Desde enero de 2025, la actualización del precio del alquiler en España se rige por un nuevo sistema: el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV). Esta medida, implementada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), busca ofrecer una fórmula más estable y justa para renovar anualmente las rentas de los contratos de arrendamiento. En este artículo te explicamos cómo funciona el nuevo índice de actualización del alquiler, qué implicancias tiene para propietarios e inquilinos, y cómo calcular correctamente la nueva renta.
¿Por qué se ha creado un nuevo índice de actualización del alquiler?
Hasta 2022, era común actualizar la renta de un alquiler utilizando el Índice de Precios al Consumo (IPC). Sin embargo, la elevada inflación registrada en 2021 y 2022 —que llegó a superar el 10%— generó aumentos desproporcionados en los precios del alquiler. Para mitigar su impacto en los inquilinos, el Gobierno limitó temporalmente estas actualizaciones: primero al 2% y luego al 3%, durante los años 2023 y 2024.
Con la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, se optó por un sistema más predecible que evitara distorsiones excesivas en el mercado: el IRAV.
¿Qué es el IRAV y cómo se calcula?
El nuevo índice de actualización del alquiler, oficialmente llamado Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), se calcula tomando el valor más bajo entre tres indicadores clave:
La tasa de variación anual del IPC
La tasa de variación anual de la inflación subyacente
La tasa anual media ajustada, que se obtiene mediante una fórmula que incorpora dos parámetros técnicos:
Alfa (0,5), que representa el crecimiento esperado del índice a largo plazo
Beta (2%), vinculado al objetivo de inflación del Banco Central Europeo (BCE)
Este modelo permite mantener las rentas actualizadas sin generar desequilibrios que perjudiquen gravemente a los arrendatarios o a los propietarios.
Evolución del IRAV en 2025: ¿Qué datos conocemos hasta ahora?
El IRAV se publica mensualmente en la web oficial del INE, y refleja los datos correspondientes al mes anterior. En lo que va de 2025, estos son los valores publicados:
Mes
IRAV (%)
Enero
2,19%
Febrero
2,08%
Marzo
1,98%
Abril
2,09%
Mayo
1,99%
Junio
2,10%
Como se puede observar, las cifras se han mantenido estables, alejadas de los picos del IPC y con variaciones suaves que aportan previsibilidad al mercado.
¿A qué contratos se aplica el nuevo índice del INE?
El IRAV se aplica únicamente a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual firmados después del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda. No se utiliza en contratos anteriores, ni en los siguientes casos:
Alquileres temporales
Alquiler de habitaciones
Arrendamientos de locales comerciales
Contratos de oficinas
Garajes o trasteros
Para los contratos previos a mayo de 2023, se seguirá aplicando el mecanismo de actualización que se haya pactado expresamente en el contrato, ya sea el IPC u otro índice.
¿Cómo calcular la actualización del alquiler con el nuevo índice?
Para actualizar la renta con el IRAV, el propietario debe comunicar la subida al inquilino con al menos un mes de antelación. La nueva renta comenzará a regir en la misma fecha en la que se firmó el contrato, pero en el año siguiente.
Ejemplo práctico: Supongamos que un contrato de alquiler se firmó en julio de 2024 con una renta mensual de 1.200 euros. En julio de 2025 corresponde aplicar la primera actualización. Si el IRAV publicado en junio de 2025 (último disponible antes del aniversario del contrato) fue del 2,1%, el cálculo sería:
2,1% de 1.200 € = 25,2 €
Nueva renta mensual: 1.225,20 €
Este sistema es similar al de años anteriores, pero con un índice que suaviza las subidas bruscas de la inflación, beneficiando especialmente a los inquilinos.
¿Cuál es la diferencia entre el IRAV y el IPC?
La diferencia principal entre ambos índices es su comportamiento ante escenarios económicos extremos. Mientras que el IPC refleja de forma directa el aumento del coste de vida (y puede dispararse en momentos de crisis), el IRAV actúa como un freno a subidas abruptas, ofreciendo una actualización más equilibrada.
A continuación, una comparación entre ambos índices en 2025:
Mes
IPC (%)
IRAV (%)
Enero
3,0
2,19
Febrero
3,0
2,08
Marzo
2,3
1,98
Abril
2,2
2,09
Mayo
2,0
1,99
Junio
2,2
2,10
¿Dónde consultar el nuevo índice de actualización del alquiler?
El IRAV está disponible en la web del Instituto Nacional de Estadística (INE). Se publica mensualmente con un calendario ya definido:
Enero: datos de noviembre del año anterior
Febrero a diciembre: datos del mes anterior
Consultar el IRAV con regularidad permite anticipar la posible evolución de la renta y planificar con antelación tanto para propietarios como para inquilinos.
Un cambio que busca estabilidad en el mercado de alquiler
La implantación del nuevo índice de actualización del alquiler supone una transformación relevante en el mercado inmobiliario. Con esta medida, se intenta evitar las fuertes oscilaciones de los precios que se venían experimentando en los últimos años, aportando mayor seguridad jurídica a las partes implicadas.
Aunque puede suponer una menor revalorización para algunos propietarios, a largo plazo también contribuye a reducir la morosidad y mejorar la estabilidad del sector.
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El más reciente Informe de inversión hotelera en el primer semestre, elaborado por el equipo de Hoteles de Colliers, revela que este mercado ha alcanzado cifras históricas en lo que va de 2025, confirmando el sólido interés del capital por el sector turístico nacional.
De esta manera, España vuelve a posicionarse como uno de los destinos más atractivos para la inversión hotelera en Europa. En la siguiente nota te contamos todo acerca del movimeinto en este parte del sector a partir del infroma realizado por la empresa de asesoramiento inmobiliario, Colliers.
Crecimiento sostenido: cifras que hablan por sí solas según el informe de inversión hotelera en el primer semestre
Durante los primeros seis meses del año, la inversión hotelera en España alcanzó los 1.766 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 20% respecto al mismo periodo de 2024. Esta cifra no solo representa uno de los tres mejores arranques semestrales de la serie histórica, sino que además consolida a los hoteles como el activo inmobiliario favorito para los inversores.
Se realizaron 75 operaciones que incluyeron la transacción de más de 9.500 habitaciones, siendo el 63% del volumen destinado al segmento vacacional, lo que marca un retorno a la hegemonía que este tipo de hoteles ha tenido desde 2017, interrumpida únicamente por el auge del mercado urbano en 2024.
Canarias, Barcelona y Baleares lideran la inversión
El informe subraya que la comunidad autónoma de Canarias se ha colocado a la cabeza de la inversión hotelera nacional, gracias en gran medida a la operación histórica protagonizada por Spring Hotels, que adquirió el complejo Mare Nostrum Resort por 430 millones de euros. En total, el archipiélago registró 648 millones de euros, lo que equivale al 37% del total nacional.
Barcelona, por su parte, acumuló 377 millones de euros repartidos en 12 operaciones, destacando la venta de hoteles icónicos como el Barceló Raval y el Capri by Fraser. Asimismo, Baleares alcanzó los 282 millones de euros en transacciones, igualando el número de operaciones con Barcelona.
En Madrid, la cifra fue más modesta, con 120 millones de euros en ocho operaciones, debido principalmente a la escasez de producto disponible en el mercado. Sin embargo, otras ciudades como Valencia, Cádiz y Sevilla han mostrado un dinamismo significativo, superando incluso a la Costa del Sol, que se quedó en apenas 30 millones de euros.
Auge del lujo: inversión enfocada en hoteles 4 y 5 estrellas
Una de las tendencias más notables del Informe de inversión hotelera en el primer semestre es la apuesta decidida por los activos de alta gama. Los hoteles de 4 y 5 estrellas concentran el 74% del total invertido, una señal clara de la preferencia por atraer a un turista con mayor poder adquisitivo y de la estrategia de cualificación del parque hotelero nacional.
El precio medio por habitación transaccionada ha aumentado hasta 188.600 euros, impulsado por operaciones como la del Mare Nostrum Resort, pero también por la revalorización de establecimientos en ubicaciones prime.
