Autor

Nadia Redacción

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Es muy frecuente que, al momento de la entrega de llaves, un propietario observe que su inquilino ocasionó diferentes desperfectos a la vivienda arrendada. Cuando esto ocurre, existe la posibilidad de actuar o reclamar de varias maneras. Sin embargo, pueden surgir varias dudas al respecto. ¿Cómo proceder ante los daños ocasionados en un piso al finalizar el alquiler? ¿Es siempre beneficioso reclamar? En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

La fianza que el arrendatario debe entregar al arrendador puede servir para cubrir los costes de reparación por diferentes desperfectos. Sin embargo, esto no siempre es posible. En ese caso, existe la posibilidad de recurrir a la justicia. Para ello también será necesario recolectar una serie de pruebas y reclamar dentro de un tiempo razonable.

A continuación, te contamos cómo deben obrar arrendador y arrendatario respecto al cuidado de una vivienda arrendada. Luego, qué ocurre cuando, al finalizar el alquiler, se comprueba que hay daños en el piso. ¿Qué pasa cuando la fianza no es suficiente para cubrir los gastos? ¿Es siempre beneficioso iniciar acciones legales? ¿Es posible en todos los casos obtener el dinero necesario? ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles son los derechos y obligaciones respecto del cuidado de un piso en alquiler?

El arrendador tiene derecho a:

  • Solicitar una fianza y garantías adicionales que cubran los daños en el piso al finalizar el alquiler: la fianza y las garantías adicionales tienen como principal objetivo verificar el nivel de solvencia del inquilino, aunque también sirven para cubrirse ante eventuales daños. La primera de ellas es de carácter obligatorio al firmar el contrato, mientras que la solicitud de las segundas es opcional. Al finalizar el acuerdo, la fianza, que consta de una suma de dinero que no debe exceder las dos mensualidades de renta, debe ser devuelta al arrendatario. Sin embargo, si el arrendador comprueba que hubo daños en la vivienda puede no devolverla y utilizar ese monto para cubrir los costes de reparación.
  • Recibir el piso en condiciones al finalizar el alquiler: si bien parece evidente, se trata de uno de los principales derechos del arrendador. Una vez que finaliza el contrato de alquiler, debe recibir su vivienda en las mismas condiciones en las que la entregó. En caso de que esto no ocurra, podrá optar por diferentes vías de reclamo y, como mencionamos, podrá también retener la fianza que el arrendatario entregó al iniciar la relación.

Por su parte, el arrendatario tiene la obligación de cumplir con estas dos condiciones: entregar al arrendador la fianza y las garantías adicionales que le solicite al iniciar el alquiler y devolver la vivienda tal como la recibió.

¿Por qué tipo de daños en el piso es posible reclamar al finalizar el alquiler?

Antes de avanzar es importante aclarar qué tipo de daños en el piso al finalizar el alquiler habilitan al arrendador a retener la fianza o reclamar de otra manera. La responsabilidad sobre los desperfectos recaerá sobre el inquilino cuando pueda probarse que fue el culpable directo o indirecto del daño o que actuó con negligencia.

Incluso cuando los daños observados en la vivienda excedan el normal deterioro que corresponde a su uso cotidiano, también corresponderá al inquilino hacerse cargo, ya que se trata de desperfectos que se han producido por un uso anormal del inmueble.

Daños en el piso por los cuales el arrendador no puede reclamar al finalizar el alquiler

En cambio, existen determinadas situaciones en las cuales el arrendador no tiene derecho a retener la fianza para reparar daños ni reclamar por ellos. Se trata de los ocasionados por:

  • Falta de obras de conservación: es obligación del propietario realizar todas las reparaciones y obras de mantenimiento necesarias para garantizar las condiciones de habitabilidad de la vivienda. Por lo tanto, si los daños observados en el piso al finalizar el alquiler tienen que ver con una falta de ellas, no podrá responsabilizar por ello al inquilino.
  • Pequeños daños ocasionados por un uso normal de la vivienda: el arrendador también tiene la obligación de reparar aquellos daños que tengan que ver con un uso normal de la vivienda al finalizar el contrato. Este tipo de desperfectos solo serán responsabilidad del arrendatario dentro del tiempo de duración del acuerdo de alquiler.

¿Cómo proceder cuando se observan daños en el piso al finalizar el alquiler?

Si bien es posible que el arrendador observe daños o desperfectos dentro del tiempo de duración del contrato de alquiler, lo más probable es que los compruebe el día de la entrega de llaves. A continuación veremos en qué consiste esta instancia y qué posibilidades tiene el propietario ante este escenario.

Firmar un documento al finalizar el alquiler en donde el arrendatario reconozca los daños ocasionados en el piso

Cuando el tiempo del contrato y sus correspondientes prórrogas finaliza, el arrendador y el arrendatario firman, idealmente, un documento de finalización del alquiler en donde ambos especifican:

  • Que el arrendatario devuelve las llaves al arrendador y este las acepta.
  • Si el arrendatario debe o no algún monto de dinero al arrendador.
  • Si el arrendador ha observado daños y desperfectos en la vivienda que puedan atribuirse a la acción o inacción del inquilino.
  • Teniendo en cuenta los dos puntos anteriores, si el arrendador devuelve la fianza o no al arrendatario.

Con la firma de este documento, el propietario se asegura la recepción de las llaves y la recuperación de su vivienda de manera fehaciente. Este procedimiento también le permitirá reclamar de manera legítima por los daños que haya observado, ya que el inquilino, al firmar este documento, los estará reconociendo.

¿Qué ocurre cuando el arrendatario se niega a firmar?

Ahora bien, la realidad es que esta situación no es muy frecuente. Por lo general, ningún arrendatario firma un documento en el que acepte que ocasionó un deterioro intencional a la vivienda. En ese caso, será necesario intentar que, como mínimo, firme que ha entregado las llaves al arrendador. 

De no lograr esto, lo mejor será iniciar un proceso de desahucio ante la justicia, ya que, tomar las llaves sin la existencia de ningún documento o testigo, puede significar consecuencias más graves.

No obstante, supongamos que el inquilino accede a firmar este documento. ¿Qué posibilidades tiene el propietario para cubrirse ante los daños y desperfectos ocasionados?

Retener la fianza

Como mencionamos al principio, una de las principales funciones de la fianza es la de cubrir los costes de un eventual daño en la vivienda arrendada. En caso de que, al cumplirse el tiempo del contrato, el propietario y el inquilino firmen un documento de finalización de alquiler en donde quede expreso que hay desperfectos que son responsabilidad del arrendatario, la fianza vuelve a entrar en escena.

Si el arrendador observa daños en la vivienda o en determinados bienes que la componen puede optar por utilizar el monto de la fianza para repararlos en vez de devolverla al inquilino. En muchas ocasiones esta suma de dinero es suficiente para hacer frente a los costes de los arreglos, pero ¿qué ocurre cuando el dinero de la fianza no alcanza para reparar los daños?

Reclamar por vía legal

Cuando el monto de la fianza es insuficiente para reparar los daños que son responsabilidad del inquilino, el propietario debe dirigirse al juzgado correspondiente al domicilio de la vivienda arrendada e iniciar acciones legales.

En este sentido, el arrendador está amparado por los artículos 1.555 y 1.556 del Código Civil para realizar este tipo de solicitud, ya que los mismos indican que el arrendatario debe cuidar el inmueble alquilado con la diligencia necesaria y que si no actúa con la diligencia suficiente, el arrendador podrá reclamar por los perjuicios ocasionados.

¿Cómo probar los daños en el piso al finalizar el alquiler?

Cabe aclarar que es el arrendador quien siempre debe probar la existencia de los daños ocasionados en el piso al finalizar el alquiler y la responsabilidad o culpabilidad del arrendatario. De esta manera, según lo dispuesto por el artículo 217.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), deberá encargarse de buscar y presentar ante el juez las pruebas suficientes para demostrar que los desperfectos son reales y fueron producidos por acción u omisión del inquilino.

