Etiqueta

documentos

Explorar

Muchas personas eligen celebrar un contrato privado de compraventa cuando quieren cerrar la transacción de un bien inmueble. Sin embargo, es necesario tener en cuenta varias cuestiones acerca de él antes de firmarlo. ¿Es conveniente el contrato de compraventa a la hora de vender una vivienda? ¿Existen acuerdos previos a él? ¿Es suficiente para formalizar la operación o es conveniente seguir algunos pasos luego? En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

El contrato privado de compraventa es muy utilizado, tanto en el intercambio de bienes muebles como en el de bienes inmuebles. Si bien, en teoría, alcanza para cerrar una venta, podría no ser la mejor opción en materia de seguridad jurídica. ¿Es necesario celebrar antes un contrato de arras o un contrato de reserva? ¿Es indispensable firmar luego una escritura pública de compraventa?

A continuación te contamos todo lo que debes saber acerca del contrato privado de compraventa al momento de vender una vivienda y cómo se relaciona con otros documentos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué es un contrato de compraventa?

El contrato de compraventa es un documento mediante el cual una persona se compromete a entregar una cosa a otra persona, la cual asume la obligación de pagar un precio por ella. Se suele clasificar a estos contratos entre mercantiles y civiles.

En el caso de los bienes inmuebles, que es el que nos interesa aquí, el contrato de compraventa será siempre de tipo civil, que está regulado por el artículo 1445 del Código Civil. También será un documento de carácter privado, ya que ambas partes pueden firmarlo por su cuenta, sin la presencia ni la certificación de ningún funcionario público.

¿Cómo está regulado por la ley?

El contrato privado de compraventa de bienes inmuebles, como ya adelantamos, está regulado por el Código Civil español. Mientras que sus artículos 1445 a 1450 hacen referencia a la naturaleza y forma de este documento, el artículo 1500 establece las obligaciones del comprador:

El comprador está obligado a pagar el precio de la cosa vendida en el tiempo y lugar fijado por el contrato.

Si no se hubieren fijado, deberá hacerse el pago en el tiempo y lugar en que se haga la entrega de la cosa vendida.

Por su parte, el artículo 1461 establece las obligaciones del vendedor:

El vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta.

¿Cuáles son sus principales características?

El contrato de compraventa se caracteriza principalmente por ser:

  • Principal: ya que existe por sí mismo, sin necesidad de que haya otro contrato.
  • Bilateral: porque establece obligaciones recíprocas para ambos firmantes.
  • Oneroso: debido a que existe un precio de por medio y ventajas económicas para ambas partes.
  • Traslativo de dominio: ya que, además de efectuar la entrega de una cosa determinada, también produce la transmisión de su propiedad.
  • Consensual: porque requiere de un acuerdo explícito entre dos personas que establecen su compromiso de entregar la cosa determinada a cambio de un precio.

Otras de las cualidades que posee son las siguientes:

  • Permite la libertad de forma: al tratarse de un acuerdo de tipo privado, la ley no exige que tenga una forma determinada. Es decir, no hay modelos de contrato de compraventa correctos o incorrectos. No obstante, sí hay condiciones esenciales para su validez que deben figurar en él. Más adelante veremos cuáles son.
  • Regula la compraventa de bienes muebles o inmuebles únicamente: esto significa que no es posible constituir contratos de compraventa en relación a dinero o servicios.
  • Implica que la entrega de la cosa sea pacífica: con su firma, el comprador se convierte en propietario y titular del bien apenas lo recibe.

¿Qué cláusulas debe incluir?

Como señalamos, el contrato de compraventa admite la libertad de forma pero debe cumplir con algunas condiciones esenciales para considerarse válido. En este sentido, mientras comprador y vendedor estén de acuerdo con las cláusulas que figuren en el documento, la firma podrá llevarse a cabo. Sin embargo, hay cierta información que no puede faltar. 

Estas son las cláusulas que deberían aparecer en todo contrato de compraventa al vender una vivienda:

Identificación del comprador y el vendedor

En primer lugar, es indispensable que al inicio del contrato se deje en claro quiénes son ambos firmantes. Por esa razón es necesario especificar los datos personales más importantes del vendedor y el comprador. Esta información que debe figurar sobre ambos es: nombres completos, Documento Nacional de Identidad (DNI), domicilio en donde residen actualmente, etc.

En caso de que, en alguna de ambas partes implicadas exista un matrimonio enmarcado en el régimen de sociedad de gananciales, aunque cualquiera de los cónyuges pueda firmar el contrato, es recomendable que los dos lo hagan para evitar futuros inconvenientes. 

Identificación de la vivienda

En esta cláusula deben incluirse los datos más importantes sobre el inmueble, a fines de identificarlo correctamente. Estos son:

  • Referencia catastral y dimensiones del terreno, la construcción y sus utilitarios (expresadas en m²). 
  • Número de finca registral.
  • Dirección y ubicación exactas.
  • Descripción de la vivienda que coincida con la que figura en el Registro Público de la Propiedad.
  • Situación arrendaticia, es decir, si la vivienda está ocupada o alquilada en ese momento.
  • Deudas impositivas u otras cargas que posea la vivienda. Estas pueden ser justificadas mediante una nota simple o a través de un certificado registral.
  • Instalaciones con las que cuenta y materiales con los que fue construida.
  • Situación y estado de la finca.

Verificación de la titularidad sobre la vivienda

Es importante también que el vendedor aporte toda la información necesaria para acreditar que realmente es el propietario del inmueble y que está habilitado para transmitirlo. ¿De qué manera puede hacerlo? Adjuntando el mismo título de propiedad o una nota simple de la vivienda.

Precio de compraventa de la vivienda

Es indispensable que en el contrato figure con claridad cuál será el precio exacto a cambio del cual se entregará el inmueble al comprador. Este valor debe haber sido fijado previamente por el vendedor, pero también tiene que haber sido acordado con el comprador. 

Por otro lado, en este apartado también debería especificarse la fecha en la que se efectuó o se efectuará el pago y la forma en la que se realizó o se realizará. A su vez también debe aclararse si se realizará un solo pago o varios.

Por último, si ambas partes firmaron con anterioridad un contrato de arras, también deberá quedar asentado en esta cláusula y habrá que especificar cuál fue el monto de la señal abonada. 

Fecha de entrega de la vivienda

Aquí debería expresarse, precisamente, qué día el vendedor le brindará las llaves del inmueble al comprador. Esta entrega suele realizarse un tiempo más tarde a la firma del contrato por mantenimiento, reparaciones o en casos en los que la vivienda se encuentre todavía en proceso de construcción.

Impuestos y otros gastos a los que está sujeta la compraventa

En este apartado deberían especificarse todos los impuestos y gastos que deberán asumir, tanto el vendedor como el comprador, por la compraventa de la vivienda. Es importante aclarar que deben aparecer absolutamente todos estos montos, sin importar si algunos les corresponden a ambas partes en conjunto o si para algunos existen dudas respecto a quién los va a pagar. Lo importante es que quede una constancia de todos ellos. 

Penalizaciones por incumplimiento del contrato

Por último, debe quedar especificado en el contrato cómo se penalizará a cada una de las partes implicadas en caso de que no cumplan con alguna o varias de las cláusulas que detallamos anteriormente o que hayan acordado el comprador y el vendedor.

En el caso del vendedor, la falta más habitual es que no haga entrega de la vivienda en la fecha acordada. Por parte del comprador, el incumplimiento más común es que no cumpla con el o los pagos en las fechas establecidas.

¿Qué documentos pueden firmarse antes del contrato de compraventa al vender una vivienda?

Cuando una persona pone en venta su vivienda y aparece un interesado en adquirirla es probable que ambas partes decidan formalizar algún tipo de acuerdo previo al contrato de compraventa. Los documentos que suelen firmarse en estos casos son el contrato de reserva o el contrato de arras. ¿De qué se trata cada uno de ellos?

Contrato de arras

El contrato de arras es aquel en donde vendedor y comprador acuerdan las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la compraventa de la vivienda. Implica que el interesado en el inmueble entregue a su propietario una suma de dinero denominada señal, que luego se restará del precio total, con el fin de “reservarlo”.

Su principal característica es que está regulado por el Código Civil español, lo cual le imprime cierta seguridad jurídica, y que, en algunas ocasiones, admite la posibilidad de ser rescindido. 

En este artículo te ofrecemos una guía completa sobre el contrato de arras.

Contrato de reserva

El contrato privado de reserva busca cumplir exactamente la misma función que el de arras: fijar las condiciones dentro de las cuales se llevará adelante la compraventa y que el comprador pueda “reservar” la vivienda mediante el pago de una señal.

Sin embargo, la diferencia con el caso anterior es que este documento no está regulado por la ley, lo cual disminuye su nivel de seguridad jurídica, ni tampoco admite, a menos que se lo especifique en alguna cláusula, la oportunidad de ser rescindido.

En este artículo te contamos más acerca de las diferencias entre contrato de arras y contrato de reserva y evaluamos cuándo es más beneficioso cada uno de ellos.

¿Conviene firmar un contrato de compraventa al vender una vivienda?

La firma de un contrato privado de compraventa no es obligatoria a la hora de vender una vivienda. Si bien puede ser útil para dejar en claro las condiciones de la transacción, tampoco es necesario celebrar uno siempre. 

Existe un paso, sin embargo, que sí podemos considerar como imprescindible al momento de cerrar una operación de este tipo: la escritura pública de compraventa. Este documento, al ser firmado bajo la supervisión de un notario, dota a la transacción de mayor seguridad jurídica que un contrato de compraventa celebrado de forma privada. 

¿Es posible celebrar un contrato de arras o un contrato de reserva y pasar directamente a la instancia de firma de la escritura pública? Sí, es posible. Por lo tanto, muchas veces vendedor y comprador podrán elegir saltearse el paso del contrato privado de compraventa.

De todas maneras, son muchos los vendedores y compradores que prefieren no firmar un acuerdo previo y, por eso, eligen celebrar un contrato privado de compraventa para luego elevarlo a escritura pública y así brindarle al trato la seguridad jurídica que merece. ¿Cómo proceder en esos casos?

Cómo elevar a escritura pública un contrato de compraventa al vender una vivienda

Para elevar un contrato privado de compraventa de una vivienda a escritura pública, como mencionamos, es necesario recurrir a la labor de un notario. En estos casos suele ser el comprador quien debe hacerse cargo de los gastos notariales que implica este trámite, por lo tanto, suele ser él quien elige al profesional encargado. 

Una vez contratado el notario, ambas partes deben acudir a la notaría correspondiente para firmar la escritura pública. Allí, el notario se encargará de recabar la información que figura en el contrato de compraventa previamente celebrado para trasladar esa información a la escritura. Por esta razón, es muy importante que el contrato esté bien redactado y que no presente contradicciones. 

No siempre existe la posibilidad de acudir a un profesional para que redacte este documento, por eso, puede ser útil recurrir a los modelos de contrato de compraventa que se encuentran online.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Si estás buscando asesoramiento por parte de un profesional del sector inmobiliario, también podemos ayudarte. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Son muchas las personas que a diario eligen realizar donaciones en vida a sus seres queridos. Donar un bien inmueble a un familiar o a otra persona cercana puede terminar resultando una operación muy beneficiosa para ambas partes implicadas. Sin embargo, se trata de un proceso que tiene sus particularidades y por eso suelen surgir muchas dudas al respecto. ¿Cómo se formaliza este tipo de operaciones? ¿Se puede firmar un contrato privado de donación para donar una vivienda? ¿Qué ocurre con la escritura pública de compraventa? En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el tema.

Al donar una vivienda no basta con entregar las llaves a aquella persona a la cual se quiere agasajar. Todos los traspasos de bienes inmuebles, ya sea por una compraventa, ya sea por una sucesión o donación, requieren de varias formalidades. La mayoría de ellas están contempladas por la ley. ¿Qué ocurre en el caso de la donación? ¿Basta con firmar un contrato privado para efectivizarla o es necesario firmar una escritura pública?

A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre el contrato de donación y la escritura pública al donar una vivienda. ¡Sigue leyendo!

¿En qué consiste la donación y cómo está regulada por la ley española?

La ley española prevé que cualquier sujeto tiene la posibilidad de entregar en vida cualquier tipo de bien a otra persona, ya sea física o jurídica, a título gratuito. Es el Código Civil aquel que regula las donaciones en vida, en donde, específicamente en su artículo 618 se las define de la siguiente manera:

La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.