Inversores nacionales toman la delantera según el informe de inversión hotelera en el primer semestre
Este semestre ha marcado un cambio en el perfil del inversor. Frente al predominio extranjero de años anteriores, el 64% del volumen invertido proviene ahora de capital nacional. Entre los actores más activos destacan grupos hoteleros españoles, family offices, socimis y fondos privados, como Spring Hotels, Lopesan, Ilunion Hotels, y la joint venture de Banca March con Meliá.
El informe también resalta el creciente protagonismo de inversores franceses como Sofidy, Extendam, Advenis y AGP Hotels, que han liderado varias de las operaciones más relevantes de este periodo.
Perspectivas para la segunda mitad de 2025
Las previsiones para el segundo semestre son aún más optimistas. El pipeline de operaciones en fase avanzada supera los 2.000 millones de euros, incluyendo transacciones destacadas como la compra del porfolio de Silken (valorado en 200 millones de euros) y la adquisición del hotel Fairmont La Hacienda por parte de ActivumSG por 170 millones de euros.
Según Gonzalo Gutiérrez, director general de Hoteles de Colliers, todo apunta a que “2025 volverá a superar la barrera de los 3.000 millones de euros, permitiendo sobrepasar las cifras del año anterior y consolidando a España como uno de los mercados más líquidos y activos del panorama europeo”.
El turismo impulsa el atractivo del sector hotelero
El Informe de inversión hotelera en el primer semestre deja claro que la recuperación del turismo internacional, el crecimiento del turismo de lujo y el interés sostenido por parte de inversores nacionales están generando un entorno de alta rentabilidad para quienes apuestan por el mercado hotelero español.
Este escenario convierte al sector hotelero en una oportunidad estratégica para diversificar carteras y asegurar retornos en el medio y largo plazo, especialmente en regiones con alta demanda y desarrollo turístico constante.
¿Estás evaluando invertir en hoteles o necesitas asesoramiento para comprar, vender o alquilar una propiedad turística? En Oi Real Estate, contamos con un equipo de expertos que puede ayudarte en todo el proceso.
Sabemos que Madrid es una de las ciudades de España con más concurrencia turística y habitacional. Sin embargo, muchas veces se prefiere vivir a sus alrededores y no en plena ciudad. Por ello queremos recorrer junto a ti los pueblos cerca de Madrid donde vivir.
En esta guía detallada te presentamos cada uno de estos sitios y las principales características de cada uno de ellos. Sus principales fortalezas y los motivos que por los cuales optar por ellos para residir es una muy buena alternativa. ¡Sigue leyendo y descúbrelos!
¿Por qué elegir pueblos cerca de Madrid para vivir y cuáles son los mejores para hacerlo?
Los motivos para elegir un pueblo cerca de Madrid para vivir pueden ser muchos. Entre los principales se encuentran la cuestión económica y escapar del ruido de la ciudad.
También, gran parte de quienes optan recidir en localidades cercanas a Madrid lo hacen porque lo planean. Estos pueblos son ideales para los niños ya que no vivirán rodeados de coches, ruidos y contaminación.
Claro que estos pueblos brindan los servicios necesarios, por ejemplo centros de salud, escuelas, supermercados, entre otros.
Talamanca del Ja: un pueblo cinematográfico
Este increíble lugar se encuentra a solo 50 minutos de Madrid. Cuenta con un patrimonio histórico y artístico sumamente atractivo que suele usarse para el rodaje de películas. Muchos directores lo han elegido como escenario. En él podrás ver impresionantes monumentos románicos y mudéjares, de esos te trasladan a una época muy lejana.
Talamanca del Jarama es un reflejo de la Edad Media. Si dudas un lugar que ayuda a desconectar al máximo con el estrés de la ciudad.
En esta localidad se encuentran los mayores yacimientos arqueológicos de restos romanos de la región. También, cuenta con la Iglesia de San Juan Bautista y un puente romano o la Cartuja que son dos puntos que hacen sumamente atractivo a este municipio y lo transforman en uno de los pueblos cerca de Madrid para vivir.
Es importante tener en cuenta que al tratarse de una localidad que alberga solo 3000 habitantes, no cuenta con todos los servicios, lo que significa que es probable que debas desplazarte.
Chinchón: el pueblo de los espectáculos
Las primeras casas que se levantaron en este pueblo de Madrid son del siglo XV y en la actualidad conservan la fachada y aspecto original. Este pequeño y encantador pueblo se encuentra a unos 45 minutos de ciudad madrileña. En él encontrarás tiendas, bares y restaurantes.
Chinchón cuenta con una Plaza Mayor que es considerada como la cuarta maravilla de la Comunidad de Madrid. Este municipio tiene un estilo rústico, mucha vida en sus terrazas y mucha tranquilidad, sin lugar a dudas, se trata de uno de los mejores pueblos cerca de Madrid.
Otra de las principales características que convierte a este pueblo en uno de los más interesantes para vivir cerca de Madrid es su peculiar utilidad. Hablamos de que, a lo largo de su historia, fue utilizado como escenario de una gran diversidad de espectáculos. Como, por ejemplo, corral de comedias, autos sacramentales, coso taurino, set para abordar numerosas filmaciones y fiestas reales.
Es importante que tengas presente que no se trata de un pueblo de grandes dimensiones. Es por esto que es posible que debas trasladarte para determinados servicios.
San Lorenzo del Escorial: un sitio que combina lo natural con lo artístico
El origen de San Lorenzo de El Escorial fue en la época de Carlos III en el siglo XVIII. No obstante, previo a su fundación, las casas que la integraban este pueblo comenzaron a arremolinarse alrededor del monasterio para el siglo XVI.
San Lorenzo del Escorial se encuentra a una hora de Madrid en coche, este es un punto que debes considerar si trabajas en Madrid. Además, cuenta con más de 18.000 habitantes, es por esto que en este municipio encontrarás sin ningún problema todos los servicios necesarios.
El pueblo posee un increíble monasterio que ordenó construir Felipe II, catalogado desde el año 1984 como Patrimonio de la Humanidad, y que da nombre a la zona.
Torrelaguna: un pueblo cerca de Madrid para vivir y relajarse
Se trata de una localidad de solo 4500 habitantes que se encuentra ubicada a una hora de la capital.
Cuenta con un casco antiguo maravilloso. Este lugar es muy conocido por ser donde nació el cardenal Cisneros. Además, unos de los lugares más reconocidos del pueblo se encuentran la Plaza Mayor y la Iglesia Parroquial de la Magdalena que fue construida en el siglo XV. Sin dudas son dos puntos realmente dignos de visitar.
Torrelaguna también posee una increíble abadía e impactantes palacios señoriales. Es uno de los pueblos cerca de Madrid en los que vivir resulta más barato, pero al ser un municipio pequeño debes tener en cuenta que no cuenta con todos los servicios necesarios.
Buitrago de Lozoya: uno de los pueblos más bonitos y medievales de Madrid
Se trata de un maravilloso lugar, que cuenta con paisajes realmente impactantes. Buitrago de Lozoya se encuentra aproximadamente a media hora de Madrid y está rodeado por el río Lozoya.
Es un increíble pueblo de la sierra que cuenta con gran cantidad de tiendas y comercios a tu disposición, y además, se trata de un lugar sumamente tranquilo. Este es uno de los mejores pueblos cerca de Madrid para ir a vivir, no te arrepentirás.
Muchas son las actividades que ofrece Buitrago de Lozoya: montar bicicleta, cabalgar, practicar sedentarismo o hacer piragüismo. Esto, sumado al entorno medieval de Buitrago, hacen de este pueblo una de las citas obligadas para viajantes y amantes del arte contemporáneo.
Manzanares el Real: uno de los pueblos cerca de Madrid para vivir
Este pueblo se encuentra a unos 50 minutos en coche de Madrid y cuenta con aproximadamente 8000 habitantes. Se trata de las dimensiones y ubicación más idóneas para vivir en un pueblo cerca de Madrid y contar con la tranquilidad sin perder comodidades ni servicios.
Además, Manzanares el Real cuenta con un magnifico entorno natural que se encuentra ubicado muy cerca de Cabezas de Hierro o La Pedriza, estos dos puntos son los más concurridos por los senderistas.
También, posee La Ermita de Nuestra Señora de la Peña Sacra y el Castillo de los Mendoza se trata de lugares realmente increíbles.
