Autor

Nadia Redacción

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Desde el momento en que la adoptamos, una mascota se convierte en un integrante más de la familia. Si bien cada vez son más los españoles que conviven con animales, también son muy pocos los propietarios que los admiten en los inmuebles que alquilan. ¿Es posible para un arrendador prohibir la inclusión de mascotas en un piso? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Qué porcentaje representan las viviendas en alquiler en donde se admiten animales? ¿Cuáles son las problemáticas que implica esta dificultad para alquilar con mascotas? En este artículo te lo contamos.

A la hora de encontrar una vivienda para alquilar, los dueños de animales cuentan con más dificultades, quizás, que otras personas. Encontrar un piso en donde el arrendador admita la tenencia de mascotas es una tarea difícil en toda España, pero más cuando se busca fuera de las grandes ciudades. ¿Cuál es la solución a esta problemática? ¿Es realmente perjudicial alquilar un inmueble a una persona con mascotas?

A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué dice la ley respecto a la prohibición o no de alquilar con mascotas?

Ninguna normativa española prohíbe expresamente la tenencia de mascotas en una vivienda en alquiler. De hecho, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es aquella que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España, no hace mención a este asunto. No obstante, cabe mencionar lo que dispone en su artículo 4.2:

Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados.

Esto significa que todos los propietarios que alquilen sus inmuebles tienen derecho a admitir o no mascotas en ellos, siempre y cuando lo especifiquen previamente en el contrato. De lo contrario, si no existe una cláusula que lo prohíba, cualquier inquilino tendrá derecho a convivir con animales en el piso.

Ahora bien, ¿qué ocurre en la práctica? ¿Qué porcentaje de arrendadores en España está dispuesto a admitir animales en su vivienda? A continuación lo veremos.

¿Qué porcentaje representan los arrendadores que aceptan mascotas al alquilar su vivienda?

Al día de hoy, se registra que en España hay más perros que niños menores de 14 años. Según el último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE), son 6.265.153 los ciudadanos dentro de ese rango etario, mientras que los canes empadronados son más de siete millones. De seguir así, se espera que esta tendencia aumente la brecha en los próximos años. 

Sin embargo, la misma contrasta con la cantidad de pisos disponibles para el alquiler que aceptan mascotas, ya que significan alrededor de un 10% de la oferta. Frente a este panorama, las personas que poseen animales, se enfrentan a un gran problema a la hora de alquilar una vivienda, si no cuentan con el beneficio de una propia. 

¿Cuál es la situación en diferentes regiones de España?

Observando la oferta de diferentes portales inmobiliarios nos encontramos con que, en la Comunidad de Madrid, solamente entre un 12,2% y un 15,5% de los propietarios de viviendas en alquiler aceptan inquilinos con mascotas.

Esta tendencia se extiende a toda España y en muchas regiones los porcentajes son aún más bajos que en Madrid. Por ejemplo, en Barcelona, las viviendas en alquiler con admisión de mascotas se encuentra entre un 8,8% y un 10,2%. En el caso de Sevilla, el porcentaje es aún menor: un 8,1% de los inmuebles disponibles para el arrendamiento. 

A rasgos generales, la tendencia en las grandes ciudades se encuentra alrededor del 10%. Mientras tanto, fuera de las áreas urbanas, la oferta de viviendas que permiten la tenencia de animales es de aproximadamente un 5%, una cifra considerablemente menor.

¿Qué problemáticas implica la baja cantidad de viviendas en alquiler donde se aceptan animales? 

El bajo porcentaje de inmuebles en alquiler que aceptan mascotas perjudica, principalmente, a los propios animales. Según un estudio de la Fundación Affinity, de los 162.000 perros que fueron abandonados durante el 2020, el 6% fue por cambio de domicilio del dueño. Esto equivale a 9.720 canes.

Por otro lado, la problemática también afecta a los jóvenes que desean emanciparse. Se trata de un sector de la población que ya cuenta con dificultades para hacerlo por el alto precio del alquiler. De esta manera, los jóvenes que poseen mascotas muchas veces se ven obligados a elegir entre dos opciones: dejar al animal con sus padres o alquilar un piso que no se ajuste a sus necesidades.

A esta dificultad se suma otra más: sólo un 38,5% de las viviendas en alquiler publicadas en portales inmobiliarios en donde se admiten animales están amuebladas. Esto significa que, en muchos casos, arrendar una de ellas también supondría invertir dinero extra en mobiliario.

¿Cómo puede solucionarse esta dificultad para alquilar con mascotas?

La dificultad de los inquilinos para alquilar con mascotas sólo puede solucionarse por voluntad de los arrendadores. Recordemos lo dispuesto por el artículo 4.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”.

En este sentido, cabe mencionar que el mito de que un perro o un gato van a causar destrozos en una vivienda es fácilmente refutable. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, según su informe de vivienda, menos del 0,01% de los alquileres terminan con una reclamación por desperfectos ocasionados por animales.

De hecho, alquilar un inmueble a personas que tengan mascotas es una opción bastante recomendable. Teniendo en cuenta que cada vez más familias poseen un perro o un gato y que la oferta es poca, será más fácil cerrar un contrato rápidamente al admitir animales. Además, aumentan las probabilidades de que el alquiler sea de larga duración, debido a las dificultades que los arrendatarios tienen para alquilar con mascotas.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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La inflación y el aumento del coste de vida, influyen en las rentas de las viviendas de alquiler. El propietario está en su derecho de realizar la subida del alquiler de su inmueble, pero no de forma inmediata. Deberá avisarle a su inquilino de la actualización de la renta.

Es por ello que si tienes un piso alquilado, debes saber que estás en todo tu derecho para realizar la subida del alquiler. Pero por supuesto que hay normas. Por eso en este post, te contamos todo lo que necesitas saber sobre la notificación de la subida del alquiler al inquilino.

¿Cómo se notifica la subida del precio en el alquiler?

No todas las sorpresas son buenas y mucho menos cuando se trata de cambios en las condiciones de un contrato. Una subida inesperada del precio de la renta o que el casero no avise con tiempo de que debe abandonar el inmueble son algunos de los sustos que se pueden llevar las personas que viven de alquiler. 

Sin embargo, los inquilinos pueden estar tranquilos, ya que cuentan con la protección de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) frente a estos posibles riesgos. La normativa decreta que el propietario no puede tomar estas decisiones y aplicarlas de inmediato, siempre deberá dar un plazo de tiempo.

Asimismo, siempre que se produzca una subida del alquiler el arrendador debe avisar por escrito al inquilino. En ese escrito se deberá detallar el porcentaje de subida. Además, esto tiene que aparecer detallado en el contrato, para que se puedan efectuar este tipo de subidas conforme a los nuevos valores de mercado.

¿Puede el inquilino negarse? Por supuesto que lo puede hacer. Lo mejor es solicitarle al propietario que justifique por qué sube ese determinado porcentaje. Debe hacerlo con un certificado del INE o citando al BOE, donde se muestre el IPC. En el caso de que no pueda hacer frente a la nueva renta, siempre puede negociar o buscar otra vivienda.

La subida del alquiler se debe notificar con un mes de antelación

Mientras el contrato de arrendamiento está vigente, el propietario no puede subir la renta. De todas formas, sí lo podrá hacer cuando el contrato llegue a su fin pasados los cinco años desde la formalización. Siempre y cuando se vaya a firmar un nuevo contrato de arrendamiento. En este caso, está obligado a comunicar por escrito y con un mes de antelación el porcentaje de subida de la renta.

El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) determina que “la renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.

Hay otra manera en la que se puede realizar la subida del precio del alquiler y es en la actualización del alquiler aplicando el índice del precio al consumo. La subida anual que se encuentra ligada al IPC se aplica cada vez que el contrato haya llegado a la anualidad. Pero también se hace en función del valor del IPC del mes anterior. Es por eso que si el valor de ese mes es positivo, la renta aumentará y, si es negativo, disminuirá. Sin embargo, para aplicar esta revisión, el contrato firmado deberá contener una cláusula en la que se especifique que la renta del piso subirá en función del IPC.

En caso de que no quiera renovar el contrato ¿con cuánto tiempo de antelación debo notificar?

