros países vecinos y a la Unión Europea toda uno de los más bajos y precarios. Aprobado a inicios de este 2022 el texto de la futura Ley de Vivienda, las autoridades de la coalición de gobierno salen a defender el mega paquete de medidas (el primero en el país desde la vuelta a la democracia) con uñas y dientes. Se asegura una recuperación paulatina pero incesante del mercado inmobiliario. En este artículo de Oi Real Estate, veremos cuáles son las chances de la Ley de recuperar el parque público de vivienda en el mediano plazo. Te invitamos a leer para conocer mucho más.

Situación del parque público de vivienda español

Los datos no dejan lugar a dudas: España dispone del más ajustado parque de viviendas públicas de todas las naciones europeas que conforman la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico). Si vamos a los números concretos, contaba solamente (hasta 2021) con 290.000 unidades del tipo social; esto representa apenas el 1.1% de todas las propiedades destinadas a la vivienda habitual a lo largo y ancho del territorio.

Diversos estudios (como el reciente presentado por la UAB) aseguran que estos índices ubican a España por fuera de los parámetros ideales europeos. Por ejemplo, Francia dispone del 14% del total de sus viviendas avocadas a la inclusión social; Reino Unido el 17.4% y Holanda (por cierto, pionera en este campo) con el 38% de viviendas sociales. Señalaba al presentar dicho estudio el catedrático emérito de la UAB, Josep Oliver, que…

España es también de los países que dedican menor presupuesto a ayudas a la vivienda, de manera que las subvenciones al alquiler solo suponen el 3,5% de los ingresos de las familias más pobres, frente al 56% en Francia, el 31% en el Reino Unido o el 28% en Alemania.

Josep Oliver – UAB

El Gobierno defiende la implementación urgente de la Ley

El 1 de febrero del corriente, el Consejo de Ministros aprobó finalmente y en carácter de urgente el proyecto de la Ley de Vivienda. Su texto, con varias correcciones (aunque consideradas de poca relevancia) en cuanto al contenido del borrador, ya está en el Congreso para su evaluación pertinente; su tratamiento promete abrir acalorados debates entre sus más fervientes defensores y sus preanunciados detractores.

Los autores de las distintas medidas que conforman la Ley, si bien reconocen al día de hoy la controversia que han generado las propuestas de medidas como el bono joven, la clasificación de zonas tensionadas, etc., no dejan de señalar que el paquete era necesario e indispensable; en pos de enfrentar el inconveniente que tendrán las generaciones próximas y las actuales golpeadas por la pandemia para acceder a una vivienda en lo inmediato.

Agenda Urbana y Vivienda

El secretario general de Agenda Urbana y Vivienda dependiente del Ministerio de Transportes, David Lucas, no escapó a la autocrítica pero aseguró que la Ley de Viviendas en el conjunto de sus medidas es la única solución para destrabar la problemática social que impacta sobre los sectores menos pudientes de la actual España.

Tal como declaró durante el acto organizado por el diario El País y KPMG “El futuro del sector inmobiliario” llevado a cabo durante la última semana de febrero…

Hemos elaborado el primer proyecto de Ley, intensamente debatido. Seguramente no es el proyecto de Ley que todos querrían, pero sí el que hay que tener. Es el primero de la primera Ley de Vivienda general en España de la democracia.

David Lucas – Secretario general de Agenda Urbana y Vivienda

Asimismo, profundizó en su mirada hacia adentro de la coalición reconociendo que en casi medio siglo de democracia la problemática del acceso a la vivienda social o recuperar el parque público de vivienda no ha sido un problema que las autoridades sucesivas hayan siquiera estado cerca de resolver. A la vez, declaró que es urgente la colaboración entre sectores públicos y privados para brindar soluciones eficaces y prontas en este sentido.

Desde los porcentajes

Si revisamos una de las tantas estadísticas que muestra el estancamiento del parque de la vivienda social en España; veremos que desde los años ochentas a esta parte la inversión sostenidamente escueta en vivienda pública es uno de los principales factores que han conducido en camino recto a la tensa situación actual. El ideal europeo, coloca al parque de vivienda social en un 9.3% promedio (según datos públicos de la propia Unión Europea).

Recuperar el parque público de vivienda

La Ley de Vivienda supone distintos y complejos objetivos. Entre ellos: cortar con el incremento alarmante en la edad emancipatoria española, evitar la disparada de los precios del alquiler privado, movilizar el sector de viviendas ociosas y transformarlo al arrendamiento, etc. Sin embargo, el más relevante de todos sigue siendo recuperar el parque público de vivienda, como una deuda pendiente con la sociedad.

La meta es introducir al parque público 100.000 viviendas en modalidad de alquiler asequible ¿Podría ser esto posible sin la estrecha colaboración entre el sector público y privado, como propone David Lucas? Es claro que sin el aporte de grupos inversores particulares, esto sería prácticamente una quimera.

Madrid se posiciona como un ejemplo a seguir por las distintas grandes ciudades españolas a través de distintos planes de construcción build to rent o de la adquisición de polos edilicios con el fin de volcarlos al alquiler social. Entre los distintos programas, la Comunidad presidida por Ayuso, planea sumar más del 50% de la totalidad de unidades de alquiler asequibles.

¿Crees que la Ley de Vivienda podrá finalmente remediar hacia finales de década la problemática del acceso a la vivienda de alquiler? Nos encantaría conocer tu opinión.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Las reservas hoteleras realizadas durante el invierno hasta el momento ya están superando las cifras del año 2019, que marca un antes y un después por la pandemia. Analizaremos en esta nota los datos en profundidad para entender el camino que trazará este año el sector de la hostelería.

El sitio SiteMinder ha publicado el informe World Hotel Index que demuestra que las reservas hoteleras en España durante esta temporada invernal ya suponen un 107,55% más que las registradas en el mismo período de 2019. La recuperación de la industria española hotelera ya es una realidad y demuestra la gran resiliencia del sector tras haber atravesado la pandemia del COVID-19.

