Etiqueta

mercado hipotecario

Explorar

Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber con respecto al deber de información en préstamos hipotecarios en divisas. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es fundamental contar con la información necesario para lograr tomar decisiones de inversión fundadas y prudentes. De hecho, es lo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) recomienda a los jueces de cada país. Por eso, hemos decidido hablarte sobre el derecho de información. Se trata de exigir a los profesionales de entidades bancarias y financieras que brinden la información necesaria. Esto debe ser en el momento de brindar productos de difícil comprensión, por ejemplo, los préstamos hipotecarios en divisas.

Los préstamos hipotecarios en divisa

Durante el año 2007 fueron muchos los ciudadanos rumanos cuyos ingresos los cobraban en la moneda de Rumanía, el leu rumano (RON), que contrataron con el banco rumano, hipotecas en francos suizos (CHF). La idea era adquirir un inmueble o refinanciar otros créditos anteriores menos interesantes.

El principal objetivo de estas hipotecas se enfocaba en que los consumidores debían pagar una cuota mensual por sus créditos en la moneda de Suiza (CHF). Esto sucede en 2007, exactamente antes de que comience la gran crisis económica mundial. El pago debía ser en RON, aceptando asumir el riesgo por diferencias de cambio del RON con respecto al CHF. Este detalle es algo que no se les explicó de manera clara. De hecho, de haberse explicado previamente, lo más probable es que los consumidores no se hubieran endeudado.

Luego, ya entrada la crisis, el RON se devaluó bastante respecto al franco suizo. En otras palabras, el tipo de cambio RON-CHF empeoró bastante perjudicando a los consumidores prestatarios, y la cuota hipotecaria mensual a abonar subió significativamente. Los consumidores rumanos debieron acudir a los tribunales rumanos. El objetivo era que se declarara que sus hipotecas en divisas sean consideradas inválidas. Por el motivo de contener una cláusula contractual abusiva no vinculante (de acuerdo con la Directiva de la UE).

¿Qué demandan los consumidores rumanos?

Los consumidores demandantes alegaban que al contratar las hipotecas en divisas, la entidad bancaria presentó su producto de forma engañosa. Solo exponía los beneficios que como prestatarios se podrían obtener. Sin embargo, no aclaraban cuáles eran sus riesgos potenciales así como tampoco la probabilidad de que la relación de cambio RON-CHF pudiera llegar a empeorar. Es por este motivo que, optaron por reclamar que dicha cláusula fuera declarada abusiva debido a esta práctica del banco.

Esta situación generó que, el Tribunal Superior de Oradea, Rumanía (Curtea de Apel Oradea) le pregunte al Tribunal de Justicia de la UE sobre la obligación de las entidades bancarias de informar a sus clientes sobre el riesgo del tipo de cambio vinculado a los préstamos denominados en divisa extranjera.

La directiva sobre las cláusulas abusivas

La Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Se trata del texto de referencia en Europa, es decir que, todos los países tiene su transposición al ordenamiento local de este texto. Aquí te detallaremos qué es lo más relevante que dice:

Las cláusulas contractuales que no hayan sido negociadas de manera individual se considerarán abusivas si, contrario a las exigencias de la buena fe, generen en detrimento del consumidor un gran desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.

¿Qué dice al respecto el artículo 4?

El artículo 4 afirma que, sin perjuicio del artículo 7, el carácter abusivo de una cláusula contractual se apreciará considerando la naturaleza de los bienes o servicios que sean objeto del contrato. Además, teniendo en cuenta, a la hora de la celebración del mismo, cada una de las circunstancias que concurran en su celebración. Del mismo modo que todas las otras cláusulas del contrato, o de otro contrato del que dependa.

El carácter abusivo de las cláusulas no hará referencia a la definición del objeto principal del contrato, tampoco a la adecuación entre precio y retribución. Por una parte, los servicios o bienes que proporcionados como contrapartida. Por otro lado, siempre que este tipo de cláusulas se redacten de manera clara y comprensible.

El artículo 5

En el caso de contratos en los que todas las cláusulas propuestas al consumidor o algunas de ellas consten por escrito, estas cláusulas deberán ser redactadas siempre de manera clara y fácil de comprender.

La sentencia del TJUE

En la sentencia que se dictó el 20 de septiembre de 2017, el TSJU afirma que la cláusula de un préstamo en divisas regula su objeto principal. Es por esto que su carácter abusivo solo podrá examinarse con arreglo a la Directiva en caso de que no haya sido redactada de una manera clara y fácil de comprender.

El argumento del alto tribunal fue que la obligación de reembolsar un crédito en una determinada moneda diferente de la del país donde se contrata constituye un elemento esencial del contrato de préstamo. Esto se debe aque no se refiere a una modalidad accesoria de pago, sino a la misma naturaleza de la obligación del deudor.

Es por este motivo que el TJUE afirma que es obligatorio que una cláusula contractual se redacte de forma clara y sencilla. De esta manera se podrá comprender y lograr que el contrato sea transparente. Así es posible que demuestre cómo funciona el mecanismo al que se refiere la cláusula de que se trate.

De este modo, el contrato también tendrá que aclarar la relación entre ese mecanismo y el prescrito por otras cláusulas y documentos. Es decir, la publicidad y la información brindadas por el prestamista en el marco de la negociación de un contrato de préstamo. Esto generaría que el consumidor se encuentre en condiciones de valorar, basándose en criterios precisos e inteligibles, cuáles serán las consecuencias económicas que se deriven para él.

¿Cómo actuó el TJUE?

Es por todo esto que el TJUE declara que es tarea del juez nacional comprobar si fueron comunicados al consumidor cada uno de los elementos que pueden incidir en el alcance de su compromiso, dándole la posibilidad de evaluar el valor total de su préstamo.

Aclara que las instituciones financieras deben facilitar a los consumidores la información necesaria para que éstos logren tomar decisiones fundadas y prudentes. Esto no es únicamente por la apreciación o depreciación de la divisa del préstamo, sino que, también abarca a los efectos en las cuotas de las variaciones del tipo de cambio y de una apreciación del tipo de interés de la divisa del préstamo.

El consumidor tendrá que estar totalmente informado de que, al suscribir un contrato de préstamo denominado en una divisa extranjera, queda ante la posibilidad de someterse a un riesgo de tipo de cambio que le será, eventualmente, complicado de asumir desde un punto de vista económico en caso de devaluación de la moneda en la que percibe sus ingresos.

La entidad bancaria por su lado, tendrá que exponer las posibles variaciones de los tipos de cambio y comunicar cuáles son los riesgos inherentes a la suscripción de un préstamo en divisa extranjera. Principalmente, en lo que sucede en caso de que el prestatario no perciba sus ingresos en esta divisa.

Las instrucciones del TJUE

Por último, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que, si la entidad bancaria no cumple, como sucede en este caso, con estas obligaciones, pueda analizarse el carácter abusivo de la cláusula controvertida. De este modo, el juez nacional podrá evaluar, por una parte, el posible incumplimiento por parte de la entidad bancaria de la exigencia de buena fe y, por otro lado, la existencia de un posible desequilibrio significativo entre las partes del contrato.

Este análisis deberá llevarse a cabo en relación con el momento de la celebración del contrato en cuestión. Será necesario tener en cuenta particularmente la experiencia y los conocimientos de la entidad bancaria en lo que refiere a las posibles variaciones de los tipos de cambio así como también, a los riesgos inherentes a la suscripción de un préstamo en divisa extranjera.

¿Qué opina el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fue creado en 1952. Su sede se encuentra en Luxemburgo. Está compuesto por un juez de cada país miembro y once abogados generales.

