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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuál es la situación a la que se ha enfrentado el mercado del alquiler en España en el 2021 y qué es lo que se espera para este 2022. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

La situación del mercado del alquiler en España nos viene mostrando un panorama muy complicado hace ya un tiempo. Sin lugar a dudas, es sabido que la caída del alquiler en España ha marcado el 2021. Por otro lado, se prevé que continuará siendo la principal tendencia en este 2022.

Ya casi nos encontramos a un año de las bajas continuadas que debió sufrir el precio del alquiler en España. Sin lugar a dudas, se trata de la transformación más grande del mercado de las rentas que se ha visto en los últimos años. Hablamos de un claro cambio de rumbo que no se veía desde el año 2015. Esto se debe a que, desde ese momento, el valor de los alquileres fue aumentando de manera progresiva hasta lograr llegar a un aumento del 41% en la tasa acumulativa.

La caída del alquiler en España 2021

Desde inicios del 2021, el alquiler en España ha generado un notable cambio de tendencia con caídas muy marcadas, llegando en ocasiones hasta un -15% interanual en las grandes ciudades como por ejemplo Madrid y Barcelona. De hecho, ha atravesado la bajada más pronunciada de la última década, con un -6,1% interanual en el mes de octubre, esto quiere decir que se trata del mayor descenso registrado desde noviembre de 2011. Esta alteración es ocasionada por la gran caída de la demanda en las zonas céntricas de las ciudades más grandes de España, además del debilitamiento en la participación de las franjas de edad más maduras, que han disminuido significativamente su interacción con el mercado del alquiler. Esto ha generado la moderación y regulación de los precios de manera natural.

¿Qué se prevé para el 2022?

La gran caída del alquiler ha marcado de manera significativa el 2021 y se prevé que continuará siendo de este modo al menos para el inicio de 2022. Esto se debe a que en el mes de febrero se cumplirán doce meses consecutivos de desaceleración del precio del alquiler en España. Sin lugar a dudas, se trata de circunstancia que se verá reflejada en la economía de los ciudadanos y que será de mucha ayuda para mejorar su accesibilidad a la vivienda en las zonas más céntricas luego de muchos años de grandes subidas de precios.

¿A qué se debe la gran falta de viviendas en alquiler en las grandes ciudades de España?

Por otro lado, no podemos dejar de lado que el principal problema que presenta este sector es la falta de vivienda en alquiler. Se trata sin dudas de la mayor responsable de que las zonas más céntricas de las ciudades cuenten con precios elevados y sean consideradas zonas tensionadas. Hoy en día, solo un 24% del parque de viviendas en España se encuentra destinado al alquiler, mientras que el 76% restante se constituye por casa en propiedad. De hecho, la oferta de vivienda en alquiler en España se encuentra muy lejos de la media europea, que se ubica en un 34%.

Lo más probable es que, este gran cambio de los costes del alquiler en España a la baja continúe de este modo siempre que la demanda no logre erigirse fuertemente de nuevo.

¿Es posible revertir esta situación de alguna manera?

Es por estos motivos que, para conseguir que el mercado del alquiler en España logre mantenerse como uno de los pilares esenciales del mercado de la vivienda, es muy necesario que las políticas y medidas que se apliquen a este mercado, logren brindar la seguridad jurídica necesaria a los propietarios, además de protección a los inquilinos de igual modo. Esto significa que resulta fundamental contar con la colaboración público privada, por medio de la cual se lograría ampliar el parque público de vivienda en alquiler en España. Es posible llevarlo a cabo por medio del fomento de la puesta de viviendas en el mercado, además de un incremento en el número de viviendas sociales y asequibles. Se trata de puntos que resultan muy importantes para generar un nuevo escenario estable en el mercado del alquiler en España.

En resumen, sin lugar a dudas esta transformación de los costes del alquiler a la baja lo más probable es que se mantengan mientras la demanda no se erija fuertemente de nuevo. Sin embargo, si deseamos que logre mantenerse bien en el tiempo, resulta un punto fundamental transmitir confianza por parte de la administración pública. Esto se debe principalmente a que se trata de un mercado sumamente volátil de cara a los posibles cambios.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la situación del mercado del alquiler 2021 y lo que se prevé para el 2022. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber con respecto al derecho de tanteo y el derecho de retracto. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Tanto el derecho de tanteo como el derecho de retracto aparecen en el momento en el que un propietario decide poner a la venta su vivienda. No obstante, es importante tener en claro que existen diferencias entre ellos. Ambos son derechos con los que cuenta el inquilino para que, en caso de que el propietario decida poner en venta la vivienda alquilada, este pueda adquirirla antes que cualquier otro posible comprador. Deberá contar con las mismas condiciones y al mismo valor. Se trata de unos derechos reales de adquisición preferente que se encuentran recogidos en el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Derecho de tanteo

Cuando hablamos de derecho de tanteo nos referimos a la facultad con la que cuenta el inquilino de adquirir la vivienda que está alquilando, esto claro, en el caso de que el propietario se encuentre interesado en venderla. De este modo, el inquilino tiene prioridad ante cualquier otro posible comprador, contando con las mismas condiciones y al mismo coste. Para conseguirlo, el propietario debe informarle con suficiente tiempo sobre su interés de venderlo. De este modo, el inquilino en caso de estar interesado en comprarlo, contará con treinta días naturales para hacerlo.

Derecho de retracto

La principal diferencia entre el derecho de retracto y el derecho de tanteo es que el primero se ejerce cuando ya se ha llevado a cabo la compraventa de la vivienda. Este derecho permite al inquilino adquirirla con las mismas condiciones y al mismo precio al que ha sido vendida a un tercero.

¿En qué momento puede el inquilino ejercer el derecho de subrogación?

Esta facultad se recoge en el Código Civil y es conocida como derecho de subrogación. Es posible llevarla a cabo siempre que se den estas situaciones:

  • Situación Nº I

El coste al que ha sido vendida la vivienda sea inferior al que le había ofrecido al inquilino para que ejerciera su derecho de adquisición preferente.

  • Situación Nº II

En caso de que propietario hubiera omitido información con respecto a la venta o bien, directamente no hubiera dado ningún aviso al inquilino sobre ella.

Del mismo modo que sucede con el derecho de tanteo, el de retracto también debe llevarse a cado en los treinta días naturales, desde que el inquilino es informado. Por medio de las escritura de compra, de las condiciones y coste al que se ha realizado la venta del inmueble. En caso de que este ejerza su derecho de retracto, pasa a subrogarse en la posición del comprador y se mantiene la compraventa de la vivienda.

