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Las transformaciones en la ciudad de Madrid no paran. Los retos urbanísticos a los que se enfrenta la capital española son múltiples. En distintos puntos de la gran urbe se desarrollan distintas operaciones inmobiliarias. Las mismas modificarán, inexorablemente, la fisonomía del entorno urbanístico. En el proceso, algunos puntos emblemáticos fueron eliminados. Por eso, dos importantes centros comerciales en Madrid.

No todos los cambios son iguales. En el Norte, los proyectos son de crecimiento. Mientras que en otros distritos, como Latina y Arganzuela, los cambios producirán una verdadera transformación en la fisonomía. Alli, dos centros comerciales serán cerrados y completamente demolidos. En su lugar, sobre sus solares, nuevos edificios con usos absolutamente diferentes se erigirán en los siguientes meses. Los vecinos, que conocen hace años estos dos establecimientos, se enfrentan entonces al “apocalipsis retail” a la española.

La Ermita

Es el caso de las 600 nuevas viviendas que se levantarán en el barrio de Los Carmenes en el espacio que quedará a partir de la demolición del Centro Comercial La Ermita. El proyecto enmarcado dentro de la operación Mahou Calderón también contempla la construcción de zonas verdes que servirán de conexión entre Madrid Río y un centro cultural.

Los vecinos de la zona, en tanto, perderán uno de sus puntos más emblemáticos y sus principales atracciones. Tales como el karting de Carlos Sainz o su bolera (una de las más longevas de España). También desaparecerá el Teatro Goya, antigua sala de conciertos Aqualung. Todo ello será reubicado. Las últimas dos buscarán una ubicación por la misma zona, mientras que la empresa de rally se irá a otro punto de la ciudad.

Algunos aseguran que dicho centro comercial posee una actividad escasa. El Ayuntamiento, por ejemplo, considera que está obsoleto. Para la institución pública el establecimiento oficia como una barrera urbana que separa los parques de Caramuel y la Ermita del Santo. Así quedó expresado en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Conexión verde

En su lugar, como se ha dicho, habrá seis manzanas con 100 viviendas cada una. Es decir, unas 600 propiedades. De ese total, 150 (un 27%) tendrán titularidad municipal. En el centro de cada bloque habrá una gran torre de 23 pisos. Además, entre seis y 12 plantas, con locales comerciales y restaurantes en los bajos. Una característica peculiar será que alrededor de los pisos existirán corredores verdes mediante los cuales el parque de Caramuel y el de San Conrado quedarán unidos. Así, el parque de la Cuña Verde y los de Aluche, el del Cerro de Almodóvar, el de las Cruces y el Bosque Metropolitano conectarán Madrid Río y la Casa de Campo.

Un pasado para el recuerdo

Construido en la década de 1990, La Ermita fue el primero de toda España en contar con un parque acuático cubierto. Las olas de tres metros de profundidad y los toboganes de 70 metros asombraban a cada uno de los visitantes. También contaba con la mítica sala de conciertos Aqualung. David Bowie, Iggy Pop, Oasis, Status Quo o Duran Duran pasaron por allí. Sin embargo, en 2006 fue clausurado por reformas.

Lamentablemente, aquellos tiempos de fulgor quedaron atrás. Hoy, se lo considera en decadencia. Pocos clientes se acercan al establecimiento. Muchos negocios permanecen cerrados. Solo sobreviven algunos, como un supermercado DIA, un Burger King, un Foster’s Hollywood, una piscina infantil y un instituto de artes marciales. También persiste un gimnasio, la bolera y el karting. No obstante, con la demolición toda la zona quedará regenerada.

El Corte inglés de Méndez Álvaro

Hay otros casos de centros comerciales en Madrid que cuentan con fecha de demolición. A el Méndez Álvaro le espera el mismo destino. En pleno centro de la capital española, el edificio de siete plantas inaugurado en 1992 será reemplazado por una torre de oficinas. La construcción se levantará entre la estación de autobuses y las vías del tren.

Con el megaproyecto inmobiliario, una gran cantidad de empresas comenzaron a mostrar su interés por situar su sede en la zona. Así, los grandes almacenes que integran el inmueble de 11.811 metros cuadrados consiguieron la autorización inicial de demolición por parte del Ayuntamiento de Madrid. En tanto, dos torres de 27 plantas destinadas a oficinas ocuparán el solar vacante.

El Corte Inglés de Méndez Álvaro respondía a «las tendencias del pasado reflejadas en una gran superficie comercial de alimentación y con acceso en coche. Así lo aseguró el informe técnico elaborado por Deloitte. El modelo de negocio ha quedado atrasado. La preferencia de los consumidores en alimentación ha virado a formatos más pequeños, de proximidad y accesibles a pie. Por eso, el Centro de Méndez Álvaro “ha perdido parte de su atractivo comercial”.

¿Conoces estos centros comerciales en Madrid? ¡Cuéntanos alguna anécdota que tengas allí en los comentarios! Para conocer los nuevos tipos de centros comerciales que se proyectan a futuro, sigue el siguiente enlace:

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Los  ingresos por inversión extranjera en España subieron más del 50% durante la primera mitad del año. La comunidad Autónoma de Madrid se quedó prácticamente con el 70% del total.

En los primeros seis meses del año, España ha recibido un 53,4% más de inversión extranjera que en 2021. Así lo demuestran los datos publicados por la Secretaría de Estado de Comercio, que depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Son en total 15.600 millones de euros, de los cuales la Comunidad Autónoma de Madrid recibió cerca de 11.000 millones. Al igual que el año pasado, la inversión extranjera en España viene creciendo de manera sostenida. La fabricación de maquinaria, todo lo concerniente a la energía y las telecomunicaciones fueron los principales destinos de negocio.

La inversión extranjera en España

La cantidad de euros que recibió España durante los primeros seis meses del año han sido un 53,4% más que durante el mismo periodo de 2021. De acuerdo a los datos publicados por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, son unos 15.600 millones de euros.

El aumento de los volúmenes de inversión extranjera en España se debe al mejor desempeño en los dos primeros trimestres  del año vigente. En el primero, la cifra invertida por agentes del exterior trepó a 7.606 millones de euros, mientras que entre abril y junio las inversiones fueron por 7.606 millones de euros.

La Comunidad de Madrid es la que más favorecida resultó de las inversiones. Recibió la suma de 10.927 millones de euros, lo que representa el 69,8% del total.

Durante el 2021, las inversiones llegadas también fueron superiores que el año anterior. En ese entonces, los montos llegados al país fueron 28.785 millones de euros. Una suba en términos porcentuales del 17,7% más que durante 2020. Y también fue Madrid la que estuvo por encima de las demás Comunidades en cuanto a inversión. En ese entonces, a Madrid llegó el 73% del total.

La clave del incremento se encuentra en los mejores registros durante el último trimestre de 2021. En ese entonces, los ingresos por inversiones extranjeras alcanzaron los 14.170 millones de euros. También puede interpretarse este periodo que va de octubre a diciembre del año pasado como el punto en que las inversiones foráneas se consolidaron en el país.

Madrid, la que más inversión recibe

Como en el año anterior, la Comunidad autónoma de Madrid es la que recibe mayor volumen de inversión. En estos primeros seis meses del año, el monto alcanzado trepó hasta los 10.927 millones de euros.