Su objetivo principal es el de garantizar que la legislación de la UE sea interpretada y aplique de la misma manera en cada uno de los países miembros. Es decir que, interpreta la legislación de la UE para asegurar que se aplique del mismo modo en cada uno de los países miembros. Además, resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas. Por otro lado, también vela por que los países miembros y las instituciones europeas cumplan la legislación de la UE.

En ciertas circunstancias particulares, también es posible acudir al Tribunal los particulares, empresas y organizaciones que crean vulnerados sus derechos por una institución de la UE.

Los préstamos hipotecarios multidivisa en España

En España tampoco tuvimos la posibilidad de evitar hacer frente a esta misma situación. Los clientes que sí contrataron este tipo de préstamos hipotecarios han notado que la cuota que debían pagar cada mes había ido sufriendo muchas variaciones. De modo que, es más de una ocasión debieron pagar una mayor cantidad que la prevista. Por otro lado, también notaron que el capital pendiente de amortizar había aumentado. El dinero que se fue abonando para el préstamo hipotecario apenas se había amortizado.

La jurisprudencia ha sido muy clara cuando se trata de casos de préstamos hipotecarios multidivisas. Ha condenado a las entidades bancarias por falta de claridad. También, por no haber informado de manera transparente a los consumidores acerca de los riesgos que se corren al contratar este tipo de préstamos hipotecarios. Por otro lado, el Tribunal Supremo sepronunció en 2015, al reconocer que en varios casos de cláusulas multidivisa el usuario no estaba al tanto de lo que en realidad se encontraba contratando. Es por esta causa que se podrían considerar nulas por vicio en el consentimiento y esa nulidad se obtiene por medio de la reclamación de nuestros derechos.

En resumen, el profesional de la entidad bancaria o entidad que se encargue de vendernos un producto complejo, deberá ocuparse de comunicar al consumidor afectado la información pertinente completa que le permita analizar más detalladamente cuáles serán las consecuencias económicas de una cláusula sobre sus obligaciones financieras. Ahora que tienes esta información en tu poder, cuentas con las herramientas necesarias para evitar caer en este tipo de engaños.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el deber de información en los préstamos hipotecarios en divisa. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir IRPF Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte de qué se trata el seguro de vida de la hipoteca y si resulta conveniente contratarlo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Luego del paso de la pandemia del Covid-19, resulta más importante que nunca comprender de qué se trata un seguro de vida en la hipoteca. Esto se debe a que, hasta hace muy poco tiempo, los ciudadanos de España no consideraban a este tipo de pólizas como un producto a consumir. Y, es por este motivo que, en España, básicamente, no se tenía mucho conocimiento con respecto a este tipo de contratos por la oferta de las entidades bancarias.

Las entidades financieras utilizaron esta protección para obtener ciertos beneficios adicionales a la hora de conceder préstamos hipotecarios. Es por esto que, queremos explicarte a fondo en qué cosiste un seguro de vida en la hipoteca. Aquí detallaremos qué es, por qué motivos contratarlo y cuál es la utilidad de un seguro de vida en la hipoteca.

¿Qué es un seguro de vida en un préstamo hipotecario?

Cuando hablamos de un seguro de vida en la hipoteca, nos referimos a un tipo de herramienta de protección personal y familiar. El seguro de vida se encargará de cubrir la ayuda en caso de que se genere el fallecimiento de un asegurado que aún adeuda el pago de la hipoteca. El objetivo es proteger su vivienda. De esta forma, el seguro de vida de la hipoteca tendrá que ser comprendido como un producto que brinda la seguridad del hogar familiar si ocurre una pérdida de ingreso. Ten en cuenta que esto será únicamente cuando se genera a causa de un fallecimiento.

De hecho, es por esta característica que, este tipo de seguros se encuentran enfocados en evitar o compensar la nueva situación que se puede generar en una vivienda al reducirse los ingresos de la unidad familiar. Por este motivo, estos seguros, pueden evitar que tu familia deba cambiar de domicilio por no tener la capacidad de afrontar a la nueva situación financiera.

¿Es conveniente contratar un seguro de vida con la hipoteca?

Una vez aclarado todos estos puntos, la respuesta a esta pregunta es muy simple. Es conveniente porque el seguro de vida del préstamo hipotecario cubre y brinda ayuda a los beneficiarios de la póliza de una posible deuda que se encuentre pendiente cuando quien contrajo la hipoteca fallece.

Sin embargo, quien debe considerar si le resulta conveniente o no, eres tú. La realidad es que el seguro de vida de la hipoteca no es obligatorio. Esto se debe a que no hay ninguna normativa que exija contratar un seguro de vida al contratar un préstamo hipotecario, sin importar lo que digan las entidades bancarias. Sin embargo, es cierto que en más de una ocasión puede parecerlo. El motivo es que muchos bancos lo imponen como un requisito para conceder la financiación.

De esta forma, también es importante aclarar que esta inexistencia de obligatoriedad a firmar un seguro de vida con la hipoteca se encuentra recogida en la Ley de Crédito inmobiliario. Es por este motivo que, el cliente siempre tendrá el derecho de no firmar en caso de que su entidad bancaria se lo presente como un requisito.

La exigencia de contar con un seguro que proteja la deuda únicamente podría darse en el caso de que así se haya firmado en las escrituras. Por este motivo, más allá de estas cláusulas firmadas, como ya hemos mencionado, no es posible exigir la contratación de la póliza. Sin embargo, la realidad es que en muchas ocasiones, las entidades bancarias omiten esta normativa. Lo hacen por medio del uso de penalizaciones en el tipo de interés.

¿Cuál es la utilidad de un seguro de vida en la hipoteca?

En España, los seguros de vida vinculados al préstamo hipotecario saldan unas 2400 hipotecas cada año. Además, da la posibilidad de evitar el cambio de la vivienda habitual en más de una ocasión. De esta manera, se puede afirmar que el seguro de vida de la hipoteca es de gran ayuda. Sirve para no dejar la deuda que has adquirido y de la que eres responsable. Evitándole un mal rato a tu familia o seres queridos, por lo general cónyuge e hijos.

Por otro lado, un seguro de vida hipotecario puede ser hecho a dos cónyuges, se trata de la opción más aconsejable, principalmente, de ser posible que, a nivel de presupuesto, la deuda se encuentre cubierta para los dos por completo. De este modo, en este tipo de situaciones se permite a cualquiera de los cónyuges llevar a cabo la cancelación de la hipoteca. Esto puede ayudar con los problemas económicos en la unidad familiar ocasionados al no contar con un sueldo por fallecimiento.

No obstante, para estos casos, y previo a tomar cualquier decisión, resulta fundamental tomarse el tiempo de analizar en profundidad cuál sería la situación tras tu fallecimiento. Será necesario tener en cuenta la cantidad de ingresos que quedarían cada mes en tu hogar contando con los dos cónyuges. Es por este motivo que, debes analizar cuáles serán tus mejores opciones para decidir de manera correcta. En resumen, será necesario pensar en tus ingresos y los de tus cónyuges antes de poder tomar la decisión.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el seguro de vida hipotecario. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué consiste el seguro de protección de pagos en un préstamo hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿De qué se trata el seguro de protección de pagos?

Cuando hablamos del seguro de protección de pagos nos referimos a un producto que se encargará de compensar la pérdida de ingresos del trabajador. Las únicas dos situaciones que serán cubiertas por esta póliza son, que el trabajador se encuentre en una situación de desempleo o de incapacidad temporal.

¿Es confiable?