¿En qué situación el inquilino no puede usar el derecho de retracto?

Por otro lado, también existen dos excepciones debido a las cuales el inquilino no puede hacer uso del derecho de retracto:

Más propiedades

La primera excepción se da en caso de que el inmueble alquilado se venda junto con otras propiedades que conforman parte de la misma vivienda.

Mismo comprador

La segunda excepción se da cuando se venden de manera conjunta todas las propiedades a un mismo comprador, sin importar que estas pertenezcan a diferentes dueños.

Renuncia al derecho de tanteo y derecho de retracto

Puede suceder que el inquilino no tenga interés en comprar la vivienda. En este caso, el inquilino puede renunciar al derecho de tanteo por medio de una cláusula de desistimiento que debe constar en el contrato de alquiler. De este modo, el propietario tendrá toda la libertad para vender su vivienda a un tercero. Sin embargo, el inquilino cuenta con pleno derecho de permanecer en el inmueble hasta que su contrato de alquiler finalice.

En resumen, la realidad es que un derecho conduce al otro. Dicho en otras palabras, cuando una persona tiene el derecho de tanteo, pasa a contar de manera automática con el derecho de retracto. Sin embargo, únicamente deberá recurrir al segundo en caso de que no haya podido acceder al primero.

Estos dos derechos se expresan en la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), y se prevén en ella como derechos legales del inquilino. No obstante, también existen otros casos contractuales en los que, por medio del contrato, se pacta libremente que se apliquen el derecho de tanteo y retracto en otros casos.

Por otro lado, más allá de los casos privados, estos derechos también son aplicables en el ámbito público. Por parte de las administraciones en temas urbanísticos. Son regulados por medio de las leyes de cada comunidad autónoma y por lo general, van destinados a garantizar un parque público de inmuebles o planes urbanísticos de todo tipo.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión sobre el derecho de tanteo y el derecho de retracto. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo sobre la firma digital en los contratos de alquiler luego de la pandemia. Continúa leyendo en artículo para saber qué tan seguras son.

Sin lugar a dudas, la firma digital ha llegado para quedarse. Ha pasado a ser una herramienta fundamental en tiempos de pandemia, incluso, se ha demostrado que se trata de un elemento sumamente revolucionario. Ten en cuenta que la fiabilidad de un proceso se determina mediante su valor probatorio.

Diferentes tipos de firma digital

En primer lugar, es necesario aclarar que todos estos tipos de firma digital son completamente legales y admisibles ante cualquier tribunal para firmar cualquier tipo de documento. Dentro de las firmas digitales, podemos encontrar tres tipos diferentes:

  • Firma digital normal

  • Firma digital avanzada

  • Firma digital cualificada

Según la ley, las tres tipologías cuentan con la misma validez jurídica. Sin embargo, poseen diferentes valores probatorios. Por ejemplo, cuando hablamos de una firma digital normal, no es posible demostrar que el remitente es realmente la persona que puso su firma en el documento. Sin embargo, cuando nos referimos al caso de firmas digitales avanzadas o cualificadas, sí podemos contar con diferentes factores que nos ayudan a determinar la fiabilidad y el valor probatorio del proceso.

Con respecto a las características más bien técnicas, contamos con una lista de factores, como:

  • Dirección de correo electrónico

  • Dirección IP

  • Número de teléfono móvil

  • Certificado cualificado de la AEAT

Resulta fundamental tener en claro que es posible combinar más de una característica para conseguir que sea todavía más segura. Por otro lado, también es necesario que quien debe firmar el contrato cuente con acceso a todas las plataformas.

Es por este motivo que, a mientras más cantidad de cumplimientos, más fiable y segura resultará la firma de un documento.

¿Cómo es el proceso de firma?

Es importante dejar en claro cuál es el proceso para llevar a cabo una firma digital. En el momento en que un firmante se encuentra realizando el proceso de firma, es importante que pueda visualizar el documento que firma en todo momento. Además, debe recoger la hora en la que ha realizado la firma.

Con respecto a la fiabilidad del proceso, es de gran importancia poder determinar exactamente a qué hora se ha llevado a cabo la firma, esto abarca hora, minutos y segundos. De este modo, podremos evitar cualquier posible inconveniente ante futuros problemas vinculados a la veracidad o la legalidad de la firma digital.

Técnicas y requisitos según Reglamento Europeo

En el momento en que ingresamos en temas aún más jurídicos, es necesario tener en cuenta las normas técnicas y requisitos del eIDAS (Reglamento de identificación digital en Europa). Es allí donde se mencionan los formatos XADES y PADES.

¿Qué son estos formatos?

PADES es el formato ideal cuando se trata de un documento original es un pdf. De esta forma, el destinatario de la firma podrá comprobar de manera muy sencilla la firma y el documento firmado. Con los otros formatos esto solo es posible si se utilizan herramientas externas, lo que vuelve el procedimiento algo más complicado.

Estas normativas aseguran la posibilidad de verificación de las firmas digitales de manera estándar. Lo consigue por medio de distintos programas, como por ejemplo, el Adobe PDF.

Ahora si, en último lugar, es necesario dotar de ciertas características identificativas al documento. Para conseguirlo debemos utilizar la clave PKI, que se trata de un conjunto de roles, políticas, hardware, software y procedimientos necesarios para crear, administrar, distribuir, utilizar, guardar y revocar certificados digitales y administrar el cifrado de clave pública.

En otras situaciones, es posible usar una clave general. Sin embargo, en todos los casos, lo fundamental es proteger bien esta clave, puede ser vía un USB o un HSM (harware security model). Otro punto importante es la longitud de la clave, mientras mayor sea la longitud, más  dificultad de posibles amenazas.

En definitiva, cada una de las firmas electrónicas cuenta con valor jurídico y pueden servir de comprobante, incluso sin cumplir con los estándares de firma cualificadas. Todo esto, siempre y cuando se proteja el proceso de firma y se cumpla con todos los requisitos que hemos mencionado más arriba.

Principales ventajas de la firma digital para el sector inmobiliario

Cualquier persona que trabaje en el sector inmobiliario está al tanto de que formalizar y firmar contratos de alquiler no se trata de una tarea simple. Por otro lado, debido a la coyuntura actual, qué mejor que contar con la capacidad de resolver este tipo de trámites de manera remota, sin la necesidad de trasladarnos.

Aquí te contaremos cuáles son las principales ventajas de implementar la firma digital.

Permite la rúbrica por propietario e inquilino dejando de lado el uso obligatorio de certificado digital individual o corporativo.

