Autor

Julio Redacción

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El incumplimiento de fecha de entrega de propiedades es un conflicto frecuente entre vendedor y comprador. Una vez cerrada la operación, el propietario tiene derecho a tomar posesión en tiempo y forma tal y como figura en el contrato cuya obligación acordó con el vendedor. En esta nota te contamos cuáles son las alternativas más convenientes para reclamar.

Siempre que adquirimos una propiedad, ya sea nueva o con años de antiguedad, necesitamos que los plazos de entrega se cumplan. Una inversión de magnitud como la que requiere el coste de un inmueble demanda que las obligaciones contractuales sean formalizadas.

Pero muchas veces por causas ajenas a la voluntad de las partes, surgen inconvenientes en las fechas y los plazos para que el propietario tome posesión de la vivienda se pueden retrasar.

¿Cuáles son algunas causas probables de incumplimiento de entrega de propiedades?

Durante la crisis financiera del 2008, muchos inversores sufrieron retrasos en las entregas, paralización de las obras o quiebre de los proyectos inmobiliarios. Este 2020 ha traído sus consecuencias similares debido a la debacle económica provocada por el coronavirus.

La pandemia obligó a muchos sectores a paralizar sus actividades. El estado de alarma dictaminado por el gobierno a principios de año provocó un freno en las actividades económicas, cuyos efectos no tardaron en hacerse notar también en el rubro de la construcción y la venta de inmuebles.

Estas dilaciones pueden haber afectado los plazos de entrega de viviendas. En este caso, el vendedor o la cooperativa de viviendas deberá afrontar las demandas al no cumplimentar lo acordado con el comprador 

Ante estas circunstancias, el propietario tiene derecho a hacer las reclamaciones correspondientes ante los Tribunales pudiendo llegar a percibir compensaciones económicas inherentes a esa dificultad.

¿Cuáles son las cláusulas que protegen al comprador de un posible incumplimiento de contrato?

Ya sea en caso de una compra de vivienda que estaba previamente construída o en la adquisición de una propiedad de plano, existe una fecha pactada en el contrato para su entrega. 

Es importante estar atentos para que en el acuerdo entre vendedor y comprador se fije explícitamente un momento preciso o una fecha concreta de concesión. De esta manera se generará una obligación escrita que deberá ser cumplimentada por el vendedor en tiempo y forma. Esto además facilitará las cuestiones relativas a posteriores reclamaciones.

Otra cláusula que se recomienda incluir en los contratos, especialmente si se trata de la compra de un piso nuevo es la que establezca la penalización por el retraso en la entrega de la obra. Esto podrá obligar al vendedor a distintas opciones:

  • El pago de una determinada cantidad de dinero: Este importe se devengará del cálculo de las posibles pérdidas ocasionadas por la falta de posesión.
  • El alquiler de una vivienda: A esta opción se puede concurrir si el piso que estamos pagando reemplazará un actual arrendamiento. 
  • Devolución de las cantidades pagadas más los intereses e impuestos correspondientes: Este punto debe incluírse previendo que la obra nunca se concluya.

Dentro de esta cláusula no se debe olvidar hacer referencia al seguro bancario acreditado por el vendedor para afrontar posibles indemnizaciones.

¿Cuáles son los pasos a seguir cuando nos enfrentamos a un incumplimiento del plazo de entrega de vivienda?

En una primera instancia, lo más recomendable es intentar lograr un acuerdo amistoso con la parte vendedora. Programar otra fecha de entrega en un tiempo prudencial puede ser un punto a favor para evitar iniciar acciones legales, con su consecuente coste inicial extra.

El mantener un buen diálogo entre las partes propiciará un acuerdo beneficioso para todos. Contar con la posibilidad de llegar a un acuerdo con el consentimiento de comprador y vendedor seguramente resultará en ahorro efectivo de tiempo y recursos.

¿Cómo proceder si el comprador no acata un acuerdo amistoso?

Cuando intentamos la vía amistosa y el vendedor no acepta una nueva fecha de concesión o no demuestra voluntad de acuerdo, tenemos la posibilidad de iniciar acciones legales. En este punto es importante asesorarse con un buen estudio de abogados, de preferencia especializados en temas inmobiliarios. De esta manera estaremos seguros de que contamos con profesionales idóneos y con experiencia para llevar adelante nuestro litigio.

  • Comunicación fehaciente y plazo improrrogable:

El primer paso será el de comunicarle al vendedor la exigencia de la entrega de la propiedad, en una fecha que será propicia para el comprador. En este punto debe existir una comunicación fehaciente de que se reclama el cumplimiento del contrato señalando un plazo improrrogable para ello.

  • Posibilidad de iniciar demanda por daños y perjuicios: 

El comprador le avisa en esta instancia al vendedor que podrá iniciar las acciones correspondientes por el incumplimiento de la entrega de la vivienda en tiempo y forma. En este momento podrá hacer reserva expresa de todas las acciones legales que le asistan para la reclamación de los daños y perjuicios que se le causen por la demora producida.

  • Pago de penalización previamente acordado

En caso de que existiera en el contrato anteriormente firmado, se puede invocar la cláusula de penalización por retraso en la entrega, que podrá ser del pago de un importe, el alquiler de una vivienda o el reembolso de la inversión si hay cancelación de obra.

Estos ítems deben ser transmitidos a la parte vendedora a través de un requerimiento notarial o burofax.

¿Qué hacer cuando no se responde al reclamo por incumplimiento de contrato?

Al no recibir respuesta a los plazos comunicados fehacientemente a la parte vendedora, el comprador tiene derecho a iniciar las acciones legales en Tribunales.

Luego de este paso, será el juez quien implemente las medidas tendientes a la resolución del conflicto. Para ello se deberán acatar los tiempos jurídicos y la sentencia, dependerá de los alegatos oportunos y las pruebas existentes.

Cabe aclarar en este punto que la ejecución de las penalidades contratuales pueden variar según el parecer del juez. Esto sucede porque el magistrado tiene potestad para moderar su contenido teniendo en cuenta las causas de la demora en la entrega.

Arbitajes y mediaciones: ¿por qué elegirlos?

Según la Cámara de Comercio Alemana para España, dos de los medios en auge para la resolución de conflictos, sobre todo en este contexto de post- covid 19 que son más convenientes por su rapidez y efectividad.

Arbitraje: A través de este mecanismo las partes eligen de mutuo acuerdo a un tercero independiente que ejercerá como Arbitro. Esta figura legal será la que emita un laudo con la decisión que estime lleve justicia al conflicto.

Mediación: Por esta vía, las propias partes alcanzan entre ellas un acuerdo. El mismo deberá ser satisfactorio tanto para el vendedor como para el comprador . Se contará para todo el proceso con un mediador, que es un profesional formado para tales fines.

Las ventajas de estos métodos son: confidencialidad, rapidez y ahorro de costes. Su mayor beneficio reside en la practicidad de poder enviar las comunicaciones a través de correo electrónico y la facilidad para dictar las sentencias por videoconferencia.

Si te interesó este tema y quieres seguir conociendo sobre el mundo inmobiliario, te invitamos a leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

Oi Real Estate

Tener un piso vacío puede suponer un gasto de muchos euros anuales. Pero, ¿por qué es tan caro tener una vivienda vacía? La razón es que el mero hecho de que la vivienda se encuentre vacía no libera del pago de los impuestos establecidos. Pagos obligatorios como la comunidad y los consumos mínimos de los suministros. En este artículo te contamos cuáles son los gastos de una vivienda vacía y si realmente valen la pena.

Los gastos de una vivienda vacía

Muchas son las personas que tienen que hacer frente a los gastos de tener una vivienda sin ocupar (bien por deseo propio, porque se haya heredado o porque no se encuentre inquilino). El gasto anual que conlleva tener una vivienda vacía  será mayor o menor en función del tamaño del piso y del municipio donde se ubique la propiedad.

Pero, ¿cuáles son los motivos de que tener una casa vacía suponga un gasto tan grande? La razón es sencilla: el propietario de un piso vacío no puede eludir el pago de ciertos gastos (fijos y variables) que están vinculados con la propiedad.

Cuota de la Comunidad de Vecinos

El primer pago que deberá hacer frente es la cuota de la comunidad de vecinos. Este suele ser el gasto más elevado en el mantenimiento de una vivienda vacía. El importe de esta cuota dependerá de los servicios asociados y de la dimensión de las zonas comunes. Derramas, ascensor, portero, reformas, calefacción comunitaria, el jardinero, etc. Son gastos que aumentarán la cuota pero a los que seguirá teniendo que hacer frente, aunque no esté disfrutando de ellos.

Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI): gastos de una vivienda vacía

A este pago debe sumarle el Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI), el cual grava la titularidad o posesión de cualquier propiedad. El costo medio por propietario puede ascender a 500 euros en una vivienda sin garaje ni trastero. En el caso de que su inmueble cuente con garaje, trasteros, etc. el costo puede aumentar unos 120 euros.

Seguro de hogar: gastos de una vivienda vacía

Si se ha decidido tener cubiertos aquellos acontecimientos inesperados que puedan darse, entonces se habrá contratado un seguro de hogar. Su importe dependerá de lo que se quiera asegurar. Lo recomendable para una casa vacía es contratar un seguro con coberturas mínimas, lo que supondrá una media de 200 euros al año.

