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Productos vinculados a la hipoteca

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Aquí te contaremos cuáles son los productos asociados que más ofrecen los bancos como bonificación en el interés de la hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Generalmente, los bancos ofrecen productos vinculados a sus préstamos hipotecarios. Los productos asociados se comercializan de manera conjunta a las hipotecas. En caso de que el cliente decida contratarlos, suele recibir a cambio mejores condiciones. Los más habituales son el seguro de hogar, el seguro de vida o la domiciliación de la nómina.

Productos asociados de una hipoteca ¿De qué se trata?

Los productos vinculados son productos que los bancos ofrecen a sus clientes al momento de solicitar una hipoteca. Por lo general, se ofrecen de forma conjunta ya que, si se contrata uno o varios de ellos, la entidad bancaria ofrece mejores condiciones en la contratación del préstamo. Por ejemplo, puede ser abonar una menor cantidad de intereses respecto al diferencial del préstamo hipotecario.

Es necesario tener en cuenta que, luego de la ley hipotecaria de 2019, los productos vinculados pasan a ser en realidad “productos asociados”. En la práctica, se trata de los mismos productos, sin embargo, tienen una gran diferencia. Al tratarse de productos asociados y no vinculados, quiere decir que el banco no tiene la posibilidad de denegar la concesión de la hipoteca si no se contratan los productos asociados. Esto sucedía bastante antes de la ley hipotecaria de 2019.

De esta manera, actualmente, el cliente tiene la posibilidad de decidir si contrata o no un producto asociado al préstamo hipotecario que desea contratar sin que ello signifique quedarse sin acceso a la financiación en el caso de que opte por contratar únicamente la hipoteca y deje fuera a los productos asociados.

¿Cuáles son los productos asociados a las hipotecas más comunes?

Si bien es posible encontrar una gran variedad de productos asociados a un préstamo hipotecario. Aquí te contaremos cuáles son los más habituales que ofrece la mayoría de las entidades bancarias:

El seguro de hogar

Se trata del producto asociado más común de todos. Esto es lógico, ya que, si optamos por contratar una hipoteca para comprar una vivienda, y dicho inmueble es la principal garantía de la devolución de la hipoteca, al banco le interesa que esta se encuentre en buenas condiciones y protegida ante cualquier posible siniestro.

Con respecto a esto, es fundamental tener en claro que, si bien el seguro de hogar no es obligatorio cuando se compra una vivienda, sí que lo será al momento de solicitar una hipoteca. Por ello, es posible considerarlo como obligatorio al solicitar un préstamo a cualquier banco. No obstante, a partir de la ley hipotecario de 2019, el cliente cuenta con la libertad para contratar dicho seguro con la aseguradora que más desee sin que el banco pueda requerir que este seguro se contrate con la misma entidad.

Seguro de vida

Más allá del seguro de hogar, otro de los productos asociados más habituales es el seguro de vida. Se trata de un seguro que garantiza el pago de la totalidad o parte de la hipoteca (según el tipo de póliza contratada) si se da el caso de fallecimiento o invalidez del titular del seguro. El seguro de vida ofrece garantías a la entidad bancaria de que la hipoteca se pagará incluso en caso de que el titular de la hipoteca fallezca. Por otro lado, es un seguro que, generalmente, beneficia significativamente a los herederos de la hipoteca y de la vivienda hipotecada.

El seguro de protección de pagos

En tercer lugar se encuentra el seguro de protección de pagos que los bancos comercializan en forma de producto asociado a las hipotecas. Este seguro cubre al titular en caso de que no llegue a pagar la hipoteca por desempleo o incapacidad laboral temporal.

Es necesario dejar en claro que este tipo de seguro únicamente se hará cargo de los pagos de la hipoteca en estos dos casos, pero no otras diferentes. Por otro lado, en el caso de los desempleados, solo tiene validez si el titular perdió su trabajo pero contaba previamente con un trabajo con contrato fijo. En otras palabras, aquellos que vayan a solicitar una hipoteca con contrato temporal o siendo autónomo quedarían fuera de las coberturas de este seguro.

Cuenta corriente en la entidad bancaria

Más allá de los seguros, el banco también puede ofrecernos otros productos asociados que nos puede ofrecer cuando vamos a pedir una hipoteca es una cuenta corriente. Este es el producto más básico que un banco puede ofrecer a sus clientes. No obstante, es la manera más simple que el banco tiene de cobrar las cuotas del préstamo hipotecario. De esta manera, si tenemos nuestro dinero en la misma entidad que en el que tenemos la hipoteca, el cobro de las cuotas hipotecarias se simplifica y agiliza.

No obstante, a pesar de que al banco le interese que tengamos nuestro dinero en su entidad, es necesario tener en claro que no estamos obligados a hacerlo. Por ello, al momento de buscar una hipoteca para comprar vivienda, es fundamental comparar préstamos hipotecarios entre diferentes bancos y escoger la opción más conveniente. En resumen, al cliente lo que interesa es pagar menos dinero, no que al banco le resulte más sencillo realizar los cobros de la cuota hipotecaria.

Domiciliar la nómina

Por último, otro de los productos asociados que brindan la mayoría de las entidades bancarias es la domiciliación de la nómina. No es un producto en sí mismo, pero sí se trata de una condición que se encuentra asociada al hecho de que abramos una cuenta corriente en el mismo banco.