Para asegurarse de tener las pruebas suficientes al momento de reclamar judicialmente, es recomendable proceder de la siguiente manera:

  • Acudir al acto de entrega de llaves con uno o dos testigos, preferentemente imparciales, que puedan observar si se ocasionaron daños a la vivienda. Estos pueden ser, por ejemplo, el portero del bloque o el presidente de la comunidad de vecinos.
  • Acudir al acto de entrega de llaves con un notario, especialmente si ya se prevé que van a haber daños en la vivienda. De no ser posible asistir con este profesional dicho día, debe ocurrir lo más pronto que se pueda. Su tarea será la de labrar un Acta Presencial que de fe del estado en que se encuentra el inmueble. También es conveniente realizar en este momento un reportaje fotográfico. De no ser posible, como mínimo deberán tomarse fotos de aquellos desperfectos más grandes o evidentes.
  • Valorar los daños en la vivienda a través de un perito.

Una vez que se han tomado todas estas precauciones y se han recolectado las pruebas suficientes, el arrendador podrá reclamar judicialmente por la reparación de los daños ocasionados en la vivienda. 

¿De qué se trata el nexo causal?

Es importante mencionar que el arrendador no solo deberá poder probar la existencia de los daños, sino también el llamado nexo causal. ¿En qué consiste? 

El nexo causal es aquella relación entre el daño ocasionado a la vivienda y el tiempo transcurrido. De esta manera, la justicia podrá constatar, cuando el arrendador reclame antes del mes o los dos meses siguientes a la finalización de un contrato de alquiler, que los desperfectos fueron ocasionados por el arrendatario saliente y no por otra persona.

Es decir, que si el propietario tarda demasiado tiempo en realizar este reclamo por vía judicial, el nexo causal ya no será tan evidente y será más complicado demostrar la culpabilidad del inquilino. Será importante, en caso de haber tomado la decisión de iniciar acciones legales, hacerlo lo más antes posible.

¿Es posible recuperar el coste económico por los daños en el piso al finalizar el alquiler?

Como hemos visto, no siempre la fianza logra cubrir los costes de los daños ocasionados en un piso al finalizar el alquiler. Es allí cuando el propietario debe recurrir a iniciar acciones legales. Ahora bien, ¿es siempre posible obtener el dinero necesario para realizar las reparaciones correspondientes luego de acudir a la vía judicial?

No siempre. Todo dependerá del nivel de solvencia que posea el inquilino. De esta manera, una vez efectuada la reclamación por daños en una vivienda arrendada, el juez no obligará al inquilino a pagar por el coste de reparación de los daños, sino que lo condenará a ello, que no significa lo mismo.

Ante una condena de este tipo, la justicia no tiene la potestad de obligar a pagar al arrendatario si el mismo no posee el dinero suficiente o bienes embargables que permitan cubrir los gastos. Por lo tanto, nunca una sentencia de un juez, aunque sea a favor del arrendador, garantizará el cobro de los costes de reparación de los daños ocasionados en una vivienda arrendada.

¿Qué significa esto? Que será necesario evaluar cuándo iniciar acciones legales y cuándo no. Proveerse y recolectar las pruebas necesarias para demostrar los desperfectos supone un gran coste para el arrendador. Si no existe la seguridad de que el arrendatario pueda luego hacer frente a la condena del juez, tal vez lo mejor sea no reclamar por vía judicial, ya que puede implicar una pérdida mucho mayor.

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Existen muchos alquileres en los cuales prima la confianza entre arrendador y arrendatario por sobre otras cosas. Si bien no es recomendable, puede ocurrir que en estas ocasiones ambos elijan no firmar un contrato por escrito. Sin embargo, se trata de una opción que puede traer varios inconvenientes en el futuro, debido a la dificultad o, incluso, la imposibilidad de demostrar que este acuerdo existe. ¿Es legal este tipo de arrendamiento? ¿Qué precauciones deben tomar el propietario y el inquilino al alquilar un piso sin un contrato escrito de por medio? En este artículo te lo contamos.

Alquilar un bien inmueble sin firmar un contrato de arrendamiento está dentro de las posibilidades. Sin embargo, ¿es lo mejor? La realidad es que tanto el propietario como el inquilino deberán tomar mayores precauciones que en otros casos. En primer lugar, lo más importante será que ambos puedan demostrar que este acuerdo existe, en caso de que más adelante se genere algún conflicto que termine en la justicia. Luego, la realidad es que existen algunos beneficios en este tipo de arrendamiento, pero no para todas las partes.

A continuación, te contamos cómo está enmarcado por la ley, alquilar un piso sin contrato por escrito y qué medidas deben tomar ambas partes implicadas para resguardarse ante eventualidades. ¡Sigue leyendo!

¿Es legal alquilar un piso sin contrato escrito de por medio?

Alquilar un piso de palabra, sin que el propietario y el arrendatario firmen un contrato de alquiler, es perfectamente legal. Sin embargo, no es para nada recomendable, ya que, la dificultad para demostrar que este acuerdo existe puede traer varios dolores de cabeza y problemas a largo plazo.

En primer lugar, es importante saber que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España, prevé este tipo de situaciones. La misma establece que la duración de un contrato verbal de arrendamiento es de un año. Luego de cumplido este plazo, el inquilino puede elegir acceder a una prórroga anual por, al menos, cinco años.

Por eso, en el siguiente apartado te informaremos cuáles son las precauciones que deben tomar, tanto el arrendador como el arrendatario, para este tipo de arrendamiento.

¿Qué precauciones debe tener el arrendador al alquilar su piso sin firmar un contrato?

Cómo puede demostrar el arrendador que está alquilando su inmueble cuando no hay contrato

Lo más importante para el propietario, cuando alquila su piso sin contrato, es que pueda demostrar que el acuerdo existe para resguardarse ante posibles conflictos legales. 

Para poder exponer la existencia de este arrendamiento, sólo hace falta un elemento: el recibo de pago de la renta por parte del inquilino. Por esta razón, es importante que el arrendador exija a la otra parte que abone las mensualidades por transferencia o ingreso en su cuenta bancaria.

¿Qué ocurre si el arrendador no puede demostrar que está alquilando su inmueble?

Si el propietario percibe la renta en efectivo y no puede hacerse de un recibo mes a mes para demostrar la existencia de un acuerdo no podrá, por ejemplo:

  • Demostrar la existencia del contrato de alquiler verbal.
  • Aumentar el monto de la renta al inquilino.
  • Acceder a la exención por alquiler en la declaración de la renta. Esta sería del 100% si el inquilino es menor de 30 años y del 60% si es mayor de 35.

A su vez, el hecho de que el inquilino incluya el alquiler en su declaración de la renta y él no, puede significar futuros conflictos con el Ministerio de Hacienda. Lo más probable es que este organismo le solicite información al respecto, ya sea a través de una declaración paralela o por medio de una inspección.

Sin embargo, el problema más grande para el arrendador puede surgir en caso de que necesite iniciar una demanda de desahucio por falta de pago o que desee recuperar la vivienda para su uso. De esta manera, podemos afirmar que el propietario es, sin dudas, la parte que debe enfrentar más consecuencias en un alquiler sin contrato.

¿Qué precauciones debe tener el arrendatario al alquilar un piso sin firmar un contrato?

Cómo puede demostrar el arrendatario que está alquilando un inmueble cuando no hay contrato

Para el inquilino también es importante poder demostrar que está alquilando una vivienda, aunque no haya un contrato escrito de por medio. El fin es el mismo, resguardarse ante posibles conflictos legales con el propietario.

Para ello también debe asegurarse de abonar todos los meses la renta a través de una transferencia o un ingreso bancario. Así podrá justificar, no sólo la existencia del acuerdo, sino también que cumple con su obligación de pago.

¿Con qué beneficios cuenta el arrendatario al alquilar un piso sin contrato? 