En cuanto a las otras comunidades, le siguen Cataluña, con una llegada de inversiones de 1.690 millones de euros; luego se encuentra Navarra, con unos 580 millones; País Vasco, que recibió 546 millones durante el primer semestre del año; a Castilla y León llegaron unos 401 millones de euros; mientras que Asturias, Canarias y Andalucía se encuentran con un registro de inversiones por debajo de los 300 millones de euros durante el primer semestre.

Unos cuantos escalones más abajo están aquellas comunidades cuyo volumen de inversiones recibidas son un tanto marginal respecto a las anteriores. En esa situación se encuentran Castilla-La Mancha (con un registro de inversiones por 54 millones de euros); Aragón, que recibió 50 millones de euros; Galicia, 19 millones; mientras que hasta Cantabria, Extremadura, La rioja y Murcia llegaron inversiones por menos de diez millones de euros.

En lo que respecta al origen de la inversión extranjera en España, el país que más capital arrojó en suelo español fue Luxemburgo: 6.703 millones de euros. Luego se encuentra Estados Unidos, con 2.533 millones de euros y el Reino Unido, con 2.218 millones euros invertidos en España.

Reglamentación de las inversiones extranjeras en España

En los primeros seis meses del año, el sector que más atrajo las inversiones extranjeras fue el rubro de la fabricación de maquinaria y equipo, con 1.856 millones de euros; luego aparece el segmento de “suministro de energía eléctrica, gas y vapor por aire”, que recluto unos 1.302 millones de euros. Y el tercer destino de llegada de la inversión es “telecomunicaciones”, con 1.209 millones de euros en los primeros seis meses.

La Unión Europea ha tomado distintas medidas que buscan imponer criterios de autorización de las inversiones, sobre todo en lo concerniente al rubro Defensa. Pero también busca blindar las actividades estratégicas.

La normativa puesta en vigencia responde a la preocupación generalizada respecto de las empresas de sectores sensibles o estratégicas. Incluso se elaboraron un conjunto normativo para evitar que inversiones extranjeras se queden con aquellas actividades estratégicas. Aunque España ya cuenta con varias leyes y decretos que legislan en ese  sentido.

Los inversores elijen a España

Otro de los aspectos positivos de la inversión extranjera en España es la puesta en vigencia de la Golden Visa. Se trata de una ventaja para aquellas personas físicas que adquieren inmuebles por más de 500.000 euros.

Todos estos indicadores dan cuenta que el mundo de las inversiones ve en España una posibilidad de generar ganancias con relativa seguridad y sin correr los riesgos que existen en otros países. El mundo está mirando e invirtiendo en España por la estructura robusta de su sistema financiero y económico en general.

Que el volumen de inversiones crezca año tras año, termina aumentando la fortaleza del sistema económico español. Hoy se encuentra en el centro de las preferencias de inversión. Y todo indica que la tendencia se mantendrá en el alza.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca del crecimiento de la inversión extranjera en España. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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¿Quieres conocer las últimas noticias en materia inmobiliaria? Te encuentras en el lugar indicado. En OI REAL ESTATE, te indicaremos todo lo que necesitas saber y en esta ocasión, hablaremos acerca de que suben los precios de los alquileres en Cataluña. Te invitamos a leer el siguiente post.

Comprar o alquilar propiedades, se ha convertido en un verdadero desafío para los españoles y es que, los precios para acceder a ellas son muy elevados, para quienes no cuentan con una gran capacidad adquisitiva. Sin embargo, una de las mayores preocupaciones se observa en la falta de viviendas en alquiler, lo que hace que muchas personas que necesitan de un sitio para vivir, no tengan opciones disponibles.

Como si fuera poco, las rentas presentan costes cada vez más altos y el riesgo a convertirse en inquilinos morosos aumenta, así como también, la cantidad de okupas que toman viviendas en alquiler. Los propietarios se encuentran en un estado de alerta permanente, mientras que los inquilinos deben debatirse, sobre las pocas opciones de oferta que se les presentan para arrendar. Además, suben los precios de los alquileres en Cataluña, por lo que la posibilidad de alquilar se vuelve aún más compleja. ¿Quieres obtener mayor información sobre este tema? ¡Sigue leyendo!

Preocupación entre los inquilinos: Suben los precios de los alquileres en Cataluña

Europa atraviesa una gran crisis económica, producto de la guerra que Rusia mantiene con Ucrania, lo que ha provocado muchos inconvenientes. Uno de los que más ha sufrido es, el mercado inmobiliario y España, ha tomado cartas en el asunto impidiendo que los propietarios puedan aumentar las rentas por más de un 2%.

En el Decreto-ley 11/2022 se establecen las medidas dispuestas para hacerle frente a la situación económica, pero no se habla de ningún resarcimiento para los propietarios, ante la imposibilidad de subir las rentas. Esto consigue que, muchos caseros se retiren del mundo de los alquileres y coloquen sus casas a la venta.

Sin embargo, las zonas que presentan oferta de viviendas en alquiler tienen los precios de renta muy altos. Esta circunstancia, solo ha provocado mayor esfuerzo económico para pagar los costes de renta, porque los inquilinos que quieran disponer de un piso se deberán enfrentar con la noticia, de que suben los precios de los alquileres en Cataluña.

Cada vez menos contratos de arrendamiento

Los contratos de alquiler son el documento, en donde se establecen las obligaciones y derechos que tienen los arrendadores y arrendatarios respecto a un piso en alquiler. De acuerdo a la información que brinda Idealista, se observa una gran baja en el número de contratos firmados.

La diferencia es tan notoria que, se indica un 11% menos de contratos de alquiler firmados, esto se debe a la oferta que cada vez es más escasa y a los altos precios de renta que, se piden a la hora de arrendar un piso. Barcelona, es uno de los lugares en donde se observa una baja importante de contratos.

Si en términos medios, se habla sobre la baja de contratos de alquiler en un 11%, en Barcelona esa cifra es más grande. Los contratos han bajado en un 17%, mientras que suben los precios de los alquileres en Cataluña, lo que hace que esta situación genere una gran incertidumbre para los inquilinos.

¿Los precios aumentan de igual manera en toda la zona?

Aunque, a nivel general suben los precios de los alquileres en Cataluña, hay zonas en donde los aumentos no son tan elevados. Sin embargo, el lugar que presenta mayores aumentos es la ciudad de Barcelona, allí los precios son muy altos y existen pocas opciones, para los inquilinos que no cuentan con empleos fijos y buena posición económica.

Se estima que, en los últimos meses se han vivido aumentos que traspasan el 10% en la ciudad de Barcelona, lo que es preocupante. No obstante, Cataluña establece aumentos que van desde el 5% al 8%, si bien son altos con respecto a las cifras que se tenían el año pasado, la ciudad de Barcelona experimenta las subidas más altas

Además, los contratos de alquiler han disminuido notablemente, llegando a una baja del 7,5%. Ser inquilino ante un panorama de este tipo, no es una situación agradable, pero las crisis económicas que se viven, provocan estos desajustes y hacen que los arrendadores y arrendatarios deban tomar decisiones complicadas para subsistir.

Suben los precios de los alquileres en Cataluña: Barcelona tiene las rentas más altas

Una de las cosas más importantes que han ocurrido en los últimos tiempos es, que se ha observado cómo suben los precios de los alquileres en Cataluña. Esta cuestión, ha generado gran preocupación entre los inquilinos, al punto de no tener dinero suficiente para alquilar un piso.