Agiliza la formalización de cualquier contrato de manera completamente online, sin necesidad de desplazamiento por ninguna de las dos partes.

Brinda la posibilidad de digitalizar todos los documentos y disminuye el espacio físico que ocupan en cualquier oficina.

Este tipo de herramientas digitales son muy útiles para brindar un valor diferencial frente al resto de ofertas del mercado, esto permitirá atraer un mayor número de clientes.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la firma digital en los contratos de alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos darte una serie de consejos para que logres evitar o en su defecto, hacer frente a un posible impago de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es muy común encontrar tanto Inquilinos que no llegan a pagar la renta como propietarios que no logran afrontar los gastos. La pandemia del COVID-19 ha conseguido potenciar el drama habitacional en España. A causa de la crisis económica y la baja de los ingresos ocasionada por la crisis sanitaria, las consultas por impago de alquiler han aumentado de manera significativa.

Frente a esta situación, tanto el propietario como el inquilino cuentan con una serie de derechos que es importante tener en cuenta a la hora de solucionar este tipo de situación de la mejor manera que sea posible para las dos partes.

Contrata un seguro de impago de aquiler

Sin lugar a dudas, los seguros de impago son los mejores aliados al momento de hacer frente a cualquier inconveniente con el alquiler.

Claro que la solución ideal para un problema de impago de alquiler es, en primer lugar, preverlo y tomarnos el tiempo de contratar un seguro de impago. Los seguros de impagos están siendo cada vez más demandado, el número de personas que opta por contratarlos ha crecido significativamente en los últimos años en España. De hecho, el Observatorio Español del Seguro de Impago de Alquiler afirma que en durante el 2021 un 30% de los nuevos contratos de alquiler contaban con un seguro de impago.

Por medio de un seguro de impago vinculado al alquiler, se le deberá abonar una cuota a la aseguradora. De este modo, en caso de que se genere un posible impago, ésta se encargará de abonar la renta del alquiler durante los meses en los que no sea posible hacer frente al pago del mismo. La duración variará dependiendo de la contratación, sin embargo, en la mayoría de los casos no suele ser un periodo de tiempo mayor a los doce meses.

De todas maneras, no se trata de la única solución posible ante un problema de impago de alquiler. Si, desde luego, un seguro de impago es la solución más sólida y segura. Sin embargo, existe otra manera de afrontar este tipo de situación.

Lograr un acuerdo con el inquilino y renegociar el alquiler

En caso de no poder contar con un seguro de impago, existe otra solución. La mejor opción posible para las dos partes consiste en renegociar las condiciones del contrato de alquiler. Siempre y cuando, el trato sea con buenas intenciones, es posible consensuar la disminución de la renta durante varios meses. Por otro lado, otras opciones son extender en el tiempo la situación, idear una amortización de la deuda, entre otros.

Lo que en ningún caso resulta conveniente es que el inquilino deje de pagar la renta por completo. Esto se debe a que, ante esta situación y sin contar con un seguro de impago, el propietario deberá optar por un procedimiento de desahucio.

Este tipo de proceso que no resulta beneficioso para ninguna de las dos partes en cuestión. Por el lado inquilino, no resulta nada bueno ya que será expulsado forzosamente de la casa. Por otra parte, en el caso del propietario, no es buena opción hacer frente a un proceso tan largo, que hará que la situación de impago de alquiler se mantenga en el tiempo.

Es por todos estos motivos que, la opción ideal en estos casos es intentar recuperar la posesión de la vivienda llegando a un acuerdo económico, o bien bajar el valor de la renta.

Desahucio por impago de alquiler

Entre las diferentes opciones que tiene el propietario que se enfrenta a un impago de alquiler primero se opta por intentar llegar a un arreglo de manera amistosa. En caso de que no resulte, se opta por acudir a la vía judicial.

En vía judicial el propietario puede interponer una demanda en la que solicite al juez una o más cosas. Las opciones legales con las que cuenta el propietario son las siguientes:

  • Desahucio del inquilino por impago de alquiler y reclamación de rentas adeudadas

  • Desahucio por impago de alquiler

  • Reclamación de rentas impagadas

Dentro de la vía judicial, la opción más demandada es la primera. Consiste en presentar la demanda de desahucio por impago de alquiler y, también, realizar el reclamo en la misma demanda de las rentas adeudadas.

Situación de impago de alquiler en España

La cantidad adeudada por los inquilinos varía dependiendo del territorio. Por encima de la media nacional se encuentran Madrid con 8974 euros, Islas Baleares con 8718 euros, País Vasco con 7269 euros, Cataluña con 7232 euros y Navarra con una deuda de 6567 euros. Por otro lado, también resaltan Extremadura con 3198 euros, La Rioja con 3355 euros, Castilla y León con 3526 euros, Asturias con 3747 euros y Castilla-La Mancha con 4269 euros. Lógicamente, la cantidad que adeudan los inquilinos a sus propietarios es mayor en los territorios donde el coste de los alquileres resulta más elevado.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión sobre la situación de impago de alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los puntos a tener en cuenta a la hora de alquilar pisos para estudiantes. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Alquilar pisos para estudiantes es algo muy común en las ciudades universitarias, ya que la llegada de jóvenes para estudiar, tanto nacionales como extranjeros genera una alta demanda de vivienda que resulta sumamente estable. Hay dos tipos diferentes, por un lado los que se encuentran en la búsqueda de autonomía e independencia y por otro, los que debido a que las residencias no suelen ser nada económicas, se encuentran en la búsqueda de alquilar un piso.

Si te interesa la idea de alquilar pisos para estudiantes, este artículo es para ti. Aquí te contamos todo lo que necesitas saber al respecto.

Contratos de alquiler para estudiantes

Existen dos maneras diferentes de realizar un contrato para estudiantes:

Alquilar una habitación

En este caso se realiza un contrato por inquilino. En el contrato deberán figurar los datos de las dos partes además de los detalles de la vivienda. Cada inquilino deberá responder por su parte, de modo que los estudiantes no tienen más opción que ser muy responsables.

Alquilar pisos compartidos

En este caso, el contrato no debe hacerse por inquilino, sino que a todos los arrendatarios y debe albergar a todas las personas que van a habitar el piso. Los inquilinos en este tipo de contratos deben responder solidariamente, esto significa que si uno no llega con el pago de la renta o cualquier otro inconveniente, el resto deberá responder por él.

Sin embargo, el contrato no se trata de algo fijo, esto significa que se puede adaptar a la situación y a los intereses de ambas partes. Por ejemplo, es posible reponer un inquilino si uno decide retirarse. No obstante, es de gran importancia que todo esto quede reflejado en el contrato.