A diferencia del arrendador, que se lleva la peor parte en este tipo de acuerdos, el arrendatario cuenta con algunos beneficios al alquilar un piso sin contrato:

  • Si no existe un recibo que demuestre la existencia del alquiler, el arrendador no podrá aumentarle la renta mensual de alquiler.
  • Tiene derecho al uso y disfrute de la vivienda de forma pacífica, igual de la misma manera que si hubiera un contrato de alquiler por escrito.
  • Puede exigir al arrendador que realice las reparaciones necesarias para mantener las condiciones de habitabilidad del inmueble.
  • Al no existir un documento fehaciente por escrito, el plazo para resolver un conflicto con el arrendador es de seis meses. De esta manera, cuenta con un período de tiempo considerable para evitar un proceso judicial.
  • Como en cualquier alquiler de bienes inmuebles firmado por escrito, cuenta con derecho de adquisición preferente en caso de que el propietario decida vender el piso.

¿Qué desventajas tiene el arrendatario al alquilar un piso sin contrato?

Sin embargo, no todas son ventajas para el inquilino en este tipo de acuerdos. El hecho de que no haya un contrato firmado por escrito no le permitirá deducir el alquiler de la vivienda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Además, en caso de que el propietario inicie un proceso judicial en su contra, deberá sí o sí acreditar en su defensa justificantes de pago de la renta o, de no contar con ellos, registros de alta en compañías que ofrezcan el suministro de servicios básicos, como agua o luz.

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Cada vez son más frecuentes los casos en los que el pleno dominio sobre una vivienda se divide en nuda propiedad y usufructo. Frente a esta situación, muchas personas que desean alquilar para obtener un ingreso adicional se hacen muchas preguntas. ¿Qué ocurre cuando sólo gozan del uso y disfrute de la propiedad pero no poseen el pleno dominio sobre ella? ¿Es posible para un usufructuario alquilar la vivienda que habita? En este artículo te lo contamos.

El usufructo es una figura que implica una gran cantidad de beneficios para quien goza de ella. No obstante, también le corresponden una serie de obligaciones. Por otro lado, la mayoría de las acciones que quiera realizar respecto al inmueble que habita deberán contar con el previo consentimiento del nudo propietario. Ahora bien, ¿qué ocurre en caso de que esta persona desee alquilar el inmueble a un tercero? ¿A qué condiciones está sujeto el alquiler cuando proviene de un usufructuario?

A continuación te contamos en qué consisten las figuras de usufructuario y nudo propietario. Luego veremos si es posible para un usufructuario alquilar la vivienda que habita y cuáles son las obligaciones que debe cumplir en estos casos. Por último explicaremos qué ocurre con los alquileres de este tipo cuando fallece el usufructuario. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consiste la figura del usufructuario en contraposición con la de nudo propietario?

Para explicar de qué se tratan estas dos figuras primero es necesario hablar del pleno dominio o plena propiedad. Se denomina así a aquella situación en la que una persona tiene el derecho de titularidad de un bien y también el derecho a utilizarlo. Este pleno dominio se divide en:

  • Nuda propiedad: se trata del derecho de titularidad que una persona, llamada nudo propietario, posee sobre un bien, sólo que con la limitación de no poder gozar o disfrutar de él.
  • Usufructo: es el derecho de goce, uso y disfrute que una persona, llamada usufructuario, tiene sobre un bien sin ser el titular del mismo.

De esta manera, la nuda propiedad y el usufructo son derechos diferentes pero complementarios que recaen sobre un mismo bien. La plena propiedad, que ya describimos previamente, se da cuando una misma persona posee tanto la nuda propiedad como el usufructo.

¿Es legal que un usufructuario alquile la vivienda de la que está haciendo uso?

Los casos más comunes en los que el pleno dominio se divide en nuda propiedad y usufructo se dan cuando:

  • Una persona fallece y sus hijos se convierten en propietarios de su inmueble. No obstante, el cónyuge del fallecido continúa residiendo allí de manera temporal o vitalicia. Aquí los herederos se convierten en nudos propietarios y el cónyuge en usufructuario.
  • Una persona, probablemente mayor, vende su propiedad porque quiere o necesita liquidez, sin embargo continúa residiendo en ella de manera vitalicia. Aquí el comprador, que seguramente adquirió la vivienda como inversión, se convierte en nudo propietario. El vendedor, por su parte, se convierte en usufructuario.

En ambos casos descritos pueden surgir dudas respecto al destino que se le puede dar al inmueble en cuestión. Por ejemplo, si la intención es vender el pleno dominio será necesario contar con el consenso de todas las partes. En cambio, en el caso del alquiler, es el usufructuario quien ostenta de forma exclusiva el derecho de uso y disfrute de la vivienda. Por lo tanto, también es el único que posee la facultad para arrendarlo y percibir las rentas provenientes del alquiler. 

En este sentido podemos concluir que sí, es totalmente legal para un usufructuario alquilar la vivienda de la que está haciendo uso. No ocurre lo mismo con el nudo propietario.

¿De qué debe hacerse cargo el usufructuario al alquilar la vivienda que habita?

Ahora bien, en todo alquiler de bienes inmuebles al propietario le corresponden ciertas obligaciones. ¿Qué ocurre con ellas cuando el pleno dominio se encuentra dividido en nuda propiedad y usufructo?

En primer lugar, las reparaciones ordinarias que la vivienda necesite, es decir, aquellas relacionadas con los deterioros o desperfectos derivados de su uso y que sean necesarias para su conservación, serán responsabilidad del usufructuario. Por el contrario, las reparaciones extraordinarias correrán por cuenta del nudo propietario. 

En cuanto a los gastos de la comunidad, según lo establecido por la Ley de Propiedad Horizontal, es el nudo propietario quien debe afrontarlos. Sin embargo se trata de un criterio que ha sido jurisprudencialmente refrendado. El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), por su parte, es una obligación del usufructuario según lo que determina la Ley de Haciendas Locales

De todas maneras, es importante aclarar que el inquilino puede llegar a asumir el pago de la mayoría de estos gastos e impuestos si así se lo pacta en el contrato.

¿Qué ocurre con el alquiler de la vivienda si fallece el usufructuario?

El alquiler de bienes inmuebles por parte de usufructuarios trae consigo una gran desventaja. Se trata de que, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), cuando esta persona muere el contrato de alquiler finaliza. Así lo determina su artículo 13.2:

Los arrendamientos otorgados por usufructuario, superficiario y cuantos tengan un análogo derecho de goce sobre el inmueble, se extinguirán al término del derecho del arrendador, además de por las demás causas de extinción que resulten de lo dispuesto en la presente ley.

Por lo tanto, si se produce el fallecimiento del usufructuario, el nudo propietario tiene derecho a exigir al inquilino la entrega de la vivienda.

Sin embargo, es importante señalar que si no lo hace dentro de los quince días luego del fallecimiento, el contrato se prorroga automáticamente por tácita reconducción. Por esta razón es de suma importancia que el nudo propietario envíe un burofax al inquilino antes de que se cumpla este plazo para notificarle que debe desalojar el inmueble. Si no lo hace perderá su derecho a interponer una demanda de desahucio por finalización de contrato.

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Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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A la hora de firmar un contrato por el alquiler de una vivienda el propietario tiene derecho a exigir garantías extra, además de la fianza, para cubrirse ante un eventual impago de la renta. El inquilino, por su parte, debe encargarse de aportarlas si el inmueble es de su interés. Una de estas garantías es el aval bancario, que puede exigirse en otras circunstancias, aunque la más usual sea el alquiler. ¿De qué se trata? ¿Qué pasos debe seguir el inquilino para obtenerlo? ¿Cómo actúa cuando se produce un incumplimiento en el pago de la renta? En este artículo te lo contamos.