En otras palabras, si además de tener una cuenta con el propio banco, también domiciliamos nuestra nómina a dicha cuenta, la entidad bancaria nos brindará mejores condiciones al momento de concedernos el préstamo hipotecario. El motivo es que, del mismo modo que sucede con tener una cuenta corriente con el propio banco, domiciliar la nómina aporta mayor seguridad a la entidad bancaria. En otras palabras, el banco cuenta con más garantías de que tendrá acceso a nuestro dinero para poder llevar a cabo los cobros de la cuota de la hipoteca normalmente.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los productos asociados a una hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué consiste el seguro del hogar con la hipoteca y si es obligatorio contratarlo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es muy común que al momento de pensar en comprar una casa requiramos de financiación por medio de un préstamo hipotecario. Habitualmente, comienzan a surgir ciertas dudas, por ejemplo, si realmente es necesario contar con un seguro del hogar con la hipoteca. Si debemos contratar el seguro del hogar que brinda la entidad bancaria es otra pregunta muy frecuente. Cuando vas a contratar un préstamo hipotecario, una de las primeras cosas que te ofrece la entidad bancaria es un seguro de hogar, junto a un seguro de vida y puede que algún otro producto más. Es muy probable que en el banco te digan que es obligatorio, o bien, te lo vendan como si lo fuera. Es por este motivo que hemos decidido explicar cuál es la relación que existe entre el seguro del hogar y el préstamo hipotecario. Además, te contaremos si es o no obligatorio contratar un seguro del hogar al contratar la hipoteca.

¿Contar con un seguro del hogar es obligatorio?

La respuesta a esta pregunta es un claro sí. La ley establece que es obligatorio tener contratado un seguro de hogar de protección básica contra un incendio siempre que la vivienda se encuentre bajo régimen hipotecario.

Así como lo determina la ley el Real Decreto 716/2009 en el artículo 10, será necesario tener contratado un seguro de hogar que como mínimo cubra la protección básica contra un incendio si el inmueble aún está bajo régimen hipotecario.

En otras palabras, esto quiere decir que es obligatorio contratar un seguro de daños, con las coberturas más básicas.

¿Qué dice la nueva ley hipotecaria al respecto?

Por otro lado, en junio de 2019 entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, más conocida como ley hipotecaria. Dicha Ley introduce algunas novedades, entre las que la contratación de seguros vinculados a las hipotecas se hace un espacio.

La nueva normativa hipotecaria prohíbe expresamente las ventas vinculadas, en otras palabras, que las entidades bancarias no pueden obligar a al cliente a contratar ningún otro producto. Esto es lo que se denomina como ventas vinculadas.

Lo que la ley sí permite son las llamadas ventas combinadas, esto significa, la oferta de un interés reducido al contratar otros servicios.

Es necesario dejar en claro que la entidad bancaria probablemente exigirá la contratación de seguros obligatorios, como el de hogar con las coberturas obligatorias que comentamos más arriba. Sin embargo, la entidad bancaria tendrá que admitir cualquier propuesta de seguro externa como válida si cumple con las exigencias requeridas.

De hecho, en relación con las ventas combinadas, el banco deberá facilitar dos ofertas por separado, una con la bonificación y otra sin ella. De este modo, el cliente tendrá la posibilidad de comparar precios de manera adecuada.

¿Qué ofrecen las compañías de seguros de hogar?

La realidad es que, por lo general, las compañías de seguros de hogar no acostumbran a brindar pólizas tan básicas. Las aseguradoras cuentan con distintas pólizas con coberturas más o menos amplias y, en este caso, la póliza más básica sería completamente suficiente.

Lo más común que se suele contratar es un seguro del hogar multirriesgo o seguro de hogar a todo riesgo. Esto, sin lugar a dudas, garantizará la seguridad y tranquilidad del propietario.

¿Debemos contratar el seguro del hogar con la entidad bancaria de la hipoteca?

La entidad bancaria no puede obligar a su cliente a contratar su propio seguro de hogar, tampoco de ninguna aseguradora en concreto.

Con respecto a este punto, el Parlamento Europeo afirma lo siguiente:

Las entidades financieras tienen prohibido obligar a los usuarios de un préstamo hipotecario a contratar su seguro de hogar, así como un seguro de vida.

El cliente cuenta con total libertad a la hora de escoger la póliza de hogar que le resulte más conveniente y satisfaga sus necesidades, tanto económicas como de protección.

El usuario puede buscar el seguro de vivienda que más le convenga y deberá demostrarle a la entidad financiera que cuenta con un seguro contratado.

¿Es posible desvincular el seguro del hogar del préstamo hipotecario?

La respuesta es sí. Para poder desvincular el seguro del hogar del préstamo hipotecario, debes tener en cuenta que, será necesario llevar a cabo una serie de pasos y tener en cuenta ciertos puntos al respecto.

Puntos a tener en cuenta

  • Notificar al banco: Será necesario notificar a la entidad bancaria sobre la cancelación de la póliza con, como mínimo, un mes de anticipación.

  • Documento: La entidad bancaria tiene la posibilidad de exigir un documento en el que se refleje la validez de la póliza.

  • Beneficiario: En caso de que ocurra algún accidente, la entidad bancaria sería el beneficiario del seguro.

  • Pactar con la aseguradora: es necesario pactar con la aseguradora el inicio de la póliza para que luego, coincida con la finalización del seguro contratado con la entidad bancaria.

Ten en cuenta que, es probable que se pierda cualquier tipo de bonificación que se tuviese con la contratación del seguro.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el seguro del hogar con la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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