¿Cuáles son los beneficios de alquilar pisos para estudiantes?

Alquilar pisos para estudiantes nos brinda una gran cantidad de ventajas que debemos tener en cuenta, aquí te explicaremos cuáles son.

La duración

La duración es la principal ventaja que nos brinda alquilar pisos para estudiantes. Esto se debe a que, un curso escolar tiene una duración de aproximadamente 9 meses, esto quiere decir que durante ese periodo de tiempo vamos a obtener ingresos asegurados y además, la vivienda no se quedará vacía. Por otro lado, es importante tener en cuenta que la rentabilidad será mucho mayor si se opta por alquilar por habitaciones en lugar de alquilar la vivienda en la totalidad.

Casa vacía durante el verano

Otro punto a favor es que durante los meses de verano los estudiantes deben abandonar la ciudad para regresar a sus hogares. De este modo, contarás con la vivienda vacía y preparada para lo que tú desees. Por ejemplo, podrás utilizarla como segunda residencia para ti sin problemas o bien, como alquiler turístico.

La fidelidad de los estudiantes

Por lo general, los estudiantes suelen ser inquilinos muy fieles. Esto quiere decir que, tienen la costumbre de alquilar el mismo piso durante todos los años que les lleve la carrera. Si tienes suerte, podrás mantener la vivienda ocupada durante al menos, unos cuatro años.

Flexibilidad

En los alquileres de pisos para estudiantes contamos con mayor flexibilidad al momento de escoger el tipo de alquiler y las condiciones. Puedes elegir si te interesa alquilar por estancias medias, esto sería desde septiembre hasta enero o bien, desde enero hasta julio. También, puedes hacerlo por curso completo o a personas que vayan a realizar la carrera completa. De este modo, puedes controlar la rotación y recuperar la vivienda cuando sea necesario. Por otro lado, es posible establecer las cláusulas que se deseen, por ejemplo no hacer ruido en ciertos horarios, no realizar fiestas o no fumar, se trata de algunas de las más comunes.

El estado del inmueble

En el alquiler de pisos para estudiantes el inmueble se mantiene en buen estado. Esto es así principalmente porque los estudiantes tratan bien el mobiliario ya que es donde deberán vivir y estudiar durante mucho tiempo.

El impago no es común

Por lo general, los jóvenes no cuentan con un trabajo estable, esto quiere decir que son sus padres quienes se ocupan de pagar las rentas del alquiler y funcionan como avales. Resulta prácticamente imposible que todos los inquilinos dejen de pagar a la vez. De este modo, las pérdidas se minimizan.

Puntos en contra de alquilar pisos para estudiantes

Los beneficios son muchos, sin embargo, el alquiler de pisos para estudiantes también presenta varios puntos en contra que es importante saber antes de tomar la decisión.

Menor cantidad de ventajas fiscales

Una de las principales diferencias que hay entre el alquiler para estudiantes y el alquiler de vivienda habitual es que este se encuentra exento de pagar IVA, pero tiene que declarar los beneficios. Por otro lado, al alquilar pisos para estudiantes, no será tenido en cuenta como un alquiler de larga estancia, ya que el mínimo exigible es de un año. Además, no hay reducción en la Declaración de la Renta.

Es probable que haya incumplimiento de normas

Si bien se estimule en una cláusula del contrato, los estudiantes son personas jóvenes que quieren gozar de sus años de juventud. Es probable que organicen una fiesta a pesar de que el contrato pida lo contrario. De eso nunca podemos estar del todo seguros.

Consejos útiles

Si has tomado la decisión de alquilar pisos para estudiantes, pon atención a esta serie de consejos que te serán muy útiles para tu tranquilidad:

Contrato

En primer lugar es muy importante que todo quede reflejado por escrito en el contrato de alquiler. Se trata de un punto fundamental para resolver cualquier tipo de conflictos.

Fianza

Es necesario pedir fianza. Si bien se adquiere como una norma, pedir la fianza contrarresta cualquier posible desperfecto que se pueda generar.

Mobiliario

Otro punto importante es que el piso cuente con muebles básicos y simples. Recuerda que se trata de estudiantes que no poseen ingresos mensuales fijos. Es por este motivo que, lo más aconsejable es que la vivienda esté amueblada para que puedan llevar una vida normal con las comodidades básicas cubiertas. Esto abarca un sofá, mesa de comedor, sillas, televisión, cama, armario, escritorio, electrodomésticos, entre otros.

Realiza un inventario

Al realizar un inventario te aseguras de que todo se encuentra igual cuando los estudiantes dejen el piso. Además, te permite conocer cuáles fueron los daños causados por una persona y cuáles fueron ocasionados por el paso del tiempo.

Anunciar con tiempo

Es aconsejable que publiques tu anuncio antes del inicio del curso o bien, al final del anterior. Es habitual que se muden a finales del verano para lograr adaptarse.

Contrata un seguro

Contratar un seguro de hogar será de gran ayuda en caso de que suceda algo grave.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre alquilar pisos para estudiantes. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué dicen los expertos inmobiliarios sobre el mercado del alquiler 2022. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Entre las principales situaciones que afectarán el mercado del alquiler 2022 se encuentran la ley de vivienda, la inclinación de los inquilinos por inmuebles en la periferia de las grandes ciudades en lugar del centro y la vuelta de las viviendas de alquiler turístico a su negocio, abandonando el alquiler a largo plazo, así como también, la falta de oferta. Luego de atravesar dos años difíciles por la pandemia del COVID-19 todo indica que este 2022 será posible recuperar algo de normalidad. Desde Aquí te contaremos qué piensan los profesionales en el sector sobre el mercado del alquiler 2022.

¿Qué se espera del mercado del alquiler 2022?

Todos los expertos aseguran que la nueva ley de la vivienda, con su consecuente incertidumbre jurídica y límite de precios para las zonas tensionadas, nos traerá un 2022 bastante agitado en el mercado del alquiler.

Con respecto al mercado del alquiler para 2022, es probable que nos encontremos con una baja en el precio del alquiler a nivel nacional de entre el -4% y -5% interanual. Estos descensos han afectado durante el 2021 y continuarán siendo tendencia para el inicio del 2022. La baja de demanda en las grandes ciudades y la búsqueda de la periferia es una de las causas fundamentales de esta caída. Sin embargo, se piensa que la vuelta de la población itinerante, es decir, estudiantes de ciclos superiores y personas que vienen a trabajar al país, así como también la disminución de oferta de la vivienda, debido a de la ley del alquiler y la vuelta del alquiler a corto plazo, son motivos por los que el coste del alquiler 2022 podría llegar a subir.