A la hora de renovar o no renovar el contrato, también se deberá cumplir una serie de plazos. 

Además, desde el 6 de marzo de 2019, todos los propietarios de viviendas alquiladas que firmaron contratos a partir de dicha fecha están obligados a comunicar a los inquilinos con cuatro meses de antelación la no renovación del contrato tras su finalización tras cinco años. Anteriormente se realizaba con 30 días de antelación

Incluso, si el propietario no lo comunica con el debido plazo, corre el riesgo de que el arrendamiento se prorrogue por tres años. Esto es según lo que indica el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

Por su parte el inquilino, también deberá comunicar con antelación que no desea renovar el contrato. Sin embargo sólo está obligado a notificarlo con dos meses de antelación.  Ahora bien, de no hacerlo, el inquilino se expone a tener que cumplir otra anualidad completa o bien pagar una penalización.

El contrato de alquiler se puede prorrogar por un año hasta un máximo de tres. En el caso de que ninguna de las partes comunique nada, el inquilino podrá notificar que dejará la vivienda con un mes de antelación.

¿Pueden pedirme que deje la vivienda antes de que finalice el contrato?

Aunque esta circunstancia se pueda dar, siempre se deberán cumplir ciertos factores. 

Sin dudas, el propietario no puede echar del piso al inquilino en cualquier momento. De todas maneras si éste necesitara la vivienda podría recuperarla. Siempre que sea una persona física, por ejemplo: para él mismo o un familiar de primer grado (hijos, padres o cónyuges).

Para pedirle al inquilino que abandone la vivienda tendrá que haber pasado al menos un año del contrato de arrendamiento. Además que esta posibilidad tiene que estar prevista en el contrato. En este caso se le deberá notificar al inquilino con al menos dos meses de antelación. 

Si tras dejar la vivienda el propietario o sus familiares no la ocupan, el inquilino tendrá derecho a volver o pedir una indemnización.

Esperamos que este post sobre la notificación de la subida del alquiler al inquilino, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

Si estás pensando en alquilar o vender tu propiedad o buscas un lugar para arrendar, con Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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En este post aprenderás qué es, cómo funciona y las ventajas que presenta el contrato de alquiler con opción a compra. ¿Quieres saber de qué se trata? ¿Has pensado en realizar este procedimiento? ¡No te lo pierdas y continúa leyendo!

¿Qué es el alquiler con opción a compra?

El alquiler con opción a compra se caracteriza principalmente por una estabilización del precio de la vivienda que el arrendador está alquilando, ya que supone en el futuro la compra de la misma. Al ser una inversión a largo plazo representa un gran ahorro para los inquilinos. Este formato de contrato cuenta con ventajas y es una opción muy utilizada en la actualidad.

Incluso, cada vez son más las personas que hacen uso de este tipo de contrato de alquiler. Este incluye la compra y el arrendamiento de un inmueble. Es decir que podrás vivir alquilando mientras pagas la futura casa que te gustaría adquirir.

¿Cómo funciona el alquiler con opción a compra?

El alquiler con opción a compra funciona prácticamente como un contrato de alquiler normal, sin embargo el contrato de arrendamiento a su vez incluye dos subcontratos. Se lo conoce como contrato mixto o doble. Una de sus partes sería el alquiler del inmueble durante un tiempo estipulado y la otra, el contrato con la opción a compra del mismo.

Uno de ellos es básicamente un contrato de alquiler al uso, con todos los acuerdos de arrendamiento. El otro es el que determina todo lo relacionado con la opción a compra. Se refiere a: 

  • Los plazos para ejercerla.
  • El porcentaje de descuento que se hará en caso de pasar a compra.
  • El acuerdo determinado.
  • El precio de venta en el momento de firmar el contrato.
  • Todo lo relacionado con el seguro adquirido.

De manera que podríamos decir que el alquiler con opción a compra es una opción de adquirir en un tiempo futuro relativamente corto el inmueble que en un primer lugar será solamente arrendado.

Contrato de alquiler con opción a compra

Los requisitos mínimos que debe tener

El alquiler con opción a compra es un contrato atípico, ya que no aparece expresamente regulado en el Código Civil. De todos modos, se encuentra aceptado y reconocido en el Reglamento Hipotecario y en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por ello, es sumamente importante que todas las condiciones queden bien especificadas en el documento legal.

Al ser un contrato mixto en él se reflejan claramente todas las condiciones relativas al arrendamiento y a la compra. A continuación te mostramos las cláusulas que deberían incluirse en el contrato de alquiler y en el de compraventa:

Contrato de alquiler

  • Plazo durante el cual el inquilino podrá arrendar la vivienda.
  • Plazo durante el cual el inquilino podrá ejercer su derecho a la compra.
  • Monto mensual del alquiler.
  • Responsabilidad sobre los gastos.

Contrato de compraventa:

  • La voluntad del propietario de vender al arrendatario la vivienda si este se muestra interesado en su compra.
  • Precio de venta de la vivienda.
  • Porcentaje, ya sea fijo o variable por años, de las cuotas del alquiler realizadas hasta el momento de la compra, a descontar del precio de venta.
  • Cantidad de la prima inicial a cargo del arrendatario por el derecho a la compra, si es que la hubiera.
  • Modo y plazo para ejercer la opción a compra.

Beneficios de este tipo alquiler 

Como todo tipo de contrato que alberga más de una opción, el alquiler con derecho a compra tiene sus ventajas y sus desventajas y es necesario conocerlas. 

Entre los beneficios del alquiler con derecho a compra podemos encontrar los siguientes:

  • Los gastos de alquiler. En cualquier caso también estaríamos pagando si no tuviésemos la opción a compra, se van acumulando a nuestro favor. De esta forma una ventaja de este tipo de contrato es que estaríamos “ahorrando” el dinero del alquiler al mismo tiempo que usamos la vivienda. También podríamos ir pagando en cuotas por el precio del alquiler, un inmueble que con el tiempo podría ser nuestra propiedad.
  • El precio final de la vivienda es cada vez más bajo. Esto se debe a que estaremos pagando la cuota de alquiler. Además, en cualquier momento podemos completar la compra definitiva, la hipoteca o préstamo para la total adquisición del inmueble y será mucho más reducido. Algo inimaginable en el caso de un préstamo hipotecario completo.
  • Es mucho más sencillo demostrar la credibilidad a la hora de pedir un préstamo ante una entidad bancaria.
  • Siempre se estará en ventaja a la hora de comprar un  inmueble, en caso de que el propietario decida ponerla a la venta.
  • Como el acuerdo está pactado, si suben los precios de las viviendas este se mantendrá congelado. Siempre en relación a los precios del mercado inmobiliario del momento de la firma del contrato.
  • Un beneficio del propietario es que se asegura durante todos los meses el pago por arrendamiento. Si se diera el caso de que el inquilino no paga, la opción de compra desaparece.

Es una opción muy interesante, más aún teniendo en cuenta la situación actual y la imposibilidad para una persona con un sueldo medio de adquirir una vivienda. Esto último, sobre todo, se debe a que los precios de venta dentro del mercado inmobiliario son muy caros.

Factores y condiciones a tener en cuenta

Este tipo de contratos conlleva también unas condiciones, factores y desventajas donde marcamos las siguientes:

  • El precio de compraventa será el mismo del momento de establecer el contrato. Lo que significa que si el valor de las viviendas bajan, se mantendrá el precio y se estará pagando una suma más elevada que la del mercado inmobiliario del momento. También puede ser un beneficio, en el caso de que los precios suban.
  • Aunque no siempre es obligado, el propietario puede establecer una prima inicial por el derecho que ofrece para la opción a compra. En el caso de que el inquilino no ejerza el derecho a compra, se perderá la prima y las cuotas pagadas.
  • Si el contrato de alquiler se prorroga, se perderá el derecho a compra que se establece inicialmente. Ya que, son 2 contratos distintos.
  • Durante el tiempo que dure el contrato, una obligación del propietario es que debe mantener el contrato sin alquilar, ceder o vender el inmueble a terceros.

