Autor

Julio Redacción

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En esta nota, desde Oi Realtor te acercamos a la diversidad de Barcelona. Te contamos todo sobre la cultura india en Barcelona. ¡Sigue leyendo!

Barcelona es punto de encuentro de culturas muy diversas. Basta con pasear por la calle para observar la riqueza cultural de Barcelona.

En esta oportunidad te invitamos a conocer la historia de la inmigración india en Barcelona y su contribución a la ciudad.

¿Dónde encontramos cultura india en Barcelona?

La medicina ‘Ayurveda’ en Barcelona

India

‘Ayurveda’ significa ‘la ciencia de la vida’ y es un arte de curar originado en la India y muy tradicional en su cultura basado en lograr equilibrio entre el organismo y el entorno. La dieta y el estilo de vida son algunos de los aspectos que más se trabajan para tratar dolencias de todo tipo.

En Barcelona se pueden encontrar varios centros con especialistas en ayurveda. Medicina Ayurveda es uno de los centros más conocidos.

Restaurante Thali en Barcelona

India

La comida India contiene un sinfín de sabores espectaculares. Ahora, si eres de estómago sensible, debes prestar atención a los ingredientes de cada menú antes de ordenar para evitar problemas.

Sin duda este restaurante es un referente de la comida india en Barcelona. Thali es especialista en la elaboración de curri y uno de sus platos estrella es el muslo de pollo marinado con yogur, coco y especias.

Lo asan en el Tandoori, el horno internacional indio, que se percibe en su sabor. Importantísimo probar también sus gambas al curri o el pollo cocinado con mango, salsa de azafrán, anacardos y especias. En cuanto a sus postres, son deliciosos los tradicionales Kulfi, Halwa y Lassi.

Se encuentra situado en la calle de Calabria número 164, cerca de la estación de metro de Urgell con enlace a la línea 1.

Bollywood en el restaurante Namaste

India

El restaurante Namaste se encuentra en el centro de Barcelona y es conocido por ser el primer restaurante hindú de la capital catalana. Es el lugar ideal para disfrutar de la gastronomía y los ritmos de la India en el corazón de Barcelona.

Además de ofrecer excelentes recetas tradicionales indias, este local ofrece cenas con espectáculos los viernes y los sábados con una exhibición de bollywood. El bollywood es un baile indio que destaca por su alegría y colorido.

Aprende hindi en Barcelona en el Centro de Estudios Orientales

Aprender hindi es realmente un desafío. Es un idioma difícil de aprender para los hispanohablantes pero muy bonito. El de Barcelona es el único centro que te permite aprender lenguas orientales gracias con sus cursos anuales, sus clases particulares y profesores nativos.

El centro se encuentra en la calle Valencia número 359, en el segundo piso. Puedes llegar hasta allí a través de la línea de metro Verdaguer con enlace a las líneas 4 y 5.

Clases de bollywood y danzas de la India

India

Nira Suárez ofrece sus conocimientos sobre danzas orientales a todos los barceloneses que estén interesados en descubrir los increíbles ritmos de la cultura india. Nira Suárez es una de las bailarinas de referencia de las danzas hindúes en Barcelona. Suárez realiza espectáculos y también cursos de diferentes tipos de danzas en la Barcelona.

Ya puedes recorrer Barcelona y buscar todos los elementos de la cultura india inmersos en distintos puntos de la ciudad.

¿Qué lugar de los que mencionamos te interesaría visitar?

Cuando se genera una deuda en los gastos de comunidad de un piso alquilado, ¿puede el arrendador repercutir estos gastos al inquilino? ¿Qué dice la ley al respecto? En este post te lo contamos.

Por “repercutir” (o, a veces, “repetir”) se entiende la acción judicial por la cual una persona demanda a otra que se haga cargo de una deuda que se le reclama. Es común que en el contrato de alquiler se establezca que el inquilino debe hacerse cargo de pagar los gastos de comunidad del piso en alquiler, entre otros. Pero también suele suceder que, por diferentes motivos, el inquilino no realiza esos pagos. Esto genera una deuda a nombre del arrendador y puede derivar en la resolución del contrato. ¿Puede el arrendador reclamar judicialmente para que se obligue al inquilino a saldar la deuda de gastos de comunidad? Sigue leyendo: analizaremos qué dice la ley y la jurisprudencia.

Gastos de comunidad

La ley que regula los gastos de comunidad es la 49/1960, sobre propiedad horizontal. Allí se establece que “a cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble (…). Dicha cuota servirá para determinar la participación en cargas y beneficios por razón de la comunidad”. 

Los gastos de comunidad se utilizan para cubrir los gastos generales de un edificio de propiedad horizontal. Allí se incluyen todas las obras para el mantenimiento y conservación del edificio. También se aplican a servicios e instalaciones comunes, como pueden ser la piscina, el jardín o zonas compartidas. Asimismo, en su caso, se utilizan para cubrir servicios del edificio como son la seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal.

El pago de este gasto se realiza en cuotas mensuales y siempre compete al propietario. En el caso que el piso esté alquilado y en el contrato diga que los gastos los tiene que asumir el inquilino, el propietario continúa siendo el responsable

Pacto en el contrato de arrendamiento

De acuerdo a lo que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 4 “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”. Lo más normal en este tipo de contratos es que se establezca por escrito que el inquilino debe hacerse cargo de pagar los gastos de comunidad. Amén de que, como ya se dijo, esos gastos sigan estando siempre a nombre del propietario. 

Requisitos para repercutir al inquilino las deudas en gastos de comunidad

Las partes (arrendador y arrendatario) pueden haber pactado entre sí la obligatoriedad por parte del inquilino (arrendatario)  de pagar los gastos de comunidad. Pero para que, llegado el caso de que ese gasto no se pague, el propietario pueda repercutir judicialmente contra el inquilino, deben darse ciertos requisitos.

Pacto escrito

El pacto que establezca la obligatoriedad por parte del inquilino de pagar los gastos de comunidad debe establecerse explícitamente por escrito en el contrato. Parece ser una obviedad, pero en muchos casos —principalmente cuando existe una relación de confianza entre las partes—, estos detalles se arreglan “de palabra » .Y, como dice el dicho, “a las palabras se las lleva el viento”. Por eso recomendamos enfáticamente siempre dejar todos los acuerdos establecidos por escrito. Como dice otro dicho: “cuentas claras mantienen la amistad”.

Determinación del importe anual de gastos de comunidad

Para sostener la validez de la obligación del inquilino de pagar los gastos de comunidad, es importante no solo que el pacto conste por escrito en el contrato. Además deberá establecerse el importe anual que representan esos gastos. Es común que el contrato contenga una cláusula que indique algo como “el arrendatario se obliga al pago de los gastos comunes pertenecientes a la vivienda alquilada”. Esto no es suficiente si queremos quedarnos tranquilos.