En primer lugar, es lógico que cuando escuchamos hablar de un seguro de protección de pagos nos preguntemos si realmente la aseguradora se hará cargo de afrontar la amortización del préstamo hipotecario si te quedas en el paro o incapacitado temporalmente para trabajar. A pesar de que se trata de un escepticismo muy común y lógico, la respuesta es afirmativa.

El seguro de protección de pagos: vinculado a préstamos, pero independiente

El seguro de protección de pagos es brindado por las entidades bancarias a modo de cobertura adicional, es válida exclusivamente para protección de pago en caso de desempleo o incapacidad temporal, esto garantiza la amortización de préstamos hipotecarios, de consumo, tarjetas de crédito y otras operaciones de financiación.

Es fundamental que se encuentre expresado de manera clara en el contrato de crédito y en la póliza de protección de pagos cuál es la operación de financiación que será cubierta por este seguro. Esto se debe a que es muy habitual que un cliente tenga activos diferentes créditos.

La entidad financiera tendrá que ocuparse de informar al cliente de que ha suscrito el seguro de protección de pagos. A pesar de que su coste quede integrado en la cuota mensual del crédito cubierto por este seguro. Ha ocurrido en alguna ocasión que el cliente no solicitó la entrada en acción del seguro de protección de pagos al quedarse en el paro. Principalmente porque no estaba al tanto de que el crédito suscrito con la entidad bancaria contaba con esa cobertura.

Guía de Buenas Prácticas del seguro de protección de pagos

La Guía de Buenas Prácticas del seguro de Protección de Pagos es de adhesión voluntaria para las entidades aseguradoras. Sin embargo, algunas de ellas, han resultado sumamente activas en su elaboración e implantación.

Constituye un desarrollo específico de la Guía de Buenas Prácticas de Transparencia en el Seguro elaborada por Unespa. El objetivo es facilitar a los potenciales asegurados la información relevante. Deben conocer dicha información antes de la contratación de un seguro que incluya la garantía de protección de pagos por desempleo o incapacidad temporal.

Principalmente, sobre las coberturas, los límites económicos, los riesgos no cubiertos y/o excluidos y el precio del seguro. Todos esos puntos luego deben detallarse en el contrato de seguro. Esto debe ser de manera clara, breve y fácil de comprender, dependiendo del compromiso asumido por las entidades que apliquen la Guía.

En primer lugar, el cliente, debido a la naturaleza de esta modalidad de seguro, tendrá que recibir de la entidad financiera o de la aseguradora la información suficiente para que, previo a la contratación, pueda hacer una correcta valoración sobre el producto para ver si logra adecuarse o no a sus preferencias y necesidades de cobertura, frente al desempleo o incapacidad temporal.

Cobertura del paro o la incapacidad temporal

Es fundamental que quede claro que el seguro de protección de pagos tiene un valor, a pesar de que se encuentre camuflado en la cuota del crédito. Hay una compañía de seguros detrás, aunque en el contrato únicamente figure la entidad bancaria. Otro punto que es fundamental tener muy en claro es que, únicamente cubre paro o incapacidad temporal. El seguro de protección de pagos no funcionará ante otro tipo de situaciones.

En la información previa y, principalmente, en el contrato, es importante que queden claras y detalladas las causas que originan la prestación del seguro, como incapacidad temporal o desempleo, lo cual está en función de la situación laboral y del régimen de contratación del asegurado en el momento del siniestro.

En caso de incapacidad temporal, deberá estar definida y concretada la documentación mínima que solicita la entidad aseguradora para la admisión de tal calificación. De este modo, podrá abonar las cantidades contempladas en el contrato.

Por otro lado, si se da un caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y a los únicos efectos del seguro de Prestación de Pagos, lo que se abona por incapacidad temporal será el equivalente a la prestación pública por desempleo. El trabajador asegurado cuenta con el derecho al cobro de la indemnización del seguro por la cobertura de desempleo, a pesar de que para la Administración se encontrara en situación de incapacidad temporal.

La aseguradora y la entidad bancaria, tendrán que informar del régimen laboral que debe ostentar el asegurado para obtener esta prestación: funcionarios, trabajadores autónomos, por cuenta ajena con contratos por obra, temporales, entre otros.

Si se da una situación de desempleo, la póliza tendrá que definir de manera clara las condiciones y características requeridas para considerar el cese en el trabajo como desempleo, para acceder al cobro del seguro.

Atención a las exclusiones del seguro

Para la valoración del riesgo y determinación de la prima del seguro de protección de pagos es necesaria la información que el cliente facilita a la entidad financiera sobre los puntos que se le soliciten por la compañía de seguros. Debe quedar constancia de esa información en la póliza, en el cuestionario o en cualquier otro documento o soporte duradero.

La póliza tendrá que concretar y dejar en claro las consecuencias que pueden surgir, en lo que respecta a las coberturas del seguro, en caso de que la información no fuera exacta. Eso sí, siempre que esta se haya solicitado antes por la entidad aseguradora y que haya constancia de ello.

A la vez, el contrato tendrá que dar una descripción, detallada, sobre las garantías y las coberturas brindadas en esta póliza. Es importante prestar especial atención a las exclusiones.

El contrato debe informar, de manera simple y clara, las cláusulas que delimitan las garantías y, de existir, las que afectan la cuantía o porcentaje para la determinación de cada pago y conceptos asociados incluidos. Además, si existe algún límite en las indemnizaciones, del mayor número de pagos por siniestro y del número máximo de pagos para la duración de la póliza.

El cliente tendrá que recibir información sobre la cobertura del seguro según sus circunstancias personales a lo largo de la vida de la póliza. Y, particularmente, en caso de cambio en su situación laboral.

Si las garantías o coberturas son excluyentes se deberá definir cómo actuaría esta alternancia, con el foco sobre la cobertura de desempleo o incapacidad temporal, dependiendo de cual fuera la situación laboral y el régimen de contratación.

También, se tendrá que informar, que en caso de siniestro, la determinación de la indemnización se basará en lo estipulado para la garantía concreta afectada. Esto es así tanto en lo que respecta a las cláusulas delimitadoras del riesgo, como a las limitaciones de cobertura. Las exclusiones y las limitaciones de cobertura tendrán que figurar destacadas en la póliza y haber sido aceptadas.

Cuidado con la franquicia y la carencia del seguro

Si el seguro de protección de pagos tiene franquicia, debe especificarse la cantidad y la duración por la cual el cliente es su propio asegurador y, si se da el siniestro, soportará la parte de los pagos correspondiente.

Ocurre lo mismo si se establece un plazo de carencia. La entidad aseguradora tendrá que aclarar el periodo de tiempo. Es decir, desde la fecha de efecto de la póliza, durante el cual, las garantías del seguro no tienen efecto.

Además debe detallarse en el caso de que una garantía tenga un periodo de carencia específico, o si se establece entre siniestros de la misma o diferente garantía.

¿Qué hacer si quedo en el paro?

Si por desgracia tienes que ir al paro, o si ocurre una situación que genera una incapacidad temporal para trabajar, el seguro de protección de pagos entrará en acción. La compañía aseguradora y la entidad bancaria tendrán que informarte del procedimiento establecido para la declaración de los siniestros. Si es posible realizarlo por teléfono o por medio de Internet. Además, te explicará los plazos y la forma de realizarse esa declaración de siniestro. Y también, de los documentos mínimos a aportar, tanto en un inicio como periódicamente.

