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En la posesión de un inmueble pueden existir dos figuras contrapuestas: el nudo propietario y el usufructuario. Esta distinción suele ser cada vez más frecuente. Por ejemplo, cuando un hijo hereda una propiedad por parte de su padre pero este último continúa residiendo allí por el resto de su vida o, cuando una persona adquiere una vivienda a menor precio y permite que su anterior dueño siga viviendo en ella. En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de la nuda propiedad y de cómo tributa.

CONTENIDO ACTUALIZADO

Ser nudo propietario de un bien inmueble implica el pago de ciertos impuestos. A continuación te contamos en qué consiste la figura de la nuda propiedad y cómo tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué es la nuda propiedad?

¿Es siempre el propietario de un inmueble quien también lo habita y se beneficia de él? No en todos los casos. La nuda propiedad es un término jurídico y fiscal que hace referencia al derecho que una persona posee sobre un bien del cual es propietario y tiene su dominio, pero no su posesión. Esta posesión es la otra figura de la que hablaremos y también su contracara. A esta última se la denomina como usufructo y se trata de la parte del bien que se le cede a una tercera persona.

En pocas palabras, la nuda propiedad indica que eres el dueño de una propiedad, pero que el derecho a utilizarla y habitarla lo posee otra persona: el usufructuario. Es posible entender mejor estos conceptos a través del siguiente ejemplo, muy habitual por estos días: 

Nuda propiedad en caso de heredar

Son cada vez más frecuentes los casos en los que los padres, o uno de ellos, deciden heredar una propiedad a sus hijos en vida. Sin embargo, la mayoría de las veces, acuerdan entre ambas partes que, mientras los padres vivan, seguirán habitando el hogar. Recién después de su fallecimiento, el derecho y la propiedad sobre el inmueble pasarán a ser completamente posesión de sus hijos. En situaciones como estas, los hijos se convierten en los nudos propietarios de la vivienda y los padres se convierten en usufructuarios.

Si te estás preguntando cuáles son las diferencias entre vender o donar un piso a un hijo y cuál de las dos opciones es más conveniente, en este artículo puedes encontrar la información necesaria.

¿Hay que pagar impuestos por poseer la nuda propiedad de un inmueble?

Como en todas las relaciones jurídicas, tanto el usufructuario como el titular de la nuda propiedad poseen derechos, pero también deben afrontar responsabilidades. 

Si nos centramos en lo impositivo, convertirte en el nudo propietario te hará responsable de abonar todos los impuestos relacionados con la vivienda, según indica el artículo 505 del Código Civil. Sin embargo, existe una excepción a esta regla general: el Impuesto sobre Bienes e Inmuebles, más conocido como IBI, tendrá que ser afrontado por la persona que siga habitando la vivienda, es decir, por su usufructuario.

Como mencionamos, todos los demás tributos deberán ser abonados por el nudo propietario. Entre estos impuestos se incluyen la fiscalidad de la nuda propiedad en la renta y la tributación de la nuda propiedad en el Impuesto a las Sucesiones, es decir, en la herencia.

¿Cómo tributa la nuda propiedad?

Heredar la nuda propiedad de una vivienda y que luego surja el deseo de venderla, puede convertirse en una complicación para cualquiera a la hora de realizar la declaración sobre su renta. 

La realidad es que un inmueble del cual se posee la nuda propiedad no genera ningún tipo de tributación en la declaración de la renta. Por otro lado, quien disfruta de la utilización de la propiedad, es decir, el usufructuario, es quien puede alquilar la vivienda y obtener beneficios por parte de ella.

Es por esta razón que, el nudo propietario, deberá incluir el inmueble en su declaración de la renta y dejar en claro que, ostenta la propiedad sobre él, pero no su usufructo. Pero, ¿cómo tributa la nuda propiedad en relación al IRPF y al Impuesto a las Sucesiones?

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

En caso de que se produzca la venta del inmueble sobre el cual posees la nuda propiedad, la situación es diferente. De ocurrir esto, sí tendrás que afrontar costos impositivos por la operación en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. La fiscalidad de la venta de la nuda propiedad es la misma que la que se aplica en cualquier otra situación de venta de un inmueble. La única diferencia es que no deberás tributar por el 100% del valor de la venta de la vivienda.

El motivo para esta diferencia es que el usufructo de una vivienda también tiene un valor fiscal, sobre todo si es vitalicio. Es por eso que, deberá ser el usufructuario quien calcule el valor de ese usufructo en la renta. Este se calcula en función de la edad que tenga el usufructuario. Una vez que se haya averiguado ese valor, deberás restarlo al valor de transmisión de la vivienda para tributar sólo por la vivienda.

Si te interesa saber en qué medida el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas puede afectar a tu salario en este 2021, en este artículo te lo contamos.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Estas disposiciones en relación al IRPF también aplican de la misma manera para el Impuesto a las Sucesiones. A la hora de calcular el valor del inmueble que heredaste, también se restará el valor del usufructo. De esta manera, sólo deberás abonar impuestos por el resto de la propiedad.

En este artículo te contamos por qué aumentó la recaudación del Impuesto a las Sucesiones en el primer trimestre de 2021 y qué papel tuvo la pandemia de COVID-19 en esta anomalía.

Como habrás notado luego de leer el presente artículo, no es difícil entender la relación entre nudo propietario y usufructuario de una vivienda. Ahora sólo queda decidir si este tipo de pacto es lo que estás buscando, o si prefieres adquirir una propiedad bajo otro tipo de condiciones.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a OI REAL ESTATE. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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Durante los primeros meses de este año he querido comprar un piso a medias con mi hijo pero no sabía cuál era el trámite que debía hacer. ¿Es una herencia? ¿Es una donación? ¿Qué impuestos se deben pagar? Te develaré todo lo que he descubierto en esta nota.

El 2022 ha comenzado conmigo buscando información sobre cómo comprar un piso a medias con mi hijo. Era un terreno nuevo para mí, en donde no sabía cuál era el término legal del procedimiento ni por dónde debía comenzar.

Hoy quiero compartir contigo todo lo que he aprendido durante el trámite porque hay muchas herramientas que podrán servirte para comprar piso.

Lo primero que te recomiendo es que te asegures de que la casa que vas a comprar es una buena inversión. Este primer paso es fundamental para no tener grandes problemas a corto plazo. Pues bien, ahora comenzamos con toda la temática legal.

¿Herencia o donación?

Comencemos a detallar lo que significa cada uno de estos dos términos para conocer de qué estamos hablando cuando nos referimos a una donación y cuando nos referimos a una herencia.

¿Comprar un piso a medias con mi hijo es una herencia?

Suele confundirse el término de herencia con el término de donación, o al menos eso me pasaba a mi. Una herencia o sucesión es originada por el fallecimiento del titular de la propiedad. O sea, no es este el caso.

