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El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) son dos de los tributos que se deben abonar al comprar un inmueble en España. En todas las regiones del país se aplican diferentes reducciones, bonificaciones y otros beneficios que permiten a los contribuyentes tributar menos por ellos. ¿Cuáles son las rebajas que se aplican en la región andaluza? ¿Cómo se puede pagar menos por el ITP y el IAJD en Andalucía? ¿Cuáles son actualmente los tipos generales y los tipos reducidos de estos tributos en esta comunidad? En este artículo te lo contamos.

¿Estás pensando en comprar una vivienda en la Comunidad de Andalucía y te preguntas cómo pagar menos de ITP y IAJD? A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y cuándo se paga?

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es aquel que se debe abonar al comprar una vivienda usada o de segunda mano en España. No ocurre lo mismo al adquirir un inmueble de obra nueva, que es cuando se debe pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

El monto a pagar por el ITP en cada operación de compraventa depende de un porcentaje que se aplica sobre el precio escriturado que es diferente en cada comunidad autónoma. Por regla general este suele ser de entre 6% y 10%. Cabe aclarar que, desde el 1° de enero de 2022, la base imponible de este tributo ya no es el valor real de cada inmueble sino el valor de referencia que el Catastro haya fijado para él.

¿Qué rebajas que permiten pagar menos por el ITP se aplican actualmente en la Comunidad de Andalucía?

El Gobierno andaluz aprobó en abril de 2021 una rebaja del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), a través de la cual el tipo general pasó del 8% al 7%. El objetivo era mantener este beneficio hasta finales del año pasado, sin embargo, con la llegada del 2022 no se han producido modificaciones. Actualmente, el tipo general se mantiene en 7% y todavía se siguen aplicando bonificaciones para colectivos en concreto que adquieran una vivienda habitual.

¿Cómo pagar menos por el ITP en Andalucía? Los tipos reducidos

Los tipos del ITP que se aplican en Andalucía desde el pasado 27 de octubre, al margen del tipo general del 7%, son los siguientes:

  • Tipo del 3,5%: se aplica en la transmisión de inmuebles que no superen los 150.000 euros de valor y que vayan a destinarse a vivienda habitual. La condición es que el comprador sea menor de 35 años, víctima de violencia doméstica o víctima de terrorismo. También se puede acceder a él si la propiedad adquirida se encuentra en un municipio con problemas de despoblación. A su vez, el mismo tipo se aplica en la transmisión de inmuebles cuyo valor no supere los 250.000 euros. En este caso, la condición es que el comprador sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o sea miembro de una familia numerosa.
  • Tipo del 2%: se aplica en la adquisición de inmuebles que vayan a destinarse a reventa, ya sea por parte de una persona física o jurídica. La condición es que la misma ejerza una actividad empresarial que se enmarque dentro del Plan General del Sector Inmobiliario. Este tipo también se aplica a determinadas operaciones en las que participen sociedades de garantía recíproca o sociedades mercantiles del sector público estatal o regional cuyo objeto sea la prestación de garantías.
  • Nuevo tipo del 6%: este tipo, que se encuentra un punto por debajo del general, se aplica en la transmisión de inmuebles que vayan a destinarse a vivienda habitual y que no superen los 150.000 euros de valor. Se trata de una deducción que está abierta a toda la ciudadanía. La única condición para acceder a ella es que la propiedad adquirida se convierta en la primera residencia del comprador. 
pagar menos ITP y IAJD Andalucía

¿Qué es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y cuándo se paga?

El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) es un tributo que se debe abonar al comprar una vivienda de obra nueva pero también al adquirir un inmueble usado. Este grava todos los documentos notariales y administrativos que se necesitan para concretar una compraventa. El monto a pagar por él se calcula sobre el valor de la escritura pública y oscila siempre entre el 0,5% y el 2% sobre el precio de la propiedad.

¿Qué rebajas que permiten pagar menos por el IAJD se aplican actualmente en la Comunidad de Andalucía?

Las disposiciones aprobadas en 2021 por el Gobierno de Andalucía también alcanzan al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que ahora goza de una rebaja. De esta manera, el tipo general actual es del 1,2%, frente al 1,5% que se aplicaba previamente.

¿Cómo pagar menos por el IAJD en Andalucía? Los tipos reducidos

Los tipos reducidos que se aplican en esta región son los siguientes:

  • Tipo del 0,3%: se aplica en la transmisión de inmuebles cuyo valor no supere los 150.000 euros. La condición es que el comprador sea menor de 35 años, víctima de violencia doméstica o víctima de terrorismo, o bien, que la propiedad se encuentre en un municipio con problemas de despoblación.
  • Tipo del 0,1%: se aplica en la transmisión de inmuebles cuyo valor no supere los 250.000 euros. La condición es que el comprador posea un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que sea miembro de una familia numerosa. A su vez, este tipo también se aplica en determinadas operaciones en las que participen sociedades de garantía recíproca o sociedades mercantiles del sector público estatal o regional cuyo objeto sea la prestación de garantías.
  • Nuevo tipo del 1%: este tipo se aplica en la transmisión de inmuebles que vayan a destinarse a vivienda habitual y cuyo valor no supere los 150.000 euros.

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A la hora de comprar una vivienda es importante calcular cuánto tendremos que pagar por ella. Esto no sólo incluye el precio del inmueble, sino también los gastos e impuestos a los que están sujetas este tipo de operaciones. En esta ocasión nos centraremos específicamente en los tributos que se deben abonar al adquirir una propiedad, sobre los cuales suele haber confusión. ¿Cuáles son? ¿En qué casos se debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)? ¿Cuándo hay que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)? ¿Qué diferencias hay entre comprar una vivienda nueva y una de segunda mano al tributar? En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre los impuestos que hay que pagar por comprar una vivienda.

Calcular cuánto habrá que pagar en materia de impuestos antes de concretar la compra de un bien inmueble puede ser muy útil para evitar sorpresas más adelante. Lo primero que se debe tener en cuenta es que los tributos a abonar varían según se trate de una vivienda de obra nueva o de una vivienda usada o de segunda mano. Se trata de una cuestión sobre la cual suelen darse algunas confusiones. Luego, es importante saber que las disposiciones de cada comunidad autónoma también influyen en el monto a pagar, por lo cual será necesario informarse respecto de lo previsto para cada región.

¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar por comprar una vivienda en España? ¿Cuándo se debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)? ¿En qué casos hay que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)? ¿Qué ocurre con el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)? A continuación respondemos estas preguntas y más. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué impuestos se deben pagar por comprar una vivienda?

Los tributos que los contribuyentes deben pagar en España por adquirir un bien inmueble son los siguientes:

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Sin embargo, en ningún caso una persona abona los tres impuestos por la compra de una vivienda, sino sólo dos de ellos. Esto se debe a que los gravámenes a pagar por un comprador varían en función de si se trata de un inmueble de obra nueva o de uno de segunda mano. Entonces, ¿cuáles son los tributos que se deben abonar en cada caso?