Además, Barcelona que es una de las ciudades más requeridas, se ha convertido en la que presenta los costes más altos de renta. Se calcula que, el coste mensual alcanza números cercanos a los 1000 euros, lo que significa un gran esfuerzo económico para los arrendatarios que, en su gran mayoría han cambiado de destino para conseguir alquiler.

Si necesitas ayuda para alquilar piso, acude a OI REAL ESTATE

¿Deseas colocar tu propiedad en alquiler o, quieres alquilar el mejor piso de la zona? No tienes de qué preocuparte, en OI REAL ESTATE, te brindaremos la información que necesitas conocer, para transformarte en el mejor propietario o inquilino. Te invitamos a ingresar a nuestro sitio web, para indicarte los servicios con los que contamos.

Además, te ayudaremos a responder cualquier pregunta que poseas sobre los alquileres y, te acompañaremos en todo lo que requieras. Nuestro deseo es que conozcas el mundo inmobiliario en su totalidad, con el fin de tomar las mejores decisiones para tu proyecto o tu vida. Ser propietario de una vivienda puede ser complicado, pero estamos aquí para ayudarte con lo que necesites.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

Si te ha interesado el post que acabas de leer, puedes continuar informándote al respecto sobre la temática. Te invitamos a leer la siguiente nota, que te aportará mayor información a lo leído.

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Cada vez son más los extranjeros que buscan en nuestro país venta de casas para diferentes fines. Entre los meses de enero y junio, se han realizado 328.208 compraventas, continuando una favorable evolución y crecimiento. En OI REAL ESTATE analizaremos los datos recogidos respecto a este tema que toma mucha relevancia, si es que estás pensando en vender tu propiedad.

Durante los primeros seis meses de lo que va del 2022 se han registrado un total de 328.208 transacciones. Estos niveles, no se contabilizaban desde del año 2008 donde se vivió el boom inmobiliario. Un dato a remarcar es que el segundo trimestre del año, ha sido el segundo mejor resultado desde ese año. Esta estadística ha sido recogida por el Colegio de Registradores de la Propiedad quien se encarga de realizar la Estadística Registral Inmobiliaria.

Qué tipo de casas buscan los extranjeros

Gracias a los datos que pueden ser recabados, es posible establecer algunas tendencias acerca de las nacionalidades de los compradores y que tipo propiedades son las que buscan.

Son cada vez más los extranjeros que se acercan a nuestro país con el fin de poder asentarse en él por temporadas o por estancias más largas, gracias por ejemplo al teletrabajo, que permite hoy en día a muchas personas poder realizar su tarea desde cualquier parte del mundo. Todo ello, permite pensar en esto como un nuevo fenómeno, que podría traer muchos beneficios para el mercado de segunda residencia. Además, consolidarse y generar un efecto de arrastre que pueda provocar el aumento en la cantidad de transacciones y compradores para el futuro.

Los bienes inmuebles, hoy en día han ganado más importancia luego del covid gracias al aumento del teletrabajo. Además, las propiedades se han convertido y se mantienen desde hace tiempo como una inversión sumamente utilizada, más que nada ante la volatilidad en bolsa y los intereses bajos que se presentan. Existe además, otros datos a tener en cuenta, por ejemplo el efecto energético. En nuestro país, los costes de energía son más económicos que en otros lugares del mundo.

Pero no son las únicas características positivas con las que contamos, y que atrae al comprador extranjero. Tanto el clima, la conectividad aérea y el coste de vida, son otros de los puntos atrayentes.

Localidades que registraron más ventas de casas

Detallaremos a continuación cuáles son las principales provincias en las que se han registrado más transacciones en favor de extranjeros.

  • El primer puesto se lo lleva Alicante, con un 42,19 por ciento,
  • Luego se sitúa Santa Cruz de Tenerife, con un 38,28 por ciento
  • Las Islas Baleares por su parte, han registrado un 34.60 por ciento
  • Málaga, continúa en el listado con un 32.76 por ciento
  • Las Palmas alcanzó un 26.59 por ciento
  • Girona continua con un 26.29 por ciento
  • Almería registró un 20,20 por ciento.

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La Costa Blanca, por ejemplo es una localidad que tiene una particularidad bastante interesante, que se relaciona con que cuenta con precios más económicos. Por otro lado la Costa del Sol, es una localidad donde se encuentra el mayor volúmen de propiedades a la venta.

Algunas características más solicitadas, cuando se buscan venta de casas por parte de extranjeros,  suelen ser:

  • Apartamentos
  • De dos o tres dormitorios
  • Viviendas adosadas de tres habitaciones
  • Que cuenten con terraza
  • Una gran cantidad de extranjeros, prefiere que tenga piscina
  • Además que cuenten con jardín comunitario
  • También buscan que se encuentre cercana a la playa o a un campo de golf y que pueda ser utilizada como segunda residencia.
  • Y por último, que se emplace en zonas turísticas.

Información de venta de casas a extranjeros

Datos recabados

En el último tiempo, este Colegio, ha agregado a la información que recaba para las estadísticas la nacionalidad a la que pertenecen los compradores. De esta manera han logrado agregar un dato de suma importancia para quienes intentan analizar con profundidad la forma en que se mueve el sector inmobiliario. Por ejemplo, se ha logrado establecer que los niveles máximos a los que se había logrado llegar era de un 13 por ciento de extranjeros realizando transacciones en nuestro país.

Hasta finales del 2015 los registros habían llegado a un 14,38 por ciento, aunque hay que aclarar que nos encontrábamos en un contexto económico bastante distinto. El registro total de venta de casas realizadas en dicho año entre los meses de octubre y diciembre, fue de 84.000 propiedades.

La pandemia, debemos recordar, ha afectado durante aproximadamente dos años el movimiento de extranjeros por todo el mundo. Debido a ello, la cantidad de ventas de casas se ha visto afectada. Desde el tercer trimestre del año 2021, al normalizar la entrada de ciudadanos de otros países, la compra de viviendas por parte de extranjeros volvió a los niveles prepandémicos. Gracias a ello, desde esa fecha, se registraron más 16.000 transacciones en los cuatro trimestres siguientes.

Cifras actuales de venta de casas

El Colegio de Registradores ha presentado la información referida a los primeros dos trimestres del año en curso. Gracias a ello, podemos establecer algunos datos interesantes para analizar. Las operaciones llevadas adelante por parte de extranjeros, han superado un total de 20.000 transacciones de venta de casas. Cabe destacar que son niveles que no se habían logrado registrar nunca hasta el momento.

Pero desglosemos un poco más estos datos. En el transcurso del primer trimestre, han adquirido un total de 21.638 viviendas. En el segundo, ese registro ha sido superado, alcanzando un total de 24.029 transacciones. Esta información nos permite suponer que es un segmento que puede tener un importante recorrido alcista.

Desde OI REAL ESTATE te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros, si es que estás buscando vender tu propiedad.  Somos una inmobiliaria de lujo que cuenta con más de diez años de experiencia en el sector. Contamos, además, con profesionales que podrán ayudarte a lograr tu objetivo y toda la información que seguro estás buscando para realizar la transacción de manera ágil y segura.

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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Con el retiro del BCE del mercado de bonos soberanos, la deuda española en manos extranjeras es mayor. También los bancos locales hicieron crecer su participación. Es una estrategia que se puso en marcha durante julio pasado y que sigue ejecutándose aún hoy.