Características de las reservas hoteleras en España

Podemos hallar rasgos interesantes que caracterizan a este tipo de reservas de hoteles y que difieren de épocas anteriores. Por ejemplo, el 52,84% procede de turistas internacionales y la tendencia se aleja últimamente de las reservas de último minuto.

El mayor aumento se ha evidenciado estas últimas semanas, casi el 30% de las fechas reservadas son para marzo, el 21,48% para el verano, el 18,62% para fines de febrero, el 18,4% para abril y el 9,9% para el mes de mayo.

“Es evidente que los viajeros sienten una renovada sensación de seguridad y reservan con más antelación después de un prolongado periodo en el que ha sido difícil planificar viajes por la continua amenaza de restricciones a corto plazo», señala Sara Padrosa, directora de SiteMinder para España.

Con respecto a las aperturas de hoteles de lujo en España, especialmente en Madrid, te sugerimos la lectura de Nuevo hotel Hyatt en Madrid.

Las cifras de las reservas hoteleras por región

Dentro de todo el territorio español, las reservas hoteleras registran estas cifras:

  • Barcelona acapara el 118,77% de las cifras de 2019
  • Sevilla, el 105,08%
  • Málaga tiene el 101,92%
  • Valencia, el 101,49%
  • Madrid tiene el 93,44%

Las cifras de las reservas hoteleras en otros países de Europa

España supera la cifra promedio de reserva en hoteles en el mundo, con un 83,05% del volumen existente comparado con la misma franja de fechas de hace tres años atrás. Algunos países, por ejemplo, marcan estas cifras:

  • Italia tiene el 69,61%
  • Malta posee el 64,96%
  • Francia, el 96,46%
  • Reino Unido, el 91,46%
  • Alemania tiene el 65,14%

Análisis de las reservas hoteleras

Para analizar y comprender mejor cómo es la tendencia en reservas hoteleras en España este 2022, vamos a tomar como parámetros las cifras recopiladas por la Asociación Empresarial Hotelera y Turística de la Comunidad Valenciana durante el fin de semana del 18, 19 y 20 de febrero.

La provincia de Valencia ha registrado durante ese fin de semana una ocupación de casi el 80%, siendo el 61,5% turistas nacionales. Además de celebrar la eliminación de restricciones con Reino Unido, los hosteleros valencianos se encuentran muy optimistas por la cantidad de reservas hoteleras para Semana Santa.

Expectativas de los hoteles para Semana Santa

Desde el Hotel Riu Plaza España anuncian que están rozando el 100% de reservas hoteleras para Semana Santa. Desde su directiva afirman que los mejores mercados son los de Reino Unido, Bélgica y Holanda pero están a la espera de la reactivación alemana, actualmente paralizada por la variante Omicrón.

Por su parte, el Grupo Barceló afirma que los datos de ocupación giran en torno al 65%, lo que es bastante teniendo en cuenta que no se encuentran operativos todos los hoteles de la cadena. Solamente se encuentran abiertos 65 de los 76 establecimientos.

Andalucía, Baleares y Canarias se perfilan como los mejores mercados para los próximos meses tras la reactivación internacional.

Los precios de las reservas hoteleras en Semana Santa

Algunas cadenas hoteleras, como Barceló, afirman que los precios seguirán estables durante esta Semana Santa. Otras, como Meliá, reconocen subidas en todos los destinos y mejoras en las ventas, al mismo tiempo, comparadas con las del año previo a la pandemia.

Hay mucho optimismo para el verano «debido a la pujanza del mercado doméstico y el regreso de viajeros internacionales (como británicos y alemanes) con una positiva evolución de los precios», destacan desde la cadena Meliá.

Preocupación por consecuencias de la guerra entre Rusia y Ucrania

Si bien la recuperación pronta de la actividad hotelera es excelente, ha crecido cierto temor respecto a los acontecimientos que se están sucediendo en Ucrania. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha expresado su malestar sobre este tema en particular.

El conflicto bélico «afectará sin duda a la recuperación del turismo internacional y seguramente ya se estén viendo los efectos para las reservas de Semana Santa», señala el presidente de la entidad, Jorge Marichal. Las personas comienzan a dudar de sus compras y reservas ante la incertidumbre mundial, como ya hemos visto durante la pandemia.

Además, la guerra provoca el aumento del precio del combustible y de la energía, lo que conlleva a un aumento en los paquetes de turismo. El turismo de las islas está directamente afectado porque depende de los aviones y claramente el precio de los mismos se verá afectado.

Hoteleros buscan anular trabas al turismo británico

Reino Unido es el principal destino proveedor de turistas para España pero Sanidad actualmente exige test de antígenos para los menores de 12 a 18 años. Esto ha frenado la alegría de la eliminación por parte de Reino Unido de la obligatoriedad del test PCR al regresar si se cuenta con doble vacunación.

La mayoría de los menores dentro de esa franja etaria no cumple con estas condiciones y es por eso que se teme por la fuga de ese caudal turístico hacia otros países, como Portugal, Grecia o Turquía.

Por su parte, Portugal también ha superado las cifras de reservas hoteleras de la prepandemia, registrando el 101,93% de ocupación con respecto a las cifras del mismo período de 2019. La mayoría de las reservas, el 73,87%, tienen origen en turistas internacionales.

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Eres el propietario de una vivienda en alquiler y tu inquilino no paga en tiempo y forma, puedes iniciar un juicio monitorio para reclamar rentas adeudadas. En OI REAL ESTATE, te brindaremos la información que necesitas conocer al respecto, por eso te invitamos a leer el siguiente post.

El contrato de alquiler establece las obligaciones que les corresponden al propietario de la vivienda y al inquilino, una de las más importantes es el pago de la renta mensual que el arrendatario debe pagar. Sin embargo, puede ocurrir que este contrato no se cumpla como se debe, si el inquilino se adeuda en el pago de la renta y no presenta motivos para solucionarlo; el propietario deberá iniciar un juicio monitorio para reclamar rentas adeudadas.