Miraflores de la Sierra: para muchos la localidad más linda
Este pueblo se encuentra ubicado a unos 50 minutos en coche de Madrid y cuenta con casi 6000 habitantes. En el encontrarás mucha naturaleza y tranquilidad. Además, más allá de sus pocos habitantes, en el pueblo contarás con los servicios necesarios. Se trata de un lugar ideal para ir a vivir.
Uno de los sitios más bellos e interesantes que se encuentran en Miraflores de la Sierra para visitar son la Plaza del Álamo, la Fuente Nueva, la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción y la bella Casa de la Cultura.
La cultura en esta localidad se mezcla con la naturaleza de manera profunda con la naturaleza. Una manera de notar esta perfecta combinación es en sus numerosas fuentes, con el agua que aumenta su belleza. También es posible aprecia la mezcla en los recovecos formados por árboles y montes. Estos, con el paso del tiempo, se han convertido en grutas auténticas para peregrinar.
Rascafría: un pueblo para vivir cerca de Madrid
En esta oportunidad hablamos de un municipio y localidad española que se encuentra ubicado al noroeste de la comunidad autónoma de Madrid. Se encuentra en el Valle de Lozoya y su población cuenta con tan solo 1754 habitantes.
Este pueblo cerca de la ciudad madrileña se encuentra a una altitud de 1200 metros sobre el nivel del mar. La localidad mantiene una arquitectura popular característica de la Sierra de Guadarrama y dentro de su término municipal se encuentran el Parque Natural de Peñalara y el arboreto Giner de los Ríos. Dentro de sus monumentos resalta el monasterio de El Paular. Presenta un paisaje de gran belleza que invitará al descanso y la armonía.
Lo cierto es que Racafría es un lugar único y fascinante, por lo que no puedes evitar ir de un sitio a otro, caminar por los paseos, por las plazas y calles, se trata de un lugar con mucho para ofrecer.
Griñón: el pueblo con obras religiosas antiguas
Este pueblo está ubicado a unos 33 kilómetros de Madrid y cuenta con una población aproximada de 10.435 habitantes habitantes. Cuenta con colegios de muy buena fama como, por ejemplo, el Colegio La Salle y el Colegio Villa de Griñón.
Por otro lado, también posee la iglesia Parroquial de la Asunción de Nuestra Señora, que fue edificada aprovechando una Ermita previa. El sector más antiguo es la torre-campanario y la bóveda de crucería, de estilo mudéjar. Esta parte data aproximadamente del siglo XIV, con algunas ampliaciones llevadas a cabo en los siglos XVI al XVIII.
Además, se conserva un increíble retablo barroco de madera, de Juan Correa de Vivar. Se trata de una de sus primeras obras en solitario, en el que puede verse de qué modo era la macería que armaba esta clase de obras previo a ser dorados.
El Convento Clarisas de la Encarnación fue fundado en 1523 por un personaje llamado Rodrigo Díaz de Vivar. De estilo barroco presenta muros de ladrillo y mampostería en cajas.
El retablo mayor es de estilo renacentista, del primer tercio del siglo XVI. Esta obra presenta tres cuerpos y tres calles. Podemos encontrar una pintura del Cristo de Burgos firmado por Ballueca en 1688.
La Congregación de los Hermanos de La Salle se fundó en 1915, utilizando una finca de ocho hectáreas perteneciente a Carmen de Xifré y Chacón (1884-1956), VI condesa de Campo Alegre y III Marquesa de Isasi. Dicha condesa les cedió en condiciones muy ventajosas.
Nuevo Baztán: una propuesta arquitectónica del siglo XVIII
Se trata de un municipio no muy conocido que se encuentra a unos 40 minutos de Madrid. Este pueblo posee uno de los cascos históricos más bellos de la comunidad y además, cuenta con un patrimonio artístico que en el año 2000 ha sido declarado Bien de Interés Cultural por la comunidad de Madrid.
Si optas por visitarlo antes de decidirte por él, seguro querrás vivir allí. El casco histórico presenta sus inicios en el periodo que abarca desde 1709 a 1713 como residencia de los obreros de una fábrica de vidrio fundada ex novo por Juan de Goyeneche y Gastón. A principios del siglo xx se realizaron varios intentos de restauración del poblado antiguo, y en 1941 se declaró Monumento Histórico Artístico.
Casarrubuelos: uno de los increibles pueblos para vivir cerca de Madrid
Por ultimo, presentamos una localidad que se ubica a unos 35 kilómetros de Madrid y cuenta con un aproximado de 4000 habitantes. Se trata de un lugar que está creciendo a pasos agigantados, esto se debe a que las constructoras han puesto la vista en este municipio con un suelo barato y muy próximo a Madrid.
Entre sus principales atractivos podemos encontrar la Iglesia de Santiago Apóstol, data del siglo XVIII. La Casa consistorial, es un edificio renovado, que aún mantiene la arquitectura. En la fachada se puede observar una torre con una campana que señala las en punto y las medias, y al rededor de la torre, se encuentran diferentes escudos de este excepcional pueblo.
En el interior del ayuntamiento se encuentran diferentes concejalías. El Monasterio de Santa María de la Cruz, un edificio conventual que ha sido reconstruido en varias ocasiones a causa de las guerras, entre muchos otros lugares que visitar.
Si estás por comprar, alquilar o vender una vivienda el equipo de Oi Real Estate puede ayudarte. Contamos con profesionales que te acompañan en cada etapa del proceso para que tomes decisiones seguras y eficaces.
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El esfuerzo y la inversión que implica comprar una vivienda es muy elevado y demanda una serie de conocimientos previos. Entendemos a la perfección el procedimiento y cada uno de los documentos que serán necesarios para lograr una operación exitosa. Asismismo, existen diversas razones por las cuales es posible renunciar al 50% de una vivienda como propietario.
En el siguiente artículo analizamos, caso por caso, cada una de las explicaciones necesarias para comprender cómo es cada parte del proceso. Sigue leyendo.
Renunciar al 50% de una vivienda: principales maneras de llevarlo adelante
Muchas personas comparten una propiedad y algunas desean renunciar a su parte. Por lo tanto, es de suma importancia conocer cuales con las maneras de hacerlo de manera legal sin tantas complicaciones.
A continuación, te presentamos las diferentes maneras que es posible considerar si se busca renunciar al 50% de una vivienda.
Realizar una donación
En este caso estamos hablando de un regalo. Es la entrega en vida de un bien a otra persona, por ejemplo, comprar un piso a medias con un hijo. Esta opción para renunciar al 50% de una vivienda propia es bastante costosa, pues se enfrentan los siguientes gastos:
los notariales
trámites de cambio de escritura en el Registro de la Propiedad
el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
también se debe pagar la ganancia patrimonial en el IRPF
Vender la mitad de la propiedad al otro titular
Quizá una de las opciones más fáciles es venderle la otra mitad al otro copropietario. Sin embargo, también aquí se debe saber que incurrimos ante los mismos gastos enunciados anteriormente para las donaciones. No sólo eso: se debe sumar el Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales que representa un 7% del monto de la compraventa.
Además de los gastos anteriores, también se le suma el impuesto de plusvalía municipal, que depende de cada municipio y del valor catastral de la propiedad. En el caso de que el otro titular no quiera comprar el 50% de la propiedad, existen empresas que se dedican a comprar proindivisos, pero debes saber que perderás dinero pues los precios que se manejan son más bajos que los del mercado.
Proceder a una extinción de un condominio
La opción de extinción de condominio con el fin de renunciar al 50% de una vivienda es más económica que las anteriores. En este caso, se cede la parte de la propiedad al otro titular a cambio de una contraprestación económica.
Los titulares pueden elegir realizar este trámite ante un notario o a través del Convenio Regulador de mutuo acuerdo, acompañado de la demanda de divorcio. Esta posibilidad ha sido agregada en la ley 42/2015 en donde se lee:
«En los procedimientos de separación, divorcio o nulidad y en los que tengan por objeto obtener la eficacia civil de las resoluciones o decisiones eclesiásticas, cualquiera de los cónyuges podrá ejercer simultáneamente la acción de división de la cosa común respecto de los bienes que tengan en comunidad ordinaria indivisa. Si hubiere diversos bienes en régimen de comunidad ordinaria indivisa y uno de los cónyuges lo solicitare el tribunal puede considerarlos en conjunto a los efectos de formar lotes o adjudicarlos«.
