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Para quienes piensan o deciden comprar un piso es importante considerar cuáles son los impuestos que se deberán pagar por la adquisición del bien inmueble. Solo de esa manera será posible prever cuáles serán los gastos asociados a la transacción. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es uno de los tributos que debe pagarse al momento de adquirir una vivienda.

En el territorio español al comprar un piso, los tributos a pagar dependerán del tipo de vivienda adquirida. Si se trata de una vivienda nueva se deberá abonar el IVA, mientras que si se trata de una vivienda de segunda mano, se deberá pagar el ITP.

Por ello, a continuación bridnamos toda la información imprescindible de sabre sobre este tributo nacional. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)?

El ITP es una rama del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD). Existe en España desde 1993 y está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993 y la Ley 22/2009.

  • En lo que respecta a las transacciones inmobiliarias, este tributo grava la transmisión de bienes entre particulares. Es decir, a quien no es empresario o profesional.
  • El ITP deberá ser abonado solo en la segunda transmisión onerosa, cuando se adquiera un inmueble de segunda mano.

Para llevar adelante el cálculo de dicho tributo es importante explicitar los cambios realizados en la normativa fiscal a partir de la aprobación de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. En adelante, el valor de referencia de una propiedad pasó a ser el que determina el catastro y no el real, como había sido anteriormente a la sanción de la ley.

¿Quién debe pagar por el ITP, dónde, cuánto y cuando?

  • Quien? El responsable de pagar el ITP será siempre el comprador de la vivienda, mientras que el vendedor se hará cargo del IRPF asociado a su incremento patrimonial.
  • Dónde? El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que habrá de pagarse en la delegación de Hacienda de la comunidad en donde se encuentre el inmueble.
  • Cuándo? El plazo para liquidarlo es de treinta días a partir del momento en el que se produce la compra del bien.
  • Cuánto? Cuánto es lo que se debe pagar y cómo se calcula este tributo son dos de los principales cambios que se han introducido en la normativa luego de la aprobación de la Ley Antifraude.

Con respecto a la modalidad de pago, el comprador del inmueble deberá presentar en la oficina tributaria correspondiente uno de los siguientes modelos:

  • Modelo 600: es de carácter general.
  • Modelo 630: sirve para aquellos casos en donde se realice el pago en metálico del exceso de letras de cambio superiores a 192.323, 87 euros.

A estos documentos deberá anexarse la copia auténtica y una copia simple de la escritura, además del NIE o DNI del comprador.

¿Cuánto se paga de ITP por la compra de un piso?

Si bien la recaudación del ITP es una competencia de cada comunidad autónoma, el Estado establece un marco general respecto del gravamen. El mínimo establecido para el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el caso de la compra de un piso es del 6%. Este porcentaje se aplicaba sobre el valor real del bien adquirido, aunque podrán deducirse aquellas cargas que disminuyan su porcentaje.

No obstante, la nueva normativa establece un nuevo valor de referencia para los inmuebles. Anteriormente, el cálculo de la base imponible del gravamen se realizaba sobre el valor real. Hablamos del valor que se comparaba al precio de la compraventa o el valor objetivo otorgado por las comunidades en función de diversos factores. Por ejemplo, la zona.

En este sentido, el valor de referencia que se tiene en cuenta para calcular el ITP a partir del 2022 es el valor de mercado. Es decir, aquel que determina la Dirección General Del Catastro. Sin embargo, este valor nuevo no puede superar, en ningún caso, el valor que circula en el mercado.

Por lo tanto, su uso para determinar la base imponible nunca debería suponer un aumento en la tributación. Así lo establece la normativo sancionada.

Modificaciones a partir de la Ley Antifraude en el cálculo del ITP

Según lo que establece la nueva normativa antifraude, el valor de referencia que ha sido fijado por el catastro para cada una de las propiedades dependerá de diversos factores. Uno de ellos es el precio de todas las compraventas que hayan sido realizadas y formalizadas correctamente. Asimismo, se llevarán adelante valoraciones de carácter individual debido a las características de cada activo. Como ser:

  • años de construcción,
  • estado
  • calidad de edificación.

Por lo tanto, es importante saber que el valor de referencia es diferente al valor catastral, aunque estén íntimamente relacionadas.

  • Valor de referencia: es el que se establece de manera anual en cada uno de los municipios españoles. Es el que sirve como base para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Declarados, y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es un dato de carácter público que puede ser consultado en la Sede Electrónica del Catastro. Nunca podrá superar el valor de mercado.
  • Valor Catastral: es la valoración que se realiza sobre un inmueble determinado en base a la aplicación de ciertos criterios de valores de cada municipio. Se trata de un dato que es protegido, por lo tanto no es de carácter público.  

Por este motivo, la normativa no afecta al resto de tributos que usan el valor catastral como base imponible. Ya sea el IRPF, el IBI o la plusvalía municipal.

¿Qué sucede si no se paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Si el tributo no es abonado en el tiempo correspondiente, se pueden aplicar intereses de demora y otro tipo de sanciones, ya que puede entenderse que existe algún ánimo de defraudar. Sin embargo, hasta el momento, ciertas Comunidades Autónomas no están poniendo multas a los que no lo han pagado porque entienden que ha sido por simple desconocimiento. No obstante, está siendo solicitado en varios lugares. Como otros impuestos, prescribe a los cuatro años.

Hasta aquí te hemos contado todo lo vinculado al Impuesto de Transmiciones Patrimoniales. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Oi Real Estate

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En lo general, alquilar un piso no es una decisión que se toma a la ligera. Según las urgencias y las circunstancias, muchos propietarios demoran en definirse incluso hasta abandonar la idea y se inclinan por vender. No obstante, muchos con una vivienda a disposición finalmente optarán por alquilar y recurrirán a tus servicios como agente inmobiliario. En este punto, las disyuntivas con las que llega el eventual cliente a tu oficina, son muchísimos. Deberás sacar a relucir todos tus conocimientos y estrategias como asesor y guía. En este artículo de Oi Real Estate, veremos juntos cómo conseguir el inquilino perfecto para tu cliente propietario. Te recomendamos leer la nota hasta el final para conocer mucho más. ¿Nos acompañas?

SOS – Necesito alquilar mi piso

En el imaginario colectivo disponer de una propiedad ociosa equivale a la solución de los problemas económicos de base para el propietario. Sin embargo, quien cuente con una vivienda disponible para el lucro, sabrá que no todo es color de rosa. Son muchas las opciones que aparecen en el horizonte. ¿Es mejor vender u ofrecer en alquiler? ¿Cuál es la modalidad de arrendamiento más conveniente? ¿Qué estudio de campo se debe realizar antes de tomar mi decisión?

Finalmente, el propietario se decide a alquilar su piso. Cuando esto ocurra, muchos de aquellos interrogantes se decantarán y solo se deberá decidir por el tipo de alquiler más conveniente para sus intereses. Las modalidades de alquiler más indicadas para una propiedad dependerán principalmente de sus características. Veamos tres de dichas modalidades, antes de revisar cómo alquilar tu piso al inquilino ideal:

1 Alquilar en modo turístico

Si la propiedad se encuentra ubicada en la zona costera o en un sitio netamente turístico, estos casos suelen ser los que menos dudas presentan. Existen agencias con dispositivos integrales de arrendamientos para turismo. Estos suelen ser temporarios y discriminados por día, semana, quincena, mes o temporada completa. Sin embargo, debe considerarse que España ofrece la posibilidad de que una propiedad pueda ser alquilada como vacacional, inclusive formando parte de ciudades ultra urbanas como Madrid o Barcelona. Es decir, un piso puede ser alquilado también teniendo en cuenta el turismo internacional, temporalmente o a través de la modalidad del tiempo compartido.

