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Hipotecas

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En los próximos meses entrará en vigor una nueva norma para la contratación de hipotecas. Con la reforma hipotecaria 2018, los partidos políticos españoles quieren saldar una deuda pendiente con los hipotecados y dotar al mercado de la vivienda de una legislación moderna y transparente.

La futura ley hipotecaria, que se tramita en el Congreso, pretende poner las cosas más fáciles al cliente frente al lenguaje financiero y la letra pequeña de los contratos bancarios.

A pesar de los dos años y medio de retraso en la transposición de la directiva europea, la nueva Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario nace con el propósito de velar por el interés del consumidor.

Los grupos políticos que participan en la reforma hipotecaria 2018 están acordando diferentes medidas de control que doten de transparencia la contratación de créditos para comprar, rehabilitar o construir de vivienda en España.

Limitando la responsabilidad patrimonial de los hipotecados, facilitando el cambio de entidad o la amortización y aclarando quien asume cada cada gasto en las nuevas hipotecas.

La nueva ley hipotecaria, que podría entrar en vigor en marzo de 2019, atenderá estos y otros requerimientos dotando al sistema financiero de una norma necesaria. Tanto para propietarios como para entidades bancarias, promotores y firmas de intermediación inmobiliaria.

«Una ley que dotará de confianza al mercado de la vivienda«, segura Luis Gualtieri. «Y una manera de desjudicializar la compraventa«, añade el CEO.

Gastos y protección con la reforma hipotecaria 2018

Con la aprobación de la futura ley hipotecaria, las entidades estarán obligadas a pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Además de las primeras copias de la escritura notarial, y los gastos de gestoría y registro. Frente al cliente, obligado a pagar la tasación y las segundas copias de notaría.

También se pondrán en marcha diversos cambios para asegurar la transparencia del contrato hipotecario. Por un lado, facilitando que el cliente escoja la sociedad o profesional independiente que realice la tasación.

Y, por el otro, creando una autoridad independiente que vele por la transparencia hipotecaria y supervise la solvencia del hipotecado. Además de un código de buenas prácticas que los bancos deberán aplicar a todos los préstamos.

Cambios en las cláusulas y ejecuciones hipotecarias

La nueva ley elevará el número de cuotas impagadas, antes de proceder a la ejecución de la vivienda. Durante la primera mitad del préstamo será necesario adeudar 12 mensualidades o el 3% del capital principal. Y en la segunda mitad, un total de 15 mensualidades o el 7% del capital.

Desaparecerán las cláusulas suelo y se permitirá la dación en pago, siempre que ambas partes lo negocien. Quedando limitada la garantía de responsabilidad patrimonial al importe de los bienes hipotecados.

Así mismo, la reforma hipotecaria 2018 incluirá en una disposición adicional que recogerá las cláusulas de vencimiento anticipado. Al margen de sentencias pendientes del TJUE.

Comisiones y productos vinculados con la nueva ley

La reforma hipotecaria 2018 modificará la comisión de amortización anticipada en préstamos a tipo fijo. Fijando un máximo del 2% en los diez primeros meses y del 1,5% en los siguientes.

Mientras que en hipotecas a tipo variable, será el cliente quien pueda escoger el plazo de amortización, de tres o de cinco años. Siendo la comisión del 0,25% o del 0,15%, respectivamente.

Por otro lado, desaparecerán las comisiones de novación en las hipotecas. Mientras que la subrogación podrá realizarse de forma libre y sin coste. Estableciéndose un mecanismo de compensación entre ambos bancos, a partir de los interés (cobrados o pendientes), de acuerdo a los gastos de constitución de la nueva hipoteca.

Del mismo modo, la comisión por los intereses de demora no podrá superar el interés remuneratorio más un 2%. Tal y como ha comenzado a establecer el Tribunal Supremo.

Libertad de subrogación y amortización de hipotecas

Sobre la vinculación entre banco y clientes, la futura ley hipotecaria establece diversos requerimientos.

Por un lado, la entidad financiera deberá facilitar un plazo de diez días para que el cliente analice la información precontractual del préstamo antes de firmarlo.

Así mismo, el banco estará obligado a ofrecer una ficha estándar con las condiciones ofertadas. Para que el cliente puede llegar a comprar ofertas de diversas entidades.

Del mismo modo, la reforma hipotecaria 2018 permitirá al cliente la contratación de seguros y pólizas (vida, hogar, impago,..) con otra entidad diferente a la que concede la hipoteca. Sin que por ello se pueda cobrar comisión o gasto alguno.

Si te interesó este tema y quieres seguir conociendo sobre el mundo inmobiliario, te invitamos a leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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Aunque las hipotecas al 100% pretendan facilitar el acceso a la financiación entre quienes no disponen de ahorros, sus efectos pueden ir más allá. Tanto alterando las tasaciones como disparando los precios y llevando a la sobrevaloración de vivienda.

«El precio es lo que se paga, el valor es lo que se obtiene«. Esta frase, atribuida a Warren Buffett, nos recuerda el hecho de que aunque una cosa valga lo que se esté dispuesto a pagar por ella, esto no quiere decir que su valor sea exactamente ese.

La vuelta de las hipotecas por el 100% del valor de tasación trae consigo viejos fantasmas que creíamos desaparecidos. La sobrevaloración de la vivienda.

«Igual que todos remamos a favor cuando los precios suben tras una gran caída como la de hace una década, deberíamos frenar la euforia cuando el mercado toca techo«, señala Luis Gualtieri. «¿Qué ganamos haciéndole creer al cliente que venderá su vivienda pida lo que pida por ella?«, pregunta el CEO de la agencia inmobiliaria Oi Real Estate.

«España corre el peligro de repetir los errores cometidos durante la época del boom«, recuerda J.M. Raya. «Cuando los pisos se sobretasaban alrededor de un 30%«.

Raya fue el autor del estudio de investigación ‘El verdadero precio de la vivienda en España‘. Donde se analizaba el impacto sobre diversos sectores, como el inmobiliario.