Comprar un piso a medias con mi hijo es una donación

La donación es el traspaso de una propiedad entre dos personas vivas o entidades y se rige por la Ley 29/1987 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La definición la hallamos en el artículo 168 del libro tercero:

«Es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”.

Puede ser una opción para regalar en vida una propiedad a un hijo y evitar posibles problemas familiares cuando una ya no sea más parte de este mundo. Pero eso queda a criterio de cada persona y según las necesidades que se tengan.

¿Cuáles son los trámites de una donación?

Para comprar un piso a medias con mi hijo tuvimos que acudir ambos una notaría para realizar la escritura de donación. Luego, tuve que inscribir la vivienda a nombre de él en el Registro de la Propiedad.

Aquí es importante aclarar que él, como nuevo titular del piso, será el responsable de pagar los siguientes impuestos:

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía según cada comunidad.
  • Plusvalía municipal, que depende del valor catastral del suelo y de la antigüedad del inmueble.

A partir de enero de este año se han modificado los valores de referencia para pagar los tributos. Ya no se tomará el precio de la vivienda como referencia sino el precio de valor de mercado, es decir, un promedio de los precios de todas las compraventas actuales.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Este impuesto fue clave para comprar un piso a medias con mi hijo. Y, como hemos dicho anteriormente, depende de cada comunidad el cálculo de su importe.

En las siguientes comunidades, mi hijo tendrá una bonificación de al menos el 80% en el impuesto a pagar:

  • Madrid, en donde sólo se abona el 1%.
  • Andalucía, se abona el 1% solo si la donación es entre padres e hijos.
  • Extremadura
  • Castilla y León
  • Castilla-La Mancha
  • Murcia
  • Canarias
  • La Rioja
  • Aragón
  • Cantabria
  • Galicia
  • Asturias

En Islas Baleares, por ejemplo, el porcentaje es del 57% de bonificación siempre que el destinatario de la donación tenga menos de 36 años. Cataluña la bonifica con el 95% pero con un máximo de 60.000 euros y Valencia solo aplica una reducción de la base imponible.

El donante también debe pagar

Como donante, al comprar un piso a medias con mi hijo no estuve exenta de pago de impuestos. A saber:

  • tuve que declarar la donación
  • realicé el pago del IRPF
  • si hay una ganancia por la donación, también se debe declarar

Cifras de donaciones en España

La donación de propiedades a los hijos no es de las operaciones más habituales de realizar en nuestro país. De hecho, en el año 2020, según datos del Instituto Nacional de Estadística, se registraron sólo 20.075 operaciones de este tipo.

Sin embargo, durante los primeros meses del año pasado la cifra ascendió un 17% respecto al mismo período del año anterior. Algunos sectores relacionan este aumento con la crisis económica provocada por la pandemia del coronavirus y la inflación creciente en el continente.

Para muchas familias, la incertidumbre generada por la economía y el contexto político-social las ha llevado a no invertir los ahorros sino en traspasar sus bienes a la familia para asegurarse un futuro tranquilo.

Las personas sienten temor de:

  • el ahorro no tiene sentido ante la alta inflación
  • invertir en Bolsa es muy riesgoso
  • las criptodivisas sufren demasiada volatilidad

Frente a estas opciones, asegurar un ahorro a los hijos parece una de las mejores soluciones para las familias españolas.

Los motivos del aumento de donaciones

Las donaciones han marcado el año pasado cifras históricas, entre otros motivos, por los cambios fiscales. Y una muestra de eso es que durante los meses de enero a septiembre del 2021 se han registrado 18.78 donaciones en España.

La nueva ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude pretendía en un inicio suprimir el beneficio en el IRPF de las sucesiones, lo que ocasionó un aumento en las donaciones. Luego, la ley decidió otorgar un plazo de 5 años para que los destinatarios de una donación puedan vender el inmueble sin perder ese beneficio.

Aunque ese cambio se introdujo a último momento, seguramente ha sido la razón por la que mucha gente decidiera concretar la sucesión antes de su entrada en vigor.

La historia tiene un final feliz: puse comprar un piso a medias con mi hijo con el fin de dárselo como donación. Espero haberte ayudado con toda la información que he recopilado estos meses. Si tienes alguna duda, por favor escríbela en los comentarios.

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El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) son dos de los tributos que se deben abonar al comprar un inmueble en España. En todas las regiones del país se aplican diferentes reducciones, bonificaciones y otros beneficios que permiten a los contribuyentes tributar menos por ellos. ¿Cuáles son las rebajas que se aplican en la región andaluza? ¿Cómo se puede pagar menos por el ITP y el IAJD en Andalucía? ¿Cuáles son actualmente los tipos generales y los tipos reducidos de estos tributos en esta comunidad? En este artículo te lo contamos.

¿Estás pensando en comprar una vivienda en la Comunidad de Andalucía y te preguntas cómo pagar menos de ITP y IAJD? A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y cuándo se paga?

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es aquel que se debe abonar al comprar una vivienda usada o de segunda mano en España. No ocurre lo mismo al adquirir un inmueble de obra nueva, que es cuando se debe pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

El monto a pagar por el ITP en cada operación de compraventa depende de un porcentaje que se aplica sobre el precio escriturado que es diferente en cada comunidad autónoma. Por regla general este suele ser de entre 6% y 10%. Cabe aclarar que, desde el 1° de enero de 2022, la base imponible de este tributo ya no es el valor real de cada inmueble sino el valor de referencia que el Catastro haya fijado para él.

¿Qué rebajas que permiten pagar menos por el ITP se aplican actualmente en la Comunidad de Andalucía?

El Gobierno andaluz aprobó en abril de 2021 una rebaja del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), a través de la cual el tipo general pasó del 8% al 7%. El objetivo era mantener este beneficio hasta finales del año pasado, sin embargo, con la llegada del 2022 no se han producido modificaciones. Actualmente, el tipo general se mantiene en 7% y todavía se siguen aplicando bonificaciones para colectivos en concreto que adquieran una vivienda habitual.

¿Cómo pagar menos por el ITP en Andalucía? Los tipos reducidos

Los tipos del ITP que se aplican en Andalucía desde el pasado 27 de octubre, al margen del tipo general del 7%, son los siguientes:

  • Tipo del 3,5%: se aplica en la transmisión de inmuebles que no superen los 150.000 euros de valor y que vayan a destinarse a vivienda habitual. La condición es que el comprador sea menor de 35 años, víctima de violencia doméstica o víctima de terrorismo. También se puede acceder a él si la propiedad adquirida se encuentra en un municipio con problemas de despoblación. A su vez, el mismo tipo se aplica en la transmisión de inmuebles cuyo valor no supere los 250.000 euros. En este caso, la condición es que el comprador sea una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o sea miembro de una familia numerosa.
  • Tipo del 2%: se aplica en la adquisición de inmuebles que vayan a destinarse a reventa, ya sea por parte de una persona física o jurídica. La condición es que la misma ejerza una actividad empresarial que se enmarque dentro del Plan General del Sector Inmobiliario. Este tipo también se aplica a determinadas operaciones en las que participen sociedades de garantía recíproca o sociedades mercantiles del sector público estatal o regional cuyo objeto sea la prestación de garantías.
  • Nuevo tipo del 6%: este tipo, que se encuentra un punto por debajo del general, se aplica en la transmisión de inmuebles que vayan a destinarse a vivienda habitual y que no superen los 150.000 euros de valor. Se trata de una deducción que está abierta a toda la ciudadanía. La única condición para acceder a ella es que la propiedad adquirida se convierta en la primera residencia del comprador. 

pagar menos ITP y IAJD Andalucía

¿Qué es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y cuándo se paga?