2 Alquiler estudiantil

El mercado del arrendamiento estudiantil es una de las opciones actuales más recurrentes. ¿El piso en cuestión se encuentra en una zona cercana a los polos universitarios? Entonces sería conveniente evaluar la posibilidad de tener como inquilinos a los jóvenes provenientes del interior del país que eligen a las ciudades para desarrollar sus estudios colegiados. Estos alquileres suelen ser por temporada de curso, renovables año a año. Si se tratara de un piso espacioso y con varias habitaciones, debería estudiarse la idea de convertirlo en un apartamento de uso compartido.

3 Alquiler convencional

Como sea, cualquiera de estas características puede ser suplida por la modalidad del alquiler convencional. Contratos renovables, para vivienda habitual, con costes estipulados según la comunidad y atenido a las regulaciones legales pertinentes. Nos referiremos a este caso puntual en horas de hallar el inquilino perfecto para tu cliente propietario.

El inquilino perfecto para tu cliente propietario

Hallar un inquilino ideal para tu cliente no es tarea sencilla. Sin embargo, considerando una serie de premisas, podrás encaminar esa búsqueda de la manera adecuada. ¿Qué espera todo propietario de su futuro arrendatario? Pues solo dos cosas:

  1. Que trate al piso que alquila con el mismo respeto con el que trataría al suyo.
  2. Que cumpla puntualmente con los pagos mensuales de alquiler.

Arrendadores y arrendatarios poseen deberes y derechos. La gran mayoría de los inquilinos están dispuestos a cumplir con el contrato que firmarán a rajatablas y acorde a sus posibilidades económicas.

Elaborar un perfil de inquilino

Para lograr dar con el inquilino ideal, antes que otra cosa, deberías establecer los parámetros que lo definan dependiendo de las expectativas del propietario, que al fin y al cabo es quien ha solicitado los servicios de tu agencia inmobiliaria. En pos de ello, formúlate los interrogantes necesarios que te lleven a una conclusión.

  • ¿Se tratará de una familia numerosa, con hijos?
  • ¿Aceptarías mascotas?
  • ¿Prefieres una pareja enfocada en sus carreras profesionales?
  • ¿Adultos mayores, o jóvenes emprendedores?

Son muchas más las preguntas que puedes hacerte antes de anunciar una vivienda ociosa. Esto sencillamente le hará ganar tiempo a tu cliente propietario y la propiedad comenzará a brindar la rentabilidad que busca prontamente. Por supuesto, no dejes de tener en cuenta la infraestructura del inmueble. Si te gustaría que los inquilinos fueran miembros de una familia numerosa pero el piso cuenta con un solo cuarto de baño y una sola habitación, esa opción acaso no será la más conveniente.

Evaluar solvencia

Has conseguido depurar entre los probables inquilinos más convenientes y comienzas a exhibir la vivienda y recibir visitas. Será fundamental conocer entonces (entre ese perfil de público ya seleccionado) la capacidad de solvencia y regularidad en ingresos de cada interesado. En este sentido, quien reciba a los visitantes debería finalizar la exhibición conociendo estos detalles, al menos en sus puntos esenciales.

Para que la capacidad de solvencia no se convierta al poco tiempo en un problema, existe una máxima en el mundo inmobiliario relacionado al arrendamiento que no deberías desatender. Procura que la renta mensual no supere el 40% de los ingresos del conjunto familiar. Sin temor a resultar invasivo, deberás solicitar contratos de trabajo vigentes, así como recibos por el pago de sueldos de los últimos meses.

Garantías y referencias

Por último, puede que el interesado no logre demostrar la regularidad económica que afirma tener. Recuerda entonces (y teniendo en cuenta las regulaciones de tu comunidad o ciudad) aplicar el uso de la garantía añadida por cuenta de un tercero, por fuera del mes de renta adicional de fianza habitual.

Esta garantía (según la Ley de Arrendamientos Urbanos), es de carácter obligatorio y consiste en un depósito equivalente a una renta mensual. Si la propiedad será utilizada como un estudio o una oficina comercial el propietario estará en posición de solicitar dos o más mensualidades.

Si al culminar el contrato, el inquilino ha cumplido estrictamente con lo estipulado por el contrato de alquiler, entonces el propietario deberá reintegrar dicha fianza. En cambio, si se ha provocado algún daño a la propiedad y esta se mantiene a la hora de devolverla, o si el inquilino ha presentado demoras en el pago, el arrendador seguramente decidirá no devolver dicho monto.

Estas son solo algunas de las nociones elementales al momento de hallar el inquilino perfecto para tu cliente propietario ¿Se te ocurren algunas otras? Nos encantaría que las compartas con nosotros.

Y si te interesó el tópico, no dudes en leer el siguiente artículo:

Oi Real Estate

El BCE volvió a subir las tasas de referencia hasta el 4%. En este marco, es de esperar que los tipos y el Euribor se mantengan en los niveles actuales, al menos por el resto del año.

En la reunión del Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo se fijaron las tasas de referencia en el 4%. Se trata de la octava subida consecutiva en la zona euro, y con ello la tasa de facilidad de depósito se sitúa en 3,5% y la facilidad de crédito en 4,25%. Con el alto índice de inflación, y de la inflación subyacente aun por encima del 5%, la política restrictiva de la autoridad monetaria no se detendría en los próximos meses. De hecho, muchos especulan que en la próxima reunión del Consejo los tipos volverán a subir, aunque solo 25 puntos básicos.

Con las tasas en estos niveles, la atención está puesta en lo que ocurrirá con los tipos y el Euribor. En este sentido, se estiman que continuarán las restricciones y las renegociaciones. De hecho, los ahorristas e inversores con menores recursos están protagonizando el alto grado de renegociaciones de los créditos hipotecarios. En los últimos cinco años hubo 2,6 millones de hipotecas firmadas, de las cuales casi la mitad son de tipo fijo. Para los pocos créditos firmados recientemente, el tipo variable es el instrumento elegido.

Nueva subida de tipos

En la última reunión del Consejo de gobierno del Banco Central Europeo, se fijaron los tipos de referencia en el 4%. A partir del 21 de junio, la tasa de facilidad de depósito se situó en 3,5% y la marginal de créditos en 4,25%. Con ello la autoridad monetaria mantiene su política restrictiva para atacar los altos niveles inflacionarios en la zona euro.

Que la subida sea leve, apenas 25 puntos básicos, indica que el camino emprendido por el BCE es adecuada, aunque necesite de retoques. Pero las tasas de referencia treparon en un año a niveles que no se registraban desde 2008. Si bien ésta última subida era esperada, incluso en los términos en que se ha dado, los mercados financieros comienzan a resignar las bajas de tipos recién para mediados de 2024, e incluso para los primeros meses de 2025.

De hecho, los analistas y directivos del sector bancario dan por asumido que el Banco Central Europeo volvería a subir los tipos en julio. Con una inflación promedio del 6,1% y una inflación subyacente de 5,3%, no hay márgenes para que la entidad abandone su política de subidas de las tasas. Si bien España ha tenido mejores desempeños en cuanto a los índices inflacionarios, el Banco de España se ha acoplado plenamente a las directivas de la institución dirigida por Cristine Lagarde. Hasta aquí la relación entre los tipos y el Euribor ha estado un poco retrasada. Por lo que los hipotecarios seguirían subiendo a pesar que el BCE deje de lado las subidas de tipos.

En este punto, las noticias tampoco son muy alentadoras. Y es que el BCE ha modificado sustancialmente las previsiones que tenía para la economía de toda la zona euro. De acuerdo a la entidad, se espera una inflación todavía alta y por un tiempo mayor. Estaría en el orden del 5,4% para todo este año. Mientras que en el año próximo llegaría al 3% y recién en 2025 bajaría al esperado nivel de 2,2%.