La entidad aseguradora definirá de manera clara la forma de cálculo de la prestación, los límites, periodicidad. También, si se aplica un porcentaje de aseguramiento determinado, si la indemnización es mensual, diaria u otra.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el seguro de protección de pagos. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte si es posible acceder a la hipoteca media en España dependiendo de cuáles sean tus ingresos. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el préstamo medio que se contrata en el país para realizar la compra de una vivienda en 2021 fue de 143 831 euros, con un plazo de devolución de 25 años. En base a ello, hemos decidido explicarte si puedes acceder a la hipoteca en España. En el siguiente artículo te contaremos cuáles son los cálculos debes llevar a cabo para comprobarlo. Además, te contaremos con qué tipo de inconvenientes puedes encontrarte al momento de contratar una hipoteca y qué puedes hacer para evitarlos.

¿Cómo saber si cobras lo suficiente para hacer frente a una hipoteca?

En primer lugar, lo que debes hacer es calcular si tu sueldo es suficiente para permitirte hacer frente a las cuotas de una hipoteca media. Según la opinión de los expertos en finanzas, no se debe destinar más del 35% de los ingresos mensuales netos para abonar las cuotas mensuales de todos los préstamos o créditos que tengas contratados, esto incluye el préstamo hipotecario. Si superas ese porcentaje, es probable que te sobreendeudes y eso no es nada bueno.

Para llevar a cabo ese cálculo debemos saber cuánto costarían las cuotas mensuales de este préstamo hipotecario. Si usamos de referencia un tipo de interés medio del 1,50%, una hipoteca media de 143 831 euros con un plazo de devolución de 25 años, las cuotas que deberías afrontar serían de 575,23 euros por mes.

575,23 euros representan el 35% de 1643,51 euros. Esto quiere decir que, si quieres acceder a este préstamo hipotecario será necesario cobrar un sueldo mínimo de 1643,51 euros netos por mes. Otra manera de obtenerlo es sumar ese valor entre dos sueldos, por ejemplo, con tu pareja. Por otro lado, las entidades bancarias entienden que existe un riesgo menor de impago si se trata de dos titulares asociados a un préstamo hipotecario.

¿Cómo saber si tus ahorros son suficientes para pagar la entrada de una hipoteca media?

Por otro lado, también es fundamental calcular es si cuentas con los ahorros necesarios para poder afrontar la compra de una vivienda. En este punto es importante destacar que un préstamo hipotecario, por norma general, financia un máximo del 80% de la adquisición de un inmueble. Esto significa que, necesitarás contar con el dinero suficiente para pagar el 20% restante, además un 12% adicional para los gastos asociados a la compraventa: impuestos, notaría, entre otros.

Una vez aclarado todo esto, debes saber que un préstamo hipotecario medio de 143 831 euros te sirve para comprar una vivienda de 179 788,75 euros. Aquí van los ahorros con los que deberías contar:

  • 35.957,75 euros para abonar la entrada del 20%.

  • 21.574,65 euros para destinar a los gastos de compraventa.

En total, necesitas será necesario tener unos ahorros de 57 532,40 euros para poder acceder a la hipoteca media que se contrata en España.

Ten en cuenta que, más allá de cobrar bien y contar con ahorros, la entidad bancaria te exigirá tener una situación laboral estable.

¿El ciudadano común puede acceder a la hipoteca media?

La realidad es que no todo el mundo puede acceder al préstamo hipotecario base que se contrata en España. Según los datos del INE, el salario medio en España es de 1540,82 euros brutos por mes. Se trata de un número que no nos permitiría hacer frente a las cuotas. Además, un 43,2% de los ciudadanos de España encuentra bastantes inconvenientes para ahorrar a fin de mes, lo que no les permite tener el dinero necesario para abonar la entrada y los gastos de compraventa.

Ejemplos para entenderlo mejor

Aquí te expondremos dos situaciones diferentes. Se trata de dos casos en los que se cumple con un solo requisito de los expuestos. O cuentan con un buen salario o tienen ahorros. Se trata de la realidad de una gran parte de españoles que tienen interés en acceder a su primera vivienda. Te contaremos estos casos y brindaremos posibles soluciones que pueden ser de ayuda al momento de buscar una hipoteca que se adapte a tu situación económica.

Caso número I: buen sueldo, sin ahorros

Esta persona cuenta con unos ingresos netos que superan los 1643,51 euros al mes. Con este sueldo, sería posible hacer frente sin problemas a las cuotas de la hipoteca media. El inconveniente es que no posee ahorros suficientes: tiene 50 000 euros, una cantidad que no llega a los 57 532,40 euros que serían necesarios para pagar la entrada y los gastos de compraventa.

Ahora bien, gracias a que cuenta con una buena situación financiera y laboral, sería posible intentar negociar con diferentes entidades bancarias y obtener una hipoteca de más del 80% de financiación que no implique tener tantos ahorros.

Comprar una vivienda con pocos ahorros es más sencillo si contratas a un bróker hipotecario.

Caso número II: capacidad ahorrativa, sueldo bajo

En este caso, no hay problemas de ahorros, esta persona cuenta con más de 30 000 euros en su cuenta y sus padres le pueden prestar otros 30 000 euros. Sin embargo, sus ingresos actuales son de 1550 euros netos por mes. Esto significa que necesitaría destinar más del 35% de su sueldo neto para hacer frente a las cuotas mensuales del préstamo.

La solución, en este caso, sería incluir un cotitular en el contrato que cuente con ingresos regulares, por ejemplo, puede ser, su pareja, uno de sus padres u otro familiar. De este modo, sus ingresos y los del cotitular serían mayores al salario mínimo de 1643,51 euros y la entidad bancaria no tendría inconvenientes al momento de aceptar la solicitud. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que, con esta fórmula, el contrato del préstamo hipotecario quedaría a nombre de ambos titulares. Otra manera es aportar un aval u otra propiedad como garantía del préstamo, con los riesgos que eso implica, ya que, en caso de impago, puedes perder la vivienda en garantía.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la hipoteca media en España. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte si es posible escriturar sin cédula de habitabilidad. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Para vivir en una casa, ¿únicamente es necesario que cuente con cuatro paredes y un techo o es necesario algo más? La realidad es que hay una enorme diferencia entre lo que a ti te puede parecer que es necesario en un inmueble para entrar a vivir y lo que opinan las administraciones.

En primer lugar, la diferencia en ese sentido que más resalta es la llamada cédula de habitabilidad. Pon atención y toma nota porque aquí te explicaremos de qué se trata.

¿De qué se trata la cédula de habitabilidad?

Cuando hablamos de la cédula de habitabilidad nos referimos a un documento administrativo que acredita que un inmueble cumple las condiciones básicas mínimas para poder vivir en él. Se enfocará principalmente en términos de salubridad, higiene y seguridad de la edificación.

Esto quiere decir que, se trata de una garantía que afirma que la vivienda no se derrumbará, que los sistemas sanitarios funcionan y que cumple una serie de requisitos mínimos en lo que respecta a la superficie de la casa, ya que no todos los tamaños son válidos o bien, a la altura. Sin lugar a dudas, la cédula de habitabilidad es un documento sumamente importante.

¿Por qué es tan importante este documento?

Se trata de un documento fundamental a la hora de comprar o vender una vivienda e incluso para dar de alta los suministros del hogar en ciertas comunidades autónomas. Por ejemplo, es necesaria en Cantabria, Asturias, Baleares, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Murcia, Navarra y Valencia. En algunas comunidades la cédula de habitabilidad fue sustituida por la licencia de primera ocupación. Por ende, sin cédula de habitabilidad no sería posible comprar, vender ni dar de alta los suministros.

¿Cómo obtenerla?