«Los bancos vuelven a ofrecer hipotecas al 100%«, apunta Gonzalo Bernardos. Pero, lejos de cubrir gastos, «esto hace que también suban precios y se hinchen tasaciones«, finaliza el economista.

Del 80% ‘oficial’ al 100% ‘ofrecido’

«Los préstamos hipotecarios por el 100% del valor de tasación permiten comprar casa a más gente, pero también inflan precios y fomentan sobretacaciones«, señalaba hace unos meses David Fernández.

Este tasador se animó a enviar una carta al Banco de España para denunciar esta nueva estrategia de las entidades. «En cuanto la banca ha comenzado a ofrecer estas hipotecas, las tasaciones han comenzado a inflarse«.

David viene a alertar de que, habitualmente, cuando una entidad ofrece el 80% del valor tasado el cliente debería tener ya ahorrado el otro 20% además de los gastos de gestión. Sin embargo, cuando no se posee dicha cantidad lo único que queda por hacer es confiar en que el valor de tasación se sitúe bastante por encima del precio a pagar por la vivienda.

«¿Quién puede creer que todas las propiedades hipotecadas cuentan con una rebaja así respecto al precio de mercado?«, pregunta el tasador. Es por ello que la entidad financiera se arriesga a perder la operación si la tasación no responde a las expectativas del comprador.

«De facto, las hipotecas al 100% no hacen más que responder a la necesidad de tasaciones un 20% más elevadas«, finaliza. «Se trata de una práctica aún no generalizada pero que comienza a ser frecuente entre pequeñas firmas«, añade G. Bernardos.

Peligro en las tasaciones de medida

«Aunque la elección del tasador puede ser casual, algunas empresas contratan servicios de firmas que permiten alcanzar el valor que se requiere«, puntualiza David Fernández.

Firmas especializadas en ofrecer el 100% de la financiación. «El banco solo comprueba que el cliente no pide más del 80% del valor tasado, sin averiguar si la tasación está o no a nivel de mercado«, añade. Ya que, al fin y al cabo, el propósito de un banco está en cumplir sus objetivos.

«Una situación que nos gustaría que revirtiese la futuro ley hipotecaria«, comenta Luis Gualtieri. «Norma que debería desvincular la venta de créditos hipotecarios del beneficio de los banqueros«.

Aunque parezca mentira, el propio David Fernández lamenta la presión ejercida sobre los tasadores. Porque sin informes que corroborasen la sobrevaloración de vivienda, muchas operaciones no podrían llevarse a cabo. «Afortunadamente, existen inmobiliarias que no caen en esas prácticas«, señala.

Vuelve la sobrevaloración de vivienda

«Somos profesionales expertos y ofrecemos a nuestros clientes servicios como el de tasación de vivienda«, explica el CEO de la agencia. «La manera más rápida, transparente y eficaz de conocer el valor real de un inmueble según la situación real del mercado«.

«Teniendo en cuenta tanto el estado de conservación como las características, la ubicación del inmueble y la oferta disponible«, añade. «Porque entendemos que el mercado de la vivienda ofrece rentabilidad cuando se cuenta con la ayuda de un experto«.

¡Inversiones inmobiliarias con perspectivas de futuro!

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Las vacaciones han sentado fantásticamente bien al mercado hipotecario. Según las últimas estadísticas, en el pasado septiembre se recuperaron los niveles de 2011. Con un 9,5% más en la firma de hipotecas sobre viviendas, un 8,3% más de fincas hipotecadas y un 4,1% más de dinero prestado.

Mes a mes, la constitución de hipotecas va recuperando el brío de los años anteriores a la crisis. El acceso al crédito hipotecario es cada vez mayor y el interés por la firma de hipotecas cada vez más intenso.

La ‘Estadística de Hipotecas. Septiembre 2018‘, elaborada por el INE, eleva a 32.457 préstamos el volumen de actividad hipotecaria. Un 9,5% más respecto al año anterior. La mayor cifra en los últimos siete años.

Por su parte, el número de fincas hipotecas ascendió a 44.132 unidades. Un 8,3% superior a las registradas en septiembre de 2017. Mientras que el importe medio de los préstamos hipotecarios ascendió un 4,1% interanual. Hasta situarse en 127.732 euros. Y el volumen de capital prestado se disparó en un 14%.

Se trata de una subida generalizada en todos los indicadores, aunque algunas comunidades siguen destacando por encima de las otras. Concretamente, la Comunidad de Madrid y Andalucía, con más de 6.000 hipotecas mensuales y Cataluña con más de 5.000 préstamos.

Récord de hipotecas sobre viviendas desde 2011

La firma de hipotecas sobre viviendas acumula un nuevo mes al alza. Según el INE, los préstamos hipotecarios inscritos en el mes de septiembre de 2018 ascendieron a 32.457. Un 9,5% que un año antes y un 12,9% respecto al mes anterior.

Con esta cifra se alcanza el mayor registro desde junio de 2011. Con un crecimiento progresivo entre 2014 y 2018.

España encadena así medio año al alza en la firma de hipotecas. Préstamos que el propio INE recuerda que corresponden a escrituras formalizadas anteriormente.

Aún así, conviene esperar a finalizar este año. Ya que la polémica en torno al pago del impuesto de las hipotecas seguramente hará mella en las estadísticas de octubre y noviembre.

Más dinero en las hipotecas y más capital prestado

Junto al número de operaciones, vinculadas a la compras compraventa de viviendas, también aumenta el importe medio de las hipotecas, vinculado al precio de la vivienda.

El importe de los préstamos aumentó en septiembre un 4,1% interanual. Hasta situarse en unos 127.732 euros. Aumentando también un 4,3% respecto al mes anterior. Con un plazo medio de amortización de 24 años.

Por su parte, el capital global prestado en las hipotecas ascendió un 14% respecto al año pasado. Sumando un total de 4.145,8 millones de euros.

Unas cifras que dan prueba del interés entre los nuevos compradores y la accesibilidad entre las entidades financieras.

La firma de hipotecas sobre viviendas

Según el INE, en septiembre se hipotecaron 44.132 fincas. Entre rústicas y urbanas. Un 8,3% más respecto al pasado 2017.