En OI REAL ESTATE, nos enfocamos en la compra y venta de propiedades, también en todo lo que concierne al mundo de los alquileres. Nuestro objetivo es ayudar a que los vendedores, compradores o propietarios de viviendas, conozcan sus derechos a la hora de alquilar una propiedad, si el inquilino se endeuda y no paga lo que debe, el dueño tiene que actuar para que esta situación no continúe ocurriendo. ¿Quieres saber cómo lograrlo? ¡Sigue leyendo!

¿En qué consiste un juicio monitorio?

Si tienes una vivienda en alquiler y tu inquilino comienza con los pagos mensuales como se estipula en el contrato de arrendamiento, pero desde hace unos meses se endeuda contigo y no paga lo adeudado, debes hacer algo. La acción que debes realizar es, un Juicio monitorio para reclamar rentas adeudadas.

Este juicio, se caracteriza por reclamar las rentas atrasadas mediante la vía judicial, sin importar el monto del cual se trate. Es un trámite muy común por su sencillez y, por su rapidez, a la hora de que el propietario obtenga el dinero que le correspondía y, que se le fue adeudado.

Para comenzar con este tipo de procedimiento judicial, se debe constatar que la deuda existe, a través de un documento. Debe mostrarse la prueba, para que se produzca el juicio monitorio, los documentos anteriores firmados por el deudor son un punto clave para iniciar el juicio.

Juicio Monitorio para reclamar rentas adeudadas: ¿Cuáles son sus requerimientos?

Para que un juicio monitorio sea llevado a cabo, se necesitará que la deuda sea dineraria, vencida y exigible, determinada o líquida. Si no se cumple con alguno de estos requisitos, no será válida como juicio monitorio para reclamar rentas adeudadas, para que una deuda sea dineraria debe expresarse en dinero, no es válida una deuda o pago en especie.

En el caso de que la deuda se considere vencida, quiere decir que no se ha pagado en el plazo estipulado y, mediante el reclamo del juicio monitorio, se puede obtener el valor que el inquilino se encuentra adeudando. La deuda líquida es la que, indica los valores en términos monetarios que se reclaman.

Por otra parte, la deuda determinada debe estar vencida al momento de realizarse el reclamo, además se debe saber con precisión cual es el monto por el que, el propietario procede al inicio de un juicio monitorio. Este, solo puede cumplir, si se tienen en cuenta los requerimientos planteados.

Petición: El primer paso para iniciar la demanda

El juicio monitorio para reclamar rentas adeudadas, necesita de una petición; este es el primer paso para iniciar con el reclamo de deuda que no ha pagado el inquilino. La petición es el escrito que formula el arrendador contra su arrendatario, es la demanda que se establecerá por vía judicial. Esta deberá contar con:

  • La identidad del inquilino deudor: Se debe constatar quien es la persona que se ha endeudado con el propietario
  • Deben figurar, los domicilios de las dos partes en conflicto. Sino, también se puede colocar la dirección del lugar en el que pueden ser encontrados
  • El origen y cuantía de la deuda: Aquí, se debe establecer el monto específico que el acreedor reclama
  • Se deben presentar los documentos que indiquen la deuda

La petición la puede realizar el propio afectado por la deuda, no se requiere de la intervención de un abogado para iniciar la demanda. Puede ocurrir que no se tenga contacto con la persona a la que se quiere denunciar, porque se ha cambiado de propiedad debiéndole al propietario que ha iniciado la demanda, el juzgado se encargará de descubrir el domicilio, para que la demanda llegue a sus manos.

Requerimiento de pago

Cuando se cumpla la petición del monitoreo, se le pedirá al inquilino deudor que pague la deuda que, ha reclamado el propietario de la vivienda en alquiler. Para ello, el deudor dispondrá de 20 días hábiles para dejar saldada la deuda. Pueden suceder las siguientes propuestas por parte del deudor:

  • Si el deudor paga el monto que se le solicita, el juzgado cerrará la demanda; ya que, se le entregará al acreedor el pago de las rentas adeudadas.
  • Puede ocurrir que, el deudor no pague en el tiempo establecido de 20 días. Si no cumple con esto, se finalizará el proceso y el acreedor debe iniciar una petición para que se entregue el valor de lo que se le adeuda, con bienes; se le embargará al deudor sus cuentas y bienes.
  • También, existe una tercera posibilidad. El deudor puede presentarse en el juzgado, alegando que no ha cometido la situación de deuda de lo que se le acusa.            

¿Qué ocurre si el deudor se opone al juicio monitorio para pagar rentas adeudadas?

En el juicio monitorio para reclamar rentas adeudadas, puede ocurrir que el deudor se oponga al juicio. Si esto ocurre, debe presentar un escrito mientras se encuentra en el plazo de 20 días que, el juzgado solicita en los casos que se haya iniciado una petición por adeudar dinero.

En este escrito que se presentará, debe intervenir un abogado y el proceso monitorio se dará por cumplido. En ese momento, el acreedor que ha reclamado el monto que el deudor no desea pagar, deberá iniciar una nueva demanda contra el deudor, si la persona que reclama su renta adeudada no inicia una nueva demanda, el juicio terminará y, le corresponderá al acreedor pagar por los costes que pudieran generarse.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

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Dos localidades españolas aparecen dentro del listado de las 10 mejores ciudades europeas para invertir este año. ¿Te imaginas cuáles son? Aquí te lo contaremos y te detallaremos una por una.

La consultora CBRE ha elaborado el Informe EMEA Investor Intentions Survey 2021 que predice cuáles serán las ciudades europeas más elegidas por los inversores este año. Barcelona y Madrid se encuentran dentro de este top ten, siendo España el séptimo país europeo elegido por los inversores para este 2022.

Esta encuesta se ha realizado en los meses de noviembre y diciembre de 2021 y han sido consultados más de 600 inversores de distintos países europeos.