Como se indica al final de la anterior cita, para que la donación se haga efectiva no solo debe estar la voluntad del donante para entregar la cosa, el donatario también debe aceptarla. Así lo deja en claro el artículo 629:

La donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación.

Ahora bien, ¿puede una persona donar absolutamente todos sus bienes? ¿Puede un heredero recibir a través de una donación en vida más de lo que le correspondería en una sucesión? Veamos qué limitaciones establece el Código Civil para las donaciones:

Límites que la ley establece para la donación

No, una persona no puede donar absolutamente todos los bienes que posee. El artículo 634 del Código Civil indica al respecto que:

La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante, o parte de ellos, con tal que éste se reserve, en plena propiedad o en usufructo, lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.

No, tampoco un heredero puede recibir a través de una donación en vida más bienes de los que les corresponderían luego del fallecimiento de la persona y la posterior sucesión. El artículo 636 del Código Civil señala sobre esto que:

No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento. La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida.

¿Es posible donar una vivienda firmando un contrato de donación?

Ahora que ya sabemos de qué se tratan las donaciones en vida y cómo están reguladas por la ley, veamos qué ocurre en el caso que más nos interesa: el de la donación de bienes inmuebles. ¿Cómo debe procederse para efectivizar la donación de una vivienda? ¿Es posible firmar un contrato privado de donación?

Si bien para donar cualquier tipo de bien mueble basta con entregar la cosa directamente o celebrar este tipo de contrato, la ley no prevé lo mismo en el caso de los bienes inmuebles. Para ello será indispensable firmar una escritura pública. El artículo 633 del Código Civil, sobre el cual hablamos ya, determina lo siguiente:

Para que sea válida la donación de cosa inmueble, ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

Esto significa que, de no firmar una escritura pública entre donante y donatario, la vivienda seguirá perteneciendo al primero ante la ley. De esta manera, cualquier otro tipo de documento que se haya firmado, como un contrato privado de donación, será de carácter nulo.

¿En qué consiste la escritura pública y qué ventajas implica respecto al contrato de donación al donar una vivienda?

La escritura pública es un documento que se firma ante un notario para formalizar el traspaso de un bien inmueble, ya sea por una compraventa o, por el caso en el cual se centra este artículo, una donación. 

Este documento se caracteriza por ser fehaciente, es decir, que da fe y prueba que tanto el donante como el donatario están de acuerdo con la donación de la vivienda. A su vez, a través de ella, ambas partes expresan su voluntad de cumplir con lo firmado. Esto, junto con la presencia y la participación del notario en su firma, es lo que le otorga a la operación un nivel de seguridad jurídica que no podría ser alcanzado mediante la celebración de un contrato privado de donación.

Ahora bien, ¿qué pasos hay que seguir para formalizar la donación de una vivienda mediante la firma de una escritura pública?

Cómo firmar una escritura pública al donar una vivienda

Cuando una persona quiere donar un bien inmueble a otra y llega el momento de formalizar dicho traspaso mediante una escritura pública, es necesario acudir a un notario. Probablemente sea el donante quien elija a este profesional encargado de supervisar la firma y, por consiguiente, quien termine afrontando los gastos notariales correspondientes. 

Una vez que el notario fue contratado, ambas partes deben acudir a la notaría para firmar la escritura. Allí, el profesional se encargará de recaudar y volcar la información necesaria en el documento. Luego, solo resta que el donante y el donatario otorguen su firma.

Un último paso, no obligatorio pero sí muy recomendable es el de inscribir la vivienda donada, con su nuevo titular, en el Registro Público de la Propiedad. ¿Qué beneficios puede traer realizar este trámite?

Beneficios de inscribir una vivienda obtenida por donación en el Registro Público de la Propiedad luego de firmar la escritura 

  • Garantiza la nueva titularidad sobre el bien inmueble, lo cual permite que el donatario sea la única persona que pueda adquirir derechos sobre él.
  • Confirma la identidad del donante, lo cual brinda protección ante posibles estafas.
  • Protege al titular en caso de que un tercero reclame su derecho sobre el inmueble.
  • Brinda protección ante acreedores de deudas anteriores a la donación y permite averiguar si el inmueble posee alguna carga pendiente.
  • Permite el acceso a una hipoteca, la cual es imposible solicitar si el inmueble no se encuentra registrado.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Si estás buscando asesoramiento por parte de un profesional del sector inmobiliario, también podemos ayudarte. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

El Certificado de Eficiencia Energética (CEE), también conocido como certificado energético, es un documento relativamente nuevo. Se encuentra reglamentado en España desde el año 2013. Es por esta razón, quizás, que muchos propietarios de bienes inmuebles tienen varias dudas acerca de él. ¿De qué se trata? ¿Es obligatorio tramitarlo? ¿Cómo hay que obtenerlo y cuánto cuesta? En este artículo respondemos estas preguntas y muchas más sobre el certificado energético de vivienda.

Obtener el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) o certificado energético es indispensable para vender o alquilar una vivienda. Sin embargo, no todos los propietarios tienen muy claro cómo hacerlo, cada cuánto hacerlo o qué ocurre si la calificación resultante es baja.

A continuación te ofrecemos una guía completa sobre el certificado energético de bienes inmuebles. Desde qué es y cómo está regulado por la ley hasta qué mejoras realizar en una vivienda para aumentar su eficiencia en materia energética. ¡Sigue leyendo para estar al tanto!

¿Qué es el certificado energético?

El Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es un documento que deja constancia de los aspectos energéticos de un bien inmueble. Principalmente, de sus niveles de consumo de energía y de emisión de CO2. Fue implementado con el objetivo de lograr una mejora en materia energética en todos los países de la Unión Europea. Por esta razón, es exigido en España por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, pero también es solicitado por otros gobiernos en la mayoría de los países del continente.

¿De qué se trata la etiqueta energética?

El contenido del certificado energético se resume y se expone en una etiqueta muy similar a la que acompaña a todos los electrodomésticos, pero expresa valores diferentes.

En el caso de un bien inmueble, dicha etiqueta muestra la calificación que ha obtenido en materia de eficiencia energética a través de la evaluación correspondiente. En ella se utiliza una escala de letras que van desde la A hasta la G, en donde cada una es acompañada por un color. Estas calificaciones corresponden a:

  • A (verde oscuro): nivel más alto de eficiencia energética.
  • B (verde claro): nivel de eficiencia alto.
  • C (verde amarillento): nivel de eficiencia medio-alto, por encima del normal.
  • D (amarillo): eficiencia normal o media.
  • E (amarillo anaranjado): nivel de eficiencia medio-bajo.
  • F (naranja): nivel de eficiencia bajo.
  • G (rojo): nivel de eficiencia energética nulo.

¿Cómo está regulado por la ley?

La implementación del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) fue aprobada en el año 2013. Desde ese entonces dicho documento está regulado por el Real Decreto 235/2013.

Dicho decreto indica que el certificado energético debe ser emitido por un técnico competente. Este debe contar con un título que lo habilite para redactar esta clase de documentos. Puede tratarse de un ingeniero, un arquitecto o cualquier técnico especializado en la materia. Cada propietario es libre de decidir a qué empresa o particular quiere contratar para que su vivienda sea evaluada y poder obtener la certificación.

Cabe agregar que, en junio de este año, 2021, el gobierno español lanzó el Real Decreto 390/2021. Esta nueva reglamentación introduce una serie de modificaciones para el Real Decreto 235/2013. Con él se amplia el alcance del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) y se contempla un mayor control respecto a los procedimientos para obtenerlo. En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de las nuevas disposiciones.

¿Es obligatorio el certificado energético para vender o alquilar una vivienda?

Sí, desde el año 2013 el Real Decreto 235/2013 prevé la obligatoriedad para todos los propietarios de tramitar el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), tanto para vender un bien inmueble como para alquilarlo. 

De esta manera, quienes posean una vivienda deben obtener su certificado energético antes de comenzar a anunciar la venta o el alquiler en sitios web, periódicos o mediante una inmobiliaria. Una vez que lo tengan en sus manos también es importante que lo registren en el organismo correspondiente dentro de su Comunidad Autónoma. También deben entregar el original a sus compradores o una copia a sus arrendadores en el momento de firmar la escritura pública de compraventa o el contrato de alquiler.

¿Cómo obtener el certificado energético?

Ahora que ya sabes de qué se trata el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), cómo está regulado por la ley y que es obligatorio para realizar cualquier operación de compraventa inmobiliaria o alquiler, es probable que te preguntes cómo tramitarlo. A continuación te lo contamos.

El paso a paso

Los pasos para obtener el certificado energético son los siguientes:

  • Contratar a un técnico especializado.
  • Recibir la visita de inspección.
  • Registrar el certificado energético.

Veamos de qué se trata cada uno.

Contratar a un técnico especializado

Para acceder al servicio de un certificador energético se puede realizar una búsqueda en la web o en los listados ofrecidos por los Colegios de Profesionales. Cuando es una agencia inmobiliaria la que se está encargando de promocionar la vivienda, seguramente se encargue ella de buscar y contratar a un técnico especializado.

Como mencionamos, la persona elegida debe contar con experiencia y tener un título habilitante para realizar este tipo de certificados. Siempre lo más recomendable es que se trate de un arquitecto o un ingeniero.

Recibir la visita de inspección

Una vez que el técnico especializado fue contratado debe acudir a la vivienda para realizar la inspección correspondiente y elaborar el certificado energético. En este momento recorrerá el piso y evaluará todas sus condiciones energéticas. El documento no sólo informará acerca del nivel de consumo de energía y de emisión de CO2. También brindará recomendaciones sobre mejoras que puedan hacerse para optimizar las condiciones actuales.

Luego, sólo resta el último paso, que es el de registrar el documento para obtener la etiqueta energética.

Registrar el certificado energético

Lo más frecuente es que sea el mismo técnico quien se encargue de realizar el trámite, ya que suele incluirse en el precio total de sus servicios. No obstante, siempre existe la posibilidad de hacerlo por cuenta propia. Para ello es necesario:

  • Buscar en internet el sitio web del organismo público que se encargue de esto en la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Luego es posible realizar el registro de forma telemática, presentando el certificado energético otorgado por el técnico y un formulario de solicitud al cual se puede acceder en el mismo sitio web. En algunas autonomías también existe la posibilidad de realizar el trámite de forma presencial.

Cabe mencionar que algunas Comunidades Autónomas exigen por el registro del certificado energético el pago de una tasa. Su valor varía en cada una de estas regiones. Por otro lado, en regiones como Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, la Comunidad de Madrid y el País Vasco, el trámite es de carácter gratuito.

¿Qué aspectos se tienen en cuenta para otorgarlo?

Para redactar el informe y decidir qué calificación le corresponde al inmueble, el certificador revisará:

  • Si la vivienda cuenta con un tipo de aislamiento térmico adecuado.
  • El estado de las fachadas y los suelos, prestando especial atención a los cerramientos que conectan con el exterior.
  • El estado de las instalaciones de agua y refrigeración. 

¿Cuánto cuesta obtenerlo?

El precio del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) puede variar en función del técnico contratado y de  las características de cada vivienda. Es decir, de su ubicación geográfica, qué tipo de inmueble es, sus dimensiones, etc. Su valor también puede modificarse dependiendo de la Comunidad Autónoma en donde se tramite, teniendo en cuenta que sólo algunas cobran tasas de registro.

Sin embargo, para dar una idea estimativa, el precio medio de un certificado energético en España ronda actualmente los 60 euros.

¿Qué vigencia tiene el certificado energético de una vivienda?

El certificado energético de una vivienda tiene, en principio, una validez de diez años. Es decir que, si está dentro de su vigencia, no es necesario renovarlo para vender o alquilar. Sólo será necesario cuando se hayan realizado reformas o reparaciones importantes que puedan modificar la calificación energética. 

Así lo determinó desde el inicio el Real Decreto 235/2013. Sin embargo, a partir de la reciente aprobación del Real Decreto 390/2021, los inmuebles que obtengan una calificación energética G, la más baja, deben renovar su certificado cada cinco años.

¿Qué penalizaciones se deben afrontar por vender o alquilar una vivienda sin obtener el certificado energético?