Esta operación suele utilizarse bastante para las herencias, cuando un inmueble debe compartirse entre varios descendientes.
Ventaja de la extinción para renunciar al 50% de una vivienda
La principal ventaja en este tipo de operaciones es que se paga entre un 0,5% y un 1% sobre el valor real del bien ya que no tributa como un traspaso.
Desventaja de la extinción de condominio
La principal desventaja de la extinción es que si la entidad bancaria no acepta el cambio de titularidad, ambos siguen vinculados al contrato de la hipoteca. Si la hipoteca llega a sufrir de alguna mora en el pago, el banco puede reclamar a ambos titulares el cobro de las cuotas pendientes.
Novación de la hipoteca para renunciar al 50% de una vivienda
En el caso de que el inmueble se encuentre hipotecado, lo que se deberá realizar para poder renunciar al 50 de la vivienda es una novación de hipoteca. A través de este trámite, el banco podrá modificar cualquier cláusula del contrato, como por ejemplo eliminar a uno de los titulares del crédito.
Vale aclarar que este trámite no es gratuito y que el banco puede tanto aceptar realizarlo como no. Perjudica a la entidad bancaria en el sentido de que se queda sin un garante de la hipoteca y quizá necesite exigir más garantías para realizar la novación.
El Banco de España define a esta operación como «cambiar algunas condiciones del préstamo hipotecario en un momento posterior a su contratación». Finalmente, al cliente se le hace entrega de la Ficha Europea de Información Normalizada, la Ficha de Advertencias Estandarizadas y todo el resto de la documentación 10 días antes de que la novación sea firmada por los empleados de la entidad.
Dividir la superficie de la propiedad
Otra opción, si es que no llegas a un acuerdo dentro de las opciones anteriormente enumeradas, es la de dividir físicamente al inmueble. De esta forma, si bien no es un modo de renunciar al 50% de la vivienda, estás delimitando dos viviendas por separado y ya dejas de ser copropietario.
Por supuesto que dependerá de si las condiciones de la vivienda permiten llevarlo a cabo, incluso es necesario muchas veces la ejecución de obras y habrá que revisar los estatutos de la comunidad de vecinos para ver si se permite.
Por último, se le pedirá la aprobación al Municipio, previo paso por el Registro de la Propiedad, para certificar el cumplimiento de los requerimientos de habitabilidad mínimos.
¿Qué pasa si se desea añadir a un propietario?
Existen casos en los que sucede justamente lo opuesto: en lugar de ceder el 50% de una vivienda, se quiere sumar a otro propietario a la titularidad de la vivienda. Este trámite se realiza muy pocas veces en comparación con los anteriores pero es una opción más.
Si el inmueble está hipotecado, se deberá acudir a la entidad bancaria que lo ha otorgado para pedir una modificación de la hipoteca. Recordemos que la escritura de la propiedad es la que indica quiénes son los propietarios de una vivienda.
Este documento tiene un carácter oficial y se ratifica ante notario para presentarse posteriormente en el Registro de la Propiedad. Modificar la escritura en el banco ante cualquier eventualidad nos brinda un seguridad jurídica para el futuro:
nos protege frente a futuras estafas
proteges la vivienda frente a futuros acreedores
agiliza el proceso de transmisión de un inmueble
Hasta aquí te hemos contado las diversas razones por las cuales es posible renunciar como propietario al 50% de una vivienda.
¿Necesitas ayuda profesional?
En Oi Real Estate contamos con un equipo experto en donaciones, compraventas y gestión patrimonial. Te asesoramos para optimizar impuestos, preparar la escritura y agilizar la inscripción registral.
Recibir una casa como regalo de padres, abuelos o cualquier familiar cercano puede ser una excelente forma de adelantar la herencia y evitar pagar el precio de mercado. Sin embargo, para aprovechar las ventajas fiscales y evitar sanciones, el cambio de titularidad de una vivienda por donación exige cumplir una serie de trámites notariales, registrales y tributarios.
En esta guía te explicamos, paso a paso, qué implica donar una vivienda en España, qué impuestos se pagan, cómo se inscribe la propiedad y cuáles son los errores más frecuentes que debes evitar.
¿Qué implica donar una vivienda?
Una donación es la transmisión gratuita de la propiedad de un inmueble. El donatario (quien recibe) pasa a ser dueño sin contraprestación económica, pero asume ciertas obligaciones legales:
Escritura pública: la donación de bienes inmuebles solo es válida si se formaliza ante notario (art. 633 CC).
Aceptación expresa: el donatario debe aceptar en la misma escritura o en una posterior, siempre en vida del donante.
Inscripción registral: para oponerse a terceros, la escritura debe inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Pago de impuestos: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y, en su caso, plusvalía municipal.
Además, pueden donarse derechos parciales: nuda propiedad, usufructo o un porcentaje del inmueble.
¿Es obligatorio hacer el cambio de titularidad de una vivienda por donanción?
Sí. Sin escritura pública y sin inscripción registral la operación no produce “plenos efectos” y, por tanto:
El nuevo propietario no puede vender ni hipotecar.
No puede disfrutar de bonificaciones autonómicas.
El donante sigue figurando formalmente como titular, con los riesgos fiscales que ello conlleva.
Requisitos básicos para el cambio de titularidad de una vivienda por donación
Trámite
¿Quién lo realiza?
Documentos clave
Plazo habitual
Escritura notarial
Donante y donatario
DNI, título de la vivienda, nota simple, certificado energético, último IBI
1 día
Impuesto de Donaciones
Donatario
Modelo autonómico de ISD, copia de escritura
30 días hábiles desde la firma
Plusvalía municipal
Donatario
Autoliquidación en ayuntamiento
30 días hábiles
Registro de la Propiedad
Donatario / gestoría
Escritura con nota de pago de impuestos
15‑30 días para la inscripción
Escritura pública
El notario redacta la escritura, especifica la descripción exacta del inmueble, su referencia catastral y el valor fiscal. También detalla:
Si existen cargas (hipoteca, servidumbre).
Las manifestaciones fiscales de ambas partes.
La aceptación del donatario.
Pago del Impuesto sobre Donaciones (ISD)
El coste varía según:
Valor real del inmueble (normalmente, el valor de referencia catastral).
Grado de parentesco (hijos, nietos, hermanos, no parientes).
Comunidad autónoma: muchas ofrecen bonificaciones de hasta el 99 % para donaciones de padres a hijos.
Plusvalía municipal en el cambio de titularidad de una vivienda por donación
Se paga en el ayuntamiento donde radica la vivienda y grava el incremento de valor del suelo. Algunas capitales ofrecen bonificaciones si la donación es entre parientes directos.
Inscripción en el Registro
Sin el asiento registral, el donatario no consta como propietario ante terceros. Para inscribir hay que aportar:
Copia autorizada de la escritura.
Justificante de pago o exención de ISD y plusvalía.
Formulario registral con los datos del presentante.
El registrador revisará que todo esté correcto y expedirá la nueva nota simple a nombre del donatario.
¿Cuánto cuesta donar una vivienda?
Notaría: entre 600 € y 1.000 €, según valor y folios.
Registro: 300‑600 €.
Gestoría (opcional): 200‑400 €.
Impuesto de Donaciones: depende de la comunidad y del grado de parentesco.
Plusvalía municipal: variable, calculada sobre el valor catastral del suelo y los años de tenencia.
Ejemplo: donación de piso valorado en 200.000 € en Madrid a un hijo:
Gastos notariales y registrales: ≈ 1.300 €. Total aproximado: 2.900 €.
Algunas de las preguntas más frecuentes por el cambio de titularidad de una vivienda por donación
¿Puedo donar una vivienda hipotecada?
Sí, pero la entidad bancaria debe consentir o subrogar al nuevo titular. De lo contrario, la deuda sigue en cabeza del donante.
¿Se paga IRPF por donar?
El donante tributa por la ganancia patrimonial si hay incremento de valor desde la compra. Existen exenciones para mayores de 65 años que donan la vivienda habitual.
¿Qué pasa si solo dono el usufructo?
El donatario podrá usar y disfrutar la vivienda, pero la nuda propiedad seguirá en manos del donante (o de un tercero). A efectos fiscales, se valora cada derecho según tablas legales.
¿Cuándo conviene donar dinero en lugar de la vivienda?