Ya hemos visto que el Real Estate está mejor preparado para resistir la subida inflacionaria pero podemos ahondar un poco más en este tema y filtrar según las ciudades europeas.

Londres

Londres ha avanzado un puesto con respecto al raking anterior, alcanzando el liderazgo en este top ten. A pesar del Brexit, Londres ocupa este sitio privilegiado por la profundidad y liquidez que su mercado posee. La estabilidad, en tiempos de incertidumbre, de inflación y de pandemia, parece que es lo que más repercute a largo plazo.

Berlín

Alemania ha logrado incluir a 4 ciudades dentro de este top ten, con Berlín a la cabeza. Si bien ha perdido el trono, ocupa este año el segundo lugar del ranking. Alemania ha liderado la recuperación de la inversión tras la pandemia.

París

París repite por segundo año consecutivo el tercer lugar dentro del informe de las mejores ciudades europeas para invertir.

Fráncfort

Esta ciudad se mantiene en el cuarto puesto por segundo año consecutivo, demostrando que la pandemia no le ha afectado realmente.

Múnich

Múnic, al igual que Madrid, ha avanzado dos puestos en este ranking con respecto al año anterior.

Madrid

La Ciudad Condal ha ascendido dos puestos respecto al año pasado y es un mérito enorme teniendo en cuenta que acabamos de atravesar -y no completamente- una pandemia mundial. Lo que destaca a Madrid y también a Barcelona con respecto a las demás ciudades europeas es que tienen precios más bajos y una alta calidad de vida al mismo tiempo.

Madrid, además, se destaca por un gran desarrollo de los sectores logístico y residencial, además de su sector de oficinas y su gran área de infraestructuras.

Amsterdam

Amsterdam ha descendido dos puestos con respecto al año pasado.

Hamburgo

Hamburgo ha retrocedido dos puestos en el top ten de ciudades europeas elegidas por los inversores.

Barcelona

Es la segunda vez que dos ciudades españolas aparecen en el top ten de ciudades europeas recomendadas por los inversores. Barcelona destaca por sus negocios tecnológicos y de investigación biomédica. El año pasado se encontraba en el puesto 13 de las mejores ciudades europeas para invertir, lo que significa que ha ganado cuatro puntos y es un dato muy positivo.

Bruselas

La capital belga ha ganado dos posiciones respecto al año anterior en este top ten de las zonas ideales para invertir en el continente europeo.

Las ciudades europeas menos atractivas

Dentro de las ciudades europeas menos atrayentes para los inversores encontramos a Estambul y Moscú

¿Qué segmentos prefieren los inversores?

Según el informe, los inversores prefieren invertir en sectores relacionados con la energía, la logística, la salud y los centros de datos. Además encontramos también el alquiler de viviendas, las residencias para mayores y la vivienda asequible.

Por otro lado, el 70% de los inversores españoles planean incrementar sus inversiones en el país durante este año. Esto significa 10 puntos más frente a la media europea de inversiones. El año pasado, Europa ha acumulado 360.000 millones de euros en inversiones y se prevé un aumento del 5% este 2022.

El segmento de las oficinas, por su parte, se recupera con el regreso al trabajo de modo paulatino. El 44% de los inversores ha afirmado que apostará por este sector durante el transcurso de este año.

Los fondos value-add acaparan las miradas

Las estrategias de fondos core y core plus son generalmente las más exitosas pero este año parece que l producto value-add ocupará la mayoría de las ventas. Un 65% de los inversores ha dicho que buscará este tipo de activos, superando ampliamente a las previsiones para toda Europa, que rondan el 37%.

Los desafíos principales vendrán desde el lado de la apertura total de fronteras y -esperemos- definitiva y el posible origen de una nueva cepa o rebrote. Además el entorno económico continúa siendo incierto, más aún teniendo en cuenta la guerra entre Ucrania y Rusia que se está disputando en estos momentos.

El 78% de los inversores españoles ya ha adoptado el criterio ESG, que se refieren a factores ambientales, sociales y de gobierno corporativo, a la hora de invertir. Las prioridades para ellos, entre otras, son el medio ambiente, el valor futuro de los activos, mejorar la imagen de la marca y cumplir las regulaciones actuales.

Barcelona también es la 11a ciudad más segura del mundo

¡Barcelona no cesa de recibir laureles! Y es que el Observatori Fabra de la ciudad, con la colaboración del Ayuntamiento de Barcelona y de la Cámara de Comercio han situado a la ciudad en el décimo primer lugar dentro de las ciudades más seguras del mundo.

Este informe entiende a la seguridad no solamente desde el punto de vista delictivo sino también incluyendo otros factores, como la respuesta a la pandemia, por ejemplo. El informe fue elaborado el año pasado por Global Power City Index y ha aparecido en el balance del Observatorio.

Se destaca de Barcelona su fortaleza y su capacidad de resiliencia ante la crisis económica, la alta inflación y -por supuesto- la pandemia. El estudio ha realizado un análisis minucioso a nivel mundial y ha utilizado 34 indicadores. También se sitúa novena en atracción de talento, captación de proyectos de inversión extranjera y atractivo para visitantes.

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El rendimiento de comprar una vivienda en el mercado del alquiler verificó un pequeño freno en su avance durante 2021. Pese a esto, el 23% de las casas se compran para invertir con lo cual la pandemia reafirmó al inmobiliario como valor refugio. Por eso hoy con Oi Real Estate, te contamos cuál fue la rentabilidad en 2021 de comprar inmuebles para luego alquilar.

¡No te lo pierdas y continua leyendo!

¿Cuál fue la rentabilidad de comprar para alquilar en el 2021?

Los rendimientos brutos del alquiler son aquellos que se obtienen dividiendo los precios medios de compra con los de las rentas. Según las cifras que aportan los tres grandes portales inmobiliarios que operan en España estos rendimientos cerraron en 2021 en el 6,6%. Este está por debajo del 7% medio registrado en el año anterior. Sin embargo, observando los datos presentados por Tecnocasa los primeros días de febrero, durante el 2021 se logró recuperar las proporciones usuales de transacciones con fin inversor anteriores al Covid.