En cuanto al crecimiento, por el contrario, no alcanzaría los nivele necesarios. El BCE también revisó sus proyecciones, en este caso, a la baja. La economías de la eurozona crecerán apenas un 0,9% durante 2023, en un 1,5% el año siguiente, y en 2025 el crecimiento alcanzaría el 1,6%.

El segundo semestre y los tipos

Hasta los primeros meses del año, la opinión generalizada era de unos tipos subiendo hasta la reunión pasada del 15 de junio. En ese esquema, los 4% alcanzados serían una suerte de tope a partir del cual las tasas, o bien se mantendrían, o bien comenzarían a descender. Lo cierto es que nadie puede descartar una nueva subida en la próxima reunión del Consejo de Gobierno, en el mes de julio.

En ese sentido, para el Economista Jefe del Bank of America, Rubén Segura-Cayuela, las tasas pueden subir no solo en julio próximo, sino también en la siguiente reunión del Consejo en septiembre: “deben esperar hasta junio de 2024″, sentencia el directivo. Por el lado de las gestoras, desde Portocolom AV también sostienen que se va a producir una nueva subida de tasas en julio próximo, cuando tocaría su techo.

Siguiendo esta línea de análisis el Director de Coyuntura de la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas), Raymond Torres, plantea un interrogante: “el BCE va a seguir subiendo tipos hasta julio, aunque lo que pase a partir de entonces ya es incierto”. La idea que va generando consenso entre analistas, es de una inflación en torno al 2% recién para entrado el 2025. Lo que queda por analizar es el resultado y alcance que tendrán todas estas subidas en los hipotecarios, es decir qué ocurrirá con los tipos y el Euribor.

Los tipos y el Euribor

Con el BCE implementando una política restrictiva y unas tasas de referencia en el orden del 4%, la incógnita es qué va a ocurrir entre los tipos y el Euribor. Hasta aquí, si bien los bancos fueron acompañando el reacomodo de tasas, los índices de referencia de los hipotecarios todavía tienen motivos para aumentar.

El mercado financiero acuerda en que las tasas se mantendrán por mucho tiempo en torno al 4%. Pero ocurre que el Euribor todavía está retrasado respecto a los tipos de referencia. Hoy en día, el Euribor 12 no ha llegado al 4%. Para los analistas de BBVA Research, el Euribor 12 va a superar en los próximos meses los 4,5%, incluso se mantendrá en un promedio de 4,25% para este año. Mientras que durante el 2024, el promedio estaría en 4%.

La situación económica de la zona euro está marcada por tensiones que hacen poco probable una baja sustancial de la inflación, al menos en los próximos meses. En el mediano plazo, la relación entre los tipos y el Euribor va a influir en las renegociaciones de las hipotecas. Cabe destacar que de los 2,6 millones de créditos firmados en los últimos cinco años, la mitad son a tasa fija. Esos son, justamente los que se están revisando. Para lo que viene, la banca tiene a los préstamos de tipo variable como instrumento principal.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer tu opinión. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Con la nueva subida de tipos del BCE, los créditos se verán afectados. A esto se suman las mayores restricciones que imponen los bancos, por lo que el foco está puesto en lo que pasará con las hipotecas de aquí en adelante.

El banco Central Europeo generó una subida en los tipos de referencia. A partir del 21 de junio pasado, la tasa de facilidad de depósito llegó a los 3,5% y la de facilidad marginal de crédito en 4,25%. Las estimaciones de analistas indican que habrá nuevas subidas en los próximos encuentros del Conejo de Gobierno en julio, e incluso en el septiembre próximo. Por ello, la duda es qué pasará con las hipotecas, en una coyuntura que mantiene la tensión en los precios y el Euribor cerca del 4%.

Las hipotecas están siendo afectadas en gran modo por la subida de los tipos. De acuerdo a los notarios, solo el 44% de las operaciones de compra fueron a través de un hipotecario. Hay estrategias que se ponen en marcha para combatir el aumento de las cuotas, como la amortización anticipada. Además, están aumentando la cantidad de préstamos que entran en renegociación (con el propio banco, e incluso los clientes que se deciden por la subrogación hacia otro banco).

Complicaciones para los bajos ingresos

La confirmación de una nueva subida de tasas de referencia va a impactar de manera negativa a quienes poseen bajos ingresos. Es que las mayores restricciones que impusieron los bancos para otorgar créditos dejan de lado a muchas familias con menores recursos que buscan comprar una vivienda.

De hecho, los aspirantes de bajos ingresos ya se están retirando del mercado. El Consejo General del Notariado español ha notado que, durante el mes de abril, tan solo el 44% de las operaciones de compra de vivienda se realizaron a través de un hipotecario. En su mayoría, las compraventas se efectuaron con recursos propios o dinero proveniente de otra venta.

En cuanto a la banca, el Consejero Delegado de Santander España, Ángel Rivera, sostuvo que los aspirantes de bajos ingresos «obviamente van a tener más dificultades», e incluso “se va a provocar un aumento de los impagos”. Sin que esto último derive en un «drama de morosidad», como ha ocurrido en la crisis de las hipotecas de 2008.

Ante este panorama, que está afectando de manera directa a las familias con menos capacidad monetaria, muchas son las dudas sobre qué pasará con las hipotecas. De acuerdo a los registros del Banco de España, la relación entre el monto de los créditos y el valor de las propiedades, conocido como LTV, se encuentra en el 63%, lo que representa el mínimo desde 2009. Por otro lado, aquellas hipotecas cuyo LTV es superior al 80% son las menores de la serie histórica: solo el 7,1%. Esto se debe, justamente, a las previsiones que fue tomando la banca en los últimos meses.

Caída en la demanda y amortizaciones anticipadas

El Banco Central Europeo reconoce que la política de subida de tipos impacta de manera directa en la demanda de hipotecarios. En ese sentido, desde el Consejo de gobierno sostienen que los incrementos «se están transmitiendo con fuerza a las condiciones de financiación y el crecimiento de los préstamos se está ralentizando”. Al mismo tiempo, la entidad dirigida por Cristine Lagarde afirma que, en su política, en definitiva, “el endurecimiento de las condiciones de financiación es uno de los motivos principales por los que se prevé que la inflación continúe disminuyendo, ya que se espera que frene cada vez más la demanda».

Ante la incertidumbre por no saber qué pasará con las hipotecas, muchos tomadores de esos créditos se deciden por la amortización anticipada. Se trata de adelantar pagos, sabiendo que las tasas y cuotas van a continuar aumentando en los próximos meses. También están aquellos que ya no pueden soportar el peso de su deuda y acuden al despalancamiento.

Una y otra solución repentina para deudores, es también una complicación para el sistema financiero. De acuerdo a los registros del Banco de España, durante abril, el monto de las amortizaciones supera al otorgamiento de nuevos préstamos. El llamado ‘saldo vivo’ de la cartera de créditos alcanzó los 504.355 millones de euros, lo que representa una cifra menor que en enero de 2021, y de las más bajas de las series históricas.

Qué pasará con las hipotecas

Con el escenario prácticamente definido para lo que queda del año y los primeros meses de 2024, queda por ver qué pasará con las hipotecas. Muchos ahorristas e inversores que ya cuentan con un hipotecario se vuelcan a la amortización de capital. Esto es, utilizar sus ahorros y adelantar pagos a futuro para evitar males mayores.

Por otro lado, aquellos tenedores de hipotecarios con tasa variable, la opción más buscada es renegociar las condiciones del acuerdo. Una es con el propio banco, buscando mayores plazos, las llamadas novaciones. Y la otra es, directamente, una subrogación, o sea cambiar de entidad por otra más favorable o que ofrezca tipos fijos.

El Director de Coyuntura de la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas), Raymond Torres, opina que las hipotecas mixtas “son una opción que permite diversificar el riesgo, lo que aumentará su atractivo de cara a las familias al menos hasta que empiecen a bajar los tipos de interés”.