El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) es un tributo que se debe abonar al comprar una vivienda de obra nueva pero también al adquirir un inmueble usado. Este grava todos los documentos notariales y administrativos que se necesitan para concretar una compraventa. El monto a pagar por él se calcula sobre el valor de la escritura pública y oscila siempre entre el 0,5% y el 2% sobre el precio de la propiedad.

¿Qué rebajas que permiten pagar menos por el IAJD se aplican actualmente en la Comunidad de Andalucía?

Las disposiciones aprobadas en 2021 por el Gobierno de Andalucía también alcanzan al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que ahora goza de una rebaja. De esta manera, el tipo general actual es del 1,2%, frente al 1,5% que se aplicaba previamente.

¿Cómo pagar menos por el IAJD en Andalucía? Los tipos reducidos

Los tipos reducidos que se aplican en esta región son los siguientes:

  • Tipo del 0,3%: se aplica en la transmisión de inmuebles cuyo valor no supere los 150.000 euros. La condición es que el comprador sea menor de 35 años, víctima de violencia doméstica o víctima de terrorismo, o bien, que la propiedad se encuentre en un municipio con problemas de despoblación.
  • Tipo del 0,1%: se aplica en la transmisión de inmuebles cuyo valor no supere los 250.000 euros. La condición es que el comprador posea un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que sea miembro de una familia numerosa. A su vez, este tipo también se aplica en determinadas operaciones en las que participen sociedades de garantía recíproca o sociedades mercantiles del sector público estatal o regional cuyo objeto sea la prestación de garantías.
  • Nuevo tipo del 1%: este tipo se aplica en la transmisión de inmuebles que vayan a destinarse a vivienda habitual y cuyo valor no supere los 150.000 euros.

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A la hora de comprar una vivienda es importante calcular cuánto tendremos que pagar por ella. Esto no sólo incluye el precio del inmueble, sino también los gastos e impuestos a los que están sujetas este tipo de operaciones. En esta ocasión nos centraremos específicamente en los tributos que se deben abonar al adquirir una propiedad, sobre los cuales suele haber confusión. ¿Cuáles son? ¿En qué casos se debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)? ¿Cuándo hay que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)? ¿Qué diferencias hay entre comprar una vivienda nueva y una de segunda mano al tributar? En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre los impuestos que hay que pagar por comprar una vivienda.

Calcular cuánto habrá que pagar en materia de impuestos antes de concretar la compra de un bien inmueble puede ser muy útil para evitar sorpresas más adelante. Lo primero que se debe tener en cuenta es que los tributos a abonar varían según se trate de una vivienda de obra nueva o de una vivienda usada o de segunda mano. Se trata de una cuestión sobre la cual suelen darse algunas confusiones. Luego, es importante saber que las disposiciones de cada comunidad autónoma también influyen en el monto a pagar, por lo cual será necesario informarse respecto de lo previsto para cada región.

¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar por comprar una vivienda en España? ¿Cuándo se debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)? ¿En qué casos hay que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)? ¿Qué ocurre con el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)? A continuación respondemos estas preguntas y más. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué impuestos se deben pagar por comprar una vivienda?

Los tributos que los contribuyentes deben pagar en España por adquirir un bien inmueble son los siguientes:

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Sin embargo, en ningún caso una persona abona los tres impuestos por la compra de una vivienda, sino sólo dos de ellos. Esto se debe a que los gravámenes a pagar por un comprador varían en función de si se trata de un inmueble de obra nueva o de uno de segunda mano. Entonces, ¿cuáles son los tributos que se deben abonar en cada caso?

Impuestos que se deben abonar por adquirir un inmueble de obra nueva

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Impuestos que se deben abonar por adquirir un inmueble de segunda mano

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

A continuación veremos en detalle de qué se trata cada uno y cuánto se debe pagar por ellos.

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Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): el tributo que debes pagar al comprar una vivienda de obra nueva

Al comprar una vivienda de obra nueva, además del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), se debe abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Actualmente, el monto a pagar por él es de un 10% sobre el precio del inmueble adquirido. De esta manera, si, por ejemplo, la propiedad costó 100.000 euros, el comprador deberá abonar 10.000 euros de IVA o 25.000 euros si el precio de la vivienda es de 250.000 euros. 

Es importante mencionar que hay una comunidad autónoma en donde no se aplica el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en estos casos, sino otro tipo de gravamen. Se trata de la región de Canarias, lugar en el cual se cobra a los compradores de viviendas de obra nueva el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). En esta ocasión, el porcentaje que se aplica sobre el precio de la propiedad no es de 10%, sino de 6,5%.

También cabe señalar que, en el caso de las viviendas públicas, el porcentaje a pagar por el IVA suele ser de un 4% sobre el precio de la vivienda. Sin embargo, puede variar en función de la comunidad en donde se encuentra el inmueble y del tipo de vivienda social que sea.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): el tributo que debes pagar al comprar una vivienda de segunda mano

Al comprar una vivienda usada o de segunda mano, además del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), se debe abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En este caso, desde el 1° de enero de este año, el monto a abonar por dicho tributo depende, ya no del precio que el contribuyente haya pagado por el inmueble, sino del valor de referencia que el Catastro haya fijado para él. También varía según la comunidad autónoma en donde se encuentre la propiedad, ya que en todas se aplican diferentes porcentajes que van del 6% al 10%.

En el caso de que el inmueble adquirido sea una Vivienda de Protección Oficial (VPO), de que el comprador pertenezca a una familia numerosa o de que sea menor de 35 años, es probable que pueda acceder a un tipo reducido en el ITP, dependiendo de la comunidad.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): el tributo que debes pagar en ambos casos

Como señalamos previamente, existe un tributo que se debe abonar al comprar una vivienda de obra nueva pero también al adquirir un inmueble de segunda mano. Se trata del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). El mismo se encarga de gravar todos los documentos notariales y administrativos que se necesitan para concretar una compraventa, como la escritura pública. El monto a pagar por él se calcula sobre el valor de la escritura y oscila siempre entre el 0,5% y el 2% del precio de la propiedad.