Impuestos que se deben abonar por adquirir un inmueble de obra nueva

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Impuestos que se deben abonar por adquirir un inmueble de segunda mano

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

A continuación veremos en detalle de qué se trata cada uno y cuánto se debe pagar por ellos.

impuestos comprar vivienda

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): el tributo que debes pagar al comprar una vivienda de obra nueva

Al comprar una vivienda de obra nueva, además del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), se debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Actualmente, el monto a pagar por él es de un 10% sobre el precio del inmueble adquirido. De esta manera, si, por ejemplo, la propiedad costó 100.000 euros, el comprador deberá abonar 10.000 euros de IVA o 25.000 euros si el precio de la vivienda es de 250.000 euros. 

Es importante mencionar que hay una comunidad autónoma en donde no se aplica el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en estos casos, sino otro tipo de gravamen. Se trata de la región de Canarias, lugar en el cual se cobra a los compradores de viviendas de obra nueva el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). En esta ocasión, el porcentaje que se aplica sobre el precio de la propiedad no es de 10%, sino de 6,5%.

También cabe señalar que, en el caso de las viviendas públicas, el porcentaje a pagar por el IVA suele ser de un 4% sobre el precio de la vivienda. Sin embargo, puede variar en función de la comunidad en donde se encuentra el inmueble y del tipo de vivienda social que sea.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): el tributo que debes pagar al comprar una vivienda de segunda mano

Al comprar una vivienda usada o de segunda mano, además del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), se debe abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En este caso, desde el 1° de enero de este año, el monto a abonar por dicho tributo depende, ya no del precio que el contribuyente haya pagado por el inmueble, sino del valor de referencia que el Catastro haya fijado para él. También varía según la comunidad autónoma en donde se encuentre la propiedad, ya que en todas se aplican diferentes porcentajes que van del 6% al 10%.

En el caso de que el inmueble adquirido sea una Vivienda de Protección Oficial (VPO), de que el comprador pertenezca a una familia numerosa o de que sea menor de 35 años, es probable que pueda acceder a un tipo reducido en el ITP, dependiendo de la comunidad.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): el tributo que debes pagar en ambos casos

Como señalamos previamente, existe un tributo que se debe abonar al comprar una vivienda de obra nueva pero también al adquirir un inmueble de segunda mano. Se trata del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). El mismo se encarga de gravar todos los documentos notariales y administrativos que se necesitan para concretar una compraventa, como la escritura pública. El monto a pagar por él se calcula sobre el valor de la escritura y oscila siempre entre el 0,5% y el 2% del precio de la propiedad.

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Las prácticas fraudulentas para ahorrarse algunos euros en impuestos son un denominador común en muchas de las operaciones que se llevan a cabo en España. Las transacciones de bienes inmuebles no son la excepción: tanto compradores como vendedores recurren a ellas. Sin embargo, es importante conocer cuáles son los riesgos que se corren al recurrir a ellas. ¿Qué peligros implica comprar parte de una vivienda «en blanco» y otra parte «en negro»? ¿Cómo actúan las autoridades cuando detectan alguna operación sospechosa? ¿Qué problemas puede traer al comprador y cuáles al vendedor? En este artículo te lo contamos.

Comprar parte de una vivienda «en negro» puede hacernos ahorrar un determinado porcentaje en tributos como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Pero, ¿vale la pena arriesgarse teniendo en cuenta que pueden surgir problemas con el Ministerio de Hacienda y que quizás luego tengamos que pagar incluso más de lo que nos correspondía si hubiésemos obrado de acuerdo a la ley?

A continuación te contamos todo lo que debes tener en cuenta antes de tomar una decisión como esta. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué impuestos se deben pagar por comprar una vivienda?

Los impuestos que se deben pagar por comprar una vivienda varían en función de si se trata de un inmueble de obra nueva o de segunda mano.

Impuestos que se deben pagar al comprar una vivienda de obra nueva

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Impuestos que se deben pagar al comprar una vivienda de segunda mano

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

A continuación hablaremos de una práctica muy extendida entre compradores y vendedores de bienes inmuebles: la de formalizar parte de una compraventa pero llevar a cabo la otra parte “en negro”. Los compradores suelen elegirla con el objetivo de ahorrarse un porcentaje del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), es decir, cuando adquieren una vivienda usada. Veamos qué riesgos conlleva.

Comprar parte de una vivienda en negro para evadir impuestos: ¿qué problemas puede traer?

Afrontar parte de la compra de un inmueble “en negro” para reducir la base imponible y evitar pagar un porcentaje de los impuestos correspondientes es una práctica común en España. Se trata de un acto que consiste en escriturar una vivienda por un valor inferior al real. De esta manera, en aras de ahorrarse parte del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), se realiza una compraventa  que en realidad es fraudulenta, ya que parte se abona en efectivo sin que quede registro de ello.

El alcance real de esta modalidad es desconocido, ya que todas las transacciones de este tipo quedan completamente fuera de cualquier estadística. Sin embargo, como mencionamos, es sabido que se trata de uno de los tipos más comunes de economía sumergida. Si bien se desconoce el impacto de esta segunda economía en España, las previsiones más optimistas creen que significa menos del 10% total del PIB. Mientras tanto, las más pesimistas afirman que su impacto puede ser de hasta un 25%. 

Es importante conocer que esta práctica puede traer serios problemas, tanto al comprador como al vendedor de la propiedad. Esto se debe a que la evasión de impuestos está duramente castigada por la ley española y las autoridades fiscales cada vez son más exigentes en sus controles (la nueva Ley de Fraude Fiscal es una muestra de ello). De esta manera, en los casos que considere sospechosos, Hacienda puede llegar a iniciar una comprobación de valores. En estos casos, el organismo puede terminar imputando el valor real del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), aplicar intereses de demora o sancionar con multas.

¿Cuáles son los riesgos que corre el comprador?

Comprar parte de una vivienda en negro puede ahorrar al comprador entre el 6% y el 11% del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Esta variación se da porque se trata de un tributo cedido a las comunidades autónomas, razón por la cual no se abona lo mismo en todas las regiones.

De esta forma, al escriturar una vivienda por 210.000 euros, por ejemplo, pero abonando 50.000 euros en negro, se reduce la base imponible del gravamen. En este sentido, el riesgo más grande es el que señalamos previamente: si el precio por el cual se escrituró es inferior al de mercado, Hacienda puede iniciar una comprobación de valores. La primera de las consecuencias que puede acarrear esto es que el comprador termine pagando lo que le corresponde por el ITP. Pero además, puede terminar enfrentándose al pago de intereses de demora e incluso, multas por evasión fiscal. Es por eso que recurrir a esta práctica puede terminar siendo contraproducente para el comprador si su objetivo era pagar menos.

comprar vivienda en negro

Por otro lado, la persona también puede verse perjudicada en materia fiscal si su objetivo es revender el inmueble. ¿Por qué? Si lo hace por un precio muy superior al que quedó registrado cuando lo adquirió, es decir, lo que pagó en blanco, su ganancia patrimonial será muy alta. Esto lo hará tributar más de lo correspondiente por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Cuáles son los riesgos que corre el vendedor?