El aval bancario, es una de las garantías más utilizadas en el alquiler de vivienda, puede ser muy útil para un propietario a fines de asegurarse que percibirá el pago de la renta correspondiente hasta que finalice el contrato. Por otro lado, puede ser de ayuda para el mismo inquilino en caso de que a lo largo del arrendamiento le surja algún imprevisto que le impida cumplir con dicha obligación. Sin embargo, el acceso a esta garantía se establece de acuerdo a una serie de condiciones a las cuales el arrendatario debe prestar mucha atención.

A continuación te contamos en qué consiste el aval bancario en un alquiler de bienes inmuebles y cómo obtenerlo. Luego, veremos de qué manera actúa en caso de que finalmente se produzca un incumplimiento en el pago de la renta. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿De qué se trata el aval bancario en el alquiler de una vivienda?

El aval bancario es un contrato de afianzamiento o compromiso a través del cual una entidad bancaria garantiza a un tercero que su cliente cumplirá con la obligación de un pago. En el caso del alquiler de bienes inmuebles este pago en cuestión es, la renta que el inquilino debe abonar mensualmente.

Teniendo en cuenta lo anterior, son tres los actores que intervienen en el proceso de apertura de un aval bancario. En primer lugar, el banco que ejerce de avalista, luego, el inquilino avalado por esta entidad y, por último, el arrendador, que será el beneficiario de esta garantía en caso de que se produzca un incumplimiento por parte del arrendatario.

¿Qué tipos existen?

Existen dos tipos de aval y un preaval que los bancos ofrecen como garantía en los alquileres de vivienda:

Aval financiero

Se trata de un aval bancario a través del cual la entidad se compromete a cumplir con el pago de un determinado monto de dinero que el avalado no hizo. Es aquel que describimos anteriormente y del cual seguiremos hablando a lo largo de este artículo, ya que es el más común.

Aval técnico

En este caso, el banco responde ante otro tipo de incumplimientos, que no hacen referencia a un pago. Por lo general este tipo de compromisos están ligados a obligaciones ante la Administración Pública u otras entidades, concursos o licitaciones.

Preaval

Por último, existe para los inquilinos la opción de solicitar un preaval. Este consiste en que el banco se comprometa a pagar el aval definitivo en favor del beneficiario únicamente cuando se cumplan una serie de condiciones ya establecidas.

¿Cómo obtenerlo?

Para tramitar un aval bancario el inquilino debe acudir a la entidad financiera de la cual ya es cliente. Antes de otorgárselo, el banco se ocupará de estudiar su capacidad para cumplir con su obligación principal, que en este caso es la del pago del alquiler. Por otro lado, tendrá en cuenta las garantías que ya le concedió y su disponibilidad financiera en caso de que deba reintegrar el dinero del aval por un incumplimiento en el pago de la renta. El nivel de vinculación que el cliente tenga con el banco también es importante y de carácter decisivo en esta instancia. Si es baja, es decir, si se trata de la primera operación que realiza con esta entidad, es muy probable que no le brinde grandes garantías accesorias.

También es necesario en este momento que el inquilino formalice una Póliza de Cobertura de Garantía Bancaria ante un notario. En caso de que desee solicitar más de un aval, deberá ser una Póliza de Cobertura para Límite de Garantías Bancarias. Estas pólizas se encargan de regular las relaciones entre el banco y el cliente en relación con el pago de comisiones, intereses y gastos estipulados. También con el reembolso de cantidades que el banco haya pagado en caso de que se ejecute el aval.

¿Qué información básica debe figurar en él?

En el contrato de aval debe estar incluida la siguiente información básica:

  • Importe total del aval.
  • Plazo de duración y renovación.
  • Condición de poder ser cobrado por el arrendador en el primer requerimiento, siempre y cuando acredite el incumplimiento del pago por parte del arrendatario.

Es importante mencionar que el inquilino siempre debe asegurarse de que la existencia del aval bancario figure en el contrato de alquiler de la vivienda. También es importante que guarde el documento original del aval para poder cancelarlo cuando llegue el momento.

¿Cómo actúa el aval bancario en caso de que el inquilino deje de pagar la renta?

En caso de que el inquilino no cumpla con su obligación de abonar la renta mensualmente será el banco quien realizará el pago correspondiente al arrendador. No obstante, luego le solicitará al cliente que le reintegre la cantidad de dinero entregada. 

Para evitar riesgos y contar con garantías suficientes, la entidad podrá cubrirse mediante la pignoración de dinero. ¿De qué se trata? Consiste en solicitar al inquilino que deje la cantidad acordada en una cuenta, de cuyos fondos no puede disponer hasta el vencimiento del aval. Usualmente, en el caso de un alquiler de vivienda, el cliente debe pignorar entre tres y seis mensualidades de renta.

También es importante mencionar que un aval bancario conlleva el pago de comisiones que se calculan sobre el total de su importe. Estas son cobradas por el banco en función del plazo, el tipo y el riesgo de la operación, sobre lo cual es importante informarse previamente.

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Las mascotas son un integrante más de la familia y parte importante de nuestras vidas. Sin embargo, en el alquiler de viviendas suelen representar un conflicto entre propietarios e inquilinos. ¿Es posible para un arrendador prohibir la inclusión de animales en su inmueble? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Qué ocurre cuando las mascotas están permitidas pero ocasionan molestias o destrozos? ¿Es beneficioso o perjudicial para los propietarios admitirlas en sus inmuebles arrendados? A continuación, te contamos todo lo que debes tener en cuenta sobre la problemática de las mascotas al alquilar un piso, ya seas propietario o inquilino.

A la hora de alquilar una vivienda, los amantes de los animales cuentan con más dificultades, quizás, que otras personas para hallar sitio para vivir. Encontrar un piso en donde el arrendador admita la tenencia de mascotas puede ser una tarea difícil. Por otro lado, los propietarios que alquilan sus inmuebles suelen manifestar algunos miedos respecto a este asunto. ¿Qué tal si el animal provoca destrozos en mi piso? ¿Qué ocurre si molesta al resto de los vecinos de la comunidad? Por estas razones y más es que muchos suelen incluir en sus contratos de alquiler una cláusula específica en donde prohíben la admisión de mascotas en la vivienda. ¿Cómo conciliar estas dos posiciones?

En el siguiente post, te contamos qué dice la ley respecto a esta problemática, cuáles son los conflictos más comunes con mascotas al alquilar un piso y qué es lo más conveniente para propietarios e inquilinos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué dice la ley respecto a la prohibición o no de mascotas en un piso en alquiler?

La realidad es que ninguna normativa prohíbe expresamente la tenencia de mascotas en una vivienda de alquiler. Es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) aquella que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España y no hace mención a este asunto. Sin embargo, sí indica en su artículo 4.2 que:

Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados.

De esta manera, todos los propietarios de bienes inmuebles en alquiler tienen derecho a no admitir mascotas en ellos, siempre y cuando lo especifiquen previamente en el contrato. De lo contrario, si no hay una cláusula que lo prohíba, todos los inquilinos tendrán derecho a convivir con animales en el piso alquilado.

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando el contrato expresa que no se admiten mascotas en el piso, pero el inquilino no cumple? ¿Qué pasa cuando sí están permitidas pero causan perjuicios a la propiedad o a terceros? Descubre las respuestas a estas inquietudes, en el siguiente apartado.

¿Cuáles son las problemáticas más frecuentes respecto a la inclusión de mascotas al alquilar un piso?

Un propietario puede, entonces, optar por permitir animales en el inmueble que alquila o por prohibir su tenencia. Sin embargo, en ambos casos pueden surgir conflictos con el inquilino. ¿Cuáles son los problemas más frecuentes?

  • Que el propietario especifique en el contrato de alquiler la prohibición de mascotas en el piso pero que el inquilino igualmente las incluya en él.
  • Que el propietario sí admita mascotas en el piso, ya que no especifica su prohibición en el contrato de alquiler, pero que estas causen molestias a terceros o daños en la propiedad.

Veamos cómo se debe actuar según la ley en cada uno de estos casos.