Se dice que aquel que tenga sentido común siempre tendrá a la ley de su lado. (También se dice que el sentido común es el menos común de los sentidos). No es lógico cargar al inquilino con la obligación de realizar un gasto si no determinamos cuánto representa ese gasto. No se puede obligar al inquilino a pagar una cuenta que no sabe de cuánto será. Llegados a repercutir judicialmente contra un inquilino por no pagar los gastos de comunidad, si no se estableció el importe que representarían esos gastos, lo más probable es que el juzgado considere que esa cláusula es nula.

Pactos que no determinan el monto de gastos de comunidad

Como dijimos, si en el contrato no se determinó el valor que representará el gasto de comunidad, no se podrá repercutir contra el inquilino cuando se genere una deuda. Ello no quiere decir que en todos los casos vaya a generarse la deuda. Por el contrario, en la mayoría de los casos, si la cláusula está en el contrato en los términos que vimos más arriba (sin determinar el monto), lo que sucede comúnmente es que el inquilino se haga cargo de esos gastos de todos modos. El problema surge cuando ese monto es mayor al que el inquilino preveía.

Repercutir gasto en la Ley de Arrendamientos Urbanos

La norma que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior

Para los alquileres de vivienda permanente, la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Obligatoriedad de determinar el monto en la ley

La obligatoriedad de determinar el monto de los gastos de comunidad está establecida claramente en el artículo 20 de la ley. 

Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales.

1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.

Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.

Repercutir los gastos de comunidad al inquilino. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

Si necesitas asesoramiento relacionado con repercutir los gastos de comunidad al inquilino o con tu contrato de alquiler, contáctate con Oi Real Estate. Ofrecemos un servicio premium en gestión de alquileres.

Si estás buscando piso, te ayudamos a encontrarlo rápidamente. Si eres propietario y quieres poner tu piso o casa en alquiler, hacemos el inventario, nos encargamos integralmente de la publicación, seleccionamos a los candidatos con base en un estudio de solvencia, estudiamos la documentación y redactamos el contrato conforme la ley actualizada.

Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino.

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Cuando no estás conforme con las condiciones de tu préstamo hipotecario tienes la posibilidad de renegociar tu hipoteca con tu banco

Pasó mucho tiempo desde que conseguiste el piso que elegiste para que sea tu hogar habitual. En ese momento te pareció conveniente el acuerdo que te ofreció el banco para poder conseguirlo. Los intereses eran los del mercado, no había grandes diferencias con otras entidades y la situación económica te permitía pagar la cuota holgadamente. Pero los años transcurrieron y todo el contexto se modificó. La crisis provocada por el coronavirus hizo mover las fichas de las entidades bancarias, que decidieron disminuir los intereses para poder reactivar las operaciones. Es por esto que las tasas que vemos en la actualidad son mucho menos que las de hace por ejemplo, diez años. Con este panorama, seguir con las mismas condiciones que cuando adquirimos el préstamo puede no ser la mejor opción, ya que podríamos estar pagando mucho menos dinero por la hipoteca.

Pero cómo es el proceso para renegociar el préstamo? El banco aceptará inmediatamente? Cuáles son las claves para que la negociación sea exitosa? Si quieres saber las respuestas a estas y otras preguntas sobre el tema, no dejes de leer este post!

Renegociar tu hipoteca: cómo lograrlo?

La oportunidad de financiar una vivienda con préstamos hipotecarios es más conveniente ahora que hace años gracias a la baja de intereses. Si contratamos una hipoteca hace mucho tiempo y creemos que podemos mejorar las condiciones, hay una posibilidad y es la de renegociar el préstamo que nos dieron por la compra de la vivienda.

Lo ideal sería que el banco acepte inmediatamente, aunque no es algo que suceda de esa manera en la práctica. Para estos casos, lo mejor que podemos hacer es mostrarle nuestra voluntad de cambiar de entidad financiera. De esta manera se logrará que el banco emisor de la hipoteca considere abaratar los intereses con el fin de retenernos como clientes.

Por qué podría negarse el banco a renegociar la hipoteca?

Lo más probable es que en una primera instancia  el banco no acepte renegociar la hipoteca, ya que al acceder a esto debería acatar disminuir sus ganancias con la baja de los intereses. 

Cuál es la forma para que el banco se sienta forzado a aceptar la renegociación?

Si varias entidades se muestran interesadas en asumir nuestro préstamo hipotecario y mejorarlo, el banco que dió origen a la hipoteca puede que comience a ver la posibilidad de aceptar la renegociación. Es probable que al ver que nos puede perder como clientes presente una contraoferta atractiva, incluso mejor que las que nos ofrecen las otras entidades

De esta manera podríamos acordar con nuestro propio banco las condiciones de la  hipoteca y mejorar significativamente los pagos.

De qué se trata la renegociación de la hipoteca?

Al hablar de una renegociación estamos contemplando un procedimiento que es frecuente dentro de las operatorias bancarias. Se trata de la novación, la operación financiera a través de la cual se renegocian las condiciones del préstamo. Gracias a ella podemos cambiar:

  • Tipo de interés: podemos pasar de variable a fijo
  • Cambiar el monto del capital
  • Modificar los intereses
  • Eliminar vinculaciones que debimos aceptar al momento de firmar pero que ahora ya no nos interesan 

Cuál es el coste de una novación?

Al aceptar la contraoferta deberemos abonar ciertos gastos necesarios para modificar el contrato de préstamo hipotecario. Podríamos pensar que esto termina resultando inconveniente si lo que pretendíamos era pagar menos. Sin embargo si hacemos las cuentas, a la larga los costes de la novación podrán compensar el ahorro final obtenido.

Cuáles son los pasos para pedir ofertas en otros bancos?

Para seguir con nuestra estrategia de mostrarle al banco emisor de la hipoteca que tenemos otras opciones mejores, primero deberemos buscarlas. Lo primero a hacer es contactar con varias entidades y averiguar si podrían asumir la hipoteca y rebajar el interés, que es lo que necesitamos. A este tipo de movimiento financiero se lo denomina subrogación, y es la operatoria por la cual se cambia el acreedor de nuestra hipoteca. Otra posibilidad es pedir una nueva hipoteca, con la cual cancelaríamos el anterior préstamo. En general en este momento todas las gestiones se pueden hacer desde internet, así que sólo precisaremos enviar un mail o ingresar en las páginas web de los bancos.

Opciones de cambio de banco:

  • Solicitar una oferta de subrogación: Esto es pedirle a un banco que acepte el traslado de la hipoteca desde nuestro banco al suyo. A cambio de acogernos como clientes, el banco receptor nos deberá rebajar y mejorar las condiciones.
  • Solicitar una nueva hipoteca: El nuevo banco nos deberá hacer una oferta de una nueva hipoteca con la cual podremos cancelar los pagos anteriores. Este crédito deberá establecer condiciones favorables para que nos convenga el cambio.