Entonces, para la pregunta sobre lo que pasará con las hipotecas, no hay una sola respuesta. Las estimaciones indican que el índice Euribor se mantendrá en torno a los 4%-4,5% durante la segunda mitad del año. En este marco, las hipotecas del tipo variable se mantendrán unos puntos por encima, con tendencia a la baja en 2024. Aunque también hay bancos que ofrecen créditos a tasa fija del 3%. Ambas son una buena opción, si se tiene en cuenta que aún persisten altos grados de incertidumbre en las grandes economías mundiales.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conoce tu opinión acerca de qué pasará con las hipotecas. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Comprar y vender inmuebles en España implica una serie de pasos. Durante toda la operación se requiere de la presentación de diversos documentos para que la misma sea exitosa. Conocer cada uno de ellos y como se realizan hará que la transacción se concrete en el menor tiempo posible. Si hablamos de comprar una vivienda, se deberá inscribir la misma en el Registro de la Propiedad. Sin embargo, se debe llevar adelante lo que se denomina el contrato privado de compraventa.

En este post te contamos realizar este tipo de acuerdos, que documentos se requieren y cuales con los derechos y obligaciones de cada parte. Sigue leyendo.

¿Qué es un contrato privado de compraventa?

Los contratos privados suelen ser una práctica muy común en aquellas compraventas en las que interviene un agente inmobiliario. 

Cuando nos referimos a un contrato privado de compraventa estamos hablando de un documento de carácter privado y bilateral. Mediante este documento, se transfiere la propiedad de un inmueble a cambio de una cantidad de dinero previamente acordada. Se trata de un documento totalmente válido para formalizar un negocio, como una compraventa inmobiliaria. Por ello es que las partes intervinientes estarán obligadas legalmente a cumplir con su contenido, a menos que este sea contrario a lo establecido por la ley. 

Es, justamente, por su validez jurídica que es muy importante informarse y entender cada una de las cláusulas expuestas antes de proceder con la firma. 

¿Qué datos debe incluir un contrato privado de compraventa? 

A lo largo del proceso de compraventa, cuando se consigue la vivienda ideal para adquirir se deben seguir una serie de pasos para firmar el acuerdo de la transacción. Los mismos son los siguientes:

  • Confirmar cual es la situación jurídica de la vivienda
  • Corroborar normas de urbanización para fincas o terrenos
  • Firma de un precontrato o contrato de arras
  • Firma del contrato de compraventa de vivienda

Una vez realizado cada paso, se deberán incluir en el contrato privado de compraventa los datos que se detallan a continuación.

Precio de la vivienda

En el contrato se deberá especificar tanto el precio final por el cual se transfiere el inmueble como el método de pago elegido para hacerlo. La vivienda podrá ser abonada por completo en el momento de la firma. Como así también mediante pagos aplazados después del otorgamiento de la escritura pública. 

Si se ha realizado un contrato de arras antes de la elaboración del contrato privado, también deberá especificarse. 

Identificación de la parte vendedora

La parte vendedora del contrato deberá identificarse correctamente para la firma.

Si un propietario particular no puede presentarse físicamente, deberá acudir un representante legal convenientemente apoderado. Si el propietario ha dado un poder notarial a otra persona, esta deberá presentar una copia notarial autorizada antes de proceder con la firma. En ningún caso se podrá presentar únicamente una simple fotocopia.

En caso de que la vivienda que se vaya a vender sea una vivienda ganancial, el contrato privado deberá firmarse por cada uno de los cónyuges. 

Si, por el contrario, el vendedor es un agente inmobiliario, será este el encargado de firmar por la parte vendedora. También podrá hacerlo el administrador o el apoderado de la sociedad. 

Si la propiedad objeto de la venta se trata de una vivienda heredada, es conveniente asegurarse de que todos los herederos tienen la documentación en regla para la venta y que son los únicos herederos con derechos sobre la misma. 

Gastos de la compraventa

A menos que en el contrato de compraventa se especifique lo contrario, los gastos generados por la venta deberán repartirse de la siguiente manera:

  • Vendedor: asumirá el pago de la Plusvalía Municipal y la copia original de la Escritura de Compraventa.
  • Comprador: cada una de las copias necesarias del contrato de compraventa, los gastos de inscripción registral y el resto de los impuestos. 

Documentos necesarios para la firma de contrato de compraventa

Al momento de llevar adelante el contrato privado de compraventa se deberá presentar una serie de documentos para poder concretarla. Este tipo de información para ser presentada ante notario variará según el vendedor-promotor o un vendedor-particular. Si se trata del primer caso se deberá considerar si es de primera ocupación. De ser así, se comprobará si tiene la licencia correspondiente, los suministros habilitados y en vigencia el seguro decenal.

Si se tratase de una vivienda de segunda mano o ulterior trasmisión del inmueble, no será necesaria la documentación anterior. Si la siguiente, la cual también deberá ser presentada para una vivienda de primera mano.

  • Título de adquisición. Se trata de la escritura que determina que el vendedor es el propietario de la vivienda en virtud de la cual el vendedor es propietario.
  • Certificado de dominio y cargas.
  • Certificado del presidente de la Comunidad de Propietarios que especifique que el inmueble tiene al día las cuotas de la comunidad.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del último ejercicio.

Modalidades del contrato

Para lograr una operación exitosa es importante poder reconocer las diferentes modalidades para la firma de un contrato de compraventa.

  1. Con reserva de dominio: muchas veces confundido con el contrato de promesa. En este caso, se trata de una modalidad en la cual el traspaso de la vivienda no se realiza hasta que se cumpla la condición impuesta en el contrato. Normalmente se trata del pago total de la propiedad adjudicada.
  2. A plazos o bonos: se trata de una modalidad en la cuál el pago por la vivienda a comprar es pactada por un plazo determinado. A diferencia de la modalidad anterior, en esta ocasión sí existe una traslación del inmueble. Sin embargo, no debes confundir este tipo de contrato con los contratos de compraventa con hipoteca.
  3. Ad corpus: implica que existe cierta aleatoriedad del bien a vender, ya que no se conoce con exactitud las medidas de la vivienda a adjudicar.

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Si estás pensando en cómo alquilar tu piso de forma legal, para no tener problemas en el futuro, ¡Llegaste al post indicado! Cumplir todos los requisitos legales no es fácil y por eso te los vamos a aclarar con detalle.

Principales documentos legales

¿Tienes un piso y deseas alquilarlo? Seguramente ya has pensado en el tiempo que te llevará cumplir con el procedimiento legal obligatorio para poder iniciar un contrato de arrendamiento. Sin embargo, estos documentos son quizás más fáciles de obtener de lo que uno piensa. Lo más importante es cumplir con todas las especificaciones de la Ley de arrendamientos urbanos. Asimismo, deberemos obtener la cédula de habitabilidad, el certificado de eficiencia energética, firmar un contrato de arrendamiento y dar el alta de suministros.

¿Qué es la ley de arrendamientos urbanos?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), fue creada con la finalidad de regular el mercado inmobiliario. Sus normas legales fueron establecidas para tomar el control legal sobre los movimientos de alquileres de largo plazo, comercial, de vivienda o de uso turístico. Esta fue decretada en 1994.