Suministros “vivos”

Si se decide tener dados de alta los suministros de agua, luz y gas, aunque no se haga uso de los mismos, tienen un coste mínimo. En algunos informes, se valora este coste de 540 euros anuales, aproximadamente.

Mantenimento de una vivienda vacía

Es recomendable. Con un mantenimiento periódico se evitan fuertes gastos que habría que desembolsar si, de repente, fuera necesario hacer reparaciones importantes.

Hipoteca

Es probable que muchas personas, además, tengan que hacer frente al pago de la hipoteca. Lógicamente, de ese modo el gasto de una vivienda vacía se dispara.

Derramas extraordinarias

Una derrama extraordinaria en una Comunidad de Propietarios puede tener como objeto el pago de unas obras a realizar, fruto de una inspección desfavorable. Ya sea eléctrica, del ascensor o técnica del edificio, por el organismo competente en cada caso, por poner unos ejemplos habituales.

Una casa hay que cuidarla, aunque esté vacía, porque dura más, envejece mejor y permite disfrutarla más tiempo. Con un mantenimiento periódico se evitan grandes gastos en caso de que sea necesario hacer reparaciones originadas por un pequeño problema agravado por el paso del tiempo.

Como hemos visto, mantener una vivienda vacía no es gratis. Y tampoco es simple. Por ese motivo, muchos de los propietarios toman la decisión de vender sus viviendas en desuso.

La opción de vender tu vivienda es siempre una buena elección. Y en OI REAL ESTATE somos expertos en ventas. Por esto, te vamos a contar las ventajas que tienes si optas por vender tu propiedad con nosotros.

¿Cuáles son las ventajas de contratar a Oi Real Estate para vender un piso y evitar los gastos de una vivienda vacía?

Vender una casa o un inmueble puede ser una tarea ardua ya que el mercado está saturado. O bien, no tenemos los conocimientos ni los recursos para vender de forma efectiva nuestra vivienda. Por ello, te vamos a contar todas las ventajas de contratar una inmobiliaria para vender un piso de forma exclusiva. Y qué deberías tener en cuenta a la hora de firmar un contrato de este tipo.

Lo primero de todo es realizarte una serie de preguntas para entender un poco mejor el proceso y que entiendas cómo funciona el tema de la negociación. Por tanto, deberías cuestionarte lo siguiente:

  • ¿Cuánto dinero tiempo, esfuerzo y dinero estoy dispuesto a invertir?
  • ¿Cuánto tiempo tengo de plazo para vender el piso?
  • ¿Cuál es el precio máximo por el que quiero vender mi inmueble?
  • ¿Cuál es el beneficio que quiero obtener por el piso?
  • ¿Puedo encomendar la venta a una empresa externa, como una inmobiliaria?

Responder a estas preguntas es importante a la hora de decidirse a contratar una inmobiliaria para vender un piso.

Las razones son más que evidentes. Lo primero de todo es que debes entender todo el proceso de negociación y saber que vender un piso es una tarea difícil, pero no imposible. Vender un piso es un tema que requiere de mucho tacto, paciencia y trato con el cliente. Debes estar atento al teléfono todo el tiempo, además de conocer el mercado para saber en qué rango de precios te mueves y conseguir el mejor precio posible. Entonces, en lugar de pagar los gastos de una vivienda en desuso, tu mejor opción es la venta.

Ventajas de contratar una inmobiliaria para vender un piso de forma exclusiva

  • La primera y quizás la más importante es que obtienes exclusividad, ya que la agencia o inmobiliaria que contratas se compromete contigo. Una agencia tiene un parque de viviendas que debe tratar con mimo y cuidado, ya que obtener el máximo rédito de estas viviendas va a proporcionarles, tanto a ellos como a ti, muchos beneficios. Además, si lo tienen en exclusiva, deben invertir todos sus esfuerzos para venderlo de la mejor forma posible. Es un contrato llamado win-win (ganar-ganar) en el que las dos partes salen beneficiadas.
  • Otro dato interesante es que vender un piso de forma exclusiva con una agencia o inmobiliaria permite una venta más rápida. Por norma general, los compradores que buscan pisos se suelen encontrar pisos o viviendas sin la dirección para dar el menor número de pistas a sus competidores. De esta forma, los dueños de los pisos con direcciones (o sea, los de las inmobiliarias) se garantizan de que los compradores se pongan en contacto con ellos para ver el piso o pedir más detalles. En definitiva, tienen más opciones de que les compren el piso. Y es que está demostrado que las agencias que tienen viviendas en exclusividad se pueden permitir ponerlos a la venta de forma inmediata y con la dirección exacta para poder verlo al momento. La publicidad es más efectiva y la venta es más fácil al tener más recursos para mostrar el piso.

  • Centralización del proceso. Esto que suena a política se resume en que existe un solo interlocutor que realiza todo el proceso y los trámites burocráticos. De esta forma, se resuelven los problemas con mayor prontitud y no hay posibilidades de segundas opiniones o valoraciones al existir una sola voz. Además, las inmobiliarias suelen encargarse de resolver toda la parte burocrática que suele ser tediosa y técnica.
  • Una inmobiliaria da facilidades al dueño del piso ya que conoce perfectamente el mercado y puede garantizar muy buenos resultados en poco tiempo. La exclusividad suele ser más efectiva ya que la compra venta se suele desarrollar de forma más fluida y sin contratiempos.
  • Ahorro de tiempo y dinero. ¡Cómo lo oyes, salvarás tiempo y dinero! Te explicamos las razones. La creencia generalizada de que el intento solitario de vender un piso te permite ahorrar dinero (los honorarios de la inmobiliaria) y tiempo es errónea. Lo mismo sucede con el precio del piso. Mucha gente piensa que se va a hacer rica o ganar mucho dinero en el proceso.

    Sin embargo, el valor real del mercado es el que es. Y si quieres vender no puedes pretender subir de forma exagerada el precio de tu vivienda. El ahorro en tiempo es importante ya que la agencia se ocupa de todo mientras tú sólo tienes que firmar y dejar el resto en sus manos. La inmobiliaria cuenta con profesionales que conocen la competencia y el mercado. Además, suelen ser expertos negociadores y les interesa vender tu piso ya que ambas partes (tú y ellos) salen ganando con la venta.

¿Quieres una inmobiliaria que cumpla todos los requisitos citados antes? ¡No lo dudes y visita OI REAL ESTATE! Nuestra gran oferta nos hace líderes del mercado inmobiliario en nuestras zonas de actuación.

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La suspensión de pagos de una discoteca en Madrid y la reducción del 50% de su renta habitual cuando pueda volver a trabajar sienta jurisprudencia basándose en la cláusula rebus sic stantibus.

Comienzan a sustentarse en la Justicia las medidas tomadas por el gobierno a principio de año para palear la crisis económica provocada por el Coronavirus.

Dos jueces han tomado las medidas cautelares tendientes a dar aval en la justicia al Decreto-ley 15/2020, sancionado en abril de este año. Dicho decreto buscó adoptar una serie de medidas que refuercen la actividad económica y, principalmente, a las PYMES y los autónomos que se hayan visto afectados de forma directa por el COVID-19.

En Madrid, el juez Carlos Ceballos Norte, titular del Juzgado de Primera Instancia 81 dictaminó la medida avalando la suspensión de pagos . El caso lo presentó una discoteca céntrica que logró la rebaja al 50% en el momento en el que pueda volver a las actividades.

A tono con esa decisión, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 Benidorm (Auto 162/2020, 7 Jul. Procedimiento 601/2020)  acordó la suspensión temporal del pago de la renta de un local debido a la crisis ocasionada por el COVID-19.

¿Cuáles fueron las causas por las que el gobierno decretó la medida de suspensión de pagos de alquileres?

Debido a la fuerte crisis económica generada por la pandemia el gobierno dispuso medidas extraordinarias para sortear la complicada situación de muchos arrendatarios

Desde que se decretó el primer estado de alarma en España  se dictaminaron varias leyes-dectreto  tendientes a sustentar a las personas que por las restricciones obligatorias perdieron sus fuentes de trabajo o se vieron impedidos de volver a realizar sus tareas con normalidad. 

¿Cómo fue el tratamiento respecto de los alquileres de viviendas?

En cuanto a los alquileres de vivivendas, el gobierno dispuso una mora para aquellas personas que cumplieran con condiciones de vulnerabilidad. Con el fin de acogerse a dicha norma, debían ubicarse bajo estos requisitos:

  • Acreditar el estado de vulnerabilidad económica
  • La vivienda debía ser la habitual, no segunda residencia o vacacional.
  • El propietario tenía que cumplir la condición de ser empresa del Estado o dueño de más de diez inmuebles

La moratoria consistió en el emplazamiento a un acuerdo entre arrendador y arrendatario para el pago de la vivienda en un plazo distinto al convenido. Los términos de este convenio fueron:

  • Por un máximo de cuatro meses reducir la renta al 50%

  • Conceder el aplazamiento de pagos

Si se optó por el aplazamiento, la moratoria se considera automática, y podrá durar lo que dure el estado de alarma, e incluso prorrogarse tal y como ha venido decretando el Consejo de Ministros.