Como mencionamos anteriormente, el Real Decreto 235/2013 supone la obligación de tramitar el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) para vender o alquilar. Por lo tanto, llevar a cabo una operación de este tipo sin contar con dicho documento supone una infracción. La sanción establecida por este incumplimiento consiste en multas que oscilan entre los 300€ y los 600€.

Las sanciones se dividen en tres grupos según la gravedad de la infracción cometida. No mencionar la calificación energética obtenida en los anuncios de venta, a pesar de ser una falta leve, es una acción sancionada con multas. Por otro lado, vender sin haber realizado el certificado o falsear el resultado del mismo es considerado como una falta muy grave. Los valores que se aplican son los siguientes:

  • Leves: las infracciones de estas características son sancionadas con multas de entre 300€ y 600€.
  • Graves: las infracciones de estas características son sancionadas con multas de entre 601€ y 1000€.
  • Muy graves: las infracciones de estas características son sancionadas con multas de entre 1001€ y 6000€.

Cómo mejorar una baja calificación energética

No siempre una vivienda estará en condiciones de obtener una buena calificación energética. ¿Qué ocurre en estos casos? Si bien el propietario puede limitarse a no modificar nada, hacerlo puede ser beneficioso, en primer lugar, para contribuir al cuidado del medioambiente.

Estos son algunos de los arreglos que pueden realizarse:

  • Cambiar las ventanas: si una vivienda cuenta con ventanas antiguas, es posible que posean cristales simples o que ya no sellen bien sus juntas. Renovarlas puede ser útil, ya que las nuevas cuentan con doble acristalamiento, el cual evita la entrada del calor y aísla mejor el ruido.
  • Renovar las puertas: al igual que las ventanas, las puertas pueden ser otro punto de filtración de frío y calor. Si son muy antiguas o si están en mal estado, pueden significar un aumento en el consumo de calefacción o aire acondicionado. De no poder cambiarlas, también existe la posibilidad de utilizar burletes para aislar mejor los ambientes.
  • Arreglar suelos y paredes: su descuido o mal estado también puede implicar un pobre aislamiento de las condiciones climáticas. Por eso, ocuparse de repararlas también contribuirá.
  • Comprar nuevas bombillas: se trata de la actualización más simple y económica de las que mencionamos hasta ahora. Desde hace años se utilizan las llamadas bombillas «de bajo consumo», sin embargo, las LED son en este momento la mejor opción.

¿Qué beneficios implica tomar estas medidas?

Además de contribuir al cuidado del medioambiente, realizar las modificaciones necesarias para incrementar la eficiencia energética de una vivienda puede traer más beneficios. Sin duda, los compradores e inquilinos valoran cada vez más el consumo energético eficiente. Cabe mencionar igualmente que no es el principal factor por el cual deciden comprar o alquilar un piso. Entonces, ¿vale la pena invertir dinero en estos arreglos?

La realidad es que, para obtener una calificación A, B o C, si la obtenida anteriormente es muy baja, es necesario realizar reformas muy considerables que implican grandes costes. Por lo tanto, estas actualizaciones no deben constituir una preocupación mayor. Sí será útil prestar atención a las recomendaciones del técnico que realice el certificado, ya que pueden ayudar a promocionar mejor la vivienda.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Si estás buscando asesoramiento por parte de un profesional del sector inmobiliario, también podemos ayudarte. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

A la hora de vender una propiedad, lo ideal es hacerlo con ella libre de cargas. Sin embargo, esto no siempre es posible. Muchas veces un bien inmueble se encuentra sujeto a un crédito hipotecario y su propietario no puede cancelarlo antes de poner la vivienda a la venta. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Es posible vender un piso con hipoteca? ¿Qué diferencia hay entre cancelar el pago de este crédito y cancelarlo registralmente? ¿Qué pasos es necesario seguir? En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

Vender un piso con una hipoteca puede significar un proceso más largo y sujeto a mayor cantidad de trámites que en cualquier otra venta normal. No obstante, es posible hacerlo y salir bien parado, afrontando la menor cantidad de costes posibles. Todo dependerá, en primera instancia, de si es posible para el propietario terminar de pagar por completo el crédito antes de vender su vivienda. Luego, también será necesario cancelar esta hipoteca en el Registro Público de la Propiedad para que el inmueble figure como libre de cargas.

A continuación te contamos qué diferencias hay entre vender un piso con una hipoteca pendiente de pago y uno con una hipoteca paga pero pendiente de cancelación registral. También te mostramos qué gastos implica este trámite y qué ocurre cuando no se lo realiza. Por último, veremos de qué manera contratar una inmobiliaria puede significar un beneficio a la hora de vender una propiedad sujeta a este tipo de crédito. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué opciones existen a la hora de vender un piso con una hipoteca pendiente?

Todos aquellos propietarios que desean o se ven en la necesidad de vender su vivienda se preguntan: ¿es posible vender un piso con una hipoteca? La respuesta es sí. Las operaciones de este tipo son más que habituales. No obstante, será necesario distinguir entre dos situaciones diferentes al vender con un crédito hipotecario de por medio, ya que la forma de proceder será distinta. Es posible:

  • Vender el piso con la hipoteca pendiente de pago: en este caso, habrá dos opciones. Podrá abonarse lo que resta del crédito hipotecario con el dinero de la venta, o bien, subrogarlo al comprador. Cabe aclarar que esta última opción no suele ser aprobada por los bancos. Aunque se elija pagar la hipoteca con el dinero de la venta, también será necesario realizar el paso que describiremos a continuación. Se trata de cancelarla registralmente.

  • Vender el piso con la hipoteca paga pero pendiente de cancelación registral: aunque el crédito hipotecario ya esté pago antes de poner la vivienda a la venta, no estará cancelada registralmente. ¿Qué significa esto? Que la propiedad seguirá figurando en el Registro de la Propiedad como sujeta a una hipoteca. Por lo tanto, será necesario realizar el trámite correspondiente para liberarla completamente de cargas.

A continuación veremos en detalle cómo proceder en ambos casos, teniendo en cuenta que a la primera opción le corresponde ser sucedida por la segunda.

Cómo vender un piso con una hipoteca pendiente de pago

No siempre existe la posibilidad de pagar la totalidad de un crédito hipotecario antes de vender un bien inmueble. Si bien lo ideal es encarar este proceso con la vivienda libre de cargas, la realidad es que es posible hacerlo con una hipoteca pendiente de pago. Existen dos opciones posibles ante esta situación:

  • Terminar de pagar la hipoteca con el dinero de la venta.
  • Trasladar la hipoteca al comprador.

Si bien la primera opción es la más frecuente y la segunda no suele ser aprobada por los bancos, te contamos cómo proceder en ambos casos.

Cómo vender un piso y terminar de pagar la hipoteca con el dinero de la venta

Cuando no es posible abonar la totalidad del crédito hipotecario antes de iniciar el proceso de venta, lo más habitual es hacerlo luego. Para ello se utiliza el dinero obtenido por la transacción. Si bien puede ocurrir que este monto supere el de las cuotas que resta pagar por la hipoteca, también es posible que este sea menor. Veamos qué ocurre en ambos casos:

¿Qué ocurre cuando el precio de venta del piso es superior a lo que resta pagar por la hipoteca?

Se trata de la situación ideal, ya que permite utilizar sólo una parte del dinero obtenido por la venta para terminar de pagar la hipoteca y los costes de cancelación registral de la misma.

¿Cómo proceder en estos casos? Será necesario solicitar al banco un certificado de deuda pendiente que luego deberá presentarse ante un notario. El comprador, por su parte, deberá pedir la emisión de dos cheques. Uno será para el vendedor y el otro para el banco, que debe incluir el monto de la deuda pendiente y la comisión por la cancelación anticipada. Este último cheque será recibido por un representante del banco. A partir del reembolso total de la hipoteca expresado, podrá tramitarse la compraventa y la cancelación del crédito.

¿Qué ocurre cuando el precio de venta del piso es inferior a lo que resta pagar por la hipoteca?

Que el dinero obtenido por la venta de la vivienda no llegue a cubrir la deuda pendiente por la hipoteca también es un escenario posible. En este caso, será necesario obtener una autorización del banco para ejecutar la transacción. Esto se debe a que el inmueble funciona, precisamente, como garantía del crédito hipotecario hasta que el mismo esté pago por completo.

Por esta razón, cuando ya se prevea que el precio de venta no cubrirá el monto de la deuda, será necesario hablar con el banco antes de realizar la transacción. De esta manera, la entidad decidirá si otorgará o no su consentimiento para que el vendedor cancele parte de la hipoteca pendiente con dinero obtenido por la venta y a través de otro préstamo personal que puede llegar a concederle.

Es importante aclarar que no siempre el banco brindará esta posibilidad al propietario. Lo más probable es que lo haga cuando el dinero obtenido por la venta sea muy poco. Por lo general, estos préstamos personales de los que hablamos no superan el monto de 50.000 euros. El banco se ocupará de analizar si la situación financiera del vendedor le permitirá pagar las cuotas correspondientes.

Cómo vender un piso trasladando la hipoteca al comprador

Existe una segunda opción a la hora vender un piso con una hipoteca pendiente de pago, aunque no es tan habitual como la primera. Se trata de trasladar el crédito hipotecario al comprador, operación que se conoce con el nombre de subrogación al deudor. 

Sin embargo, como mencionamos previamente, se trata de una oportunidad a la cual es poco probable poder acceder, ya que los bancos prefieren cancelar una hipoteca y abrir otra.

Cómo vender un piso con una hipoteca paga pero pendiente de cancelación registral o cancelar la hipoteca luego de pagarla con el dinero de la venta

A pesar de que una hipoteca esté completamente paga, para proceder a la venta de la vivienda siempre es recomendable cancelar este crédito en el Registro Público de la Propiedad, a fines de que el inmueble figure como libre de cargas. Por otro lado, como anticipamos, también será necesario realizar este trámite cuando se elija terminar de pagar la hipoteca con el dinero obtenido por la venta. Veamos cómo debe procederse en ambos casos y a qué entidades puede recurrirse:

Cómo proceder cuando la hipoteca está paga pero pendiente de cancelación registral

Existen tres caminos a la hora de cancelar una hipoteca en el Registro de la Propiedad. Sus diferencias radican, principalmente, en la cantidad de gasto que implica cada una:

  • A través del banco: se trata de la opción más cara, ya que una entidad bancaria puede llegar a solicitar al vendedor una provisión de fondos de entre 1.000 y 1.500 euros. Esto se debe a los elevados costes de gestión que implica este proceso.

  • A través de una gestoría: a diferencia de la opción anterior, recurrir a una gestoría independiente significa menores costes por los gastos de gestión y el trámite en general.

  • Por cuenta propia: de las tres opciones esta es, sin duda, la que implica menores gastos. Cuando el vendedor elige realizar el trámite por su cuenta, puede ahorrarse los costes de gestión. No obstante, existe una contra y es que deberá someterse a la burocracia que implica este tipo de trámites y necesitará contar con tiempo disponible para asistir a los distintos organismos públicos que intervienen en este proceso.

Cómo proceder cuando la hipoteca terminó de pagarse con el dinero de la venta y es necesario cancelarla registralmente

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando, como describimos anteriormente, se elige terminar de pagar la hipoteca con el dinero obtenido por la venta? En este caso, ya no será el banco del vendedor el encargado de gestionar la cancelación registral del crédito sino, el del comprador. Esto se debe a que será él la parte más interesada en asegurarse de que se eliminen las cargas relacionadas con la vivienda. Ante esta situación, es importante tener en cuenta que:

  • Hay ciertos bancos que son muy estrictos en este sentido y sólo permitirán realizar el trámite a través de su gestoría. El problema es que, como ya mencionamos, el coste que esto puede suponer es muy alto. Sin embargo, es importante aclarar que existe pleno derecho para decidir hacerlo por cuenta propia o con una gestoría independiente, sólo que será necesario negociar con la entidad.
  • Otros bancos son más flexibles, por lo tanto, si se solicita con suficiente anticipación, habrá mayores facilidades para negociar y así poder realizar el trámite por cuenta propia o mediante una gestoría independiente.

¿Quién debe hacerse cargo de los gastos de cancelación registral de la hipoteca?

Prácticamente es siempre el vendedor quien debe hacerse cargo de los costes que implica la cancelación de una hipoteca en el Registro Público de la Propiedad. Por lo tanto, siempre que haya un crédito hipotecario de por medio, es importante tener estos montos en cuenta, ya que permitirá organizar mejor los gastos que supone una venta.