Qué requisitos nos piden los bancos para darnos una oferta firme?

Como para cualquier crédito, las entidades financieras nos pedirán una serie de requisitos para analizar nuestro perfil y ver cuáles son las posibilidad es que nos pueden ofrecer. 

La documentación a presentar puede ser: vida laboral, nóminas, recibo de pagos, avales, etc. El gasto que tendremos que hacer en este momento es el de la tasación. Los bancos nos pedirán un informe de tasación que tiene un coste de alrededor de 300 euros ( enero 2021). 

Qué hacer luego de tener las ofertas de otros bancos?

En este momento podremos presentarnos al banco y mostrarle las ofertas para irnos a otro banco. Es allí cuando nuestra entidad decidirá hacernos una contraoferta con el fin de retenernos como clientes y nosotros podremos analizar cuál es la mejor opción para nuestra hipoteca.

Qué hacer si el banco no quiere renegociar tu hipoteca?

Existe la posibilidad que el banco no quiera aceptar la negociación de nuestra hipoteca o que la contraoferta propuesta sea menos interesante que las que nos propusieron otros bancos. En estos casos podremos aceptar irnos a otra entidad para continuar con los pagos de la hipoteca como clientes de otra entidad. Si contamos con varios ofrecimientos podremos estar seguros de que conseguiremos una buena rebaja en el precio de las cuotas de nuestro crédito hipotecario.

Qué gastos deberemos afrontar al cambiar la hipoteca de banco?

Tanto si nos inclinamos por la subrogación o por la nueva hipoteca debemos saber que tendremos que desembolsar una cantidad de dinero para los gastos bancarios. En general estos rondarán entre los 1000 y 2000 euros, lo que será amortizado rápidamente con el ahorro que consigamos por contrato.

¿Te fue útil esta información? Conocés más sobre renegociar tu hipoteca? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Y si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

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Las subastas inmobiliarias generan grandes oportunidades para comprar pisos a un precio más económico. Lee este post para enterarte cómo funciona. Si eres un buscador de piso para comprar, te conviene tener en cuenta esta información.

En Oi Real Estate recibimos, asiduamente, consultas sobre los precios de pisos en venta. El crecimiento de los costes ha generado un problema para todos aquellos que buscan invertir en un inmueble, pero que no llegan a lograrlo por los elevados valores. Sin embargo, existe una forma de encontrar una vivienda y pagar mucho menos de lo normal. Esta posibilidad son las denominadas subastas inmobiliarias. Continúa leyendo este artículo para enterarte los detalles.

¿De dónde surgen los pisos en subasta?

Lo primero que tenemos que explicarte es por qué un piso se expone en subastas inmobiliarias. Estos inmuebles surgen de los embargos que ejecutan los bancos a todos aquellos propietarios que no llegaron a cumplir con el pago de sus créditos hipotecarios.

El embargo se produce una vez que haya existido una demanda judicial. De esta manera, será el propio juzgado el encargado de la celebración de la subasta y publicarlo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los tipos de inmuebles que se pueden llegar a subastar van desde terrenos, locales comerciales, chalés, lofts, oficinas, y hasta plazas de garajes, entre otros. La condición es que cualquiera de estas propiedades esté hipotecada o embargada y asociada a un reclamo judicial previo.

¿Cómo comprar en subastas inmobiliarias?

Mostrar cómo se generan las subastas inmobiliarias

Comprar un piso en subastas inmobiliarias es muy atractivo debido a los precios que se presentan. Cuando finalmente se ejecuta el embargo y se publica el inmueble, se hace a un coste mucho menor.

Sin embargo, no es tan sencillo conseguir la propiedad. Existen una serie de requisitos que hay que cumplir para poder presentarse. A continuación te contamos algunas cuestiones necesarias para poder ser partícipe de estas operaciones tan particulares.

Requisitos

  • Para poder participar de una subasta, en principio, tendrás que entregar un depósito de dinero adelantado. Este importe equivale a un porcentaje que va de entre 5% y 25%, calculado sobre el valor del inmueble.
  • También es fundamental conseguir un financiamiento previo para asegurar la fiabilidad del comprador. En este punto se puede complicar el acceso a un préstamo.

Si el comprador, finalmente, no gana la subasta, se le devolverá el dinero invertido.

Por el contrario, si gana la subasta, el nuevo propietario tiene un plazo de alrededor de veinte días para cumplir con el pago completo de la propiedad. Si por alguna razón no cumple con esta condición, perderá el depósito. En consecuencia, se puede pensar que el riesgo financiero de invertir en este tipo de compra es bastante alto.

¿Quiénes pueden participar?

Puede participar cualquier ciudadano, persona física o jurídica, que se acredite mediante la presentación del documento de identidad personal. Deben presentar el comprobante de depósito inicial, el detalle del inmueble que quiere adquirir y la presentación de la oferta que ofrece.

¿Cómo buscar subastas inmobiliarias?

Para ver la oferta de subastas inmobiliarias, el interesado debe registrarse en portal público de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. Hace tiempo que dejaron de utilizarse las pujas a «mano alzada», por la tanto, se comenzaron a realizar de manera virtual. Esto permite que se registren mayor cantidad de posibles compradores. Con solo darse de alta, podrán acceder a la visualización de todas las subastas disponibles en España.

Ventajas de este tipo de operación

La ventaja principal resulta el precio de los inmuebles. Los valores con los que suelen salir estas propiedades y los costes de adjudicación para el comprador son mucho menores que los del mercado común.

Además, en muchas situaciones, se pueden conseguir rebajas de precios muy considerables. Esto ocurre, por ejemplo, porque la deuda que dejó el acreedor resulta ser bastante pequeña o porque la forma de subasta establecida en la escritura de hipoteca es muy baja. El precio de salida difiere mucho del valor de mercado, tiene más que ver con lo que se determinó en su momento en la hipoteca.

Existen variedad de casos. Por ejemplo para aquellas subastas de hipotecas ejecutadas entre los años 2008 y 2009, los precios que pueden figurar son mucho mayores a los que vale en la actualidad la finca, el piso o la propiedad que sea. En otra perspectiva, las subastas de más de veinte o treinta años, tienen precios muy por debajo de su valor real actual.

Desventajas de las subastas inmobiliarias

Como en toda práctica también pueden aparecer algunos inconvenientes. La principal desventaja es que el comprador posee poca información del piso que va adquirir. Entre los datos que no podrá visualizar se encuentran las deudas impagas de servicios e impuestos. Tampoco aparecen las faltas de pago con respecto a la comunidad de vecinos. Ni siquiera podrá observar el estado general del bien. Puede pasar que el inmueble se encuentre ocupado, y el comprador tendrá un gran dolor de cabeza para poder solucionarlo.