  • El inquilino que haya firmado el contrato de alquiler con derecho a compra, tiene la exclusividad para la compra de la vivienda.
  • El precio que se establece en el contrato no se puede modificar ni por el propietario, ni por el inquilino. Sin embargo, el precio del alquiler sí que puede variar siempre en función del IPC.
  • Si el inquilino arrendatario se retrasa en el pago del alquiler por un tiempo superior a 2 meses, pierde el derecho a compra del contrato de alquiler.

Contrato de alquiler con opción a compra

El funcionamiento del contrato en temas fiscales

En cuanto a los temas fiscales, el alquiler con opción a compra está está sujeto a varias posibilidades. El primer caso es que si se hace el pago de la prima inicial establecida por el propietario este tiene que ser declarado. Pero el inquilino no podrá eximir el pago.

Además si en el contrato sólo se establece un precio y un plazo, el propietario tiene que declararlo y el inquilino podrá deducirse ese pago. Y cuando se realice el pago final de la compra, el propietario tendrá que declarar la ganancia de ese patrimonio.

Por otra parte, tanto las partes pagadas del alquiler como la opción de compra se pueden eximir del IRPF. Siempre en noción de adquisición de compra habitual.

Lectura recomendada: Declarar el alquiler en el IRPF

¿Cómo debe ser el contrato de alquiler con opción a compra?

Este contrato incluye los apartados relacionados con ambos procesos en los subcontratos. Aquí se recogen los acuerdos entre ambas partes, así como la estipulación de los plazos a seguir. Sin embargo, existen diferentes ejemplos y modelos de contrato de alquiler con opción a compra y básicamente incluyen lo siguiente:

  • Datos del arrendatario.
  • Datos del arrendador o propietario.
  • Ambos exponen su interés en la opción de alquiler con opción a compra.
  • Plazos del contrato y posibilidad de prórroga del mismo.
  • Cláusulas y datos legales que regulan la opción.
  • Objeto, destino y uso del arrendamiento.
  • La fianza, seguro y garantía.
  • La renta convenida.
  • Gastos.
  • Opción a compra y plazos para ejecutar esta opción.
  • Otros asuntos como prohibiciones y cláusulas impuestas por el propietario, siempre y cuando respeten la normativa vigente.
  • Políticas de cancelación.
  • Firma de ambas partes.

Aunque no es obligatorio, una vez el contrato cumpla todos los requisitos establecidos por ley, sea firmado por ambas partes y estén de acuerdo tanto el propietario como el inquilino, el contrato podrá inscribirse en el registro de propiedades.

Contrato de alquiler con opción a compra

Esperamos que este post sobre todo lo que necesitas saber del contrato de alquiler con opción a compra, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

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Si quieres conocer cuáles son los mejores consejos para conseguir rebajas en el precio del alquiler, te encuentras en el lugar indicado. En el siguiente post, te brindaremos toda la información que necesitas saber a la hora de alquilar un piso y actuar como el mejor inquilino del barrio. ¡No te lo pierdas y continua leyendo!

Los mejores consejos para conseguir rebajas en el alquiler

Alquilar una vivienda, en la mayoría de los casos, es más una obligación que una opción. Aproximadamente el 50% de los inquilinos alquila, ante la imposibilidad de ahorrar para afrontar los costes iniciales de una hipoteca.

Dada la cantidad de sueldo que los españoles designan al alquiler de la vivienda, muchos intentan probar suerte negociando. Uno de los últimos estudios realizado a los españoles, revela que el 34% de los encuestados que viven de alquiler han negociado el precio de su renta mensual. Esta es una cifra inferior a la de 2019, que era de 37%. De ese 34%, el 75% logró una bajada. Mientras tanto, el 11% solo consiguió ver cómo su renta subía

En general, es importante saber cómo hacer una contraoferta de alquiler requerido a la lógica y los datos con los que contamos. Es por ello que recopilamos los mejores consejos para lograr una rebaja en el precio de su alquiler.

La regla del 30%

Para poder negociar el precio del alquiler, tendrás que saber cuál es tu poder adquisitivo y cuánto puedes destinar a cada partida. ¿A que nos referimos con partidas? Al precio del alquiler, suministros, cesta de la compra, entre otros.

Para que el sueldo dé para todo esto, los expertos recomiendan la regla del 30%. Esto significa que, el precio de la vivienda no debería superar el 30% de tu sueldo. El otro 30% debería ir destinado a los gastos básicos, y el 30% restante para sus necesidades propias.

Sin embargo, esta regla no es algo exacto e inamovible. Esto se debe a que el precio destinado al alquiler puede llegar, por ejemplo, al 40% si conlleva algún beneficio. Entre ellos se podría incluir menos gasto básico para ahorrar en luz, gasolina, entre otros.

Conocer el contrato de alquiler

Antes de sentarte cara a cara con cualquier casero para pedir rebajas en el alquiler, deberías tomarte tu tiempo para analizar el contrato que firmaste. Esto se debe a que es muy importante conocer muy bien, con normas y clausulas el contrato de alquiler antes de negociar.

Habrá que revisar la renta, el índice de precios, qué obligaciones tienes, qué derechos y cuando puedes abandonar la casa. Deberás conocer con claridad todos los apartados, ya que a lo mejor se ha incluido una cláusula que impida negociar el precio. Además, te vendrá muy bien para tener claro cuáles son las obligaciones y los derechos que tienes como inquilino.

Cabe recordar que tu casero no tiene la obligación de revisar el precio más allá de lo que dice el contrato. Es por ello que para conseguir una rebaja sustancial hay que saber si permite negociar el precio o no.

Conocer el precio de alquiler medio de la zona

También es muy importante conocer el precio medio del alquiler de la zona donde está situada la vivienda y compararlo con la renta que se está pagando. De esta forma, podrás saber si estás pagando de más o, por el contrario, te encuentras ante una ganga. Saber esto será tu principal arma para respaldar y fundamentar tu petición de rebaja. Llévale una lista de pisos en alquiler por la zona, si es en el mismo bloque o manzana, aún mejor. Además de los precios para que el propietario o la inmobiliaria vea que tu alquiler está fuera de mercado.

Estudia la demanda de la zona

Hay zonas donde los pisos en alquiler no duran prácticamente nada en el mercado, mientras en otras áreas llevan anunciándose varios meses sin éxito.

Si hay poca demanda en la zona donde se reside, se puede utilizar como argumento a favor de una rebaja. Los propietarios saben que puede tardar mucho en encontrar otro inquilino, mientras que si la demanda es elevada, no le temen tanto a este punto.

Hacerse valer como inquilino para conseguir rebajas en el precio de alquiler

Para muchos propietarios es más importante tener buenos inquilinos que ganar mucho dinero. 

Por ello es muy importante jugar la carta del buen inquilino y recordarle al casero que siempre se ha pagado la mensualidad a tiempo. Además de aclararle que el piso siempre se cuida y se mantiene en buenas condiciones junto que tener un buen inquilino es muy importante. 

Encontrar a otro inquilino decente puede suponer un riesgo para el propietario, que podría dar con un moroso o sufrir destrucción en su inmueble. Tener una relación de confianza puede ser tu salvavidas ante una subida de precio.

Asimismo nunca debes perder la educación. Te encuentras en una negociación y nadie tiene más obligaciones ni derechos que los que marca el contrato. Se suelen conseguir más cosas razonando con el propietario, que tratando de imponer un precio o una rebaja

Tener otras alternativas

Antes de ir a negociar rebajas en el precio del alquiler debes tener un piso ojeado y hablado. No es cuestión de apurarse y quedarse sin ninguna casa a la espera de encontrar una. Además, el propietario verá que vas en serio.

No te olvides de investigar, comparar y tener un listado del precio de otros inmuebles de las mismas características en la misma comunidad. Será de especial utilidad si se encuentran otras ofertas más bajas para lograr una renta similar.

Ser flexible ante una contraoferta

Como inquilino también deberás ser un poco flexible si realmente estás interesado en el piso de alquiler. Si el casero no quiere bajar la renta mensual, se le pueden proponer otras opciones. Por ejemplo, que pague la luz o el agua, o ese frigorífico viejo que gasta mucho. También puedes pedirle que ofrezca nuevos electrodomésticos más eficientes, solicitar un cambio de colchón, pedir un garaje o trastero que sepas que tiene el dueño. Al menos de esta forma mejorarán las condiciones de su estancia.