A pesar de esto, cabe recordar que, en caso de haber vendido con una hipoteca paga pero pendiente de cancelación registral, el trámite deberá hacerse a través del banco del vendedor. Diferente es cuando la hipoteca se terminó de pagar con el dinero de la venta. En este caso, la cancelación deberá tramitarse con el banco del comprador, sin necesidad de contratar su gestoría.

¿Prescribe la hipoteca cuando no se la cancela registralmente?

Si el vendedor prefiere no cancelar registralmente un crédito hipotecario una vez que abona la última cuota, existe la posibilidad de esperar que se produzca lo que se conoce como cancelación de hipoteca por caducidad o prescripción.

Para que eso ocurra debe transcurrir un período de veinte años desde el fin del plazo de la hipoteca, que figura en la escritura. A partir de ese momento, será posible presentar una solicitud al Registro Público de la Propiedad para que elimine la carga que pesa sobre la vivienda. También deberán pagarse los costes registrales correspondientes, pero no será necesario acudir a la notaría o a Hacienda.

No obstante, es importante mencionar que, hasta que esto ocurra, la vivienda seguirá vinculada formalmente a una deuda pendiente. Es decir que, si en todos esos años el propietario desea venderla o solicitar un nuevo préstamo hipotecario, sí o sí deberá cancelarla.

Cómo vender un piso con hipoteca a través de una inmobiliaria

Si bien el trámite de cancelación registral de la hipoteca, generalmente, corre por cuenta del vendedor, una agencia inmobiliaria, debido a su experiencia en el mercado y su conocimiento en el tema, puede aconsejarlo y guiarlo mejor para realizar todos los trámites con éxito. También puede orientarlo respecto a todos los gastos que implica este procedimiento.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Si estás buscando asesoramiento por parte de un profesional del sector inmobiliario, también podemos ayudarte. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Al momento de vender una vivienda y, sobre todo, cuando el comprador ideal aparece, es probable que deban firmarse varios documentos. Por un lado, se encuentran los acuerdos previos, que buscan asegurar a ambas partes de que la compraventa se concretará. Por el otro, están aquellos que directamente implican el cierre de la transacción. ¿Cuáles son estos contratos que pueden firmarse al vender un piso? ¿Son todos obligatorios? ¿Son todos necesarios? ¿Cuándo conviene firmar cada uno de ellos? En este artículo te lo contamos.

Ninguno de los acuerdos previos ni tampoco ninguno de los que determinan el cierre de una compraventa son obligatorios. Sin embargo, la firma de muchos de ellos puede ser muy beneficiosa, tanto para el vendedor como para el comprador. Algunos están regulados por la ley, mientras que otros no. Algunos se celebran de manera privada, mientras que otros tienen estatus público.

A continuación te contamos todo lo que debes saber acerca de contratos que suelen firmarse al vender un piso, como el contrato privado de reserva, el contrato de arras, el contrato privado de compraventa y la escritura pública de compraventa. ¡Sigue leyendo!

¿Cuáles son los contratos que pueden firmarse al vender un piso?

Cuando un propietario pone en venta un bien inmueble lo esperable es que, luego de promocionarlo y recibir diferentes visitas, aparezca un comprador realmente interesado en él. En ese momento es posible firmar un acuerdo previo que les permitirá, tanto al vendedor como al comprador, asegurarse de que la operación llegará a buen puerto. En esta instancia puede optarse por alguno de los siguientes: 

  • Contrato privado de reserva.
  • Contrato de arras.

Luego, cuando llega la hora de cerrar la transacción, es posible concretarla mediante un acuerdo de tipo privado u otro de estatus público. Ellos son:

  • Contrato privado de compraventa.
  • Escritura pública de compraventa.

A continuación veremos cuáles son las principales características de todos estos contratos que suelen firmarse al vender un piso, qué deben incluir y cuándo conviene firmar cada uno de ellos.

Contratos que pueden firmarse como acuerdos previos a vender un piso

El contrato de reserva y el contrato de arras son aquellos contratos que suelen firmarse como acuerdos previos antes de vender un piso. Veamos de qué se tratan.

Contrato de reserva

¿En qué consiste?

El contrato privado de reserva es uno de los dos acuerdos previos que pueden firmarse antes de cerrar una compraventa inmobiliaria. Además de incluir todas las condiciones acordadas por ambas partes implicadas para llevar adelante la compraventa, implica la entrega, por parte del comprador, de un monto de dinero en concepto de señal que “reserva la vivienda”. De esta manera, él se asegura de que la vivienda será quitada del mercado y no seguirá siendo mostrada a otros interesados. Por su parte, al vendedor le permite confirmar que la intención y el compromiso de compra son reales.

¿Cómo está regulado por la ley?

De los cuatro documentos que describiremos en este artículo, este es el único que no está regulado por ninguna normativa. Podemos afirmar que esta es una de las contras que tiene el contrato de reserva, ya que, el hecho de que ninguna ley establezca condiciones para él, implica poca seguridad jurídica para ambos firmantes.

Esto también implica que no puede ser rescindido únicamente con el pago de una indemnización, como sí ocurre con algunos contratos de arras. Sólo es posible desistir de él si se especificó una penalización en alguna de sus cláusulas. De lo contrario, será necesario acudir a la justicia.

¿Qué cláusulas debe contener?

Como mencionamos, el contrato de reserva ya debe contener todas las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la compraventa. Por lo tanto, las cláusulas con las que debe contar son:

  • Datos personales de ambas partes: deben indicarse sus nombres y sus números de DNI del vendedor y el comprador.
  • Datos e información del inmueble: deben indicarse su referencia catastral, su domicilio completo y su superficie. También debe especificarse aquí si posee otros anexos, como un garaje o un trastero.
  • Precio del inmueble: en esta cláusula debe indicarse cuál es el valor total de la vivienda.
  • Importe de la señal entregada: al no estar regulado por la ley, no existe un monto fijo a entregar en un contrato de reserva. Siempre depende del acuerdo al que lleguen cada vendedor y cada comprador. No obstante, esta suma suele ser de entre un 1% y un 5% sobre el valor total de la vivienda.
  • Forma de pago: aquí se establece cómo pagará el comprador lo que resta del importe de la compraventa. 
  • El reparto de gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa entre el vendedor y el comprador.
  • Fecha de firma del contrato de compraventa o la escritura pública: aquí debe establecerse un día límite para concretar la transacción.
  • Cláusula de rescisión: aquí es donde deben determinarse las penalizaciones en caso de que alguna de las partes quiera rescindir el contrato. Es de carácter opcional, la realidad es que no es habitual en los contratos de reserva.

¿Cuándo conviene firmarlo?

Sin dudas conviene recurrir a la firma de un contrato de reserva cuando el comprador se encuentra en plena seguridad de que va a adquirir la vivienda que le interesa. Este documento, al no implicar por sí mismo una forma de rescindirlo, le asegurará que el vendedor no se arrepentirá del trato.

Contrato de arras

¿En qué consiste?

El contrato de arras es el otro de los dos acuerdos previos que pueden firmarse antes de cerrar una compraventa inmobiliaria. También incluye todas las condiciones para llevar adelante la operación e implica la entrega de una señal para “reservar” la vivienda. Su objetivo es el mismo que el del contrato de reserva, es decir, el de asegurarle al comprador que la vivienda será quitada del mercado y no seguirá siendo mostrada a otras personas. También el de confirmarle al vendedor que la intención y el compromiso de compra son reales.

Los contratos de arras se dividen en tres tipos y se diferencian, esencialmente, en que algunos pueden ser rescindidos afrontando una penalización económica, mientras que otros no.

  • Penitenciales: admite la posibilidad de desistir de él mediante una penalización económica, utilizando la señal entregada como indemnización.
  • Confirmatorias: no admite la posibilidad de desistir de él mediante una carga económica. En caso de arrepentimiento, será necesario acudir a la justicia, ya que la señal no puede ser utilizada como indemnización.
  • Penales: no determina de manera explícita la posibilidad de desistir de él. Sin embargo, la entrega de la señal sí funciona como indemnización en caso de arrepentimiento.

¿Cómo está regulado por la ley?

A diferencia del contrato privado de reserva, el de arras sí está contemplado por la ley. Es el Código Civil aquel que lo regula, en donde cada tipo está regulado por diferentes artículos, que hacen referencia, específicamente, a las penalizaciones que deberán asumirse por no cumplirlo:

¿Qué cláusulas debe contener?

Al tratarse de un documento que cumple con los mismos objetivos que el contrato privado de reserva, la información que debe especificarse en él es muy similar a la que figura en el acuerdo previo que describimos previamente:

  • Datos personales de ambas partes: deben indicarse sus nombres y sus números de DNI del vendedor y el comprador.
  • Datos e información del inmueble: deben indicarse su referencia catastral, su domicilio completo y su superficie. También debe especificarse aquí si posee otros anexos, como un garaje o un trastero.
  • Precio del inmueble: en esta cláusula debe indicarse cuál es el valor total de la vivienda.
  • Importe de la señal entregada: al no estar regulado por la ley, no existe un monto fijo a entregar en un contrato de reserva. Siempre depende del acuerdo al que lleguen cada vendedor y cada comprador. No obstante, esta suma suele ser de entre un 1% y un 5% sobre el valor total de la vivienda.
  • Forma de pago: aquí se establece cómo pagará el comprador lo que resta del importe de la compraventa. 
  • El reparto de gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa entre el vendedor y el comprador.
  • Fecha de firma del contrato de compraventa o la escritura pública: aquí debe establecerse un día límite para concretar la transacción.
  • Cláusula de rescisión: aquí es donde deben determinarse las penalizaciones en caso de que alguna de las partes quiera rescindir el contrato. En el contrato de arras penitenciales será la pérdida de la señal o la devolución del dinero por duplicado. Cuando se trate de un arras confirmatorias, será el inicio de acciones legales. En el de arras penales serán ambas.

¿Cuándo conviene firmarlo?

También es recomendable firmarlo únicamente cuando ambas partes estén seguras de querer concretar la compraventa. De no existir esta seguridad y producirse un arrepentimiento, deberán afrontarse penalizaciones, en el caso del arras penitenciales, o consecuencias legales, cuando se firma un arras confirmatorias o penales.

Contratos que pueden firmarse para cerrar la venta de un piso

El contrato privado de compraventa y la escritura pública de compraventa son aquellos que contratos que suelen firmarse al vender un piso. Tienen como objetivo el cierre de la transacción. Veamos de qué se tratan.

Contrato de compraventa

¿En qué consiste?

El contrato privado de compraventa es aquel mediante el cual uno de los firmantes está obligado a entregar una cosa determinada y el otro a entregar un precio cierto por ese objeto. Es decir, que suele celebrarse en transacciones de todo tipo de bienes, no solo inmuebles. En este caso, servirá para concretar la transacción de la vivienda en cuestión.

Se trata de un acuerdo de naturaleza bilateral, ya que es celebrado entre comprador y vendedor. También es consensual, ya que se requiere del consentimiento de estas dos partes para llevarlo adelante. Aunque puede celebrarse de manera privada y sin que intervenga ninguna otra persona o entidad, siempre se recomienda contar con el asesoramiento de un profesional para que luego no surjan inconvenientes.

¿Cómo está regulado por la ley?

Este tipo de acuerdo está regulado por el título IV del Código Civil, que comprende desde el artículo 1445 al artículo 1456.

¿Qué cláusulas debe contener?

  • Datos personales de ambas partes: deben indicarse sus nombres y sus números de DNI del vendedor y el comprador.
  • Datos e información del inmueble: deben indicarse su referencia catastral, su domicilio completo y su superficie. También debe especificarse aquí si posee otros anexos, como un garaje o un trastero.
  • Verificación de la titularidad sobre el inmueble: esta puede acreditarse mediante la presentación del título de propiedad o de una nota simple de la vivienda.
  • Precio del inmueble: en esta cláusula debe indicarse cuál es el valor total de la vivienda.
  • Fecha de entrega del inmueble: aquí debe especificarse qué día el vendedor le entregará definitivamente la vivienda al comprador.
  • Reparto de impuestos y gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa y los impuestos correspondientes entre el vendedor y el comprador.
  • Cláusula de penalización: aquí es donde deben determinarse las penalizaciones en caso de que alguna de las partes incumpla el contrato. En el caso del vendedor, la falta más común es que no cumpla con la entrega del inmueble en el día establecido. En el caso del comprador, que no cumpla con el o los pagos en las fechas acordadas.