Los riesgos de recurrir a esta práctica no están únicamente reservados al comprador. La realidad es que para el vendedor de la propiedad el fraude es aún más beneficioso, ya que se ahorra más impuestos. Uno de ellos es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que, al escriturar por un valor menor, la carga impositiva también se reduce.

Por otro lado, el hecho de haber recibido menos dinero por la transacción, también lo habilita a alegar pérdidas en la compraventa, lo cual lo exime de tributar por la plusvalía municipal. Cabe aclarar que este escenario sólo ocurre si vendió el inmueble por menos dinero del que lo compró en su momento.

Entonces, ¿cuáles son los riesgos que corre el vendedor? Si Hacienda sospecha que el valor por el cual el piso se vendió es muy inferior al de mercado, también puede iniciar una comprobación de valores. En este caso, si descubre el fraude, puede exigir al vendedor que pague el IRPF correspondiente a la mayor ganancia patrimonial obtenida.

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Recibir un inmueble a través de una herencia implica afrontar una serie de trámites y el pago de determinados impuestos y gastos. A su vez, se suma la posibilidad de que haya más de un beneficiario y que surjan conflictos entre ellos. Por esta y otras razones, es importante actuar con cautela. ¿Cuánto dura el proceso de heredar una propiedad y dónde se realizan los trámites? ¿Cuáles son los impuestos y gastos que se deben abonar por heredar una vivienda? ¿Cómo se puede evitar conflictos con los otros herederos y en el pago de tributos? En este artículo te lo contamos.

La clave para evitar conflictos con los impuestos y gastos que se deben pagar por heredar una vivienda está en prestar atención a los plazos que se otorgan para abonarlos. También existe la posibilidad de tributar menos si se cuenta con la información adecuada. En cuanto a los problemas que se pueden llegar a producir entre herederos, muchas veces depende de la forma en la que el causante haya redactado su testamento. Sin embargo, es importante saber negociar y estar abierto al diálogo.

A continuación te contamos en detalle todo lo que debes tener en cuenta para evitar conflictos al heredar una vivienda. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuánto tiempo se tarda en heredar una vivienda y dónde se realizan los trámites?

La mayor parte de los trámites de una herencia se deben realizar en una notaría. Usualmente, el paso previo es acudir a un despacho de abogados o a una gestoría. También existen algunas agencias inmobiliarias que ofrecen encargarse de todo el proceso de herencia de una vivienda, como de su venta si es el deseo de los beneficiarios. En este último caso, se trata de una opción que permite ahorrar tiempo y dinero.

El tiempo que se tarda en realizar todo el procedimiento para poder hacerse de un bien inmueble heredado es relativo. El mismo puede llevar pocos meses o extenderse por años, en función de dos factores: la existencia o no de un testamento y el consenso entre los herederos. La última de estas cuestiones es especialmente importante, ya que los conflictos de este tipo son muy frecuentes. 

Una de las disputas más habituales entre herederos es que uno o parte de ellos quieran vender una vivienda, mientras que uno u otros se opongan. El problema radica en que, para realizar este tipo de operación, es necesario que todos los propietarios estén de acuerdo. Existen otras alternativas en estos casos, como que los herederos que desean vender compren su parte a los que no quieren o que acudan a la justicia. La clave está en la negociación, ya que no es conveniente que la propiedad se subaste públicamente.

¿Qué impuestos y gastos se deben pagar por heredar una vivienda?

Al margen de los problemas que puedan llegar a surgir entre herederos, también es conveniente saber cuáles son los impuestos y gastos a los que está sujeta la herencia de una vivienda. También, otras cuestiones que ayudarán a no malvender una propiedad heredada.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El principal tributo que grava la herencia de un bien inmueble es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este se aplica sobre toda transmisión de bienes y derechos a título gratuito entre personas físicas. Los herederos cuentan con un margen de seis meses desde el día del fallecimiento del causante para abonarlo, que puede prorrogarse al doble por un coste adicional.

Se trata de un tributo que no posee una cuantía fija, ya que todo depende del monto heredado y de las reducciones y bonificaciones que aplique cada comunidad autónoma. De esta manera, el gravamen puede ir del 7,6% al 34%. En este artículo te contamos cómo se aplica el tributo en cada región.

También es importante tener en cuenta que, desde el 1° de enero de 2022, la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es el valor de referencia determinado por la Dirección General del Catastro. Este es un monto que se fija de acuerdo al valor de mercado que se presume que posee la vivienda. De todas formas, si el valor de escritura es superior al valor de referencia, será este primero el que actúe como base imponible.

Plusvalía municipal

El otro tributo que se debe abonar al heredar una vivienda es la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se trata de un tributo municipal que se paga en casi todas las transmisiones de bienes inmuebles ya que grava el incremento de valor que sufrió desde que fue adquirido. 

La plusvalía municipal debe abonarse en el ayuntamiento del municipio en donde se encuentra la vivienda heredada. El plazo con el que cuentan los herederos para hacerlo es de seis meses. Existen sanciones por su impago que van desde el 50% hasta el 150% del valor a abonar, dependiendo de la gravedad de la infracción. 

Gastos adicionales

Además de estos impuestos también hay que tener en cuenta algunos gastos adicionales que se deben asumir en toda herencia de bienes inmuebles. Dentro de estos se encuentran los gastos de notaría y los del Registro de la Propiedad. 

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En caso de haya más de un heredero, el porcentaje de los gastos que deberá asumir cada uno dependerá de la participación sobre la vivienda que haya recibido y del acuerdo al que llegue junto a los demás beneficiarios. También influirá el grado de parentesco con el fallecido y de las posibles reducciones en estos costes que se puedan llegar a aplicar según las disposiciones de la comunidad autónoma.

Cómo evitar conflictos con los impuestos y gastos que conlleva heredar una vivienda

Algunos de los consejos a tener en cuenta para evitar conflictos entre herederos y respecto a los impuestos y gastos que se deben pagar son los siguientes:

  • Son muchas las ocasiones en las que los herederos de un inmueble deciden ponerlo a la venta para conseguir liquidez y evitar los gastos que conlleva su mantenimiento. En estos casos, hay que tener en cuenta que la ganancia patrimonial obtenida estará determinada por la diferencia entre el valor que se adjudicó a la vivienda en la herencia y su valor de venta. Por esta razón, si se pone la propiedad en venta en el corto o mediano plazo, es aconsejable tomar su valor de mercado real, que suele estar por encima del valor de referencia del Catastro y por el que se debe tributar lo mínimo. De esta manera, se evitará tributar en el IRPF e incluso en la plusvalía municipal, o bien, se amortiguará su efecto en gran medida.
  • Muchas veces, las viviendas heredadas permanecen a disposición de los herederos en vez de salir al mercado para su venta o alquiler. Esto puede deberse a una falta de acuerdo entre los mismos. Para evitar cualquier tipo de conflictos, es recomendable mejorar la redacción de los testamentos e incluir en ellos hasta el último detalle.