Principales aspectos de la LAU

La Ley de arrendamientos urbanos exige:

  • El alquiler de inmuebles bajo concepto habitacional o comercial, deberán firmar un contrato mínimo de unos tres años de duración,
  • Cuando el arrendamiento se hace en forma de vivienda, no se podrá exigir un pago de alquiler anticipado de más de un mes. El depósito de garantía será devuelto en cuanto termine el contrato. Estarán prohibidos los pagarés o documentos similares.
  • Si el inquilino le reporta al propietario una reparación urgente y este no la lleva a cabo en un plazo de 24 horas, la podrá hacer de manera individual. En cuanto a reparaciones no urgentes, será un plazo de diez días. El gasto se podrá descontar de futuros alquileres.
  • El locatario deberá pagar las expensas ordinarias mientras que, las extraordinarias, cargas y contribuciones que graven el inmueble quedarán a cargo del locador.
  • Para los contratos de alquiler en concepto vivienda, existirá la posibilidad de variar el precio anualmente basándose en un índice que será elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central. 
  • Los contratos de alquiler serán siempre registrados en Hacienda.

Rescisión de contrato

Se podrá rescindir el contrato antes del cumplimiento indicado en el contrato, según dispone la Ley de Arrendamientos Urbanos, respondiendo a los siguientes puntos:

  • En caso de que sea antes de pasar el primer año de contrato, el inquilino deberá abonar una suma equivalente a un mes y medio de alquiler en concepto de indemnización y la suma de un mes si se rescinde después del primer año.
  • Si la propiedad está destinada a un alquiler de vivienda, existirá la posibilidad de no pagar esta penalidad si el huésped notifica la partida con tres meses o más de anticipación. Así, el propietario tendrá tiempo para conseguir un nuevo inquilino.

Cédula de habitabilidad

Imprescindiblemente, todas las propiedades con finalidad de renta deberán contar con la Cédula de habitabilidad. En la misma, se demuestra que las condiciones de seguridad, higiene y solidez son viables para poder habitar. Se deberán evaluar si la vivienda cumple con los requisitos mínimos como lo son las duchas, los inodoros, las instalaciones de agua, corriente y gas, etc. Como vimos, son aspectos básicos, así que debería ser fácil de obtener para cualquier persona.

Conseguir cédula de habitabilidad

Para expedir la cédula de habitabilidad debes dirigirte al ayuntamiento donde está registrado el inmueble. La misma tiene una vigencia de 15 años y puede ser renovada también en este edificio. Si tienes facilidad con la computadora, otra opción es tramitarla por la web del ayuntamiento. El importe a abonar para certificar la cédula es de unos 15€ a 55€, que dependerán de los metros cuadrados y el tipo de vivienda.

Certificado de eficiencia energética

La finalidad de este documento es que todas las viviendas cuenten con una etiqueta energética, ya que si no la disponen serán sancionados. Es obligación en España desde 2013, así lo dictamina el decreto 235/2013. El certificado de eficiencia energética se obtiene contratando a un electricista profesional a elección, no tiene que ver con el gobierno. Lo que sí, este se encargará de tramitar la solicitud online, inspeccionar, etc.

Contrato de arrendamiento

Uno de los puntos más importantes a tener en cuenta en cómo alquilar tu piso de forma legal, es firmar un contrato de arrendamiento que estará minuciosamente redactado en base a las especificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos. En el mismo se detallarán los siguientes puntos:

  • Duración del contrato: mínimo y prórrogas.  
  • Desistimiento: por parte del inquilino o del propietario. 
  • Importe de la renta: limitaciones al incremento. 
  • Quién asume qué gastos 
  • Limitaciones de la fianza 

Fianza para cubrir eventualidades

Legalmente, la fianza deberá ser de un mes de contrato de alquiler. De todas maneras, esto no impide que uno pueda exigir otro tipo de fianzas, como la de otra mensualidad o un tercero que sirva de garante. Muchas veces los inquilinos recurrirán a un aval bancario o una hipoteca. Una vez obtenida la fianza, para legalizarla deberemos ingresarla en el organismo correspondiente a la ubicación del piso. Cuando finalice el contrato, de no haber ninguna incidencia, tendremos un plazo de 30 días para devolver este monto, exigiendo al organismo que te lo devuelvan con un justificante.

Acudir a una gestión integral de alquiler

Con la ayuda de un profesional inmobiliario, difícilmente tendrás problemas legales ya que ellos se encargarán de gestionar todas las incidencias que podrían ocurrir. Asimismo, se ocuparán de mediar con los inquilinos o vecinos ante algún desperfecto y serán ellos quienes cobren el alquiler y te lo depositen los primeros días del mes sin falta. Ante deudores morosos se encargarán de asesorarte legalmente y tendrás un seguro de renta que, por lo general, cubre hasta un año de morosidad.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

Además, si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Ahora que ya sabes cómo alquilar un piso de forma legal, no dudes en consultar los siguientes artículos relacionados o ¡déjanos tu comentario sobre experiencias propias!

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En España y en todo el mundo los peritos judiciales inmobiliarios son reconocidos fundamentalmente por su vasto conocimiento en la materia. Sin embargo, pocos conocen puntualmente cuáles son sus honorarios, o cómo son elaborados. En este artículo de Oi Real Estate, veremos sus principales funciones e intentaremos dilucidar cómo se calculan los Honorarios promedio de un perito inmobiliario. Te invitamos a continuar leyendo la nota hasta el final para conocer mucho más sobre este interesantísimo tópico. ¿Nos acompañas?

El perito judicial inmobiliario

En relación a los distintos marcos legales alrededor del globo, las funciones y honorarios de un perito judicial dependerán (cualquiera sea su especialización) del país en el que se desempeñe. En el sector que nos importa, el inmobiliario (como en muchos otros), podremos encontrar variaciones respecto a sus responsabilidades e ingresos dependiendo incluso de su situación inter regional.

Hablamos de un funcionario altamente calificado. Un técnico ya colegiado en una carrera (como abogacía, o ingeniería) y especializado posteriormente en el sector inmobiliario. Como tal, se encargará de emplear en distintas maniobras, el conocimiento adquirido a través de sus años de ardua capacitación. Esto no querrá decir que (aludiendo al párrafo anterior) fuera de España ocurra lo mismo.

¿Qué funciones cumple cabalmente?

Detallar las funciones de un perito inmobiliario podría llevarnos varios artículos. Recordando que su función es interferir en el sector inmobiliario más ligado a lo judicial que a lo comercial, hagamos un escueto repaso a través de sus principales desempeños:

  • Actuará en caso de divisiones de bienes como consecuencia de un divorcio.
  • Su informe será requerido en ocasiones litigiosas relacionadas a la compra y la venta de propiedades.
  • En caso de que hubiera una deuda o situaciones de embargo entre personas o empresas, su informe será vital para la resolución del magistrado.
  • Intervendrá en casos de herencias.

Como sea, un perito inmobiliario podrá desempeñar sus labores en cualquier acción inmobiliaria autorizada legalmente. Estas incluyen tasaciones, habilitaciones edilicias, etc. ¿Quieres llamarlo un “super agente inmobiliario”? Pues puedes hacerlo.

Repasemos la historia

Hace algunos años, los institutos o universidades en los que un perito inmobiliario debía instruirse y colegiarse, facilitaban en cierto modo la estimación del honorario de un perito inmobiliario. Las instituciones, debían ofrecer públicamente un complejo estudio técnico en el que, entre muchos otros detalles, se detallaban y actualizaban los valores de, por ejemplo: una visita a un juzgado; una visita a la propiedad a ser tasada; la elaboración de un informe preliminar o final; la aprobación de planos, etc.

De esta manera, un perito inmobiliario no podría exagerar ni sobrevalorar su trabajo. Con el tiempo, el hecho de que expertos peritos inmobiliarios de renombre y los “novatos” cobraran las mismas sumas establecidas, creó suspicacias en el sector inmobiliario judicial. Finalmente, haciendo lugar a los reclamos del mercado que defendían la “libre competencia”, se optó por tomar el rumbo contrario. Les fue prohibido a las instituciones publicar los honorarios de los peritos inmobiliarios y se propuso que cada cual cobrara los montos que estimaran más justos, de acuerdo a su labor en el campo.