La gran mayoría fueron fincas urbanas, donde se incluyen las viviendas, con 42.822 hipotecas registradas. Un 10% más en tasa interanual.


Mientras que los préstamos sobre fincas rústicas apenas fueron 1.310. Un 28,8% por debajo de los registrado hace un año.

Frente al incremento de las hipotecas sobre viviendas, los cambios en las condiciones hipotecarias siguen cayendo. Concretamente, en septiembre se registraron 5.739 modificaciones. Un 15,5% interanual.

Madrid, Andalucía y Cataluña en cabeza

La mayoría de las regiones participan del repunte en la actividad hipotecaria. Sin embargo, unas pocas siguen destacando por encima del resto.

Se trata de la Comunidad de Madrid (6.530 hipotecas), Andalucía (6.282 hipotecas) y Cataluña (5.246 hipotecas). Las tres CCAA con mayor número de préstamos en septiembre.

Por otro lado, las regiones donde más crece la concesión de hipotecas sobre viviendas son La Rioja (+67,4% interanual), Extremadura (+34,4%), Asturias (+26,7%) y Navarra (+20,9%).

Mientras que el mayor volumen de capital prestado se concentra precisamente en las zonas con más hipotecas. Concretamente la Comunidad de Madrid (1.219,4 millones), Cataluña (758,8 millones) y Andalucía (654,4 millones).

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El mercado de la vivienda lleva semanas pendiente de la actualidad jurídica y económica. Desde la sentencia del impuesto hipotecario a los síntomas de desaceleración económica. Sobre hipotecas para casas a buen precio, según los últimos datos, la confianza inmobiliaria se modera mientras los planes de la banca pasan por encarecer la hipotecas. ¿Conviene esperar para comprar casa y contratar una hipoteca?

Aunque la confianza en el mercado inmobiliario sigue al alza entre los españoles, el optimismo general se modera progresivamente. A consecuencia de la ralentización económica.

Eso sí. Frente a la percepción actual, las perspectivas de cara al futuro son bastante mejores que hace solo seis meses. Esta percepción del mercado de la vivienda, que tienen los españoles, contrasta con el panorama hipotecario.

Según los expertos, si se encuentra casa a buen precio lo más recomendable es contratar una hipoteca cuanto antes. Ya que las futuras condiciones no serán mejores que las actuales.

Muchos clientes se preguntan hasta qué punto conviene darse prisa. Mientras las entidades financieras comienzan a tomar posiciones de cara al encarecimiento de los préstamos hipotecarios.

Crece la inquietud por la subida de la vivienda

Aunque la confianza en la compra de vivienda continúa en cifras positivas, el optimismo cae ligeramente frente a los datos del año pasado.

El ‘Índice de Confianza Inmobiliaria. Noviembre 2018‘, publicado por Solvia, estudia tanto la percepción como las expectativas de los ciudadanos sobre la conveniencia de comprar vivienda.

En este en este último año, los españoles siguen siendo optimistas en relación al mercado inmobiliario. Aunque por debajo de años anteriores.

El índice de confianza parte de un rango entre 0 y 200 puntos. Moviéndose ahora entre 108 (abril 2018) y 109 puntos (noviembre 2018). Mientras que hace un año se situaba entre 112 (abril 2017) y 116 puntos (noviembre 2017).

Más confianza inmobiliaria de cara al futuro

Por su parte, el indicador que mide la situación actual del mercado tiende hacia la moderación. Si entre abril y noviembre de 2018 se han rozado los 100 puntos (posición neutra), en noviembre de 2017 se alcanzaron los 110 puntos.

Una percepción que mejora cuando se analiza el mercado de cara al futuro. De hecho, las perspectivas a dos años vista han mejorado de 113 puntos (abril 2018) a 118 puntos (noviembre 2018).

Esa mejora en la confianza de cara al futuro se debe a la idea que que los precios acabarán moderándose. Mientras que en el plano personal, los españoles también confían en la mejora laboral, las posibilidades de ahorrar y el acceso a las hipotecas.

Frente a las perspectivas del mercado del alquiler. Cuya creencia mayoritaria va en la línea de progresivos encarecimientos de las rentas.

Recomiendan contratar una hipoteca ya

Tras los últimos acontecimientos en torno al pago del impuesto de las hipotecas, las entidades financieras han comenzado a mirarse de reojo para preparar su nueva estrategia hipotecaria.

Hace dos semanas de la aprobación del Real Decreto-Ley 17/2018, que obliga a que la banca pague el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Sin embargo, los diferenciales respecto al euribor en hipotecas variables continúan por debajo del 0,9% en hipotecas variables. Mientras que algunos préstamos a tipo fijo no llegan a sobrepasar el 2,5%.

¿Quiere decir esto que no se prevén cambios? Todo lo contrario. Ninguna entidad quiere ser la primera en dar el paso por la reputación que ello conlleva.

«Si se trata de contratar una hipoteca, yo no seguiría esperando«, señala J. Villén (idealista). «Estoy convencido al 100% de que las condiciones actuales serán mejores que las que están por venir«.

«Actualmente, los tipos de interés continúan siendo seductores porque el precio del dinero es bajo. Pero los valores acabarán subiendo y con ellos las hipotecas tanto fijas como variables«, vaticinan desde Credimarket.

Conviene por ello estudiar el coste de oportunidad que supone no esperar más y contratar una hipoteca ahora que aún no han subido los tipos.

Hipotecas para casas a buen precio

Tras la última sentencia del Supremo en relación al AJD, y descartada la reclamación del impuesto con carácter retroactivo, las futuras hipotecas serán probablemente más caras.

Muchos expertos coinciden en vaticinar que el coste derivado sobre las entidades acabará siendo repercutido a los hipotecados. A través de incrementos en los tipos de interés.

¿En qué medida? Según un cálculo aproximado, la banca debería aplicar una subida media para llegar a compensar el pago del AJD. Cifra que no llegaría a superar los 13 euros mensuales por hipoteca. O 21 puntos sobre los tipos de interés.