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Las prácticas fraudulentas para ahorrarse algunos euros en impuestos son un denominador común en muchas de las operaciones que se llevan a cabo en España. Las transacciones de bienes inmuebles no son la excepción: tanto compradores como vendedores recurren a ellas. Sin embargo, es importante conocer cuáles son los riesgos que se corren al recurrir a ellas. ¿Qué peligros implica comprar parte de una vivienda «en blanco» y otra parte «en negro»? ¿Cómo actúan las autoridades cuando detectan alguna operación sospechosa? ¿Qué problemas puede traer al comprador y cuáles al vendedor? En este artículo te lo contamos.

Comprar parte de una vivienda «en negro» puede hacernos ahorrar un determinado porcentaje en tributos como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Pero, ¿vale la pena arriesgarse teniendo en cuenta que pueden surgir problemas con el Ministerio de Hacienda y que quizás luego tengamos que pagar incluso más de lo que nos correspondía si hubiésemos obrado de acuerdo a la ley?

A continuación te contamos todo lo que debes tener en cuenta antes de tomar una decisión como esta. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué impuestos se deben pagar por comprar una vivienda?

Los impuestos que se deben pagar por comprar una vivienda varían en función de si se trata de un inmueble de obra nueva o de segunda mano.

Impuestos que se deben pagar al comprar una vivienda de obra nueva

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Impuestos que se deben pagar al comprar una vivienda de segunda mano

  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

A continuación hablaremos de una práctica muy extendida entre compradores y vendedores de bienes inmuebles: la de formalizar parte de una compraventa pero llevar a cabo la otra parte “en negro”. Los compradores suelen elegirla con el objetivo de ahorrarse un porcentaje del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), es decir, cuando adquieren una vivienda usada. Veamos qué riesgos conlleva.

Comprar parte de una vivienda en negro para evadir impuestos: ¿qué problemas puede traer?

Afrontar parte de la compra de un inmueble “en negro” para reducir la base imponible y evitar pagar un porcentaje de los impuestos correspondientes es una práctica común en España. Se trata de un acto que consiste en escriturar una vivienda por un valor inferior al real. De esta manera, en aras de ahorrarse parte del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), se realiza una compraventa  que en realidad es fraudulenta, ya que parte se abona en efectivo sin que quede registro de ello.

El alcance real de esta modalidad es desconocido, ya que todas las transacciones de este tipo quedan completamente fuera de cualquier estadística. Sin embargo, como mencionamos, es sabido que se trata de uno de los tipos más comunes de economía sumergida. Si bien se desconoce el impacto de esta segunda economía en España, las previsiones más optimistas creen que significa menos del 10% total del PIB. Mientras tanto, las más pesimistas afirman que su impacto puede ser de hasta un 25%. 

Es importante conocer que esta práctica puede traer serios problemas, tanto al comprador como al vendedor de la propiedad. Esto se debe a que la evasión de impuestos está duramente castigada por la ley española y las autoridades fiscales cada vez son más exigentes en sus controles (la nueva Ley de Fraude Fiscal es una muestra de ello). De esta manera, en los casos que considere sospechosos, Hacienda puede llegar a iniciar una comprobación de valores. En estos casos, el organismo puede terminar imputando el valor real del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), aplicar intereses de demora o sancionar con multas.

¿Cuáles son los riesgos que corre el comprador?

Comprar parte de una vivienda en negro puede ahorrar al comprador entre el 6% y el 11% del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Esta variación se da porque se trata de un tributo cedido a las comunidades autónomas, razón por la cual no se abona lo mismo en todas las regiones.

De esta forma, al escriturar una vivienda por 210.000 euros, por ejemplo, pero abonando 50.000 euros en negro, se reduce la base imponible del gravamen. En este sentido, el riesgo más grande es el que señalamos previamente: si el precio por el cual se escrituró es inferior al de mercado, Hacienda puede iniciar una comprobación de valores. La primera de las consecuencias que puede acarrear esto es que el comprador termine pagando lo que le corresponde por el ITP. Pero además, puede terminar enfrentándose al pago de intereses de demora e incluso, multas por evasión fiscal. Es por eso que recurrir a esta práctica puede terminar siendo contraproducente para el comprador si su objetivo era pagar menos.

comprar vivienda en negro

Por otro lado, la persona también puede verse perjudicada en materia fiscal si su objetivo es revender el inmueble. ¿Por qué? Si lo hace por un precio muy superior al que quedó registrado cuando lo adquirió, es decir, lo que pagó en blanco, su ganancia patrimonial será muy alta. Esto lo hará tributar más de lo correspondiente por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Cuáles son los riesgos que corre el vendedor?

Los riesgos de recurrir a esta práctica no están únicamente reservados al comprador. La realidad es que para el vendedor de la propiedad el fraude es aún más beneficioso, ya que se ahorra más impuestos. Uno de ellos es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que, al escriturar por un valor menor, la carga impositiva también se reduce.

Por otro lado, el hecho de haber recibido menos dinero por la transacción, también lo habilita a alegar pérdidas en la compraventa, lo cual lo exime de tributar por la plusvalía municipal. Cabe aclarar que este escenario sólo ocurre si vendió el inmueble por menos dinero del que lo compró en su momento.

Entonces, ¿cuáles son los riesgos que corre el vendedor? Si Hacienda sospecha que el valor por el cual el piso se vendió es muy inferior al de mercado, también puede iniciar una comprobación de valores. En este caso, si descubre el fraude, puede exigir al vendedor que pague el IRPF correspondiente a la mayor ganancia patrimonial obtenida.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Recibir un inmueble a través de una herencia implica afrontar una serie de trámites y el pago de determinados impuestos y gastos. A su vez, se suma la posibilidad de que haya más de un beneficiario y que surjan conflictos entre ellos. Por esta y otras razones, es importante actuar con cautela. ¿Cuánto dura el proceso de heredar una propiedad y dónde se realizan los trámites? ¿Cuáles son los impuestos y gastos que se deben abonar por heredar una vivienda? ¿Cómo se puede evitar conflictos con los otros herederos y en el pago de tributos? En este artículo te lo contamos.

La clave para evitar conflictos con los impuestos y gastos que se deben pagar por heredar una vivienda está en prestar atención a los plazos que se otorgan para abonarlos. También existe la posibilidad de tributar menos si se cuenta con la información adecuada. En cuanto a los problemas que se pueden llegar a producir entre herederos, muchas veces depende de la forma en la que el causante haya redactado su testamento. Sin embargo, es importante saber negociar y estar abierto al diálogo.

A continuación te contamos en detalle todo lo que debes tener en cuenta para evitar conflictos al heredar una vivienda. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuánto tiempo se tarda en heredar una vivienda y dónde se realizan los trámites?

La mayor parte de los trámites de una herencia se deben realizar en una notaría. Usualmente, el paso previo es acudir a un despacho de abogados o a una gestoría. También existen algunas agencias inmobiliarias que ofrecen encargarse de todo el proceso de herencia de una vivienda, como de su venta si es el deseo de los beneficiarios. En este último caso, se trata de una opción que permite ahorrar tiempo y dinero.