¿Qué ocurre si el contrato de alquiler especifica la prohibición de animales pero el inquilino las incluye?

Como mencionamos, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) otorga a propietarios e inquilinos la libertad para acordar en el contrato las condiciones bajo las cuales se llevará adelante el arrendamiento. En este sentido, en el artículo 27.1, también establece que todas las cláusulas que figuren en el documento son terminantemente obligatorias para ambas partes. De esta manera, si alguna de ellas incumple con el contrato, la otra tiene derecho a darlo por finalizado.

Por esta razón, si el arrendatario convive con animales en la vivienda alquilada, mientras que en el contrato se estableció que no estaba permitido, el arrendador podrá solicitar su abandono o desalojo de la propiedad.

¿Qué ocurre si el propietario admite animales pero estas causan molestias a terceros o daños en la propiedad?

Otro escenario posible es que en el contrato firmado, sí se establezca la posibilidad de que el arrendatario conviva con mascotas en el piso alquilado. Sin embargo, puede ocurrir que luego los animales causen, por ejemplo, problemas a la comunidad de vecinos o destrozos en la misma vivienda arrendada. En estos casos, también es posible para el propietario rescindir el contrato, ya que el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) indica que:

El arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por la realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.

En la práctica, ¿suelen representar las mascotas un gran problema para los propietarios que alquilan su piso?

No existen indicios de que, al permitir mascotas en su vivienda alquilada, los propietarios sufran grandes perjuicios. De hecho, según datos recogidos por la Comunidad de Madrid, las reclamaciones de arrendadores que admiten animales en sus inmuebles son muy bajas: sólo representan un 0,01% de las denuncias.

Teniendo esto en cuenta, es conveniente para los propietarios estudiar cada caso en particular y pactar las cláusulas pertinentes en cada contrato de alquiler. De esta manera, tanto él como el inquilino estarán protegidos ante cualquier conflicto que surja y el acuerdo se llevará adelante en mejores términos.

¿Es conveniente para los propietarios admitir mascotas al alquilar su piso?

Para los propietarios que alquilan sus inmuebles, permitir a los inquilinos convivir con sus mascotas puede ser muy ventajoso. ¿Por qué? A la mayoría de los arrendatarios les cuesta encontrar pisos en donde se permite la inclusión de animales. De esta manera, al ofrecer este beneficio, es probable que más personas se interesen rápidamente en la vivienda. También es factible que esto le asegure al arrendatario conseguir un alquiler de larga duración y posicionarse en un nicho específico del mercado inmobiliario.

¿Estás pensando en alquilar tu propiedad? ¿Buscas una vivienda para arrendar? ¿Quieres alquilar un piso con tu mascota? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en comunicarte con nosotros!

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¿Quieres alquilar un piso y no sabes cuáles son las alternativas que existen? Has llegado al lugar indicado para resolver esta cuestión. Es muy probable que te encuentres investigando todas las opciones que existen en diferentes sitios, pero hoy hablaremos acerca de una forma de arrendamiento que no suele ser la más popular: el contrato de alquiler por temporada. Si quieres conocer mayor información sobre el tema, te invitamos a leer el siguiente apartado.

¿Qué es el contrato de alquiler por temporada y para qué sirve?

El contrato de alquiler por temporada es aquel que permite que el inquilino pueda disfrutar de una vivienda durante un periodo determinado durante el año. En este caso, la vivienda no tiene el carácter habitual. Está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) 29/1994, en su art. 3, apartado. 2, pero aquí su disposición será de “uso distinto al de vivienda”, cuya regulación aprecia el Título III. La mayor ventaja respecto a la vivienda es que se rige por la voluntad de ambas partes. Desde allí es que se forma la duración que tendrá el contrato y no existe un plazo mínimo.

Este es el caso del arrendamiento de una vivienda por temporada escolar, verano o traslado laboral. Aquí no se ofrecen servicios complementarios de hostelería como recepción, limpieza. etc. Tampoco se encuentra canalizado en plataformas turísticas de alquiler. Es por ello, que si se dieran estos requisitos, estaríamos ante un apartamento turístico, donde su regulación depende de cada Comunidad Autónoma y no del LAU.

Solamente es un modelo de contrato para alquilar la vivienda de forma exclusiva como alojamiento durante una temporada. Por lo tanto, se constata que el inmueble no puede establecerse como una vivienda habitual ni permanente del inquilino ni de ninguno de sus ocupantes. El arrendamiento sólo será temporal por diversos motivos: laborales, turísticos, académicos, entre otros.

Contrato temporal de arrendamiento

La duración del contrato por temporada

En la duración del contrato debe quedar constancia de la fecha de su entrada en vigor y también de la terminación del contrato. Una vez que transcurra ese lapso de tiempo, el contrato quedará automáticamente resuelto, sin la necesidad de que haya un aviso ni un requerimiento previo.

Dentro de este tipo de contratos también hay que incluir una garantía de pago. Concretamente una garantía arrendaticia que equivale a dos periodos de renta en concepto de fianza legal, según lo establecido en el artículo 36 de la LAU. El Propietario tendrá que depositar la fianza en el organismo u oficina pública correspondiente a la Comunidad Autónoma en la que se encuentra el Inmueble. El importe de la fianza servirá para cubrir desperfectos o daños en la vivienda, además de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume el inquilino.

Servicios y gastos

De los gastos y servicios relacionados con el inmueble se pueden encargar o bien el inquilino o bien el propietario. Así como lo son la luz, el gas, el agua, el teléfono o internet. Todo dependerá del tipo de estancia del inquilino. Incluso, ambas partes pueden acordar el cambio de titularidad de los suministros.

En cuanto a los gastos de la comunidad y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), es el propietario quién tendrá que afrontar el pago. La famosa tasa de basuras y la tasa por paso de carruajes la puede pagar tanto el propietario como el arrendatario. En el contrato se deberá acordar quién asumirá aquel pago.

¿Qué ocurre con los gastos de reparación y conservación?

El propietario está obligado a hacer las reparaciones necesarias para que la vivienda esté en las condiciones de uso establecido. Aquí se exceptúan aquellas que derivan de la negligencia, culpa o al deterioro ocasionado por el uso ordinario del Inmueble por parte del Inquilino. Éste último es el único responsable de los daños ocasionados como consecuencia del uso normal de la vivienda. De esta manera, el inquilino deberá realizar todas aquellas reparaciones necesarias para el mantenimiento y correcto funcionamiento de los electrodomésticos y/o muebles del Inmueble. Solo en el caso de que los desperfectos hayan sido ocasionados por el inquilino o sus ocupantes. No importa si es por un uso negligente o por el desgaste derivado del uso habitual y diligente de dichos elementos, es responsabilidad del inquilino.

En caso de realizar obras en el inmueble, el propietario puede autorizar o prohibir la construcción de las mismas en su vivienda. Si el propietario prohíbe obras o mejoras en su casa, el inquilino deberá pedir consentimiento por escrito para:

  • La instalación de cualquier mueble, electrodoméstico o aparato de aire acondicionado adherido al Inmueble.
  • La realización de cualquier tipo de alteraciones en las paredes, azulejos y baldosas del Inmueble. Particularmente, cualquier tipo de ranuras u orificios ya sea con herramientas mecánicas o de forma manual.

Causas por las que termina un contrato por temporada

Algunas de las causas por las que se termina el contrato de arrendamiento de temporada son:

  1. La falta de pago de la renta o, en su debido caso, de la falta de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al Inquilino.
  2. La falta de pago del importe de la fianza.
  3. Cuando en el Inmueble se realicen actividades molestas, ya sean, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
  4. El subarriendo, en caso de no producirse en las circunstancias previstas en el presente Contrato.
  5. La realización de daños causados dolosamente en el Inmueble. Sobre todo cuando hay obras no consentidas por el Propietario, ya que el consentimiento de éste es necesario.