Dicho encarecimiento neutralizará el ahorro que actualmente disfrutan los hipotecados por la política monetaria. Llegando incluso a incrementar el importe total a amortizar. Aunque, al ser una estrategia de toda la banca, no se espera que caiga la contratación de nuevos préstamos hipotecarios.

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El Real Decreto Ley que acaba de aprobar el Gobierno de Pedro Sánchez permitirá que más de 458.000 nuevos hipotecados se ahorren el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Aunque esto no deja de ser una solución apresurada ya que la gran norma llegará en algunas semanas. La esperada Ley Hipotecaria.

A pesar del jarro de agua fría que supuso la última sentencia del Tribunal Supremo, diversos factores apuntan a unas condiciones favorables para los nuevos hipotecados.

Por un lado, los técnicos del ministerio de Hacienda (Gestha) estiman que las cerca de 460.000 hipotecas que anualmente se firman se ahorrarán un buen pellizco tras el Real Decreto-Ley 17/2018, que modifica la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Unos 2.500 euros por préstamo hipotecario.

Aunque no deja de ser cierto que la imposibilidad de reclamar con carácter retroactivo resta impacto a la medida. Y que, de alguna manera, la banca acabará repercutiendo el pago del impuesto hipotecario en los clientes.

Mientras que, por otro lado, la gran norma reguladora del mercado hipotecario está cada vez más cerca. La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, conocida como ley hipotecaria, expondrá de manera clara quién paga cada concepto (impuestos y gastos) en las nuevas hipotecas.

1.147 millones de euros anuales en AJD

Según Gestha, la nueva medida en relación al IAJD permitirá que los 458.000 nuevos hipotecados a nivel nacional dejen de tributar unos 1.100 millones de euros. A razón de 2.500 euros por hipoteca.

Se trata de un cambio «positivo«, según los técnicos de Hacienda, tras el sorprendente dictamen del Tribunal Supremo. Tanto por dejar claro que la banca es la gran beneficiada en la concesión del préstamo como por evitar el desembolso de unos 5.000 millones de euros por parte de las comunidades autónomas.

Real Decreto-Ley 17/2018, de 8 de noviembre, que modifica la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Sin embargo, Gestha también lamenta que el Supremo frustrase incluso la posibilidad de aplicar la retroactividad mínima. Es decir, permitir que millón y medio de hipotecados recuperasen el impuesto de los últimos cuatro años.

«Especialmente si, tal y como se ha demostrado, los bancos tienen solvencia más que suficiente para asumir el pago de dicha tasa«, añade Luis Gualtieri. «La cantidad apenas supondría un 8,7% del beneficio de las entidades en los nueve primeros meses de 2018«, puntualiza el CEO de la agencia inmobiliaria Oi Realtor.

El país con mayor impuesto hipotecario de Europa

Además de algún partido político que ponen en duda la necesidad del impuesto, diversos expertos defienden abiertamente su supresión.

Es el caso de Valentí Pich, presidente Consejo General de Economistas (CGE), que considera nociva la indecisión del Tribunal Supremo. Por la falta de seguridad jurídica que transmitió. Defendiendo la eliminación del gravamen, ya que “no tiene sentido en un mundo digital”.
Un nuevo RDL corregirá la decisión del Supremo respecto a las hipotecasMientras que, en relación al impacto en las cuentas de las comunidades autónomas, “conviene abrir un debate serio sobre la reforma del sistema de financiación autonómica y un orden en la legislación de la fiscalidad”.

Conviene no olvidar que España es el país con el impuesto hipotecario más caro de toda Europa. Superando incluso a Francia, Italia o Portugal. Los tres países dónde se cobra este tributo y es el hipotecado quien lo paga.

Mientras que en países como Alemania, Reino Unido o los Países Bajos ni siquiera existe. «Todo lo contrario que aquí, donde en función de la comunidad y el importe de la hipoteca se paga entre un 0,5% y un 1,5% del valor de la compraventa«, denuncia Luis Gualtieri.

Una nueva ley hipotecaria más clara

A partir del próximo viernes 9 de noviembre será el banco quien se haga cargo del IAJD. Sin embargo, la gran atención está puesta en otro cambio normativo. El que conducirá a la nueva ley hipotecaria que se viene tramitando en el Congreso de los Diputados.

Una norma que , por vez primera, dejará claro a quién corresponde cada impuesto y gasto en la firma de una hipoteca. Tras una espera de tres semanas a la sentencia del Supremo, los partidos políticos deben llegar a un acuerdo. Para reforzar la seguridad jurídica de bancos, clientes y administraciones.

Defensa del consumidor en la nueva ley hipotecaria

A pesar de ello, existe un cierto retraso en la redacción de la ponencia que será votada por el Congreso. Una votación que se ha pospuesto del día 6 al 13 de noviembre. Y que vendrá marcada por el nuevo RDL del Gobierno.

La norma que está en vigor desde 2017 señala que los gastos de notaría y gestoría deben ser compartidos. Entre el banco y el cliente. Quedando claro en el contrato quién se hace cargo de cada importe. Un asunto que todavía se discute en el Congreso.

De hecho, entre la cantidades que se debaten se incluyen los impuestos (IVA, ITP y AJD). Además de otros servicios vinculados al préstamo hipotecario (tasación, nota simple, registro, notario, gestor y comisión de apertura). el objetivo, según Nadia Calviño (ministra de Economía), es «aprobar la ley hipotecaria antes de Navidad«.

 

Con 15 votos a favor frente a 13 en contra, el alto tribunal rectificar la decisión tomada hace solo tres semanas. Dando la razón a las entidades bancarias y derivando en los clientes el pago del impuesto de las hipotecas. Tasa que podría tener los días contados si se llega a un acuerdo parlamentario.

En una decisión no exenta de polémica, el Supremo ha decidido obviar su propia doctrina y rectificar la decisión de hacer pagar en la banca el impuestos de las hipotecas. Un dictamen que había tomado hace sólo tres semanas.