¿Cuándo conviene firmarlo?

La firma de un contrato privado de compraventa puede ser útil para dejar en claro las condiciones de la transacción. No obstante, no siempre es necesario celebrar uno. Firmar un contrato de arras o un contrato de reserva y luego firmar una escritura pública de compraventa es posible. Por lo tanto, muchas veces vendedor y comprador pueden elegir saltearse este tipo de documento.

Sin embargo, es importante analizar todas las opciones disponibles. Muchas veces no será conveniente para ambas partes firmar un contrato de reserva o un contrato de arras, por las penalizaciones que implican. En ese caso, vendedor y comprador pueden querer celebrar un contrato de compraventa para concretar la transacción, o bien, como paso previo a la firma de la escritura.

Escritura pública de compraventa

¿En qué consiste?

La escritura pública de compraventa es el documento que vendedor y comprador firman ante un notario para formalizar la compraventa de un inmueble. Se caracteriza por ser fehaciente, ya que prueba y da fe de que ambas partes están de acuerdo con todas las condiciones dentro de las cuales se lleva a cabo la compraventa y que ambos poseen voluntad de cumplir con lo firmado.

También implica que el inmueble pueda inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, lo cual brinda una serie de ventajas:

  • Garantiza la titularidad sobre la vivienda, lo cual permite que el o los propietarios sean las únicas personas que puedan adquirir derechos sobre él.
  • Confirma la identidad del vendedor, lo cual significa protección ante posibles estafas.
  • Implica seguridad en caso de que un tercero reclame la vivienda.
  • Brinda protección ante acreedores de deudas anteriores a la compra y permite averiguar si la vivienda posee alguna carga pendiente.
  • Permite el acceso a una hipoteca, lo cual no es posible cuando la vivienda no está registrada.

¿Cómo está regulada por la ley?

La escritura pública de compraventa está regulada por los artículos 1.279 y 1.280 del Código Civil.

¿Qué cláusulas debe contener?

  • Fehaciencia: afirma la voluntad de ambas partes para concretar la transacción y cumplir con sus condiciones.
  • Cargas que pesan sobre el inmueble: deben especificarse las deudas o hipotecas a las que está sujeta el inmueble.
  • Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): a través de este se justifica que el pago de dicho tributo se encuentra al día.
  • Certificado de las cuotas de comunidad: también sirve para justificar que las mismas se encuentran al día.
  • Disposiciones legales y obligaciones fiscales: aquí se especifica cuáles se derivan de la compraventa.
  • Reparto de gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa entre el vendedor y el comprador.
  • Liquidación de gastos notariales: estos incluyen la base de aplicación de los aranceles, el número de arancel aplicado y los honorarios correspondientes.
  • Comprobación de medios de pago: aquí debe especificarse cómo y cuándo se ha efectuado el pago por el inmueble.

¿Cuándo conviene firmarla?

Ni el contrato privado de compraventa ni la escritura pública son contratos obligatorios al vender un piso. Sin embargo, firmar una escritura pública, o bien, elevar a escritura pública un contrato de compraventa es más que conveniente, tanto para el comprador como para el vendedor. Si bien el contrato de compraventa está regulado por el Código Civil, el hecho de que pueda celebrarse de manera privada no implica demasiada seguridad jurídica. En cambio, la escritura brindará a la operación estatus público y permitirá a las partes acceder a los beneficios que implica inscribir una vivienda en el Registro Público de la Propiedad.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Si estás buscando asesoramiento por parte de un profesional del sector inmobiliario, también podemos ayudarte. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Cuando un propietario anuncia la venta su vivienda y aparece un interesado en comprarla, es probable que ambos deseen formalizar su compromiso de concretar la compraventa. Con este objetivo es que suelen celebrarse acuerdos previos antes de poner la firma final en una escritura pública. El contrato de arras es uno de ellos y, aunque es elegido por muchos, varios vendedores y compradores presentan dudas con respecto a él y a otros acuerdos que se le asemejan. ¿De qué se trata el contrato de arras? ¿Cuándo conviene firmar uno? En este artículo te ofrecemos una guía completa sobre este documento.

El contrato de arras puede ser la mejor opción cuando el vendedor y el potencial comprador de una vivienda quieren asegurarse de que la compraventa se hará efectiva. Sin embargo, antes de redactar y firmar uno, es muy importante conocer qué posibilidades hay y cuáles son sus condiciones.

A continuación te contamos de qué se trata el contrato de arras, cómo está regulado por la ley, qué tipos existen y en qué se diferencia con otros acuerdos. También, qué ocurre cuando se produce un arrepentimiento, un incumplimiento o un vencimiento y cuándo es más beneficioso firmar uno. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué es un contrato de arras?

Un contrato de arras es un documento a través del cual un vendedor y un potencial comprador de un bien inmueble se comprometen a concretar la compraventa. De esta manera, el propietario está en obligación de entregar el inmueble dentro de las condiciones pactadas y de no seguir mostrándolo a otros interesados. Por su parte, el comprador afirma su intención de adquirir la vivienda según los términos acordados, reservando la vivienda mediante el pago de una señal.

En cuanto a su contenido, el contrato de arras incluye todas las condiciones que ambas partes pactan en el momento de la negociación, también las penalizaciones que cada uno deberá asumir en caso de no cumplir con él. Por otro lado, también se especifica el monto de dinero que el comprador entrega al vendedor en concepto de señal. Más adelante veremos en detalle qué cláusulas se deben incluir según cada tipo de contrato de arras.

Cabe aclarar que no es obligatorio celebrar este tipo de acuerdo antes de concretar una compraventa. Sin embargo, puede resultar útil ya que, al incluir todos los términos acordados por el vendedor y el comprador para llevar a cabo la transacción, es posible que luego sea utilizado por el notario para elaborar la escritura pública de compraventa. En pocas palabras, si se firma un contrato de arras, la escritura será una transcripción fiel de él. 

También es importante mencionar que, si bien se trata de un acuerdo de libre pacto y de libre redacción, es decir, que no requiere de la presencia de un profesional para ser redactado, es recomendable contar con la ayuda de uno. De lo contrario, será indispensable prestar mucha atención a la hora de formularlo, ya que un error u omisión puede ocasionar futuros inconvenientes.

¿Cómo está regulado por la ley?

El contrato de arras está regulado por el Código Civil español. En él cada tipo de arras está regulado por diferentes artículos, que hacen referencia, específicamente, a las penalizaciones que deberán asumirse por no cumplir con el pacto:

El hecho de que la ley contemple la celebración de contratos de arras implica, en primer lugar, seguridad jurídica para los vendedores y compradores de bienes inmuebles que decidan firmar uno. Por otro lado, supone una facilidad para rescindir este tipo de acuerdos, siempre y cuando se afronte la penalización correspondiente.

Diferencias entre el contrato de arras y otros contratos

Muchas de las dudas que surgen sobre el contrato de arras tienen que ver con confusiones que surgen respecto a otros tipos de acuerdos. Por un lado, está el contrato de reserva, que también es un acuerdo previo a la concreción de la compraventa. Por el otro, está el contrato de compraventa, que puede significar el cierre de la transacción pero también es un contrato de tipo privado. Veamos qué diferencias guardan entre sí:

Contrato de reserva

Este tipo de acuerdo previo cumple exactamente la misma función que el contrato de arras, que es la de reservar y quitar del mercado una vivienda mediante el pago de una señal. Sin embargo, la diferencia es que:

  • No está regulado por el Código Civil. Por lo tanto, ofrece menor seguridad jurídica que el contrato de arras.
  • No puede rescindirse con el pago de una indemnización, como sí ocurre con algunos contratos de arras. Sólo es posible desistir de él si fue especificado en alguna de sus cláusulas, de lo contrario, deberá intervenir un juez.

Contrato de compraventa

Esta clase de pacto tiene una función diferente a la del contrato de arras, ya que se firma en una instancia más avanzada del proceso de compraventa. Sin embargo, también está regulado por el Código Civil, específicamente en su artículo 1445. Su diferencia con el de arras es que:

  • Sirve para cerrar la transacción, aunque siempre es recomendable firmar también una escritura pública de compraventa ante un notario.

En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el contrato privado de compraventa.

Tipos de contrato de arras

Veamos qué tipos de contratos de arras existen, en qué se diferencian, qué cláusulas deben incluir y cuándo es recomendable celebrar cada uno de ellos.

Arras penitenciales

¿De qué se trata?

Este tipo de contrato de arras admite la posibilidad de desistir de él, ya que establece penalizaciones en caso de que se produzca el arrepentimiento de alguna de las partes. Será la señal de reserva entregada por parte del comprador la que funcionará como indemnización, de manera que, no será devuelta al comprador, o bien, el vendedor deberá devolvérsela por duplicado, dependiendo de quién incumpla el trato.

¿En qué casos debe firmarse?

Se recomienda firmarlo cuando no hay plena seguridad de querer concretar la compraventa.

¿Qué cláusulas debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de gastos.
  • La cláusula de penalización: pérdida de la señal o devolución del dinero por duplicado.

Arras confirmatorias

¿De qué se trata?

Este tipo de contrato de arras, a diferencia del anterior, no admite la posibilidad de desistir de él mediante una carga económica, ya que no establece de forma clara las penalizaciones. De esta manera, la señal entregada por el comprador no funcionará como indemnización si alguna de las partes incumple el pacto.

En caso de arrepentimiento, la parte afectada puede exigir la concreción de la compraventa o una indemnización por daños y perjuicios. Es decir que siempre será necesario acudir a la presentación de una demanda y esperar a que un juez decida cuál debe ser la penalización.

¿En qué casos debe firmarse?

Se recomienda firmarlo cuando sí existe plena seguridad de querer concretar la compraventa.

¿Qué cláusulas debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de gastos.
  • La cláusula que indique que si una de las partes desiste del pacto, habrá consecuencias legales.

Arras penales

¿Qué implica?

Las condiciones de este tipo de contrato de arras se encuentran a medio camino entre las del arras confirmatorias y las del arras penitenciales. Si bien no determina de manera explícita la posibilidad de desistir de él, la entrega de la señal de reserva sí funcionará como indemnización en caso de arrepentimiento.

Sin embargo, las penalizaciones que establece no hacen referencia únicamente a la señal. Además de la retención o devolución del dinero por duplicado, puede exigirse también la concreción de la compraventa.

¿En qué casos debe firmarse?

Se recomienda firmarlo cuando sí existe plena seguridad de querer concretar la compraventa.

¿Qué cláusulas debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de los gastos.
  • La cláusula de penalización: pérdida de la señal o devolución del dinero por duplicado y la posibilidad de exigir el cumplimiento de la compraventa.

¿Qué monto de dinero se entrega como señal al firmar un contrato de arras?

Debido a que el contrato de arras es un documento de tipo privado, no existe una cantidad fijada por ley que un comprador deba entregar a un vendedor para reservar una vivienda. No obstante, la realidad es que este monto suele ser de un 10% sobre el precio de venta del inmueble, pero siempre puede variar según lo que se acuerde en cada caso.

Como mencionamos previamente, la cantidad abonada debe quedar reflejada en una de las cláusulas del contrato. Por lo general, una vez cerrada la transacción, se descuenta del precio total de la propiedad.

¿Qué costo tiene firmar un contrato de arras?

El contrato de arras puede tener un coste como también puede llegar a ser gratuito, dependiendo de cómo el propietario esté llevando adelante la venta del inmueble:

Al vender a través de una inmobiliaria

Cuando la venta es gestionada por una inmobiliaria, será esta la encargada de redactar el contrato de arras. Por lo tanto, el coste del mismo quedará incluido en la comisión que la agencia cobre al vendedor.

Al vender por cuenta propia

Cuando la venta es llevada adelante por el mismo propietario, puede encargarse de redactar el contrato de arras por su cuenta. Existen muchos modelos gratuitos en internet que pueden ser tomados como base y también algunas plantillas que pueden descargarse por alrededor de veinticinco euros.

Como señalamos anteriormente, en estos casos lo mejor es acudir a un abogado o a otro profesional con conocimientos para que redacte el contrato de arras.

¿Qué hacer cuando se produce un incumplimiento o arrepentimiento del contrato de arras?