La persona arrendataria no sufrirá ninguna penalización y las deuda aplazada será cancelada a la arrendadora sin intereses.

¿En qué casos La Ley de Arrendamientos contempla la suspensión de pagos de alquiler?

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos no prevé causa alguna de exclusión del pago de la renta por fuerza mayor o por declaración de estado de alarma u otras causas, ante la falta de acuerdo entre las partes. La salvedad del caso está referida en su artículo 26, relativo a la habitabilidad de la vivienda derivada de la ejecución de obras, que podría ser aplicable a los locales de negocio.

Tal como consigna la Ley Decreto 15/2020 publicada en el Boletín Oficial del Estado ante esta situación se procedió prever una regulación específica en línea con la cláusula «rebus sic stantibus», de elaboración jurisprudencial, que permite la modulación o modificación de las obligaciones contractuales. Todo esto siempre y cuando concurran los requisitos exigidos:

  • imprevisibilidad e inevitabilidad del riesgo derivado
  • Excesiva onerosidad de la prestación debida
  • Buena fe contractual.

Dentro de la Ley Decreto, se consideró conveniente ofrecer una respuesta que permita abordar la situación y regular procedimientos. De esta manera se propició el acuerdo entre las partes para la modulación del pago de las rentas de los alquileres de locales.

¿Qué es el rebus sic stantibus?

De esta cláusula es de la que se valieron los magistrados para dictar las medidas cautelares procedentes a justificar la mora en los alquileres.

La expresión latina, traducida como «estando así las cosas» es una de las cláusulas más conocidas de la historia del derecho en Europa. Aplica una significativa corrección a otro principio igualmente histórico, el de ‘pacta sunt servanda’ (los pactos deben cumplirse). La misma afirma que cuando, de manera sobrevenida, por fuerza mayor, cambian las circunstancias en las que se firmó el contrato, cada una de las partes puede desistir de su cumplimiento o renegociarlo.

En los casos de arrendamiento de locales, la cláusula es totalmente aplicable ya que a causa de la pandemia las circunstancias en las que se firmó el contrato variaron indefectiblemente. Esto marcó la habilitación a las partes a renegociar las condiciones mientras duren las medidas restrictivas a la actividad que se desarrollaba.

¿Qué fundamentos expusieron los demandantes para poder recurrir a la suspensión de pagos de alquiler?

La demanda del local bailable de Madrid contó con el apoyo de Tito Pajares, presidente de la Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno y Espectáculos de Madrid (CONM). En ella se solicitaba la aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus” al contrato de arrendamiento.

El lugar de esparcimiento llevaba sin abrir sus puertas al público siete meses, desde que se dictaminó el estado de alerta en toda España.

El juez Carlos Ceballos Norte consideró en sus argumentos que mientras no esté permitida la apertura, se acordará la suspensión de pago de la renta. De igual maneral se seguirán abonando las cantidades complementarias que venían abonándose durante la moratoria.

La renta a pagar, una vez que la actividad vuelva a reanudarse, será de 7.500 euros mensuales –la mitad del alquiler pactado por contrato–, hasta que se celebre el juicio

El magistrado se basó en la Ley Decreto 15/2020.

Otro de los casos que tomaron relevancia por haber podido acogerse a la suspensión de pagos fue el propiciado por el juzgado de Primera Instancia nº2 de Benidorm de 7 de julio. En los autos se aprobaron las medidas cautelares promovidas por un arrendatario de local de negocio de hostelería y restauración.

A través del mismo se procedió a la suspensión en forma parcial y temporal de su obligación de pago de la renta. Además se avaló la prohibición a la arrendadora de presentar demanda de desahucio durante la tramitación del procedimiento.

Estas dos medidas cautelares avalaron la suspensión de pagos de alquileres de locales durante el tiempo que dure la pandemia y asegurando su prórroga mientras el gobierno así lo estime.

De todos modos, ambos procesos continuarán por la vía legal, debiendo esperar el juicio para llegar a una sentencia firme.

¿Qué se recomienda para evitar llegar al proceso legal?

Ante la crisis provocada por la pandemia y atento a futuros inconvenientes de pago, se recomienda actuar con celeridad y negociar ya sea la reducción de la renta o la suspensión de la misma entre arrendador y arrendatario.

Cualquier solución negociada será más económica que acudir a la Justicia, aunque habrá ocasiones en el que el recurso será obligado por las circunstancias.

Si te quedó alguna consulta o quieres hacer algún comentario, no dudes en escribirnos! En Oi Real Estate estamos a tu disposición para cualquier asesoramiento que necesites.

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A raíz de los problemas económicos provocados por los confinamientos, cada vez son más los contratos de alquiler que incluyen la «Cláusula Covid».

Así pues, hoy en día los contratos de alquiler pueden contemplar las condiciones de arrendamiento en caso de pandemia, estado de alarma, rebrote o confinamiento.

En este artículo veremos que son las Cláusulas Covid y de que manera son aplicables en la nueva normalidad.

Clausulas tradicionales en los contratos de alquiler

Los contratos tal cual se redactaban antes de la pandemia, contemplan todas las medidas que pueden ser aplicadas al arrendatario.

Por ejemplo, el tiempo de anticipación con el que debe avisar el inquilino al propietario si se quiere ir antes del inmueble, la responsabilidad del pago de las expensas, lo que sucede si se ocasiona algún daño en la propiedad, la prohibición de subarrendar el inmueble, también se fija el precio del alquiler, el deposito de garantía o los días del mes en el que se debe abonar la renta, entre otros aspectos.

Mientras las partes del contrato acepten y las cláusulas sean conforme a derecho, no habría problema alguno.

Pero: ¿qué sucede en estos tiempos en lo que todo esta patas para arriba?

Alquiler de vivienda y coronavirus

El Covid-19 ha cambiado la vida en todos los aspectos y los contratos de alquiler no son una excepción.

En este sentido, la idea de la Cláusula Covid es regular distintos escenarios y situaciones, con soluciones distintas según los casos. Es decir, se trata de brindar mayor flexibilidad a la relación contractual entre propietario e inquilino.

En sí, los contratos son los mismos, pero incluyen estas disposiciones como anexo que aportan predecibilidad a los contratos de alquiler.

Qué son las «cláusulas coronavirus» en un contrato de alquiler

Las llamadas «cláusulas coronavirus» son como su nombre lo indica disposiciones COVID- 19, es decir, son las generadas a partir de esta nueva normalidad que estamos atravesando.

Así, estas medidas están anexadas al contrato de alquiler y prevén condiciones de arrendamiento en caso de: pandemia, estado de rebrote, estado de alarma, confinamiento, etc.

Por lo tanto, son útiles para conciliar intereses que debido a situaciones inesperadas pueden crear determinados conflictos.

¿Son legales estas cláusulas?

Como norma general,  rige el principio de autonomía de la voluntad de las partes (artículo 1.255 del Código Civil). Por lo tanto, si las partes llegan a un acuerdo y eso se ve reflejado en el contrato y no incumplen la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), estas cláusulas tendrían total validez y eficacia.

De esta manera, la incorporación de estas disposiciones se esta normalizando en el mercado inmobiliario, ya que tanto los inquilinos como los propietarios son conscientes de la necesidad de regular estas cuestiones ante la nueva normalidad.

Eso sí, como en los contratos convencionales, a la hora de firmar se deberá tener en cuenta una serie de condiciones.

Es fundamental que ambas partes dediquen el tiempo suficiente a la revisión del contrato. De esta forma, el contrato deberá ser lo mas detallado posible y abarcar todos los supuestos que resulten necesarios para tener más claro a que tendrán que atenerse en cada situación.

Las cláusulas coronavirus en los pisos de estudiantes

Los estudiantes son un grupo especialmente vulnerable a los efectos de la pandemia en cuanto a los alquileres de pisos.

Es que, muchas veces los universitarios se mudan de otra ciudad por sus estudios, y al declararse nuevos estados de alarma o confinamiento para frenar los contagios, tienen que abandonar sus clases y regresar a sus domicilios habituales.

Asimismo, no son solo los estudiantes los afectados, hay otros colectivos también que pueden beneficiarse de una Cláusula Covid-19.

Así pues, son muchas las personas interesadas en estas disposiciones, tales como las que se encuentran disfrutando de un alquiler vacacional o las que se hayan desplazado a otra ciudad por motivos de trabajo o incluso los extranjeros que, de agravarse la situación, se verían obligados a volver a su país de origen. Así también, los locales comerciales se podrían ver favorecidos por estas medidas.

Por ello, la mejor solución ante esta nueva normalidad, es que el inquilino y el propietario negocien, o sea, dialoguen para que puedan firmar un contrato justo para ambos.

Propietarios, inquilinos y Cláusula Covid

El conflicto de intereses es evidente. Si el universitario se marcha a los pocos meses de alquilar perjudica al propietario. Esto es, porque cuando se firmó el contrato el arrendador pensaba tener alquilada la propiedad por más tiempo.

Aparte hay que tener en cuenta que al propietario le resultará complicado alquilar el inmueble en pleno confinamiento, por ejemplo.