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Los NFT o token no fungible son activos digitales únicos que pueden venderse en el mundo digital. Pero, ¿qué significa mintear uno de ellos? ¿Es lo mismo que minar una criptomoneda? Lo veremos en esta nota.

Definición de NFT

Un NFT (non fungible tokens) es una manera de agregarle a un activo digital un certificado que lo vuelve único e imposible de hackear. Este activo puede ser desde un pdf, una foto o video hasta una escultura o una animación. La red blockchain en la que surgieron los NFT en 2017 fue Ethereum.

Los token no fungibles son únicos y, a diferencia de las criptomonedas y otras divisas, no pueden ser intercambiados entre sí. Representan certificados únicos de autenticidad que se verifican a través del blockchain y pueden comercializarse. Es por este motivo que han sido noticias las subastas de token de obras de arte, entre otras cosas.

Tienen cuatro características principales:

  1. son únicos
  2. indivisibles
  3. transferibles
  4. pueden demostrar su escasez

Han sido criticados, de la misma manera que las criptos, por la energía que consumen en su cadena de bloques, como hemos analizado en el post Soluciones sostenibles a la minería criptomonedas. En esta nota, además, explicamos el concepto de la minería de criptomonedas y su repercusión en el medio ambiente.

Mintear un NFT, ¿qué es?

Mintear significa crear un símbolo o certificado a un activo y subirlo al blockchain. Es el hecho de crear un objeto para luego utilizarlo pero no es solamente crear un NFT y tampoco es minar. Vayamos de a poco.

Mintear un NFT dependerá enteramente de la red blockchain que utilices, cada una de ellas tiene su protocolo y su procedimiento concreto. Algunos ejemplos:

Procedimiento para crear NFT en Bitcoin

Crear un token no fungible en bitcoin es generar una serie de satoshis con su propia configuración.

Procedimiento para crear NFT en Ethereum

Crear un NFT en Ethereum precisará de una dirección asociada a un smart contract bajo el formato ERC-721 o 1155. Aquí, los servicios que puedes elegir para mintear el NFT son OpenSea, Mintable o Rarible, entre otros.

Consejos para comenzar a mintear NFT

Cualquier persona interesada en el mundo de los NFT debe aprender a mintear. Siempre primero lo recomendable es investigar, recabar información, insertarse en foros sobre el tema para comenzar a ingresar a este mundo enorme y sumamente rentable.

Hay opciones alternativas de otras blockchains, como Cardano, que cuenta con contratos inteligentes que no precisan supervisión de terceras personas ni trámites costosos legales. Por ejemplo, no se necesita de un notario para validar el acuerdo, solamente el blockchain alcanza para certificar lo acordado.

Por supuesto, como en cualquier actividad, se deben tomar ciertos cuidados:

  • entender el funcionamiento del blockchain
  • conocer del mundo de las criptomonedas
  • nunca brindar nuestras palabras clave a otras personas
  • especial cuidado con estafas y fraudes, muchas veces se presentan a modo de sorteo
  • buscar tutoriales online sobre las wallets y su utilización
  • no confiar en desconocidos
  • nunca compartir las llaves
  • nunca invertir más de la cuenta
  • ir siempre paso a paso, según las posibilidades de cada uno

Los NFT y el Fisco

Aunque existen muchas lagunas legales en torno a las NFT y su pago de impuestos, la realidad es que no están exentas de esto. El monto varía según quién los transmita y a quién, es decir, si es una obra de arte y la vende el artista que la hizo, encuadra dentro de su actividad económica, por citar un ejemplo.

Los NFT abonarían los siguientes impuestos:

  • IVA, se aplica en el ámbito empresarial y/o profesional
  • Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales, lo abona el comprador del token en cuestión y es para casos de compra y venta entre particulares
  • IRPF, tributarían entre el 19% y el 26% en función del capital objetivo aunque es muy difícil encuadrarlo dentro de una actividad económica

Con respecto al Impuesto al Patrimonio y al Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones, se supone que estos activos tendrían que ser integrados en estos dos impuestos pero, una vez más, nos hallamos en un terreno pantanoso.

El NFT de Beeple que se ha vendido en 69 millones de dólares

El coleccionismo del criptoarte

Los NFT están revolucionando el mundo del arte, cada obra de arte es única e irrepetible, del mismo modo que un NFT. Solamente hay una original, el resto son meras copias. Cada token o NFT representa una imagen única, diferente y coleccionable.

El valor de cada token dependerá de la cantidad de gente interesada en el mismo y es por eso que las personas e inversionistas comenzaron a interesarse muy rápidamente por este mundo en donde se puede comercializar desde artículos coleccionables hasta elementos de videojuegos y obras de arte digitales.

De hecho, en la actualidad ya existen las galerías de arte digitales, como la mexicana AMGaleria.

El NFT de Beeple y el tuit que hicieron historia

Un video digital del artista Beeple se ha vendido por más de 69 millones de dólares el 11 de marzo de 2021 a través de una subasta en Christie’s. La obra digital se titula ‘Todos los días: los primeros 500 días’ y consiste en un collage que el artista ha creado durante 13 años.

Otra venta ejemplar ha sido la del primer tuit de la historia, que se ha vendido por el CEO de Twitter, Jack Dorsey, vía NFT por 2,9 millones de dólares. En realidad el comprador, un empresario de Malasia, ha abonado 1.630,6 ethers ya que los tokens no fungibles se abonan en criptomonedas.

Esto demuestra el gran negocio que representa para los coleccionistas del arte los token no fungibles. Cuando alguien compra un NFT, obtiene los derechos de ese token único en la cadena de bloques o blockchain. Por supuesto que entran en juego la especulación y la escasez de ese activo en sí mismo.

Queremos sugerirte, por último, la lectura de la siguiente nota sobre el metaverso, el universo en donde los NFT operan:

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Comprar una vivienda significa un gran esfuerzo económico para cualquier persona: impuestos, gestoría, inmobiliaria e hipoteca son sólo algunos de los gastos a asumir. Quizás los más afectados en este sentido sean los jóvenes, que no suelen contar con ahorros suficientes para adquirir una casa. En estos casos y en muchos otros, es frecuente que la operación se lleve a cabo con ayuda de los padres u otros allegados. ¿Qué se debe tener en cuenta para comprar un piso con dinero donado? ¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar? ¿Qué precauciones se deben tomar para evitar problemas con Hacienda? En este artículo te lo contamos.

Todas las personas que reciben donaciones dinerarias en España deben afrontar el pago de tributos. Las condiciones pueden variar según la comunidad autónoma en donde resida el beneficiario o si alguna de las partes vive en el extranjero. Por eso, es importante conocer con anticipación ciertas cuestiones para evitar problemas con el Ministerio de Hacienda. A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué pasos se deben seguir y qué precauciones se deben tomar antes de comprar un piso con dinero donado?