Esperamos que este post sobre el modelo de contrato de alquiler por temporada, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

Si estás pensando en alquilar o vender tu propiedad o buscas un lugar para arrendar, con Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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El 2023 se presenta con un panorama diferente al experimentado en años anteriores, lo que sucede es que el mercado inmobiliario está cambiando y los intereses de las personas se hacen notar. Esto ha provocado una modificación impensada, como lo es la disminución en las compraventas de viviendas. Sin lugar a dudas, esta situación ha permitido el resurgimiento del arrendamiento, donde se observa que crece la demanda de alquiler. Si quieres obtener más información sobre el tema, te invitamos a leer el siguiente post.

Si algo caracterizó al 2022 en materia inmobiliaria fue el boom en la compraventa de viviendas, pero esta situación parece haber llegado a su fin en los primeros días de este nuevo año. Aunque, el arrendamiento no está siendo una opción viable para los propietarios de pisos, ya que el Real Decreto-ley 11/2022 ha provocado graves problemas económicos, al impedir aumentos en las actualizaciones que superen el 2%; lo que se está observando es que crece la demanda de alquiler.

Este crecimiento de los interesados en arrendar viviendas, se debe a los altos precios de las propiedades que se encuentran en venta y la imposibilidad de que muchos puedan cumplir este deseo. Sin embargo, la opción de alquilar siempre es buena, pero la oferta no crece del mismo modo que lo hace la demanda y genera muchas preocupaciones para los futuros inquilinos. Si quieres descubrir las últimas novedades sobre esta cuestión. ¡Sigue leyendo!

Un 2023 diferente para el mercado inmobiliario: Crece la demanda de alquiler

Si bien, el arrendamiento y la compraventa suelen tener números parecidos en lo que respecta a sus interesados, en los últimos tiempos, quien se colocaba en una posición superior era la compraventa. Pero este año la situación parece haber cambiado y el alquiler va ganando terreno en el mercado inmobiliario.

¿Por qué se produce este cambio?

Aunque crece la demanda de alquiler, la comparación con los números que arroja la compraventa no son tan diferentes. Se calcula, de acuerdo a la información que brinda Fotocasa, que hay un 44% de interesados en comprar una propiedad, mientras que las personas que desean un piso para alquilar alcanzan al 46%.

¿Qué significan estos porcentajes?

Lo que permiten establecer estas cifras es que, después de mucho tiempo se ha llegado a una equiparación entre demanda de alquiler y compraventa. Crece la demanda de alquiler, pero el boom de la compraventa llega a su fin, proponiendo una estabilidad en el mercado inmobiliario. De este modo, se pueden evaluar distintas estrategias para que la demanda de estos dos sectores, no colapsen y consigan que cada interesado disponga de un sitio para vivir, ya sea comprándolo o arrendándolo.

¿Cuáles son los sitios en donde más crece la demanda de alquiler?

España es uno de los mejores países para vivir y cuenta con muchas opciones de alquiler en sus principales ciudades. Si bien, la compraventa es muy importante, el dato arrojado en los últimos meses acerca del crecimiento de la demanda de alquiler, ha logrado que futuros inquilinos pongan sus ojos en Andalucía y la Comunidad Valenciana.

¿Qué tipo de propietarios son los que se observan en estas zonas?

Cuando al principio del post hablábamos sobre la prohibición de realizar actualizaciones de renta por más del 2%, se hacía referencia a los propietarios que disponían de muchas viviendas para alquilar. Sin embargo, los pequeños propietarios o particulares, no atravesaron por esta situación y lograron aumentar la demanda de los pisos, sin sufrir tantos problemas económicos.

La participación de este tipo de propietarios está logrando buenos resultados, es del 19 y 21%. Esto consigue que la demanda sea muy alta por estas zonas. Además, permite disponer de una oferta satisfactoria para los interesados, por lo cual es posible arrendar en Andalucía y la Comunidad Valenciana.

¿Cuáles son las zonas en dónde se observan menos ofertas de propiedades en alquiler?

Crece la demanda de alquiler, pero la oferta se hace cada vez menor y provoca un desajuste preocupante para los inquilinos. En Cataluña y Madrid, la situación no es la mejor para disponer de un piso en alquiler, quienes quieran hacerlo deberán realizar una búsqueda muy amplia.

La participación de los propietarios en el arrendamiento es, de tan solo el 16% en estas zonas. Mientras la compraventa disminuye y la demanda de viviendas en alquiler aumenta, la oferta no deja de bajar y puede llegar a convertirse en un gran problema con el paso de los meses.

Crece la demanda de alquiler¿Cuáles son las consecuencias?

Los más jóvenes suelen recurrir al arrendamiento para disponer de un sitio para vivir, pero esta opción se está convirtiendo en un gran desafío. Crece la demanda de alquiler y la oferta no se corresponde con este requerimiento, cada vez, son menos las opciones para arrendar y el mundo de los alquileres atraviesa una gran incertidumbre.

Quienes poseen propiedades a su nombre, no están encontrando en el arrendamiento una posibilidad para obtener buenas ganancias. Como la oferta es escasa, las rentas son elevadas y muchos interesados en pisos de alquiler dejan de pagar estas sumas con el paso de los meses y se transforman en inquilinos morosos.

Esto provoca que miles de caseros decidan tener sus pisos vacíos, pero sin inconvenientes a largo plazo. Si no se encuentra una solución a esta problemática, la demanda del alquiler seguirá aumentando y la oferta se hará cada día más pequeña. Aunque, el crecimiento de la demanda puede ser una buena noticia, la poca oferta que existe de viviendas en alquiler genera muchos desajustes y esto puede ser muy complicado para los inquilinos, que se ven obligados a permanecer en pisos compartidos.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Si quieres obtener la mejor información sobre el mercado inmobiliario, has llegado al sitio ideal. En esta ocasión, hablaremos acerca de uno de los temas más importantes para cualquier persona que desee convertirse en inquilino. Si quieres conocer las últimas novedades sobre el contrato de alquiler en 2023, solo tienes que leer el siguiente post.

Comprar una vivienda puede convertirse en una opción muy lejana para algunas personas, pero alquilar una propiedad es la mejor alternativa. Sin embargo, los inquilinos no suelen conocer con exactitud las cláusulas que los dueños de viviendas incorporan en el contrato de alquiler. Para evitar confusiones e inconvenientes que pudieran desatarse, te brindaremos la información que necesitas conocer sobre el tema.

Un nuevo año ha comenzado y es muy importante que las personas que se conviertan en arrendatarios descubran las últimas novedades sobre el contrato de alquiler en 2023. Si te encuentras en el momento de tomar una decisión tan importante como lo es alquilar, necesitarás de toda la información que exista sobre la temática. Así que presta atención y conoce todo lo que debes saber, acerca del mundo de los arrendamientos. ¡Sigue leyendo!

Contrato de alquiler: Descubre cuáles son las obligaciones del inquilino

Cuando una persona toma la decisión de encontrar su casa soñada, se topa con muchos inconvenientes y el principal, es su precio. Por eso, alquilar es la mejor opción de todas, pero el inquilino debe conocer cuáles son sus obligaciones como tal y que se detallan en el contrato de alquiler en 2023.

La ley de Arrendamientos Urbanos: Un aspecto central para los inquilinos

La ley de arrendamientos urbanos establece qué, es lo que le corresponde cumplir al arrendador y qué, al arrendatario. Aunque, se puedan pactar algunas cláusulas por fuera de lo que se indica en el acuerdo escrito, es mejor conocer con lujo de detalle qué es lo que figura en los artículos de la LAU. Esto permitirá evitar conflictos que pudieran desarrollarse con el tiempo y conocer qué es lo que deben realizar, cada una de las partes que intervienen en un arrendamiento.

El inquilino debe saber que tendrá que cumplir con la obligación de permanecer por un mínimo de seis meses en la vivienda que alquiló. En caso contrario, deberá abonar el coste de las rentas que se comprometió a cumplir, en el contrato de alquiler esta es de las cláusulas más importantes y, por lo tanto, el arrendatario debe conocerlas.