Cuando se desea evitar IRPF del donante o reducir costes futuros de plusvalía. Varias comunidades (p. ej. Madrid, Andalucía) bonifican la donación de efectivo destinado a la compra de primera vivienda.
Errores frecuentes en el cambio de titularidad de una vivienda por donación
No solicitar nota simple actualizada: puede haber cargas ocultas.
Valorar mal el inmueble: usar un valor inferior al de referencia catastral puede acarrear liquidaciones complementarias.
Retrasar los impuestos: el recargo e intereses superan el ahorro ilusorio.
Olvidar comunicar a la comunidad de propietarios: el nuevo titular debe constar en actas para recibir convocatorias y asumir cuotas.
No actualizar el seguro: el tomador del seguro de hogar debe ser el propietario registral.
Ventajas de donar en vida frente a heredar
Gestión directa: el donante decide el momento y las condiciones.
Beneficios fiscales en algunas regiones.
Ahorro de disputas hereditarias.
Posible reducción del ISD futuro si se adelantan bienes antes de que aumenten de valor.
El cambio de titularidad de una vivienda por donación puede resultar sencillo si se sigue el proceso legal correcto: escritura notarial, liquidación de impuestos y registro. Preparar la documentación y conocer las bonificaciones autonómicas marcará la diferencia entre un trámite rápido y una odisea burocrática.
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En Oi Real Estate contamos con un equipo experto en donaciones, compraventas y gestión patrimonial. Te asesoramos para optimizar impuestos, preparar la escritura y agilizar la inscripción registral.
A mitad de 2025, crece el precio de la vivienda usada en España a un ritmo que rompe todos los registros. El último índice de idealista sitúa la subida interanual en un 14 % durante el segundo trimestre, hasta 2.438 €/m², el mayor valor de la serie histórica. Este repunte llega después de un trimestre ya intenso (+5,5 %) y confirma que la oferta existente no basta para cubrir la demanda.
En este artículo analizamos por qué crece el precio de la vivienda usada, qué provincias y capitales lideran la escalada, las diferencias entre comunidades autónomas y las perspectivas para compradores e inversores.
¿Por qué crece el precio de la vivienda usada?
La escalada sostenida del precio de la vivienda de segunda mano en España obedece fundamentalmente a un desequilibrio estructural entre oferta y demanda. La demanda actual supera con creces la oferta disponible, ya que la construcción de vivienda nueva permanece muy por debajo de lo necesario. En la práctica, se construyen hoy hasta siete veces menos viviendas que hace quince años, debido al encarecimiento de los costes de edificación y a la escasez de suelo urbanizable y mano de obra cualificada. Por lo tanto, ante esta oferta restringida de obra nueva, muchos compradores se vuelcan sobre el mercado de segunda mano, lo que ejerce una presión alcista continua sobre los precios.
Déficit crónico de obra nueva
Durante años se han construido menos viviendas de las que demandaba la población. El resultado es un stock insuficiente que empuja a los compradores al mercado de segunda mano.
Emergencia en el alquiler
Las restricciones normativas y la escasez de pisos en alquiler hacen que muchos inquilinos intenten comprar, presionando aún más sobre la vivienda usada.
Tipos de interés a la baja
Tras varias subidas entre 2022 y 2024, el BCE inició un ciclo de recortes que abarata la financiación hipotecaria y anima la demanda, especialmente entre hogares jóvenes.
Ventana de oportunidad
Las viviendas que salen al mercado “vuelan” en cuestión de días. De esta manera, los vendedores perciben este impulso y elevan precios, generando una espiral alcista.
Radiografía por capitales: Madrid arrasa con un +25 %
Todas las capitales menos Girona (‑5,5 %) y Ourense (‑0,3 %) vieron crecer el precio de la vivienda usada. Destacan:
Capital
Variación anual
Madrid
+25 %
Valencia
+20,1 %
Santander
+19,1 %
Oviedo
+18,4 %
Palma
+18,4 %
Guadalajara
+17,2 %
Entre los grandes mercados mediterráneos, Alicante avanza un 16,4 %, Málaga un 14,7 % y Sevilla un 14,5 %. Barcelona también repunta (+11,1 %), aunque por debajo de la media nacional.
Capitales más caras donde crece el precio de la vivienda usada
San Sebastián: 6.071 €/m²
Madrid: 5.642 €/m²
Barcelona: 4.920 €/m²
Palma: 4.907 €/m²
Bilbao: 3.646 €/m²
Zamora, con 1.238 €/m², sigue siendo la capital más asequible.
Comunidades autónomas: liderazgo de Madrid y Baleares
Solo Extremadura (‑0,6 %) y Navarra (‑0,1 %) rompen la tendencia alcista. El resto avanzan:
Madrid: +24,7 %
Murcia: +20,5 %
Comunitat Valenciana: +18,5 %
Canarias: +18,4 %
Andalucía: +15 %
Ciudades donde más crece el precio de la vivienda usada
CCAA
Precio medio (€/m²)
Baleares
4.996
Madrid
4.289
Euskadi
3.227
Canarias
3.068
En el otro extremo destacan Castilla‑La Mancha (971 €/m²) y Extremadura (985 €/m²).
Provincias: nueve nuevos máximos y fuertes contrastes
Nueve provincias registran máximos históricos. El podio de encarecimientos lo ocupan:
Provincia
Variación anual
Madrid
+24,7 %
Murcia
+20,5 %
Sta. Cruz de Tenerife
+19,8 %
En esta línea, a la cola están Ourense (‑8,6 %) y Badajoz (‑2,3 %). En precio absoluto, Baleares (4.996 €/m²) y Madrid (4.289 €/m²) lideran, mientras que Ciudad Real (740 €/m²) sigue siendo la más barata.
Qué significa para compradores, vendedores e inversores
Compradores
Hipotecas: los recortes del BCE alivian el coste mensual, pero el capital a financiar es mayor.
Rapidez: la vivienda que encaja desaparece rápido; conviene contar con preaprobación hipotecaria y asesoramiento profesional.
Vendedores
Momento dulce: la demanda supera la oferta, generando margen para negociar al alza.
Máximos históricos: vender ahora puede maximizar plusvalía, pero exige fijar un precio realista para cerrar rápido.
Inversores
Rendimiento mixto: la compra para alquilar se encarece y la rentabilidad bruta cae. Sin embargo, la plusvalía potencial compensa en zonas “prime”.
Diversificación geográfica: territorios con menor subida (Castilla‑La Mancha, Aragón, Galicia) ofrecen tickets bajos y recorrido.
Perspectivas para 2025‑2026
Oferta rígida: la producción de obra nueva tardará en responder; seguirá habiendo tensiones.
Demografía al alza: la creación de hogares y la inmigración sostendrán la demanda.
Financiación: si el BCE continúa bajando tipos, la capacidad de compra crecerá.
Normativa: posibles impuestos o límites al alquiler pueden trasladar aún más presión al mercado de compraventa.
En definitiva, todo apunta a que crece el precio de la vivienda usada también en los próximos trimestres, aunque a tasas algo más moderadas.
El mercado residencial español vive un nuevo récord histórico: crece el precio de la vivienda usada un 14 % interanual. Madrid, Baleares y la Comunitat Valenciana lideran la subida, mientras que Girona y Ourense dan la nota discordante. En este sentido, la demanda desborda la capacidad de oferta y las operaciones se cierran cada vez más deprisa.
Desde el 27 de junio de 2025 está en vigor un importante cambio fiscal que revoluciona las compraventas de inmuebles en Cataluña. El Decreto‑ley 5/2025 ha introducido un nuevo tipo de ITP del 20 % para determinadas operaciones y ha elevado los tramos generales a partir de los 600 000 €.
Este artículo desgrana en 1 000 palabras qué implica el ITP del 20 %, quién debe pagarlo, cuáles son las nuevas tablas del impuesto, el impacto real en el mercado y las posibles vías de ajuste que ya se están debatiendo en el Parlament.
¿Qué es el ITP y por qué sube al 20 %?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) grava la compraventa de vivienda usada. Hasta ahora, Cataluña aplicaba un 10 % para inmuebles de hasta 1 M € y un 11 % para importes superiores. Con la nueva norma:
Se crea un ITP del 20 % para:
Compras realizadas por grandes tenedores (más de 10 viviendas residenciales o más de 1 500 m² edificados; 5 viviendas si están en zona tensionada).