Toda donación de dinero destinada a la compra de una vivienda puede realizarse a través de una transferencia, de un cheque bancario o en metálico. Siempre es conveniente documentar esta entrega de dinero, ya sea a través de un contrato privado o ante un notario. 

Si bien basta con la celebración de un documento privado, lo cierto es que la firma de una escritura pública por parte de los donantes y los donatarios, es un requisito imprescindible para poder acceder a determinados beneficios fiscales. Más adelante hablaremos de cuáles son los tributos a los que están sujetas este tipo de operaciones.

También existe la posibilidad de que el dinero donado sea de carácter colacionable, especialmente cuando se trate de una donación de padres a hijos. De esta manera, la entrega será considerada a cuenta de la herencia que deba recibir en un futuro el beneficiario. El objetivo es que este adelanto no perjudique al resto de herederos. Por esta razón es que antes de transferir el dinero se deben analizar todos los beneficios fiscales aplicables para evitar sorpresas, costes innecesarios y problemas con Hacienda.

¿Qué impuestos se deben pagar por recibir dinero donado para comprar un piso?

Todas aquellas personas que reciban dinero donado para comprar un piso que vaya a convertirse en su vivienda habitual deben pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este tributo posee importantes ventajas fiscales que varían en función de la comunidad autónoma en donde reside el donatario. Para determinar cuál es su lugar de residencia se toma a la región en donde la persona haya pasado más días en los últimos cinco años anteriores a la donación.

Cabe aclarar que, para poder acceder a estos beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es necesario cumplir con ciertos requisitos. Si bien los mismos difieren en cada comunidad autónoma, uno de los más frecuentes es que la donación se formalice mediante escritura pública, como adelantamos. Antes de recibir la donación, es importante verificar cuáles son los beneficios fiscales que se aplican en la región correspondiente y qué requisitos se deben cumplir para disfrutar de ellos. En este artículo y este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué ocurre cuando el donante vive en el extranjero y el donatario en España?

En caso de que el receptor de la donación viva en España pero el causante resida en el extranjero, la operación deberá formalizarse también en un documento. Como siempre, es preferible que el mismo se firme ante un notario. Si dicho documento se encuentra redactado en lengua extranjera, deberá ser traducido al español y apostillado para que tenga validez dentro del territorio español.

De todas formas, cabe mencionar que esta exigencia se ha flexibilizado dentro de la Unión Europea tras la entrada en vigencia del Reglamento (UE) 2016/1191 de 6 de julio de 2016. Por otro lado, si la donación se formaliza en alguno de los consulados de España en el extranjero, el documento será plenamente válido en el territorio y no habrá que traducirlo.

comprar piso con dinero donado

Este tipo de donaciones dinerarias tributan en España y, según cada caso particular, también pueden llegar a hacerlo en el país extranjero. Teniendo en cuenta esto, el donatario podrá acceder a una deducción por doble imposición internacional, según lo prevé el artículo 23 de la Ley 29/1987. Al igual que en el caso anterior, es importante estudiar previamente la fiscalidad para saber con anticipación cuál será el coste total de la operación.

¿Qué ocurre cuando el donante vive en España y el donatario en el extranjero?

También puede darse el caso inverso: que el receptor de la donación sea quien viva en el extranjero y el causante resida en España. En ese caso, lo ideal es que la operación se formalice ante un notario dentro del territorio español para evitar traducciones y demás inconvenientes. En caso de que el beneficiario no pueda viajar a España para realizar el trámite, puede remitir un poder a favor del donante para que pueda hacerlo por su cuenta.

Ahora bien, aunque el donatario viva en el extranjero, igualmente deberá tributar en España por haber recibido una donación dineraria proveniente de España. En este sentido, puede apegarse a la normativa de la comunidad autónoma en donde haya estado depositado el dinero durante los últimos cinco años. No importa si se trata de una región distinta a aquella en donde residen los donantes. También debe presentar la declaración fiscal que corresponda ante la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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La masificación del uso de las criptomonedas ha llevado a Estados y Naciones a tomar medidas para regularizar este mercado que no tiene límites. El modo en que tributan criptomonedas en nuestro país es de reciente aplicación y lo analizaremos detalladamente aquí.

Hay 8.000 criptomonedas actualmente en el mundo y cada día aparecen otras nuevas. Las generaciones jóvenes son las que se sienten más atraídas por estas nuevas formas de realizar las transacciones económicas.

La adopción de las monedas digitales para realizar diversos pagos crece día a día pero pocas personas realmente conocen cómo tributan criptomonedas en nuestro país y qué impuestos se deben abonar. Al utilizar la tecnología blockchain son muy seguras pero no están controladas por el Fisco, en su mayoría.

Sugerencia de lectura: Binance es la primera plataforma cripto registrada

¿En qué casos tributan criptomonedas?

Las criptomonedas tributan en el momento en que generan algún tipo de rentabilidad. Si una persona compra criptomonedas, este simple hecho no debe tributarse. Ahora, en el momento en que se vendan y aparezca la ganancia, ahí es cuando deben tributar.

Impuesto sobre el Patrimonio

Si la persona es residente de España, se debe declarar la posesión de las mismas en el Impuesto sobre el Patromonio en caso de superar los 2 millones de euros entre bienes totales. En estos casos, el poseedor de las monedas digitales deberá declararlas solamente por la mera tenencia, independientemente de que generen rentabilidad alguna.

Esto lo establece el artículo 24 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio, que señala que el contribuyente debe anotar el precio económico de las criptomonedas que tenga en su poder en ese momento.

Otro detalle no menor es que si las monedas se hallan fuera del país, deberán declararse al superar los 50.000 euros y cada año posterior en que varíen en más de 20.000 euros también.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El IRPF se tributa desde el momento en que la cripto comience a dar ganancias. Recordemos que la campaña comienza el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio. Se deberán presentar las declaraciones de todos los contribuyentes que deban tributar.

Las cifras de estas monedas digitales deberán incluirse en la base imposible del ahorro del impuesto sobre la renta. Este impuesto es progresivo y su porcentaje se calcula entre el 19% y el 26% de la ganancia obtenida. Además influyen otras variables en la cuota final de este impuesto, como operaciones inmobiliarias e ingresos de otro tipo.

Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones

También tributan criptomonedas recibidas a modo de herencia o simple regalo. Esta tributación dependerá del monto y de las leyes estatales y de cada autonomía. La regulación estatal establece un porcentaje del 7,65% al 34% pero las autonómicas influyen ya que algunas comunidades permiten bonificaciones de hasta el 99%, como es el caso de Madrid.

Situación frente al IVA

La compra y la venta de criptomonedas están exentas del IVA

El caso particular de las staking

El staking es el proceso de adquirir criptomonedas y bloquearlas en wallets durante un determinado período para ganar recompensas, es una alternativa al minado tradicional. En este caso, deben tributar cuando se recibe la rentabilidad obtenida a través del IRPF.