Una de las cláusulas que no puede faltar: duración del contrato

El contrato de alquiler, debe incluir cuál es su duración para que el inquilino y el arrendador, conozcan con certeza cuando finaliza el mismo. Sin embargo, el arrendatario no debe preocuparse si desea continuar viviendo en esa propiedad, porque de acuerdo a lo que se establece en la LAU, tendrá un máximo de hasta 5 años para seguir viviendo allí.

Si en cambio, quien alquila no es una persona física y se trata de una empresa, tendrá hasta 7 años para seguir arrendando el lugar. También, se deben tener en cuenta las prórrogas en un contrato de alquiler, para que esta función no se cumpla alguna de las partes en cuestión: arrendador e inquilino, deben notificar sus deseos de no renovar.

Puede ocurrir que, el inquilino quiera seguir en esa vivienda y el arrendador decida ocuparla. Si esto sucede, deberá informar al arrendatario con al menos cuatro meses de anticipación; si el que desea no seguir es el inquilino tiene que avisar al dueño de la propiedad, con dos meses de antelación.

Actualización de renta: ¿Es obligatorio colocarlo en el contrato de alquiler?

Una de las cláusulas infaltables en el contrato de alquiler, son las que refieren a la actualización de renta. Aunque, suelen encontrarse en los contratos, no es obligatoria su implementación en los mismos. El IPC puede beneficiar al arrendatario y este, debe estar al tanto para que no se impongan cláusulas abusivas.

Sin embargo, El Real Decreto-ley 11/2022 ha modificado esta experiencia y ha permitido que muchos inquilinos no se vean afectados por la crisis económica que, está generando la guerra de Rusia con Ucrania. La prohibición de realizar actualizaciones que superen el 2%, ha sido muy beneficioso para los arrendatarios.

La fianza: Una de las cosas más importantes en un arrendamiento

Por otra parte, la fianza es un tema que se debe acordar con el inquilino, este último tiene la obligación de pagarla al arrendador. De esta manera, se cubrirán los gastos que pudieran establecerse en la vivienda, al momento de terminarse el contrato de alquiler y devolver la casa en el mismo estado en que fue entregada.

No obstante, el dinero que debe pagar el inquilino por la fianza no puede superar el coste de un mes de alquiler. En el momento en que se termina el contrato, este dinero debe ser devuelto al arrendatario sino cometió ningún desperfecto en la vivienda; si el arrendador no desea devolver el dinero, el arrendatario podrá iniciar una demanda para recuperarlo.

el desarrollo sostenible

Lectura recomendada: Fianza de alquiler

¿El inquilino puede realizar obras de arrendamiento en una vivienda alquilada?

Cuando una persona decide alquilar su vivienda, establece qué es lo que se podrá realizar en la propiedad o no, esto queda estipulado a través del contrato de alquiler. Es por este motivo que, el inquilino podrá realizar obras de arrendamiento, si primero se indica la posibilidad de hacerlas en el contrato de alquiler.

En el caso de que las obras que se desean realizar, fueran para ayudar a alguien que tenga problemas de discapacidad y, si se habla con el arrendador sobre el asunto se podrían realizar. Sin embargo, una vez que se terminara el contrato de alquiler el arrendatario se vería obligado a restablecer la estructura de la vivienda, del mismo modo en que fue entregada al iniciar la relación entre inquilino y propietario.

Si tienes alguna inquietud recuerda que puedes realizarla en la sección de comentarios que, se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer acerca del contrato de alquiler en 2023 o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

Te invitamos a ingresar a Oi Real Estate, para indicarte los servicios con los que contamos.

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Un nuevo año ha comenzado, y es necesario que los propietarios e inquilinos conozcan cómo funcionará el mercado del alquiler en 2023. Disponer de información sobre el tema ayudará a tomar las mejores decisiones en la materia. Si quieres saber todo lo que ocurrirá este año en el mundo del arrendamiento, no dejes de leer el siguiente post.

El 2022 no se caracterizó por ser el año de los arrendamientos, porque el sector de la compraventa experimentó un boom que no se manifestaba desde hacía décadas. Sin embargo, la demanda de interesados en adquirir pisos que se encuentren en alquiler no dejó de crecer e propuso una serie de inquietudes sobre el mercado inmobiliario.

Pero ese año terminó hace unos pocos días y dio inicio a uno nuevo, por eso es muy importante que los caseros y arrendatarios conozcan cómo funcionará el mercado del alquiler en 2023. ¿Se producirán modificaciones con respecto a lo vivido en el año pasado? ¿la demanda seguirá aumentando? ¿la oferta bajará o se equiparará con la demanda?

Estas inquietudes suelen ser muy escuchadas por las partes que intervienen en un arrendamiento. Si deseas conocer las respuestas a todas estas preguntas, no tienes de qué preocuparte. En el post que se presenta a continuación, lograrás hallar todas las respuestas que necesitas conocer.

Mercado del alquiler en 2023: ¿Cambios a la vista o situaciones recurrentes?

Si bien, el año en curso cuenta con muy pocos días y realizar predicciones es muy complicado, hay algunas cuestiones a las que se le debe prestar atención para analizar lo que será el mercado del alquiler en 2023. La compraventa fue lo más importante del 2022, en lo que respecta al mercado inmobiliario.

Sin embargo, como en toda situación de auge llega el momento de estancamiento o disminución y el 2023 lo está experimentando. Por lo que se espera que el mundo del arrendamiento tome notoriedad y se imponga ante la compraventa, esto se debe a que la situación económica no es la ideal y muchos interesados en adquirir vivienda se ven imposibilitados de comprar casas y recurren a los alquileres.

El Real Decreto-ley 11/2022 ha sido un gran problema para los propietarios de pisos en alquiler. La imposibilidad de realizar actualizaciones de renta que superaran el 2%, no ha hecho otra cosa que provocar una gran incertidumbre financiera, para quien quisiera colocar sus pisos en alquiler. Pero el 2023 no muestra un cambio a esta situación, por lo cual se experimentaría un panorama similar al que se vivió el año pasado.

Aumenta la demanda de interesados en pisos de alquiler y baja la compraventa

Hasta principios de 2022, la demanda de pisos en alquiler no era muy llamativa; ya que lo que se posicionaba y pisaba con fuerza era la compraventa. Existía un sinfín de interesados en adquirir propiedades para iniciar una nueva familia, pero el mundo del arrendamiento se mantenía estable y no había llegado al punto de colapso que se experimenta hoy en día.

¿Qué ha provocado el aumento de la demanda de posibles inquilinos?

En los últimos meses comprar viviendas, se ha convertido en una posibilidad a la que pocos pueden acceder, esto ha generado un aumento desmedido de la demanda de pisos en alquiler. Sin embargo, el principal problema en que no hay viviendas disponibles para satisfacer la demanda y miles de interesados en hallar piso se ven en la necesidad de compartir habitación o solicitan ayuda a algún familiar.

¿Cuáles son las consecuencias de esta situación?

La gran demanda de pisos que se observa, no ha hecho otra cosa que desestabilizar al mundo del arrendamiento, tanto es así que, se espera que el mercado del alquiler en 2023 continúe presentando las mismas problemáticas del 2022. Esto quiere decir que, los posibles inquilinos que deseen arrendar un piso, se verán frente a precios de renta que aumentan todos los días y cada vez, menos opciones para escoger vivienda para alquilar.

Este año, también se caracterizará por una baja oferta de pisos disponibles para arrendar

Si el año pasado había sido muy complicado para hallar piso, se estima que en los próximos meses esta situación puede empeorar. Sucede que la imposibilidad de comprar propiedades, hace que la demanda aumente a escalas muy desiguales con respecto a la oferta que se ofrece, lo que provoca gran preocupación para los que quieren convertirse en inquilinos.