En resumen, los expertos afirman que comprar para alquilar en España sigue siendo rentable, pero además es seguro y estable. Es algo para tener en cuenta dentro de un entorno económico sumido en la incertidumbre.

Como el 2020 estuvo marcado por las restricciones y los confinamientos, la proporción de casas que se compraban para alquilar cayó por primera vez. Este indicador quedó por debajo del 20% en España, donde el total de aquellas operaciones eran para residencia habitual. Durante el 2021, la cuota pudo ascender rápidamente hasta el 23%, según las estadísticas de Tecnocasa. Esta proporción, en opinión de  Lázaro Cubero, director de análisis del grupo, indica que “el ladrillo sigue siendo un activo a tener en cuenta” y que se logró recuperar “muy rápido” luego de la crisis que supuso el Covid-19.

El avance en la rentabilidad

El aumento de viviendas que se compran para alquilar durante 2021 “tiene todo el sentido pese a la leve caída de la rentabilidad y pese a los cambios legislativos que pueden añadir algo de incertidumbre al mercado”. Así lo explica Ferran Font, director de estudios del portal inmobiliario Pisos. De esta forma se entiende como puede ser la ley de vivienda recientemente aprobada por el Consejo de Ministros.

La razón es la falta de estabilidad a la que está sujeta la economía y lo volátiles que pueden llegar a ser otros activos fuera del ladrillo” continúa diciendo Font. En esto también está de acuerdo la directora de estudios y portavoz de Fotocasa, María Matos: “Al contrario de lo que se preveía en un principio, la incertidumbre del Covid ha fomentado la inversión, y a gran escala ahora no hay activo más seguro que el inmobiliario”. Además hay que sumarle el ahorro acumulado durante buena parte del año 2020, “que ha llevado a muchos a interesarse por esta opción, como dice Font.

Si bien los rendimientos de este segmento durante el 2021 se han reducido levemente, los expertos estiman que se siguen moviendo en cotas elevadas. Por ejemplo, el portal Idealista, recuerda que el Bono del Estado luego de 10 años sigue ofreciendo una rentabilidad notablemente inferior, de solo el 0,3%. Por ello es totalmente lógico que el ladrillo atraiga a quienes desean tener rédito elevado y, sobre todo, estable en el tiempo.

Cierre del 2021 y previsiones para el corriente año

Según la opinión de los portales inmobiliarios, la tendencia de comprar para alquilar se mantendrá en el medio y largo plazo. Además de lo ya explicado, Matos afirma que todo apunta que las rentabilidades del alquiler seguirán subiendo por lo menos durante el año 2022. “Quizá no alcancemos las cifras récord que registramos en 2020, cuando en algún trimestre se llegó a superar el 7%, pero sí superaremos lo anotado en 2021”.

El pasado año cerró con caídas importantes en el precio del alquiler en los grandes mercados y esto se une a que el encarecimiento de la compraventa significó una pérdida de la rentabilidad bruta del arrendamiento. Sin embargo,  María Matos prevé que durante 2022 las rentas empiecen a subir paulatinamente. Y que de esta forma no paren hasta alcanzar un ritmo más o menos similar al que tienen las compraventas. 

Asimismo, Font recuerda que el rendimiento del alquiler siempre se mantuvo en cotas altas y relativamente estables, por lo que nada indica que la tendencia vaya a cambiar drásticamente.

Zonas de España donde más se realiza las transacciones de comprar para alquilar

Según los datos elaborados por Tecnocasa y la Universidad Pompeu Fabra que se aportan en XXIV Informe sobre el Mercado de la Vivienda, las transacciones con fin inversor tienen un carácter de compra rápida. El proceso completo de ellas no dura más de 60 días.

Un 70% de estas se compran al contado. Suelen ser pisos pequeños, de entre 40 y 60 metros cuadrados; con una antigüedad de unos 60 años; vacíos y con necesidad de una reforma. Estos pisos no acostumbran a tener ascensores y son más baratos que las viviendas con características similares. “El cliente inversor es una persona que normalmente vive en el mismo barrio y compra una vivienda porque considera que le va a dar más rentabilidad que tener el dinero en el banco”, manifiesta Lázaro Cubero, director de análisis de Tecnocasa.

El comportamiento de las transacciones va por zonas. La mayor participación de este tipo de perfiles se encuentra en las ciudades de Valencia, Zaragoza y Madrid. Las tasas en esta localidad mediterránea llegan hasta el 38% y en otros dos mercados rondan el 30%. Luego le sigue Barcelona con un 24,5% junto con Sevilla y Málaga donde ambas están un poco por encima del 23%.

Estadísticas 

Comprar para alquilar: ¿cuál fue la rentabilidad en 2021?
Fuente: Tecnocasa, portales inmobiliarios y Banco de España. (*) Este portal recoge datos desde el 2018.

El gráfico de arriba muestra el rendimiento que ofrecen los tres grandes portales. Sin embargo, sus estadísticas se alejan del análisis de la rentabilidad bruta que ofrece el Banco de España. Este último sitúa el rendimiento del alquiler en el 3,7% desde hace varios trimestres. Según explica la nota metodológica del supervisor, la razón de ello se encuentra en que sus cálculos toman como partida el precio del alquiler medio de un mismo grupo de inmuebles desde 2006. Estas se obtuvieron en la encuesta sobre la vivienda en alquiler de los hogares en España del antiguo Ministerio de Fomento. Además, este solo se actualiza trimestre tras trimestre con la evolución del IPC de los alquileres.

Las fuentes que conocen de estos cálculos explican que: “Los portales describen la variación de precios de las nuevas viviendas que entran en el mercado, por eso las estadísticas no coinciden”. Luego continúan diciendo que “esta discrepancia es la que ha motivado al Ministerio a trabajar en un índice nuevo de precios que tenga en cuenta en mayor medida el margen de vivienda nueva que entra al mercado”. Incluso, la falta de información oficial, hace dos años, hizo que el supervisor tuviera que utilizar los datos de Idealista. Esto lo hizo al momento de, en uno de sus informes, analizar la evolución de los precios del alquiler en España.