Del mismo modo que existen comunidades que la exigen y otras que no, los requisitos para obtener la cédula varían dependiendo de cada Ayuntamiento. Sin embargo, hay algo que no se modifica, se trata del proceso en general. De modo que, será necesario recurrir a un arquitecto o un aparejador para que se encargue de inspeccionar la vivienda y emitir un certificado, que tendrás que presentar luego para que te den la cédula de habitabilidad.

Por otro lado, es importante tener en claro que la cédula de habitabilidad tiene una validez de 15 años. No obstante, es muy probable que necesites tramitar una nueva si llevas a cabo una importante reforma en la vivienda que pueda afectar su estructura.

¿Es posible escriturar sin cédula de habitabilidad?

La realidad es que no es posible dar una respuesta definitiva sobre escriturar sin cédula de habitabilidad. Sin embargo, lo importante es tener muy en claro esta información, ya que la respuesta puede variar dependiendo de cada comunidad autónoma. Podemos encontrar comunidades que sí permiten escriturar la vivienda sin cédula de habitabilidad y otras que no. Es por este motivo que, resulta fundamental que te informes previo a realizar la compra de la vivienda.

Por otro lado, podemos resaltar una excepción a la norma general, es cuando la vivienda que se vende requiere de una reforma integral. Cuando se trata de un caso así, sí se podrá escriturar sin cédula de habitabilidad. No obstante, será necesario conseguirla una vez que la reforma haya llegado a su fin para poder entrar a vivir en ella.

Para estos casos también podemos encontrar préstamos hipotecarios para comprar casa y reformar en las que no es común que se solicite este documento. En una hipoteca para comprar casa lo más probable es que el banco sí te lo exija.

¿Qué hacer si tu vivienda no cuenta con cédula de habitabilidad?

En el caso de que te hayan vendido un inmueble sin cédula de habitabilidad o bien, si ya has firmado el contrato de arras sin tomarte el tiempo de comprobarlo. ¿Qué puede suceder en esos casos? La respuesta es simple, tendrás que ocuparte de obtenerla.

Esto se debe a que, como mencionamos más arriba, necesitas contar con la cédula o de la licencia de primera ocupación para poder habitar la vivienda e incluso para dar de alta suministros como el agua o la luz.

Por ejemplo, imagina que un promotor ha terminado la obra y te emplaza a firmar la escritura de la vivienda, sin embargo, aún no cuenta con la cédula de habitabilidad. Ante esta situación sería posible negarte a firmar hasta que no cuente con el documento, informando de las razones.

Se trata de una de las razones más comunes por las que es fundamental revisar con detenimiento ciertos datos antes de realizar la compra de una vivienda, como por ejemplo averiguar si la casa ya se encuentra hipotecada.

¿Es posible solicitar una hipoteca sin cédula de habitabilidad?

A pesar de que no se trata de un documento obligatorio, probablemente sin cédula de habitabilidad no le den el visto bueno a tu hipoteca. Esto se debe a que, comprar un inmueble sin este certificado no es legal y tampoco seguro. Por ende, lo más aconsejable es que lo tengas si te interesa la idea de comprar una casa.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre escriturar sin cédula de habitabilidad. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre la figura del acreedor hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Cuando hablamos de un acreedor hipotecario, en el Derecho y jurídicamente, es considerado como todo acreedor que cuenta con un derecho de hipoteca sobre un inmueble del deudor. Tal derecho representa una garantía, ya que le permite recuperar la vivienda si se da un caso de impago, con preferencia sobre el resto de acreedores.

En otras palabras, un acreedor hipotecario se trata de aquél que es prestamista en una operación de crédito hipotecario.

Es por este motivo que, ya que hablamos de términos jurídicos, expliquemos por partes para lograr comprender del todo de qué se trata este concepto, del mismo modo que el contexto en el que es posible encontrárnoslo.

¿Qué es la figura del acreedor hipotecario?

En primer lugar, es necesario dejar en claro quién es el acreedor hipotecario. Como su nombre lo indica, se trata de una persona física o jurídica que se debe estar presente en una operación de compraventa de un inmueble. Un inmueble que, debido a que no se abona al contado, deberá contar con la contratación de una hipoteca, un préstamo hipotecario, para de este modo lograr afrontar el pago en cuotas mensuales.

Es sabido que, por lo general solemos solicitar este tipo de hipoteca a una entidad bancaria o a lo que comúnmente llamamos banco. En caso de que nos la conceda, estaremos contrayendo una deuda con la entidad. De este modo, pasaremos a ser deudores, mientras la entidad bancaria, frente al derecho de cobrar la deuda, pasará a ser un acreedor.

En este momento, nos encontramos en el punto donde aparece el uso y la contratación del préstamo hipotecario, del mismo modo que la figura del acreedor. Una vez que hayamos logrado relacionar todos estos conceptos, solo debemos hacer uso del sentido común para notar que el acreedor hipotecario es aquel tipo de acreedor que, en este caso, participa en una operación en la que se formaliza una hipoteca. El acreedor hipotecario cuenta con el derecho de cobro que, en última instancia, recae sobre el aval, que vendría a ser el inmueble.

Los derechos del acreedor hipotecario

Como ya hemos mencionado, si nosotros como deudores no llevamos a cabo la devolución del capital prestado, en otras palabras, no cumplimos nuestra obligación con el acreedor hipotecario, este tiene la posibilidad de reclamarnos el inmueble. Esta operación puede ser llevada a cabo por medio de lo que conocemos como embargo o como proceso de embargo.

La realidad es que resulta muy importante tener en claro que, entre todos los derechos que tiene el acreedor hipotecario, se encuentra el de que cuenta con toda preferencia ante otros acreedores al momento de reclamar su derecho frente el incumplimiento por parte del deudor. De este modo, el inmueble queda como aval, embargándose este para liquidar, en una última instancia, la deuda.

Esto quiere decir que, entre los derechos del acreedor, debemos tener en claro que el derecho fundamental, y el que más debe importarnos en este tipo de operaciones, es que es capaz de reclamarnos la deuda si se da un caso de impago por medio del embargo del aval, contando con preferencia ante el resto de deudores. Para resumir, si no se abona la deuda, la entidad bancaria te quitará la vivienda aunque desees utilizarla para satisfacer otras deudas.

¿Quién puede ser un acreedor hipotecario?

Cualquier entidad bancaria, aseguradora, así como también, institución de crédito que se encuentre habilitada para ofrecer y formalizar hipotecas es, en cada una de las operaciones que firme, un acreedor hipotecario.

En otras palabras, cualquier entidad que brinde préstamos hipotecarios, actuará como acreedor inmobiliario en las operaciones que firme.

Ley hipotecaria y la figura del acreedor hipotecario

Resulta conveniente resaltar un aspecto de gran importancia. En 2012, el Gobierno de España, por medio del Consejo de Ministros, dio a conocer un Real Decreto donde se aprobaban medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios ante acreedor hipotecario. Esto significa que, reforzaba la Ley Hipotecaria con nuevas medidas que no modificaban sino que invalidaban ciertos aspectos.

En este Real Decreto, el Consejo de Ministros, el 15 de noviembre del 2012, establece la moratoria de dos años para llevar a cabo un desahucio en el caso de personas o familias vulnerables, además de la creación de un parque de viviendas en alquiler para aquellos desahuciados.

Se trata de medidas que brindan protección a familias vulnerables. Logrando evitar que el acreedor hipotecario pueda recuperar la vivienda y, con ello, su deuda, hasta que hayan transcurrido dos años como mínimo desde que iniciara el proceso de embargo.