En este sentido, el inquilino, ya sea un estudiante universitario, un trabajador,un turista, etc., también podría pedir que el contrato se rescindiera en caso de un nuevo confinamiento que le obligara a volver a su domicilio.

Por otra parte, el propietario puede pactar con el inquilino una cantidad a percibir en caso de un nuevo estado de alarma que le garantizará seguir cobrando las rentas.

De hecho, con todos estos ejemplos de cláusulas coronavirus lo que se intenta es evitar rescindir el contrato completamente.

¿Qué opciones puede plantear?

De entrada, intentar incluir un punto que especifique que no habrá penalización económica si se produce el cierre total o parcial del centro educativo que le impida acudir a las clases por causa de la covid-19.

Sin embargo, cabe la posibilidad de que el propietario se niegue a aceptar esa condición.

En este sentido, la alternativa aconsejable y razonable puede ser la búsqueda de una vía que compense a ambos.

Así, por ejemplo, de darse un cambio de escenario ante rebrotes o nuevos confinamientos, el arrendador se compromete a bajar el precio del alquiler; mientras que el arrendatario acepta quedarse el curso entero o, al menos, consiente en no marcharse ipso facto (de inmediato).

Modelo de Cláusula Covid para los contratos de alquiler

Por ejemplo, en el anexo del contrato podríamos agregar estos items, entre otros:

  • El propietario reconoce al inquilino el derecho de desistimiento de este contrato para el caso en que se produzca la suspensión de la asistencia al trabajo/enseñanza reglada del inquilino como consecuencia del COVID-19.
  • La suspensión de la asistencia al trabajo deberá ser acordada por la autoridad competente y ser imperativa y obligatoria para el inquilino. 
  • El inquilino deberá notificar al propietario el ejercicio del derecho de desistimiento que reconoce este apartado. Se hará de forma fehaciente y su ejercicio será irrevocable.
  • El ejercicio del derecho de desistimiento obligará al inquilino a abandonar la vivienda alquilada, produciendo efectos desde la efectiva puesta a disposición del propietario. 
  • El ejercicio del derecho de desistimiento como consecuencia del COVID-19 no dará derecho al inquilino a la devolución de la parte de mensualidad abonada y no consumida. 
  • El inquilino compensará al arrendador por el ejercicio del derecho de desistimiento por causa del COVID-19 con una cantidad igual a la fianza constituida en el contrato de arrendamiento, quedando la misma atribuida al arrendador.

Si te quedó alguna consulta o quieres hacer algún comentario, no dudes en escribirnos! En Oi Real Estate estamos a tu disposición para cualquier asesoramiento que necesites.

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En el artículo de hoy te vamos a contar sobre la ITE. Si no sabes lo que es, no puedes dejar de leerlo. Y si lo sabes, también puede interesarte ya que te brindamos información muy interesante. ¡Acompáñanos en la lectura!

¿Qué es el ITE?

La Inspección Técnica de un Edificio viene asociado a un concepto de arquitectura legal preventiva, el cual se considera un sistema de control de los edificios de viviendas. Se realiza para verificar que sus propietarios cumplen con su deber de conservación y rehabilitación. Además de verificar el nivel de seguridad tanto del edificio como de las personas que lo habitan. 

La ITE es obligatoria para todos aquellos edificios plurifamiliares y la comunidad de cada edificio es responsable de realizarla, una vez solicitado el presupuesto pertinente al técnico encargado.

A continuación, exponemos algunas de las preguntas que suelen surgir y con las que esperamos responder cualquier duda. No obstante, siempre puedes contar con los profesionales de Oi Real Estate para asesorarte.

¿En qué momento se debe realizar una ITE?

Se considera importante pasar por dicha inspección una vez que se ha verificado la antigüedad del edificio en cuestión.

Cuando un edificio cumple 50 años de antigüedad, tiene la obligación de pasar un ITE al menos cada diez años. Ya que se considera que un edificio con estas características tiene más posibilidades de poder convertirse en inseguro para sus habitantes.

¿Qué es lo que valora el técnico exactamente?

En principio, el técnico realizará una inspección visual del edificio, para luego pasar a comprobar la seguridad de las construcciones y estructuras. También verificará las redes generales de fontanería y saneamiento, la accesibilidad del edificio y todas las instalaciones comunitarias existentes.

Una vez que se ha planificado la visita entre las dos partes y se ha aprobado el presupuesto, el técnico tiene que acudir al edificio para realizar la inspección. Esta revisión se realiza de forma visual para comprobar el estado de los elementos comunes: las fachadas interiores y exteriores, los elementos de accesibilidad, las azoteas, la estructura, las redes generales de fontanería, etc.

Dado que se trata de una valoración visual, la comunidad no tiene que soportar ninguna molestia. Además, por norma general, el profesional contratado no tiene que acceder a las viviendas particulares, excepto cuando lo considere relevante por el mal estado del conjunto. 

A grandes rasgos, el tiempo que se tarda en realizar una ITE es de una semana aproximadamente. Su precio dependerá del técnico, ya que no existen unas tarifas fijadas de antemano y cada uno establece sus propios honorarios. Hay que tener en cuenta que los edificios que no se sometan a esta inspección, se enfrentan a diferentes multas económicas.

¿Debe el técnico acceder a las viviendas individuales para realizar verificaciones?

En principio no. Pero, va a depender de cada caso particular, el técnico podría necesitar ver las viviendas particulares por dentro, por la posibilidad de que exista alguna característica de relevancia para el informe. Como, por ejemplo, algo que pueda poner en peligro la estabilidad del edificio o perjudicar a otros inquilinos.

La inspección la debe realizar un técnico profesional cualificado, que en la mayor parte de los casos es un arquitecto o ingeniero titulado. Y es quien podrá valorar las condiciones en las que se encuentra el edificio.

¿Cuándo se considera aprobada una ITE?

Cuando el técnico confirme que el edificio se encuentra en buen estado y que cumple con los requisitos necesarios de seguridad para el correcto habitar de sus integrantes. También de la seguridad general de todo lo que se encuentre en el radio del edificio. Esto, en otras palabras, quiere decir que se considerará en buen estado la edificación si obtuviese un resultado de deficiencias leves o sin deficiencias.

Posteriormente, se generaría un certificado electrónico firmado. En caso de existir deficiencias importantes o muy graves, se considerará no aprobada la inspección y se debería proceder a un programa de reformas del edificio, indicadas por el técnico.

¿Cuál puede ser la calificación de la ITE?

Cuando el técnico encargado de realizar la ITE acredite que el edificio se encuentra en buen estado y que cumple con todas las condiciones de seguridad, el resultado será aprobado. En estos casos, el propio profesional se encarga de tramitar toda la documentación para que dicha calificación conste en las bases de datos del organismo pertinente y hasta que no transcurran diez años no será necesario pasar una nueva revisión. 

Sin embargo, la resolución también puede determinar que el bloque de viviendas tiene deficiencias leves, importantes, graves o muy graves. Excepto en las primeras, en el resto es necesario poner en marcha un programa de rehabilitación del edificio junto con el técnico. Además, el certificado de aptitud que se remite es apto provisional durante seis años en el caso de las deficiencias importantes o apto cautelarmente durante tres años si se trata de deficiencias graves o muy graves. 

¿Cuál es el plazo estipulado para presentarla?

El plazo depende de las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento y del resultado de la ITE última, para saber si la vigencia es por ejemplo de tres, seis o diez años.

También se debe considerar la posibilidad de tener que realizar reformas en el edificio, a raíz de una multa por no pasar la ITE. Esto será necesario consensuarlo con todos los inquilinos de las viviendas. Igualmente, de darse el caso de no ponerse de acuerdo, la ITE se terminaría realizando por medio de un mandamiento judicial. El coste de este proceso deberá ser asumido por los propietarios.

¿Se puede comprar/vender una casa en mitad de la ITE o con la ITE a punto de pasarse?

Aunque en muchos “foros” digan que no es posible, e incluso la OCU lo desaconseje, la realidad es que sí. Pero es un riesgo muy grande para el comprador. Lo más aconsejable es, siempre, asegurarse de que la ITE se encuentra en regla. Y de no ser así, hablar con el presidente de la comunidad o el administrador para preguntar el porqué. En caso de tratarse de un problema grave (deficiencias en la vivienda, morosidad de algunos vecinos que impidan realizar las reparaciones oportunas, etc…) aconsejamos descartar la vivienda por los “sustos” que nos podemos llevar a posteriori.

En Oi Real Estate ofrecemos diferentes servicios inmobiliarios y nos parece interesante que conozcas esta información. Ya que es de suma importancia tener acreditadas las condiciones de seguridad pertinentes en tu edificio.

Si eres propietario, podría tener consecuencias indirectas sobre tus bienes, como por ejemplo, provocar que se detenga el proceso de venta de tu inmueble o incluso perjudicar tu hipoteca.

Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés

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Te contamos todo sobre Toledo. Una pintoresca ciudad española que cuenta con un vasto patrimonio cultural, bellos paisajes y diversas actividades para ofrecerte. En Oi Realtor te invitamos a visitar Toledo. ¡Sigue leyendo este post para descubrirla!