El pleno del contencioso administrativo acordó en la tarde de ayer martes, con 15 votos favorables y 13 desfavorables, tras 16 horas de debate que deben ser los clientes que constituyan hipotecas los responsables del abono de las tasas correspondientes.

Una decisión que podría desembocar en el acuerdo parlamentario para la eliminación definitiva del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. «Esperemos que se ponga fín a este impuesto que encarece la financiación de la vivienda«, señala Luis Gualtieri. El CEO de la agencia inmobiliaria Oi Realtor cree que un acuerdo sería muy favorable para el sector.

Nueva y definitiva sentencia sobre el impuesto de las hipotecas

La marcha atrás del TS no tiene precedentes, muy probablemente removerá los pilares judiciales, sociales y políticos.

Partidos con diferentes ideología política, organizaciones de consumidores y representantes de la judicatura han pedido desde ayer noche las dimisiones, tanto de Luis María Díez-Picazo (presidente de la sala de lo contencioso administrativo) como de Carlos Lesmes (presidente del Tribunal Supremo).

El alto tribunal rectifica así la jurisprudencia que ya había establecido su sala segunda el pasado 16 de octubre de 2018. Cuya sentencia determinaba que eran las entidades bancarias quienes debían hacerse cargo del gravamen. El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Este nuevo giro y la presión ejercida, tanto por la banca como por el Gobierno, marcaron los dos días de deliberaciones entre 28 magistrados de los 31 que constituyen la sala del Supremo. Y acabaron decantando la balanza en favor del sector financiero. A pesar del gran número de de magistrados que se declararon en contra de hacer pagar al cliente el impuesto de las hipotecas.

Como precedente, la última sentencia del TS que se hizo pública el 18 de octubre, determinaba que a partir de aquel momento el impuesto debía ser abonado por los bancos y no por los clientes. Sin embargo, al día siguiente el presidente de la sala dejó en suspenso dicha sentencia. Por el “enorme impacto tanto económico como social” que generaría.

El Supremo decide que sea el cliente quien pague el impuesto de las hipotecas

El dictamen provocó una jornada de pérdidas entre los bancos que cotizan en Bolsa. Argumento que sirvió a Díez-Picazo para dejar sin efecto la nueva jurisprudencia. Tras todo ello, Carlos Lesmes tuvo que salir al paso para pedir disculpas por el caos provocado. Y solicitar el pleno de la sala del TS para debatir sobre el impuesto de las hipotecas.

Finalmente, en la tarde de ayer, el Supremo analizó tanto el caso y como los tres nuevos recursos interpuestos. Decidiendo acabar con el asunto de raíz con un claro veredicto favorable a la banca del que no se conocerá la justificación “hasta dentro de unos días”.

Consensuar la eliminación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

Tras la última sentencia del TS sobre el impuesto de las hipotecas, el Gobierno ha decidido tomar cartas en el asunto. El presidente Pedro Sánchez ha comparecido hoy miércoles para anunciar nuevas medidas legislativas. Relativas al pago del gravamen. Un gasto que, por el momento, continuarán asumiendo los hipotecados.

¿Qué cambios se plantea el gobierno?

Según los representantes del PSOE en el Congreso se quieren introducir modificaciones legales acordadas con el resto del arco parlamentario.

«El próximo día 8 de noviembre se celebrará el consejo de ministros y se tomarán decisiones en relación a la sentencia del Supremo«, ha defendido Adriana Lastra. Aunque sus manifestaciones no han concretado ningún tipo de medida. «Respetamos las decisiones del poder judicial, pero no las compartimos«.

¿Qué proponen los otros grupos?

Por parte del líder de Ciudadanos, Albert Rivera, el mensaje ha sido claro. «Es incomprensible y no se puede someter a esta incertidumbre a millones de familias«, afirma. «El poder legislativo tiene que buscar soluciones para garantizar los derechos de los ciudadanos y que no vuelva a ocurrir algo así en el futuro«.

Mientras que Pablo Casado, presidente del Partido Popular, ya ha anunciado una «revolución fiscal«. «Si llegamos al Gobierno defenderemos la libertad individual, la seguridad jurídica y la propiedad de los españoles«, añadió.

Asegurando que si objetivo es «reducir los impuestos de la renta, sociedades y suprimir los de patrimonio, donaciones, sucesiones y AJD«.

Tras 15 días de incertidumbre en torno al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Tribunal Supremo llega hoy a su pleno más polémico. El que conducirá a si existe retroactividad o no en la reclamación del pago del impuesto de las hipotecas.

El momento está cada vez más cerca. La sentencia definitiva del Supremo que hizo temblar a las entidades bancarias que cotizan en Bolsa y provocó las disculpas de Carlos Lesmes, presidente del TS, será dada a conocer hoy martes.

El precedente abierto por la sentencia del pasado 16 de octubre deja claro que deberán ser los bancos quienes se hagan cargo del impuesto de las hipotecas. Sin embargo, el factor temporal plantea tres posibles escenarios para el sistema hipotecario tras la nueva sentencia del TS.

Desde la posibilidad de rechazar la retroactividad, a la limitarla a los cuatro últimos años o contemplar la reclamación retroactiva sin límite de tiempo.

Sea como sea, la banca ya ha advertido que la decisión no alterará sus balances. Con ello, se admite que cualquier gasto repercutido a las entidades acabará siendo abonado por los clientes.

«Aunque la diferencia entre uno y otro escenario es importante«, apunta Luis Gualtieri. «No es igual aplicar el cambio de ahora en adelante que abrir la posibilidad a reclamar hipotecas de los últimos 10, 30 o 50 años«, finaliza el CEO de la agencia inmobiliaria Oi Realtor. «Como tampoco sería comparable el sobrecoste para los clientes de la banca«.

La crónica de un día maratoniano

La reunión del pleno de la sala tercera, que comenzó ayer lunes a las 10 de la mañana con ausencia de tres de sus miembros tuvo continuidad a lo largo de la tarde. Y culminará este martes.

Según fuentes cercanas a la propia sala, se trata de un debate cargado de intensidad. En torno a una decisión que debe hacer recuperar el crédito en la justicia española harán que la decisión definitiva sea dada a conocer mañana martes.