Para sortear estas dificultades, el comprador tendrá que hacer una investigación de manera particular. Puede visitar la vivienda, preguntar a los vecinos, averiguar en las empresas si existe alguna deuda pendiente y de cuánto se trata.

Otro gran problema es lograr obtener el préstamo bancario a tiempo para cubrir el pago total de la propiedad. Al tratarse de subastas, los bancos suelen tener bastante desconfianza y ponen algunas trabas para que se ejecute el crédito. La gran dificultad es que, si consigues ganar la puja y luego no puedes conseguir el dinero restante, pierdes todo el depósito, que no es para nada un monto imperceptible.

Garantías

Como explicábamos más arriba las desventajas pueden parecer bastante peligrosas en este tipo de operación. Te recomendábamos que, como próximo propietario, hagas tus averiguaciones personales para evitar sorpresas futuras. La visita a la propiedad y las preguntas a los vecinos puede aportarte bastante información. También puedes exigir una nota al Registro para verificar que existan deudas sobre el IBI o la cuota a las comunidades de propietarios.

Te conviene, incluso, hacer un estudio de mercado: consultar sobre los precios de otras propiedades con características semejantes en cuanto a estructura, dimensiones y ubicación.

Contáctate con nuestros representantes para una atención personalizada. Encuentra la propiedad de tus sueños y compra con tranquilidad y seguridad.

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El resumen anual de intereses y comisiones es un documento que obligatoriamente  registra todos los gastos que cobra la entidad financiera durante el año anterior

Todos los meses el banco nos cobra una serie de intereses y comisiones de las que no estamos del todo enterados. Desde el año 2014 es obligación de todas las entidades enviarnos cada enero un documento en el que se registre uno por uno todos los gastos que nos cargan a los productos financieros que les hemos contratado.

Si quieres enterarte más sobre los intereses y comisiones que nos cobran y cómo se calculan dentro del informe anual no dejes de leer este post!

Intereses y comisiones: de qué se trata el resumen anual?

El Resumen anual de intereses y comisiones es un documento que registra todos los gastos generados por los productos adquiridos en el período anterior. A partir del año 2019 surgió un cambio que modificó la forma de confeccionar este informe. Los conceptos que tengan origen en la operativa de cuenta corriente, a partir de ese momento, pasaron a incluirse en otro documento diferenciado, el cual se denomina Estado de Comisiones.

Diferencias entre Estado de Comisiones y Resumen anual

El documento Estado de Comisiones se diferencia del Resumen anual de intereses y comisiones ya que contiene un detalle mayor. En este caso, el cliente podrá observar en su documento personalizado cada servicio disponible en la cuenta de todas las operaciones realizadas. Esto significa que cada uno de sus movimientos durante el año anterior podrán ser verificados en este documento, tales como:

  • Costes de la operación

  • Número de veces cobradas por cada servicio

  • Coste total de operaciones cobradas

De esta manera podremos ver con total claridad de todos los servicios que utilizamos en la cuenta corriente. Además un punto importante a destacar es que este resumen nos permite realizar un análisis de gastos. Esto sucede porque el formato del Resumen es igual para todos los bancos, lo cual nos posibilida, en el caso de contar con varias cuentas, comparar los distintos costes que nos cobran en las entidades bancarias. De esta manera podremos analizar cuál es el que más nos conviene y con cuál podríamos dejar de contratar en caso de querer achicar gastos.

Por qué se envían estos documentos a los clientes?

Tanto el Resumen Anual de comisiones e intereses como el Estado de Comisiones deben ponerse a disposición del cliente tal como lo establece el Banco de España. Esto sucederá todos los primeros meses del año, tendrá caracter informativo y obligatorio para todas las personas que hayan accedido a los productos financieros de cualquier entidad bancaria, tales como:

  • Préstamos

  • Cuentas

  • Tarjetas de crédito 

  • Depósitos

  • Créditos de financiación

El envío de estos documentos cada enero proporciona al cliente bancario la información detallada y específica sobre sus movivmientos financieros. Esto le permite contar con mayor transparencia, tanto a la entidad bancaria como al usuario ya que puede visualizar en papel cuáles son todos los cargos que le incluye el banco.

Qué dice la normativa de transparencia sobre los intereses y comisiones?

Esta normativa de transparencia establece los márgenes entre los que puede actuar una entidad financiera, en materia de comisiones e intereses. Según la norma, todos los bancos podrán fijar libremente comisiones e intereses siempre que sus clientes estén debidamente informados. Sin embargo, cuando se trata de comisiones es escencial que se cobren únicamente por gastos o servicios efectivamente ocurridos. Además, estas no pueden cobrarse sin el consentimiento firmado de los usuarios bancarios, osea que el cliente es quien tiene que haber solicitado la operatoria por la que se cobra la comisión.

Además, gracias a esta misma normativa los bancos deben en forma obligatoria informar públicamente sobre las comisiones e intereses que cobra por sus servicios. Esta información tiene que actualizarse periódicamente, cada tres meses. En la misma se deberá dar cuenta de las modificaciones establecidas para cada perfil y para cada cliente. Los datos tendrán que encontrarse disponibles para cada cliente en cualquier momento que los requiera y no deberán tener un coste extra, es decir que lo deben proporcionar en forma gratuita.

Cuál es la normativa respecto a las cuentas que tienen varios titulares?

Muchas veces las cuentas no están a cargo de un sólo titular sino que varias personas figuran como titulares en el contrato. También puede darse que el banco brinde préstamos con deudores solidarios o mancomunados. En estos casos, el Banco de España establece que todos deberán recibir la información, por lo cual cada uno de los titulares recibirá la comunicación. Esto se realizará sin dividir los importes aplicados o  cargados a cada cuenta u operación diferenciada.  Lo que sí se deberá indicar es el número total de cotitulares de cada producto, en el aso de que los hubiera.

En dicho informe no estarán detallados los tipos de interés, comisiones y gastos relacionados con operaciones o servicios de valores que nos haya prestado el banco. Lo que sí deberá estar detallado son las comisiones y gastos cobrados por servicios que impliquen una relación continuada o que se refieran a la venta y contratación de productos financieros vinculados a operaciones de crédito o depósito.

Existen entidades financieras que no cobren comisiones?

En la actualidad se pueden encontrar en el mercado muchos bancos que no cobran comisiones de apertura, administración ni de mantenimiento por una tarjeta de débito. En general era la norma no cobrar este tipo de comisiones, pero ante el estado de crisis muchos han optado por cobrar. 