Cómo actuar el día de la negociación para conseguir rebajas en el precio del alquiler.

Con todo esto deberás dirigirte a tu casero y pedirle una conversación en persona. Será mejor hacerlo en el piso, ya que así si hay que poner un ejemplo del deterioro de la casa podrá hacerse de forma rápida.

Una vez con él explícale de forma clara que el precio de los alquileres están bajando y que el tuyo ha quedado fuera de precio. Puedes sacar a relucir la buena relación que tenéis y la dificultad que tendrá de encontrar otro inquilino como tú. Además que buscar a otra persona suele conllevar gastos para mejorar en la casa y hacerla atractiva.

Ofrécele un precio lógico basado en los de alrededor y si es posible, ofrécele también un adelanto de pagos como signo de buena voluntad. De esta forma demostrarás que él también puede ganar con el cambio. Si lo ves complicado y estás decidido, lanza la primicia de cambiar de casa porque estás perdiendo dinero.

Luego de la conversación, dale unos días para que tome una decisión. Puede costarle aceptar la nueva situación y además seguramente tenga que consultarlo con más personas. Queda con él en que esperas su llamada y si no la hace tras unos días llámale tú para recordarle la negociación. Cuando te llame estudia su oferta, las ventajas e inconvenientes.

Si te convencen ¡felicitaciones! y adelante. Si es lo contrario piensa en la posibilidad de que hay muchos pisos esperándote ahí fuera.

Esperamos que este post sobre los mejores consejos para conseguir rebajas en el alquiler, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

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Eres el propietario de un piso que se encuentra alquilado, pero quieres ponerlo a la venta. En Oi Real Estate, te indicamos todo lo que tienes que conocer, para que la venta de tu piso no te genere un inconveniente con tu inquilino actual.

 

Cuando un piso es de tu propiedad, puedes hacer lo que desees con él. Si antes te servía tenerlo en alquiler y ahora decides ponerlo a la venta, estás en todo tu derecho de hacerlo; ya que formar parte del mercado inmobiliario, implica barajar todas las alternativas posibles para conseguir beneficios, por dar el inmueble a otra persona.

Si la vivienda que pones a la venta, se encuentra vacía y deshabitada no tienes que hacerte problema por nada, porque será una venta sin mayores complicaciones. En cambio, si lo que quieres es vender un piso que se encuentra alquilado, deberás tomar ciertas precauciones.

En el siguiente artículo te contaremos cuáles son las cosas a las que debes atender, si deseas vender un piso que se encuentra alquilado y te invitamos a visitar nuestro sitio web, en el que te informarás de todo lo necesario para poner tu casa en venta.

¿Cómo puedo vender un piso que se encuentra alquilado?

Vender un piso que se encuentra alquilado, es habitual en el sector inmobiliario. A veces el desconocimiento del mercado, puede llevar a sacar conclusiones inexactas y a formular imposibles que en el sector, son de las más conocidas.

Para vender una casa que está habitando un inquilino, se debe tener en cuenta el contrato firmado con el arrendatario. Esta posibilidad de venta, está estipulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos y esta como tal, indica cómo se debe accionar según el caso planteado.

Una de las cosas más importantes a tener en cuenta, es si has inscrito o no el contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad. Aunque no sea obligatorio, buena parte de los arrendadores suelen acordar con sus arrendatarios la formalización de un contrato, para evitar problemas y tener respaldo jurídico de las dos partes involucradas.

¿Qué ocurre si el contrato está inscripto en el Registro de la propiedad?

En el caso de que el contrato esté inscripto en el registro de la propiedad, el arrendatario puede disfrutar de la propiedad hasta que figure su finalización. En ningún caso, podrá ser desalojado, aunque el piso tenga nuevo dueño, el comprador tendrá que esperar hasta que se haya terminado el contrato.

Sin embargo, vender un piso que se encuentra alquilado supone dos alternativas, a la hora de proponer en venta una vivienda, con un inquilino en ella. En primer lugar se debe esperar a que el contrato de alquiler expire.

Otra propuesta es vender una casa a una persona que no tenga intenciones de vivir en ella. En este caso, se puede hablar de inversores extranjeros o locales, que no se preocuparán por desalojar al inquilino del piso, porque lo que les interesa es buscar la rentabilidad de la propiedad.

Si el contrato de alquiler no estuviera registrado

En caso de que el contrato no fuera registrado, la venta se efectúa en el momento, ya que el contrato no tiene validez y por lo tanto, el arrendatario tendrá que abandonar la vivienda en un plazo cercano a los tres meses. Esto queda constatado en el artículo 1571 del código civil.

Una vez concretada la acción de compra y venta, por parte del nuevo dueño. Este podrá finalizar el contrato de alquiler con el que se manejaba el inquilino del piso y deberá salir del inmueble, a menos que exista un decreto que lo impida.

Es aconsejable que el contrato se encuentre registrado, para evitar estos tipos de inconvenientes, que ponen al arrendatario en una débil situación, frente al nuevo propietario del piso.

Obligaciones del propietario al vender un piso con inquilino

Aún así el contrato de alquiler no se encuentre inscripto en el Registro de la Propiedad y haya vía libre para la venta, es importante mencionar que el propietario debe cumplir con algunas obligaciones. 

Antes de dar cualquier paso a fines de vender el piso, es imprescindible que el dueño comunique y deje en claro sus intenciones al inquilino. Esto debe hacerlo a través de un instrumento de comunicación escrito y fehaciente, como un burofax con acuse de contenido, que debe incluir lo siguiente:

  • La explicitación de su intención de vender el inmueble.
  • El precio de venta que fijó para la propiedad.
  • La fecha que tiene prevista para lanzar el piso a la venta.
  • Las condiciones de venta y demás información pertinente.

¿Cuáles son los derechos del inquilino ante una venta de esta naturaleza?

Dado que el inquilino forma parte central en la casa alquilada, la venta de la misma debe ser comunicada a él. Como tal, está en su derecho de adquirir la casa si así lo desea, ya que de alguna manera ha vivido en ella, por mucho tiempo.

Aunque puedan existir diferentes ofertas por parte de posibles compradores, el inquilino tiene derecho por sobre cualquier otro. De modo, que habrá que hacerle llegar todas las condiciones propuestas para la venta, por si desea adquirir el piso o rechazar esta oportunidad.

El propietario actual del inmueble, es el que fija los términos de venta y será el que proponga el precio con el que se quiera vender una propiedad. Si no sabes cuánto vale tu piso, desde Oi Real Estate te ayudamos a realizar una tasación gratuita.

Una vez formulado el precio de venta, se prosigue a indicar el valor fijado al inquilino. Si este no la acepta, quiere decir que no acató las condiciones de venta y por lo tanto, se recurre a otro comprador para el piso; ya que el vendedor no está obligado a aceptar la propuesta de su inquilino, si es menor a lo pedido.

¿Qué ocurre cuando al poner en venta el piso, su inquilino elige comprarlo?

Si el inquilino desea comprar la vivienda, puede significar un beneficio para el dueño, ya que, puede ser la vía más rápida para vender el inmueble. Será el propietario, de todas formas, quien determine las condiciones de venta. 

Si el arrendatario realiza una oferta que se encuentra por debajo del precio notificado, el dueño no está obligado a aceptarlo, ya que, la otra parte no estaría aceptando los términos de la venta. En caso de que el inquilino no brinde respuesta en un lapso de 30 días, se da por sentado que ha rechazado la oferta y que el semáforo está en verde para empezar a buscar otro comprador. 

Aún así el inquilino haya aceptado la oferta y el precio estipulado, si no efectúa la compra del inmueble en un lapso de 180 días, también se abre la posibilidad de vender a un tercero.