Quedan pendientes de la sentencia tanto jueces como abogados, directivos de banca y asociaciones de consumidores.

Impuesto de las hipotecas: ¿Quién pagarà el AJD y cuál será la retroactividad de la decisión?

Todos ellos han ido analizando las posibles consecuencias de derivar el Impuesto de Actos Jurídicos, del cliente al banco. Un hecho de gran repercusión económica que obligó hace dos semanas a convocar a 31 magistrados en una reunión inédita en torno al impuesto de las hipotecas.

La que determinará finalmente cómo se aplica el AJD y que podría suponer otro nuevo varapalo para la banca.

El ‘nuevo’ impuesto de las hipotecas

Una vez derivado el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a las entidades bancarias solo queda por saber cuál será el efecto de la sentencia en las hipotecas ya firmadas.

En ese sentido, se plantean tres posibles escenarios en el mercado hipotecario:

Opción A: Borrón y cuenta nueva

La opción favorita para la banca es que el Supremo rechace la retroactividad. Con ello, solo quedarían afectadas las hipotecas que se firmen a partir de ahora. Una opción sin coste, por los préstamos ya firmados, y que las entidades defienden al afirmar que «hasta ahora nos hemos limitado a cumplir con la legislación vigente«.

Opción B: Limitar hasta 2014

Frente a esta posibilidad, el Supremo podría tomar la segunda decisión menos mala para la banca. Es decir, que la retroactividad quede limitada a los plazos que impone la Agencia Tributaria para devolución de impuestos. Como máximo, 4 años.

La retroactividad del impuesto de las hipotecas centra la atención de jueces, abogados, banqueros y consumidores

En este segundo escenario, el coste se ascendería a unos 2.300 millones de euros, según Moody’s. Mientras los técnicos de Hacienda de Gestha lo cuantifican en 3.600 millones.

En dicho caso, la reclamación debería hacerse a Hacienda. Y las comunidades autónomas serían las más perjudicadas ya que se trata de un impuesto transferido. Un gravamen que oscila entre el 0,5% y el 1,5% del importe de cada hipoteca.

Opción C: Retroactividad ilimitada

El tercer y último escenario es el menos deseado por los bancos. Una decisión que supondría la retroactividad total y absoluta del impuesto de las hipotecas. Afectando a todos los préstamos en vigor, desde el primero en el que se pagó el IAJD. Su coste resulta difícil de calcular, ya que podría oscilar entre los 9.000 millones y los 30.000 millones de euros.

Se trata del panorama defendido por todas las asociaciones de consumidores. Aunque resulta difícil de imaginar por su impacto sobre el mercado hipotecario y los bancos.

Un escenario al que se podrían acoger cerca de los 8 millones de españoles que hoy en día pagan una hipoteca. Sin embargo, para reclamar por una hipoteca firmada hace más de cuatro años sería necesario acudir a los tribunales.

Aún así, las asociaciones de consumidores calculan que el coste para las entidades sería bastante limitado «Tan solo entre el 10% y el 20% de los hipotecados acaba reclamando la devolución del impuesto«, según Asufin (Asociación de Usuarios Financieros).

Inmersos aún en la polémica en torno al requerimiento de devolución del impuesto de las hipotecas, el Banco de España hace público su balance anual de reclamaciones. Un informe donde se recogen las 40.176 reclamaciones a bancos que se registraron en 2017. Además de otras 41.056 consultas sobre los servicios bancarios.

En palabras de Pablo Hernández de Cos, gobernador del Banco de España, «la regulación adoptada tras la última crisis ha contribuido a la mejora de la estabilidad financiera».

Sin duda, las entidades resultantes tras la integración bancaria han salido reforzadas y se han convertido en impulsoras del tejido empresarial. Sin embargo, la litigiosidad en la oferta de servicios financieros continúa siendo un grave problema.

A pocos días para una decisión sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, pendientes de una sentencia en relación al IRPH, con el caso Banco Popular totalmente abierto y los juzgados especializados en cláusulas suelo colapsados, la banca no se puede tomar descanso.

La última noticia ha llegado con la publicación de la ‘Memoria de Reclamaciones del Banco de España‘. Un documento donde se recogen más de 40.000 demandas y más de 41.000 consultas anuales en relación a los servicios bancarios.

Estas cifras suponen un nuevo récord de reclamaciones a bancos. Especialmente en relación a préstamos hipotecarios. Y rompen una racha de tres años consecutivos en que las quejas no dejaron de caer.

¿Será aún mayor el número de reclamaciones a finales de 2018? ¿Cuál es el nivel de negocio de los despachos de abogados en estos casos?

Triple de reclamaciones a bancos en 2017

A lo largo del año pasado, el Banco de España recibió 40.176 reclamaciones a bancos. Casi el triple de las demandas recibidas un año antes.

Este importante repunte responde a las quejas vinculadas con el pago de los gastos de las hipotecas. Sólo por dicho concepto se generaron 23.020 reclamaciones. Más de la mitad del total.

Por delante de la aplicación del Real Decreto-Ley 1/2017, sobre la devolución de las cláusulas suelo. Concepto por el que se recibieron 4.099 demandas.

Materias de las reclamaciones a bancos recibidas en 2017 por el Banco de España

Mientras que las limitaciones a la variación del tipo de interés (1.972 demandas) y la liquidación de cuentas y depósitos (1.387 demandas) son los otros dos conceptos que superaron el millar de reclamaciones.

Desde el año 2014, las reclamaciones de los clientes de las entidades bancarias habían ido a la baja. Sin embargo, fue en 2017 cuando se produjo el cambio de tendencia. Quedando muy atrás el último récord de reclamaciones a bancos. Las 34.645 quejas registradas en 2013.

Además de las reclamaciones, el Banco de España también ha registrado un aumento en las consultas de los usuarios de la banca. Contabilizando un total de 41.056 consultas en 2017. Muchas de ellas por vía telefónica (39.167), frente 1.889 consultas escritas.