Por otra parte, se encuentran las entidades financieras que ofrecen hacer rentables los ahorros de la cuenta de débito. 

Es importante contar con toda esta información, que por otra parte es una obligación de los bancos brindarla, para poder contratar con total claridad cualquier tipo de producto financiero. De esta manera podremos conocer en detallle cada uno de los intereses que nos cobran y poder comparar y migrar de entidad, en caso de que creamos conveniente.

¿Te ha servido esta información? Conocés más sobre Intereses y comisiones? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

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Barrios de Barcelona para cada estilo de vida

Sant Antoni para una vida en familia con niños

Barcelona

La vida en Sant Antoni, en el distrito del Eixample, permite tener todo al alcance de la mano. Esta zona de la capital catalana ofrece una amplia variedad de comercios, diversos espacios de ocio: cines, bares, restaurantes; gran número de colegios y calles tranquilas donde las familias pueden pasear por el centro de la ciudad.

El plus definitivo es la escasa presencia de turistas en la zona y la buena comunicación del barrio mediante un excelente servicio de transporte público.

Entre sus lugares de interés destaca el tradicional mercado de Sant Antoni. Aquí puedes adquirir todo tipo de alimentos frescos. Además, los domingos acontece aquí un mercado de compraventa e intercambio de objetos antiguos, libros, postales, cromos, sellos, monedas, películas, etc.

En el extremo norte del barrio se localiza la Plaça de la Universitat, en la que se ubica la sede histórica de la Universitat de Barcelona.

Barceloneta para los que aman la playa

Barcelona

Barceloneta es un precioso barrio marinero en el distrito de Ciutat Vella, cuyo punto fuerte son sus espectaculares playas y su cercanía al centro.

Dispone de un paseo marítimo que recorre sus frecuentadas playas: Barceloneta y Sant Sebastià. Puedes encontrar también una gran variedad de restaurantes, bares y zonas de ocio. Destacan también su ambiente bohemio y agradable y su buena comunicación.

Vallvidrera para los que quieren vivir en la montaña y cerca de la ciudad

Barcelona

Vallvidriera está situado en la sierra de Collserola y forma parte del distrito de Sarrià-Sant Gervasi, en el noroeste de Barcelona. Su atractivo más fuerte es que permite vivir en un medio natural sin perder el contacto con la ciudad.

Se trata de un área residencial permanente. Formando parte del mismo barrio también se encuentran las zonas de Les Planes y del Tibidabo, donde se encuentra el parque de atracciones más popular de la ciudad.

Gràcia, Gótico y Raval en Barcelona: Amplia oferta de ocio

Gràcia

Barcelona

Los barrios de la Vila de Gràcia, Gótico y Raval tienen una característica en común que los diferencia del resto de la ciudad: su enorme cantidad de locales de ocio nocturnos y actividades al aire libre y centros sociales y culturales, ya que concentran a gran parte de la población estudiantil de Barcelona.

En Vila de Gràcia tienes la sensación de estar viviendo en un pueblo dentro de la gran ciudad. Y es que todavía conserva sus costumbres y su propia configuración arquitectónica.

Cuenta con mucha diversidad de asociaciones y cuna de una de las celebraciones más populares de la capital: la Festa Major de Gràcia. Precisamente, el ambiente festivo es uno de sus puntos fuertes que a atrae a los jóvenes.

Ahora bien, su ambiente festivo es también lo provoca algunos inconvenientes para personas que prefieran la tranquilidad; como ser presencia de ruido, especialmente los fines de semana y problemas para aparcar.

Barrio Gótico

El Gótico es el barrio más antiguo de Barcelona y constituye su centro histórico. Recibe su nombre por el estilo arquitectónico gótico de muchos de sus edificios.

Entre sus estrechas calles y sus pintorescas plazas nos encontramos buena parte de los monumentos más emblemáticos de Barcelona: la Catedral, la Basílica de Santa María del Mar y el Palau de la Generalitat.

Además, podéis tomar un café en el modernista Els 4Gats, que ha sido frecuentado por ilustres personajes como Darío, Picasso, Albéniz y Gaudí. Destacan también sus conocidas Ramblas y la reconocida estatua de Colón.

El Raval

El Raval es uno de los barrios barceloneses más multiculturales. La población migrante llegada en los últimos años se ha asentado en esta zona del centro junto a sus habitantes de siempre, como los gitanos y gitanas que crearon la famosa rumba catalana.

En el barrio se ubica La Boquería, uno de los mercados más tradicionales y populares de Barcelona donde encontráis todo lo que busques. Para los amantes del arte, el Raval aloja el Museu d’Art Contemporani, que nos permiten recorrer las nuevas tendencias artísticas y culturales.

¿Te ha ayudado esta práctica guía? ¡Deja tu comentario para conocer tu opinión!

Retirar muebles de un piso alquilado suele ser un problema. Existen varias incógnitas sobre quién se debe hacer responsable de este movimiento. Este artículo puede servirte si eres un propietario principiante o si eres inquilino de un piso por primera vez. Quítate las dudas antes de hacerte cargo de algo que no debes. Te invitamos a que te contactes con Oi Real Estate para rentar de manera fácil y segura.

Lo primero que tienen que tener en cuenta a la hora de retirar muebles de un piso en arrendamiento es el contrato de alquiler legal. En este documento quedará establecido en qué condiciones se alquila el inmueble y cuáles son los derechos y las obligaciones de cada una de las partes. La mudanza suele ser un momento engorroso, sobre todo, para los inquilinos, y el movimiento de muebles es lo que más se dificulta. En este post te queremos contar las diversas circunstancias que pueden surgir sobre este tema entre arrendadores y arrendatarios.

Retirar muebles: ¿responsabilidad del propietario o del inquilino?

En las siguientes líneas queremos mostrarte diferentes situaciones que pueden derivar de este vínculo de inquilinos y propietarios con respecto al movimiento de muebles. Chequea si te encuentras en alguna de ellas para resolverlo de la manera correcta.

Arrendaste un piso amueblado, pero cambias de opinión

Cuando un inquilino ingresa a un piso amueblado y, luego de un tiempo, decide que quiere poner sus propios muebles puede resultar un arreglo complejo. Como dijimos en la introducción, lo fundamental es revisar el contrato de arrendamiento. Pues bien, si en este documento existe, como cláusula o como anexo, un inventario que liste todos los muebles y electrodomésticos que contiene el inmueble, deberás mantenerlo y devolverlo en las mismas condiciones cuando termine el vínculo. Sin embargo, puedes intentar arreglar con el arrendador el retiro de ellos. En este último ejemplo, tendrás que hacerte cargo de los gastos de retirar muebles si es que el propietario accede a tu pedido. Además habrá que ver si el casero tiene un lugar donde guardarlos o donde darles otro destino de utilidad.