Las dudas generadas por la nueva ley de vivienda, según afirman la mayor parte de los profesionales, podría generar que muchos de los inmuebles de particulares que tienen en alquiler se pasen al alquiler turístico o bien, a la venta de vivienda. Esto se debe a que el mercado no se ve tan afectado por la ley y con una subida de costes moderada pero estable.

Caídas del mercado

El mercado del alquiler ha atravesado caídas muy importantes en el precio. En algunas ciudades como Barcelona o Madrid se han registrado caídas de hasta un -15% desde inicios de 2021.

Esta bajada se debe principalmente a la disminución de la demanda en las zonas céntricas de las grandes ciudades y el debilitamiento de la participación de las franjas de edades más maduras. Todo esto ha generado la moderación y regulación de los precios.

Las bajas en el precio del alquiler continuarán siendo tendencia para inicios de 2022. Una situación que se verá reflejada en la economía de los ciudadanos y que será de gran ayuda a la hora de mejorar su accesibilidad a la vivienda en las zonas más tensionadas.

Es cierto que la tendencia a la moderación del precio del alquiler en España comenzó antes de la aparición del COVID-19. Sin embargo, la realidad es que la pandemia solo logró acelerarla. Los descensos han sido generalizados en un amplio sector de España, unas bajas que han sido especialmente acusadas en los municipios más turísticos. Los precios del alquiler deberán estabilizarse e iniciar un moderado camino en subida mientras la economía se acerca a un nivel precrisis y a medida que el turismo internacional comience a normalizarse.

En el mercado del alquiler será fundamental seguir muy de cerca las negociaciones vinculadas al anteproyecto de ley por el derecho a la vivienda. Esto se debe a que en él se introduce un nuevo instrumento regulatorio para que gobiernos autonómicos y ayuntamientos logren declarar cuáles son las zonas con alquileres tensionados. El objetivo es limitar los costes del alquiler en estas zonas.

Subidas del mercado

Con respecto al alquiler de la vivienda podemos encontrar una subida del precio de la renta entre un 3% y un 5%. En Cataluña no importa cómo afectará la ley de vivienda porque ya se ha llegado a los precios máximos.

En lo que resta de España la ley de alquiler no se pondrá en marcha aún y lo más probable es que veamos una reactivación del mercado como consecuencia de las mejores condiciones arbitrarias y de la llegada de la población volátil. Se trata de la población que va y viene, esto abarca a estudiantes universitarios y de postgrado, personas que vienen a trabajar a España, personas que se cambian de Comunidad Autónoma, entre otras.

Estos puntos generarán que el precio del alquiler 2022 suba entre un 3% y un 5%. La vuelta de la población itinerante va a marcar un antes y un después en el mercado de alquiler. Principalmente tiene que ver con que, más aun en las grandes ciudades, las viviendas que se encontraban destinadas al alquiler de temporada vuelvan a su mercado, dejando de lado el alquiler a largo plazo.

Ley de Vivienda

El mercado del alquiler deberá hacer frente a los cambios ocasionados por la nueva Ley de Vivienda pactada por el gobierno y sus socios. Ya hay varias comunidades autónomas, como la de Madrid, que han anunciado que no introducirán límites al alquiler ni incluirán parte de los incentivos fiscales para propietarios. En estas regiones, se espera que no se ocasionen cambios significativos con respecto al 2021, donde el precio medio del alquiler, ya baja de media más de un 7%. Es necesario aclarar también que en el último trimestre el número de regiones en las que ha bajado el coste del alquiler sube a trece. Sin embargo, el temor es que en las regiones en las que se implanten estos límites, se disminuya la oferta de pisos disponibles para alquilar y por ende se aumenten los precios.

Otra forma de ver esta situación nos lleva a analizar que el posible escape de muchas de estas viviendas a la venta, combinado con las condiciones del mercado de la compraventa para 2022 que implica bajos tipos de interés, recuperación del mercado de trabajo, entre otros, puedan llevar a muchas personas a optar por la compra, en lugar del alquiler.

Alquiler turístico o venta

También se prevé que, debido a la nueva ley de vivienda, muchos inmuebles en alquiler pasarán a la venta o bien, al alquiler turístico.

El mercado de alquiler 2022 se reactivará con fuerza luego de la pandemia del COVID-19. Se generará un gran traspaso de los pisos turísticos que estaban siendo alquilados con contratos convencionales.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué se diferencian el alquiler vacacional y el alquiler de temporada. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es sabido que España se mantiene como uno de los principales países del mundo en los que es muy conveniente invertir en vivienda. Por otro lado, todo indica que durante el año 2022 esta tendencia se conservará e, incluso, podría llegar a aumentar.

El mercado inmobiliario ha demostrado, que a pesar de la pandemia del COVID-19 y de sus consecuencias, logra mantenerse estable y como una apuesta segura al momento de realizar una inversión. Sin embargo, la realidad es que los expertos del sector prevén que la compra de vivienda será la mayor protagonista del 2022, se espera que el mercado del alquiler también logre obtener algo de protagonismo, principalmente en lo que abarca al alquiler de temporada y al alquiler vacacional.

Aquí te explicaremos cuáles son las principales diferencias que podemos encontrar entre el alquiler vacacional y el de temporada, cómo se cree que van a actuar durante el 2022 y por qué estos tipos de alquileres continuarán siendo muy rentables en España. 

¿Cómo se cree que actuará el mercado del alquiler 2022 en España?

Sin lugar a dudas, el mercado del alquiler ha sufrido una gran cantidad de cambios durante el 2021, principalmente durante el último trimestre del año, debido a la nueva ley de vivienda en España. Dicha normativa, cuyo objetivo es mantener un control de los alquileres en el país, también afectará presuntamente la duración de los mismos.

Incluso, la duración de los alquileres en la nueva ley de vivienda que aún se está tramitando, por lo que debemos tener paciencia para saber si el Gobierno respeta o no la regulación contenida en el anteproyecto de ley. Dicha ley afirma que la duración mínima obligatoria del contrato de alquiler debe ser de cinco años.

Es por este motivo que una gran cantidad de propietarios de viviendas comienzan a pensar seriamente en la posibilidad de pasarse al alquiler de temporada o bien, al alquiler vacacional. Esto es así porque se trata de una modalidad mucho más flexible y que además, por el momento, no se verá afectada por la nueva normativa. El principal motivo es que, en este tipo de contratos, el plazo de duración no se encuentra sujeto a ninguna prórroga obligatoria para los propietarios, por lo que al vencimiento del periodo que haya sido pactado por ambas partes, el alquiler llegará a su fin y el propietario será capaz de recuperar su inmueble.