Adquisición de edificios completos de uso residencial, sea o no gran tenedor, salvo excepciones sociales.
Además, se adopta una tarifa progresiva nueva para el resto de compradores a partir de 600 000 €:
Valor total del inmueble
Cuota íntegra
Resto hasta
Tipo aplicable
0 €
0 €
600 000 €
10 %
600 000 €
60 000 €
300 000 €
11 %
900 000 €
93 000 €
600 000 €
12 %
1 500 000 €
165 000 €
En adelante
13 %
Con este esquema, todas las operaciones de más de 600 000 € pagarán más ITP, y las sujetas al nuevo ITP del 20 % verán multiplicarse por dos la factura fiscal.
¿A quién afecta el nuevo ITP del 20 %?
1. Grandes tenedores
Personas físicas o jurídicas con ≥ 10 viviendas residenciales o > 1 500 m² construidos de uso residencial en Cataluña.
Si los inmuebles están en zonas tensionadas (271 municipios), basta con tener 5 viviendas para ser considerado gran tenedor.
2. Compradores de edificios completos
Toda adquisición de un bloque residencial tributa al 20 %, aunque el comprador no sea gran tenedor.
Excepciones: promotores sociales, ONG sin ánimo de lucro y personas físicas que adquieran ≤ 4 viviendas para uso propio o familiar.
3. Operaciones de ‘flipping’
Desaparece la bonificación del 70 % del ITP para inmobiliarias que revendían en menos de 3 años.
El resultado es un incremento de costes para estrategias de compra‑rehabilitación‑venta rápida.
Impacto económico del ITP del 20 %
Mayor coste de transacción
Un bloque de 20 pisos valorado en 2 M €:
Antes: 11 % ⇒ 220 000 € de ITP.
Ahora: 20 % ⇒ 400 000 €.
El sobrecoste roza los 180 000 €, suficiente para romper la rentabilidad prevista de muchos fondos e inversores.
Efecto desincentivador del ITP del 20%
Consultoras como CBRE y Colliers ya detectan:
Cancelación de operaciones de gran tamaño.
Rebajas de precio exigidas que vendedores no aceptan.
Reducción del apetito inversor ante el aumento del riesgo fiscal.
Menor oferta futura
Al penalizar la compra para rehabilitar y alquilar, el ITP del 20 % dificulta que viviendas envejecidas vuelvan al mercado. Resultado probable:
Menos pisos disponibles, especialmente asequibles.
Alzas de precios en alquiler y venta por escasez de stock.
Críticas del sector
ASVAL: “Medida recaudatoria que castiga al que puede poner vivienda en alquiler. Desaparecerá oferta y bajará la rentabilidad del propietario”.
Despachos jurídicos: La norma es “confiscatoria” y crea inseguridad por diversas definiciones de gran tenedor.
Consultoras: “Se eleva la percepción de riesgo y se frena la rehabilitación de edificios enteros”.
Posibles correcciones en trámite
El Parlament tramita un proyecto de ley para ajustar el Decreto‑ley 5/2025:
Definir de forma unificada qué es gran tenedor (fiscal, control de rentas y retracto).
Incentivos al alquiler: Proponen recuperar tipos reducidos si la vivienda se destina a arrendamiento a largo plazo.
Bonificaciones verdes: Rebajar ITP si el comprador rehabilita energéticamente y pone en alquiler (modelo Asturias).
El objetivo es fomentar la vivienda asequible sin eliminar totalmente la recaudación extra.
Estrategias para mitigar el impacto
Compra de activos menores a 600 000 € para evitar la tarifa progresiva.
Joint ventures con promotores sociales para beneficiarse de las exenciones.
Rehabilitación y venta fuera de Cataluña donde la fiscalidad es más competitiva.
Planificación fiscal previa con asesores especializados para aprovechar deducciones y estructuras societarias.
¿Qué hacer si estás valorando comprar o invertir en Cataluña?
Revisa tu presupuesto: incorpora el nuevo ITP del 20 % si eres gran tenedor o compras edificios completos.
Calcula la rentabilidad neta: incluye impuestos, reformas, financiación y posible congelación de rentas en zonas tensionadas.
Consulta a expertos locales: normativa catalana cambia rápido; un equipo in‑situ es clave.
Valora alternativas: otras CCAA mantienen tipos de ITP entre el 6 % y el 10 % y ofrecen bonificaciones por alquiler.
El ITP del 20 % en Cataluña supone un giro fiscal de alto impacto que ya está reconfigurando las inversiones inmobiliarias. Quien compre inmuebles de alto valor, bloques residenciales o quien ya sea gran tenedor deberá asumir un coste muy superior al de otras regiones. Aunque se anuncian ajustes, la tendencia apunta a una fiscalidad más exigente para financiar políticas de vivienda.
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En Oi Real Esatate contamos con expertos tributarios y de mercado que analizarán tu operación al detalle:
Optimización fiscal en compraventas y sucesiones
Estudios de rentabilidad buy‑to‑let con la nueva normativa
Gestión integral de alquiler, compra y venta de inmuebles
A la hora de comprar una nueva vivienda no sólo es necesario pensar cuánto impactará en nuestro bolsillo el valor de la misma. También es importante tener en cuenta a qué impuestos están sujetas este tipo de operaciones y qué gastos extra se debe afrontar por ellas. De esta manera, conociendo cuáles son y qué porcentaje significan sobre el valor total del inmueble, es posible apartar esa cantidad de dinero y así evitar imprevistos. En este artículo te contamos cuáles son los gastos e impuestos inherentes a la compra de una vivienda y cómo calcular el monto a pagar por ellos.
Los gastos e impuestos que se deben afrontar por adquirir un inmueble varían según cada caso en particular. Todo depende de si la vivienda que se desea comprar es nueva o de segunda mano, de la comunidad autónoma en donde se encuentra y de los servicios extra que se quiera contratar para formalizar la operación. Por eso, es importante realizar un listado con todos los gastos e impuestos, sus valores, y recién en ese momento calcular cuánto significarán en ese caso en especial.
A continuación te contamos cuáles son todos los gastos e impuestos que se puede llegar a afrontar por la compra de una vivienda, cuánto pueden llegar a representar en total y cómo calcular este monto a pagar. ¡Sigue leyendo para enterarte!
¿Cuáles son los gastos que hay que afrontar por la compra de una vivienda?
Antes de comprar un inmueble es importante saber que existen una serie de gastos e impuestos a los que este tipo de operación está sujeta. Por esta razón, es indispensable apartar una suma de dinero extra con el fin de poder afrontarlos al formalizar la transacción. Veamos cuáles son:
Gastos de notaría
Para formalizar una compraventa inmobiliaria de manera correcta y segura, es necesario que vendedor y comprador celebren una escritura pública. Esta acción debe ser realizada con la presencia de un profesional en específico: el notario. Este cobra honorarios por prestar sus servicios, a los que se le suman el coste de las copias que se hagan de la escritura. Dichos aranceles están regulados y significan entre un 0,2% y un 0,5% sobre el valor de la vivienda adquirida.
Gastos del Registro de la Propiedad
Inscribir un inmueble en el Registro de la Propiedad después de adquirirlo, aunque no es un paso obligatorio, también puede brindar mayor seguridad a su nuevo propietario. En este caso, el profesional que se encarga de la gestión es el registrador. Este, al igual que el notario, también cobra honorarios por la inscripción de la transmisión. Los aranceles de este trámite también están regulados y normalmente oscilan entre el 0,1% y el 0,25% sobre el precio de la vivienda adquirida.
Gastos de gestoría
No todos los compradores tienen tiempo suficiente para realizar los trámites inherentes a la operación ellos mismos. De esta manera, si deciden contratar a una gestoría para que realice la inscripción de la vivienda con su nuevo titular en el Registro de la Propiedad, estamos hablando de otro gasto que debe tenerse en cuenta. Usualmente, los honorarios de los gestores son de alrededor de 300 euros.