Las hipotecas: Objeto de la mayoría de quejas

La gran mayoría de las quejas recibidas por el Banco de España (85%) iban dirigidas a entidades bancarias. Mientras que cuatro de cada cinco hacían referencia a hipotecas (81%). Muy por encima del porcentaje recogido en años anteriores.

Frente a las reclamaciones hipotecarias, la banca registró 2.668 reclamaciones relativas a operaciones pasivas. Entre cuentas y depósitos bancarios. Y, por otro lado, 775 quejas vinculadas a préstamos personales y créditos al consumo.

Evolución del número de reclamaciones a bancos en la última década

A pesar del gran número de reclamaciones recibidas, en 2017 únicamente se resolvieron una de cada cuatro quejas. En total, sólo 10.428 reclamaciones obtuvieron respuesta. El 73% de las cuales favorables al cliente y el 27% a favor del banco. Una proporción parecida a la registrada en 2016.

Aunque la gran diferencia está en el número de entidades que replicaron las decisiones del Banco de España. Si en 2016 sólo se pidieron rectificaciones ante informes contrarios en el 37% de los casos, en 2017 la proporción se ha incrementado hasta el 62%.

Previsión de moderación para el 2018

Entre las comunidades autónomas con más litigiosidad cabe destacar los casos de Andalucía y la Comunidad de Madrid. Por delante de la Comunidad Valenciana y Cataluña.

Unas cifras que sitúan a Madrid (5.784 demandas), Valencia (4.593), Barcelona (2.850), Sevilla (2.611), Murcia (2.191) y Alicante (1.945) como las provincias con mayor número de reclamaciones.

Reclamaciones recibidas por el Banco de España por comunidades autónomas en 2017

Aún así, El Banco de España prevé que el volumen de reclamaciones que se presentará en 2018 será bastante inferior al registrado hace un año.

Según datos provisionales, el organismo regulador ha recibido cerca de 16.000 reclamaciones a bancos entre enero y septiembre. Un porcentaje que contrasta con la sensación general que transmite al sector la inminente sentencia del Tribunal Supremo.

«No podemos saber si ésta sentencia provocará un nuevo incremento en las quejas o no«, señala Luis Gualtieri. «Sin embargo, lo que sí está claro es que los compradores de viviendas tienen cada vez más claros sus derechos«, finaliza el CEO de la agencia inmobiliaria Oi Realtor.

Muchos de los compradores de vivienda no disponen de suficiente dinero para afrontar la operación y necesitan de financiación bancaria. Un préstamo que puede vincular al cliente durante la mayoría de su vida laboral y que conviene estudiar a conciencia. Tanto por el periodo de amortización como por el tipo hipotecario.

Para escoger la hipoteca que más se adapta a nuestros intereses debemos analizar cada detalle. Desde el plazo de amortización al diferencial o los tipos de interés. Esta última variable es una de las más importantes. Especialmente ahora que el Euribor, índice de referencia en la mayoría de hipotecas, se encuentra en mínimos históricos.

Entre los tipos hipotecarios, la banca destaca las virtudes del tipo fijo. Una fórmula que permite conocer de antemano cuál será el importe de la cuota. Sin sorpresas. Mientras que el tipo variable expone al cliente a las actualización periódica del índice de referencia.

Finalmente, existe una tercera posibilidad: la hipoteca mixta. En la que durante un periodo inicial, no superior a tres años, se paga un interés fijo. Para, posteriormente, pasar a pagar una cuota variable.

¿Qué método resulta más interesante? ¿Qué ventajas e inconvenientes ofrece cada tipo hipotecario? Oi Realtor, expertos en el asesoramiento de inversiones inmobiliarias, destaca los detalles a tener en cuenta.

Los tipos de interés de las hipotecas

Al solicitar financiación bancaria para la compra de un inmueble, lo primero que deberemos hacer es comparar las diversas ofertas de cada banco. Porque resulta tan importante ver las condiciones de cada entidad como comparar unas con otras.

Una variable a la que debemos prestar más atención es el tipo hipotecario. Tradicionalmente, los bancos sólo ofrecían hipotecas a tipo de interés variable. Una tendencia que cambió con el estallido de la crisis, y que ha llevado a que las hipotecas a tipo fijo se multipliquen por cinco en el último año. Pasando del 15% del total (2016) a más del 40% (2018). Según datos de octubre del Instituto Nacional de Estadística (INE).


Entre los aspectos más relevantes que diferencian a una u otra fórmula está la vinculación con el banco. En los préstamos a tipo fijo, a través de la contratación de seguros, planes de pensiones y otros productos. Además de ciertos requisitos que pueden suponer un importante sobrecoste en la cuota mensual.

Mientras que los préstamos a tipo variable pueden dejarnos a merced del mercado financiero y las decisiones económicas del Banco Central Europeo (BCE).

En ese sentido, el tipo fijo aún parte con desventaja frente al variable por tres motivos: el desconocimiento por parte de los clientes, la imposición de condiciones y el encarecimiento al que lo someten los propios bancos.

Algunos aspectos a tener en cuenta

Entre los detalles a considerar en la elección del tipo hipotecario no conviene olvidar:

Comisiones bancarias
En la elección entre hipoteca a tipo fijo o tipo variable es fundamental estudiar el tipo de comisiones que aplica la entidad en los diversos supuestos (cancelación parcial o total, impago de cuotas).

Plazo de amortización
Los préstamos a tipo fijo son interesantes en hipotecas a corto plazo (10 años aprox.), ya que la entidad suele imponer intereses más altos cuando los plazos de amortización son mayores.

El plazo de amortización y el tipo hipotecario fijo o variable

Situación del cliente
Se aconseja estudiar de una manera realista la situación actual y las perspectivas de futuro, teniendo en cuenta cómo serán los ingresos a corto, medio y largo plazo. Así como la previsión de gastos.

Vinculación con el banco
Otro aspecto importante son las condiciones de vinculación que impondrá la entidad, que suponen la contratación de productos y fidelización del cliente. Menos libertad y un coste añadido mes a mes.