Por otro lado, debido a las restricciones de movilidad e higiene que han sido impuestas por el Gobierno durante la pandemia, mucho de ellos no tuvieron más opción que tomar la decisión de pasarse al alquiler tradicional.

Sin embargo, a causa de las restricciones que aplica la nueva ley de alquiler, la mayor parte de los propietarios optarán por pasarse al alquiler vacacional o al de temporada.

Principales diferencias entre el alquiler vacacional y el alquiler de temporada

En base a lo que contempla la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la duración mínima obligatoria de un contrato de alquiler pasó de ser de tres años a cinco. Esto sucedió en el mes de marzo del 2019 en ese momento se realizaron modificaciones a varios de los puntos de dicha normativa. Se trata de una legislación muy diferente a la que se encarga de regular los alquileres vacacionales y de temporada. Aquí te explicaremos por qué.

¿Cuánto dura el alquiler vacacional y de temporada?

Cuando hablamos de alquileres vacacionales debemos tener en cuenta que las estancias no pueden ser mayores de 31 días. Por otro lado, los alquileres de temporada, también llamados alquileres turísticos, pueden ir desde los 32 días hasta los once meses.

La legislación del alquiler de temporada y vacacional

La legislación varía bastante entre los alquileres de temporada y los vacacionales. Los alquileres vacacionales se encuentran sujetos al cumplimiento de la normativa reguladora de la actividad turística, es por esto que su legislación variará dependiendo de la comunidad autónoma a la que corresponda. Incluso, en varias comunidades como por ejemplo Cataluña, los inmuebles turísticos deben inscribirse en el Registro de Turismo, ya que será necesario contar con una licencia turística.

Por otro lado, con respecto a los alquileres de temporada, se encuentran regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿Cuáles son las finalidades de estos diferentes tipos de alquiler?

La finalidad es otra de las diferencias fundamentales que podemos encontrar entre el alquiler de temporada y el alquiler vacacional. En el caso del alquiler de temporada, el propietario del inmueble lo cede a personas que viven de forma permanente en otro inmueble, por un período de entre 32 días y 11 meses. Por este motivo, este tipo de alquileres han sido pensados para trabajadores que tengan la necesidad de vivir en otra ciudad de manera temporal, o bien, para estudiantes que deban mudarse por algunos meses al lugar en el que está ubicado su instituto, universidad, entre otros.

Por otra parte, con respecto al alquiler vacacional, el propietario cede su inmueble para que pueda ser usado, como bien lo indica su nombre, con fines vacacionales. Esto puede ser durante un periodo que no supere los 31 días. Es por este motivo que, el inmueble deberá encontrarse totalmente acondicionado y amueblado para dicho fin.

¿Cuál es la mejor opción para el propietario?

Esto variará dependiendo de la situación personal y financiera del propietario, del mismo modo que también afectará la necesidad que tenga de contar con el inmueble en cuestión. 

No obstante, es importante destacar que al menos un 15% de todos los turistas que visitan España se hospedan en viviendas vacacionales, esto significa que brindan una gran rentabilidad.

No obstante, contar con un inmueble destinado al alquiler vacacional también significa costes y, además, es probable que no se encuentre ocupada durante periodos de tiempo bastante extensos. Por otro lado, obtener una licencia turística es un trámite que puede llegar a resultar algo complicado en algunas comunidades autónomas. 

Para evitar estos inconvenientes, muchos propietarios optan por el alquiler de temporada, ya que resulta más estable que el vacacional y, además, se encuentra sujeto a un menor número de restricciones que el alquiler tradicional. 

Por último, es muy importante dejar en claro que, si un propietario alquila un inmueble de forma irregular o sin declarar los ingresos que percibe a cambio, estará incurriendo en infracciones graves o muy graves. El importe puede llegar a significar multas de entre 3000 euros y 600 000 euros.

Es por este motivo que debemos seguir todas las normas que establece la ley en todos los casos y supuestos.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el alquiler vacacional y el de temporada. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cómo subir el alquiler a tus inquilinos sin infringir la ley de limitación de alquileres. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

A partir de que el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la nueva ley de vivienda de España, el mercado inmobiliario, principalmente el del alquiler, se ve frente a una situación sumamente diferente e incierta.

El objetivo de la nueva ley de vivienda es regular el alquiler de las viviendas que pertenezcan a grandes propietarios en base al índice de referencia de las zonas tensionadas de mercado. No obstante, esta renta variará según una serie de estadísticas que el Gobierno aún no ha determinado y que llevará unos 18 meses hasta aplicarse una vez que haya entrado en vigor. Es por este motivo que debemos esperar a ver cómo se definen las regulaciones del precio del alquiler.

Por otro lado, en Cataluña, donde hace ya algo más de un año que entró en vigor la ley catalana del alquiler, existe la obligación de mantener o disminuir el coste de los alquileres en zonas residenciales tensionadas. Se trata de una situación que resulta muy preocupante para la mayoría de propietarios de inmuebles en alquiler.

Más allá de esto, podemos encontrar varias fórmulas que nos ayudarán a aumentar las rentas de manera completamente legal. Aquí te contaremos cuáles son y cómo debes aplicarlas.

¿Cuáles son las limitaciones de la ley catalana del alquiler?

La medida fundamental que contempla esta ley es la obligación de mantener o disminuir el coste de los alquileres en zonas residenciales tensionadas, esto es, en sectores donde hay falta de vivienda asequible y siempre que en la localidad habiten más de 20 000 personas. En total abarca sesenta municipios, las cuatro capitales de provincia y la mayor parte del área metropolitana de Barcelona.

Esta ley tampoco permite que los propietarios aumenten el precio del alquiler de su inmueble. A pesar de que este resulte más bajo que el que se encuentre establecido en el índice. Si no cumplen con la normativa pueden llegar a verse obligados a abonar desde 9000 euros, hasta 90 000 euros de sanción.

Se encuentran exentos de cumplir este decreto aquellos propietarios con ingresos mensuales menores a 2000 euros. Esto quiere decir, aquellos considerados vulnerables, y en inmuebles de protección oficial, de inserción, de carácter asistencial o similares.

Calcula el precio de alquiler que se debe aplicar en cada inmueble

Subir el alquiler

Si te interesa saber cuál es el valor que se debe abonar por una vivienda determinada en alquiler en Catalunya es necesario consultar el índice de rentas de l’ Agència de l’ Habitatge de Catalunya. El valor no podrá ser mayor al precio por metro cuadrado que establece este índice, que se basa en varios aspectos.