Dichas ganancias se encuadrarían dentro de lo que se considera como la base del ahorro que tributa al IRPF según el importe:

  • 19% de impuestos en ganancias de hasta 6.000 euros.
  • 21%, en ganancias entre 6.000 y 50.000 euros.
  • 23% en rentabilidades de 50.000 a 200.000 euros.
  • 26% cuando la rentabilidad supere los 200.000 euros.

Especial mención se debe hacer a una reciente consulta vinculante a la DGT sobre si el staking debe abonar IVA y su respuesta ha sido afirmativa (no así sus ganancias).

Los países que más utilizan criptomonedas

Según la Encuesta Global de Consumidores de Statista, la población de Nigeria es la que más utiliza las divisas digitales. Un 32% de los nigerianos utilizan las criptos en su vida cotidiana, esto equivale a un tercio de su población. La explicación es que el alto costo para enviar dinero al exterior ha derivado en que en este país las personas adopten las monedas digitales.

Luego de Nigeria aparece los siguientes países:

  • Tailandia, con el 31% de su población utilizando criptos.
  • Filipinas, con el 28%
  • Vietnam, con un 27%
  • Turquía, con el 25%.

Con respecto a América Latina, Perú es el país que más uso hace de las criptos con un 16% de su población utilizándolas. Entre ellas, las que más destacan son el bitcoin, ethereum, litecoin, ripple, dogecoin.

Operaciones en donde tributan criptomonedas

A modo de paralelismo, y con el fin de ejemplificar un poco este universo nuevo de tributación, podemos afirmar que:

  • La compraventa de criptomonedas tributa del mismo modo que la transmisión clásica de divisas.
  • El staking tributa de la misma manera que un depósito común bancario.

El futuro formulario 721

El formulario 720, de Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero ha sido tumbado por la Justicia europea, pero en su lugar se instalará el formulario 721 para declarar ingresos en el exterior superiores a 50.000 euros en criptomonedas. Este modelo de declaración aún se encuentra en desarrollo por parte de la Agencia Tributaria.

Hacienda retoma las inspecciones presenciales

Además de trabajar en el nuevo formulario 721 para declarar cripto divisas del extranjero, Haciendo vuelve a realizar inspecciones presenciales con el objeto de eliminar el fraude fiscal. El objetivo es reforzar el trabajo y encausarlo hacia la vigilancia fiscal de los contribuyentes.

Los planes de visitas han sido enfocados directamente hacia las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los gestores de pymes y autónomos. Además, se incluirán a los poseedores de criptomonedas y pisos de alquiler turístico.

Atención los dueños de criptos

Hacienda comenzará su control hacia los tenedores de criptomonedas realizando una explicación sobre los potenciales riesgos, avisos y advertencias que tienen este tipo de inversiones. También se controlarán las plusvalías de estas operaciones, tanto nacionales como internacionales.

Mientras tanto, el modelo 721 podría entrar en vigor los próximos meses, cuando el Ministerio de Hacienda termine de elaborarlo.

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El período para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021 está a la vuelta de la esquina. A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio, los contribuyentes españoles deberán declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Antes de que esa fecha llegue, nos anticipamos para que estés al tanto de todos los cambios que se implementarán en esta ocasión. ¿Cuáles serán los tramos del IRPF que se aplicarán a nivel estatal y en cada una de las comunidades autónomas en este 2022? ¿Qué regiones mantendrán sus tipos impositivos y cuáles los modificarán? En este artículo te lo contamos.

Los tramos del IRPF se modificarán en este 2022, tanto en el plano estatal como en algunas comunidades autónomas. En la primera parte ya te contamos cuáles serán los tipos que se aplicarán en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha. Ahora, en esta segunda parte, te contamos cuáles se aplicarán en las regiones de Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Todo lo que debes saber sobre la Renta 2021-2022

El próximo 6 de abril comienza el plazo establecido por el Ministerio de Hacienda para que todos los contribuyentes españoles presenten su declaración de la renta. Por eso, es importante conocer con anticipación los cambios que habrá este año, tanto en el tramo estatal como en el autonómico.

En cuanto al estatal, la novedad más destacada es que aumentará el número total de tramos. Hasta este momento eran cinco, pero ahora pasarán a ser seis. El que se incorporará será un nuevo tipo marginal del 47%, que deberán abonar quienes hayan percibido rentas superiores a 300.000 euros durante el 2021.

Por otro lado, en el campo autonómico, las principales modificaciones estarán presentes en las comunidades de Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana. Sin embargo, no todas ellas afectarán a los contribuyentes de la misma manera: en algunos casos la tributación del IRPF será más dura y en otros más baja para rentas concretas.

A continuación veremos en detalle cómo quedarán los tramos del IRPF que se aplicarán en este 2022 a nivel estatal y a nivel autonómico.

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán a nivel estatal?

Estos son los tramos del IRPF que Hacienda aplicará en la declaración de la renta 2021-2022 para toda España:

Base imponible Tipo impositivo
Hasta 12.450 euros 19%
Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros 24%
Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros 30%
Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros 37%
Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros 45%
Más de 300.000 euros 47%

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán en las comunidades de Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja?

Castilla y León

En esta región la escala de tramos del IRPF se mantendrá igual que el año pasado. Los tipos marginales son cinco, con un mínimo de 9,5% y un máximo de 21,5%. Así es como quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Castilla y León para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 14%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 18,5%
A partir de 60.000 euros 21,5%

Cataluña

Aquí también se mantendrá sin cambios la escala del IRPF que en este caso cuenta con siete tramos. Mientras el tipo marginal mínimo es del 12%, el máximo es del 25,5%. Estos serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Cataluña para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 17.707,20 euros 12%
De 17.707,20 euros a 33.007,20 euros 14%
De 33.007,20 euros hasta 53.407,20 euros 18,5%
De 53.407,20 euros hasta 90.000,00 euros 21,5% 
De 90.000 euros a 120.000 euros 23,5%
De 120.000 euros a 175.000 euros 24,5%
A partir de 175.000 euros 25,5%

Comunidad Valenciana

En esta región se añadirán dos nuevos tramos de IRPF que se aplicarán a las rentas más altas. Hasta ahora, el tipo máximo era del 25,5% pero este año se establecerá un 27,5% para bases liquidables generales superiores a 140.000 euros, y un 29,5% para rentas de a partir de 175.000 euros. Mientras tanto, el tipo mínimo se mantendrá en 10%. Así quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en la Comunidad Valenciana para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 17.000 euros 11%
De 17.000 euros a 30.000 euros 13,9%
De 30.000 euros a 50.000 euros 18%
De 50.000 euros a 65.000 euros 23,5%
De 65.000 euros a 80.000 euros 24,5%
De 80.000 euros a 120.000 euros 25%
De 120.000 euros a 140.000 euros 25,5%
De 140.000 euros a 175.000 euros 27,5%
A partir de 175.000 euros 29,7%