Cuando el Consejo de Gobierno del BCE se reunió, de manera extraordinaria, a raíz de la amenaza que sufrían los bonos de las aseguradoras italianas, el plan trazado ya se estaba poniendo en marcha.

A partir de entonces, la estrategia de la autoridad monetaria europea centró sus esfuerzos en el manejo de los tipos como variable ante la inflación que amenazaba, y amenaza aun hoy. La idea es no permitir que se llegue a la situación de fragmentación financiera en algún mercado de la zona euro.

El BCE abandona posiciones

El BCE dejó la deuda soberana española en manos extranjeras y de la banca local. Como cada vez que la autoridad monetaria retrocede, los bancos se valen de las posiciones que deja el BCE. Pero esta vez las razones están ligadas a una estrategia de contención de la inflación. Para lo cual los tipos se han trasformado en la variable de ajuste.

Estas acciones que se vienen desarrollando buscan, por un lado, cerrar el grifo de liquidez circulante. Mientras que, por el otro, hacer las veces de respaldo ante cualquier indicio de debilitamiento del sistema financiero. Las continuas subas de los tipos tienen consecuencias en los préstamos y las hipotecas; pero las entidades financieras oficiales prefieren correr ese riesgo a que la inflación termine por dispararse de manera descontrolada.

De manera explícita, el BCE mantiene un lugar de importancia en el mercado de valores y bonos. De hecho, sigue en sus manos la reinversión de deuda que está al finalizar. Además, también desarrolla mecanismos de sostén del mercado a través de la compra compulsiva de las primas de riesgo que puedan tensionar a la suba. Con esto, lo que trata de hacer es darle robustez al mercado de valores, haciendo las veces de garante del equilibrio en los mercados.

Paulatinamente, se fue retirando de la compra de bonos soberanos. Cuando comenzó julio, directamente se interrumpieron. Y, seguidamente, el ataque a la inflación tuvo como herramienta principal el manejo de los tipos. Una estrategia que busca, como dijimos, bajar los índices de circulante y quitarle presión a la demanda, y así intentar frenar el proceso de suba de precios generalizada.

Deuda española en manos extranjeras

Los datos otorgados por los organismos oficiales para el primer semestre del año dan cuenta que la banca local posee unos 158.058 millones de euros en bonos púbicos. Se trata del volumen más alto desde junio del año pasado. Y también significan 4.200 millones de euros más que el mes anterior.

En definitiva, el segundo trimestre del año fue donde se profundizó la tendencia. Justo en abril, cuando el BCE anunciaba su pronto retiro del mercado de bonos soberanos. En los tres meses que le siguieron al anuncio, los bancos nacionales adquirieron 10.200 millones de euros más en los títulos mencionados.

En lo que respecta a la deuda española en manos extranjera, éstos también subieron las tenencias. También aumentaron en junio respecto de mayo en 7.600 millones de euros. El cierre de la mitad de año arrojo un total de 498.649 millones de euros en títulos españoles a mano de la inversión extranjera.

El informe mencionado, también contiene el balance de la deuda hasta mitad de año. España tiene una deuda que llega a los 407.267 millones de euros. Un monto al que se llegó a partir del aumento durante el mes de junio de más de 3.000 millones de euros.

De todas maneras, se trata de una merma, o más bien una desaceleración respecto del año anterior. Y también lo es considerando los primeros seis meses del año en curso.

Rentabilidades de bonos

La fijación de los esfuerzos del BCE en los tipos ha dejado la deuda española en manos extranjeras y de la banca. Esto terminó valorizando los títulos como el bono a 10 años, que se cuenta con un rendimiento del 2,8%. Una subida vertiginosa si se tiene en cuenta que apenas unos meses atrás, la ganancia ofrecida por dichos títulos apenas llegaba al 0,6%. Incluso a mitad de junio pasado estuvo por encima del 3%.

Fue entonces que las primas de riesgo en España y más profundamente en Italia, comenzaron a mostrar signos de debilidad. Ante esta realidad, lo sabido: el Consejo de Gobierno del BCE trazó un plan que, a la vez sirva de combate a la inflación y resguardo ante la posible profundización de las tensiones en los mercados financieros.

El mercado de los bonos también fue afectado por el contexto. Los sucesos de la guerra en Ucrania y la inflación, principalmente. Pero hay también factores de mucho peso, y que dan cuenta del grado de incertidumbre por el que atraviesan los mercados inmobiliarios.

Aun así, los bonos de deuda corporativa, donde la participación del BCE llegaba hasta un 40%, hoy día es apenas del 10%. Y todo indica que lo seguirá siendo por mucho tiempo.

Retomando un poco, las subas en los tipos dictadas por el BCE estuvieron seguidas por la merma -y luego suspensión- de la compra de bonos soberanos. Así, parte de la deuda española quedó en manos extranjeras y de la banca local.

Los datos indican que la entidad reguladora de los mercados todavía conserva en sus manos nada menos que unos 400.000 millones de euros. Y al parecer, este es el punto en que se va a quedar plantado.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca del aumento de la deuda española en manos extranjeras. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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¿Quieres conocer las últimas noticias en materia inmobiliaria? Te encuentras en el lugar indicado. En OI REAL ESTATE, te indicaremos todo lo que necesitas saber y en esta ocasión, hablaremos sobre si es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes. Te invitamos a leer el siguiente post.

Hallar vivienda en estos tiempos, no es una situación muy sencilla y eso se debe a que, existen cada vez menos propiedades en alquiler y las que se encuentran disponibles, tienen precios de renta muy elevados. Convertirse en inquilino con poco dinero es complicado, pero no imposible. Para el que sabe buscar, siempre tendrá opciones para elegir en España.

Sin embargo, el poder adquisitivo es una variable muy importante a la hora de escoger un sitio para vivir. Comprar una propiedad no se encuentra entre las posibilidades de todos los interesados, pero arrendar también reviste dificultad. Por eso, desde OI REAL ESTATE te indicaremos si es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes. Si quieres conocer la respuesta. ¡Sigue leyendo!

Inquilinos preocupados: ¿Es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes?

Las viviendas en alquiler escasean, las crisis económicas se agudizan y los inquilinos, no saben qué hacer ante esta situación. Además, se asiste a una gran inestabilidad laboral, lo que genera incertidumbre a la hora de arrendar un piso; así como también, los propietarios no cuentan con la certeza de que sus arrendatarios cumplirán con los pagos correspondientes.

El panorama se vuelve muy complejo, por lo que muchos jóvenes no pueden tomar el impulso de independizarse de sus familiares. El precio de los alquileres no es bajo, lo que hace que el esfuerzo monetario que se realice para vivir en un piso, sea muy alto y en muchas ocasiones, no es una posibilidad que se encuentra a la mano.

Por eso, surge una pregunta que es inevitable para los posibles inquilinos ¿Es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes? La respuesta es afirmativa, aunque existe una oferta muy pequeña, quienes deseen alquilar un piso y no destinar todo el sueldo en los costes de la renta; podrán hacerlo, si investigan adecuadamente.

¿Cuáles son los destinos que presentan pocas opciones por este rango de precios?

Las zonas más populares y reconocidas suelen ser muy solicitadas, las opciones disponibles disminuyen y encontrar piso, se vuelve una gran odisea. Además, si a eso se le agrega que los costes de la renta no sean muy altos, las posibilidades de hallar vivienda son muy bajas.

Tanto es así que, en Barcelona, San Sebastián y Palma, no es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes. Las únicas opciones que se encuentran disponibles en esa zona y a ese rango de precios son del 1%, lo que representa prácticamente un objetivo imposible para los inquilinos.