En caso de producirse un incumplimiento o arrepentimiento por cualquiera de las dos partes, existen dos maneras de reclamar: por vía extrajudicial y por vía judicial. Para saber a cuál acudir se deben tener en cuenta las características de cada tipo de contrato de arras que describimos previamente. El procedimiento cambiará dependiendo de si el documento refleja o no la penalización a asumir. También será determinante que la otra parte acepte o se niegue a cumplir con las consecuencias.

Es posible reclamar por vía extrajudicial:

  • Acudiendo a la inmobiliaria, en caso de que se haya contratado una, para exigir la concreción de la compraventa.
  • Enviando un burofax a la otra parte para solicitar el cumplimiento de la penalización. Este escrito servirá como prueba en caso de que se llegue a un juicio.
  • Interponiendo un “acto de conciliación” en la justicia. Se trata de un recurso que permite exigir el cumplimiento del contrato y también puede servir como prueba en un juicio.

Se puede reclamar por vía judicial:

  • Presentando una demanda en el juzgado correspondiente a la ubicación del inmueble y esperando la resolución del juez.

Cómo demostrar que la otra parte no cumplió con el acuerdo

En caso de tener que acudir a la vía judicial o extrajudicial para reclamar por el incumplimiento del contrato de arras, existen varias maneras de demostrar la falta de la otra parte. En primer lugar, la prueba más irrefutable de todas es que la compraventa no se ha llevado a cabo.

Sin embargo, los pasos a seguir variarán según el tipo de contrato de arras que se ha firmado: 

  • Penitenciales: como este documento estipula de forma clara cuáles son las penalizaciones a asumir, no es necesario demostrar nada.
  • Confirmatorias y penales: como estos dos tipos de arras no dejan en claro cómo deben asumirse las penalizaciones, la otra parte tiene la posibilidad de acudir a la vía judicial. Si esto sucede, sí será necesario demostrar que el vendedor o el comprador ha incumplido el trato.

¿De qué manera puede probarse? Aportando elementos como mensajes, emails o notificaciones de burofax que se hayan enviado a la otra parte. Cabe aclarar, igualmente, que será el juez quien tenga la última palabra al respecto. Dependiendo del tipo de contrato de arras firmado y las circunstancias del caso, este determinará cómo se llevará a cabo la penalización y si el sentenciado está obligado a cumplirla o no. 

¿Qué ocurre cuando el contrato de arras vence?

Además de un arrepentimiento o un incumplimiento, puede ocurrir que la fecha estipulada en el contrato de arras pase sin que se haya firmado el contrato de compraventa o la escritura pública. En estos casos, puede ocurrir que:

  • Ambas partes sigan queriendo concretar la compraventa: en este caso, es posible prorrogar el contrato de arras. No será necesario redactar un documento nuevo, sino que bastará con añadir un anexo de ampliación e indicar una nueva fecha para la celebración de la escritura. Es aconsejable incluir los motivos por los cuales no se produjo la firma en la fecha estipulada.
  • El comprador se arrepienta: cuando esto ocurre, el vendedor tendrá derecho a no devolverle la señal, siempre y cuando se trate de un contrato de arras penitenciales.
  • El vendedor se arrepienta: cuando esto ocurre, debe devolver al comprador la señal por duplicado, siempre y cuando se trate de un contrato de arras penitenciales.

¿Es conveniente firmar un contrato de arras?

En conclusión, la firma de un contrato de arras puede ser muy beneficiosa, tanto para vendedor y comprador, antes de cerrar la compraventa de un inmueble. Sin embargo, lo más recomendable es realizarlo únicamente cuando ambas partes estén seguras de querer llevar adelante la firma de la escritura pública de compraventa, y así, concretar la transacción. De no existir esta seguridad y producirse un arrepentimiento, un incumplimiento o un vencimiento, como vimos, deben afrontarse penalizaciones, o en el peor de los casos, consecuencias legales.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? ¡En OI REAL ESTATE podemos ayudarte a lograrlo en menos de treinta y siete días! ¡También compramos tu piso al contado! Sólo debes seguir los siguientes enlaces:

Si estás buscando asesoramiento por parte de un profesional del sector inmobiliario, también podemos ayudarte. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Todo el proceso que conlleva la compra de una casa no es sencillo. En Oi Real Estate sabemos lo importante de este paso, por eso queremos brindarte el mejor asesoramiento. Si estás pensando en comprar una propiedad debes conocer cada movimiento que debes llevar acabo. En esta oportunidad, te contamos como inscribir tu vivienda en el Registro de la Propiedad en España.

¿Qué es el Registro a la Propiedad de España?

Es posible que conozcas qué es el Registro a la Propiedad en España pero puede que no sepas la importancia que tiene en el proceso de compraventa de una vivienda. En este tipo de procedimientos, el registro de un inmueble es fundamental.

En este sentido, el Registro a la Propiedad es una entidad pública que cumple la función de llevar adelante la inscripción de actos y contratos vinculados al dominio y derechos reales sobre bienes e inmuebles. Es decir, es la institución que lleva registro de todos los procesos legales que se realizan sobre un inmueble.

Entre otras acciones, se encarga de registrar los cambios en la titularidad del inmueble, inspeccionar a situación legar de la propiedad. Es decir, registrar si posee cargas hipotecarias, créditos o embargos. En resumen, se encarga de administrar, explorar y corroborar la legalidad toda la documentación relacionada a una vivienda.

¿Qué información se puede solicitar en el Registro y quienes pueden hacerlo?

En primer lugar, cualquier persona, con una demostración legítima por la cual solicita información referida a un inmueble, puede acceder a la misma. Por su parte, la entidad evaluará el interés presentado. En el caso de negar la petición deberá justificas los motivos por los cuales se niega a brindar la información solicitada.

A partir de la aprobación de la solicitud, la persona solicitante puede acceder a la información a través de dos medios. Ambos soportes contienen una descripción de densa de todos los datos referidos a la propiedad. A continuación, te detallamos cada una las vías para el acceso a la información de un inmueble.

Nota simple

Se trata de un documento de carácter completamente informativo pero que no brinda total fe de la inscripción. La nota simple contiene toda la situación actualizada de una propiedad basada, de manera concreta en:

  1. Descripción: detalla los datos sobre la naturaleza de la propiedad, donde se encuentra localizada, la cantidad de superficie construida y de utilidad. A lo que se le suma, información sobre su referencia catastral y sobre su división horizontal. En el caso de que el inmueble sea considerado una vivienda, también incluirá si la misma posee algún tipo de protección pública 
  2. Titularidad de la finca: todos los datos referidos a las personas que dispongan de la titularidad de la propiedad.
  3. Cargas vigentes:  toda la información vinculada a las posibles cargas que puedan recaer sobre la propiedad.

Para obtener la nota simple de un inmueble haz clic aquí.

Certificación del Inmueble

Esta certificación contiene el dominio y/o titularidad de la propiedad y todas las cargas o gravámenes sobre la misma que se encuentren vigentes.

A diferencia de la nota simple, la certificación del inmueble “es un documento público que da fe, en juicio y fuera de él, del contenido de los asientos del Registro”, como lo afirma la entidad en su sito web.

Para obtener la certificación de inscripción de un inmueble haz clic aquí.

Nota de Localización de Propiedades

Se trata de una nota emitida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, que depende y es mantenido por el Registro de la Propiedad en España. Este servicio es conocido como Registro Central de Índices o Registro Central de la Propiedad. También, este documento puede ser encontrado bajo el nombre de Índice de la Propiedad o Nota de Índices

El contenido de la nota brinda información respecto a los inmuebles y los derechos de una persona (física o jurídica) en una provincia, un municipio. Es decir, mediante la nota de localización se puede conocer los municipios españoles en los cuales una personas o empresa tiene propiedad y cada uno de los registros en los cuales las misas están inscriptas.

Sin embargo, no incluye cuantas propiedades tiene un titular ni los datos específicos de cada una. En este sentido, “la Nota de Localización de Propiedades no contiene las características de cada propiedad, como su propio nombre indica, esta nota solo sirve para localizar los municipios donde una persona o empresa tiene propiedades” como lo establece la entidad en su página web.

Para obtener la nota de localización de una persona o empresa haz clic aquí.

¿Inscribir la vivienda e el Registro de la Propiedad en España es obligatorio?

Si bien realizar la inscripción de la propiedad es de suma importancia, ya que brinda protección a su propietario, en territorio español no resulta un trámite obligatorio.

Por lo tanto, la inscripción de los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad es voluntaria e integra:

1)Todos los documentos relacionados a la adquisición de una propiedad en el proceso de compraventa de la misma.

2)Todos aquellos derechos reales que recaen sobre la propiedad que se inscribe.

Resulta de gran importancia saber que, si bien la inscripción de una vivienda en el Derecho español es voluntaria, llevar adelante su registro implica seguridad jurídica para el inmueble y para su propietario. Una vez inscripta la propiedad, todos sus derechos pasan a ser parte de la protección de los Tribunales.

Por otra parte, la inscripción en el Registro a la Propiedad de un inmueble facilita su posible transmisión. Además, posibilita la adquisición de una financiación a menos valor en relación a las viviendas que no se encuentran inscriptas.

¿Qué documentación necesitas para inscribir tu vivienda en el Registro de la Propiedad en España?

Si deseas inscribir tu propiedad, además de la solicitud correspondiente, deberás presentar el título de adquisición de la misma, el recibo de pago del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y la certificación correspondiente al pago de la Plusvalía Municipal.

Estos serían los documentos necesarios para el registro de una vivienda. Sin embargo, el Registro de la Propiedad, en determinados casos, puede solicitar documentación extra. Luego de la presentación y comprobación de lo presentado, el siguiente paso es el registro de la propiedad.  

Beneficios de registrar una vivienda

Si bien la inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad de España no es obligatoria, llevar adelante este proceso ofrece una serie de beneficios. Estos son algunos de los más destacados:

  • El Registro es la única entidad que otorga el derecho de un titular sobre cualquier propiedad o bien inmueble.
  • En el caso de la escritura pública, la misma solo adquiere valor en tanto se encuentre inscripta en el Registro de la Propiedad.
  • Inscribir una vivienda ofrece el respaldo de la entidad frente al posible reclamo sobre la misma de terceros.
  • Si se quiere acceder a un prestamos hipotecaría, la inscripción del inmueble es requisito indispensable.

Un paso a paso de como inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad en España

Si luego de llevar adelante la compra de una casa o piso decides registrarla, debes consideras una serie de pasos fundamentales. De esta manera, te asegurarás una protección legal y jurídica sobre tu propiedad.

El proceso que debes llevar adelante es sencillo y puede resumirse en cuatro pasos:  

  1. En primer lugar, debes solicitar un certificado, en la entidad bancaria competente, de libre deuda que acredite el pago de la hipoteca.
  2. El segundo paso es realizar la firma de la escritura pública ante notario que indique la cancelación del préstamo.
  3. En tercer lugar, debes presentar la documentación en Hacienda y llevar completar los formularios de ITP-AJD.
  4. En cuarto y último lugar, debes presentar la documentación anteriormente solicitada en el Registro de la Propiedad de España. Es decir, la escritura notarial y los documentos que acrediten el pago de los tributos correspondientes.

Desde Oi Real Estate recomendamos, si realizas la compra de una vivienda, realizar la inscripción de la misma en el registro. De esta manera, te aseguras una mayor seguridad y facilidades de transmisión del inmueble. Así como también, mayores posibilidades de financiación.  

Lectura recomendada: todo acerca del ITP

¿Cuál es el precio a pagar por la inscripción de una vivienda?

Luego de detallar qué es, cómo funciona y para qué sirve el Registro de la Propiedad en España puede que te preguntes todo lo referido a coste de su tramitación. En este sentido, debes saber que su precio será fijado según el valor otorgado a la vivienda en las escrituras.

Asimismo, los valores de inscripción no podrán superar los 2.181 euros ni fijarse por debajo a los 24,04 euros. Para ser más precisos, te detallamos el importe aproximado a pagar en relación al valor de tu vivienda:

  • Si el valor de la finca o inmueble no supera los 6.010,12€: 24,04€
  • Entre 6.010,13 y 30.050, 61€: 1,75€ adicionales por cada 1.000 más de coste.
  • Entre 30.050,62 y 60.101,21€: 1,25€ adicionales por cada 1.000.
  • Si el coste de la vivienda ronda entre los 60.101,22 y 150.253,03€: 0,75€ adicionales por cada 1.000.
  • Entre 150.253,04 y 601.012,10€: 0,30€ adicionales para cada 1.000.
  • Por superar por 601.012,10€: 0,20€ adicionales por cada 1.000.