Una ciudad de la cual no puedes irte sin asomarse a sus miradores, subir a su Alcázar, perderse por sus callejuelas o ver un atardecer desde los Puentes de Alcántara o San Martín. A menos de 80 kilómetros de Madrid, merece la pena dedicarle más de una jornada para ver la ciudad iluminada por la noche y conocerla en profundidad.

¿Dónde se ubica?

Toledo es una antigua ciudad ubicada en una colina sobre las llanuras de Castilla-La Mancha, en España central. Es la capital de la región y es conocida por los monumentos medievales árabes, judíos y cristianos en su ciudad antigua amurallada. También fue la antigua casa del pintor manierista El Greco. La Puerta de Bisagra, de estilo morisco, y la Puerta del Sol, de estilo mudéjar, llevan al barrio antiguo, donde la Plaza de Zocodover es un animado lugar de reunión. Tienes que visitar Toledo y conocerla.

Diversidad cultural

Cristianos, musulmanes y judíos. Seguidores de las tres religiones han convivido durante siglos y dejado huella en Toledo, una de las más interesantes y sorprendentes ciudades de España en la que es posible ver, en cuestión de pocos metros, una catedral gótica, una mezquita del siglo X y dos sinagogas. 

Gran patrimonio histórico

Toledo es conocida como «La ciudad Imperial» por haber sido la sede principal de la corte de Carlos I. En cuanto a la cultura, Toledo cuenta con numerosos lugares de interés y es Patrimonio de la Humanidad desde 1987. Entre ellos se destacan el Monasterio de San Juan de los Reyes, gótico isabelino del siglo XV.

Toledo ha sido también lugar de nacimiento o residencia de artistas como Garcilaso de la Vega o El Greco, entre otros muchos.

Uno de los mayores patrimonios monumentales de Europa

La catedral de Toledo

La Catedral de Toledo es quizá el edificio más representativo de la ciudad para recorrer en tu visita a Toledo. En ella encontramos la huella de todos los estilos artísticos predominantes en la historia de España: estructura gótica en su construcción; yeserías y techos de traza árabe en la sala capitular; estilo barroco en su magnífico Transparente.

La planta es de cinco naves y las paredes están abiertas con ventanales y rosetones que lucen hermosas vidrieras, las más antiguas de las cuales datan del siglo XIV.

El centro del templo está ocupado por la Capilla Mayor y el Coro, separados ambos por el crucero. En la capilla es destacable el sepulcro renacentista del Cardenal Mendoza y los sepulcros reales de Alfonso VII y Berenguela, en un lado del presbiterio y los de Sancho y María de Molina en el otro.

Arte en la Catedral de Toledo

Son muchas las capillas y dependencias de la catedral e innumerables las obras de arte que alojan. Especialmente alberga obras de orfebrería y joyería. También es muy importante el conjunto de pinturas, sobre todo la excelente colección conservada en la Sacristía, que cuenta con El Expolio y el Apostolado de El Greco, cuadros de Caravaggio, Ticiano, Van Dyck, Goya, Morales, Rubens y Bassano; a parte de los frescos que revisten las paredes de la Sala Capitular, de Juan de Borgoña, y los del techo de la Sacristía, de Lucas Giordano.

Completan el interés artístico de la catedral el claustro, de los siglos XIV y XV; la Puerta del Reloj, cuajada de figuras en sus tres arquivoltas, tímpano y parteluz; las tres portadas de la fachada principal – Puerta del Perdón, de la Torre y del Escribano-; y la Puerta de los Leones, en cuyas esculturas trabajaron Hannequín Egas y Cueman en el siglo XV.

Tras cruzar puertas como las de Bisagra, la de Cambrón o la del Sol que hoy permanecen abiertas para el viajero, comienza el laberinto de calles del casco antiguo de Toledo, declarado Patrimonio Mundial. Se puede comenzar el recorrido conociendo la mezquita Cristo de la Luz, que con más de 1.000 años es el monumento más antiguo de Toledo y uno de los más importantes de la arquitectura hispano-musulmana y mudéjar en España.

Visita el Barrio Judío

La siguiente parada está en las empedradas calles del antiguo Barrio Judío. Esta es una zona llena de encanto donde además esperan dos de sus protagonistas: la sinagoga de Santa María la Blanca -la más longeva de la ciudad- y la sinagoga del Tránsito, que acoge el Museo Sefardí. Al visitar Toledo, de seguro querrás conocer este característico lugar.

La ciudad que albergó a El Greco

También por esta zona está el museo dedicado a uno de los vecinos más ilustres y queridos de Toledo, el pintor de características figuras alargadas conocido como El Greco. Su obra más famosa –”El entierro del Conde Orgaz”– está dentro de la también cercana iglesia de Santo Tomé.

Legado Cristiano

Del legado cristiano, destaca la Catedral del siglo XIII y sus vidrieras de colores, uno de los puntos fuertes de la ciudad. Tampoco se quedan atrás el Monasterio de San Juan de los Reyes -que se edificó para honrar a los Reyes Católicos- ni el Alcázar, que imponente domina toda la ciudad.

Disfruta de sus vistas

Más allá de la “ruta clásica” por la ciudad, Toledo tiene mil cosas para hacer. A su increíble Mirador del Valle -al otro lado del río y desde donde seguramente se obtienen las mejores vistas de la ciudad- se unen otros como el de la Torre de la iglesia de los Jesuítas.

Gastronomía en Toledo

Poco a poco la mayoría de los restaurantes y bares de Toledo, especialmente los que cuentan con terraza, van abriendo sus puertas respetando las normas sanitarias impuestas por el Gobierno. En todo caso, recomendamos llamar por teléfono para realizar una reserva previa. 

Siempre están los clásicos gastronómicos como las migas, las carcamusas, el cochifrito o los mazapanes; pero también da gusto adentrarse en el vanguardista Mercado de San Agustín o en los nuevos gastrobares y pedir desde croquetas de ciervo hasta platos vegetarianos o nuevas cervezas locales artesanales. Algo parecido pasa con las compras, pues a las tradicionales tiendas de espadas y damasquinado, se unen otras, por ejemplo, de moda vintage.

Para los más aventureros

Los más activos pueden incluso “volar” sobre el río Tajo en una de las tirolinas más largas de Europa o animarse a caminar por una Senda Ecológica que sigue el curso del río. Por la noche, es toda una experiencia unirse a una visita guiada sobre las leyendas y misterios de Toledo. Visitar Toledo también puede incluir una dosis de aventura.

Situación actual

¿Es segura la visita a Toledo para turistas y viajeros?

La situación actual es bastante favorable para visitar Toledo. No encontrarás tanta gente como antes del Coronavirus y las medidas de seguridad impuestas por el Gobierno están obteniendo el resultado buscado. No hará falta que os recordemos aquí todas, pero es importante mantener medidas de distanciamiento entre extraños y lavarse las manos con frecuencia, además de llevar puesta en todo momento la mascarilla cuando no podamos respetar las distancias de seguridad

Sitios totalmente gratuitos para visitar en la ciudad

Opciones libre de cargo en Toledo:

  • Catedral de Toledo.
  • Museo del Greco.
  • Museo Sefardí. Sinagoga del Tránsito.
  • Museo del Ejército, Alcázar de Toledo.
  • “Patrimonio Desconocido”.
  • Museo de Santa Cruz.
  • Iglesia de San Román. Museo de los Concilios y de la Cultura Visigoda.
  • Circo romano.

El fondo francés Ardian desembarca en España para invertir en el sector inmobiliario. Ha puesto en marcha un equipo de profesionales para la compra de inmuebles, sobre todo oficinas, en Madrid y Barcelona. Si quieres saber más, ¡sigue leyendo!

Ardian es una compañía de inversión de capital privado con sede en París. La gestora francesa ha ampliado su actividad inmobiliaria al mercado español.

Ardian ya operaba en España con sus fondos de infraestructuras (‘mid-cap buyout’ y ‘growth’). Pero, de este modo, extiende su negocio inmobiliario, el cual se encontraba centrado desde 2015 en Francia, Italia y Alemania, a España.

Ardian

Un líder con experiencia

El dirigente de esta nueva iniciativa es Edmund Eggins, exdirectivo de Colonial, quien buscará invertir en activos no residenciales, principalmente oficinas, ubicadas en zonas estratégicas de las ciudades de Madrid y Barcelona. Este empresario cuenta con diez años de experiencia en el sector inmobiliario, ya que ha trabajado en la SOCIMI Axiare Patrimonio y en Savills.

«España es un mercado con un gran potencial gracias al dinamismo de su economía y tejido empresarial, además del atractivo que tienen las empresas internacionales con ciudades como Madrid y Barcelona, que se encuentran entre las ciudades más emblemáticas de Europa», comentó Edmund Eggins.

Ardian en Europa

mapa

Ardian Real Estate cuenta con un equipo de 19 profesionales y más de 16 activos en su cartera ubicados en París, Milán, Roma, Múnich y Berlín. Su primer fondo en el mercado inmobiliario, Ardian Real Estate European Fund I (‘AREEF I’), se alzó con 738 millones de euros en 2019.

«La llegada de Ardian Real Estate a España es un paso natural. Las grandes oportunidades que vemos en el sector inmobiliario hacían que España fuese uno de los países prioritarios para nuestra expansión», aseguró Rodolfo Petrosino, Senior Managing Director, responsable del sur de Europa.