Sin embargo, existen otros destinos que son igual de importantes, pero en donde la oferta establece un número más grande. Entre ellos, se encuentra Valencia, con un 9% de viviendas por debajo de los 700 euros, una situación parecida experimenta Madrid, con una cifra que se acerca al 5%.

¿En qué zonas se pueden hallar precios accesibles para el alquiler?

España es un país muy extenso, lo que indica que hay muchas opciones para elegir a la hora de alquilar. Si bien, se observa que gran parte de los ciudadanos experimentan muchas complicaciones para obtener un piso disponible, se pueden encontrar variedad de ofertas en diferentes destinos.

Sobre la pregunta que se plantea este post, encontramos muchas formas de responderla de manera afirmativa. Por eso, ante la inquietud de si es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes, solo cabe mencionar todas las opciones de ofertas que se encuentran disponibles por ese precio.

En Palencia, Cáceres y Jaén, la oferta disponible para alquilar por menos de 700 euros al mes es muy alta, se calculan porcentajes que llegan al 90%. Ciudad Real, Zamora y Ávila, también se encuentran en el sector de las posibilidades, aquí se podrán alquilar viviendas por precios que no resultan excesivos.

¿Es posible alquilar un piso por menos de 700 euros al mes en España?

Para la sorpresa de muchos, todavía existe la posibilidad de alquilar viviendas por menos de 700 euros al mes. Aunque los lugares más queridos suelen alcanzar costes de rentas elevados, en donde los precios se acercan a los 1000 euros, pero los inquilinos que desean encontrar piso en España por menos de 700 euros al mes; podrán hacerlo.

Girona, que solía contar con una disponibilidad de viviendas muy grande por ese precio; ya no se posee la misma oferta. Tanta es la diferencia que, en la actualidad solo es posible encontrar un 19% de pisos por menos de 700 euros; mientras que el año pasado llegaba a casi el 70%.

Por si fuera poco, lugares como Tarragona o Málaga, también han bajado su oferta de pisos disponibles. Ahora, los precios no son tan asequibles, pero todavía sigue existiendo muy buena oferta para los posibles inquilinos que deseen encontrar su próximo piso en estas zonas.  

Si necesitas ayuda para alquilar piso, acude a OI REAL ESTATE

¿Deseas colocar tu propiedad en alquiler o, quieres alquilar el mejor piso de la zona? No tienes de qué preocuparte, en OI REAL ESTATE te brindaremos la información que necesitas conocer, para transformarte en el mejor propietario o inquilino. Te invitamos a ingresar a nuestro sitio web, para indicarte los servicios con los que contamos.

Además, te ayudaremos a responder cualquier pregunta que poseas sobre los alquileres y, te acompañaremos en todo lo que requieras. Nuestro deseo es que conozcas el mundo inmobiliario en su totalidad, con el fin de tomar las mejores decisiones para tu proyecto o tu vida. Ser propietario de una vivienda puede ser complicado, pero estamos aquí para ayudarte con lo que necesites.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

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Existen tres vías para adquirir una propiedad en España: la primera es la herencia, la segunda es la compraventa y la tercera es la usucapión. De las dos primeras ya hemos hablado en reiteradas oportunidades. Pero ¿en qué consiste la usucapión de bienes inmuebles?

La usucapión, también conocida como prescripción adquisitiva, es un modo de adquirir la propiedad de un bien luego de haber sido su poseedor por un tiempo determinado. Se conoce como adquisición originaria porque no existe la figura de un tercero que haya transmitido la propiedad.

En definitiva, si alguien ha sido poseedor de un bien inmueble durante el tiempo estipulado por la ley, la justicia reconocerá que merece ser su propietario. En consecuencia, podrá adquirir la propiedad sin mediar una compraventa.

Ahora bien, existen muchos mitos y verdades alrededor de la figura de la usucapión de bienes inmuebles. Es por ello que analizaremos las pautas establecidas en el Código Civil de España.

Posesión natural y posesión civil: ¿usucapión de bienes inmuebles?

El código civil distingue entre la posesión natural y la posesión civil. La posesión natural es aquella donde el poseedor tiene la mera tenencia o disfrute del bien inmueble. Es decir, serían poseedores naturales: los vigilantes de la finca, los inquilinos, los custodios del bien, etc. Y, en ninguno de estos casos, se puede proceder a la usucapión.

Este punto es realmente importante porque existe la creencia generalizada de que, si estás alquilando tu propiedad, el inquilino podrá transformarse en dueño del bien inmueble por usucapión luego de transcurrida cierta cantidad de tiempo. Pero esto no es así, pues el arrendatario solo goza de posesión natural.

La posesión civil, en cambio, sí es válida para la usucapión de bienes inmuebles y se define como la tenencia de la propiedad con la intención de ser dueño del mismo. Cuando se recibe una donación, se procede a comprar una propiedad o se ocupa un piso abandonado el poseedor podría convertirse en dueño del bien.

Sin embargo, para que la posesión civil sea válida para usucapir un bien inmueble, debe cumplir con ciertos requisitos.

La posesión civil debe ser pública, pacífica e ininterrumpida

El código civil, en su artículo 1941, establece que: “la posesión ha de ser en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida”.

Sobre el primer ítem, que se refiere a la posesión en concepto de dueño, ya hemos hablado. Pues este término se define como la posesión ejercida por el dueño del inmueble o por la persona que tenga motivos suficientes para creerse dueño.

Que la posesión sea pública implica que el poseedor sea reconocido por la sociedad como dueño de la propiedad. Aquí nos detendremos para hacer una observación: los datos del Registro de la Propiedad son de dominio público. Por lo tanto, un bien que esté inscripto en él no podrá ser usucapido, ya que la posesión pública le corresponderá a aquel que figure como dueño en el registro.

Que sea pacífica implica que no se haya tomado el bien inmueble por la fuerza. Por lo tanto, un okupa no podrá usucapir salvo que no haya generado ningún daño en los elementos comunes o privados de la vivienda en el momento de la usurpación. Pero en aquellos casos en los que el okupa le venda la propiedad a otra persona, esta última sí podrá usucapir: pues no habrá ejercido la violencia y se considerará a sí misma como dueña del bien. Esto será así siempre y cuando se cumplan también el resto de los requisitos.

Por último, que sea ininterrumpida significa que el período de posesión del bien debe ser continuado. En este sentido, se podrá interrumpir la posesión por reclamaciones judiciales o extrajudiciales o porque el poseedor deja de usar el bien por un período mínimo de un año.

Existen dos tipos de usucapión de bienes inmuebles

En el código civil se distinguen la usucapión ordinaria y la extraordinaria. Estas se diferencian por dos aspectos esenciales que definiremos a continuación.

  • La buena fe: se refiere a aquel que cree que es dueño de la cosa. Por ejemplo, cuando el comprador de una propiedad está convencido de que quien se la vende es el auténtico propietario del inmueble.
  • El justo título:  este requisito implica que el propietario del bien debe tener un título que acredite que puede transferir la vivienda. Por ejemplo, debe tener la escritura de la propiedad o un contrato de compraventa.

Sobre esta base, entonces, se definen los dos tipos de usucapión de bienes inmuebles.

Usucapión ordinaria

Consiste en adquirir la propiedad con buena fe y justo título. En este caso, el plazo para adquirir los derechos de la propiedad es de diez años. Con la excepción de que la persona que posee el derecho real viva en el extranjero, pues en este caso el plazo será de veinte años.