Ventajas y desventajas de vender un piso con inquilino

Antes de tomar una decisión al respecto, puede ser útil poner en la balanza cuáles son los pros y los contras de vender un piso con inquilino: 

Ventajas

  • El propietario puede seguir obteniendo una renta mensual mientras lleva a cabo el proceso de venta.
  • En caso de que no exista la posibilidad de desalojar al inquilino por haber registrado el contrato de arrendamiento, existen inversores pequeños y medianos que buscan adquirir pisos alquilados.
  • También está la posibilidad que mencionamos, de que el arrendatario acepte las condiciones y desee comprar la vivienda.

Desventajas

  • Los compradores de viviendas alquiladas no suelen buscarlas a través de los canales tradicionales, por lo tanto, será más difícil que lleguen a enterarse de la venta.
  • El propietario tiene la obligación de informar al inquilino antes de iniciar la venta y tiene que cumplir con los plazos establecidos por la ley.
  • La promoción de una vivienda que se encuentra alquilada cuenta con ciertas limitaciones: es necesario acordar con el arrendatario detalles como el arreglo del piso, la toma de fotos para la promoción, las visitas de los interesados, etc.

Como mencionamos antes, vender un piso con inquilino conlleva más dificultades que vender uno que se encuentra deshabitado. Si el arrendatario decide adquirir la propiedad, gozando de su Derecho de Adquisición Preferente, puede significar menos complicaciones para ambos. Sin embargo, esto no siempre es posible, pero ahora que conoces qué factores es importante tener en cuenta, es posible que te encuentres más preparado para llevar a cabo esta operación sin mayores complicaciones y sin generar mayores molestias al inquilino.

Si tienes alguna inquietud sobre el tema, no dudes en dejarnos un comentario, te responderemos a la brevedad!

Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés

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Normalmente, con la finalidad de ahorrar dinero en comisiones e intereses mensuales, los propietarios tratan de evitar recurrir a profesionales que gestionan el alquiler de principio a fin. Pero, a veces, esto podría resultar mal… ¿Qué ventajas tiene recurrir a una agencia para alquilar tu inmueble? Descubre la respuesta en el siguiente post de Oi Real Estate.

Poner una propiedad en alquiler no es tarea fácil. Tomarse el trabajo de mostrarla, de responder llamados para aclarar inquietudes, mantener el lugar limpio, prolijo y visualmente llamativo, crear anuncios y distribuirlos por el pueblo, ciudad o por la web, etc. De todas maneras, la peor parte es, si llegara a ocurrir, la ocupación del inmueble de forma ilegal o el inquilino moroso. 

¿Qué ventajas tiene recurrir a una agencia para alquilar tu inmueble?

Elegir a la mejor agencia inmobiliaria de la zona, garantizará enormes ventajas en la gestión de tu propiedad. Para esto, debes tener en cuenta que sea la más conocida del barrio, fiable, que domine la mayor cantidad de casas o negocios del área, que disponga de prestigio y que los precios que manejan no sean exagerados. Pero, para entender mejor y profundizar el argumento, vamos a seguir específicamente cada una de las ventajas y desventajas.

VENTAJAS Y DESVENTAJAS 

1- Gestión integral del inmueble 

Dependiendo del servicio que busque el propietario de la vivienda, la agencia podrá encargarse de distintos tipos de variables y no se limitará solamente a la búsqueda de clientes. La gestión integral puede incluir aparte: la administración del alquiler, garantizar la defensa legal del propietario y asegurar el pago a través de seguros, en caso de que el huésped se vuelva un moroso.  De esta forma, responsabilizar a una agencia de que se encargue de pagarte la renta todos los meses te podría ahorrar muchos dolores de cabeza, ya que no tendrás que recurrir a dirigirte directamente con el inquilino bajo ningún aspecto. Ahorrarás así tiempo en solucionar problemas, viajes hasta la propiedad, discusiones por la fecha de pago y mil situaciones estresantes que podrían surgir. Garantizará también la solución de problemas de propiedad que muchas veces es derivado al inquilino injustamente. 

2- Relación contractual 

La relación contractual debe basarse en la Ley de arrendamientos urbanos y establecerá la relación entre la agencia, el arrendatario y el propietario. En este contrato quedarán certificadas las bases y honorarios que corresponderán a la agencia en caso de que el alquiler se haya efectuado por gracia de la misma.

3- Valuación y sistematización 

Este punto consiste en que la agencia pondrá un precio justo y rentable para la propiedad en base a la ubicación, los metros cuadrados, la calidad del piso, si está amueblado o no, si cuenta con parking, fácil acceso a los medios públicos de transporte, escuelas. Además, deberá sistematizar la vivienda a modo de que sea legal para el alquiler, es decir que cumpla con las normas básicas de suministros y que tenga el certificado energético -requisito imprescindible desde 2013 en España según el Real Decreto 235/2013-. En consecuencia a esta visita, se realizará un informe sobre el estado de las instalaciones para evitar futuros problemas.

4- Promoción en distintos portales 

Una vez tasado el alquiler del inmueble, la agencia lo promoverá con fotos profesionales por los distintos portales webs e inmobiliarios. Todas tienen bases de datos de posibles interesados y recurrirán a ellas para facilitar el trabajo. Cuando una persona busca una vivienda, el hecho de que esta esté gestionada profesionalmente le da seguridad y seguramente influirá en la decisión que tome. 

5- Estudio económico del inquilino 

La agencia se ocupará de hacer un estudio de solvencia sobre el patrimonio del inquilino y deberá garantizar que no tiene deudas, ni será un potencial moroso. La mayoría están asociadas con la ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) y el FIM (Fichero de Inquilinos Morosos), por lo que recurren a ellos antes de firmar cualquier acuerdo con una persona. 

6- Garantías 

Bajo la ley de arrendamientos urbanos, se exigirá de la fianza extendida de una mensualidad. Después, el propietario podrá exigir también otro tipo de garantía o fianza para asegurarse de que el inquilino cumpla con la paga. De todas maneras, las agencias tratarán de filtrar estos depósitos, de forma en que no sea excesivo para el cliente, sino accesible, ya que muchas veces demandan de una gran suma de dinero que pone en dificultad a quien busca alquilar.

8- Seguros por impagos 

Este tema ya lo habíamos tocado un poco por encima, se trata de uno de los puntos más importantes y fuertes para optar por una agencia. Los seguros cubren, no sólo el impago de la renta, sino también daños en la propiedad, gastos judiciales y procurador en caso de desahucio.  La prima es en función de la cobertura y a la renta, aunque, no siempre el seguro podrá resolver los problemas, así que la agencia no estará totalmente excepta a refinanciar la deuda o buscarle al inquilino una nueva destinación. 

9- Comisiones 

Las comisiones no están reguladas por ningún ente del estado. Generalmente, si se trata de un servicio integral el pago de los honorarios deberá ser dividido y abordado por propietario e inquilino por igual. Sin embargo, en algunos casos deberá asumir todo el gasto el dueño de la propiedad o, muy rara vez, quien la alquila. La comisión se paga, por lo general, mensualmente acompañada con el pago del alquiler y no incluye el IVA.  

10- El alquiler podrá ser hecho individualmente por el propietario 

En algunos casos, los propietarios consiguen inquilino antes que las agencias. El contrato con la misma no le impedirá que él consiga un cliente por sus medios, pero como el acuerdo ya está hecho, se verá afectado a pagarle sí o sí una mensualidad a la agencia. Con el servicio contratado, aún si el dueño hizo el arrendamiento al margen de los profesionales, estas realizan el ingreso de la fianza en el organismo correspondiente de la comunidad autónoma, la defensa legal en la resolución de los contratos en caso de desahucio y la desocupación de la vivienda. 

Y, para ti ¿Qué ventajas tiene recurrir a una agencia inmobiliaria para alquilar un inmueble? Si te ha gustado la nota, no dudes en mandarnos tu opinión y visitar la siguiente nota:

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Si tienes un piso y lo deseas colocar en alquiler, te aseguramos que las ventajas de acudir a una gestión de alquiler son grandísimas. Después de leer este artículo, entenderás por qué te librarás de muchísimos dolores de cabezas si recurres a esta opción.