El tiempo que se tarda en realizar todo el procedimiento para poder hacerse de un bien inmueble heredado es relativo. El mismo puede llevar pocos meses o extenderse por años, en función de dos factores: la existencia o no de un testamento y el consenso entre los herederos. La última de estas cuestiones es especialmente importante, ya que los conflictos de este tipo son muy frecuentes. 

Una de las disputas más habituales entre herederos es que uno o parte de ellos quieran vender una vivienda, mientras que uno u otros se opongan. El problema radica en que, para realizar este tipo de operación, es necesario que todos los propietarios estén de acuerdo. Existen otras alternativas en estos casos, como que los herederos que desean vender compren su parte a los que no quieren o que acudan a la justicia. La clave está en la negociación, ya que no es conveniente que la propiedad se subaste públicamente.

¿Qué impuestos y gastos se deben pagar por heredar una vivienda?

Al margen de los problemas que puedan llegar a surgir entre herederos, también es conveniente saber cuáles son los impuestos y gastos a los que está sujeta la herencia de una vivienda. También, otras cuestiones que ayudarán a no malvender una propiedad heredada.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El principal tributo que grava la herencia de un bien inmueble es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este se aplica sobre toda transmisión de bienes y derechos a título gratuito entre personas físicas. Los herederos cuentan con un margen de seis meses desde el día del fallecimiento del causante para abonarlo, que puede prorrogarse al doble por un coste adicional.

Se trata de un tributo que no posee una cuantía fija, ya que todo depende del monto heredado y de las reducciones y bonificaciones que aplique cada comunidad autónoma. De esta manera, el gravamen puede ir del 7,6% al 34%. En este artículo te contamos cómo se aplica el tributo en cada región.

También es importante tener en cuenta que, desde el 1° de enero de 2022, la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es el valor de referencia determinado por la Dirección General del Catastro. Este es un monto que se fija de acuerdo al valor de mercado que se presume que posee la vivienda. De todas formas, si el valor de escritura es superior al valor de referencia, será este primero el que actúe como base imponible.

Plusvalía municipal

El otro tributo que se debe abonar al heredar una vivienda es la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se trata de un tributo municipal que se paga en casi todas las transmisiones de bienes inmuebles ya que grava el incremento de valor que sufrió desde que fue adquirido. 

La plusvalía municipal debe abonarse en el ayuntamiento del municipio en donde se encuentra la vivienda heredada. El plazo con el que cuentan los herederos para hacerlo es de seis meses. Existen sanciones por su impago que van desde el 50% hasta el 150% del valor a abonar, dependiendo de la gravedad de la infracción. 

Gastos adicionales

Además de estos impuestos también hay que tener en cuenta algunos gastos adicionales que se deben asumir en toda herencia de bienes inmuebles. Dentro de estos se encuentran los gastos de notaría y los del Registro de la Propiedad. 

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En caso de haya más de un heredero, el porcentaje de los gastos que deberá asumir cada uno dependerá de la participación sobre la vivienda que haya recibido y del acuerdo al que llegue junto a los demás beneficiarios. También influirá el grado de parentesco con el fallecido y de las posibles reducciones en estos costes que se puedan llegar a aplicar según las disposiciones de la comunidad autónoma.

Cómo evitar conflictos con los impuestos y gastos que conlleva heredar una vivienda

Algunos de los consejos a tener en cuenta para evitar conflictos entre herederos y respecto a los impuestos y gastos que se deben pagar son los siguientes:

  • Son muchas las ocasiones en las que los herederos de un inmueble deciden ponerlo a la venta para conseguir liquidez y evitar los gastos que conlleva su mantenimiento. En estos casos, hay que tener en cuenta que la ganancia patrimonial obtenida estará determinada por la diferencia entre el valor que se adjudicó a la vivienda en la herencia y su valor de venta. Por esta razón, si se pone la propiedad en venta en el corto o mediano plazo, es aconsejable tomar su valor de mercado real, que suele estar por encima del valor de referencia del Catastro y por el que se debe tributar lo mínimo. De esta manera, se evitará tributar en el IRPF e incluso en la plusvalía municipal, o bien, se amortiguará su efecto en gran medida.
  • Muchas veces, las viviendas heredadas permanecen a disposición de los herederos en vez de salir al mercado para su venta o alquiler. Esto puede deberse a una falta de acuerdo entre los mismos. Para evitar cualquier tipo de conflictos, es recomendable mejorar la redacción de los testamentos e incluir en ellos hasta el último detalle.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Los NFT o token no fungible son activos digitales únicos que pueden venderse en el mundo digital. Pero, ¿qué significa mintear uno de ellos? ¿Es lo mismo que minar una criptomoneda? Lo veremos en esta nota.

Definición de NFT

Un NFT (non fungible tokens) es una manera de agregarle a un activo digital un certificado que lo vuelve único e imposible de hackear. Este activo puede ser desde un pdf, una foto o video hasta una escultura o una animación. La red blockchain en la que surgieron los NFT en 2017 fue Ethereum.

Los token no fungibles son únicos y, a diferencia de las criptomonedas y otras divisas, no pueden ser intercambiados entre sí. Representan certificados únicos de autenticidad que se verifican a través del blockchain y pueden comercializarse. Es por este motivo que han sido noticias las subastas de token de obras de arte, entre otras cosas.

Tienen cuatro características principales:

  1. son únicos
  2. indivisibles
  3. transferibles
  4. pueden demostrar su escasez

Han sido criticados, de la misma manera que las criptos, por la energía que consumen en su cadena de bloques, como hemos analizado en el post Soluciones sostenibles a la minería criptomonedas. En esta nota, además, explicamos el concepto de la minería de criptomonedas y su repercusión en el medio ambiente.

Mintear un NFT, ¿qué es?

Mintear significa crear un símbolo o certificado a un activo y subirlo al blockchain. Es el hecho de crear un objeto para luego utilizarlo pero no es solamente crear un NFT y tampoco es minar. Vayamos de a poco.

Mintear un NFT dependerá enteramente de la red blockchain que utilices, cada una de ellas tiene su protocolo y su procedimiento concreto. Algunos ejemplos:

Procedimiento para crear NFT en Bitcoin

Crear un token no fungible en bitcoin es generar una serie de satoshis con su propia configuración.

Procedimiento para crear NFT en Ethereum

Crear un NFT en Ethereum precisará de una dirección asociada a un smart contract bajo el formato ERC-721 o 1155. Aquí, los servicios que puedes elegir para mintear el NFT son OpenSea, Mintable o Rarible, entre otros.

Consejos para comenzar a mintear NFT

Cualquier persona interesada en el mundo de los NFT debe aprender a mintear. Siempre primero lo recomendable es investigar, recabar información, insertarse en foros sobre el tema para comenzar a ingresar a este mundo enorme y sumamente rentable.