Usucapión extraordinaria

La usucapión extraordinaria es la más común en España. Pues a través de esta maniobra se puede adquirir la propiedad sin buena fe y justo título. En otras palabras, a través de la usucapión se puede adquirir un bien inmueble por el simple hecho de probar la posesión del mismo durante un período de tiempo determinado.

En este caso, el plazo es más amplio que en las ordinarias y consiste en treinta años ininterrumpidos.

Aquí cabe hacer otra aclaración importante. Aunque suene paradójico, el tiempo de posesión es “heredable”. Por ejemplo:

Si un hombre fue poseedor de un bien inmueble durante quince años, pero luego fallece, a dicha posesión la heredarán sus hijos y el tiempo seguirá contabilizándose desde el día en que su padre poseyó la propiedad.

Casos típicos de usucapión en España

El problema de la ocupación no es una novedad en nuestro país. En efecto, sabemos que este tema preocupa a todos los propietarios y por eso desarrollamos este artículo donde te contamos cómo proteger tu piso en venta de los okupas.

Pues el ejemplo más característico de usucapión, es el de la ocupación. Así, muchas organizaciones explican cómo adquirir viviendas abandonadas a través de esta metodología. Entonces, proceden a okuparlas de forma pacífica, sin dañar el inmueble, y actuando como legítimos propietarios. Pasados treinta años, podrían declararse propietarios de pleno derecho tras realizar los trámites correspondientes.

Sin embargo, para tu tranquilidad, es importante que recuerdes que:

  • Si estás inscripto como titular de la vivienda en el Registro de la Propiedad, serás reconocido públicamente como único propietario y en este caso no podrán usucapir tu vivienda.
  • Los inquilinos son poseedores naturales, por lo cual no podrán usucapir tu propiedad desde ningún punto de vista.
  • Siempre podrás iniciar acciones legales en el caso de que tu propiedad haya sido okupada. Te recordamos que la mayoría de los casos de ocupación corresponden a usucapión extraordinaria. Por lo tanto, tendrán que transcurrir treinta años de posesión ininterrumpida para que puedan reclamar la titularidad del inmueble.

Recuerda también que la mejor manera de evitar la ocupación es que tu piso esté alquilado y que disponga de un buen sistema de alarmas.

Esperamos haberte ayudado con toda esta información. Como siempre, en Oi Real Estate estamos para acompañarte. Por eso, si quieres vender, comprar o alquilar una propiedad, ¡no dudes en contactarnos!

Si tienes algún comentario para hacernos, puedes dejarlo en la casilla debajo del post. Nos interesa mucho tu opinión!

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¿Quieres conocer la mejor información en materia inmobiliaria? Te encuentras en el lugar indicado. En OI REAL ESTATE, te indicaremos todo lo que necesitas saber y en esta ocasión, hablaremos sobre los seguros de impago del alquiler, una de las técnicas más adecuadas para evitar inquilinos morosos. Te invitamos a leer el siguiente post.

La opción de viviendas que se encuentran en alquiler son, cada vez más escasas y eso se debe, a la falta de seguridades para el propietario que arrienda su propiedad. Los caseros experimentan la morosidad de sus inquilinos a diario y los ingresos que obtienen de las rentas, muchas veces no son suficientes para colocar una vivienda en alquiler. La principal obligación del arrendatario no se está cumpliendo y los propietarios no saben qué hacer al respecto; por eso, en muchas ocasiones eligen vender sus viviendas.

Una de las técnicas más eficaces, para evitar que los inquilinos se demoren con el pago de la renta es, contratar seguros de impago del alquiler. El propietario que alquila su piso debe estar a salvo de cualquier inconveniente, los inquilinos se comprometen a pagar en tiempo y forma, por lo que se debe respetar este acuerdo. Si quieres conocer sobre seguros de impago del alquiler. ¡Sigue leyendo!

¿Qué son los seguros de impago del alquiler?

Pandemia, crisis económicas, inestabilidad laboral y un futuro incierto son, aspectos con los que se cruzan todas las personas en los últimos tiempos. Comprar una casa, no es una oportunidad a la que puede acceder el individuo común, si no cuentan con una gran capacidad adquisitiva; lo que convierte al arrendamiento en la mejor opción.

Sin embargo, esta gran posibilidad para el que desea un sitio para vivir, se ha transformado en un gran desafío para los propietarios. Los empleos que poseen los inquilinos en su mayoría, no son estables y eso se encuentra reflejado en la morosidad que se experimenta; por no contar con dinero necesario para solventar los gastos de renta.

Teniendo esta situación en mente, muchos propietarios deciden salir del mercado del alquiler y vender sus pisos. Pero esta decisión se puede evitar, si se cuenta con seguros de impago del alquiler; las empresas aseguradoras realizan una selección y eligen al mejor inquilino para vivir en la propiedad alquilada, donde se garantizan los pagos a tiempo.

¿Cuáles son las posibilidades qué este servicio ofrece a los propietarios?

En años anteriores, era prácticamente imposible encontrarse con inquilinos morosos, los contratos de alquiler se respetaban a rajatabla y la obligación principal del arrendatario consistía en pagar las rentas mensualmente. También, se experimentaba una vivencia en donde el empleo era seguro y no había tanta inestabilidad laboral.

Hoy en día, quien tenga la intención de alquilar su vivienda debe asegurarse que su inquilino pagará como corresponde, pero el riesgo de que esto no suceda se encuentra en aumento. Por eso, los seguros de impago del alquiler evitan que los arrendatarios se conviertan en morosos.

Los seguros del alquiler, además de evaluar la solvencia económica de los posibles inquilinos, también cubren rentas atrasadas en el caso de que los arrendatarios no paguen como se debe. A la vez que, ayudan a resolver problemas de incumplimiento de contratos de alquiler o, roturas en la vivienda ocasionadas por el inquilino.

¿Son herramientas eficaces a la hora de evitar inquilinos morosos?

Los seguros de impago del alquiler son, la herramienta indispensable para que los arrendadores se sientan seguros, a la hora de colocar su vivienda en alquiler. El principal objetivo que se desea cumplir es el obtener ganancias mensuales, por lo tanto, los inquilinos que necesiten un piso deberán cumplir con este trato.

Para evitar circunstancias desagradables, como la que se establece cuando existe morosidad, se puede recurrir a los seguros de impago del alquiler. Presentan un coste para el arrendatario que, se fija entre el 3 y 5% de lo que el inquilino paga por año; lo que se considera un valor muy bajo, para obtener una seguridad plena de pago mensual.

Por otra parte, las aseguradoras de este tipo examinarán, si los posibles inquilinos se encuentran en el fichero de morosos. Esta información es de vital importancia, porque de hallarse en ese lugar, no serán tenidos en cuenta para solicitar ese alquiler; también se privilegiará a quienes cuenten con trabajo estable.

¿Por qué se requieren seguros de impago del alquiler?

La morosidad no puede ser un asunto cotidiano, se lo debe evitar y para que los pagos de la renta se realicen como se debe, es de suma necesidad contar con seguros de impago del alquiler. Esta posibilidad, logrará que los propietarios reciban el dinero de la renta todos los meses y sin inconvenientes.