Honorarios promedio de un perito inmobiliario

Calcular los honorarios regulares de un perito inmobiliario, es al día de hoy, prácticamente imposible. ¿Por qué? Pues porque deben tenerse en cuenta una serie extendida de variables. No existe un “tarifario” regulado al cual referirse, ni una tabla de sueldo establecida, o de consulta. Será muy difícil encontrar una agencia que emplee a un perito judicial, por no decir improbable. Si, está claro, que sus honorarios estarán enmarcados en escalafones judiciales, donde también podemos encontrar los de expertos en legales como abogados, peritos calígrafos, médicos, etc.

Es decir: sus servicios no son de los más asequibles, ni mucho menos. Alcanzará con tener en cuenta que sus honorarios jamás serán fijos, entre las docenas de tipos de peritaciones existentes, en el amplio mundo inmobiliario. Las posibilidades son incontables. ¿Podrías regular un honorario en base a la tasación de una vivienda, y tomar esa medida para calcular la tasación de un edificio entero? Definitivamente no.

4 puntos importantes

Son distintos los factores que utiliza un perito judicial inmobiliario para presentar finalmente sus honorarios. Tomemos algunos de referencia:

  1. Como primer punto, se tomará como medida su experiencia comprobada. Como en toda profesión, no tendrán igual valor los laureles de un recién ingresado al ruedo, que los de un experimentado perito, habiendo elaborado ya cientos de informes. La excelencia, se paga. Este punto hará que cada uno de los restantes resulte seguramente más costoso.
  2. En segundo lugar, considerará los gastos de su traslado. Reuniones, visitas a la propiedad para reconocimiento y tasación, etc. Todos estos asteriscos formarán parte de los costes de movilidad del perito inmobiliario, asumiendo también los tiempos de viaje o estadías como un adicional (en ocasiones, puede que deba instalarse en otra ciudad, provincia o país, por períodos prolongados).
  3. En tercer lugar, y como dijimos anteriormente, se tendrá en cuenta la envergadura de su trabajo. Las diferencias entre tasar una propiedad y un complejo industrial, viviendas rurales y edificios estatales, serán considerables. Por otro lado, y en determinados casos, el perito inmobiliario podría necesitar de un equipo de expertos en otras materias para realizar una tasación o informe, minucioso y preciso.
  4. Por último, y en cuarto lugar, nos encontramos con dos ítems que podrían ir adosados. Son el tiempo total que le ha llevado reunir la información necesaria y redactar / corregir / presentar sus informes resolutivos; y los elementos empleados en ello. Considera que en ciertas ocasiones, acaso el perito inmobiliario precise del alquiler de equipamientos o maquinarias que, aunque logren disminuir el lapso de su trabajo, deberán ser servicios abonados por el cliente.

El marco judicial

En el orden de lo estrictamente legal, los métodos son diferentes y el perito -en lo general- cobra por adelantado su servicio. Los peritos inmobiliarios son requeridos recurrentemente por jueces, para elaborar (llegado la disputa o demanda) distintos informes. Pues bien, en estas instancias, el magistrado es quien selecciona al perito y le permite estudiar el caso; de aceptarlo, el perito inmobiliario expone una cifra que considera para sus honorarios. El juez notificará al demandante y este dispondrá de un tiempo estimado en una semana para depositar esos montos. Recién entonces, podrá iniciar su trabajo.

Un asunto de palabra y buena fe

Los honorarios de un perito inmobiliario ocupan un porcentaje de importancia en el total de las operaciones que pretendan sus servicios. Hay quienes, en el sector, al día de hoy siguen sin justificar estas modalidades de cálculo. Sin embargo, a pocos se les ocurre cuestionar los honorarios de un abogado, o de un perito forense privado, que utilizan mecanismos similares “de auto-valoración”. Todo dependerá finalmente, de la buena fe del experto. Tú… ¿qué opinas?

Hemos visto algunas formas de calcular los honorarios promedio de un perito inmobiliario. Te invitamos a continuar recorriendo la sección para enterarte de muchas otras novedades.

Si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

Oi Real Estate

¿Sabría Benjamín Franklin que su frase “tiempo es dinero” iba a cobrar una dimensión exponencial, tras de 250 años de haberla publicado? Seguramente no. Muchos (sino todos) conocemos y aplicamos ese concepto al sector inmobiliario. Hasta se la ha visto enmarcada en la pared de alguna que otra oficina. En este artículo de Oi Real Estate veremos cómo aprovechar el tiempo durante tus tareas y varios tips para manejar tus horarios de trabajo. Te invitamos a continuar leyendo la nota hasta el final para conocer mucho más sobre el agente inmobiliario y la planificación diaria. ¿Aprovechas de forma práctica cada instante?

«¿Cuál es tu jornal?»

La curiosa historia detrás de esta máxima, la ubica en una infinidad de contextos comerciales, incluso en nuestros días. Franklin ilustró este consejo en el marco de una anécdota real y propia. Según cuenta en su ensayo “Consejos para un joven comerciante”, el científico estadounidense se detuvo a observar a un vendedor descansando y tomando una bebida. Cuando le preguntó qué estaba haciendo haraganeando a mitad de un día laboral, el vendedor le dijo que no había ido a trabajar, se había tomado el día.

Franklin le preguntó entonces “¿Cuál es tu jornal y cuánto has gastado en esa bebida?” Y el vendedor respondió “Gano 10 chelines al día y esta bebida me ha costado un chelín”. El inventor hizo un rápido cálculo y le dijo “Pues has perdido 11 chelines el día de hoy: los 10 de tu jornal y 1 de la bebida”. Algo estricto, pero elocuente. Y sobre todo actual. ¿Aprovechas correctamente tu tiempo de trabajo como agente inmobiliario independiente, o como empleado de una agencia?

El agente inmobiliario freelance

El trabajar de forma independiente es una de las cualidades consideradas como “virtuosas” entre los agentes inmobiliarios de éxito. Este concepto se convirtió como nunca en una modalidad mayoritaria con la llegada de la pandemia COVID. El agente inmobiliario de por sí cumple un rol que le permite máxima disponibilidad horaria en todos los frentes. Las medidas restrictivas, terminaron por “formalizar” no solo esta libertad para moverse, sino también el trabajar a distancia.

En el inconsciente colectivo, un agente inmobiliario está considerado erróneamente como alguien que se gana fácil el dinero. Si estás leyendo este artículo y perteneces al mundo inmobiliario sabrás que no es así. La realidad es que un asesor o agente puede iniciar sus jornadas muy temprano y regresar a casa muy tarde, y esto tampoco significará que ha terminado su día de trabajo. Por el contrario, suele permanecer hasta la noche resolviendo consultas de sus clientes, que por cierto, terminan por asumir que su agente “no tiene horarios de trabajo”. ¿Te sientes identificado con alguna de estas nociones?

El agente inmobiliario y la planificación diaria

El trabajo independiente en horarios, en menor o mayor medida, no es para cualquiera. En este sentido, pero del otro lado de la misma moneda, poco se podrá hacer para manejar los horarios de un cliente; acaso su jornada laboral finalice a las 20 horas y recién entonces pueda ponerse al tanto contigo, sobre cómo marcha tal o cual negociación.

Lo que sí puedes hacer es aprender a manejar y distribuir tus energías diarias en ese campo. Te presentamos solamente algunos tips para manejar tus horarios de trabajo, con el fin de maximizar tu productividad, agilizar tus ventas en estos tiempos de crisis y por tanto volverte más rentable a ti o a tu agencia:

1 Objetivos claros

Muchos se vuelcan al mercado inmobiliario como agentes, en búsqueda del empleo de sus sueños: el que le de libertad horaria para trabajar. Independencia diaria en tiempos y movilidades. Sin embargo, una vez inmersos en el ruedo inmobiliario, no logran nunca organizar sus tareas, ni fijar objetivos a alcanzar. Es complejo manejar los horarios propios y no caer en la procrastinación. Es un mal típico de la época.