Por este motivo, a pesar de que no se modificó la ley que regula el proceso de desahucio, la Ley Hipotecaria y la de Enjuiciamiento Civil, medida aprobada por el Gobierno, es la que podemos encontrar en el Real Decreto-ley 27/2012. Sin lugar a dudas, ocasionó una gran cantidad de críticas tratándose de un tema bastante discutido. Esto se debe a que ocasionó la ocupación de inmuebles por parte de ciudadanos que no poseen recursos.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los acreedores hipotecarios. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre las hipotecas para naves industriales y locales comerciales. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Lograr conseguir financiación es uno de los inconvenientes más grandes a los que deben hacer frente los autónomos y pymes al momento de abrir un negocio. Los préstamos hipotecarios para comprar un local comercial y las hipotecas para financiar las naves industriales son la principal ayuda que requieren los emprendedores para comprar un inmueble y poder dar inicio a sus actividades. Aquí te detallaremos cuáles son las principales características de las hipotecas para locales y naves industriales y qué entidades bancarias las ofrecen.

Características de los préstamos hipotecarios para locales o naves industriales

Los préstamos hipotecarios para locales comerciales cuentan con una mayor cantidad de restricciones si los comparamos con las hipotecas destinadas a la compra de viviendas. En primer lugar, es importante dejar en claro que, las entidades financieras no acostumbran a hacer públicos los tipos de interés que son aplicados para este tipo de préstamos. En cambio, someten la concesión de la hipoteca al análisis exhaustivo que se lleva a cabo sobre la situación económica y financiera de la empresa. Se trata de algo semejante a lo que ocurre con las comisiones y vinculaciones aplicadas.

Sin embargo, vamos a aclarar cuáles son las características básicas que presentan las hipotecas para locales o naves industriales:

El nombre de una empresa

Los préstamos hipotecarios para locales comerciales, oficinas y naves industriales deben solicitarse en nombre de una empresa, puede tratarse de una PyME, un autónomo o una multinacional. No es posible solicitarla a nombre de un particular.

Debido a que el riesgo es más alto cuando se trata de un préstamo hipotecario para un local comercial a causa de la incertidumbre de que el negocio no vaya bien, las entidades bancarias exigen una mayor entrada o aportación inicial. En otras palabras, aquel que pida el préstamo tendrá que aportar con fondos propios, por lo menos, el 30% del precio de compra. También, deberá tener en cuenta que será necesario afrontar los gastos e impuestos en la compra de un local comercial o nave industrial. Si nos interesa obtener una financiación del 100% del precio, será necesario optar por algún local que proceda de la cartera de inmuebles de la entidad bancaria.

Intereses

Los tipos de interés también por lo general son superiores en este tipo de préstamos hipotecarios si los comparamos con los que podemos encontrar en una hipoteca para compra de vivienda. Sin embargo, continúan siendo más bajos que los de un préstamo para negocios (entre 4-5% TIN).

Plazo

El plazo máximo de amortización de este tipo de préstamos para la compra de locales comerciales por lo general es de aproximadamente entre 10 y 20 años. Por otro lado, los plazos de amortización de un préstamo hipotecario para la compra de vivienda pueden variar entre los 30 y 40 años.

Ubicación

La ubicación del local comercial es otro de los factores que las entidades bancarias tendrán muy en cuenta antes de establecer las condiciones de tu préstamo hipotecario.

Actividad

La actividad que se llevará a cabo en el local es muy importante, ya que también influirá en la decisión de la entidad bancaria.

Rentabilidad

Se trata de algo que los bancos siempre se encargarán de analizar con detenimiento antes de aprobar tu solicitud para el préstamo.

Capacidad financiera

Sin lugar a dudas, la capacidad financiera del negocio es otro de los aspectos determinantes para las condiciones del préstamo hipotecario.

Formalización de la hipoteca

Con respecto a la formalización del préstamo hipotecario para locales y naves industriales, será necesario firmar una escritura notarial e inscribir en el registro de la propiedad. De este modo, quedará constancia de la carga que existe sobre el inmueble, además de los derechos y obligaciones de las dos partes. El mismo inmueble hipotecado será la garantía de pago.

Entidades bancarias que ofrecen préstamos hipotecarios para locales comerciales

Resulta una tarea bastante difícil poder encontrar entidades bancarias que brinden préstamos hipotecarios para locales comerciales y naves industriales. La oferta en España resulta bastante escasa y la información no se encuentra del todo completa. Las entidades no tienen interés en arriesgar en lo que a tipos de interés se refiere y optan por realizar un estudio más detallado y profundo para cada negocio, autónomo o Pyme que tenga interés en realizar la compra de un local o nave antes de dar un valor. Las entidades bancarias online, presentan préstamos hipotecarios que resultan muy atractivos para la compra de vivienda, sin embargo, no ofrecen hipotecas para locales o naves industriales. El principal motivo es el profundo estudio del negocio que se debe realizar para este tipo de operaciones y que, debido a su estructura digital, les resulta complicado llevarlo a cabo o incluso, poco rentable.

Por otro lado, entre las pocas entidades que brindan financiación hipotecaria para la adquisición de locales comerciales, se encuentran el Banco Santander y Bankinter.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los préstamos hipotecarios para locales comerciales o naves industriales. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los principales riesgos de hipotecar una vivienda que ya está totalmente pagada. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Hipotecar una vivienda que se encuentra libre de cargas puede ser una manera rápida de obtener dinero. Esto puede ser de gran ayuda para dar inicio a algún proyecto o solucionar un momento de dificultad económica. No obstante, la realidad es que puede significar que debamos asumir grandes riesgos.

Son muchos los factores que, con el paso del tiempo, nos pueden llevar a la situación de necesitar algo de dinero en efectivo. Hipotecar una vivienda en propiedad puede ser, a simple vista, una solución rápida y eficaz para obtenerlo. Sin embargo, antes de tomar esta decisión, es fundamental tener en claro cada uno de los riesgos que implica esta operación y decidir si se trata de la mejor opción que tienes para afrontar un problema económico. Hipotecar una vivienda ya pagada no es una operación demasiado habitual. Es posible hacerlo, sin embargo antes de hacerlo, lo más aconsejables es analizar si nos resultará conveniente.

¿Por qué hipotecar una vivienda ya pagada?

Hipotecar una vivienda es una idea que, sin lugar a dudas, pasa por nuestra mente cuando nos encontramos atravesando un momento difícil y necesitamos dinero. Al no encontrar otra manera para conseguirlo rápido, hipotecar la casa suena tentador. Si cuentas con una vivienda en propiedad, llevando a cabo esta operación lograrás obtener una gran suma de dinero de manera rápida y simple. Entre los principales motivos para optar por esta solución, detallaremos los más comunes:

Invertir el dinero en reformas o rehabilitación de ese u otro inmueble

Luego de la pandemia del Covid-19, la idea de realizar reformas en nuestros hogares ha ido creciendo a pasos agigantados. Lógicamente, al pasar más tiempo en casa y tener que transformar nuestros espacios en lugares multiuso, las reformas son cada vez más demandadas. Hemos notado cuáles son las cosas de nuestros hogares que no nos agradan y lo importante que resulta vivir en un espacio donde nos sintamos cómodos y a gusto.

Comprar un nuevo inmueble

En caso de que no nos concedan un nuevo préstamo hipotecario con dinero suficiente para llevar a cabo la operación, es posible aportar la hipoteca de la otra vivienda como una garantía complementaria.

Invertir dinero en un negocio o montar una empresa

En caso de necesitar dinero para dar inicio a un nuevo negocio, o bien, para comenzar con una empresa, hipotecar una vivienda puede ayudarte a obtener el dinero.