Todo tendrá que ver con el arreglo al que puedas llegar con tu casero, pero recuerda que si firmaste un contrato con la condición de piso amueblado, lo ideal, es cumplirlo.

Todavía no alquilaste, y el piso que deseas está amueblado, pero lo quisieras vacío

Imagina que, como inquilino, habías estado buscando por todas partes y no encontrabas un piso que te convenciera. Por fin, cuando encuentras la vivienda de tus sueños, está amueblada, pero tú tienes tus propios muebles. En esta ocasión, como aún no se ha firmado el contrato, las partes pueden negociar las condiciones. La decisión final la tendrá el propietario que, si no quiere o no puede quitar los muebles, no lo hará. Cuando no logres concretar un acuerdo con el propietario, tendrás que, lamentablemente, continuar con tu búsqueda por otro lado. El propietario no está obligado a retirar los muebles.

El inquilino alquila un piso sin amueblar, pero tiene muebles

Resulta que alquilaste un inmueble y en el contrato de alquiler no figura ningún inventario ni ninguna cláusula que mencione los muebles. Pueden pasar dos cosas: que te gusten y los dejes o que los quieras quitar para amueblar a tu gusto. En esta circunstancia es responsabilidad absoluta del propietario retirar los muebles. Tendrás que arreglar con el casero para coordinar el retiro y, si este no accede al pedido, podrás tirarlos o donarlos o lo que te convenga. No tendrás ninguna consecuencia legal ya que no están detallados en ningún punto del convenio.

El inquilino se retira del inmueble y quiere dejar sus muebles allí

Imaginemos que termina el contrato de alquiler y ninguna de las partes quiere renovar el vínculo. Cuando pase esto, el inquilino tiene la responsabilidad de retirar todas sus pertenencias, incluidos, por supuesto, cada uno de sus muebles. Si el inquilino se va y deja sus cosas en el inmueble, el propietario podrá tomar parte de la fianza para cubrir los gastos destinados al vaciado del inmueble.

Todos estos problemas se pueden evitar teniendo un buen diálogo entre las partes. Si alquilaste el piso vacío, devuélvelo de la misma manera. Si lo alquilaste con muebles, intenta cuidarlos como si fueran propios. Es fundamental la calidad del trato entre los involucrados. Esto dejará un óptimo antecedente para la próxima vez que tengan que alquilar.

Derechos del propietario

El propietario como arrendador tiene todo el derecho de decidir si quiere alquilar su piso amueblado o sin amueblar. Si al inquilino las condiciones no le parecen adecuadas, tendrá que buscarse otro sitio. Es decir, si el casero optó por dejar los muebles, el inquilino deberá respetar esa decisión. Si el propietario accede a retirar los muebles, a pesar de estar incluidos en el contrato, puede dejarlo bajo la responsabilidad del arrendatario o solicitar que se redacte un nuevo contrato con las nuevas condiciones de arrendamiento.

Recomendaciones

Desde Oi Real Estate queremos dejarte algunos consejos para que puedas evitar problemas en la relación con tu inquilino o con tu casero, según corresponda.

Lo primordial es redactar un contrato de alquiler detallado y anexar un inventario de muebles y electrodomésticos incluidos en el piso.

Otra buena idea es agregar vídeos, fotografías y todo lo que puedas sumar para mostrar las condiciones en las que se entrega o es recibido el inmueble y sus pertenencias.

Respeta las condiciones que pactaron al principio del vínculo. Es fundamental sostener una buena relación entre propietarios e inquilinos.

Contáctate con nuestras agencias para alquilar de manera segura. Los profesionales siempre cuidarán de las necesidades de cada una de las partes y conocen a la perfección cada procedimiento. No te quedes con dudas, no alquiles con miedo, el arrendamiento puede resultar un acuerdo conveniente para todos los involucrados.

Si eres inquilino, has de la mudanza un momento placentero y de alegría. Evita problemas con el propietario, puedes lograr un acuerdo equitativo con respecto a los muebles y a cualquier otra circunstancia. Escríbenos para una atención personalizada.

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¿Qué sucede cuando un matrimonio se muda a una vivienda de alquiler y luego ocurre el divorcio? ¿Quién debe quedarse habitando esa vivienda? ¿Qué dice la ley? En este post te lo contamos.

Cuando un matrimonio se muda a una vivienda de alquiler todo suele ser optimismo y esperanza. Pero, lo sabemos, las parejas muchas veces se separan. Y los matrimonios se divorcian. En esos casos, la convivencia bajo un mismo techo ya no es una opción y uno de los dos debe dejar la vivienda. ¿Quién debe quedarse en la vivienda en alquiler? ¿Qué pasa cuando se tiene que ir de la vivienda la persona que firmó el contrato en calidad de arrendatario o arrendataria? Analizaremos qué dice la ley al respecto.

Divorcio del inquilino

¿Puede el divorcio del inquilno influir de alguna manera en el contrato de alquiler? La respuesta es que sí, puede. Imaginemos que la vivienda está alquilada a nombre de uno de los cónyuges. Muchas veces las personas se conocen, se ponen en pareja y, antes o después de contraer matrimonio, una de ellas se muda al piso que alquila la otra. Cuando los acontecimiento se dan de esta manera indudablemente el contrato de alquiler estará a nombre de uno solo de los cónyuges en calidad de arrendatario.

En otros casos, aunque la pareja ya esté casada al momento de mudarse, solo uno de ellos se hace cargo del trámite de alquilar vivienda y solo esa persona consta como arrendatario en el contrato de alquiler. Así, cuando el matrimonio se termina y sucede el divorcio, puede ocurrir que quien queda habitando la vivienda sea justamente el cónyuge que no figura en el contrato como arrendatario. Es la Ley de Arrendamientos Urbanos la que nos va a dar las pautas en estos casos.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior.

La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad. Respecto de la incidencia del divorcio del inquilino en el contrato de alquiler, la ley le dedica el artículo 15 en el Capítulo II referido a la duración de los contratos de alquiler

Uso de la vivienda por parte del cónyuge no arrendatario

En su artículo 15 la Ley de Arrendamientos Urbanos establece la posibilidad de que se continúe el uso de la vivienda arrendada por parte del cónyuge no arrendatario. Es decir que, en estos casos, puede darse que abandone la vivienda aquella persona que originalmente contrato el arriendo y deje en su lugar a su excónyuge. Textualmente, la ley dice que en caso de divorcio “el cónyuge no arrendatario podrá continuar en el uso de la vivienda arrendada”. La misma posibilidad aplica para los casos de nulidad del matrimonio, separación judicial.