Por último, deber considerar que las tarifas del Registro de la Propiedad son aprobadas por el Estado y posteriormente publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Registros de la Propiedad de España ordenados y clasificados por provincias.

A continuación, te detallamos los registros más importantes de cada provincia española con su respectivo enlace. De esta manera, podrás dirigirte de manera directa a la información de cada localidad en particular.   

Recuerda que, a su vez, cada provincia dispone de una registro de la propiedad por cada cuidad y municipio. En cada enlace podrás encontrar la información detalla de cada uno de ellos. Además, te recomendamos una serie de artículos para que puedas recorrer el territorio español y elegir tu lugar perfecto para vivir.

1) Registros de la Propiedad de la provincia de A Coruña

2) Registros de la Propiedad de la provincia de Álava

3) Registros de la Propiedad de la provincia de Albacete

4) Registros de la Propiedad de la provincia de Alicante

5) Registros de la Propiedad de la provincia de Almería

6) Registros de la Propiedad de la provincia de Asturias

7) Registros de la Propiedad de la provincia de Ávila

8) Registros de la Propiedad de la provincia de Badajoz

9) Registros de la Propiedad de la provincia de Baleares

10) Registros de la Propiedad de la provincia de Barcelona

11) Registros de la Propiedad de la provincia de Burgos

12) Registros de la Propiedad de la provincia de Cáceres

13) Registros de la Propiedad de la provincia de Cádiz

14) Registros de la Propiedad de la provincia de Cantabria

15) Registros de la Propiedad de la provincia de Castellón

16) Registros de la Propiedad de la provincia de Ciudad Real

17) Registros de la Propiedad de la provincia de Córdoba

18) Registros de la Propiedad de la provincia de Cuenca

19) Registros de la Propiedad de la provincia de Girona

20) Registros de la Propiedad de la provincia de Granada

21) Registros de la Propiedad de la provincia de Guadalajara

22) Registros de la Propiedad de la provincia de Guipúzcoa

23) Registros de la Propiedad de la provincia de Huelva

24) Registros de la Propiedad de la provincia de Huesca

25) Registros de la Propiedad de la provincia de Jaén

26) Registros de la Propiedad de la provincia de La Rioja

26) Registros de la Propiedad de la provincia de Las Palmas

28) Registros de la Propiedad de la provincia de León

29) Registros de la Propiedad de la provincia de Lleida

30) Registros de la Propiedad de la provincia de Lugo

31) Registros de la Propiedad de la provincia de Madrid

32) Registros de la Propiedad de la provincia de Málaga

33) Registros de la Propiedad de la provincia de Murcia

34) Registros de la Propiedad de la provincia de Navarra

35) Registros de la Propiedad de la provincia de Ourense

36) Registros de la Propiedad de la provincia de Palencia

37) Registros de la Propiedad de la provincia de Pontevedra

38) Registros de la Propiedad de la provincia de Salamanca

39) Registros de la Propiedad de la provincia de Santa Cruz de Tenerife

40) Registros de la Propiedad de la provincia de Segovia

41) Registros de la Propiedad de la provincia de Sevilla

42) Registros de la Propiedad de la provincia de Soria

43) Registros de la Propiedad de la provincia de Tarragona

44) Registros de la Propiedad de la provincia de Teruel

45) Registros de la Propiedad de la provincia de Toledo

46) Registros de la Propiedad de la provincia de Valencia

47) Registros de la Propiedad de la provincia de Valladolid

48) Registros de la Propiedad de la provincia de Vizcaya

49) Registros de la Propiedad de la provincia de Zamora

50) Registros de la Propiedad de la provincia de Zaragoza

Esperamos te haya sido de gran utilidad todo lo referido al Registro de la Propiedad en España. Recuerda, que uno de los aspectos más importante al comprar una vivienda es otorgarle un marco de seguridad legal y jurídica.

Si te has quedado con alguna duda, desde Oi Real Estate estamos a disposición para asesorarte con los mejores profesionales del mercado inmobiliario. Sabemos que el paso de adquirir la casa propia es de suma importancia, por eso queremos brindarte un acompañamiento seguro para que puedas disfrutar sin preocupaciones externas. Solo debes ponerte en contacto, del resto no encargamos nosotros.

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

El número de referencia catastral de una vivienda es un dato que puede ser de mucha utilidad en algunas ocasiones. Por ejemplo, a la hora de presentar la declaración de la renta. Acceder a él es muy sencillo y se requiere de muy poca información para obtenerlo. Sin embargo, hay muchas personas que no saben cómo hacerlo o tienen varias dudas al respecto. Por eso, en este artículo te ofrecemos una guía paso a paso para obtener el número de referencia catastral de tu vivienda.

Acceder al número de referencia catastral de una vivienda puede ser muy útil, no sólo para conocer todas sus características, sino para aportar esta información a diferentes trámites. Si bien este código alfanumérico puede ser obtenido de manera muy sencilla, y desde la comodidad de casa, muchas personas no tienen la seguridad de cómo se hace.

A continuación te mostramos paso a paso cómo acceder a este número de dos maneras diferentes: la primera de ellas, cuando se conoce con detalle la dirección y otras características del inmueble. La segunda, cuando estos datos no se saben con exactitud. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es el número de referencia catastral?

El número de referencia catastral es un identificador oficial que todos los bienes inmuebles de España poseen. Sí, a todos los pisos, apartamentos, casas y locales les corresponde uno de estos códigos alfanuméricos, compuestos por letras y números, que son asignados por el Catastro. En resumen, el número de referencia catastral es a una vivienda lo que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es a una persona.

¿Qué implica esto? Que cada bien inmueble posee un código único e irrepetible. Por lo tanto, al brindarlo, el punto de ubicación de la vivienda es exacto e inequívoco dentro de la cartografía catastral.

Vale aclarar también que, cuando dentro de una misma parcela hay varias viviendas y locales, la referencia catastral de una de estas unidades, teniendo en cuenta su número de portal, su bloque o escalera, su piso y su número o letra, será diferente a la del resto. Es decir, que cada vivienda posee su propio código, a pesar de compartir parcela con otras.

¿Para qué sirve?

Ahora bien, ¿qué utilidad tiene en la práctica este número de referencia catastral? A través de él se puede acceder a prácticamente toda la información sobre la vivienda o local consultado. Por ejemplo, su superficie exacta en metros cuadrados, la superficie construida, el año de construcción de la vivienda, su porcentaje de participación en la parcela, etc.

Por otro lado, este código es también uno de los datos que pueden llegar a ser solicitados a los contribuyentes a la hora de hacer se declaración de la renta. Esto debido a que, si incluyen en su borrador algún tipo de bien inmueble, será necesario acreditarlo mediante esta identificación. También es posible que el número de referencia catastral sea pedido en cualquier otro tipo de declaración de datos fiscales.

¿Cómo acceder al número de referencia catastral de una vivienda en el sitio web del Catastro?

Ahora que explicamos de qué se trata el número de referencia catastral y para qué sirve obtenerlo, veamos cómo se puede acceder a él. En primer lugar hay que aclarar que el procedimiento es muy sencillo y puede realizarse de manera online, específicamente, en el sitio web del Catastro. Una vez que se ingresó allí, existen dos maneras diferentes de conseguir el código. A continuación te mostramos en detalle de qué se tratan ambas.

¿Cómo acceder al número de referencia catastral de una vivienda utilizando su dirección?

Esta primera opción es ideal para cuando se trata de una vivienda o local propio, ya que es más fácil conocer su dirección exacta, pero también datos más específicos como su piso y su número o letra. Veamos cómo acceder al número de referencia catastral de esta forma:

Dirigirse al sitio web del Catastro

El primer paso es, precisamente, acceder a la Sede Electrónica del Catastro. Allí, en su inicio, figura un recuadro azul en donde se lee “buscador de inmuebles y visor cartográfico”. Es aquí donde debemos acceder.

Ingresar la dirección de la vivienda

Una vez que nos dirigimos al buscador de inmuebles, nos aparecerá un recuadro blanco con varias opciones disponibles para acceder al número de referencia catastral de una vivienda. Ellas son: “referencia catastral”, “calle/número”, “polígono/parcela”, “coordenadas” y “código registral único”. Nosotros utilizaremos la opción “calle/número”.

En este caso, utilizamos como ejemplo la dirección de las oficinas de Oi Real Estate en Barcelona. Una vez que ingresamos la provincia, el municipio, la vía y el número correspondientes, debemos hacer click en “datos”.

¿Qué ocurre cuando se trata de una parcela en donde hay varias viviendas y locales?

En esta ocasión, las oficinas de Oi Real Estate se encuentran en una parcela en donde hay más locales y viviendas. Por eso, como vemos en la imagen, nos aparecen los datos de la parcela catastral, y abajo, un listado con la información de todos los inmuebles que se encuentran en ella. Será necesario, entonces, identificar la vivienda o local entre todos ellos.

Esto nos puede ocurrir cuando no conocemos en detalle datos como el piso y el número o la letra correspondientes a la vivienda.

Acceder al número de referencia catastral y otras características de la parcela

Una vez identificada la vivienda o local que buscamos, ingresamos a su apartado clickeando en el número de referencia catastral correspondiente. Así es como finalmente podremos acceder a los datos descriptivos del inmueble, la coordinación gráfica con el Registro de la Propiedad, la información de la parcela catastral y los datos sobre la construcción.

¿Qué ocurre cuando los datos ingresados son erróneos o insuficientes?

Cuando elegimos esta opción es posible que nos encontremos con el siguiente problema. Para ejemplificarlo, ingresamos en el buscador de inmuebles la dirección de la Basílica Sagrada Familia que figura en Google Maps. Sin embargo, vemos que, al clickear en “datos”, el sistema nos muestra el mensaje que vemos en la imagen: “El número indicado no existe. (…) Puede usar estos números para localizar visualmente la parcela a través de la cartografía catastral.”

Aquí es cuando entra en escena la segunda opción que tenemos disponible para acceder al número de referencia catastral de una vivienda. 

¿Cómo acceder al número de referencia catastral de una vivienda buscándola en el mapa?

Este procedimiento es ideal para cuando no conocemos con exactitud la dirección u otros datos que nos pueden ayudar a ubicar la vivienda que buscamos. Simplemente se trata de explorar el mapa que el sitio web del Catastro nos ofrece para encontrar la parcela correspondiente con una aproximación visual. Te contamos cómo hacerlo:

Dirigirse al sitio web del Catastro

En primer lugar, debemos volver al mismo lugar por donde empezamos: el inicio de la Sede Electrónica del Catastro. Volvemos a acceder al “buscador de inmuebles y visor cartográfico”, sólo que esta vez, cuando nos aparezca el recuadro blanco, debemos seleccionar la opción “RC”, que significa “referencia catastral”.

Buscar la parcela en el mapa para acceder al número de referencia catastral de la vivienda

Como claramente no contamos con esta información, sino que es lo que estamos buscando aquí, sin completar nada en el campo correspondiente debemos hacer click en “cartografía”.

Allí es cuando nos aparecerá en pantalla un mapa de España. Sólo es necesario ir acercándose con el zoom hasta la zona deseada para poder encontrar la parcela que queremos consultar.

En nuestro caso, nos fuimos acercando a la ciudad de Barcelona hasta dar con la parcela donde se ubican las oficinas de Oi Real Estate. Una vez encontrada, sólo queda clickear en el número que le corresponde. Allí es cuando accederemos a toda la información sobre la parcela catastral, tal como cuando utilizamos la opción anterior, una vez que ingresamos la dirección.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? En OI REAL ESTATE podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

La compraventa de un inmueble es un proceso que implica una serie de gastos. Algunos deberán ser afrontados por el vendedor, otros por el comprador y otros por ambos, según lo que se acuerde. Al momento de cerrar la transacción es probable que ambas partes deseen formalizarla mediante una escritura. En ese caso deberán acudir a una notaría y firmar este documento en presencia de un notario. ¿Cuáles son los gastos notariales que implica la firma de una escritura pública de compraventa? ¿Quién debe hacerse cargo de pagarlos? En este artículo te lo contamos. 