Pros y contras de cada tipo hipotecario

Tal y como aconseja el proyecto ‘Economía para ti’, de la financiera Cofidis, los dos factores clave para elegir entre un tipo hipotecario u otro son el plazo y los ingresos.

¿Qué hay que tener en cuenta del tipo variable?
La gran ventaja del tipo de interés variable está en un pago inicial inferior al tipo fijo. En el primer caso encontramos a préstamos a 30 años con Euribor + 0,89%. Mientras que en el segundo lo habitual es un 2,5%. Casi 130 euros al mes de diferencia en una hipoteca media por 150.000 euros.

Por contra, la probable subida del euribor daría un giro de 180º a esta situación. Probablemente de más de 300 euros en favor de las hipotecas fijas.

Evolución del euribor e impacto en el tipo hipotecario durante los últimos años

¿Qué hay que tener en cuenta del tipo fijo?
Las hipotecas a tipo fijo parten con la ventaja de una mejor planificación financiera. Al conocer de antemano la cuota mensual. Además de un tipo de interés que hoy por hoy es muy atractivo. Frente al 5% e incluso el 6,5% de hace una década, actualmente abundan las ofertas al 2,5%.

Sin embargo, esta situación tiene fecha de caducidad. Tras el último anuncio del BCE, en diciembre de 2018 se abandonará la compra de deuda. Y esto, probablemente, acabará provocando un aumento de los tipos de interés a lo largo de 2019. Por ello, si la idea es contratar una hipoteca a tipo fijo lo mejor es hacerlo cuanto antes.

A más de una semana para conocer la sentencia sobre los impuestos hipotecarios, la posibilidad de limitar las reclamaciones a los cuatro últimos años toma fuerza. Un proceso que conviene hacer cuanto antes para evitar que prescriba.

Fue chocante la sentencia del Supremo que favorecía a los hipotecados, repercutiendo el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los bancos. Sin embargo, lo más sorprendente llegó 24 horas después. Cuando el mismo tribunal intentó hacer marcha atrás sin medir la repercusión de sus decisiones.

Caída en las acciones de las entidades, anulaciones de firmas con escrituras en mano y desconcierto general. Una situación que durará, como mínimo, hasta el próximo 5 de noviembre. Fecha en que está convocado el pleno de la salta de los contencioso-administrativo del TS.

Parece claro que la reclamación del impuesto de las hipotecas se complica por momentos. Ni los abogados ni los notarios se atreven a dar un paso en falso. Mientras permanecemos a la espera de saber si finalmente se dará carácter retroactivo a la sentencia. Más allá de los cuatro últimos años.

Un auténtico culebrón en el que cada día se dan a conocer sentencias a favor y en contra de la banca. Y un proceso de reclamación que únicamente pueden iniciar quienes firmaron su hipoteca desde 2014.

4 años: Límite más probable a la retroactividad

Fuentes del Tribunal Supremo avalan que la ratificar la condena a los bancos y limitar en el tiempo la reclamación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados podría ser la «solución ideal«.

¿Cuánto tiempo? Los cuatro últimos ejercicios, para evitar que el cambio en la jurisprudencia no habrá una crisis aún mayor.

La decisión no se tomará hasta el 5 de noviembre. Día en que los 31 magistrados convocados por Carlos Lesmes emitirán un dictamen. Se trata de una decisión salomónica que no dejará a nadie satisfecho. Aunque dará la razón tanto el cliente y limitará las pérdidas para las entidades.

La reclamación de los impuestos hipotecarios está pendiente de una nueva sentencia del TS

Desde el día en que fue convocado el pleno, 24 horas después de la famosa sentencia, se han despertado muchas suspicacias. Interpretando que los bancos habrían forzado a un cambio de decisión.

Algo que ha desmentido el propio Lesmes, mientras lamentaba la gestión de este asunto.

Sentencias a favor y en contra de la banca

La sentencia del pasado jueves 16 de octubre de 2018, que condenaba a la banca al pago del AJD de las hipotecas ha permitido revistar la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Y existen casos a tener en cuenta. Como otras dos sentencias dictadas a favor del cliente y en contra de la banca. En las que se insiste que son las entidades quienes están más interesadas en elevar el préstamo a escritura pública. Acto que tributa por AJD.

Sin embargo, también cabe mencionar que la misma sala tercera del TS que condenó a la banca resolvió en favor de las entidades hace solo un año. Concretamente en una sentencia del 22 de diciembre de 2017.

Un reinterpretación que hace este caso aún más polémico.

¿Cómo reclamar los impuestos hipotecarios?

La sentencia del Supremo deja temporalmente abierta la puerta a reclamar parte de los impuestos hipotecarios. ¿En qué términos? Veamos algunas de las dudas más recurrentes.

¿Quién podría reclamar el impuesto?
En total, según Adicae, de seis a ocho millones de contribuyentes. De momento, los casos más claros corresponden a clientes que pagaron el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los últimos cuatro años.
Importe que supone una tercera parte de los gastos hipotecarios, dejando al margen otros conceptos como la tasación de la vivienda, la gestoría o el registro.
Sin embargo, algunos expertos señalan que la sentencia debería aplicarse a todos los préstamos en vigor.

Formas de reclamar los impuestos hipotecarios de los cuatro últimos años

¿De qué manera se debe reclamar?
Existen tres posibles vías para solicitar la devolución del dinero:
a.-Ir a la Agencia Tributaria: Opción recomendada únicamente si la hipoteca se constituyó desde 2014, ya que se trata del límite temporal a efectos fiscales.
b.-Acudir a la entidad bancaria: Hablar directamente con el banco que formalizó nuestra hipoteca e intentar llegar a un acuerdo es la solución más sencilla y amistosa.
c.-Emprender la vía judicial: Se puede demandar por la vía civil, aunque se recomienda no reclamar directamente a Hacienda sino hacerlo a través de una demanda colectiva.

¿Como se calcular la cantidad a devolver?
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados puede variar en función de cada comunidad autónoma. Un importe que puede ir del 0,5% al 1,5% de la hipoteca.

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