Hay opciones alternativas de otras blockchains, como Cardano, que cuenta con contratos inteligentes que no precisan supervisión de terceras personas ni trámites costosos legales. Por ejemplo, no se necesita de un notario para validar el acuerdo, solamente el blockchain alcanza para certificar lo acordado.

Por supuesto, como en cualquier actividad, se deben tomar ciertos cuidados:

  • entender el funcionamiento del blockchain
  • conocer del mundo de las criptomonedas
  • nunca brindar nuestras palabras clave a otras personas
  • especial cuidado con estafas y fraudes, muchas veces se presentan a modo de sorteo
  • buscar tutoriales online sobre las wallets y su utilización
  • no confiar en desconocidos
  • nunca compartir las llaves
  • nunca invertir más de la cuenta
  • ir siempre paso a paso, según las posibilidades de cada uno

Los NFT y el Fisco

Aunque existen muchas lagunas legales en torno a las NFT y su pago de impuestos, la realidad es que no están exentas de esto. El monto varía según quién los transmita y a quién, es decir, si es una obra de arte y la vende el artista que la hizo, encuadra dentro de su actividad económica, por citar un ejemplo.

Los NFT abonarían los siguientes impuestos:

  • IVA, se aplica en el ámbito empresarial y/o profesional
  • Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales, lo abona el comprador del token en cuestión y es para casos de compra y venta entre particulares
  • IRPF, tributarían entre el 19% y el 26% en función del capital objetivo aunque es muy difícil encuadrarlo dentro de una actividad económica

Con respecto al Impuesto al Patrimonio y al Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones, se supone que estos activos tendrían que ser integrados en estos dos impuestos pero, una vez más, nos hallamos en un terreno pantanoso.

El NFT de Beeple que se ha vendido en 69 millones de dólares

El coleccionismo del criptoarte

Los NFT están revolucionando el mundo del arte, cada obra de arte es única e irrepetible, del mismo modo que un NFT. Solamente hay una original, el resto son meras copias. Cada token o NFT representa una imagen única, diferente y coleccionable.

El valor de cada token dependerá de la cantidad de gente interesada en el mismo y es por eso que las personas e inversionistas comenzaron a interesarse muy rápidamente por este mundo en donde se puede comercializar desde artículos coleccionables hasta elementos de videojuegos y obras de arte digitales.

De hecho, en la actualidad ya existen las galerías de arte digitales, como la mexicana AMGaleria.

El NFT de Beeple y el tuit que hicieron historia

Un video digital del artista Beeple se ha vendido por más de 69 millones de dólares el 11 de marzo de 2021 a través de una subasta en Christie’s. La obra digital se titula ‘Todos los días: los primeros 500 días’ y consiste en un collage que el artista ha creado durante 13 años.

Otra venta ejemplar ha sido la del primer tuit de la historia, que se ha vendido por el CEO de Twitter, Jack Dorsey, vía NFT por 2,9 millones de dólares. En realidad el comprador, un empresario de Malasia, ha abonado 1.630,6 ethers ya que los tokens no fungibles se abonan en criptomonedas.

Esto demuestra el gran negocio que representa para los coleccionistas del arte los token no fungibles. Cuando alguien compra un NFT, obtiene los derechos de ese token único en la cadena de bloques o blockchain. Por supuesto que entran en juego la especulación y la escasez de ese activo en sí mismo.

Queremos sugerirte, por último, la lectura de la siguiente nota sobre el metaverso, el universo en donde los NFT operan:

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Comprar una vivienda significa un gran esfuerzo económico para cualquier persona: impuestos, gestoría, inmobiliaria e hipoteca son sólo algunos de los gastos a asumir. Quizás los más afectados en este sentido sean los jóvenes, que no suelen contar con ahorros suficientes para adquirir una casa. En estos casos y en muchos otros, es frecuente que la operación se lleve a cabo con ayuda de los padres u otros allegados. ¿Qué se debe tener en cuenta para comprar un piso con dinero donado? ¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar? ¿Qué precauciones se deben tomar para evitar problemas con Hacienda? En este artículo te lo contamos.

Todas las personas que reciben donaciones dinerarias en España deben afrontar el pago de tributos. Las condiciones pueden variar según la comunidad autónoma en donde resida el beneficiario o si alguna de las partes vive en el extranjero. Por eso, es importante conocer con anticipación ciertas cuestiones para evitar problemas con el Ministerio de Hacienda. A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué pasos se deben seguir y qué precauciones se deben tomar antes de comprar un piso con dinero donado?

Toda donación de dinero destinada a la compra de una vivienda puede realizarse a través de una transferencia, de un cheque bancario o en metálico. Siempre es conveniente documentar esta entrega de dinero, ya sea a través de un contrato privado o ante un notario. 

Si bien basta con la celebración de un documento privado, lo cierto es que la firma de una escritura pública por parte de los donantes y los donatarios, es un requisito imprescindible para poder acceder a determinados beneficios fiscales. Más adelante hablaremos de cuáles son los tributos a los que están sujetas este tipo de operaciones.

También existe la posibilidad de que el dinero donado sea de carácter colacionable, especialmente cuando se trate de una donación de padres a hijos. De esta manera, la entrega será considerada a cuenta de la herencia que deba recibir en un futuro el beneficiario. El objetivo es que este adelanto no perjudique al resto de herederos. Por esta razón es que antes de transferir el dinero se deben analizar todos los beneficios fiscales aplicables para evitar sorpresas, costes innecesarios y problemas con Hacienda.

¿Qué impuestos se deben pagar por recibir dinero donado para comprar un piso?

Todas aquellas personas que reciban dinero donado para comprar un piso que vaya a convertirse en su vivienda habitual deben pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este tributo posee importantes ventajas fiscales que varían en función de la comunidad autónoma en donde reside el donatario. Para determinar cuál es su lugar de residencia se toma a la región en donde la persona haya pasado más días en los últimos cinco años anteriores a la donación.

Cabe aclarar que, para poder acceder a estos beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es necesario cumplir con ciertos requisitos. Si bien los mismos difieren en cada comunidad autónoma, uno de los más frecuentes es que la donación se formalice mediante escritura pública, como adelantamos. Antes de recibir la donación, es importante verificar cuáles son los beneficios fiscales que se aplican en la región correspondiente y qué requisitos se deben cumplir para disfrutar de ellos. En este artículo y este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué ocurre cuando el donante vive en el extranjero y el donatario en España?

En caso de que el receptor de la donación viva en España pero el causante resida en el extranjero, la operación deberá formalizarse también en un documento. Como siempre, es preferible que el mismo se firme ante un notario. Si dicho documento se encuentra redactado en lengua extranjera, deberá ser traducido al español y apostillado para que tenga validez dentro del territorio español.

De todas formas, cabe mencionar que esta exigencia se ha flexibilizado dentro de la Unión Europea tras la entrada en vigencia del Reglamento (UE) 2016/1191 de 6 de julio de 2016. Por otro lado, si la donación se formaliza en alguno de los consulados de España en el extranjero, el documento será plenamente válido en el territorio y no habrá que traducirlo.