Entre ellos se encuentra la dirección y el barrio donde se encuentra ubicada la vivienda, la superficie útil, el estado de mantenimiento, el año en que fue construida, la calificación energética, entre otros. Todos estos aspectos ayudarán a determinar un baremo de precios, que será el que indicará el valor definitivo del alquiler.

No obstante, también hay ciertas fórmulas para aumentar las rentas de manera completamente legal. Son muchos los propietarios que las desconocen, por eso hemos decidido contarte todo lo que necesitas saber al respecto.

Fórmulas para subir el alquiler

Para disminuir los efectos ocasionados por la limitación de precios del alquiler, los propietarios pueden optar por aplicar ciertas fórmulas que les permitan subir el alquiler de manera legal, sin dejar de lado la normativa.

El valor de alquiler aumenta si el inmueble cuenta con elementos extras

El índice nos indica tres tipos de precio: mínimo, medio y máximo. Es importante tener presente que siempre se debe aplicar el precio medio. No obstante, a este se le puede aumentar entre el 5% y el 10%, siempre que cuente, como mínimo, con tres de los siguientes elementos:

  • Servicio de conserjería

  • Ascensor

  • Mobiliario

  • Plaza de garaje

  • Sistema de calefacción y refrigeración

  • Zonas comunitarias de uso común

  • Piscina comunitaria

Es importante resaltar que, si logras aumentar este 5% o 10%, deberá multiplicarse sobre el valor de la superficie útil del inmueble, no de la superficie construida.

En caso de que el propietario haya realizado obras de mejora en la vivienda, para mejorar su eficiencia energética, su habitabilidad, su seguridad y su confort, la realidad es que este no podrá aumentar el valor del alquiler establecido por el índice de rentas. No obstante, sí puede beneficiarse de las ayudas del gobierno para la rehabilitación de viviendas, del mismo modo que puede repercutir parte del capital invertido en la renta según la normativa establecida en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Firmar un contrato de alquiler temporal

Firmar un contrato de arrendamiento de temporada o de alquiler vacacional en lugar de uno de vivienda habitual también posibilita aumentar el coste del alquiler. Esto se debe a que este tipo de contrato no se encuentra ligado al índice de precios. No obstante, es necesario considerar que habrá que abonar tasas de gestoría y notaría siempre que se vuelva a alquilar el inmueble, que probablemente, puede ser bastante seguido ya que se trata de un contrato temporal.

Añadir al alquiler impuestos y servicios

Más allá de la renta, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) también admite que el propietario cobre ciertos gastos necesarios vinculados al mantenimiento del inmueble, como por ejemplo, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la tasa de basura o bien, los gastos de la comunidad.

No obstante, es importante tener en cuenta que, la nueva legislación, permite añadir dichos gastos solo en caso que en el contrato de alquiler anterior ya figuraban.

Ten en cuenta que anualmente será necesario actualizar la renta del alquiler dependiendo del valor del IPC. Este aumento debe figurar, también, en el contrato de alquiler.

En resumen, es posible aumentar el alquiler si el inmueble cuenta con elementos extras, si firmamos un contrato de alquiler temporal o bien, si incluimos gastos e impuestos en el contrato.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre estas opciones para subir el alquiler de manera legal. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son las características principales de la comisión inmobiliaria del alquiler.

Es muy habitual que, al momento del poner en alquiler una vivienda o bien, si estás pensando alquilar una casa que surjan algunas dudas. Si tu intención es hacerlo por medio de una agencia inmobiliaria, lo que te ayudará a ahorrar tiempo y evitar posibles imprevistos, debes tener en cuenta que ésta cobrará un importe determinado a cambio de bridarte sus servicios de intermediación.

Esto no implica únicamente enseñar la vivienda, también se ocuparán de gestionar la documentación requerida para alquilar la vivienda e incluso en ocasiones, de contratar un seguro de impago del alquiler. Aquí te contaremos de qué se trata la comisión inmobiliaria, a cuánto se eleva, en qué momento debes abonarla y quién debe encargarse de hacerlo.

¿De qué se trata la comisión inmobiliaria del alquiler?

En primer lugar, es necesario dejar en claro qué es la comisión inmobiliaria del alquiler. Se trata de la cantidad que cobra la agencia inmobiliaria por brindar los servicios para alquilar una vivienda de manera segura. Esto quiere decir que se trata del coste que el propietario o el inquilino, dependiendo de cada caso, deberá abonar por gestionar dicho alquiler y cada uno de los trámites que este implica.

¿De qué forma se calcula la comisión inmobiliaria del alquiler?

Con respecto al modo de calcular la comisión inmobiliaria no hay una ley como tampoco un organismo que se encargue de regular cuál es la comisión o bien, los honorarios mínimos y máximos que se deben abonar a una inmobiliaria para gestionar el alquiler de una casa. No obstante, por lo general el porcentaje es de aproximadamente un 10% de la renta anual o bien, una mensualidad entera, a veces puede llegar a ser dos.

Esto quiere decir que, si una inmobiliaria alquila un piso de 1.500 euros al mes, cobrará 1.800 euros, se trata del 10% de 18 000 que sería la renta anual. De lo contrario, si opta por cobrar una mensualidad, la comisión será de 1.500 euros, o bien, de unos 3.000 en caso de que se trate de dos mensualidades. Es importante destacar que esta comisión se cobra solo una vez.

Sabiendo que, como hemos mencionado más arriba, la comisión inmobiliaria no se encuentra regulada desde un punto de vista legislativo, queda al criterio de esta aplicar la tarifa que crea adecuada. Este valor puede variar según diferentes factores, por ejemplo, la dificultad que pueda llegar a tener el inmueble para alquilarlo, del coste de referencia que tenga en el mercado, de si se trabaja con esa inmobiliaria de forma exclusiva o no, y de la ley de la oferta y la demanda, entre otras opciones. Es por esto que, cada inmobiliaria aplicará la tarifa que crea adecuada dependiendo de cada caso.

¿Quién se encarga de abonarla?

Así como no hay ley que indique la tarifa que deben cobrar, tampoco existe ninguna que determine quién debe ocuparse de pagar la comisión inmobiliaria, si se trata del propietario, el inquilino o de los dos en partes iguales. No obstante, si la casa pertenece a una persona jurídica, esto significa, a una empresa, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), afirma que debe ser ésta quien se ocupe de cualquier gasto vinculado con la gestión del alquiler.