Ventajas de acudir a una gestión de alquiler

Invertir en una vivienda con el fin de generar ganancias de renta, no es tan fácil como parece. Encontrar un inquilino ya es difícil, imagínate si lo es encontrar uno que sea fiable y pague a tiempo. Además, una vez encontrado el mismo, deberás ocuparte de muchos trámites legales y tendrás que estar a disposición de este ante cualquier eventualidad. En esta nota, vamos a especificar punto por punto las ventajas de acudir a una gestión de alquiler.

Revisión del inmueble

¿Alguna vez has rentado un auto? Si lo has hecho, seguramente habrás notado que cuando lo tomas, lo estudian minuciosamente y sacan fotos e incluso anotan en un retrato del auto dónde estaban las imperfecciones. En el mundo inmobiliario es igual, si optas por la gestión de alquiler, se toman detalladamente los datos del estado de los muebles y todo lo que te puedas imaginar que un inquilino podría llegar a romper. En caso de daños, la inmobiliaria se encargará de mediar con el huésped el descuento o el importe necesario.

Gestión de documentos

Esta es, sin lugar a duda, la parte más engorrosa para un particular y más en tiempos de COVID. Hoy casi todos los trámites se hacen con cita previa -de forma online- o directamente vía la web del ayuntamiento y de los entes correspondientes. Por lo tanto, si no eres hábil con la computadora o simplemente te saca de quicio, optar por la gestión de alquiler te salvará la vida. Estos son los documentos que necesitarás:

  • Cédula de habitabilidad: Este documento es el más importante que el propietario deberá tener para poder alquilar su propiedad. En él se demuestra que las condiciones de seguridad, higiene y solidez son óptimas para la convivencia. La misma cuesta entre 15€ y 55€ y para ser aprobada se evaluarán muchísimos aspectos que, por lo general, no serán difíciles de cumplir.
  • Certificado de eficiencia energética: Está regido por el decreto 235/2013 con la finalidad de que todos los inmuebles en alquiler dispongan de la etiqueta energética. Para obtenerlo deberás pedir ayuda de un especialista que, además, se encargará de hacer la solicitud online, inspeccionar el inmueble, etc. Si no la tramitas seràs penalizado.
  • Contrato de arrendamiento: Firmar un contrato es la forma más segura de llevar a cabo un alquiler. Los gestores se encargarán de que cumpla con las normas establecidas por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
  • Alta de suministros: Cuando se firma un contrato de alquiler, el propietario podrá optar entre dejarlo a su nombre y pasarle la factura, con tal de llevar un seguimiento de cómo se maneja el inquilino y que no se adeude, o hacerle el pasaje a nombre del segundo. Un gestor lo facilitará todo, ya que si el propietario opta por la primera opción, mediará para que el inquilino pague a tiempo y si es por la segunda, se encargará de los papeles para realizar la portabilidad.

Publicidad en los mejores sitios web

Habitualmente, cuando una persona busca alquilar la casa de sus sueños, recurre a todas las vías de oferta que existen, sea esta una inmobiliaria física, volantes en la vía pública o boca a boca. Sin embargo, hoy en día la forma más global de mostrar un inmueble es por los portales online. Un buen gestor de alquiler distribuirá el aviso de tu vivienda por las plataformas más importantes del mercado y se encargará de tomar fotos profesionales para sacarle jugo a las publicaciones.

Atención a interesados y visitas

Por otro lado, una vez hecha la publicidad de la vivienda, llegarán los potenciales huéspedes y los curiosos que querrán ver si tu inmueble es tan bonito como por las fotos. Normalmente, uno está ocupado con otros asuntos y le costará coincidir con los clientes, por lo que esta será una de las grandes ventajas de acudir a una gestión de alquiler. El gestor se encargará de mostrar la vivienda de una forma profesional y se adaptará a las condiciones del inquilino, ya que no siempre hablarán nuestro idioma, por ejemplo. Además, se hará un estudio de solvencia para evaluar si este será capaz de pagar la suma requerida sin tener problemas.

No tendrás que ocuparte de nada

Una vez encontrado el inquilino, la inmobiliaria encargada de gestionar tu alquiler se encargará de cobrar la renta y depositártela, generalmente, en los primeros días del mes, aún si no la han pagado todavía. Además, si llegan a haber problemas menores como de pintura o goteras, serán reparados sin gasto alguno.   

Seguros de impagos

Los deudores morosos son el terror de todo propietario. Que una persona habite tu inmueble de forma gratuita por meses o, hasta años, es lo peor que uno se imagina antes de darle la llave de su casa a oto. Con la gestión de alquiler será más difícil por todos los estudios que se toma antes de proceder a un contrato, pero, si llegara a pasar algo del género, tendrás a tu disposición un seguro que cubrirá hasta, por lo menos, un año de impagos.

Asesoramiento legal

Como dijimos en el punto anterior, ninguno está excepto de llegar al punto de tener que recurrir a medios legales por un inquilino moroso. Como primer punto el gestor de alquiler buscará llegar a una mediación, si esta no llega a buen punto, se tomarán las medidas legales correspondientes.

En conclusión, las Ventajas de acudir a una gestión de alquiler son muchas. ¡Te invitamos a unirte a Oi Real Estate, el Primer consultor inmobiliario de lujo! Si quieres saber más acerca de nuestro portal, te sugerimos leer el siguiente link:

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¿Tienes pensado independizarte? Últimamente los precios para los arrendamientos son altos por lo que resulta difícil alquilar una vivienda y hacerse cargo solo de todos los gastos del alquiler. Una clara solución para  esta situación, que es conocida por sería compartir piso o subarrendar una habitación. Antes de irte a vivir en un piso compartido, lo esencial es que conozcas algunos aspectos sobre este asunto.

Por eso hoy con Oi Real Estate te contamos todo lo que necesitas saber sobre compartir piso o subarrendar una habitación.

¡No te lo pierdas y continúa leyendo!

Tipos de contratos de alquiler para pisos compartidos

Si has pensado alguna vez cómo alquilar un piso en España, seguro te estarás preguntando qué tipos de arrendamientos existen. No hay dudas que tener conocimientos previos sobre el tema es muy importante, de esta forma sabrás cuál será la mejor opción para ti.

  • El contrato de alquiler de piso compartido. En este tipo de contratos se determina que dos o más personas compartirán los gastos, las obligaciones y las responsabilidades del alquiler de una propiedad.
  • El contrato de alquiler de una habitación durante un periodo de larga duración. Son aquellos contratos de arrendamientos de una habitación de la vivienda, que tienen una duración mínima de 5 años.
  • Los contratos de alquiler de una habitación durante una temporada. Aquí el contrato se firma para arrendar solo una habitación del inmueble durante una temporada. Este periodo de la cual no está definido por Ley.

¿Cuál es la diferencia entre compartir piso y subarrendar una habitación?

En este caso la diferencia entre estas dos actividades recae en el tipo de contrato que se hace para cada uno de los casos. El contrato de arrendamiento de una habitación está regulado por Código Civil y no por la Ley de Propiedad Horizontal como en los contratos de piso compartido. Asimismo, en ambos casos, el inquilino puede beneficiarse de subvenciones para el alquiler que ofrece el Gobierno, como el bono joven al alquiler.

Dentro de un piso compartido todos los inquilinos tienen las mismas obligaciones y responsabilidades en la vivienda. En este tipo de contratos se puede optar por obligaciones solidarias o mancomunadas

  • Solidarias. Donde los inquilinos responden de cualquier incumplimiento que se produzca por parte de los demás.
  • Mancomunada. Aquí, cada inquilino responde de su parte del contrato, pero no del incumplimiento de los demás inquilinos.

Otra diferencia es que el importe del subarrendamiento se paga directamente al inquilino y no al arrendatario/propietario de la vivienda. Por lo que el propietario no se beneficia económicamente de este acuerdo.

¿Compartir piso o subarrendar habitación?

¿Qué es subarrendar una habitación?

Para entender qué significa subarrendar, tenemos que referirnos al Artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Aquí se indica que está permitido alquilar una parte de una vivienda que ya está arrendada por otro inquilino.

Asimismo, esta ley indica que:

“La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador”.