Para contrarrestar este inconveniente (más habitual de lo que imaginas) lo más recomendable es diagramar una línea de tiempo. En ella podrás volcar tus objetivos más inmediatos y aquellos a los que aspiras a largo plazo. ¿Qué ganas con una línea de tiempo? Pues identificar cuál es tu posición en el mercado zonal, cuántas ventas reales puedes concretar o cuánto tiempo le destinas a solucionar una consulta en relación diaria, intersemanal, intermensual, o interanual. A medida que vayas comparando tu operatividad sobre datos fehacientes, seguramente sabrás qué aspectos de tu trabajo pulir y si debes o no cambiar de rumbo en algún ítem.

2 Planificación en la rutina

Volverse más organizado y algo esquemático facilitará mucho tu vida cotidiana, si se te hace cuesta arriba manejar tus horarios de trabajo. Para ello, procura diseñar tus propias rutinas. Es recomendable fijar horarios para promocionar tu servicio en redes, realizar consultas telefónicas a tus clientes, almorzar o merendar, concertar entrevistas o encontrarte con proveedores.

Diseñar tus rutinas no necesariamente implicará que debas mantener el rango horario socialmente aceptado. Si te encuentras más a gusto durante la noche revisando las redes sociales de la agencia, o las tuyas como profesional, pues establece el horario para ello. No importa si te complace hacerlo a las 2 AM. Una vez fijados tus momentos para chequear tus plataformas, encontrarás habitualidad y será solo una cuestión de ejercicio.

3 Entretiempo

¿Vale más un agente inmobiliario que trabaje 10 horas a full sin detenerse un momento, o uno que trabaje 8 permitiéndose una pausa entre tarea y tarea para darles un respiro a las neuronas? Está comprobado que no sirve de mucho el ser “la máquina del trabajo”. ¿Sabías que el cerebro puede concentrarse (con sus facultades de atención al máximo) alrededor de 90 minutos promedio? A menudo la tarea y el trajín inmobiliario producen un stress poco entendible para quienes lo ven de afuera.

Para lograr “descomprimir” y una productividad superior, es vital tomarse entre 15 y 20 minutos entre tarea y tarea. Relajar tras finalizar una tarea, será vital para entrar concentrado a la próxima. A veces no será necesario ser tan metódico. El lograr identificar el momento exacto para realizar esos break, será más que suficiente para que tus energías lleguen al final del día de forma óptima.

¿Conoces tu techo?

Existen infinidad de tips para manejar tus horarios de trabajo. Seguramente, al paso del tiempo podrás llegar a tus propias conclusiones acerca de qué es lo que más te conviene. Ten en cuenta que los consejos para una mejor distribución de tu energía laboral diaria giran en torno a conocer los límites propios. No cruzarlos, es tal vez el mejor tip de todos. ¿Tienes tus propios métodos de productividad en el trabajo independiente? ¡Te leemos en los comentarios!

Si te interesó el tema y quieres seguir conociendo más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

Oi Real Estate

El sector inmobiliario abarca un gran cantidad de procesos, operaciones, transacciones. Dentro de dicho mundo, también existen varios conceptos que en oportunidades pueden resultar lo mismo pero no los son. Sobre todo, en las acciones de compraventa, donde más de una vez han sido confundidos. Testimonio, escritura pública y minuta son algunos de ellos.

En este artículo te marcamos la diferencia de cada uno con el objetivo de que puedas, en caso de llevar adelante alguna transacción inmobiliaria, identificarlos y concretar la operación con el mayor éxito posible.

¿Cuáles son los pasos más importantes en la compraventa de una vivienda?

En el transcurso de la compraventa de un inmueble existen diferentes pasos a seguir. A continuación, cada uno de ellos. Recuerda que tener presente este tipo de información hará que la operación resulte más sencilla, rápida y operativa.

  • El primero de ellos es elegir la propiedad y comenzar la operación. Luego, decides si realizaras la compra mediante una agente inmobiliario o de manera directa, conocer cuales son los documentos necesarios y cuáles serán los impuestos que deberá pagar.

  • Una vez que comienzas la relación con tu vendedor o profesional encargado, y luego de una serie de recaudos acerca de los aspectos legales del inmueble, una de las primeras acciones es la firma del contrato de compra venta.

  • Este es uno de los documentos más importantes y resulta una pieza fundamental. En él aparecen todos los datos referidos a la operación. Es decir, plazos de obra, el costo final y la forma de pago. Además, especifica la fecha de entrega de llaves, describe posibles sanciones en caso de incumplimientos, el plano, la descripción del piso, etc.

  • Este documento es suficiente para determinar las obligaciones de cada una de las partes. Además de que establece determinadas garantías en caso de no cumplirse, por ejemplo si los plazos de entrega se demoran.

  • Firmado el documento de compraventa sigue la confección del testimonio, la escritura pública y la minuta. Sin embargo no todos son obligatorios en todas las operaciones, pero sí recomendados. A continuación, se especifica que son y en qué se diferencian.

¿Qué es el testimonio, la escritura pública y la minuta?

Se trata de documentos que forman parte del proceso de compraventa de una vivienda y se diferencian entre si según la función que cumplen en el mismo.

Un vez realizado el contrato de la transacción, el desarrollo legal de la operación de compraventa avanza mediante la formulación de la minuta que, generalmente, es firmada por un abogado.

Minuta

La minuta es un documento que contiene información más completa que el contrato de compraventa. En él se detallan el derecho a las zonas comunes, los límites geográficos, la hipoteca a favor de la entidad bancaria que entrega el crédito, etc. A su vez, transcribe las condiciones fijadas en el contrato y cuya finalidad es terminar siendo escritura pública.

Existen unas series de puntos que caracterizan a la formulación de una minuta que debes considerar para lograr un proceso de transferencia del bien inmueble tranquilo, sencillo y en el menor tiempo posible.

El primer aspecto a tener en cuenta es que la minuta forma parte de la legalización del crédito hipotecario. Al tener un costo es necesario que la información que la integre sea precisa y cierta. En ella deben constatar todo lo referido al acuerdo. Por ejemplo, si deseas incorporar un familiar al acuerdo o si deseas cambiar las opciones de pago. Es necesario que todos los puntos sean consensuados.

Por otra parte, es previa a la entrega de una vivienda de segunda mano. Esto se debe a que difícilmente alguien entregue su bien sin la finalización del pago y sería un riesgo firmar una minuta sin recibir todo el dinero pactado. Si esto sucede la otra parte puede dejar de pagarlo. El problema radica en que el inmueble ya ha sido transferido. Para tales casos, en la minuta debe ser explícita y clara la forma de pago, las multas y las garantía que se crean necesarias.

Por último, la forma más común es al finalizar el pago y proceder a la entrega de la vivienda. Ambas partes se acercan a la notaría donde se entrega el dinero, se firma el documento y luego se procede a la entrega.

Escritura pública

Una forma sencilla de entender el concepto de escritura es comprenderla como el recibo legal de la operación de compraventa. En este sentido, permite tener precisión en los detalles del proceso otorgándole seguridad a las dos partes.

El trámite de la escritura no es obligatorio salvo en los casos donde el pago de la compra se realiza a través de la extensión de un crédito hipotecario. Sin embargo, existen varios motivos por el cual se recomienda realizar esta operación.

Te permite obtener un hipoteca, garantiza la legalidad de la venta y que el comprador es el nuevo propietario, y garantiza la propiedad ante reclamos de terceros.

Al igual que la minuta, la escritura pública debe ser elevada ante un notario. Una vez que el mismo de fe de los acuerdos en el contrato, el documento puede ser presentado en el Registro de la Propiedad. Si no existen irregularidades en la escritura, se puede proceder inscribir la compraventa y al nuevo titular del inmueble.