Extremadura

Esta comunidad cuenta con una escala de nueve tramos, en donde el tipo marginal mínimo es de 9,5% y el máximo es de 25%. No se aplicará ningún cambio en esta ocasión. Por eso, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Extremadura quedarán así para la próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12,5%
De 20.200 euros hasta 24.200 euros 15,5% 
De 24.200 euros hasta 35.200 euros 16,5%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 20,5%
De 60.000 euros hasta 80.200 euros 23,5%
De 80.200 euros hasta 99.200 euros 24%
De 99.200 euros hasta 120.200 euros 24,5%
A partir de 120.200 euros 25%

Galicia

En esta región también se conservarán los mismos siete tramos del año pasado, en donde el tipo marginal mínimo es del 9,5% y el máximo es del 22,5%. De esta manera, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Galicia quedarán así para la declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,8%
De 20.200 euros hasta 27.700 euros 15,5%
De 27.700 euros hasta 35.200 euros 17%
De 35.200 euros a 47.600 euros 18,5%
De 47.600 euros a 60.000 euros 20,5%
A partir de 60.000 euros 22,5%

Madrid

En esta comunidad también se mantendrá sin cambios la escala de cinco tramos en donde el tipo marginal mínimo es de 9%, mientras que el máximo es del 21%. Así quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en la Comunidad de Madrid para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 17.707,20 euros 11,2%
De 17.707,20 euros hasta 33.007,20 euros 13,3%
De 33.007,20 euros hasta 53.407,20 euros 17,9%
A partir de 53.407,20 euros 21%

Murcia

En esta comunidad se reducirán los tipos marginales en los cinco tramos establecidos. De esta manera, el tipo marginal mínimo quedará en 9,7% y el máximo en 22,9%. Estos serán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Murcia para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,7% (antes era de 9,8%)
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,72% (antes era de 11,98%)
De 20.200 euros hasta 34.000 euros 14,18% (antes era de 14,62%)
De 34.000 euros hasta 60.000 euros 18,54% (antes era de 18,86%)
A partir de 60.000 euros 22,90% (antes era de 23,1%)

La Rioja

Esta comunidad cuenta con siete tramos del IRPF, en donde el tipo marginal mínimo es de 9% y el máximo es de 27%. No se introducirán modificaciones con respecto al año pasado. Así es como quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en La Rioja en para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,6%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 14,6%
De 35.200 euros hasta 50.000 euros 18,8%
De 50.000 euros a 60.000 euros 19,5%
De 60.000 euros a 120.000 euros 25%
A partir de 120.000 euros 27%

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El período para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021-2022 está a la vuelta de la esquina. A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio inclusive, los contribuyentes deberán dirigirse a las oficinas de Hacienda, comunicarse telefónicamente con el organismo o ingresar a su sitio web para declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Antes de que esa fecha llegue, es importante estar al tanto de todos los cambios que se implementarán en esta ocasión. ¿Cuáles serán los tramos del IRPF que se aplicarán a nivel estatal y en cada una de las comunidades autónomas en este 2022? ¿Qué regiones mantendrán sus tipos impositivos y cuáles los modificarán? En este artículo te lo contamos.

Los tramos del IRPF se modificarán en este 2022, tanto en el plano estatal como en algunas comunidades autónomas. En esta primera parte te contamos cuáles serán los tipos que se aplicarán en toda España y en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Todo lo que debes saber sobre la Renta 2021-2022

El próximo 6 de abril comienza el plazo establecido por el Ministerio de Hacienda para que todos los contribuyentes españoles presenten su declaración de la renta. Por eso, es importante saber con anticipación que este año habrá cambios tanto en el tramo estatal como en el autonómico.

En cuanto al estatal, la novedad más destacada es que aumentará el número total de tramos: hasta este momento eran cinco, ahora pasarán a ser seis. El que se incorporará será un nuevo tipo marginal del 47%, que deberán abonar quienes hayan percibido rentas superiores a 300.000 euros.

Por otro lado, en el campo autonómico, las principales modificaciones estarán presentes en las comunidades de Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana. Sin embargo, no todas ellas afectarán a los contribuyentes de la misma manera: en algunos casos la tributación del IRPF será más dura y en otros más baja para rentas concretas.

A continuación veremos en detalle cómo quedarán los tramos del IRPF que se aplicarán en este 2022 a nivel estatal y a nivel autonómico.

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán a nivel estatal?

Estos son los tramos del IRPF que Hacienda aplicará en la declaración de la renta 2021-2022 para toda España:

Base imponible Tipo impositivo
Hasta 12.450 euros 19%
Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros 24%
Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros 30% 
Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros 37% 
Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros 45%
Más de 300.000 euros 47%

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha?

Andalucía

En esta región se aplicarán ocho tramos y se reducirá el tipo aplicable a partir del cuarto. De esta manera, los tres primeros se mantendrán en 9,50%, 12% y 15%, es decir que no habrá cambios. Mientras tanto, el tipo máximo pasará del 24,3% al 23,7%. Así es como quedarán todos los tramos del IRPF en Andalucía:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros a 28.000 euros 15%
De 28.000 euros a 35.200 euros 15,6%
De 35.200 euros a 50.000 euros 18,7%
De 50.000 euros a 60.000 euros 18,9%
De 60.000 euros a 120.000 euros 22,9%
A partir de 120.000 euros 23,7%

Aragón

Se trata de una de las regiones con una de las escalas más amplias, ya que cuenta con diez tramos diferentes. En esta autonomía el tipo mínimo es del 10% y el máximo es del 25%. Veamos cuáles serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Aragón para esta próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12,5%
De 20.200 euros a 34.000 euros 15,5%
De 34.000 euros a 50.000 euros 19%
De 50.000 euros a 60.000 euros 21%
De 60.000 euros a 70.000 euros 22%
De 70.000 euros a 90.000 euros 22,5%
De 90.000 euros a 130.000 euros 23,5%
De 130.000 a 150.000 euros 24,5%
A partir de 150.000 euros 25%

Asturias

Esta región también mantendrá su escala de ocho tramos. En ella el tipo mínimo es de 10% y el máximo, de 25,5%. Así quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta de los en para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 17.700 euros 12%
De 17.700 euros a 33.007 euros 14%
De 37.007 euros a 53.407 euros 18,5%
De 53.407 euros a 70.000 euros 21,5%
De 70.000 euros a 90.000 euros 22,5%
De 90.000 euros a 175.000 euros 25%
A partir de 175.000 euros 25,5%

Baleares

Esta comunidad tampoco alterará su escala de nueve tramos, en la que se fijará un tipo marginal mínimo de 9,5% y uno máximo de 25%. Estos serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en las Islas Baleares para esta próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 10.000 euros 9,5%
De 10.000 euros a 18.000 euros 11,8%
De 18.000 euros a 30.000 euros 14,8%
De 30.000 euros a 48.000 euros 17,8%
De 48.000 euros a 70.000 euros 19,3%
De 70.000 euros a 90.000 euros 22%
De 90.000 euros a 120.000 euros 23%
De 120.000 euros a 175.000 euros 24%
A partir de 175.000 euros 25%