Sentencia firme de divorcio

Para que opere esta posibilidad que otorga la ley, es necesario que el cónyuge beneficiario acredite el divorcio mediante sentencia judicial firme. Es imporante que quede demostrado que realmente hubo un divorcio y se falló judicialmente. Tengamos en cuenta que en estos casos se le impone al arrendador tomar un inquilino distinto a aquél con quien contrató originalmente. La ley dice que “el cónyuge no arrendatario podrá continuar en el uso de la vivienda arrendada cuando le sea atribuida de acuerdo con lo dispuesto en la legislación civil que resulte de aplicación”. Se prevé el caso genérico de “la legislación civil que resulte de aplicación” porque, recordemos, esta posibilidad también rige para nulidad de matrimonio o separación judicial.

Traspaso de titularidad

Cuando se cumplan los extremos detallados en los apartados precedentes, el cónyuge que no era arrendatario pasará a ser el titular del contrato de alquiler en los mismos términos que fue suscrito originalmente. Así lo dice la ley: “El cónyuge a quien se haya atribuido el uso de la vivienda arrendada de forma permanente o en un plazo superior al plazo que reste por cumplir del contrato de arrendamiento, pasará a ser el titular del contrato”. Es recomendable que toda la documentación referida al divorcio y cambio de titularidad, se agregue como anexo al contrato de arrendamiento original.

Comunicación al arrendador

El cónyuge que permanezca en la vivienda deberá comunicar de manera fehaciente su voluntad de continuar en el uso de la vivienda al arrendador. La ley establece que dicha comunicación debe realizarse en el plazo de dos meses desde que fue notificada la resolución judicial correspondiente. Asimismo, es obligatorio que con la comunicación se acompañe copia de la resolución judicial de divorcio, o al menos de la parte de la resolución que afecte al uso de la vivienda

Divorcio de arrendador

Otra situación vinculada al tema de este artículo es la del divorcio del arrendador, ya no del inquilino. La ley establece que el divorcio del arrendador puede incidir en la duración de los contratos de alquiler. Resumidamente, cuando el que se divorcia es el arrendador, la ley permite establecer duraciones más cortas en los contratos de alquiler. Si quieres saber más sobre cómo influye el divorcio del arrendador en el contrato de alquiler, lee este post.

Divorcio del inquilino en el contrato de alquiler. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

Si necesitas asesoramiento con tu contrato de alquiler, contáctate con Oi Real Estate, en donde ofrecemos un servicio premium en gestión de alquileres.

Si estás buscando piso, te ayudamos a encontrarlo rápidamente. Si eres propietario y quieres poner tu piso o casa en alquiler, hacemos el inventario, nos encargamos integralmente de la publicación, seleccionamos a los candidatos con base en un estudio de solvencia, estudiamos la documentación y redactamos el contrato conforme la ley actualizada.

Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino.

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Si eres estudiante y estás buscando alojamiento o si tu hijo es estudiante y quieres encontrar la mejor manera para que atraviese este importante proceso, este artículo puede ayudarte. Te contamos algunas ventajas y desventajas de alquilar un piso compartido y hacemos una comparación con la residencia universitaria. Luego de leer este post, podrás analizar en mayor detalle esta evaluación tan fundamental para tu vida o la vida de tu hijo. Contáctate con Oi Real Estate para alquilar de manera segura.

Trasladarse a otra parte para concretar una formación académica es un recurso que hace muchos años utilizan estudiantes de todo el mundo. Es la situación de extranjeros que tramitan visas estudiantiles aquí. También existen estudiantes del mismo país que deciden trasladarse a otras ciudades de España para finalizar su instrucción profesional. Muchas veces, para ambos tipos de estudiantes, resulta difícil decidirse sobre cuál es la mejor manera de alojarse mientras se atraviesa el proceso educativo. Pues bien, en este artículo hacemos un análisis sobre los beneficios y las desventajas de dos modalidades: piso compartido y residencia universitaria. Continúa leyendo para conocer «los pro» y «los contra» de cada caso.

Residencia universitaria o residencia para estudiantes

Empecemos por explicar algunos detalles sobre las residencias universitarias. Las residencias para estudiantes, también conocidas como colegios mayores, tienen un gran parecido con los alojamientos en hoteles ¿Por qué decimos esto? Lo que sucede con este tipo de vivienda es que, por lo general, se brinda un servicio de limpieza (tanto de habitaciones particulares como de sectores comunes) en horarios determinados. No solo esto, se suma una asistencia de lavandería. Esto último quiere decir que el alumno deja su ropa sucia en una bolsa y se le devuelve limpia y planchada. Se agregan también las diferentes comidas del día. Puede ser que varíen las pensiones para este último servicio.

Entonces, lo que sucede con esta forma de alojamiento es que los costes sean un poco elevados. Sin embargo, como, generalmente, los estudiantes que se trasladan hacia otros destinos tienen becas estudiantiles, optan bastante por esta modalidad. Sobre todo aquellos que en principio tienen dificultades para manejarse en un lugar extranjero y no entiendan dónde ir a hacer las compras ni otras actividades cotidianas: como viajar en transporte público y demás. Vale aclarar que, mayormente, estas entidades están ubicadas próximas a las universidades o dentro de ellas.

Piso compartido

Alquilar un piso compartido es totalmente diferente. Aquí no hay horarios en los que se realice la limpieza ni la lavandería ni la comida. Cuando alquiles un piso compartido, tendrás que arreglarte tú con tus otros compañeros sobre cómo será la convivencia. De este modo, tendrán que elaborar un plan en el que todos colaboren en el orden, la limpieza y las comidas.

Este modalidad es mucho más económica. Los problemas que pueden surgir se verán a la hora del pago de suministros. Como el agua, la luz, el gas, el internet, y demás gastos estarán compartidos por todos los que habiten el piso, se verán en la obligación de asegurarse que nadie esquive esta responsabilidad. Otra cuestión económica será dividir equitativamente los gastos en el momento que compren alimentos, productos de limpieza y todo lo necesario para la cotidianeidad.

Parece difícil esto de que se lleguen a poner todos de acuerdo, sin embargo, alquilar un piso compartido es de lo más solicitado.

Ventajas y desventajas

Residencia universitaria

Según lo que hemos hablado más arriba podemos resumir en algunos beneficios y algunas desventajas que puede presentar esta modalidad de alojamiento. Aquí te listamos algunas cosas.

Ventajas

  • El alumno solo tiene que dedicarse al estudio ya que no deberá preocuparse por las «tareas de la casa».
  • Puede encontrar habitaciones individuales, lo que le dará mayor tranquilidad y privacidad.
  • Generalmente, se encuentran muy próximas a los edificios educativos, por lo tanto no tendrá que gastar ni tiempo ni dinero en viaje.
  • Podrá formar grupos de estudio y estar cerca de sus otros compañeros de universidad.
  • Usualmente, estos lugares cuentan con espacios de ocio y zonas verdes para que el estudiante pueda relajarse y recrearse en los momentos libres.