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Este tipo de donaciones dinerarias tributan en España y, según cada caso particular, también pueden llegar a hacerlo en el país extranjero. Teniendo en cuenta esto, el donatario podrá acceder a una deducción por doble imposición internacional, según lo prevé el artículo 23 de la Ley 29/1987. Al igual que en el caso anterior, es importante estudiar previamente la fiscalidad para saber con anticipación cuál será el coste total de la operación.

¿Qué ocurre cuando el donante vive en España y el donatario en el extranjero?

También puede darse el caso inverso: que el receptor de la donación sea quien viva en el extranjero y el causante resida en España. En ese caso, lo ideal es que la operación se formalice ante un notario dentro del territorio español para evitar traducciones y demás inconvenientes. En caso de que el beneficiario no pueda viajar a España para realizar el trámite, puede remitir un poder a favor del donante para que pueda hacerlo por su cuenta.

Ahora bien, aunque el donatario viva en el extranjero, igualmente deberá tributar en España por haber recibido una donación dineraria proveniente de España. En este sentido, puede apegarse a la normativa de la comunidad autónoma en donde haya estado depositado el dinero durante los últimos cinco años. No importa si se trata de una región distinta a aquella en donde residen los donantes. También debe presentar la declaración fiscal que corresponda ante la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.

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La masificación del uso de las criptomonedas ha llevado a Estados y Naciones a tomar medidas para regularizar este mercado que no tiene límites. El modo en que tributan criptomonedas en nuestro país es de reciente aplicación y lo analizaremos detalladamente aquí.

Hay 8.000 criptomonedas actualmente en el mundo y cada día aparecen otras nuevas. Las generaciones jóvenes son las que se sienten más atraídas por estas nuevas formas de realizar las transacciones económicas.

La adopción de las monedas digitales para realizar diversos pagos crece día a día pero pocas personas realmente conocen cómo tributan criptomonedas en nuestro país y qué impuestos se deben abonar. Al utilizar la tecnología blockchain son muy seguras pero no están controladas por el Fisco, en su mayoría.

Sugerencia de lectura: Binance es la primera plataforma cripto registrada

¿En qué casos tributan criptomonedas?

Las criptomonedas tributan en el momento en que generan algún tipo de rentabilidad. Si una persona compra criptomonedas, este simple hecho no debe tributarse. Ahora, en el momento en que se vendan y aparezca la ganancia, ahí es cuando deben tributar.

Impuesto sobre el Patrimonio

Si la persona es residente de España, se debe declarar la posesión de las mismas en el Impuesto sobre el Patromonio en caso de superar los 2 millones de euros entre bienes totales. En estos casos, el poseedor de las monedas digitales deberá declararlas solamente por la mera tenencia, independientemente de que generen rentabilidad alguna.

Esto lo establece el artículo 24 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio, que señala que el contribuyente debe anotar el precio económico de las criptomonedas que tenga en su poder en ese momento.

Otro detalle no menor es que si las monedas se hallan fuera del país, deberán declararse al superar los 50.000 euros y cada año posterior en que varíen en más de 20.000 euros también.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El IRPF se tributa desde el momento en que la cripto comience a dar ganancias. Recordemos que la campaña comienza el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio. Se deberán presentar las declaraciones de todos los contribuyentes que deban tributar.

Las cifras de estas monedas digitales deberán incluirse en la base imposible del ahorro del impuesto sobre la renta. Este impuesto es progresivo y su porcentaje se calcula entre el 19% y el 26% de la ganancia obtenida. Además influyen otras variables en la cuota final de este impuesto, como operaciones inmobiliarias e ingresos de otro tipo.

Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones

También tributan criptomonedas recibidas a modo de herencia o simple regalo. Esta tributación dependerá del monto y de las leyes estatales y de cada autonomía. La regulación estatal establece un porcentaje del 7,65% al 34% pero las autonómicas influyen ya que algunas comunidades permiten bonificaciones de hasta el 99%, como es el caso de Madrid.

Situación frente al IVA

La compra y la venta de criptomonedas están exentas del IVA

El caso particular de las staking

El staking es el proceso de adquirir criptomonedas y bloquearlas en wallets durante un determinado período para ganar recompensas, es una alternativa al minado tradicional. En este caso, deben tributar cuando se recibe la rentabilidad obtenida a través del IRPF.

Dichas ganancias se encuadrarían dentro de lo que se considera como la base del ahorro que tributa al IRPF según el importe:

  • 19% de impuestos en ganancias de hasta 6.000 euros.
  • 21%, en ganancias entre 6.000 y 50.000 euros.
  • 23% en rentabilidades de 50.000 a 200.000 euros.
  • 26% cuando la rentabilidad supere los 200.000 euros.

Especial mención se debe hacer a una reciente consulta vinculante a la DGT sobre si el staking debe abonar IVA y su respuesta ha sido afirmativa (no así sus ganancias).

Los países que más utilizan criptomonedas

Según la Encuesta Global de Consumidores de Statista, la población de Nigeria es la que más utiliza las divisas digitales. Un 32% de los nigerianos utilizan las criptos en su vida cotidiana, esto equivale a un tercio de su población. La explicación es que el alto costo para enviar dinero al exterior ha derivado en que en este país las personas adopten las monedas digitales.

Luego de Nigeria aparece los siguientes países:

  • Tailandia, con el 31% de su población utilizando criptos.
  • Filipinas, con el 28%
  • Vietnam, con un 27%
  • Turquía, con el 25%.

Con respecto a América Latina, Perú es el país que más uso hace de las criptos con un 16% de su población utilizándolas. Entre ellas, las que más destacan son el bitcoin, ethereum, litecoin, ripple, dogecoin.

Operaciones en donde tributan criptomonedas

A modo de paralelismo, y con el fin de ejemplificar un poco este universo nuevo de tributación, podemos afirmar que:

  • La compraventa de criptomonedas tributa del mismo modo que la transmisión clásica de divisas.
  • El staking tributa de la misma manera que un depósito común bancario.

El futuro formulario 721

El formulario 720, de Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero ha sido tumbado por la Justicia europea, pero en su lugar se instalará el formulario 721 para declarar ingresos en el exterior superiores a 50.000 euros en criptomonedas. Este modelo de declaración aún se encuentra en desarrollo por parte de la Agencia Tributaria.

Hacienda retoma las inspecciones presenciales

Además de trabajar en el nuevo formulario 721 para declarar cripto divisas del extranjero, Haciendo vuelve a realizar inspecciones presenciales con el objeto de eliminar el fraude fiscal. El objetivo es reforzar el trabajo y encausarlo hacia la vigilancia fiscal de los contribuyentes.

Los planes de visitas han sido enfocados directamente hacia las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los gestores de pymes y autónomos. Además, se incluirán a los poseedores de criptomonedas y pisos de alquiler turístico.