Impuestos
Además de los gastos que suponen los trámites necesarios para cerrar la compraventa, es importante tener en cuenta los impuestos que gravan al comprador por dicha operación. Los tributos a pagar varían en función de si la vivienda adquirida es nueva o de segunda mano. Veamos cuáles son en cada caso:
Impuestos que se deben pagar si la vivienda es nueva
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): el monto a pagar por este tributo es de un 10% sobre el valor del inmueble, a menos que se trate de una Vivienda de Protección Oficial (VPO), en cuyo caso el coste es de un 4%. La situación cambia si la propiedad está ubicada en Canarias, en donde en vez del IVA se debe abonar el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que es de un 6,5% sobre el valor del inmueble.
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): por la adquisición de una vivienda de obra nueva también se debe abonar este tributo. Su coste está fijado por cada comunidad autónoma, pero en ninguna de ellas supera el 1,5% sobre el valor del inmueble.
Comunidad Autónoma
IAJD (%)
IVA (%)
Andalucía
1,2%
10%
Aragón
1,5%
10%
Asturias
1,2%
10%
Baleares
1,2%
10%
Canarias
0,4%
6,5%
Cantabria
1,5%
10%
Castilla – La Mancha
1,5%
10%
Castilla – León
1,5%
10%
Cataluña
1,5%
10%
Ceuta
0,5%
10%
Comunidad Valenciana
1,5%
10%
Extremadura
1,5%
10%
Galicia
1,5%
10%
La Rioja
1%
10%
Madrid
0,7%
10%
Melilla
0,5%
10%
Murcia
1,5%
10%
Navarra
0,5%
10%
País Vasco
–
10%
Impuestos que se deben pagar si la vivienda es de segunda mano
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): este es el único tributo que se debe abonar por comprar una vivienda de segunda mano. Su coste también varía según cada comunidad autónoma y oscila entre un 4% y un 10% sobre el valor del inmueble.
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): en el caso de la adquisición de una vivienda usada, al igual que en el de una vivienda nueva, también se debe abonar este tributo. Como mencionamos, su coste está fijado por cada comunidad autónoma, pero en ninguna de ellas supera el 1,5% sobre el valor del inmueble.
Comunidad Autónoma
IAJD (%)
ITP (%)
Andalucía
1,2%
7%
Aragón
1,5%
8%
Asturias
1,2%
8%
Baleares
1,2%
8%
Canarias
0,4%
6,5%
Cantabria
1,5%
10%
Castilla – La Mancha
1,5%
9%
Castilla – León
1,5%
8%
Cataluña
1,5%
10%
Ceuta
0,5%
6%
Comunidad Valenciana
1,5%
10%
Extremadura
1,5%
8%
Galicia
1,5%
10%
La Rioja
1%
7%
Madrid
0,7%
6%
Melilla
0,5%
6%
Murcia
1,5%
8%
Navarra
0,5%
6%
País Vasco
–
4%
Cabe mencionar que en muchas comunidades autónomas se aplican bonificaciones en el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Usualmente estos beneficios son destinados a compradores que son jóvenes, que tienen una familia numerosa o que poseen algún tipo de discapacidad.
¿Qué gastos se suman si debo solicitar una hipoteca para concretar la compra de la vivienda?
En caso de que el comprador necesite solicitar un crédito hipotecario, es importante mencionar que, por ley, la mayoría de los gastos de constitución del mismo deben ser abonados por el banco. Entre ellos se encuentran los honorarios del notario, el registrador y el gestor y también el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
No obstante, al comprador le corresponde afrontar el coste de la tasación de la vivienda, que suele ser de alrededor de 300 euros. Además, debe pagar por la copia de la escritura hipotecaria y, posiblemente, por una comisión de apertura del préstamo.
¿Cuánto se debe pagar en total por los gastos e impuestos inherentes a la compra de una vivienda?
Teniendo en cuenta todos los gastos e impuestos inherentes a la compra de una vivienda que mencionamos, el coste total de estos suele ser de entre un 10% y un 12% sobre el valor del inmueble. Por esta razón, el precio expresado en euros dependerá directamente del valor de la propiedad adquirida y, en el caso de los tributos, de la comunidad autónoma en la que se encuentre.
Cómo calcular los gastos por la compra de una vivienda
Para calcular correctamente el valor que significarán estos gastos extra e impuestos por la compra de una vivienda, será necesario que realices una lista con todos ellos. Los ítems incluidos variarán en función de si el inmueble que quieres comprar es nuevo o de segunda mano, si contratarás a un gestor o no y si solicitarás una hipoteca o no.
Una vez listados, deberás tener a mano el precio del inmueble que vas a adquirir. También, los valores exactos de todos los gastos e impuestos que mencionamos anteriormente. Esto se debe a que, por ejemplo, el monto a pagar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) no es el mismo en Madrid y en Galicia.
Luego, sólo tendrás que tomar la calculadora, sacar porcentajes y sumarlos. De esta manera, ya estarás listo para apartar esa suma de dinero antes de cerrar la compraventa y así evitar imprevistos.
Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.
Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!
Como toda ocasión en la que deseamos abrir un negocio con servicios al público, debemos cumplir con una serie de requisitos que nos habiliten para desarrollar la actividad. Pueden, por ejemplo, tratarse de condiciones edilicias del espacio en el que nos instalaremos, normas de seguridad, o la forma en que se gestionan permisos de productos y servicios de terceros. Sin contar las condiciones que debemos cumplir para tener en orden nuestro perfil y capacidad financiera, las licencias para abrir un hotel son esenciales cuando se quiere dar el primer paso en este sector.
En la nota de hoy, te contamos cuáles son las principales habilitaciones a tener en cuenta para tener en regla tu hospedaje.
Licencias para abrir un hotel
Cumplir con las licencias para abrir un hotel no es sólo una cuestión administrativa. Hay algunas que realmente pueden ser de ayuda porque para obtenerlas se deben evaluar las condiciones y el buen funcionamiento del negocio. En consecuencia, tener esto garantizado puede prevenir determinados conflictos legales, accidentes y problemas cuya solución puede implicar enormes gastos. Dicho así, si bien se sabe que algunas pueden implicar esperas o diversos costes según la comunidad, lo mejor es verlas como acciones de prevención de dificultades mayores.
Así entendido, las licencias necesarias para abrir un hotel son las siguientes: licencia de actividad, licencia de apertura, licencia de ocupación, licencia de terraza o uso de espacios exteriores, licencia de restauración, licencia de bar o cafetería, licencia de música en vivo o entretenimiento, licencia de accesibilidad, licencia de publicidad exterior y licencia de residuos y medio ambiente. A continuación te contamos a qué se refiere cada una de ellas.
Licencias de actividad
Es la autorización oficial expedida por un determinado Ayuntamiento, que permite el desarrollo de la actividad de alojamiento en una ubicación determinada. Sus características y requisitos están regulados según los criterios de cada localidad específica, aunque suele haber concordancia, al menos, según la Comunidad Autónoma donde está englobada.
De todas las licencias, para abrir un hotel es indispensable tener la habilitación de apertura
De todas las licencias requeridas, la «Licencia de apertura» es justamente la que habilita el funcionamiento del espacio físico del hotel. En la evaluación necesaria antes de ser otorgada se tienen en cuenta cuestiones como si el establecimiento cumple con normativas de seguridad, salud y urbanismo. Esta es una de las habilitaciones que pueden prevenirnos de accidentes o problemas legales, tanto con los huéspedes como con los empleados y cualquier persona que transite eventualmente el edificio.
Licencia de accesibilidad
Parte esencial de la revisión arquitectónica y el diseño de espacios físicos es ver si cumple con los requisitos de accesibilidad para todas las personas. En ese sentido, la «Licencia de accesibilidad» abarca aspectos como la instalación de rampas, la adaptación de habitaciones para personas con movilidad reducida, y artefactos o comodidades -tales como los que ofrece la domótica-, con los que cuenta el hotel para ingresar o transitar adecuadamente a sus estancias.
Licencias de ocupación
La «Licencia de ocupación» es la que garantiza la habitabilidad del espacio donde se desarrollará la actividad. En este sentido, se trata también de una garantía de uso del lugar físico, no sólo en cuanto a condiciones, sino también en cuanto a nivel tolerable de ocupación. A fin de cuentas, es una herramienta para gestionar adecuadamente el tránsito y estadía de los clientes, brindando tranquilidad y seguridad a todos.