Canarias

En esta región existen siete tramos diferentes de IRPF que también serán conservados en esta ocasión, en donde el tipo mínimo es del 9% y el tipo máximo es del 26%. Así es como quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Canarias para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 17.707 euros 11,5%
De 17.707 euros hasta 33.007 euros 14%
De 33.007 euros hasta 53.407 euros 18,5%
De 53.407 euros a 90.000 euros 23,5%
De 90.000 euros a 120.000 euros 25%
A partir de 120.000 euros 26%

Cantabria

En esta región existen siete tramos de IRPF, en donde el tipo mínimo es de 9,5% y el máximo es del 25,5%. De esta manera, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Cantabria quedarán así para la próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 34.000 euros 15%
De 34.000 euros hasta 46.000 euros 18,5%
De 46.000 euros a 60.000 euros 19,5%
De 60.000 euros a 90.000 euros 24,5%
A partir de 90.000 euros 25,5%

Castilla-La Mancha

Esta comunidad tampoco ha modificado los tramos del IRPF aplicando. Se trata de cinco tipos marginales en donde el mínimo es de 9,5% y el máximo es de 22,5%. Así es como quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Castilla-La Mancha para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 15%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 18,5%
A partir de 60.000 euros 22,5%

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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A cualquier persona que alquile una propiedad se le ha ocurrido la idea de pasar de ser arrendatario a ser el dueño de una vivienda. ¿Realmente merece la pena? Aquí te contaremos los detalles y el paso a paso para poder lograrlo.

Ser arrendatario implica ser el responsable de los gastos de los servicios y del pago del alquiler en tiempo y forma. Pero ser arrendador, aunque la mayoría piense que es algo que solo trae beneficios, conlleva gastos y responsabilidades mayores.

Vamos a explicarte a continuación el paso a paso para analizar si realmente puedes pasar de ser arrendatario a ser arrendador. ¡Prepara papel y lápiz!

Analiza tu capacidad de ahorro

Para poder invertir en una propiedad y convertirte en arrendador, debes tener una cantidad de ahorros para poder enfrentar cualquier inconveniente. Por ejemplo, para solicitar una hipoteca debes contar por lo menos con el 20% del valor del inmueble ya que los bancos financian hasta el 80%.

Además la operación de comprar una propiedad conlleva más gastos de impuestos, por lo que se recomienda contar con un 10% o 15% adicional de ahorro. Además, los impuestos a abonar dependen de si la vivienda es de segunda mano o de obra nueva.

  • Impuestos a la vivienda de segunda mano: se debe abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que va del 6% al 10% del valor catastral de la propiedad.
  • Impuestos a la vivienda de obra nueva: en este caso se abona el IVA del 10% y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que va del 0,5% al 1,5%.

Si has contratado una hipoteca, deberás afrontar los gastos de comisión de apertura de la cuenta del banco, los gastos de tasación del inmueble (entre 200 y 600 euros) y, dependiendo el banco, contratar algún servicio o producto más.

Aquí podrás encontrar otros motivos de por qué comprar una casa en 2022.

Infórmate sobre los precios de las viviendas en España

Si quieres ser un arrendador debes comenzar a buscar información sobre los precios actuales de las viviendas en España. Por supuesto va a depender de la zona y del tipo de vivienda. Las viviendas de obra nueva suelen ser más caras y encontrarse en zonas alejadas de las grandes ciudades.

Las viviendas de segunda mano tienen una oferta mayor, obviamente, y son más económicas. Pero debemos tener en cuenta que muchas veces debemos realizar reformar o restauraciones para vivir en ella. Especialmente las reformas de eficiencia energética, que por ley todas las viviendas deberán tener en el corto plazo.

Según el Ministerio de Transportes, el precio medio de una propiedad española es de 1.662 euros por metro cuadrado. Por otra parte, el precio promedio de las viviendas de obra nueva ha subido un 3% en 2021, según datos de Sociedad de Tasación.

Lógicamente que esto varía según la zona, del precio más bajo al más alto para las propiedades de obra nueva, el orden es el siguiente:

  • En Extremadura, el costo del metro cuadrado es de 1.229 euros
  • Murcia tiene un costo por metro de 1.299 euros
  • En Castilla-La Mancha, el precio es de 1.470 euros
  • La Rioja ostenta un costo por metro cuadrado de 1.485 euros
  • En Canarias, el precio es de 1.640 euros el metro
  • Asturias es la siguiente comunidad, con un precio de 1.643 euros
  • En Castilla y León, el costo es de 1.669 euros
  • Galicia tiene un precio por metro cuadrado de 1.670 euros
  • La Comunidad Valenciana cuenta con un costo de 1.769 euros el metro
  • Andalucía tiene un precio por metro de 1.794 euros
  • Le sigue Aragón, con un costo de 1.919 euros
  • Cantabria es la siguiente comunidad, cuyo precio por metro cuadrado es de 1.943 euros
  • Navarra cuenta con un precio promedio de 1.965 euros el metro
  • Baleares tiene un precio de 2.251 euros el metro, aquí vemos un aumento significativo respecto a las anteriores comunidades
  • País Vasco cuenta con un precio de 2.831 euros el metro de cada propiedad promedio

Por último, las dos comunidades más caras, que lógicamente serán:

  • Madrid: con un precio por metro cuadrado para la vivienda de obra nueva de 3.802 metros
  • Cataluña: cuyo precio promedio es de 4.104 euros el metro cuadrado

El aumento de las propiedades tras la pandemia ha sido mesurado y la tendencia es que se mantenga estable también durante todo este año.

Conoce los gastos que tiene pasar de ser un arrendatario a un arrendador

Los gastos del arrendatario a los que aludimos al principio de esta nota los detallaremos a continuación.

Impuesto sobre los Bienes Inmuebles

El IBI es un porcentaje del valor de la propiedad que va a depender de cada comunidad autónoma. Se abona una vez al año y puede variar entre el 0,4% y el 1,3%. Hay grandes diferencias según cada ciudad, según ha develado hace poco la OCU, Bilbao es de las comunidades en donde el impuesto es más alto y Lérida en donde es más bajo.

Tasa de basuras

Este impuesto es otro que depende también de la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble. También se paga una sola vez por año y varía mucho según la ciudad. Algunas ciudades tienen en cuenta la cantidad de metros cuadrados de la propiedad, otras el consumo de agua, otras el valor de catastro o incluso la calle en donde se localiza.

Madrid ha suprimido esta tasa durante el 2021 porque el Gobierno Nacional ha aprobado paralelamente la tasa nacional de basuras.

Seguros

Los seguros son obligatorios para cualquier propietario porque es estar preparado ante cualquier adversidad. El más común de contratar es el de hogar, pero también existen los seguros de vida o el de protección de pagos. Al solicitar una hipoteca, el banco suele condicionar la tasa de interés de la misma a la contratación de sus productos, aquí es donde el hipotecado obtiene más de un producto de la entidad bancaria al mismo tiempo.

Estos seguros cubren incendios, robos, inundaciones y muchos riesgos más que puede sufrir cualquier inmueble.

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