Más allá de que, como ya hemos mencionado, la legislación no se encarga de regular quién debe hacerse cargo del pago de la comisión, en el caso de personas físicas, por lo general es común que sea el inquilino quien se ocupa de abonar del importe.

¿En qué momento se debe abonar la comisión inmobiliaria del alquiler?

Lo habitual suele ser que la comisión inmobiliaria por alquiler se pague previo a que el inquilino ingrese a vivir en la vivienda. En todo caso, debe constar en el contrato de alquiler, del mismo modo que el resto de cantidades que deberá abonar el futuro inquilino, uno o dos meses de la fianza del alquiler, el mes de renta. También, es posible que una garantía adicional si es que el propietario lo considera oportuno, esto puede ser como máximo, de dos mensualidades.

¿Cuáles son las ventajas de que una agencia inmobiliaria gestione el alquiler de una casa?

Siempre es buena idea acudir a los servicios de una agencia inmobiliaria. No solo nos dará la posibilidad de ahorrar mucho tiempo, sino que también nos brindará la tranquilidad. Esto se debe a que una empresa con profesionales especializados en el tema se ocupará de todo lo relacionado al alquiler del inmueble evitándonos muchos inconvenientes y dolores de cabeza.

Por otro lado, también será de gran ayuda a la hora de encontrar a un inquilino solvente y comprometido con el cuidado de la vivienda. Además, se ocupará de ofrecernos un buen asesoramiento inmobiliario y legal, tanto para alquilar la casa al precio adecuado, como para escribir el contrato de alquiler, e, incluso, gestionar ciertos documentos como el certificado energético o la cédula de habitabilidad, o bien, para contratar seguros de impago del alquiler.

Otro punto importante es que se ocupará de tomará fotografías de alta calidad de la vivienda, y redactará un anuncio que nos ayude a tener un mayor número de visitas, lo que implica atraer a más posibles inquilino.

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Se trata de un tema muy recurrente tanto para los propietarios como para los inquilinos. Las principales preguntas son en qué momento se puede aumentar el precio del alquiler, qué cantidad se puede subir, puede aumentar de manera anual, entre otras. Por eso hemos decidido realizar este artículo para despejar todas estas dudas sobre las el precio del alquiler.

En caso de que ya llevemos bastante tiempo viviendo de alquiler es normal que muchos propietarios tengan interés en ajustar el valor de las rentas al precio de mercado. Sin embargo, en el momento en el que se alquiló la vivienda la situación era diferente, y también son muchos los inquilinos que tienen dudas sobre cómo se lleva a cabo este proceso y qué es lo que se debe considerar.

¿En qué momento es posible aumentar el precio del alquiler?  

Al momento de realizar un aumento del precio del alquiler, es necesario distinguir entre dos conceptos diferentes. Por un lado se encuentra la actualización de las rentas y por el otro, el aumento del precio del alquiler tal y como conocemos.

Actualización de las rentas del alquiler

La renta de un alquiler debe ser actualizada de manera anual. Excepto que por contrato ambas partes, es decir, el inquilino y el propietario hayan arreglado otra cosa. Dicha actualización puede ser tanto al alza como a la baja. Esto variará dependiendo de lo que refleje el índice que tomemos como referencia. También, dependerá de la situación actual en la que se realice la actualización.

Por otro lado, la actualización de la renta del alquiler es una cláusula que viene especificada en el contrato de alquiler. Dicha cláusula se fundamenta en el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU):

¿Qué dice el artículo 18 sobre la actualización de la renta?

En este sentido la ley afirma que, durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el propietario o el inquilino en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato. Esto, en los términos pactados por las partes. En caso de no haber pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.

Al momento de realizar la actualización de la renta, se hará uso del índice que se encuentre como referencia en el contrato de alquiler. Lo más aconsejable es que, al momento de seleccionar un índice de actualización de referencia, este sea el Índice Actualizador de Rentas de Contratos de Alquiler (Índice ARCA). Esto se debe a que se trata del único que tiene en cuenta cuál es la situación del mercado del alquiler. No variables ajenas, como por ejemplo el precio de la cesta de la compra o el combustible.

Más allá del índice que se seleccione como referencia para actualizar la renta del contrato de alquiler, también debemos tener en cuenta el momento de ejecutarlo y el modo que indica el mencionado artículo 18 de la LAU. El aumento ocasionado como consecuencia de la actualización anual de la renta no deberá ser superior al resultado de aplicar la variación porcentual experimentada por el Índice de Precios al Consumo a fecha de cada actualización. Se debe tomar como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que se encuentre publicado al momento de actualización del contrato de alquiler.

Por otra parte, el propietario tendrá la obligación de dar aviso al inquilino en tiempo y forma. Tanto sobre la actualización de la renta como del nuevo valor que deberá abonar. Una vez realizados estos pasos, el nuevo precio del alquiler pasará a ser efectivo al siguiente mes. Esto significa, luego de la comunicación, así lo indica la normativa. Es decir, que la renta actualizada será exigible al inquilino a partir del mes siguiente a aquel en que el propietario lo notifique. Esto debe ser por escrito, dejando en claro cuál será el porcentaje de alteración aplicado.

Aumento del precio del alquiler

Una vez aclarado que por un lado se encuentra la actualización de la renta, que se hace de manera anual por medio de un índice de referencia y que puede ser al alza o a la baja, según lo que muestre el indicador, podemos pasar al aumento del precio del alquiler. Aquí te contaremos de qué se trata cuándo el propietario de la vivienda de alquiler decide aumentar el precio del alquiler.

Una vez que el contrato de alquiler llega a su renovación o bien, a su finalización, el propietario de la vivienda puede plantear al inquilino realizar una modificación en las condiciones del contrato. Esto puede suceder únicamente cuando se acerca la fecha de finalización del contrato, y en caso de que las dos partes se encuentren interesadas en la renovación o bien, en realizar un contrato de alquiler nuevo. Es en ese momento es cuando el propietario podrá plantear una subida del precio de la renta. Incluso otro tipo de modificaciones en lo arreglado en el contrato anterior.

La subida de la renta dependerá del criterio del propietario, por lo general se encuentra vinculada a un ajuste a la situación del mercado y deberá ser comunicada al inquilino para que este evalúe si tiene interés o no en renovar el contrato.

Es por esto que, el propietario de una casa en alquiler no puede aumentar la renta de la vivienda mientras esté en vigencia el contrato. Podrá hacerlo únicamente cuando se aproxime a una renovación o bien, cuando va a finalizar.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión sobre las modificaciones del precio del alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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