Ejecutar un proceso de reunificación de deudas

Si lo que quieres es llevar a cabo un proceso de reunificación de deudas, la idea de hipotecar una vivienda puede ser muy atractiva.

Proceso de hipotecar una vivienda en propiedad

En definitiva, hipotecar una vivienda libre de cargas se trata de que un banco brinde al propietario del inmueble una suma determinada de dinero. Si, por alguna causa, el beneficiario del préstamo no puede afrontar la deuda con el banco podrá quedarse con la casa hipotecada. En otras palabras, se ofrece la vivienda como aval o garantía del pago del préstamo hipotecario y sus intereses.

Es fundamental tener en claro que la hipoteca cuenta con el mismo funcionamiento que cualquier otro tipo de préstamo. El dinero tendrá que ser devuelto en cuotas mensuales y, además, habrá que afrontar los intereses pactados.

Por otro lado, también es necesario resaltar que, por lo general, el dinero que se recibe por esta operación se encontrará entre el 50 o el 60% del valor total de la vivienda. Esto significa que, entre 50 000 o 60 000 euros para una vivienda valorada en 100 000 euros.

Es aconsejable comparar diferentes ofertas de hipoteca, esto nos permitirá elegir la que cuente con unas condiciones más beneficiosas. Además, también será de utilidad para reunir la información necesaria al momento de decidir si esta operación es buena idea o no.

Si el importe de un préstamo hipotecario ordinario por lo general ronda el 80% del valor de la vivienda, el que se obtiene con la hipoteca de una vivienda en propiedad no será mayor al 50 o 60% del valor del inmueble.

Con este dato aclarado, lo ideal es conocer previamente el coste aproximado de la casa. Únicamente de este modo nos haremos una idea sobre si la cantidad final concedida por la entidad bancaria alcanzará para afrontar los proyectos que deseamos realizar.

Pasos a seguir para hipotecar una vivienda

  • Nota simple: debes solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad. En ella se debe aclarar que la vivienda se encuentra libre de cargas, y que eres el titular de la misma.
  • Solicita financiación: será necesario pedir la financiación al banco. Tendrás que especificar la finalidad de la hipoteca, es decir, comprar otra vivienda, reunificar deudas, entre otros.
  • Documentación: deberás aportar la documentación necesaria a la entidad bancaria para que pueda llevar a cabo el estudio económico.
  • Tasación: deberás realizar una tasación de la vivienda. El banco necesita saber el valor de la vivienda para evaluar la financiación final que podrá ofrecerte.
  • Analizar la oferta: tomarte el tiempo necesario para analizar la oferta presentada por el banco es fundamental. Ten en cuenta que, la misma llegará luego del estudio de la información y documentación aportada.
  • Firma la nueva hipoteca: por último, si aceptas las condiciones de la oferta, solo queda firmar una nueva escritura ante notario.

Los gastos que implica hipotecar una casa en propiedad

Del mismo modo que cuando se trata de una hipoteca para comprar una vivienda, este tipo de hipotecas implican una serie de gastos. Será necesario hacer frente a las mismas formalidades, es decir, tasación de la vivienda, gastos de la notaría, Registro de la Propiedad y el impuesto de actos jurídicos documentados.

Inconvenientes que puede generar esta operación

Con esta información es posible valorar en qué casos resulta conveniente optar por este tipo de alternativa para ganar liquidez. De todas maneras, no será posible hipotecar cualquier tipo de vivienda. Para hacerlo, la vivienda deberá estar completamente paga y libre de toda carga. Como hemos mencionado más arriba, es indispensable que esté a nombre de la persona que solicitará la hipoteca. Por último, la entidad bancaria deberá considerar que es viable aceptar esa casa como garantía de pago.

No se trata de una operación muy común, principalmente por los riesgos que implica. Cuando decides hipotecar una vivienda, la casa pasa a ser del banco hasta que haya sido abonada la totalidad del préstamo y los intereses que correspondan. Es decir, el mayor riesgo es el embargo de la vivienda en caso de impago.

Por este motivo, lo ideal es estudiar cada una de las posibilidades de financiación disponibles. Pensar tanto en los beneficios como en los riesgos de la operación, y optar por hipotecar la vivienda en propiedad solo si es realmente necesario.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre hipotecar una vivienda en propiedad. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte si existe la posibilidad de solicitar un préstamo hipotecario para comprar un terreno y construir una casa. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿Se puede pedir una hipoteca para un terreno y construir una casa?

Es cierto que, hoy en día, existe una importante oferta de viviendas en venta en España. Sin embargo, la realidad es que no en todos los casos resulta sencillo encontrar una que logre adaptarse completamente a nuestras necesidades, tanto porque se escape de nuestro presupuesto como porque no cuente con todo lo que requerimos.

Es por esto, y por el creciente interés por las viviendas prefabricadas, que resulta cada vez más habitual que las entidades bancarias brinden préstamos hipotecarios para comprar un terreno. De este modo, posteriormente, puedes construir una vivienda o, como mencionábamos, instalar una casa modular.

Esto quiere decir que sí es posible solicitar un préstamo hipotecario para comprar un terreno. Sin embargo, cabe destacar que con ciertas limitaciones y condicionantes, que detallaremos a continuación.

¿Cuáles son las diferentes opciones para poder solicitar una hipoteca para comprar un terreno?

Como ya hemos mencionado más arriba, comprar un terreno para construir una vivienda desde cero es cada vez más demandado. Esto se debe principalmente a la pandemia originada por el Covid-19, ya que ha modificado nuestras necesidades habitacionales y, por ende, también cambió la importancia que damos a contar con una casa con jardín o una segunda vivienda.

Por este motivo, y teniendo en claro la creciente demanda que ya existe y que irá en aumento, las entidades bancarias optan por ofrecer mayores facilidades para la financiación de la compra de un terreno en el que construir una casa.

Es por este motivo que cada vez es más habitual que las entidades bancarias ofrezcan hipotecas para comprar un terreno donde instalar casa prefabricadas.

No obstante, para que nos brinden un préstamo hipotecario que nos permita comprar un terreno, será necesario cumplir con algunos requisitos, que a continuación detallaremos en profundidad. Sin embargo, hay que tener en claro que, algunos promotores inmobiliarios y fabricantes de viviendas prefabricadas ofrecen acuerdos de financiación con ciertas entidades financieras, que te permitirá agilizar el proceso.

Hipoteca para comprar terreno

Previo a la elección del terreno en el que nos interesa construir nuestra vivienda debemos tener en cuenta algunos puntos clave. Lo primero que debemos saber es que resulta algo complicado que las entidades bancarias ofrezcan hipotecas para comprar un terreno. Es por este motivo que, probablemente tendremos que hipotecar nuestra casa en propiedad (si no lo está) para lograr financiarlo, o bien, pedir una ampliación hipotecaria. Por otro lado, en cualquier caso, será necesario que se trate de un terreno urbano, de no ser así no conseguiremos que el banco nos la conceda.

Diferentes opciones para comprar un terreno

Hipotecar tu vivienda actual

La realidad es que no resulta sencillo que nos concedan una hipoteca para comprar un terreno, por ende, es probable que tengamos que hipotecar nuestra vivienda actual para lograr financiarlo.

Préstamo personal

Además, contamos con la posibilidad de solicitar un préstamo personal. No obstante, es importante tener en claro que resultará mucho menos rentable. Ya que los créditos al consumo, por lo general, tienen un interés medio del 8%, a comparación del de un préstamo hipotecario que suele ser del 2% de media, no resulta conveniente.