¿Por qué la oferta escasea cada vez más?

En todas las décadas, se experimentan ciertas problemáticas que hacen que la economía se vuelva inestable. La pandemia fue un duro golpe para todos los sectores y el inmobiliario, no fue la excepción a la norma. Esto ha provocado que los propietarios de pisos, encuentren nuevas opciones para generar sus ganancias y los arrendamientos, se vuelven escasos.

Entre las posibilidades que se les aparece a los propietarios, se encuentra la de apostar hacia una compraventa; algo que generará mayores beneficios que los alquileres. Por eso, el mercado del alquiler en 2023, no verá renacer la oferta de pisos disponibles para ser alquilados, sino que cada vez, habrá menos cartelitos con la palabra se alquila y los interesados en hallar piso deberán buscar con mucha insistencia para cumplir con su objetivo.

Mercado del alquiler en 2023: ¿Qué es lo que se espera?

Si de cambios se trata, el panorama no parecería apuntar a grandes modificaciones, porque la demanda no deja de aumentar y la oferta disminuye, hasta el punto de dejar sin opciones a aquellos jóvenes que desean emanciparse y encontrar su propio sitio para vivir, en cercanía de su empleo.

Por otra parte, la morosidad ha hecho tomar cartas en el asunto a los propietarios que, al verse imposibilitados de adquirir las ganancias de siempre y la prohibición de realizar actualizaciones en la renta que superaran el 2%, ha ocasionado miles de pisos vacíos. El mercado del alquiler en 2023 no se encuentra con cambios a la vista, pero esto podría modificarse si, se la demanda baja y la oferta crece. Por el momento, nada está dicho y el mercado del alquiler siempre trae sorpresas para los caseros e inquilinos.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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El 2023 se encuentra atravesando sus primeros días y es hora de pensar en los negocios que producirán mayores rentabilidades, con el pasar de los meses. En lo que respecta al mercado inmobiliario son varias las maneras de lograr beneficios duraderos, pero los pisos en alquiler se están convirtiendo en las mejores formas de invertir, quieres saber por qué. Descúbrelo, en el siguiente post.

Un nuevo año ha comenzado y con él, las estrategias y fórmulas para alcanzar la mejor rentabilidad posible. Cuando una persona toma la decisión de involucrarse en el mercado inmobiliario, sabe que deberá afrontar muchos riesgos, pero también tendrá en mente todas las ganancias a las que podrá acceder, si el negocio prospera.

Elegir cuál es el negocio adecuado puede convertirse en un gran desafío, debido a los problemas económicos, producto de la guerra que Rusia mantiene con Ucrania. Esta situación, ha provocado graves circunstancias financieras para todo el continente y en especial, para los españoles.

Por eso, en este post hablaremos acerca de una forma de inversión que se está consolidando como una de las más importantes. Se trata de los pisos en alquiler y de los beneficios económicos que genera, a corto y largo plazo. Si quieres obtener mayor información sobre este tema. ¡Sigue leyendo!

Pisos en alquiler: ¿Ganancias aseguradas?

El 2022, no ha sido un buen año para los grandes propietarios, debido a la implementación del Real Decreto-ley 11/2022. Sin embargo, la prohibición de realizar actualizaciones de renta que superaran el 2%, no ha impactado a todos los arrendadores del mismo modo. Muchos, han obtenido buenas ganancias y es por eso que, los pisos en alquiler continúan siendo una gran fuente de inversión.

¿Por qué invertir en ellos?

Disponer de un sitio para vivir es una necesidad vital, todas las personas requieren de un lugar para transcurrir sus días. La posibilidad de comprar propiedades, no es una opción a la que todos puedan acceder y los pisos en alquiler se convierten la alternativa ideal. Por lo tanto, si eres propietario de un piso tendrás muchos beneficios, si decides colocarlo en alquiler.

El 2023: ¿Una oportunidad única para invertir en viviendas para arrendar?

Los pisos en alquiler son cada vez más escasos, la demanda de ellos no para de crecer y esto genera serios inconvenientes. Si cuentas con un piso para alquilar, no lo dudes dos veces y colócalo en el mercado, las ganancias no se harán esperar y en poco tiempo, notarás la rentabilidad que produce.

La inversión que se realiza en este tipo de negocios: ¿Puede ser recuperada por completo?

Al momento de invertir, se debe tener visión y tratar de eliminar los riesgos que pudieran presentarse en el camino. Los pisos en alquiler, son una de las formas más seguras en lo que refiere al mercado inmobiliario. Además, la inversión inicial que se destina a comprar una vivienda para ser alquilada, puede ser recuperada por completo.

Los pisos en alquiler: ¿La alternativa infalible para el 2023?

Siempre existirán personas interesadas en rentar pisos, es uno de los negocios más estables para invertir. Por lo que es posible recuperar lo invertido en poco tiempo. No obstante, el mercado inmobiliario no es estático y puede modificarse en cualquier momento, invertir en él siempre será un riesgo, pero las posibilidades de alcanzar éxito son muy altas.

¿Existen desventajas en este tipo de inversión?

Como mencionamos anteriormente, invertir en vivienda implica riesgos y desafíos. Uno de los problemas que está haciendo que muchas personas no vean como opción este tipo de inversión son, los inquilinos morosos. Esta problemática no se detiene, y ha conseguido que muchos propietarios decidan salir del mercado.

Aunque esta situación asusta a los arrendadores, si se toman los recaudos de investigar a los inquilinos y de establecer su posición adquisitiva, no deberían presentarse problemas de este tipo. De modo que, los pisos en alquiler son de las mejores opciones que se pueden tener, a la hora de invertir.

¿Cuáles son las zonas más rentables para la inversión de pisos en alquiler?

España es uno de los países con mayor demanda de alquiler en Europa, por lo tanto, existirán muchos interesados en hallar piso alrededor del país. Sin embargo, los sitios que suelen ser los más demandados son los que se encuentran cerca de las grandes ciudades, como Barcelona y Madrid.

¿Cómo es el perfil de los inquilinos que suelen rentar por estos lugares?

En Madrid y Barcelona, existe una diversidad de posibles inquilinos interesados en hallar una vivienda disponible para arrendar. Particularmente, son los jóvenes de entre 18 y 24 años los que más buscan, muchos dan sus primeros pasos en el mercado laboral y también, se dedican a estudiar carreras universitarias.

No obstante, hay otro perfil que viene pisando con fuerza y apunta a los jóvenes con niños pequeños. Aquí, se mencionan personas con empleos fijos y las edades van desde los 24 hasta cerca de los 40 años. Sin lugar a dudas, los pisos en alquiler siempre son una gran apuesta para invertir y en 2023, no será la excepción a esta norma.

¿Por qué la inversión de pisos en alquiler es tan redituable?

Si has evaluado la posibilidad de convertirte en un gran propietario, no lo dudes más; ya que los pisos en alquiler son la mejor inversión en el mercado inmobiliario. La demanda de sitios para alquilar crece todos los días, es un negocio seguro y siempre existirán personas dispuestas a pagar por este bien. Además, es una inversión que deja buenas ganancias y se puede pensar a largo plazo o, como único medio de subsistencia.

¿Qué opciones puede brindar este tipo de propuesta a largo plazo?

Cuando una persona decide comprar una vivienda con el objetivo de colocarla en alquiler, tiene en sus manos una gran fuente de beneficios. Estos, no son solo económicos, porque si el arrendador tiene un problema familiar y necesita de un sitio para vivir a la brevedad, dispondrá de este lugar para cualquier inconveniente.

¿Qué es más conveniente: vender una vivienda o ponerla en alquiler?

Tanto la venta como su alquiler, son muy buenas opciones para el mercado inmobiliario. Pero, si se tiene el deseo de hacer un negocio con ese piso y lograr mayores ganancias que las que fueron invertidas, el alquiler es la opción ideal. De todas maneras, tú tienes que elegir cuál es la alternativa más adecuada para ti.

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