Además, se descubrirá con anticipación si el posible inquilino ha tenido problemas de morosidad con sus antiguos caseros o, si se ha comportado de una manera reprobable. En el caso, de que un inquilino decida continuar viviendo en una propiedad alquilada y no quiera pagar; el propietario podrá iniciar una demanda cuando lo crea necesario.

Si necesitas ayuda para alquilar piso, acude a OI REAL ESTATE

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Este tributo se debe abonar en documentos notariales, mercantiles y administrativos. El porcentaje que debe abonarse dependerá de lo establecido por la Comunidad Autónoma en la que sea necesario pagar el impuesto. Desde OI REAL ESTATE te contamos todo lo que necesitas saber acerca del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados ya que si estas por realizar la compraventa de una vivienda, deberás pagar este tributo.

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es un impuesto que alcanza a documentos notariales, administrativos y mercantiles. Será obligatorio en actos realizados en el ámbito nacional y además en aquellos que se llevarán adelante en el extranjero pero que cuentan con efectos tanto jurídicos como económicos en nuestro país.

El IAJD grava los documentos jurídicos necesarios para transmitir la propiedad, por lo que se aplica un porcentaje sobre el valor de escrituración de la vivienda. Este último oscila entre el 0,5% y el 1,5%, puesto que varía en cada comunidad autónoma. Veamos cómo se aplica en cada región:

¿Cuánto se paga por el IAJD en cada comunidad autónoma por la adquisición de una vivienda?

IAJD en Andalucía 

El IAJD se grava con un el 1,5% del importe de la venta, pero existen dos casos de tipos reducidos:

  • Inversión en vivienda habitual por un importe menor a los 130 mil euros; 1,2%.
  • Personas menores de 35 años que adquieran una vivienda habitual por un importe menor a los 130 mil euros; 0,3%.
  • 0,3% para personas con discapacidad igual o superior al 33%.

IAJD en Aragón

En Aragón, el AJD supone el 1,5% del precio de compra de la vivienda, aunque también existen dos casos particulares de reducción:

  • Actuaciones protegidas de rehabilitación, 0,5%.
  • Vivienda que requiera una adaptación funcional para personas con discapacidad, 0,5%.

IAJD en Asturias

El tipo general de IAJD es del 1,2%. En el caso de que el comprador sea beneficiario de ayudas económicas de la administración, se reducirá al 0,3%.

IAJD en Baleares

En Baleares, el gravamen del IAJD es del 1,2%. Varía cuando se adquieren inmuebles que constituyen el domicilio fiscal o el centro de trabajo de una empresa de nueva creación, donde el porcentaje se reduce al 0,5%.

IAJD en Canarias

Canarias es la comunidad donde los impuestos por comprar una vivienda son más bajos. El tipo de gravamen general del IAJD es del 0,75%. Pero se reduce al 0,4% cuando se adquiere una vivienda habitual para familias numerosas, jóvenes menores de 35 años o personas con minusvalía.

IAJD en Cantabria

El gravamen del IAJD en Cantabria es del 1,5%. No disponemos de información sobre las posibles reducciones de este porcentaje.

IAJD en Castilla- La Mancha

El tipo general es del 1,5%; pero podrá reducirse a 0,75% cuando se cumplan las siguientes condiciones:

  • Adquisición de primera vivienda habitual financiada en más del 50% por un préstamo hipotecario.
  • Compradores menores de 36 años.
  • Adquisición de viviendas calificadas dentro de la protección pública.

IAJD en Castilla y León

El gravamen del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es del 1,5%; salvo que se adquiera una vivienda habitual situada en un municipio rural y que el comprador sea menor de 36 años. En estos casos, se aplica el 0,01%.

IAJD en Cataluña

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, el tipo general también es del 1,5%. Este porcentaje se reduce al 0,5% para compradores menores de 33 años o con una discapacidad igual o superior al 33%.

IAJD en Comunidad Valenciana

El tipo general es del 1,5% y se reduce al 0,10% para la financiación de vivienda habitual por parte de familias numerosas y personas con discapacidad.

IAJD en Extremadura

El gravamen en la comunidad de Extremadura es del 1,5% (tipo general). Para la adquisición de vivienda habitual, se reduce al 0,75%; mientras que, si se trata de viviendas con protección pública, el tipo de gravamen es del 0,1%.

IAJD en Galicia

Tipo general del 1,5% para el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Se reduce en las siguientes circunstancias:

  • 1% para la primera compra de vivienda habitual.
  • 0,5% cuando los compradores sean familias numerosas, menores de 36 años o personas con discapacidad.

IAJD en Madrid

En la Comunidad de Madrid, el porcentaje de IAJD que se aplica sobre el valor de la vivienda es del 0,75%. Se reduce al 0,4% o 0,5%; según el valor del préstamo que solicitemos para adquirir la vivienda. Puedes saber más en la web del ayuntamiento.

IAJD en Murcia

Tipo general del 1,5%; que se reduce al 0,1% cuando se financia la compra de una vivienda acogida al Plan de vivienda joven de la Región de Murcia.

IAJD en Navarra y País Vasco

El tipo de gravamen general es del 0,5%. Constituye el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados más económico de todo el país. No hemos encontrado información sobre reducciones.

IAJD en La Rioja

El tipo de gravamen general para La Rioja es de 1,2%. No hemos podido encontrar información respecto de las reducciones de este gravamen.

Deberá abonarse, siempre que se realice la compra de una vivienda de obra nueva. Es responsabilidad de quien adquiere la propiedad correr con el gasto. También deberá gravar, en caso de que solicites un préstamo hipotecario.

Este tributo se encuentra regulado desde el 24 de septiembre del año 1993. El mismo se presenta en conjunto con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y bajo el Real Decreto 1/1993.

En qué documentos se aplica el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

Documentos mercantiles

Este tipo de documentos se encuentra sujetos al tributo de las letras de cambio, certificados de depósitos transmisibles y documentos de pago. La mayoría de los trámites realizados para este impuesto, tienen que ver con pagarés, giros por una representación o contraprestación que difiere del capital satisfecho o bonos, siempre que no se supere un plazo de 18 meses. La base imponible que se utilizará dependerá del tipo de trámite que se vaya a realizar. Para las referidas a letras de cambio, se tomará la cantidad de dinero girado. En cuanto a los certificados de depósito, será establecido por el precio nominal. Por último, sobre pagarés o bonos, la base será el dinero que se comprometen a devolver.

Documentos administrativos

Se deberán tributar aquellos documentos que se encuentren asociados a por ejemplo la transmisión y rehabilitación de grandezas y de títulos nobiliarios. Además las anotaciones preventivas de derechos evaluables o de objetos que se deban asentar en el Registro Público. En cuanto a la base imponible, se tomará el valor o interés garantizado, constituido o publicado.

Documentos notariales

Este tipo de documentos son escrituras, testimonios notariales y actas. Para establecer el valor que deberá abonarse, se tomará como referencia la base imponible del bien sobre el cual se esté actuando. Si esto no fuera posible, se implantará el impuesto de objeto no evaluable con lo cual será posible liquidarlo una vez que se pueda conocer este monto.

Cabe destacar que aquellas copias que no se encuentren timbradas no se encontrarán sujetas a este Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Cómo realizar el trámite del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

Quienes deban realizar pago de este tributo, deben presentarse en el plazo establecido en la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma que le corresponda. Tendrá que presentar el impreso oficial, donde se establece el monto a abonar, DNI o CIF,  la escritura pública en original y copia simple, y original y copia del contrato.