Esto significa que nunca se podrá subarrendar una parte de la vivienda sin que el propietario o arrendador esté conforme. El arrendador debe de estar informado de lo que se va a llevar a cabo en su hogar. Además, este tiene que estar de acuerdo con todo ello. No basta con la conformidad de la palabra, sino que tendrá que dejar constancia por escrito. Por ello el subarrendamiento de una habitación es una actividad que debe ser formalizada ante un contrato que, obligatoriamente, tienen que firmar todas las partes.

De esta forma, el inquilino principal debe seguir respondiendo ante el arrendador y cumplir con lo pactado en su contrato de alquiler. Esto debe ser así aunque el subarrendatario no cumpla con sus cuotas del alquiler o parte del contrato. 

Además, el inquilino no podrá subarrendar una habitación por un importe mayor al de su propia renta. Esta norma se estableció porque los subalquileres suponen un beneficio extra para el inquilino principal.

El derecho del subarrendatario se termina cuando se termine el derecho del inquilino que lo subarrendó. En otras palabras: en el momento en el que finalice el contrato del arrendamiento también lo harán los de subarrendamiento. Esto se debe a que el contrato de subarrendamiento lo realiza el inquilino a su nombre, en este caso el “casero”. 

Hay que saber que la ley no especifica el número de personas que pueden vivir en una vivienda. En estos casos, será el arrendador principal el que se encargue de determinar cuántas personas pueden convivir en su inmueble. 

Inquilino y casero a la vez

Un contrato de arrendamiento común se realiza entre arrendador/propietario y arrendatario/inquilino. Pero en el contrato de subarrendamiento el inquilino pasa a ser el arrendador y el subarrendado el inquilino. Este cambio de rol implica que el inquilino principal se hará responsable de las tareas propias de un arrendador. Ya sea buscar inquilino, realizar un contrato, la reparación de averías y desperfectos, entre otras. En estos casos, el inquilino principal es quien se encarga de gestionar el cobro del alquiler del subarrendado y también el resto de gastos de la vivienda.

Por otra parte, el propietario principal solo tendrá que gestionar las cuestiones que se determinaron en el contrato de arrendamiento con el inquilino principal.

Pros y contras de subarrendar

Siempre que el propietario de la vivienda esté conforme, subalquilar una parte del inmueble puede ser una fuente de ingresos extra para el inquilino principal. Aunque se debe tener en cuenta que está obligado a declarar estos rendimientos como rendimiento de capital inmobiliario.

Entre los inconvenientes que pueden llegar a existir entre el arrendatario principal con el subinquilino son: problemas de convivencias y las tareas extra que asume el inquilino principal cuando se convierte en arrendador de parte de la vivienda.

¿Compartir piso o subarrendar habitación? Pros y contras de subarrendar

¿Es mejor compartir piso o subarrendar una habitación?

Todos aquellos deseen compartir un piso tienen las mismas obligaciones y responsabilidades en la vivienda, que no sucede al momento de subarrendar una habitación. Como mencionamos anteriormente, en el subarrendamiento la responsabilidad es del arrendatario principal, en el caso de que suceda cualquier inconveniente.

Lo mejor siempre dependerá de tus necesidades y según ellas, valores cuál de las dos actividades se adaptaría mejor a ti. En caso de que quieras sacar un beneficio de tu alquiler, no dudes en subarrendar una habitación. Pero, si no quieres estar pendiente de gestiones con tu subinquilino y hacerte responsable de él, puedes compartir un  piso con gente que conozcas bien. Nunca te olvides de determinar en el contrato las normas adecuadas para todos los que residen en el inmueble.

¿Compartir piso o subarrendar habitación?

Esperamos que este post sobre todo lo que necesitas saber acerca de compartir piso o subarrendar una habitación, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

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Si estás pensando en alquilar o vender tu propiedad o buscas un lugar para arrendar, con Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

Y si quieres seguir leyendo sobre alquiler, inquilinos, te recomendamos la siguiente nota:

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Si eres de Madrid y deseas alquilar tu piso de forma segura, esta nota te servirá de mucha ayuda para saber los principales consejos de cómo alquilar en Madrid de forma segura.

El aumento de alquileres en Madrid ha aumentado muchísimo en estos últimos años. Debido a la inversión con fines de alquiler, la restauración de viejas y vacías viviendas e incluso la alta demanda han facilitado la ocasión.

¿Cómo alquilar en Madrid de forma segura?

Si hay una inquietud que el propietario tiene a la hora de dejar su inmueble en manos de otra persona, es la de dejarla en manos equivocadas. Para que esto no suceda, deberemos seguir varios pasos que te darán la tranquilidad de encontrar un inquilino fiable.

Precio rentable

Sin lugar a duda, establecer un precio que parezca justo para las dos partes es un poco difícil. Uno siempre cree que su casa es la mejor y merece ser rentada a un precio, por lo general, fuera de mercado. Es por eso que, hay que ser objetivos y elegir un valor acorde a lo que exige la demanda.

¿Cómo escoger un precio correcto?

Para elegir un monto coherente y rentable debemos hacer una comparación con las otras viviendas de la zona. No es solamente el valor de alquiler lo que hay que observar, sino los m2, la cantidad de ambientes, el barrio, cercanías a los medios de transporte público, si es amueblado o no, si cuenta con Parking, etc. Todo suma a la hora de evaluar cuánto cuesta nuestro inmueble.

Elegir al inquilino ideal

El objetivo será siempre de encontrar un inquilino a largo plazo. Obviamente que si hacemos un contrato de 3 o 5 años deberemos comprobar que el sujeto podrá pagar la renta sin problemas haciendo un examen de solvencia. Para esto será mucho mejor acudir a una gestión integral de alquiler, que tiene una lista de las personas que buscan piso y los evalúa minuciosamente con distintos métodos profesionales. Si deseas hacerlo como particular, es importante pedir certificados bancarios, recibos de sueldo, referencias de alquileres pasados o un tercero que figure como garante.

¿Cómo varían los precios de propiedades en Madrid?

Estamos todos de acuerdo con que Madrid es una de las ciudades más importantes de toda Europa y es por esto por lo que se vuelve de las más rentables por la cantidad de gente que atrae esta característica. Como en toda capital europea, está dividida en distritos que denominarán de antemano el valor de propiedades.

Distribución de distritos en Madrid

En Madrid el mapa se divide en 21 distritos, obviamente se presenta una desigualdad enorme entre cada uno de ellos. Salamanca, Chamberí, Chamartín y Centro son los distritos más caros y su metro cuadrado es 1.300€ superior a la media de la ciudad.  

Barrios más caros

El barrio de Salamanca es uno de los sectores más cotizados por los entes inmobiliarios. El precio medio del metro cuadrado de una vivienda situada en este lugar ronda entre los 3.935€, un 68% más elevado con respecto a los barrios más baratos. En estos distritos comprar una casa de unos 100m2, podría llegar a costar unos 400.000€.

Barrios más baratos

Por su parte, los barrios más baratos para adquirir una vivienda son: Villaverde, Puente de Vallecas y Carabanchel, por este orden. En el primero de ellos, podemos encontrar propiedades donde el metro cuadrado es 1.116€ más barato que la media de la ciudad.

Firmar un contrato de arrendamiento

A la hora de emprender un alquiler de forma segura es fundamental formular un contrato que responda a todas las exigencias requeridas por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Es muy importante detallar de forma clara los datos de los dos involucrados y de la vivienda, así como el precio pactado, la duración y todas las cláusulas. En el mismo se establecerán los derechos y obligaciones del propietario e inquilino. Por lo tanto, será de mucha ayuda un gestor de alquiler que conoce de pie a cabeza cómo está compuesta la Ley.

Vivienda en perfectas condiciones

Por supuesto que, llegar a los ojos del interesado será muchísimo más fácil si tenemos el inmueble en óptimas condiciones. La competencia es muy alta y cada detalle es crucial para encontrar a un óptimo inquilino. En Madrid, la apariencia lo es todo, por lo que una mano de pintura, reparaciones de goteras, cualquier imperfecto puede hacer la diferencia. Además, es un requisito indispensable para poder alquilar de forma legal, tener el alta de suministros, la cédula de habitabilidad, cumplir con la ya mencionada Ley de Arrendamientos Urbanos y obtener el certificado de eficiencia energética.