Estrategia en España

En cuanto a su estrategia, la empresa buscará inmuebles para oficinas de un tamaño significativo. Intentará aportarles un valor añadido mediante su gestión activa, con el objetivo de obtener grandes ingresos por el alquiler de estos activos.

Su ticket de inversión se situará entre los 50 y los 150 millones de euros. Con esta maniobra ya ha cerrado importantes transacciones en ciudades como París, Berlín y Milán.

Para Stéphanie Bensimon, responsable de Ardian Real Estate, la visión del fondo para las inversiones en inmobiliario pasa por construir un pilar «sólido y significativo», con una visión a largo plazo dentro del grupo.

«A pesar de las incertidumbres económicas, buscamos expandir las geografías y los perfiles de riesgo de manera disciplinada. Cuando consideramos nuevos mercados, solemos entrar en aquellos que son particularmente sólidos y resilientes, donde el equipo tiene una proximidad física a los negocios», explica Bensimon.

estrategia

Más información sobre Ardian

La empresa fue fundada en 1996 por el grupo de seguros AXA, bajo la dirección de Dominique Senequier. La compañía de inversión gestionó activos de 47 mil millones de dólares en Europa, América del Norte y Asia en el año 2013.

El 30 de septiembre de 2013, AXA Private Equity anunció su separación del Grupo AXA y su lanzamiento bajo el nuevo nombre Ardian.

Actualmente, Ardian tiene 410 empleados en doce ubicaciones del mundo: Pekín, Frankfurt, Jersey, Londres, Luxemburgo, Milán, Madrid, Nueva York, San Francisco, París, Singapur y Zúrich.

La empresa administra los activos de aproximadamente 300 inversionistas y gestiona una variedad de fondos diferentes que cubren toda clases de activos. También, dispone de fondos de infraestructura, centrados en el capital empresarial de la pequeña y mediana empresa.

El grupo en su conjunto cuenta con activos gestionados o asesorados por un valor de 100 000 millones de dólares (84 900 millones de euros) en Europa, Norteamérica y Asia.

Si buscas invertir en el mercado inmobiliario, no dudes en contactarte con Oi Realtor. Nuestros profesionales podrán asesorarte.

CONTACTO OI REALTOR

El otoño es el momento más mágico del año para salir a explorar y disfrutar de la naturaleza. En el siguiente artículo, te contamos sobre los seis parques más bonitos de Barcelona para visitar durante esta estación. ¡Sigue leyendo!

Barcelona cuenta con una abundante cantidad de parques públicos, perfectos para recrearse en familia o con amigos. En cada distrito de la ciudad, se pueden encontrar espacios al aire libre para pasear y disfrutar de la naturaleza.

A continuación, podrás conocer más sobre seis de los parques más bonitos de la «Ciudad Condal».

Parque de la Ciudadela

parques de Barcelona

El parque de la Ciudadela, en catalán parc de la Ciutadella, se encuentra en el distrito de Ciutat Vella, en Barcelona. Durante muchos años fue el único parque público de la ciudad.

Fue diseñado en los antiguos terrenos de la fortaleza de la Ciudadela, a imagen y semejanza del jardín de Luxemburgo, de París. Fue inaugurado en 1881.

Está situado en el barrio de la Ribera, en el triángulo comprendido entre la estación de Francia, el Arco del Triunfo y la Villa Olímpica.

Se encuentra delimitado por cuatro vías principales: el paseo de Pujades, el paseo de Picasso, el paseo de Circunvalación y la calle de Wellington.

Dispone de diez accesos y tiene una extensión de 17,42 hectáreas. Es el parque urbano más grande de Barcelona, después del de Montjüic.

En el parque se encuentra el antiguo Arsenal de la Ciudadela, actual sede del Parlamento de Cataluña. Además, hay dos antiguos museos que forman parte del Museo de Ciencias Naturales de Barcelona, una iglesia y un colegio.

También, se hallan allí el Umbráculo y el Invernáculo, dedicados a la conservación de especies botánicas. Por otra parte, alberga el Zoo de Barcelona.

En su terreno se halla una extensa colección de arte público que lo convierte en un museo de esculturas al aire libre.

En 1951, el parque fue declarado monumento histórico-artístico y figura en el registro de Bienes Culturales de Interés Nacional del patrimonio catalán y en el registro de Bienes de Interés Cultural del patrimonio español.

Parque del Centro del Poblenou

poblenou

El parque del Centro del Poblenou, en catalán, Parc del Centre del Poblenou, se encuentra en el distrito de Sant Martí de Barcelona, en el barrio de Provençals del Poblenou.

Se halla en el llamado Distrito 22@, un área dedicada a los nuevos sectores económicos y tecnológicos encaminados al desarrollo y la innovación.

Fue creado en 2008, a partir de un proyecto del arquitecto francés Jean Nouvel. Este también es el autor del rascacielos Torre Agbar, que se encuentra en la plaza de las Glorias Catalanas, muy cerca de este parque.

El parque tiene forma triangular y ocupa el espacio formado por la avenida Diagonal y las calles de Bac de Roda y Marroc. A su vez, está dividido en tres áreas formadas por la intersección de las calles de Bilbao y Espronceda, transversalmente, y la de Cristóbal de Moura, longitudinalmente.

Por dentro, el parque se fracciona en diversos espacios temáticos, creados para evocar distintas sensaciones. Predomina el diseño y un concepto vanguardista de la ordenación del espacio verde.

El área más grande es la formada por el espacio situado entre la avenida Diagonal y las calles Bilbao, Marroc y Espronceda. Allí se sitúa, en primer lugar, una planta neumática de recogida de residuos, cuya cubierta forma una montaña artificial cubierta de arena y rocas: la Rampa de Rocas, que simula un paisaje lunar.

A continuación, se hallan las Bóvedas. Son cuatro bóvedas de plátanos de 5, 6, 7 y 8 metros de altura, en sentido ascendente desde la Rampa de Rocas. Desde aquí, se abre un llano que contiene diversos elementos, como las Cabañas bajo la lluvia. Estas están formadas por unas estructuras metálicas recubiertas de plantas trepadoras.

Además, se encuentra la plaza de la Sardana, una plaza circular de 32 metros de diámetro, rodeada de sauces llorones y pensada para practicar el popular baile catalán de la sardana.

Parque del laberinto de Horta

laberinto

El parque del Laberinto de Horta, en catalán, parc del Laberint d’Horta, es un jardín histórico ubicado en el distrito de Horta-Guinardó, de Barcelona.

Es el jardín más antiguo que se conserva en la ciudad. Se encuentra en la antigua finca de la familia Desvalls, en una ladera de la sierra de Collserola.

Su construcción fue iniciada en 1794 y su primera fase fue acabada en 1808, obra del arquitecto italiano Domenico Bagutti. Se abrió al público en 1971.

El recinto incluye un jardín neoclásico del siglo XVIII y un jardín romántico del siglo XIX. Cuenta con numerosas obras de arte, principalmente esculturas, así como diversos estanques, cascadas, fuentes y un canal que recorre el recinto superior.

En la jardinería destaca especialmente el laberinto, realizado con cipreses recortados, así como algunos ambientes de diferentes estilos, desde el neoclásico hasta el romántico.

En el jardín doméstico hay realizaciones de arte topiario. El espacio ha contado, a lo largo de su historia, con la visita de varios monarcas, como Carlos IV, Fernando VII y Alfonso XIII. Además, ha sido escenario de representaciones teatrales y de diversos actos culturales. En la actualidad, es un jardín-museo que cuenta con un instituto municipal para la formación en jardinería.

Este parque está considerado como Bien Cultural de Interés Local (BCIL) en el Inventario del Patrimonio Cultural catalán.

Parque de Montjüic

montjuic

En este gran pulmón verde de la ciudad se encuentran numerosos jardines en los que es posible pasear, descansar, jugar, hacer deporte o, simplemente, disfrutar de la naturaleza.

El Jardín Botánico despliega su colección de plantas mediterráneas en un terreno marcado por fuertes desniveles que se convierte en un gran mirador.

También se puede disfrutar de vegetación y buenas vistas en los jardines de Mossèn Costa i Llobera, especializados en cactus, y en los jardines de Mossèn Cinto Verdaguer. En este último, se encuentra una colección de flores de varias especies.

Los jardines de Laribal, con cascadas sorprendentes, esconden la popular Font del Gat, donde los barceloneses iban en el pasado a merendar los domingos.

Los jardines de Joan Brossa, unos de los más nuevos, se abren como un refrescante parque forestal, donde encontrarás números musicales, juegos y tirolinas.

El parque se encuentra repleto de instalaciones culturales y deportivas, como la Fundación Miró, el CaixaForum, las Piscinas Bernat Picornell o el Estadio Olímpico Lluís Companys.

La Fuente Mágica o el Pueblo Español son también puntos de gran atractivo e interés para visitar dentro de un espacio natural enorme y lleno de rincones secretos por descubrir.

Turó Park

turo park

Turó Park, también llamado Turó Parc, es un parque situado en el distrito de Sarriá-Sant Gervasi, de Barcelona.