Actos exentos

Existen una serie de actos que no deberán abonar el tributo por ejemplo:

  • Transmisiones que realicen los cónyuges por el pago de su haber de gananciales
  • Entregas que constituyan el valor de bienes o que se realicen por pago de servicios personales, créditos o indemnizaciones.
  • Operaciones que tengan exenciones brindadas por Tratados o Convenios internacionales, que deben ser de ordenamiento interno.
  • Retracto legal
  • Anticipos que hayan sido brindados por el Estado y Administraciones Públicas, Institucionales o Territoriales
  • Entregas de terrenos de la aportación a las Juntas de Compensación por parte de propietarios de la unidad de ejecución.

  • Trámites que se relacionen a tutores en su cargo

Quienes no deben abonar este impuesto

Debes saber que existen algunas organizaciones e instituciones que quedan exentas de realizar el pago de este tributo. A continuación detallaremos cuales son:

  • Entidades que no fueron creadas con fines lucrativos, que se encuentren adheridas al régimen fiscal especial y puedan acreditar el derecho
  • Tampoco realizarán el pago de este impuesto, la Iglesia Católica ni las comunidades religiosas que realicen actos cooperativos con el Estado.
  • Instituciones pertenecientes al Estado, Administraciones públicas tanto institucionales como territoriales, establecimientos de beneficencia, seguridad social, científicas, docentes y culturales.
  • El Instituto de España ni las Reales Academias que lo integran
  • Partidos políticos que tengan representación parlamentaria
  • La Obra Pía de los Santos Lugares
  • Cruz Roja Española y la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

El Impuesto de Actos jurídicos Documentados para la solicitud de hipotecas

Uno de los trámites que debes realizar si vas a solicitar una hipoteca, es el pago de este tributo. Por lo tanto, si estás por comprar una vivienda, deberás tener en cuenta la necesidad de pagar este impuesto por su responsabilidad hipotecaria.

Cuál es el porcentaje correspondiente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

Este tributo se encuentra constituido en dos partes. Una de ellas corresponde a una parte fija, de 0,15 euros por cada uno de los folios que contenga el trámite a realizar. En cuanto a la parte variable, puede llegar a oscilar entre un 0,5 y un 2 por ciento de la responsabilidad hipotecaria. Cabe destacar que la diferencia del porcentaje, dependerá de la Comunidad Autónoma en la que se realice el trámite. Esto se debe a que cada comunidad podrá establecer la proporción que deberá pagarse.

Un dato interesante a agregar, es que este impuesto, es pagado por quien adquiere la hipoteca. Debido a esto, muchas Comunidades Autónomas,  establecen porcentajes más bajos intentando promover las facilidades a las familias para lograr acceder a su casa propia. Para realizar el ingreso de este tributo, la normativa establece un plazo de 30 días laborables desde el día después a la operación.

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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¿Quieres conocer las últimas noticias en materia inmobiliaria? Te encuentras en el lugar indicado. En OI REAL ESTATE, te indicaremos todo lo que necesitas saber y en esta ocasión, hablaremos acerca de que Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres en un 2%. Te invitamos a leer el siguiente post.

La guerra que Rusia mantiene con Ucrania, ha impactado de manera negativa en los países europeos, en donde se han generado grandes crisis económicas que afectan a diferentes sectores. Al producirse este inconveniente, Portugal ha tomado cartas en el asunto y busca paliar los problemas financieros que se han generado en este último año, al igual que lo ha llevado adelante España; se busca que los alquileres no aumenten por encima del 2%.

Sin embargo, uno de los mayores problemas que se han experimentado en España, en lo que va del 2022, ha sido provocado por el Decreto-ley 11/2022. Aquí, se indica que los propietarios no podrán aumentar las rentas de los alquileres por más del 2%, lo que representa un gran alivio para los inquilinos y un gran esfuerzo económico para los caseros. Aunque, Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres en un 2%, recompensará a los propietarios. Si quieres conocer de qué modo. ¡Sigue leyendo!

Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres como lo hizo España

Los tiempos que corren no son los mejores, la pandemia que paralizó al mundo durante dos años terminó y comenzó una guerra que, amenaza con destruir la economía europea. Ante este panorama de incertidumbre, los países europeos empiezan a evaluar estrategias para ayudar a los sectores que más se perjudicarán.

Convertirse en arrendatario en este momento, no es una situación muy alentadora y es que, existen pocas viviendas destinadas al alquiler y los precios de renta son muy elevados. Una situación no muy agradable, lo que hace que los inquilinos realicen un esfuerzo desmedido a la hora de arrendar un piso.

Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres en un 2%, pero propondrá beneficios para el propietario; algo que no se establece en España. La implementación de esta medida que, empezará a regir en 2023 indica compensaciones fiscales para los propietarios en el impuesto de sociedades y, en la declaración de la renta.

¿Cuáles son las medidas que plantea Portugal para evitar una crisis económica?

Si bien, el mercado del arrendamiento se verá afectado, porque Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres en un 2%; no es el único sector que necesita de una medida económica para recuperarse. Por lo que esta prohibición de aumentar los alquileres, también se realizará en los arrendamientos a locales, no solo a viviendas.

Sin embargo, se necesitan más medidas económicas con el fin de paliar los aumentos de precios ocasionados por la guerra y golpean duramente a Portugal. Es por este motivo que, el país vecino ha propuesto reducir el IVA de la factura eléctrica desde octubre, limitar los aumentos en la actualización de alquileres y regular el mercado del gas natural.

No obstante, una de las mayores preocupaciones, se observan en el mercado del alquiler, pero los propietarios no se verán tan afectados como en España. Portugal compensará a los caseros con beneficios fiscales, los impuestos son de las cosas que mayores inconvenientes han generado en la economía de los propietarios, por eso las reducciones en el IRS o IRC, son muy importantes.

¿A quiénes afectará esta prohibición de aumentar el alquiler?

En el momento que se propone una alternativa para ayudar a determinado sector, se inicia un conflicto con otro. Esto es lo que está ocurriendo en Portugal, con la prohibición de aumentar las rentas de los alquileres en más de un 2%, lo que indica de acuerdo a la información que brinda Idealista que, casi un millón de contratos de alquiler se verán afectados.

Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres en un 2%, pero los contratos de alquiler de comercio firmados antes de 1995, no se verán perjudicados. Además, tampoco tendrán inconvenientes, aquellos acuerdos que hayan establecido un índice de actualización diferente al mencionado.

De igual modo, no serán afectados los alquileres de renta antigua que, se hayan desarrollado en Portugal en los años 90’. En este caso, no se realizan subidas del alquiler, por lo que no se los considera a la hora de implementar un límite en el aumento de la renta de los alquileres, que no puede sobrepasar el 2%.

Portugal limitará el incremento de la renta de los alquileres: ¿Qué se debe tener en cuenta?

Europa está atravesando un gran ajuste en su economía, la guerra con Ucrania que viene llevando adelante Rusia, ha hecho estragos y se requieren ayudas para solucionar los problemas financieros. Los gobiernos han respondido ante esta problemática, con medidas paliativas y Portugal, es uno de los más importantes.

El límite a los alquileres, supondrá un total de 120 euros más para el 2023, como coste por la vivienda para los inquilinos. Esta cifra beneficiará a los arrendatarios, cuyas rentas medias se posicionan en los 500 euros. Si se comparan estos números con lo que representa un aumento del 2% en España, las cifras dan un aumento de más de 150 euros anuales.

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