Comprar para alquilar: ¿cuál fue la rentabilidad en 2021?

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Si consideramos la tímida intromisión del coliving en Europa y en España desde la última década a esta parte, notaremos su in crescendo lento pero permanente dentro del sector inmobiliario. Aquello que aparecía como una propuesta innovadora, poco comprobable y que rozaba la excentricidad de las clases más acomodadas de la sociedad reflejada exclusivamente en artículos de medios especializados; hoy día se presenta como una opción tangible y a tener en cuenta como una salida más a la situación pospandemia en la problemática del acceso a la vivienda. En este artículo de Oi Real Estate, veremos cómo el coliving y el mercado del alquiler caminan unidos en el negocio de los bienes raíces. Te invitamos a leer para conocer mucho más sobre este apasionante tópico.

El coliving, ese perfecto desconocido

¿Podríamos afirmar que el coliving es un modelo de mercado impuesto, entrando en la tercera década de este siglo XXI? Acaso sea demasiado pronto para aseverar este concepto. Sin embargo, tengamos en cuenta que existen dos formas en las que generalmente una tendencia logra implantarse en una sociedad desarrollada comercialmente hablando:

  • De a pequeños pasos, pero sin retroceder.
  • De un solo golpe y a gran escala.

En este caso, el coliving y el mercado de alquiler en el vasto universo del business en bienes raíces se ubican mejor en el primer ejemplo; es decir, esta modalidad viene ofreciéndose a cuenta gotas aunque de manera permanente. Así, como cuando un niño junta en su alcancía moneda tras moneda o billetes de bajo monto a lo largo de toda su infancia y cuando la rompe se sorprende de todo lo que puede comprar con lo que lentamente ha ahorrado.

Es de esperar que el coliving en España logre un efecto similar; y que de hecho nadie se sorprenda de él una vez impuesto. Acaso a mitad de la década de 2030 no cause curiosidad la noción de coliving, ya que hemos sido testigos contemporáneos de su aletargado aunque constante crecimiento; y parecerá que estuvo allí desde siempre.

¿Qué es puntualmente el coliving?

El término coliving, hermano mellizo de otro innovador modelo de negocio inmobiliario en lo laboral, el coworking, nació en Sillicon Valley; conjuntamente con la escasez de oferta en la vivienda, en contraste con la necesidad de una clientela joven volcada a las ciudades que circundaban al polo de oficinas estadounidense.

San Francisco y sus suburbios, se vieron de repente invadidos por una nueva generación de flamantes graduados en búsqueda de empleo, dispuestos a cortar con lo establecido. Así definía la génesis de este revolucionario sistema de vida Gonzalo Zulueta, encargado de inversión residencial y suelo de Capital Markets (consultora Catella) a El Economista:

Como casi todos los negocios colaborativos, el coliving se originó en Silicon Valley al producirse una escasez de vivienda que chocaba con la multiplicación de jóvenes profesionales que llegaban a San Francisco con ganas de socializar. Y es cuando empezaron a aparecer edificios en los que los inquilinos no sólo compartían zonas comunes sino que, además, también sus aficiones.

Gonzalo Zulueta, encargado de inversión residencial y suelo de Capital Markets

Finalmente, a mediados de la década 2010, el coliving iba a dar su salto intercontinental a Reino Unido; de allí al resto de Europa. El sector inmobiliario español no iba a ser una excepción.

El preferido entre jóvenes de impronta digital

El coliving se propone entonces como una salida novedosa y accesible para los jóvenes en promedio de 25 años; este mercado “joven”, según las principales consultoras, atrajo por supuesto a medianos y grandes grupos inversores en el sector inmobiliario. Combina la estadía residencial temporal o permanente, privada y con espacios comunes.

Según el más reciente informe del Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud 2021, la pandemia COVID 19 trajo consigo la menor tasa de emancipación del siglo; se recontó que solo el 15% de los jóvenes entre 16 y 29 años ha salido de la casa paterna para iniciarse en la vida independiente. El coliving entonces, aparece como la opción más atractiva para este conjunto debutante en el circuito inmobiliario.

Así lo tradujeron voces de peso como la de Iñaki Unsain en la Asociación Española de Personal Shopper Inmobiliario (AEPSI):

Se trata de un activo resiliente a las fluctuaciones del mercado; y que a su vez presenta una solución accesible para los jóvenes.

Iñaki Unsain – Presidente de AEPSI

Coliving y el mercado del alquiler, una opción con ventajas

¿Cuáles serían entonces las fundamentales ventajas y beneficios del coliving? De buenas a primeras, la ventaja más notable del coliving es la accesibilidad. El período por contrato de alquiler puede estar limitado a meses o días. En este sentido, y considerando la visión de los jóvenes que en su mayoría ven como un sueño lejano acceder a una casa propia, el coliving y el mercado de alquiler se vuelven rápidamente una pareja inmejorable; ya sea para sus ingresos económicos o para los desembolsos de sus padres.

Los impulsores (tanto particulares como activos de pequeñas, medianas o grandes agencias) ven con buenos ojos el concepto coliving. En un ambiente que presenta similitudes a una apariencia del tipo “hostel” aunque con muchas menos obligaciones legales y complicaciones edilicias; los propietarios deciden invertir en satisfacer las demandas digitales de los inquilinos, como producto de la proliferación de empleos home office.

Un modelo de alquiler de diseño

Al inquilino joven, enfocado en estudiar, trabajar y destinar su tiempo libre a socializar digitalmente, poco le interesa más que contar con una potente wifi y con los electrodomésticos que hagan su vida más cómoda. En este sentido, la recurrencia a diseños minimalistas en sus estancias compartidas y privadas, ofrecen mejores espacios, más comodidad de tránsito y evitan sobrecargar las habitaciones con grandes mobiliarios. Según los expertos en shopper inmobiliario, poco esperan los inquilinos jóvenes de un lugar al que (en un promedio estimado) van a alojarse como máximo durante tres meses.