Testimonio

Cuando la escritura se eleva al registro, el documento original permanece allí y el notario expedirá dos papeles: la parte notarial (sirve para que Registros Públicos continúe el procesos de titularización) y el testimonio (el que se le entrega al cliente o a los titulares de la operación).

Por su parte, el testimonio es la reproducción igualitaria, ya sea parcial o no, de un documento original. Es decir, es una reimpresión de la escritura pública legalizada por notario, con formato propio. La firma del notario le otorga autenticidad fiel en relación a la escritura.

Un dato importante que debes considerar es que el documento testimonial debe estar certificado por el mismo notario que elevó a Registro de la Propiedad la escritura.

Los testimonios resultan sumamente importantes en el caso de comprar un vivienda para fines comerciales o algún tipo de negocio con el inmueble. En el caso de necesitar una copia de la escritura necesitarás en que escribanía se firmó y cual es el número de la misma.

¿Cuál es la diferencia entre un testimonio, una escritura pública y una minuta?

Como hemos mencionado que el testimonio, la escritura pública y la minuta forman parte, en diferente orden, del proceso de compraventa de una vivienda o bien inmueble.

Por un lado, la diferencia entre el contrato y la minuta se basa que esta última es el documento dirigido al notario de la operación, quien se encargará de realizar la escritura. Es firmado por las partes y el abogado. Es decir, es el proceso legal donde se solicita la elevación del contrato de compraventa a escritura pública.

La realización de la minuta es el único modo de elevar a escritura pública el contrato y, a su vez, esta última es la única manera de registrar la transacción en el Registro a la Propiedad.

La escritura no es obligatoria salvo en los casos en la cual la compra se realice a traves de hipoteca.

Por último, aunque puedan confundirse el testimonio y la escritura no son lo mismo. El primero es una reimpresión autenticada legalmente pero que no tiene peso legal como original, como si lo tiene la escritura. Esta última solo está en manos de la notaría y del registro de la propiedad.

Testimonio, escritura pública y minuta pueden ser considerados documentos similares pero no lo son. Cada uno es resultado de una operación previa que arranca en el contrato de compraventa. Sigue por la forma de la minuta si es necesario elevar a escritura pública. De la cual, se realiza la copia fiel de la misma mediante testimonio.

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El lujoso municipio de Benahavís fue elegido por la prestigiosa firma Lamborghini para crear su primer proyecto residencial en Europa. La empresa italiana de automóviles de lujo y deportivos encontró en la España mediterránea el lugar ideal para desarrollar un emprendimiento en el que imprimir su estilo y expandir sus negocios en nuestro país. En la nota de hoy, te contamos todo sobre esta nueva opción de lujo que lleva, más que nunca, el sello del toro.

Lamborghini en España

La firma italiana de automóviles tiene hace tiempo concesionarias oficiales en dos de las ciudades más importantes y pobladas de España, ubicadas en Madrid y en Barcelona. Con el nuevo desarrollo residencial, su estilo trascenderá el mercado automovilístico e ingresará en el de las propiedades de lujo, instalando su primer proyecto residencial en las costas de Marbella.

La reconocida empresa, fundada en en 1963 por Ferruccio Lamborghini, es una de las líderes en la fabricación de autos deportivos de lujo, característica que identifica sus productos tanto como la velocidad, la potencia, la belleza y el estatus.

Esa misma impronta es la que sin lugar a dudas arribará prontamente a Benahavís, el municipio de la provincia de Málaga elegido por la firma para su incursión en el mundo inmobiliario. Allí estarán disponibles las casas Lamborghini, en un marco de tranquilidad y de cercanía a puntos de interés como Puerto Banús, el puerto deportivo de Marbella, el Marbella Club Golden Mile y la playa.

El proyecto residencial

Quien se hará cargo de este megaproyecto de lujo será la firma de Sant’Agata que, en colaboración con Dar Global, levantará la construcción del complejo “Tierra Viva”. Contendrá en total 53 villas individuales de grandes dimensiones, caracterizadas en grupo bajo los nombres de Diamante, Zafiro y Esmeralda. Las mismas estarán situadas a diferentes alturas, dispuestas en la sierra andaluza, y contarán con piscina exterior, diversas terrazas y jardín exterior.

Como es de esperarse, las villas tendrán fácil acceso en coche, y el estilo Lamborghini se evidenciará en los acabados interiores, los amplios espacios y las habitaciones con enormes cristales con vista al Mediterráneo.

La marca Lamborghini, un sello con historia

La empresa Lamborghini es consciente de que al traer su estilo a las costas españolas debe buscar las mejores opciones para que la identidad forjada durante sesenta años esté presente en cada rincón de las residencias de lujo que pondrá en el mercado. Por ello, la firma que hoy es parte del Grupo Volkswagen imprimirá su elegancia, su calidad y diseño, tal como lo hace en la fabricación de coches deportivos.

Hay, en todo esto, un punto que puede jugar a favor de generar empatía con el proyecto y seducir a los inversores: su logo, y hasta los nombres de algunos modelos de autos, son ampliamente reconocidos por su vínculo con la tauromaquia.

Para aquellos que no son aficionados a este tipo de autos, recordemos que el logo de Lamborghini tiene la forma de un escudo relleno con un fondo negro y perfilado en oro. En la parte superior del escudo está la palabra “Lamborghini” en letras mayúsculas sobre la imagen de un toro. Según se cuenta, la imagen de este animal en el sello que le da identidad a la empresa es por causa del propio fundador, Ferruccio Lamborghini, nacido el 28 de abril de 1916, esto es, bajo el signo zodiacal de Tauro. Otra versión cuenta que él mismo era un aficionado a los eventos taurinos, por lo que al fundar su empresa la figura del toro le pareció la mejor para expresar perfectamente lo que representa: poder, velocidad, dominio y peligro.

Sobre los colores del logotipo, se dice que fueron elegidos porque representan al mismo tiempo el estatus, el lujo y la sencillez.

Un lujo que no escapa a las controversias, pero encuentra sus aliados

Al cumplirse seis décadas desde que Lamborghini comenzó a andar, es inevitable ver cómo, en retrospectiva, es una marca de renombre internacional cuyo camino no estuvo exento de controversias. Las más conocidas refieren a su histórica competencia, Ferrari, entre otros aspectos por el propio logo. Ciertamente, ambos sellos se asemejan en la forma, los colores y hasta en la representación de un animal, que en el caso de Ferrari es un caballo.

No obstante, estas cuestiones que hacen al mercado específico de los automóviles y sus seguidores, hoy la empresa se expande en España con una propuesta que, en vez de dividir, suma.

En principio, suma propuestas de lujo para los compradores interesados en adquirir una residencia destacada en las costas de Málaga. Pero también suma participación en el proyecto. Según Stephan Winkelmann, CEO de Automobili Lamborghini, “esta es una colaboración estratégica impulsada por valores compartidos como la excelencia, calidad e innovación. La experiencia de Dar Global en la creación de propiedades de lujo en combinación con la filosofía de diseño de Lamborghini ha dado lugar a este impresionante logro”.

Del otro lado, el CEO de Dar Global, Ziad El Chaar, señaló que su asociación con Lamborghini “se basa en una visión compartida de proyectos de alta calidad, en combinación con la atención al detalle. Juntos hemos creado espacios que encarnan un estilo de vida sofisticado y rico en experiencias”.

Y tú, ¿qué opinas de este proyecto? ¿Te gustaría conocer más sobre residencias de lujo? Entonces Oi Real Estate es tu inmobiliaria. Elige a continuación tu próxima propiedad o contáctate para saber más y enterarte de las mejores opciones de vivienda en España.

¿Conocías este tipo de residencias? Te invitamos a saber más sobre ellas en el siguiente artículo:

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