Atención los dueños de criptos

Hacienda comenzará su control hacia los tenedores de criptomonedas realizando una explicación sobre los potenciales riesgos, avisos y advertencias que tienen este tipo de inversiones. También se controlarán las plusvalías de estas operaciones, tanto nacionales como internacionales.

Mientras tanto, el modelo 721 podría entrar en vigor los próximos meses, cuando el Ministerio de Hacienda termine de elaborarlo.

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El período para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021 está a la vuelta de la esquina. A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio, los contribuyentes españoles deberán declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Antes de que esa fecha llegue, nos anticipamos para que estés al tanto de todos los cambios que se implementarán en esta ocasión. ¿Cuáles serán los tramos del IRPF que se aplicarán a nivel estatal y en cada una de las comunidades autónomas en este 2022? ¿Qué regiones mantendrán sus tipos impositivos y cuáles los modificarán? En este artículo te lo contamos.

Los tramos del IRPF se modificarán en este 2022, tanto en el plano estatal como en algunas comunidades autónomas. En la primera parte ya te contamos cuáles serán los tipos que se aplicarán en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha. Ahora, en esta segunda parte, te contamos cuáles se aplicarán en las regiones de Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Todo lo que debes saber sobre la Renta 2021-2022

El próximo 6 de abril comienza el plazo establecido por el Ministerio de Hacienda para que todos los contribuyentes españoles presenten su declaración de la renta. Por eso, es importante conocer con anticipación los cambios que habrá este año, tanto en el tramo estatal como en el autonómico.

En cuanto al estatal, la novedad más destacada es que aumentará el número total de tramos. Hasta este momento eran cinco, pero ahora pasarán a ser seis. El que se incorporará será un nuevo tipo marginal del 47%, que deberán abonar quienes hayan percibido rentas superiores a 300.000 euros durante el 2021.

Por otro lado, en el campo autonómico, las principales modificaciones estarán presentes en las comunidades de Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana. Sin embargo, no todas ellas afectarán a los contribuyentes de la misma manera: en algunos casos la tributación del IRPF será más dura y en otros más baja para rentas concretas.

A continuación veremos en detalle cómo quedarán los tramos del IRPF que se aplicarán en este 2022 a nivel estatal y a nivel autonómico.

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán a nivel estatal?

Estos son los tramos del IRPF que Hacienda aplicará en la declaración de la renta 2021-2022 para toda España:

Base imponible Tipo impositivo
Hasta 12.450 euros 19%
Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros 24%
Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros 30%
Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros 37%
Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros 45%
Más de 300.000 euros 47%

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán en las comunidades de Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja?

Castilla y León

En esta región la escala de tramos del IRPF se mantendrá igual que el año pasado. Los tipos marginales son cinco, con un mínimo de 9,5% y un máximo de 21,5%. Así es como quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Castilla y León para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 14%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 18,5%
A partir de 60.000 euros 21,5%

Cataluña

Aquí también se mantendrá sin cambios la escala del IRPF que en este caso cuenta con siete tramos. Mientras el tipo marginal mínimo es del 12%, el máximo es del 25,5%. Estos serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Cataluña para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 17.707,20 euros 12%
De 17.707,20 euros a 33.007,20 euros 14%
De 33.007,20 euros hasta 53.407,20 euros 18,5%
De 53.407,20 euros hasta 90.000,00 euros 21,5% 
De 90.000 euros a 120.000 euros 23,5%
De 120.000 euros a 175.000 euros 24,5%
A partir de 175.000 euros 25,5%

Comunidad Valenciana

En esta región se añadirán dos nuevos tramos de IRPF que se aplicarán a las rentas más altas. Hasta ahora, el tipo máximo era del 25,5% pero este año se establecerá un 27,5% para bases liquidables generales superiores a 140.000 euros, y un 29,5% para rentas de a partir de 175.000 euros. Mientras tanto, el tipo mínimo se mantendrá en 10%. Así quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en la Comunidad Valenciana para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 17.000 euros 11%
De 17.000 euros a 30.000 euros 13,9%
De 30.000 euros a 50.000 euros 18%
De 50.000 euros a 65.000 euros 23,5%
De 65.000 euros a 80.000 euros 24,5%
De 80.000 euros a 120.000 euros 25%
De 120.000 euros a 140.000 euros 25,5%
De 140.000 euros a 175.000 euros 27,5%
A partir de 175.000 euros 29,7%

Extremadura

Esta comunidad cuenta con una escala de nueve tramos, en donde el tipo marginal mínimo es de 9,5% y el máximo es de 25%. No se aplicará ningún cambio en esta ocasión. Por eso, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Extremadura quedarán así para la próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12,5%
De 20.200 euros hasta 24.200 euros 15,5% 
De 24.200 euros hasta 35.200 euros 16,5%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 20,5%
De 60.000 euros hasta 80.200 euros 23,5%
De 80.200 euros hasta 99.200 euros 24%
De 99.200 euros hasta 120.200 euros 24,5%
A partir de 120.200 euros 25%

Galicia

En esta región también se conservarán los mismos siete tramos del año pasado, en donde el tipo marginal mínimo es del 9,5% y el máximo es del 22,5%. De esta manera, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Galicia quedarán así para la declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,8%
De 20.200 euros hasta 27.700 euros 15,5%
De 27.700 euros hasta 35.200 euros 17%
De 35.200 euros a 47.600 euros 18,5%
De 47.600 euros a 60.000 euros 20,5%
A partir de 60.000 euros 22,5%

Madrid

En esta comunidad también se mantendrá sin cambios la escala de cinco tramos en donde el tipo marginal mínimo es de 9%, mientras que el máximo es del 21%. Así quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en la Comunidad de Madrid para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 17.707,20 euros 11,2%
De 17.707,20 euros hasta 33.007,20 euros 13,3%
De 33.007,20 euros hasta 53.407,20 euros 17,9%
A partir de 53.407,20 euros 21%

Murcia

En esta comunidad se reducirán los tipos marginales en los cinco tramos establecidos. De esta manera, el tipo marginal mínimo quedará en 9,7% y el máximo en 22,9%. Estos serán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Murcia para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,7% (antes era de 9,8%)
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,72% (antes era de 11,98%)
De 20.200 euros hasta 34.000 euros 14,18% (antes era de 14,62%)
De 34.000 euros hasta 60.000 euros 18,54% (antes era de 18,86%)
A partir de 60.000 euros 22,90% (antes era de 23,1%)

La Rioja

Esta comunidad cuenta con siete tramos del IRPF, en donde el tipo marginal mínimo es de 9% y el máximo es de 27%. No se introducirán modificaciones con respecto al año pasado. Así es como quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en La Rioja en para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,6%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 14,6%
De 35.200 euros hasta 50.000 euros 18,8%
De 50.000 euros a 60.000 euros 19,5%
De 60.000 euros a 120.000 euros 25%
A partir de 120.000 euros 27%

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