Desventajas

  • El coste mensual es elevado.
  • Se deben respetar los horarios de servicio de limpieza, de lavandería y de comida.
  • Impide ampliar la experiencia madurativa.

Piso compartido

Para esta opción también hemos analizado beneficios y dificultades que se pueden presentar al decidirse por este tipo de alojamiento. Te dejamos algunos ejemplos.

Ventajas

  • La primera y principal, la fundamental razón por la cual los estudiantes optan compartir un piso es el coste mensual de renta. Es por mucha diferencia más económico que una residencia para estudiantes.
  • Puedes compartir experiencias con estudiantes de todo el mundo, lo que te garantiza un aprendizaje cultural muy variado.
  • Tienes libertad de horarios para entrar y salir cuando quieras, hacer la limpieza cuando te plazca, comer en el momento que desees.
  • Te dará experiencia de vida. Notarás que debes responsabilizarte de más cosas y eso hará que tu crecimiento no sea solo intelectual, sino también humano.
  • Aprenderás a lavar, cocinar, planchar y a respetar normas de convivencia con otros inquilinos. Esto será una herramienta extra que adquirirás y valorarás por el resto de tu vida.

Desventajas

  • Deberás organizarte con el resto de tus compañeros para realizar de manera equitativa las tareas del hogar. Limpieza, orden, compras, etc.
  • Tendrán que compartir espacios con otras personas la mayor parte del día.
  • Habrá que controlar los pagos de los gastos de suministros y evaluar la forma de que sea de igual división para todos.
  • Tendrás menos intimidad.
  • Tal vez suceda que el piso no quede tan cerca del centro educativo y, en ese caso, tengas que utilizar el transporte público para llegar hasta allí.

Esperamos haberte ayudado con esta información sobre estas dos modalidades de alojamiento para estudiantes. Sabemos que el proceso de formación educativa y profesional es uno de los momentos más trascendentales en tu vida. Por esta razón, queremos que confíes en Oi Real Estate y te acerques a nosotros para colaborar con tu búsqueda, ¡anímate!

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¿Qué sucede cuando el arrendador de una vivienda sufre un divorcio y necesita la vivienda que dio en alquiler para su cónyuge? ¿Qué dice la ley? En este post te lo contamos.

Sucede a veces que el arrendador adquiere la vivienda arrendada como inversión para ponerla en alquiler y así obtener una renta mensual. Mientras tanto vive con su cónyuge y ambos usan el dinero de la renta para cubrir su coste de vida. Pero, si se divorcia, puede necesitar de esa vivienda que es de su propiedad y dio en alquiler. Muchas veces la justicia determina que uno de los cónyuges debe proveer de vivienda al otro. Generalmente cuando hay niños de por medio  Analizaremos qué dice la ley al respecto.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad. Respecto de la incidencia del divorcio del arrendador en el contrato de alquiler, la ley aclara el supuesto que analizaremos a continuación.

Divorcio del arrendador

¿Puede el divorcio del arrendador influir de alguna manera en el contrato de alquiler? Pues sí. No es lo más común, pero en el caso que el arrendador esté atravesando o haya atravesado recientemente una situación de divorcio, ello puede afectar el plazo mínimo de alquiler establecido por la ley como parámetro general. Para entenderlo cabalmente, antes analizaremos brevemente la duración de los contratos de alquiler.

Duración de los contratos de alquiler

A pesar de lo establecido por la Ley de Arrendamientos Urbanos, es habitual creer erróneamente que los contratos de alquiler duran un año. Conforme lo establecido en el artículo 9° de la ley, la duración de los contratos de alquiler será libremente pactada por las partes. Sin embargo, la norma sugiere un plazo de duración de cinco años. Indica que, si la duración pactada fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance esa duración..

Divorcio del arrendador como excepción a la prórroga obligatoria

La ley establece algunos casos que comprenden una excepción a la prórroga obligatoria que mencionamos en el apartado precedente. Cuando el arrendador necesite la vivienda para su cónyuge, en el supuesto de divorcio, podrá pactarse una duración menor a los cinco años sin obligación de prorrogar. Textualmente, el inciso 3 del artículo 9 de la ley dice lo siguiente.

Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial

Comunicación anticipada

Para ejercer esta potestad de recuperar la vivienda, el arrendador deberá comunicar fehacientemente al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada. Deberá realizar la comunicación con al menos dos meses de antelación especificando el divorcio como causa de dicha necesidad y la fecha en que va a necesitar la vivienda. Cumplido este extremo, el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto

Requisitos para pactar duración menor a cinco años por divorcio del arrendador

Repasamos los requisitos que establece la ley para que el arrendador divorciado pueda pactar una duración menor a 5 años sin que le aplique la prórroga obligatoria.

  • Debe constar en el contrato la posible necesidad de la vivienda para el cónyuge.
  • Debe tener sentencia firme de divorcio.
  • Debe haber transcurrido un año de arriendo como mínimo.
  • El arrendador debe comunicar fehacientemente al arrendatario, con al menos dos meses de anticipación, su voluntad.
  • En la comunicación, el arrendador debe establecer la fecha exacta en la que necesitará la restitución de la vivienda.

Supuesto de no ocupación de la vivienda por el cónyuge

Ahora bien, la Ley de Arrendamientos Urbanos aclara un supuesto para salvaguardar el derecho genérico del arrendatario a residir en la vivienda de alquiler por cinco años. Si transcurridos tres meses desde el efectivo desalojo de la vivienda, el cónyuge del arrendador no hubiera procedido a ocupar la vivienda, el arrendatario podrá optar entre dos opciones. Para ello tendrá un plazo de treinta días contados desde los tres meses de su desalojo.:

Reposición del arrendatario en la vivienda

Una opción que tiene el arrendatario en estos supuestos es exigir ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años. En este caso, se  respetarán, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción. Sumado a ello, el arrendatario tendrá derecho a la indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación.

Indemnización al arrendatario

La segunda opción que da la ley al arrendatario en estos supuestos es el de recibir una indemnización sin ser restituido en la vivienda. La indemnización se calculará en una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar cinco años.

Excepción a la obligación del arrendador de reponer o indemnizar al inquilino en estos supuestos

La ley indica un supuesto en el que no procede la reposición del arrendatario ni la indemnización a su favor. Esto es cuando el cónyuge del arrendador no hubiera procedido a ocupar la vivienda desocupada por el arrendatario por causa de fuerza mayor. Se entiende por fuerza mayor el impedimento provocado por aquellos sucesos expresamente mencionados en norma de rango de Ley a los que se atribuya el carácter de fuerza mayor, u otros que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables.

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