En este sentido ¿crees que el coliving podrá alcanzar finalmente el auge que predicen los expertos? ¿Se trata de otra tendencia “impuesta” desde los medios justamente para lograr ubicarla en la agenda del sector inmobiliario? Nos encantaría conocer tu opinión.

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La modalidad híbrida de trabajo se ha consolidado de forma impensada en el circuito de oficinas, en España y en gran parte del mundo. Este posicionamiento era impensado hasta comienzos de 2020 y tuvo su mayor basamento y principal impulsor en la irrupción del COVID 19; con sus medidas restrictivas a la circulación bajo ordenanza. Superado aquel primer y largo transe, las firmas más prestigiosas e importantes del circuito comercial (algo que incluyó también al sector inmobiliario) vieron primero con buenos ojos mantener el teletrabajo que había comenzado como una medida de emergencia y que tan buenos resultados ofreció al funcionamiento de las compañías. Poco tiempo más tarde y finalmente, fue la modalidad híbrida la que logró imponerse. En este artículo de Oi Real Estate, repasaremos todo acerca de convertir oficinas en viviendas como tendencia, en un aporte que presenta sutiles cambios de cara a la salida de la pandemia.

¿Un cambio para mejor?

Como señalamos en la introducción, el virus COVID 19 y sus distintas variantes han obligado a las autoridades españolas a recular y disponer modalidades de trabajo durante la marcha. La improvisación como cosa forzosa fue justificada desde los gobiernos y criticada en cada país por las distintas oposiciones políticas. Las compañías, si bien en un primer momento (allá por el primer semestre 2020) debieron acatar las ordenanzas y los decretos, poco a poco lograron ir imponiendo su autonomía respecto a las modalidades de trabajo.

La presencialidad de las plantillas, pudo entonces acomodarse a las necesidades y a los distintos modelos de trabajo, según la empresa y sus niveles de rentabilidad. Por otro lado, era de esperarse que esos cambios tuvieran de momento a otro sus primeros sesgos en materia de regulaciones oficiales.

Palabra de experto

Entre las preferencias de los propietarios de edificios de oficinas, también los ubicados en principales polos de trabajo, surgió una inquietud que pareciera haberse impuesto como tendencia. Ante la falta de redituabilidad en el negocio del alquiler de oficinas (como producto del home office y las modalidades híbridas) muchos se volcaron a reconvertir sus instalaciones en hogares habitables para la vida cotidiana.

Según comunicó recientemente a Inmodiario el experto en negocios de bienes raíces Jesús Duque, vicepresidente de red Alfa Inmobiliaria:

Cada vez son más los propietarios de oficinas que recurren a los servicios de la red para conocer las posibles ventajas y desventajas de reconvertir sus oficinas en viviendas.

Jesús Duque, vicepresidente de red Alfa Inmobiliaria

Esta decisión parece ser una corriente que gana cada vez más lugar en las principales ciudades de España como Madrid, Barcelona y Valencia; y también son comprobables casos similares en otras importantes urbes de la Unión Europea toda.

La escasez de oferta venta/alquiler

Otro impulsor de proyectos inmobiliarios que procuran transformar las antiguas oficinas en propiedades a la venta o al alquiler, se da en el alza en las ofertas. No es la primera vez que desde Oi Realtor nos preguntamos ¿puede la COVID 19 cambiar radicalmente la cara del sector inmobiliario? En este sentido, la reciente implementación de la Ley de Vivienda (que fija los precios de los alquileres en las comunidades autónomas que así lo consideren preciso); sumado al abordaje del teletrabajo por parte de las principales empresas de oficinas, sugiere que finalmente esa premonición terminará por cumplirse en un mediano plazo.

Sabemos que muchas empresas debieron cerrar de forma definitiva, incluso a los pocos días de aquellos primeros confinamientos obligatorios. Para las que contaban con más espaldas económicas o cintura comercial, alejarse de las oficinas fue todo un reto. En el home office se presentó en más ocasiones de las imaginadas una única posibilidad de supervivencia. Gran parte de las firmas que apostaron a la modalidad del teletrabajo, lo han logrado, pero… ¿qué ocurrirá entonces con las oficinas vacías de aquellas firmas que se han retirado?

Adaptarse a las normas para un cambio legal

Debemos acordar en que no todos los edificios son capaces de adaptarse a una reforma que los haga habitables y aptos para la vivienda de uso cotidiano. Es la consulta recurrente de muchos de los propietarios, desconocedores de las normativas vigentes. Sin embargo, lograr las reformas edilicias que lo permitan no es del todo imposible; dependiendo del nivel de inversión que los propietarios estén dispuestos a desembolsar con ese fin.

Recordó Jesús Duque en su entrevista a Inmodiario que…

…es especialmente sencillo en el caso de propiedades que inicialmente fueron concebidas como viviendas y cuyos propietarios, animados por la buena ubicación de la misma o buscando menor riesgo de impago, decidieron en el pasado darles un uso profesional; convirtiéndolas en oficinas, consultorios médicos, despachos, o cualquier otra actividad.

¿Está preparada tu ciudad para convertir oficinas en viviendas?

La tendencia de convertir oficinas en viviendas, debemos señalar, no es un hábito flamante; pero sí se ha acentuado con la lenta retirada de la COVID 19. En este sentido, y a nivel mundial, hace al menos una década que se manifiesta como un motivo de consulta por parte de propietarios de estos grandes edificios; y en las principales ciudades del globo.

Así, vemos que por ejemplo ciudades como París con el Bureaux-Logements francés tienen previsto impulsar e introducir al mercado sendos edificios de oficinas en actual estado ocioso; asimismo, se posiciona como un fuerte “colaborador” en la problemática del acceso a la vivienda, recurrente en toda Europa.