Licencias para abrir espacios exteriores en un hotel
La «Licencia de terrazas o espacios exteriores» es requerida para cualquier establecimiento que quiera ofrecer servicios al aire libre. Nuevamente, depende de cada localidad y su regulación de espacios públicos el procedimiento para otorgarlas, pero en general observan aspectos como el tamaño y diseño de la terraza o la distancia a otras propiedades.
Licencia de restauración
Es la licencia que habilita a los hoteles que cumplen con todas las normativas de higiene y sanidad alimentaria. Evalúan desde la seguridad de los procedimientos en las cocinas, hasta el almacenamiento, limpieza y calidad de los alimentos y bebidas servidas.
Licencias para abrir un bar o cafetería en un hotel
Este tipo de licencias es indispensable cuando se ofrecen al público bebidas alcohólicas, y regulariza su estipendio en términos legales, tales como la condición de vender sólo a personas mayores de edad. No obstante, es requisito general para todos los hoteles que ofrezcan bebidas alcohólicas y no alcohólicas a sus huéspedes. El objetivo de esta normativa es garantizar que se cumplan las regulaciones que rigen la venta, gestión y consumo de bebidas.
Esta licencia regula el uso de publicidad en la fachada del edificio. Los criterios para ser otorgada dependen no sólo de la localidad sino muchas veces de la zona en la que se encuentra el hotel. Por ejemplo, suele haber mayores restricciones en zonas históricas o donde se evidencia el patrimonio cultural de la ciudad. Así, el tamaño, ubicación, diseño y características luminosas puede verse delimitado en algunos casos y no en otros. Con esta misma normativa, se controla que la publicidad hotelera no cause molestias innecesarias a los residentes cercanos.
Licencia de música en vivo
Finalmente, hay un requisito que es opcional para abrir un hotel, ya que sólo se requiere si se desea brindar a los huéspedes espectáculos artísticos, en particular si son acompañados de música. Incluye eventos tales como música en directo, actuaciones teatrales, discotecas. La «Licencia de música en vivo» procura que el establecimiento cumple con los derechos de autor y las regulaciones de control de ruido.
¿Te ha sido de utilidad esta nota? ¡Cuéntanos en el espacio de comentarios! Tu opinión nos interesa y guía los temas sobre los cuales publicamos.
Por otra parte, si estás buscando formar parte del sector hotelero, recuerda que puedes contar con el equipo de Oi Real Estate para realizar tu inversión. Con gusto te acompañaremos en todo el proceso. ¡Y ya puedes comenzar tu búsqueda haciendo click en el botón de abajo!
El acceso a la vivienda sigue siendo uno de los principales desafíos para la juventud en España, especialmente en regiones como Cataluña, donde los precios del alquiler continúan en ascenso. Para hacer frente a esta realidad, la Generalitat ha anunciado la apertura para la convocatoria para Bono Joven de Alquiler, una ayuda mensual destinada a facilitar la emancipación de jóvenes de entre 18 y 35 años.
En este artículo te explicamos en detalle todo sobre los pasos para solicitar la ayuda: requisitos, plazos, documentación y consejos para no quedarte fuera.
¿Qué es el Bono Joven de Alquiler?
El Bono Joven de Alquiler es una ayuda económica impulsada por el Gobierno de España y gestionada por las comunidades autónomas. Su objetivo es fomentar la independencia residencial de las personas jóvenes, facilitando el pago del alquiler de su vivienda habitual. La ayuda consiste en una subvención de 250 euros mensuales durante un máximo de 24 meses, es decir, hasta 6.000 euros en total, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
En 2025, la convocatoria para Bono Joven de Alquiler en Cataluña cuenta con un presupuesto de 37,78 millones de euros, con los que se estima beneficiar a cerca de 6.000 jóvenes.
Fechas clave de la convocatoria para el Bono Joven de Alquiler en Cataluña
El Departament de Territori ha establecido que el plazo para presentar solicitudes abrirá el próximo 30 de junio de 2025 a las 9:00 h y cerrará el 11 de julio a las 14:00 h. Toda la tramitación deberá realizarse de forma exclusivamente telemática a través del portal oficial de vivienda de la Generalitat: habitatge.gencat.cat.
Dado que las ayudas se otorgan por orden de llegada de las solicitudes correctamente cumplimentadas, se recomienda a los solicitantes tener toda la documentación preparada con antelación. En convocatorias anteriores, el sistema llegó a saturarse en las primeras horas por la alta demanda.
¿Quién puede acceder al Bono Joven de Alquiler ?
La convocatoria está dirigida a jóvenes que cumplan una serie de requisitos muy concretos en el momento de presentar su solicitud. A continuación, detallamos los principales criterios para poder beneficiarse de esta ayuda:
Tener entre 18 y 35 años (ambos inclusive).
Contar con residencia legal en España.
Ser titular, cotitular o cesionario del contrato de alquiler o cesión de uso de la vivienda habitual.
Estar empadronado en la vivienda objeto de la ayuda.
Disponer de ingresos anuales iguales o inferiores a 25.200 euros brutos (equivalente a tres veces el IPREM).
Que el precio del alquiler no supere los siguientes límites:
900 euros en municipios considerados como zonas de mercado tensionado.
600 euros en el resto del territorio.
Para habitaciones: hasta 450 euros en zonas tensionadas y 300 euros en otras áreas.
Además, los pagos del alquiler deben realizarse por vía bancaria (transferencias, ingresos, recibos domiciliados, etc.). No se admiten pagos en efectivo bajo ningún concepto.
¿Qué cubre exactamente esta ayuda?
La ayuda del Bono Joven de Alquiler cubre 250 euros mensuales durante un período máximo de 24 meses consecutivos, lo que supone una ayuda directa a la economía doméstica de muchos jóvenes que buscan independencia sin ahogarse financieramente.
Un aspecto destacado de esta nueva convocatoria es que se podrá aplicar con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024, siempre que el solicitante pueda justificar los pagos realizados desde esa fecha y cumpla con los requisitos del programa.
En caso de que el beneficiario cambie de vivienda durante los dos años que dure la ayuda, podrá seguir recibiendo el bono, siempre que notifique el cambio y la nueva vivienda también cumpla con las condiciones establecidas.
¿Qué documentación hay que presentar?
Una de las claves para acceder a esta ayuda es presentar toda la documentación requerida de manera completa y correcta. A continuación, te detallamos los documentos que deberás tener listos en formato digital:
Contrato de alquiler o de cesión de uso.
Certificado colectivo de empadronamiento actualizado.
Justificantes bancarios de los pagos del alquiler.
Declaración responsable de ingresos.
Certificados que acrediten estar al corriente de pagos con:
Agencia Tributaria (AEAT)
Seguridad Social
Agencia Tributaria de Cataluña (ATC)
Tener todo esto preparado antes del 30 de junio te permitirá completar el proceso rápidamente y aumentar tus posibilidades de obtener la ayuda.
¿Quiénes no pueden acceder al Bono Joven?
Quedarán automáticamente excluidos de la convocatoria Bono Joven de Alquiler 2025 quienes:
Ya hayan sido beneficiarios de esta ayuda en ediciones anteriores.
No estén empadronados en la vivienda objeto de la ayuda.
Vivan en viviendas propiedad de familiares.
Residan en inmuebles con algún tipo de régimen de protección pública incompatible con esta subvención.
Sean propietarios o usufructuarios de otra vivienda en España, salvo que no puedan utilizarla por causas justificadas (por ejemplo, separación, herencia sin uso, etc.).
¿Por qué es importante esta ayuda?
La situación del alquiler en Cataluña, especialmente en áreas urbanas como Barcelona, sigue siendo una de las más tensas del país. Los jóvenes enfrentan serias dificultades para acceder a una vivienda digna debido a precios elevados, escasa oferta de alquiler asequible y condiciones laborales inestables.
En este contexto, la convocatoria Bono Joven de Alquiler representa una herramienta real para promover la emancipación y aliviar la carga económica mensual. Además, al tratarse de un subsidio que no depende del nivel de renta ni de criterios de puntuación, ofrece una igualdad de oportunidades basada únicamente en la rapidez y preparación del solicitante.
Consejos para no perder la oportunidad
Prepara todos los documentos con antelación.
Realiza una revisión exhaustiva del contrato y de tu empadronamiento.
Asegúrate de que los pagos del alquiler están bancarizados.
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