Se encuentra en medio de una gran zona urbana y es uno de los lugares más visitados de la zona. Anteriormente, de 1912 a 1929, fue un parque de atracciones que dio nombre al actual parque.

El estanque constituye uno de los lugares centrales del parque. En sus aguas habitan animales, tales como peces de distintas especies, ranas y un buen número de tortugas. Los nenúfares llenan su superficie.

Cerca del estanque, se encuentra la zona infantil. Esta dispone de columpios, mesas de ping pong y atracciones de madera para los más pequeños, todo ello rodeado de grandes árboles.

Las esculturas son un elemento importante en el parque. En la zona principal de hierba, encontramos “La ben plantada”, escultura de Eloïsa Cerdan que rinde homenaje al escritor catalán Eugenio d’Ors. En la fuente, presidiendo el paseo de las magnolias, hay una escultura de bronce que representa una biga clásica tirada por dos caballos.

Las zonas verdes del parque se encuentran repletas de distintas especies de flores, plantas y árboles. Entre ellas destacan la encina, un árbol muy abundante en el lugar que crea pequeños bosques, diversas especies de palmeras, como la palmera de Canarias o la palmera datilera y los preciosos árboles de magnolias, entre otros.

Park Güell

park güell

El parque Güell, parc Güell en catalán, es un parque público con jardines y elementos arquitectónicos situado en la parte superior de la ciudad de Barcelona, en las estribaciones de la sierra de Collserola. El parque se halla en la ladera sur del monte Carmelo, en el barrio de La Salud, en el distrito de Gràcia.

Originalmente fue ideado como una urbanización y fue diseñado por el arquitecto Antoni Gaudí, máximo exponente del modernismo catalán. El diseño lo realizó por encargo del empresario Eusebi Güell. Fue construido entre 1900 y 1914, pero fue inaugurado como parque público en 1926.

El parque Güell es un reflejo de la plenitud artística de Gaudí y pertenece a su etapa naturalista (primera década del siglo XX). En el parque Güell Gaudí desplegó todo su genio arquitectónico y puso en práctica muchas de sus innovadoras soluciones estructurales, las cuales serían emblemáticas de su estilo organicista y que culminarían en la Sagrada Familia.

El parque fue concebido por Güell y Gaudí como un conjunto estructurado donde, dentro de un incomparable marco de belleza natural, se situarían unas viviendas de alto standing.

El parque está catalogado como un monumento, declarado en el registro de Bienes Culturales de Interés Nacional del patrimonio catalán y en el registro de Bienes de Interés Cultural del patrimonio español.

Además, forma parte del Patrimonio de la Humanidad declarado por la Unesco como «Obras de Antoni Gaudí», donde fue inscrito en 1984, junto al palacio Güell y la casa Milà.

El mercado inmobiliario es cada vez más competitivo, los clientes son cada vez más exigentes y las operaciones más sofisticadas. Así, el agente inmobiliario debe demostrar profesionalidad en todo momento. Si vas a introducirte en el gran mundo de los bienes raíces, ya sea a través de una franquicia o por tu cuenta, debes conocer cuales son los atributos que todo agente inmobiliario debe tener para llegar a destacarse y multiplicar las ventas.

En este artículo veremos cuales son las cualidades con las que todo asesor inmobiliario debe estar dotado y las preguntas que se deben realizar en una entrevista laboral:

Las cualidades de un agente inmobiliario

Tener éxito en la industria de los bienes raíces no es tarea fácil, es un trabajo que requiere mucho esfuerzo y dedicación, pero que da infinidad de satisfacciones.

Analicemos las cualidades del agente inmobiliario éxitoso:

Empatía

Todo buen vendedor debe empatizar con sus clientes. Un buen agente inmobiliario debe entender las necesidades de sus clientes al momento de vender o comprar una propiedad. Es fundamental analizar que los motiva para poder responder a sus necesidades. Aparte de ofrecer una solución eficiente a todas sus inquietudes, lo cual será la clave para poder concretar las ventas.

Escucha activa

La escucha activa es otro gran atributo, casi un don que debe tener todo asesor inmobiliario. Va de la mano con la empatía, si se sabe escuchar, seguramente habrá sintonía. Escuchar no solo significa prestarle atención a las palabras de los clientes, sino también identificar sus emociones.

Puntualidad

Este aspecto es importantísimo, es señal de respeto y de compromiso hacia los clientes. Demostrar que son la prioridad le da múltiples beneficios al agente inmobiliario, entre ellos, relaciones duraderas que son la clave del éxito en el sector.

Se deben planificar y organizar los tiempos para poder llegar veinte minutos antes a la reunión que se mantendrá con el futuro cliente. Esto aplica también a la entrega de documentación o cualquier situación a la que se tenga que dar respuesta.

Organización

Todo agente inmobiliario en crecimiento se enfrenta a un gran número de responsabilidades, operaciones y tareas por cumplir.  Por este motivo,  una buena organización se vuelve una característica importante que demuestra excelencia en las actividades de bienes raíces.

Responsabilidad

Un asesor inmobiliario responsable, siempre cumple con su palabra y es honesto al momento de ofrecer un servicio a sus clientes.

El actuar responsablemente en cada etapa del proceso de venta dejará en claro la profesionalidad del asesor. Además, es muy probable que el cliente te recomiende, punto muy importante ya que te abrirá muchísimas puertas.

Proactividad

Para establecerte como un asesor inmobiliario estable debes estar siempre un paso adelante. Mantenerte actualizado y tener iniciativa propia, esto es fundamental.

Persistencia

Ser persistente es clave para vender. No debes rendirte ante una respuesta negativa, muchas veces un cambio de enfoque es lo que se necesita para lograr el objetivo.

Optimismo

Las proyecciones se tienen que hacer con optimismo, sino es mejor que no se hagan.

Conocer las limitaciones, ser realista y tener seguridad es fundamental. Así también, puedes tomar un curso de coaching para ganar confianza. El optimismo es contagioso y los clientes lo perciben fácilmente.

Entusiasmo

El entusiasmo es una actitud que debe tener o haber desarrollado, si el agente carece de este atributo es muy difícil vender un inmueble.

De hecho, se debe tener una actitud positiva, brindar respuestas rápidas y hablar con emoción y alegría genuina.

Creatividad

Para poder competir en el mercado se debe ser creativo.

En la era digital, hay muchísimas herramientas que se pueden utilizar a tales efectos, como visitas virtuales, CRM, tasaciones gratuitas y al instante, etc.

Además de saber publicitar tus servicios en las redes y crear contenido de calidad para el blog que toda agencia inmobiliaria debe tener. Ser creativo en la nueva normalidad es sinónimo de ventas.

¿Cómo es una entrevista para ser agente inmobiliario?

En las entrevistas para ser agente inmobiliario se tendrán en cuenta aptitudes comunicativas e intereses laborales que desean alcanzar los postulantes.

Veamos con detenimiento que actitudes irán a tener en cuenta en una entrevista laboral para ser asesor inmobiliario:

Comunicación no verbal

La persona de recursos humanos que tome la entrevista se fijará mucho en la comunicación no verbal, como la forma de ir vestido, presentarse, sentarse, el tono de voz, y la manera de hablar.

Asimismo, muchas de las preguntas que se realicen estarán relacionadas tanto a la personalidad como a las habilidades sociales. Esto es con la finalidad de saber cómo será la relación del potencial asesor inmobiliario con los clientes.

Vestimenta

En una entrevista para ser agente inmobiliario debes vestir adecuadamente, la imagen que en general busca el sector inmobiliario es profesional. Tienes que vestirte formalmente, es decir, muy prolijo y debes evitar los colores llamativos. Un aspecto serio genera confianza en el sector inmobiliario.

Accesorios para entrevistas

Es bueno ir acompañado por un maletín o cartera, el currículum en mano, una bloc de notas o una agenda y un bolígrafo.

Preguntas que se realizan en una entrevista laboral para ser agente inmobiliario

Entre las preguntas más comunes dentro de las entrevistas laborales para ser un agente inmobiliario, se destacan:

  • ¿Cuál es el factor más determinante para concretar una compra?
  • ¿Por qué quiere trabajar con nuestra inmobiliaria?
  • ¿Cuál sería su aporte al equipo?
  • ¿Cuáles son sus fortalezas y debilidades comunicativas?
  • ¿Cuántas casas ha vendido cada año como agente de bienes raíces?
  • ¿Cómo utiliza Internet y las redes sociales para vender casas?
  • ¿Tiene experiencia en el uso de vídeos y recorridos virtuales para comercializar su hogar?
  • ¿Qué sabe acerca de la intermediación de ventas y operaciones de arrendamiento en varios tipos de propiedades?
  • ¿Tiene alguna experiencia diseñando materiales de marketing?
  • ¿Qué cualidades cree que son un excelente agente de bienes raíces?

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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2 actividades complementarias al agente inmobiliario

La superficie de una vivienda es un parámetro característico muy importante de la misma. El valor de la vivienda es directamente proporcional a la superficie: a mayor superficie mayor valor. También es muy importante diferenciar correctamente los términos que habitualmente se utilizan cuando se está hablando de superficies, ya que no son lo mismo. Los más empleados son la útil y la construida.