Hipoteca autopromotor

Otra opción que te permitirá comprar un terreno es solicitar una hipoteca autopromotor. Hablamos de uno de los préstamos hipotecarios con mayor demanda de los últimos meses y todo indica a que esta tendencia continuará creciendo. Esto se debe, principalmente, a las ventajas que ofrece.

Como su nombre lo dice, las hipotecas autopromotor nos darán la posibilidad de financiar la construcción de una vivienda en un terreno de nuestra propiedad. Esto significa que, se trata de un préstamo hipotecario creado específicamente para aquellas personas que deseen construir su propia vivienda en un terreno que hayan adquirido. No obstante, algunos bancos permiten financiar parte del terreno por medio de dicho préstamo, sin lugar a dudas, lo transforma en una de las mejores opciones.

Por otro lado, es importante resaltar que cuando se trata de hipotecas autopromotor el plazo de devolución del dinero es menor, treinta años como máximo. Además, los intereses también son más altos que los de las hipotecas tradicionales. De todas formas, comprar una vivienda prefabricada o construir una de obra nueva desde cero por nuestro lado resulta más económico, por ende, termina saliendo a cuenta.

Los requisitos para un préstamo hipotecario para un terreno

Ya hemos mencionado que no resulta sencillo que nos concedan un préstamo hipotecario para realizar la compra de un terreno y que, probablemente, sea necesario hipotecar nuestra casa para ello o bien, solicitar una hipoteca autopromotor.

Por otro lado, es fundamental que el terreno que nos interese sea urbanizable y de nuestra propiedad. Además, será requisito que la vivienda se encuentre anclada al mismo, por lo que no serán una posibilidad las casas móviles. Será necesario también, una licencia municipal para realizar el proyecto y, una vez terminado, debemos inscribirlo en el Registro de la Propiedad.

Ahora sabemos que sí que es posible solicitar una hipoteca para comprar un terreno y construir una casa. Siempre y cuando logremos cumplir con los requisitos que hemos analizado.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas solicitar una hipoteca para comprar un terreno y construir una vivienda. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué situación se encuentra el Euribor 2022 en el mes de abril, que ya ha alcanzado cifras positivas. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿Qué es el Euribor?

Euribor es el acrónimo de Euro Interbank Offered Rate, que es el tipo europeo de oferta interbancaria. Por ende, cuando hablamos del Euribor, nos referimos al índice de referencia más usado para calcular la revisión de los tipos de interés variable en los préstamos hipotecarios. Es por este motivo que el Euribor tiene una gran importancia y resulta fundamental seguir su evolución, principalmente, todo en el mes que nos toca revisar el préstamo hipotecario.

En España existe desde el 1 de enero de 2000, cuando reemplazó al Míbor, que aún se continúa publicando ya que únicamente se utiliza para los préstamos hipotecarios firmados con anterioridad y que así lo hayan pactado.

¿Cómo se calcula el Euribor?

El Euribor es calculado por la Federación Bancaria Europea con los datos de las principales entidades financieras de la zona euro. Consiste en el tipo de interés medio de contado para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año.

Esto quiere decir que, el tipo de interés aplicado a las operaciones entre entidades bancarias europeas, o lo que es igual, el porcentaje que debe abonar como tasa una entidad bancaria cuando otra le presta dinero. Ten en cuenta que el Euribor no es un solo tipo.

Las entidades hacen uso de distintos tipos de interés dependiendo del plazo al que se prestan el dinero. Por ende, a pesar de que cuando hablamos del Euribor parece como si sólo existiera uno, la realidad es que podemos encontrar 15 tipos de interés Euribor.

En España, el Euribor hipotecario a un año es el que se usa habitualmente como referencia para los préstamos hipotecarios. Es calculado por el Banco de España cada mes con la media de los valores diarios y se publica en el BOE todos los meses.

¿Cuál es la situación actual del Euribor?

Lo que se venía previendo desde hace cierto tiempo se ha hecho realidad. El Euríbor 2022 ha alcanzado una cifra positiva por primera vez en seis años. Puntualmente se trata de una cifra de 0,05 %. La realidad es que, si bien no se aleja demasiado de la línea divisoria entre positivo y negativo, si implica un hecho psicológico y que generará un encarecimiento del valor de los préstamos hipotecarios. A poco más de medio mes para terminar abril, se ha generado lo que tarde o temprano iba a tener que ocurrir.

De este modo, se ha comprobado como en menos de tres meses el Euribor 2022 ha pasado de moverse en mínimos históricos, encontrándose siempre aproximadamente el medio punto negativo, a atravesar el techo del cero. Un cambio de tendencia radical que no se esperaba para el Euribor 2022.

Esta subida del Euribor no se preveía hasta el primer semestre del año 2023. No obstante, ha quedado en claro que se trata de un indicativo que se encuentra a merced de cualquier tipo de situación que venga a romper la tranquilidad geopolítica. Sin lugar a dudas, el conflicto que tiene lugar en Ucrania, el aumento de la inflación y el temor generalizado generado por este tipo de hechos no ha generado más que una mayor aceleración en lo que respecta a la subida del Euribor.

En caso de confirmarse las previsiones que son menos optimistas, hacia el final de este año sería posible llegar a ver al valor de referencia para los préstamos hipotecarios en el país con un cierre que se encuentre al rededor del 0,4 %. Esto representaría, sin lugar a dudas, un duro golpe para aquellos que tuvieran que revisar los préstamos hipotecarios a final de 2022.

Previsiones para el Euribor a futuro

Sin embargo, la realidad es que esto recién está comenzando, ya que estas mismas previsiones indican que, en caso de continuar la misma tendencia, el Euríbor puede llegar a alcanzar al 0,8 % para el año 2023. Se trata de algo completamente inesperado y que hace solo unos meses se veía prácticamente como algo imposible.

En todo caso, según cuál sea la entidad que se encargue de llevar a cabo el análisis, nos encontramos frente a una cifra u otra. Sin embargo, todas acaban dando por bueno ese 0,8 % para el año 2023. Probablemente, la entidad con sede en Valencia, CaixaBank, se trate de la que se muestra más optimista. Dicha entidad, asegura que para este 2022 no tendrá lugar un aumento que supere el 0,15 %. No obstante, la realidad es que solo el tiempo será quien, de una razón u otra, lo que no se puede negar es que la subida ya es un hecho. Sin lugar a dudas, ya son muchos los que se encuentran la calculadora en la mano para lograr anticipar cuánto se va a encarecer su préstamo hipotecario de aquí a unos meses.

¿Cómo actúan las entidades bancarias ante esta situación?

En todo caso, se trata de un cambio de panorama con respecto al Euríbor que está generando que la banca comience a redefinir toda su oferta hipotecaria. Esta situación da nueva forma a los préstamos hipotecarios de tipo variable, al mismo tiempo que va poniendo nuevas condiciones, mucho más estrictas, a las hipotecas de tipo fijo. De esta forma, tiene la intención de transformar a este tipo de préstamos en la nueva punta de lanza a la hora de adquirir un inmueble. Según afirman los datos del Instituto Nacional de Estadística, el 70 % de los nuevos préstamos hipotecarios que se firman en nuestro país son, aún hoy en día, a tipo fijo.

Únicamente la vuelta a la normalidad política, algo que por el momento no parece que vaya a suceder a medio plazo, sería de gran utilidad para aplacar los ánimos en lo referente al mercado de las hipotecas variables.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la situación actual del Euribor. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
IRPF
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Blog Oi Real Estate
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.