¿Qué requisitos debo cumplir para obtener la cédula de habitabilidad?

Básicamente, si cumples con los requisitos para obtener la cédula de habitabilidad, podrás cumplir con las otras exigencias sin problema, las especificaciones son:

  • Superficie útil mínima (36 m2). 
  • Al menos un comedor o sala de estar, una cámara higiénica y cocina. 
  • Altura mínima de 2,5 metros, excepto en los baños o en la cocina, donde se rebaja a 2,2 metros. 
  • La cocina y los baños deben tener una puerta de separación con el resto de la propiedad y no pueden servir de paso a otros lugares de la casa. 
  • Medidas mínimas: Dormitorio: 1,8 x 1,8 metros, o un mínimo de 6 metros cuadrados. Para habitaciones dobles, 2,4 x 2,22 metros y al menos 8 metros cuadrados de superficie. 
  • Sala de estar: espacio para poder colocar al menos un sofá y un mueble para la televisión. 
  • La vivienda debe contar con agua fría y caliente, así como evacuación de agua y electricidad, todo ello para asegurar la seguridad de quien la habite. 
  • La cocina debe tener como mínimo un fregadero, una encimera, un aparato de cocción y un sistema de extracción mecánica de humos. 
  • Los baños deben tener un lavamanos, un inodoro, un bidet y una ducha o una bañera. 
  • Las propiedades también deben contar con una instalación que permita lavar la ropa, además de un sistema que permita interactuar desde el acceso al edificio de la vivienda. 

  • Superficie útil mínima (36 m2). 
  • Al menos un comedor o sala de estar, una cámara higiénica y cocina. 
  • Altura mínima de 2,5 metros, excepto en los baños o en la cocina, donde se rebaja a 2,2 metros. 
  • La cocina y los baños deben tener una puerta de separación con el resto de la propiedad y no pueden servir de paso a otros lugares de la casa. 
  • Medidas mínimas: Dormitorio: 1,8 x 1,8 metros, o un mínimo de 6 metros cuadrados. Para habitaciones dobles, 2,4 x 2,22 metros y al menos 8 metros cuadrados de superficie. 
  • Sala de estar: espacio para poder colocar al menos un sofá y un mueble para la televisión. 
  • La vivienda debe contar con agua fría y caliente, así como evacuación de agua y electricidad, todo ello para asegurar la seguridad de quien la habite. 
  • La cocina debe tener como mínimo un fregadero, una encimera, un aparato de cocción y un sistema de extracción mecánica de humos. 
  • Los baños deben tener un lavamanos, un inodoro, un bidet y una ducha o una bañera. 
  • Las propiedades también deben contar con una instalación que permita lavar la ropa, además de un sistema que permita interactuar desde el acceso al edificio de la vivienda. 

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En el momento en que vas a colocar un piso en arrendamiento surgen algunas dudas sobre la finalización del contrato de alquiler. En este artículo te informamos sobre los plazos mínimos establecidos por la ley según la fecha de firma, las prórrogas, las rupturas del vínculo y más. No dudes en contactarte con Oi Real Estate para una atención personalizada.

Cuando alquilas un piso, la finalización del contrato de alquiler es una de las dudas más comunes que presentan las partes que lo firman. Aparecen, en consecuencia, las preguntas siguientes:

  • ¿Cuál es la vigencia del contrato?
  • ¿Cómo y cuándo se puede renovar?
  • ¿En qué consisten las prórrogas?
  • ¿Qué sucede con la fianza una vez finalizado el acuerdo?
  • ¿Qué pasa con la titularidad de los suministros?

Sigue leyendo el artículo para contestarte estos interrogantes.

Plazo de duración del contrato y prórrogas legales

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), «la duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes». El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta del inmueble a disposición del arrendatario si esta fuere posterior. En este último caso, corresponderá al arrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.

Por lo establecido en el Real Decreto-ley 7/2019, aquellos contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019 tienen una duración mínima de cinco años. Tendrán prórrogas anuales de hasta un máximo de tres años. Si la persona, tiene condición de persona jurídica, el lapso mínimo será de siete años.

Para los contratos firmados en el período que comprende del 19 de diciembre de 2018 al 22 de enero de 2019, rigen las mismas normas que mencionamos en el párrafo anterior.

Por último, si el contrato de alquiler fue firmado entre el 6 de junio de 2013 y el 18 de diciembre de 2018, o si se firmó entre el 23 de enero de 2019 y el 5 de marzo de 2019, la finalización del contrato de alquiler establecida por la normativa vigente era de tres años más con la posibilidad de un año de prórroga.

¿Cómo hacer para que no se aplique la prórroga tácita?

Para que no se aplique la prórroga tácita en los contratos firmados previamente al 5 de marzo de 2019, tanto el arrendador como el arrendatario deben dar un preaviso de treinta días de anticipación a la fecha de la finalización del contrato de alquiler.

Por otro lado, con los contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019, la situación es diferente. De parte del propietario se necesita realizar un preaviso de cuatro meses de antelación a la finalización del contrato de alquiler. Por parte del inquilino el preaviso debe ser de dos meses de antelación a la finalización del contrato de alquiler.

En todos los casos, si ninguna de las partes genera el preaviso correspondiente a la voluntad de NO continuar con la renovación de contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años.

Renovación de contrato y tácita reconducción

Cuando se produce la finalización del contrato de alquiler y ninguna de las partes expresa su voluntad de no continuar con el vínculo, se prorroga tácitamente por un máximo de tres años. Luego de que pasen esos tres años, hay que contactarse con el inquilino para terminar el contrato o generar un contrato nuevo.

Si ni el arrendador ni el arrendatario manifiestan aviso, se entiende que la relación arrendataria continúa por voluntad de las partes, entonces se considera que el contrato ha entrado en tacita reconducción. La tácita reconducción significa que el contrato se sigue prorrogando en plazos iguales a lo pactado por el pago de la renta. Si se pactó una renta mensual, la tácita reconducción durará un mes, y así consecuentemente, hasta que el arrendador informe la resolución.

¿Cómo generar la finalización del contrato de alquiler antes de tiempo?

Existen algunas situaciones particulares con las cuales se puede lograr la finalización del contrato de alquiler antes de tiempo. Aquí te presentamos una lista de posibilidades.

  1. Si el inquilino incumple con las obligaciones detalladas en las cláusulas del contrato de alquiler legal. Sobre todo si realiza un subarriendo no autorizado por el propietario, por impago reiterado de rentas, etc.
  2. Si el propietario comprueba la necesidad del piso para ser destinada como vivienda habitual permanente para alguno de sus familiares en primer grado de consanguinidad, o por adopción, o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Para esta opción, el propietario se verá obligado a dar un preaviso de dos meses. En contratos firmados a partir del 5 de marzo del 2019, se deberá haber contemplado en una cláusula del contrato.
  3. El inquilino puede rescindir el contrato, una vez pasados los primeros seis meses desde que se firmó el contrato. Si en este existiese una cláusula que indique pagar multa por finalización anticipada de contrato, deberá cumplir con ello. Tiene que dar un preaviso de treinta días al arrendador.

Devolución de fianza

Una vez finalizado el contrato, desde ese día hay treinta días para realizar la devolución de la fianza. El arrendador deberá comprobar que el estado del inmueble se encuentra en buenas condiciones, si no, deberá cubrir los gastos por arreglos con un porcentaje de la fianza.

No se puede utilizar el monto de fianza como equivalente de pago de último mes de renta.

Suministros

Los inquilinos no deben dar de baja a los suministros al finalizar el contrato, ya que la reactivación implicaría un gasto extra para el casero.

El propietario debe asegurarse de que las últimas facturas estén saldadas y luego debe realizar, nuevamente, el cambio de titularidad. Para esto tiene que solicitar a los inquilinos los comprobantes de pagos de todos los servicios (luz, agua, gas, etc.). Para cambiar la titularidad en las compañías de servicio necesitará presentar los datos de los titulares anteriores y los comprobantes que garanticen que no existen deudas pendientes.

Esperamos haber resulto tus dudas acerca de cómo realizar la finalización del contrato de alquiler. Para más información contáctate con nuestros representantes.

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