Para quienes piensan o deciden comprar un piso es importante considerar cuáles son los impuestos que se deberán pagar por la adquisición del bien inmueble. Solo de esa manera será posible prever cuáles serán los gastos asociados a la transacción. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es uno de los tributos que debe pagarse al momento de adquirir una vivienda.
En el territorio español al comprar un piso, los tributos a pagar dependerán del tipo de vivienda adquirida. Si se trata de una vivienda nueva se deberá abonar el IVA, mientras que si se trata de una vivienda de segunda mano, se deberá pagar el ITP.
Por ello, a continuación bridnamos toda la información imprescindible de sabre sobre este tributo nacional. ¡Sigue leyendo!
¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)?
El ITP es una rama del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD). Existe en España desde 1993 y está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993 y la Ley 22/2009.
- En lo que respecta a las transacciones inmobiliarias, este tributo grava la transmisión de bienes entre particulares. Es decir, a quien no es empresario o profesional.
- El ITP deberá ser abonado solo en la segunda transmisión onerosa, cuando se adquiera un inmueble de segunda mano.
Para llevar adelante el cálculo de dicho tributo es importante explicitar los cambios realizados en la normativa fiscal a partir de la aprobación de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. En adelante, el valor de referencia de una propiedad pasó a ser el que determina el catastro y no el real, como había sido anteriormente a la sanción de la ley.
¿Quién debe pagar por el ITP, dónde, cuánto y cuando?
- Quien? El responsable de pagar el ITP será siempre el comprador de la vivienda, mientras que el vendedor se hará cargo del IRPF asociado a su incremento patrimonial.
- Dónde? El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que habrá de pagarse en la delegación de Hacienda de la comunidad en donde se encuentre el inmueble.
- Cuándo? El plazo para liquidarlo es de treinta días a partir del momento en el que se produce la compra del bien.
- Cuánto? Cuánto es lo que se debe pagar y cómo se calcula este tributo son dos de los principales cambios que se han introducido en la normativa luego de la aprobación de la Ley Antifraude.
Con respecto a la modalidad de pago, el comprador del inmueble deberá presentar en la oficina tributaria correspondiente uno de los siguientes modelos:
- Modelo 600: es de carácter general.
- Modelo 630: sirve para aquellos casos en donde se realice el pago en metálico del exceso de letras de cambio superiores a 192.323, 87 euros.
A estos documentos deberá anexarse la copia auténtica y una copia simple de la escritura, además del NIE o DNI del comprador.
¿Cuánto se paga de ITP por la compra de un piso?
Si bien la recaudación del ITP es una competencia de cada comunidad autónoma, el Estado establece un marco general respecto del gravamen. El mínimo establecido para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el caso de la compra de un piso es del 6%. Este porcentaje se aplicaba sobre el valor real del bien adquirido, aunque podrán deducirse aquellas cargas que disminuyan su porcentaje.
No obstante, la nueva normativa establece un nuevo valor de referencia para los inmuebles. Anteriormente, el cálculo de la base imponible del gravamen se realizaba sobre el valor real. Hablamos del valor que se comparaba al precio de la compraventa o el valor objetivo otorgado por las comunidades en función de diversos factores. Por ejemplo, la zona.
En este sentido, el valor de referencia que se tiene en cuenta para calcular el ITP a partir del 2022 es el valor de mercado. Es decir, aquel que determina la Dirección General Del Catastro. Sin embargo, este valor nuevo no puede superar, en ningún caso, el valor que circula en el mercado.
Por lo tanto, su uso para determinar la base imponible nunca debería suponer un aumento en la tributación. Así lo establece la normativo sancionada.
Modificaciones a partir de la Ley Antifraude en el cálculo del ITP
Según lo que establece la nueva normativa antifraude, el valor de referencia que ha sido fijado por el catastro para cada una de las propiedades dependerá de diversos factores. Uno de ellos es el precio de todas las compraventas que hayan sido realizadas y formalizadas correctamente. Asimismo, se llevarán adelante valoraciones de carácter individual debido a las características de cada activo. Como ser:
- años de construcción,
- estado
- calidad de edificación.
Por lo tanto, es importante saber que el valor de referencia es diferente al valor catastral, aunque estén íntimamente relacionadas.
- Valor de referencia: es el que se establece de manera anual en cada uno de los municipios españoles. Es el que sirve como base para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Declarados, y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es un dato de carácter público que puede ser consultado en la Sede Electrónica del Catastro. Nunca podrá superar el valor de mercado.
- Valor Catastral: es la valoración que se realiza sobre un inmueble determinado en base a la aplicación de ciertos criterios de valores de cada municipio. Se trata de un dato que es protegido, por lo tanto no es de carácter público.
Por este motivo, la normativa no afecta al resto de tributos que usan el valor catastral como base imponible. Ya sea el IRPF, el IBI o la plusvalía municipal.
¿Qué sucede si no se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
Si el tributo no es abonado en el tiempo correspondiente, se pueden aplicar intereses de demora y otro tipo de sanciones, ya que puede entenderse que existe algún ánimo de defraudar. Sin embargo, hasta el momento, ciertas Comunidades Autónomas no están poniendo multas a los que no lo han pagado porque entienden que ha sido por simple desconocimiento. No obstante, está siendo solicitado en varios lugares. Como otros impuestos, prescribe a los cuatro años.
Hasta aquí te hemos contado todo lo vinculado al Impuesto de Transmiciones Patrimoniales. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.
Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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