En línea y con objetivos y metodologías de ventas similares, en Reino Unido encontramos que las autoridades de la ciudad de Londres han anunciado la creación de al menos 1500 propiedades; para antes del final de la corriente década; a través de la transformación de edificios de oficinas en propiedades volcadas al arrendamiento.

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Tal y como era posible imaginar, la inflación se disparó durante el mes de febrero. Según datos que fueron aportados por el Instituto Nacional de Estadística, el lunes 28 de febrero, el IPC subió hasta el 7,4%. Esta es la cifra más alta en las últimas cuatro décadas. Es por ello que hoy con Oi Real Estate te contamos cómo afecta el IPC al precio del alquiler.

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¿A quién afecta el aumento del IPC?

El aumento del IPC es preocupante teniendo en cuenta que las previsiones de moderación de los precios bajaron por la guerra entre Rusia y Ucrania. A esto hay que sumar la inflación subyacente, la cual excluye los elementos más inestables de la cesta de la compra. Entre los alimentos y la energía, esta ha aumentado hasta el 3% en febrero de 2022.

A aquellos inquilinos a los que les toque la revisión anual de su contrato de arrendamiento verán aumentar su alquiler mensual en unos 51 euros de media. Esto será durante el próximo año debido a la subida récord del 7,4% interanual del IPC adelantado en el segundo mes de 2022, según el INE.

El Instituto Nacional de Estadística (INE), dio a conocer el dato del IPC y se encuentra 7,4% en tasa interanual. Esto supone 1,3 décimas más que el dato definitivo de enero y su tasa más alta de los últimos 33 años

El precio mediano en España de una vivienda en alquiler de este tipo, en febrero de 2021, se cerró en 695 euros. Asimismo, se calcula que el precio mediano de un alquiler de un piso con dos habitaciones pasará a ser de 746 mensuales, debido al aumento del IPC. Esto supone una subida media de unos 617 euros anuales para estos arrendamientos.

Los arrendatarios que revisen en San Sebastián, Barcelona, Madrid y Bilbao serán los que más van a notar la subida de sus rentas. El aumento de la inflación afecta directamente a los contratos de alquiler de viviendas vinculados al IPC.

¿Cuánto aumentará el alquiler según el IPC de febrero?

Precios de alquiler en España con el aumento del IPC

Antes que nada hay que señalar que la actualización de la renta sólo puede hacerse una vez al año. También depende del acuerdo alcanzado por ambas partes, y siempre como dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Si el contrato no especifica claramente a qué índice va ligada la revisión anual del alquiler, se puede renovar según la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Este índice se encarga de revisar los precios de arrendamiento. Tiene en cuenta la recuperación de competitividad de España respecto a la zona euro, y es inferior al IPC.

Subida de la renta por ciudad

Aunque la subida de la inflación del 7,4% es igual para todo el país, el aumento de las rentas del alquiler en los contratos renovados, no. Este incremento no será igual para todos los inquilinos puesto que afectará más que nada a aquellos que residan en las capitales de provincia.

San Sebastián y Barcelona son las ciudades donde más se va a notar el aumento del IPC en los contratos de alquiler que actualizarán sus rentas. Esto supone un incremento de 63 euros más al mes, para dejar un precio mediano de 913 euros mensuales durante el próximo año. Luego le sigue Madrid, con un aumento de 61 euros más al mes, hasta los 881 euros mensuales. Bilbao, que con la actualización del IPC, encarece el alquiler mensual en 59 euros, hasta una nueva renta de 859 euros mensuales.

¿Cuánto aumentará el alquiler según el IPC de febrero? El mayor incremento es en San Sebastián y Barcelona
San Sebastián

Estas cuatro capitales son las que tendrán un incremento anual de las rentas de más de 710 euros. Supone un gran esfuerzo para muchos inquilinos.

Por lo contrario, entre los menores incrementos de los precios de los contratos de alquiler que se tienen que actualizar con el IPC de febrero, se encuentran Ciudad Real, Cuenca y Ávila. Estos subirán 26, 27 y 28 euros más al mes, respectivamente.

De esta manera, el nuevo alquiler que pagarán los habitantes de estas ciudades no superará los 400 euros mensuales durante el próximo año. Son las únicas tres capitales donde los arrendamientos siguen prácticamente por debajo de los 400 euros mensuales. Sin embargo, en Ávila, una vez actualizado el contrato con el IPC el precio del alquiler será de 408 euros al mes.

Nivel provincial: los precios actualizados del alquiler con el IPC de febrero

Por provincias, se repiten las zonas donde se registraron los principales aumentos de los precios en los pisos de dos dormitorios que les toque la actualización del alquiler con el IPC de febrero. 

Es por ello que Guipúzcoa se queda solo en lo más alto al mantener el mismo incremento que en su capital, San Sebastián. Registra subidas de 63 euros más al mes para dejar una nueva renta de 913 euros mensuales, lo que supone una subida anual de 755 euros.

Por debajo, la provincia de Barcelona reduce la presión de la inflación sobre la renovación de arrendamientos frente a la capital catalana. Su incremento mensual será de 61 euros y así el precio medio de alquiler será de 886 euros/mes

En febrero del 2021 Madrid y Vizcaya tenían un precio medio de alquiler de 800 euros/mes. Ahora ven aumentar ese precio en 59 euros al mes lo que deja a la renta media de ambas provincias en 859 euros/mes.

Por detrás de estas cuatro provincias, se encuentra la provincia de Baleares, con 56 euros más al mes y una nueva renta de 806 euros mensuales. Le sigue Álava, 52 euros más al mes y una nueva renta de 752 euros mensuales. Y por último, el dúo formado por Valencia y Navarra, ambos con 48 euros más al mes y la nueva renta de 698 euros mensuales.

¿Cuánto aumentará el alquiler según el IPC de febrero?Valencia y Navarra, las provincias con un aumento de la renta de 48 euros mensuales
Provincia de Navarra

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