¿Qué es la superficie útil de una vivienda?

La superficie útil es la del suelo, delimitada por el perímetro definido por la cara interior de los cerramientos externos de un edificio o de un elemento de un edificio. Incluyendo la mitad de la superficie del suelo de sus espacios exteriores de uso privativo cubiertos (tales como terrazas, balcones y tendederos, porches, muelles de carga, voladizos, etc.), medida sobre la proyección horizontal de su cubierta.

En palabras más simples, la superficie útil (o metros útiles de una vivienda) es la superficie que se puede pisar dentro de la casa. En este concepto entra todo el interior de una vivienda (incluidos los armarios). Pero quedarían excluidas todas las partes que, aun estando dentro de la casa, no son útiles. Como, por ejemplo, los tabiques, pilares y demás elementos estructurales.

La información de esta proporciona una idea del espacio del que dispondrá para vivir.

No se considerará superficie útil la superficie ocupada en planta por cerramientos interiores fijos, por los elementos estructurales verticales y por las canalizaciones o conductos con sección horizontal superior a los 100 centímetros cuadrados. Y tampoco a la superficie del suelo cuya altura libre sea inferior a 1,5 metros. Incluso, no se considerará superficie útil la ocupada por los espacios exteriores no cubiertos.

¿Qué es la superficie construida?

En esta superficie se incluirán todos los metros cuadrados que estén dentro del perímetro de la vivienda. Si se compartieran paredes con algún vecino, el perímetro se medirá desde la mitad de esas medianeras. Se suelen computar también los tabiques, galerías, conductos de ventilación e instalaciones. En uso residencial, no se considera superficie construida los espacios de altura inferior a 1,50 metros.

Esta siempre es mayor que la útil, para un piso de 100 metros cuadrados, la diferencia está en torno al 10%.

¿Cuál consta en catastro?

En catastro los metros cuadrados de una vivienda que aparecen son la superficie construida y los elementos comunes.

Cuando hablamos de edificios y urbanizaciones es muy diferente a la superficie útil e incluso a la construida simple, ya que aquí se incluyen los pasillos y las zonas comunes.

En la información catastral de un bien inmueble, aparece la superficie construida de catastro por un lado y las superficies de los elementos comunes por otro. En caso de que la plaza de garaje y el trastero formen parte de la misma referencia catastral, también aparecen desglosadas sus superficies por separado.

La superficie del catastro es muy importante, ya que marca el coeficiente de participación de una vivienda en la comunidad de propietarios y también porque el IBI (impuesto de bienes inmuebles) se paga en función de esa superficie.

¿Cómo se miden?

Conocer la superficie exacta con la que cuenta una vivienda es una cuestión clave para su propietario. Seguro que siempre te has preguntando cómo se mide la superficie de una vivienda o por qué hay tanta diferencia entre metros cuadrados construidos y útiles. La superficie es uno de los elementos que determinan el valor del inmueble.

De igual modo, también condiciona el tipo de fiscalidad ante la que el titular del inmueble debe responder. Sin embargo, calcularla no resulta fácil, pues en función de la vivienda que se trate, hay que aplicar un determinado sistema de medida. Analizamos los elementos que se deben tener en cuenta para realizar este cálculo correctamente y cómo queda reflejado en los documentos inmobiliarios.

Tres medidas estándar

Para hallar la superficie real de una vivienda en España se aplican tres medidas estándar. Estos conceptos son superficie útil, superficie construida y superficie construida con elementos comunes. Se desarrollan, según explica Paloma Arnaiz Pérez-Villamil, secretaria general de la Asociación Española de Análisis de Valor (AEV), bajo la orden ministerial ECO 805/2003.

A juicio de esta experta, la útil es el espacio que se puede pisar físicamente cuando se recorre por dentro una vivienda, la cual incluye el espacio “que queda delimitado por las caras interiores de los muros perimetrales de la vivienda”. Ya sean fachadas o muros medianeros. Y excluye la superficie ocupada por los tabiques, pilares, columnas o tuberías.

Por su parte, la superficie construida incluye la superficie útil “más el espacio ocupado por los cerramientos interiores fijos, los elementos estructurales verticales, las canalizaciones o conductos con sección horizontal superiores a 100 cm2 y las partes en las que la altura libre sea inferior a 1,5 metros”.

Así lo confirma José María Basañez, presidente de TecniTasa. Quien agrega que la superficie construida también se compone del espacio “correspondiente” a los cerramientos exteriores, “computado al 100% si son de fachada o medianeros, o al 50% si son compartidos con otros elementos”.

Con respecto a los edificios de viviendas plurifamiliares, en ellos se aplica el concepto de superficie construida con elementos comunes. Este término incluye, según Rubén Cózar, director del área residencial de Foro Consultores, “las zonas comunes de la finca y suma a cada vivienda la parte proporcional”. Entre otros, de portales, vestíbulos, escaleras, cuartos de basuras, contadores y aljibes.

¿Cómo computan en la superficie de la vivienda las terrazas y los patios?

A la hora de computar el espacio que representan elementos representativos de una vivienda, como son las terrazas y balcones, patios, porches o tendederos se requiere que el propietario conozca el porcentaje de cobertura con el que cuenta cada uno de ellos. Para Arnaiz Pérez-Villamil, se sumará el 50% de la superficie de este espacio a la superficie útil de la vivienda “si se trata de un espacio cubierto y su superficie de suelo es inferior al 15%” al resultado final de este concepto.

Por el contrario, esta experta matiza que si se trata de un espacio cubierto cuya superficie de suelo es superior al 15% de la superficie útil de la vivienda “no se sumará ningún espacio”. Tampoco se agregará ninguna superficie si el elemento es un espacio descubierto. No obstante, desde la AEV recuerdan que, cuando se calcule el valor del inmueble “sí se tendrá en cuenta que esos espacios exteriores existen”. Por ejemplo, buscando viviendas comparables en el mercado que también los posean o valorándolos de forma independiente.

¿Cómo se mide la superficie de una vivienda de protección oficial?: El valor de módulo y el valor de vivienda libre

Las viviendas de protección oficial presentan una serie de particularidades en cuanto a superficie útil, ya que como afirma Diego Lasaosa, CEO de Certicalia, “este espacio debe ser, como mucho, de 90 metros cuadrados”. Además, la medición de los elementos contenidos en el apartado anterior, como son las terrazas o los patios cubiertos, “se computan al 10%, no al 50%, como en el resto de viviendas”. Estas diferenciaciones, para Arnaiz Pérez-Villamil, “en ningún caso han de generar problemas”.

En concreto, esta experta sostiene que, para medir los inmuebles de protección oficial, “se determinan habitualmente dos indicadores”, como son el valor de módulo y el valor de vivienda libre, “tomándose como indicador de medición el que resulta inferior”. En el mismo sentido, desde la AEV recuerdan que el valor de medición se halla haciendo uso de las mismas reglas de cómputo de superficies comunes “y que deberá coincidir con el valor que figura en la cédula de calificación de la vivienda”. Por el contrario, el valor como vivienda libre se calcula con las normas de cómputo propias de la normativa de tasación, “no existiendo interferencias entre ambos valores”.

¿Cómo se refleja la superficie de una vivienda en el Catastro y en el Registro de la Propiedad?

La superficie final que queda reflejada en órganos como el Catastro o el Registro de la Propiedad resulta fundamental para el propietario de una vivienda. En el primer caso, recuerdan desde Foro Consultores, suele quedar plasmado el resultado relativo a la superficie construida de la vivienda. Un parámetro, señala Cózar, “que se tendrá en cuenta, entre otros tributos, a la hora de pagar el IBI”.

Por su parte, no existe un criterio definido sobre la superficie que se ha de reflejar en el Registro de la Propiedad. En este sentido, desde la AEV reconocen que pueden encontrarse escrituras “en las que se refleja únicamente una de las tres medidas, dos de ellas o incluso las tres, cuando se trata de inmuebles de construcción e inscripción reciente”. De la misma opinión se muestran desde TecniTasa, desde donde resaltan la importancia de llevar a cabo “una correcta medición, análisis y adopción de superficies” por parte de tasadoras homologadas por el Banco de España.

firma

¿Qué superficie escoger a la hora de anunciar un inmueble? ¿Y en el momento de escriturarlo?

Los expertos consultados coinciden en afirmar que, a la hora de anunciar una vivienda en venta, el propietario ha de ofrecer a los potenciales compradores la mayor y más útil información posible. De ahí, que aconsejen reflejar en sus ofertas tanto la superficie útil como la construida con la parte proporcional de elementos comunes. El primer indicador, señala Arnaiz Pérez-Villamil, “permite al comprador hacerse una idea de la cantidad de espacio pisable del que va a disponer”. De igual modo, hace hincapié en que, al hacer público el segundo, “se le permite acceder a la información que tomará como base para fijar el valor de la vivienda”.

Finalmente, Lasaosa explica que en las escrituras, “el notario suele indicar, cuando detalla las características del inmueble, tanto la útil como la construida”. Una información que suele coincidir con los metros cuadrados que se muestran en la Nota Simple del inmueble. A la cual el interesado ha accedido acudiendo previamente al Registro de la Propiedad.

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