Existen varias maneras de concretar la compraventa de un inmueble cuando el comprador indicado ha aparecido. En primer lugar, suelen firmarse preacuerdos, como el contrato de reserva o el contrato de arras, que le aseguran a ambas partes que la intención de cerrar el trato es real. Luego aparecen dos caminos posibles: la celebración de un contrato privado de compraventa y la firma de una escritura pública de compraventa.

Si bien es posible entregar las llaves de la vivienda al comprador con tan solo un contrato de compraventa de por medio, que puede ser celebrado entre ambas partes sin la intervención de ninguna otra persona o entidad, puede no ser la mejor opción. Sin duda la escritura pública de compraventa revestirá mayor seguridad jurídica, tanto para el vendedor como para el comprador. Ahora bien, ¿qué gastos implica acudir a una notaría y firmar este documento en presencia de un notario? ¿Quién de los dos debe hacerse cargo de estos gastos? ¿Entre qué valores oscilan? A continuación respondemos todas estas preguntas y también te contamos cuáles son los otros gastos que implica vender un inmueble.

¿De qué se tratan los gastos notariales en el cierre de una compraventa?

Los gastos notariales son aquellos que corresponden a la firma de la escritura pública de compraventa, es decir, el momento en el cual se concreta la transacción por un determinado inmueble. ¿Qué incluyen estos gastos? La confección del mismo documento, pero también, los honorarios del notario.

Servicios que incluyen los gastos notariales en el cierre de una compraventa

Labor del notario

¿Qué es un notario y cuáles son sus tareas? Se trata de un funcionario público cuya principal labor es dar fe del compromiso que existe entre comprador y vendedor, el cual debe figurar explícitamente en la escritura. De esta manera, ninguna de las dos partes podrá negar ante la otra lo que consta en el documento.

Por otro lado, el notario también tiene como obligación verificar que todos los datos que aparecen en la escritura son válidos y se ajustan a la ley. Por esta razón, antes de proceder a la firma, se ocupa de comprobar las identidades, capacidades y legitimaciones de vendedor y comprador, de verificar que la propiedad se encuentra libre de cargas, de chequear que la descripción del inmueble coincide con la de la certificación catastral y se asegura de que la vivienda cuenta con la Cédula de Habitabilidad y el Certificado de Eficiencia Energética.

Otros servicios

Sin embargo, los honorarios del notario sólo representan un porcentaje menor en la factura por gastos notariales. Los otros servicios que también se incluyen son los correspondientes a la llamada fe pública extrajudicial. Es decir, oficinas, sueldo de equipo profesional, seguro de responsabilidad civil, informatización, encuadernación y conservación de escrituras, etc. 

Podemos afirmar, entonces, que el valor de los gastos notariales es el que cubrirá el costo de todos los servicios mencionados, que son aquellos que brindarán al acuerdo la seguridad jurídica que, por ejemplo, un contrato privado de compraventa no puede ofrecer.

También es importante mencionar que si a alguna de las partes implicadas en la compraventa le surge alguna duda respecto a los servicios recibidos, puede solicitar una revisión gratuita de la factura obtenida al Colegio Notarial.

¿Quién paga los gastos notariales en el cierre de una compraventa?

En definitiva, quien se hace cargo de los gastos notariales de una compraventa es el comprador. Si bien el Código Civil establece que el vendedor debe hacerse cargo de los gastos por la escritura pública y el comprador de los correspondientes a la primera copia y las siguientes, en la práctica no suele ser así. Lo más habitual es que esta cuestión se negocie y que el comprador termine afrontando el 100% de este valor.

¿Cuánto se debe pagar por los gastos notariales en el cierre de una compraventa?

Para calcular de manera aproximada cuál será el total a pagar por los gastos notariales de una compraventa es importante mencionar que los honorarios de los notarios están fijados por el Estado desde el año 1989. Por lo tanto, este valor será el mismo en todas las regiones del país. 

Sin embargo, las variaciones del precio final tienen que ver con el valor del bien inmueble que se está vendiendo. Debido a la competencia que existe entre las diferentes notarías, la persona que deba afrontar los gastos notariales, podrá obtener descuentos de hasta un 10% por los servicios ofrecidos.

Para hablar de valores concretos, el precio que se cobra por la confección de la escritura pública de compraventa, su extensión, la entrega de las copias solicitadas y los honorarios del notario oscila entre los 600 y los 875 euros. Sin embargo, mientras más alto sea el valor del inmueble en cuestión, mayor será el precio de los gastos notariales. Por ejemplo: por una propiedad de 100.000 euros se pagarán, aproximadamente, 850 euros. Pero por una de 250.000 euros, se deberán abonar unos 1.000 euros.

Otros gastos que implica vender una vivienda

A continuación te mostramos cuáles son otros gastos que implica la compraventa de una vivienda antes, durante y después de concretada. Cabe aclarar que no todos ellos son obligatorios, sino que asumirlos dependerá de cada situación en particular. Por ejemplo, si el inmueble está sujeto a una hipoteca, si se contrató una agencia inmobiliaria, etc. 

Antes de la venta

  • Nota simple de la vivienda
  • Certificado de Eficiencia Energética
  • Cédula de Habitabilidad
  • Gastos de cancelación de la hipoteca

Durante la venta

  • Firma de un contrato de arras
  • Honorarios de la agencia inmobiliaria

Después de la venta

  • IRPF
  • Plusvalía municipal
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

¿Estás pensando en vender tu propiedad? En OI REAL ESTATE podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Existen varias formas de cerrar el acuerdo con un comprador por la compraventa de un inmueble. Algunas de ellas implican mayor seguridad jurídica que otras y es importante aclarar que no existen instancias obligatorias. Simplemente es cuestión de analizar todas las opciones disponibles y llegar a un acuerdo con el futuro propietario de nuestra vivienda. ¿De qué se tratan el contrato privado y la escritura pública de compraventa? ¿Es obligatorio, cuando se decide firmar un contrato de compraventa, elevarlo a escritura pública? ¿Cómo se hace? En este artículo te lo contamos.

Muchas personas se preguntan cuál es la mejor opción a la hora de cerrar la compraventa de un inmueble. En primer lugar, cuando aparece el comprador ideal, es posible que ambas partes deseen firmar un preacuerdo. Este tipo de pactos permiten, al vendedor, asegurarse de que existe un real interés de la otra parte por adquirir la propiedad y, al comprador, que el propietario no seguirá mostrando la vivienda a otras personas. ¿Qué posibilidades existen? Son dos los tipos de preacuerdos: el contrato privado de reserva y el contrato de arras. En este artículo te contamos cuáles son las diferencias entre ambos y en este otro artículo, si conviene firmar un contrato de arras.

Ahora bien, en caso de que se haya firmado un preacuerdo y ambas partes estén dispuestas a cerrar el trato, también existen dos posibles caminos a seguir. O bien puede firmarse una escritura pública o bien puede celebrarse un contrato privado de compraventa. ¿En qué se diferencian ambas opciones? ¿Es obligatorio elevar a escritura pública un contrato de compraventa? ¿Cómo se hace? A continuación despejamos dudas al respecto.

¿Qué es un contrato privado de compraventa?

El contrato privado de compraventa es un acto jurídico de naturaleza bilateral, ya que se celebra entre comprador y vendedor, sin necesidad de que intervenga ninguna otra persona o entidad. También es de tipo consensual, ya que se requiere del consentimiento de ambas partes para llevarlo adelante. Si bien se realiza de manera privada, se recomienda contar con el asesoramiento de un profesional para evitar inconvenientes.

Está regulado por el Código Civil, que en su artículo 1445 indica que se entiende por contrato de compraventa a aquel documento en donde una de las partes está obligada a entregar una cosa determinada y la otra, a entregar un precio cierto por ese objeto. Ahora bien, ¿qué información se incluye en él? ¿Es suficiente para cerrar la compraventa del inmueble? 

¿Qué cláusulas incluye?

  • Datos del comprador y el vendedor.
  • Verificación de la titularidad sobre el inmueble (mediante título de propiedad o nota simple de la vivienda).
  • Datos del inmueble.
  • Precio de compraventa acordado.
  • Fecha de entrega del inmueble.
  • Impuestos y otros gastos que intervienen en la compraventa.
  • Penalizaciones en caso de incumplimiento de las condiciones del contrato.

¿Es suficiente el contrato de compraventa sin elevar a escritura pública para concretar la transacción?

Como mencionamos previamente, el contrato de compraventa se encuentra regulado por el Código Civil, sin embargo, el hecho de que se celebre de manera privada implica poca seguridad jurídica para ambas partes. Por lo tanto, podemos afirmar que no es suficiente para concretar la transacción.

¿Cómo debe procederse entonces? Te recomendamos que leas este artículo en donde evaluamos si es necesario firmar un contrato de compraventa. Si llegaste aquí porque ya tomaste la decisión de celebrar este tipo de acuerdo, a continuación te contamos todo lo que debes saber respecto a la escritura pública, por qué conviene darle estatus público al contrato de compraventa y cómo hacerlo.

¿Qué es una escritura pública de compraventa?

La escritura pública es el documento que vendedor y comprador firman ante un notario para formalizar la compraventa de un inmueble. La presencia y la participación de este profesional le otorga al trámite mayor seguridad jurídica que la que puede brindar un contrato privado de compraventa.

Este documento se caracteriza por ser fehaciente, ya que prueba y da fe de que ambas partes están de acuerdo con todas las condiciones dentro de las cuales se lleva a cabo la compraventa y que ambos poseen voluntad de cumplir con lo firmado.

La firma de una escritura pública de compraventa implica que se pueda inscribir el inmueble en el Registro Público de la Propiedad, ¿qué ventajas brinda esta opción?

Beneficios de inscribir un inmueble en el Registro Público de la Propiedad

  • Garantiza la titularidad sobre el inmueble, lo cual permite que el o los propietarios sean las únicas personas que puedan adquirir derechos sobre él.
  • Confirma la identidad del vendedor, lo cual significa protección ante posibles estafas.
  • Implica seguridad en caso de que un tercero reclame el inmueble.
  • Brinda protección ante acreedores de deudas anteriores a la compra y permite averiguar si el inmueble posee alguna carga pendiente.
  • Permite el acceso a una hipoteca, la cual es imposible solicitar si el inmueble no se encuentra registrado.

¿Qué cláusulas incluye la escritura pública de compraventa?

  • Fehaciencia de la voluntad de ambas partes por concretar la transacción y cumplir con sus condiciones.
  • Cargas que pesan sobre el inmueble, como deudas o hipotecas.
  • Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que justifique que el pago de este tributo se encuentra al día.
  • Certificado de pago de las cuotas de comunidad que justifique que las mismas también se encuentran al día.
  • Sujeción a las disposiciones legales y obligaciones fiscales que se derivan de la compraventa.
  • Distribución de gastos por la operación entre ambas partes.
  • Liquidación de gastos notariales, que incluya la base de aplicación de los aranceles, el número de arancel aplicado y los honorarios correspondientes.
  • Comprobación de medios de pago, o sea, cómo y cuándo se ha efectuado el pago por el inmueble.

¿Es obligatorio elevar a escritura pública un contrato de compraventa? ¿Cómo se hace? 

En primer lugar, es importante dejar en claro que ni la celebración de un contrato privado de compraventa ni la firma de una escritura pública son instancias obligatorias para finalizar la transacción de un inmueble. Sin embargo, teniendo en cuenta la información que recaudamos hasta ahora sobre ambos documentos, podemos decir que elevar a escritura pública un contrato de compraventa es lo más conveniente y seguro, tanto para comprador como para vendedor.

Si la compraventa se cierra únicamente mediante un contrato privado de compraventa, y sobre todo, si no se cuenta con la participación de un profesional en la firma del mismo, es probable que luego surjan inconvenientes. Por otro lado, las ventajas de inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad que mencionamos son más que claras.

¿Cómo proceder para elevar un contrato privado de compraventa a escritura pública? Cabe aclarar que, al elegir esta vía, es el comprador quien debe afrontar mayores gastos notariales, por lo tanto, suele ser él quien elige un notario. Una vez contratado este profesional, ambas partes deben acudir a la notaría para firmar la escritura. Allí, el notario recabará la información que figura en el contrato de compraventa para trasladar esos datos a la escritura pública. Es por esta razón que es tan importante que el contrato celebrado esté bien redactado y, en lo posible, por un profesional.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? En OI REAL ESTATE podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

También puede interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Blog Oi Real Estate
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.